N°338-20 14-MC Lima,
Z6 SET. 201/,
Vistos, el Oficio W 303-2014-MINCETUR/DM y el Informe W 143-2014-DGMVMPCJC/MC de la Dirección General de Museos, y; CONSIDERANDO:
Que, el numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que corresponde al Sector Cultura velar por la promoción y difusión en la ciudadanía de la importancia y significado del Patrimonio Cultural de la Nación como fundamento y expresión de nuestra identidad nacional; Que, mediante Ley W 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, que ejerce competencia respecto del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, confonme a Jo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley antes citada, es función del Ministerio de Cultura, propiciar la participación de la población en la promoción _;:{;~::'{{":'""' del Patrimonio Cultural de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;
~}···. : ::~ '~\
Que, corresponde al Ministerio de Cultura promover el acceso al Patrimonio Cultural de
2 ~·,~·./ _;:~¡!a Nación, de confonmidad con Jo dispuesto en el numeral 3.13 del artículo 3 de su
;l}"• .:·.,~-"":~;;Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo W 005-2013-MC; ·;,
?"'/
·-~·"'. ~/
Que, asimismo, el numeral 66.5 del artículo 66 del Reglamento antes indicado, establece como función de la Dirección General de Museos planificar y ejecutar las Y'()o"E~actividades destinadas a fortalecer la identidad local, regional y nacional, a través de ~~ .-·""!':::-~0 programas. y actividades de museos, salas de exposición, galerías y centros de '({ .•. " ._(,~mterpretaclon;
.
=:
'>e-.,
~c:JI
'>· ..,".//::;. el Tarifario Que, mediante Resolución Ministerial N° 373-2013-MC y sus modificatorias, se aprobó de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura de mo"
~
"