Modifican Norma para la aplicación del Beneficio Tributario a ... - Mef
La presentación de la copia de la Tarjeta Andina de Migración (TAM) a que hace referencia el párrafo anterior sólo procederá cuando el sujeto no domiciliado ...
Modifican Norma para la aplicación del Beneficio Tributario a Establecimientos de Hospedaje que brinden servicios a sujetos no domiciliados DECRETO SUPREMO Nº 063-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que para efectos del Impuesto General a las Ventas, el Decreto Legislativo Nº 919 ha considerado como exportación, a los servicios de hospedaje, incluyendo la alimentación, prestados a sujetos no domiciliados, en forma individual o a través de un paquete turístico, por un período no mayor de sesenta días, requiriéndose la presentación del pasaporte correspondiente; Que mediante el Decreto Supremo Nº 122-2001-EF se han dictado las normas para la aplicación del mencionado beneficio tributario; Que a fin de lograr una mejor aplicación del beneficio resulta conveniente realizar modificaciones a la documentación que deberá presentarse a efectos de tener derecho a la devolución del saldo a favor del exportador; En uso de las facultades conferidas por el numeral 4 del artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias y el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 7 DEL DECRETO SUPREMO Nº 1222001-EF Sustitúyase el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 122-2001-EF, por el siguiente texto: “Artículo 7.- De la prestación de los servicios A fin de sustentar la prestación de los servicios de hospedaje y alimentación, el Establecimiento de Hospedaje deberá presentar a la SUNAT copia fotostática de: a) Las fojas o fichas del Registro de Huéspedes, a que se refiere el Decreto Supremo Nº 023-2001-ITINCI, correspondientes a los sujetos no domiciliados a quienes se les brinda los servicios. b) Las fojas del pasaporte: 1. Que contengan la identificación del sujeto no domiciliado; y, 2. Donde consten las fechas de entradas y salidas del país en el último año calendario. En caso de que las copias fotostáticas de las fojas del pasaporte no permitan sustentar lo establecido en el numeral 2 del inciso b) del presente artículo, el Establecimiento de Hospedaje podrá presentar adicionalmente copia de la Tarjeta Andina de Migración (TAM) a que hace referencia la Resolución Ministerial Nº 0226-2002-IN-1601 que sustente el último ingreso al país en el año calendario del sujeto no domiciliado. La presentación de la copia de la Tarjeta Andina de Migración (TAM) a que hace referencia el párrafo anterior sólo procederá cuando el sujeto no domiciliado ingrese al país con pasaporte, encontrándose la devolución del saldo a favor del exportador supeditada a la verificación que efectúa la SUNAT con la información que proporcione la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior, de conformidad con lo establecido por el artículo 8 del presente dispositivo. En este caso, el plazo para resolver la solicitud de devolución presentada será de hasta cuarenta y cinco (45) días hábiles, no siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 12 del Reglamento.
Los adelantos, en tanto no se presten los servicios de hospedaje y alimentación, se acreditarán sólo con las copias a que se refiere el numeral 1 del inciso b) del presente artículo.” Artículo 2.- PROCEDIMIENTOS EN TRÁMITE La modificación dispuesta por el artículo 1 del presente Decreto Supremo es de aplicación inclusive a los procedimientos en trámite que regula el Código Tributario. Artículo 3.- REFRENDO El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas
exterior y de la cooperación técnica internacional no reembolsable ... i) No será de aplicación lo relacionado con el número de RUC del emisor, ni la serie y el.
Que, la Ley Nº 28625 estableció que el Impuesto General a las Ventas pagado por las adquisiciones exclusivamente destinadas a operaciones a que se refiere ...
2 jun. 2017 - ... coordinar con la Oficina General de Tecnologías de la Información (OGTI) para la difusión de dicho comunicado". 7/ 8558. MIN. ECONOMY.
organizada, se haya visto favorecido por la cri- sis económica que estamos viviendo pero lo im- portante es que ya está aquí. Las medidas aprobadas por la Comisión Eu- ropea infunden optimismo a aquellas empresas que, como Eco Al Cuadrado, S.L. desde
Proyectos de Inversión en la Producción de Obras Literarias Nacionales. 1. Índice: ... La publicación de obras de referencia, cualquiera que sea el medio de.
19 feb. 2016 - Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, ...
cumplimiento de la meta anual que fue establecida para el año 2010, asociada al gasto en las funciones de saneamiento y salud, se realiza sobre la base de la ...
14 may. 2010 - Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 037 -2009 -EF/76.01 se aprobó el Cuadro Nº. 01/GL “Cuadro de Plazos para la ...
embarcaciones de recreo a todo tipo de embarcación que tiene propulsión a motor y/o vela, incluida la moto náutica, debidamente registrada mediante el ...
Que, en aplicación de las normas que regulan al Impuesto Selectivo al Consumo bajo el sistema de precio de venta al público, el cambio en la tasa del ...
período 2014-2016, conforme a la Directiva Nº 002-2013-EF/50.01 “Directiva para la. Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, ...
21 ene. 2008 - R.M. Nº 0049-2008-ED, Art. 1 (Mantenimiento Preventivo Básico de Locales .... modular de la institución educativa y el código del local escolar.
8.- No sometan las mercancías al control no intrusivo a su ingreso, traslado o salida del territorio nacional. Numeral. 8 inciso a). Art. 192º. 3 UIT por obligación.
Jurisdicción comprenderá la región Metropolitana y la Quinta Región. ..... c). Firmar, las actas y demás documentos; d). Clausurar los debates cuando estime ...
Que, conforme al artículo 6 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del ... 055-99-EF y normas modificatorias, mediante Decreto Supremo con el voto ...
Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 980 se señala que en el caso del transporte internacional de ...