Modifican los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 038‐2009‐EF/15 Lima, 16 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 12º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, creó el Canon Hidroenergético señalando que dicho canon está compuesto por el cincuenta por ciento (50%) del total de los ingresos y rentas pagados por los concesionarios que utilicen el recurso hídrico para la generación de energía, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, el numeral 5.2 del artículo 5º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, modificado por la Ley Nº 28322, señala los criterios de distribución de los recursos provenientes del Canon; Que, el artículo 5º del Reglamento de la Ley de Canon, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005‐ 2002‐EF y sus modificatorias, regula los criterios de distribución establecidos por la Ley de Canon; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial sobre la base de los cálculos realizados por la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales – DGAES de dicho ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, al amparo de las normas citadas en los considerandos precedentes se expidió la Resolución Ministerial Nº 450‐2008‐EF/15 de fecha 18 de julio de 2008, mediante la cual se aprobaron los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético correspondientes al Ejercicio Fiscal 2007 sobre la base de la información proporcionada por el Ministerio de Energía y Minas mediante los Oficios Nºs. 190‐2008‐MEM‐ VME, 245‐2008‐MEM‐DGE y 170‐2008‐MEM‐VMM, el Instituto Nacional de Estadística e Informática mediante el Oficio Nº 645‐2008‐INEI/DTDIS y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria según el Oficio Nº 230‐2008‐ SUNAT/200000; Que, posteriormente, mediante Oficio Nº 567‐2008/ INEI/J, el Instituto Nacional de Estadística e Informática ha modificado la información remitida para el cálculo de los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético correspondientes al Ejercicio Fiscal 2007; Que, en virtud a ello resulta necesario modificar los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético correspondientes al Ejercicio Fiscal 2007 de los gobiernos locales del departamento de Junín; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 27506, Ley de Canon, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005‐2002‐EF y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.‐ Modifíquense los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético correspondientes al Ejercicio Fiscal 2007, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 450‐2008‐EF/15, de los gobiernos locales del departamento de Junín, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.‐ La transferencia de recursos resultante de la modificación de los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético se efectuará a partir del mes de enero de 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO INDICES DE DISTRIBUCIÓN CANON HIDROENERGÉTICO AÑO 2007 GOBIERNOS LOCALES (DEPARTAMENTO/PROVINCIA/MUNICIPALIDADES)
ÍNDICE
JUNIN
HUANCAYO CONCEPCION CHANCHAMAYO
HUANCAYO CARHUACALLANGA CHACAPAMPA CHICCHE CHILCA CHONGOS ALTO CHUPURO COLCA CULLHUAS EL TAMBO HUACRAPUQUIO HUALHUAS HUANCAN HUASICANCHA HUAYUCACHI INGENIO PARIAHUANCA PILCOMAYO PUCARA QUICHUAY QUILCAS SAN AGUSTIN SAN JERONIMO DE TUNAN SAÑO SAPALLANGA SICAYA SANTO DOMINGO DE ACOBAMBA VIQUES
0.00113269 0.00003332 0.00004252 0.00004510 0.00114170 0.00006150 0.00005285 0.00007247 0.00010224 0.00145321 0.00005493 0.00010321 0.00045003 0.00003926 0.00026019 0.00010235 0.00025549 0.00051646 0.00020590 0.00005533 0.00015626 0.00028093 0.00017883 0.00009737 0.00042279 0.00019481 0.00031183 0.00007018
CONCEPCION ACO ANDAMARCA CHAMBARA COCHAS COMAS HEROINAS TOLEDO MANZANARES MARISCAL CASTILLA MATAHUASI MITO NUEVE DE JULIO ORCOTUNA SAN JOSE DE QUERO SANTA ROSA DE OCOPA
0.00022642 0.00007091 0.00022444 0.00012580 0.00006359 0.00028718 0.00005397 0.00006492 0.00005912 0.00015662 0.00005155 0.00005847 0.00013064 0.00024324 0.00008216
CHANCHAMAYO PERENE
0.00083642 0.00286693
GOBIERNOS LOCALES (DEPARTAMENTO/PROVINCIA/MUNICIPALIDADES) ÍNDICE
JAUJA JUNIN SATIPO
PICHANAQUI SAN LUIS DE SHUARO SAN RAMON VITOC
0.00231067 0.00035307 0.00182796 0.00015205
JAUJA ACOLLA APATA ATAURA CANCHAYLLO CURICACA EL MANTARO HUAMALI HUARIPAMPA HUERTAS JANJAILLO JULCAN LEONOR ORDOÑEZ LLOCLLAPAMPA MARCO MASMA MASMA CHICCHE MOLINOS MONOBAMBA MUQUI MUQUIYAUYO PACA PACCHA PANCAN PARCO POMACANCHA RICRAN SAN LORENZO SAN PEDRO DE CHUNAN SAUSA SINCOS TUNAN MARCA YAULI YAUYOS
0.00081250 0.00149185 0.00059004 0.00021958 0.00031569 0.00024744 0.00045879 0.00034131 0.00007672 0.00028818 0.00015040 0.00015095 0.00029070 0.00020507 0.00036219 0.00036804 0.00014718 0.00031926 0.00379378 0.00014772 0.00020313 0.00020636 0.00032472 0.00019171 0.00025550 0.00037765 0.00030784 0.00034043 0.00014603 0.00028567 0.00067193 0.00025000 0.00026774 0.00059878
JUNIN CARHUAMAYO ONDORES ULCUMAYO
0.00316231 0.00224124 0.00086685 0.00329835
SATIPO COVIRIALI LLAYLLA MAZAMARI PAMPA HERMOSA PANGOA RIO NEGRO RIO TAMBO
0.00102451 0.00019315 0.00019117 0.00156772 0.00028965 0.00167808 0.00126076 0.00130385
GOBIERNOS LOCALES (DEPARTAMENTO/PROVINCIA/MUNICIPALIDADES) ÍNDICE TARMA TARMA 0.00082518 ACOBAMBA 0.00034557 HUARICOLCA 0.00010925 HUASAHUASI 0.00046394 LA UNION 0.00014549 PALCA 0.00017695 PALCAMAYO 0.00024530 SAN PEDRO DE CAJAS 0.00018286 TAPO 0.00021792 YAULI LA OROYA 0.00096162 CHACAPALPA 0.00013778 HUAY‐HUAY 0.00018995 MARCAPOMACOCHA 0.00043036 MOROCOCHA 0.00114421 PACCHA 0.00041447 SANTA BARBARA DE CARHUACAYAN 0.00023999 SANTA ROSA DE SACCO 0.00103527 SUITUCANCHA 0.00014112 YAULI 0.00054389 CHUPACA CHUPACA 0.00055106 AHUAC 0.00017570 CHONGOS BAJO 0.00014536 HUACHAC 0.00008642 HUAMANCACA CHICO 0.00016651 SAN JUAN DE ISCOS 0.00008086 SAN JUAN DE JARPA 0.00012398 3 DE DICIEMBRE 0.00007516 YANACANCHA 0.00011675