ministerio de energia y minas

17 ago. 2015 - MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS. RESOLUCION SECRETARIAbo 016_= 015_ M_ M, S&. Lima, 17 de agosto 2015. CONSIDERANDO:.
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AFRO

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS

RESOLUCION SECRETARIAbo

Lima,

016_= 015_ M_ M, S&

17 de agosto 2015

CONSIDERANDO:

Que, la Ley NO 27658, Ley Marco de Modemizaci6n de la Gesti6n del Estado, tiene por finalidad la obtenci6n de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con la finalidad de lograr una

mejor atenci6n a la ciudadania, priorizando y optimizando los recursos publicos; Que, mediante Resoluci6n Secretarial NO 017- 2012- MEM/ SEG de fecha 02 de marzo de 2012, se aprob6 la Directiva NO 002- 2012- MEM/SEG " Normas para la asignaci6n, devoluci6n, reposici6n de equipos de telefonia m6vil asi Como el gasto por equipo asignado", los que se asignan a funcionarios,

directivos y servidores que prestan servicios en la Unidad Ejecutora NO 001 -MEM -CENTRAL; Que, la Oficina General de Administraci6n ha propuesto la actualizaci6n de la Directiva

NO 002-2012- MEM/ SEG, en to relacionado a la base legal y a las disposiciones generales, adjuntando para ello el Formulado de Actualizaci6n de Directiva aprobado a traves de la Resoluci6n Secretarial NO 030- 2012- MEM/ SEG de fecha 26 de setiembre de 2012;

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y y

Que, de acuerdo con to establecido en la Directiva NO 005- 2012- MEM/ SEG, aprobada por Resoluci6n Secretarial NO 030-2012- MEM/ SEG, es facultad de las Unidades Organicas proponer la elaboraci6n, modificaci6n o actualizaci6n de las directivas de su competencia; en tal sentido corresponde efectuar la actualizaci6n de la Directiva NO 002- 2012- MEM/ SEG, de acuerdo al detalle consignado en el respective Formulario ( Anexo NO 2 de la Directiva NO 005- 2012- MEM/ SEG);

A

Con el visto bueno de la Directora General del Oficina de General de Administraci6n y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Energia y Minas;

De conformidad con to dispuesto por la Ley NO 27658 - Ley Marco de Modernizaci6n de la Gesti6n del Estado, la Ley NO 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo NO 0312007 -EM que aprueba el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE:

DE EM B(w`

Articulo V.- Aprobar la actualizaci6n de la Directiva NO 002-2012- MEM/ SG, sobre Normas para la asignaci6n, devoluci6n, reposici6n de equipos de telefonia m6vil asi como el gasto por

equipo asignado", cuyo texto completo forma parte integrante de la presente Resoluci6n.

Articulo 20.- La Oficina General de Administraci6n, a traves de la Oficina de Inforrnkca,

queda encargada de public r la presente resoluci6n y la Directiva actualizada en el Portal Web del Ministerio de Energia y Min Reg'

rese

comunique e.

HEM=

PEREZ COSTA

Secretario General

7—

RESOLUCION SECRETARIAL No. 016- 2015—MEM/ SEG

17/ 8/ 2015

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS

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DIRECTIVA No 002-2012- MEM/ SEG

NORMAS PARA LA ASIGNACI6N, DEVOLUCI6N, REPOSICION DE EQUIPOS DE TELEFONIA MOVIL ASI COMO EL GASTO POR EQUIPO ASIGNADO"

Vigencia:

Versi6n:

Acci6n

2

Nombre

Cargo

Oficina de Logistica

Director

Supervisado por:

Oficina General de Administraci6n

Directora

Revisado por:

Oficina General de Planeamiento y

Elaborado por:

r

a

oOEENfRR

Presupuesto ENE

Aprobado

por:

Secretaria General

Fecha

1= eyOz / J'

DIRECTIVA No 002 - 2012- MEM/ SEG f

NORM

DE EQUIPOS DE ASIGNADO

OBJETIVO

Establecer las normas y procedimientos de asignaci6n, devoluci6n, reposici6n de equipos de telefonia m6vil asi como el gasto por equipo asignados a funcionarios, directivos y servidores Ejecutora NO 001 -MEM -CENTRAL.

que prestan servicios en la Unidad

ALCANCE

Las normas de la presente Directiva, son de aplicaci6n obligatoria para todos

los funcionarios, directivos y servidores de la Unidad Ejecutora NO 0001 -MEM CENTRAL, a quienes se les asigne equipos de telefonia m6vil

Al Ministro, los Vice Ministros y el Secretario General, en su calidad de Altos Funcionarios', no les es aplicable la restricci6n del gasto. III.

BASE LEGAL 3. 1

Numeral 10.4, del Articulo 10 de la Ley NO 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2015.

3. 2

Decreto Supremo NO 031 -2007 -EM que aprueba el Reglamento de

Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Energia y Minas,

y sus

modificatorias.

3. 3

Ley

NO 27815,

Ley del C6digo de Etica de la Funci6n Publica y su

Reglamento, aprobado por Decreto Supremo NO 033 -2005 -PCM. 3. 4 IV.

Ley NO 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.

DISPOSICIONES GENERALES

4. 1

De la asignaci6n de equipos de comunicaci6n y utilizaci6n 4. 1. 1

r J

5' tic X09•

asignaran Generales, al

equipos

de

telefonia

m6vil

a

los

Directores

Jefe del Organo de Control Institucional, Procurador Publico y al Presidente del Consejo de Mineria.

ooE ER 4` 5

Se

4. 1. 2

al

A cualquier otro funcionario distinto a to especificado en el numeral 4. 1. 1, podra asignarse equipos de telefonia m6vil siempre que sea solicitado por el Director General o Secretaria General

segun corresponda, siendo la Direcci6n de la Oficina General de Administraci6n

quien

autorice

tal

asignaci6n

segun

la

disponibilidad de equipos y la labor que desempena.

Numeral 10. 4 del Articulo 104 de la Ley 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ANo Fiscal 2015, (...)

A los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley 28212 y modificatoria, viceministros y secretarios generales no les es aplicable la restricci6n de gasto serhalada en el primer parrafo del presente numeral. th 2

4. 1. 3

EI requerimiento de equipos de telefonia m6vil debera efectuarse mediante memorando o correo electr6nico, ante la Oficina General de Administraci6n para su aprobaci6n, la que sera atendida por el Director de la Oficina de Informatica, a traves del Acta de Entrega Recepci6n de Equipos ( Anexo 1),

de acuerdo a la disponibilidad

de equipos.

4. 1. 4

Los equipos de telefonia m6vil asignados deben ser utilizados

exclusivamente en asuntos de caracter oficial y del servicio, bajo responsabilidad del usuario. 4. 1. 5

No podra asignarse mas de un equipo de telefonia m6vil por persona.

4. 2

De los Equipos de Telefonia M6vil 4. 2. 1

Los equipos de telefonia m6vil con los que cuente la Unidad Ejecutora

NO

001 -MEM -CENTRAL

seran

en

alquiler,

como

consecuencia de un proceso de selecci6n para la contrataci6n del

servicio de telefonia m6vil, en el marco que establece la Ley de Contrataciones y su Reglamento. 4. 2. 2

Los equipos de telefonia m6vil, operaran de acuerdo al Plan Tarifario que contrate el Ministerio.

4. 2. 3

EI monto maximo de gasto mensual por los servicios de telefonia m6vil, en ningun caso excedera al monto establecido en la Ley de Presupuesto

para

el

Sector

Publico

para

el

ano

fiscal

correspond iente. 4. 2. 4

De existir diferencia de consumo en la facturaci6n,

ella

sera

abonada por el usuario que tenga asignado el equipo. 4. 2. 5

No le es aplicable la restricci6n senalada en el numeral 4.2. 3 a los

funcionarios siguientes: al Ministro, Vice Ministros y al Secretario General de acuerdo con to establecido en la Ley de Presupuesto para el Sector Publico. 4. 2. 6

EI Director de la Oficina de Informatica sera el responsable de administrar

los

minutos

mensuales

que

se

asignara

a

los

directivos o servidores que se les haya proporcionado equipos de telefonia m6vil, de acuerdo a su nivel jerarquico en la Entidad, o segun se requiera por necesidad del servicio, de acuerdo a la bolsa de minutos que contrate el Ministerio. 4. 2. 7

Para los usuarios que por comisi6n de servicio, efectuen viajes al

exterior y cuenten con la debida autorizaci6n, se procedera a la activaci6n de roaming internacional de voz y datos, debiendo los usuarios tener en cuenta que el use del equipo asignado es de exclusividad para su comunicaci6n en el cumplimiento de las funciones asignadas como servidores del Ministerio de Energia y Minas —Unidad Ejecutora NO 001 -MEM — CENTRAL, por to que de

detectarse un mal use del servicio, el costo del mismo debera ser asumido por cada comisionado, segun corresponda.

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4. 2. 8

En caso se produzcan fallas en los equipos de telefonia movil, los deberan coordinar con la Oficina de Informatica, usuarios

indicando las deficiencias detectadas, a fin que se coordine su reparacion o cambio, de ser el caso, con el operador telefonico. 4. 3 De la devolucion del equipo

La devolucion del equipo asignado se efectuara por cualquiera de los siguientes motivos: por defecto del equipo, por termino del vinculo laboral o

contractual con la Entidad, por cambio de funciones, y por perdida o robo. 4. 3. 1

Devolucion por defecto del equipo

EI director o funcionario cuyo equipo de telefonia movil asignado tenga deficiencias en su funcionamiento debera comunicar

a

la

Oficina

de

Informatica,

las anomalfas y

desperfectos observados, para to cual entregara el respectivo equipo

a

dicha

Oficina

para

que

compruebe

el

mal

funcionamiento y/ o deficiencias. 2.

La Oficina de Informatica, remitira a la Oficina de Logfstica,

los equipos de telefonia movil deficientes,

para

que

sean

entregados al operador telefonico correspondiente, para su respectiva revision a informe. 3.

Si el diagnostico tecnico del operador telefonico del equipo, determina que la deficiencia o desperfecto del equipo ha sido ocasionado por un golpe u otra causa de use negligente, el

costo de mantenimiento o de un nuevo equipo, sera asumido por el usuario a quien se le asigno el bien, para cuyo efecto,

la Oficina de Informatica comunicara al usuario y a la Oficina de Personal para que a traves del descuento por planilla el usuario realice el pago del arreglo o reposicion del equipo, en

un maximo de tres ( 03) partes, segun to que decida el usuario del equipo. 4.

Si dentro del mes de comunicado el hecho por la Oficina de Informatica, el usuario no se acerca a la Oficina de Personal a suscribir el acta para el descuento por planilla, la Oficina de

Personal procedera al descuento del monto total en la planilla inmediata siguiente. 5.

Si el diagnostico tecnico del operador telefonico del equipo determina que la deficiencia o desperfecto es de fabrica o es

consecuencia del normal use y el paso del tiempo,

g,

el

operador telefonico entregara a la Oficina de Logfstica un nuevo equipo, con iguales o mejores caracterfsticas, operativo

y sin costo alguno, quienes remitiran el equipo a la Oficina de

Informatica para su verificacion y posterior entrega al usuario del equipo. 4. 3. 2

Devolucion por termino del vinculo laboral 1.

t

Cuando el director o funcionario termine su vinculo laboral o

contractual con el Ministerio de Energia y Minas, tiene la

responsabilidad de devolver a la Oficina de Informatica, el

equipo de telefonia m6vil asignado, previa firma del Acta de Entrega / Recepci6n de Equipos, que sera proporcionado por

la Oficina de Informatica. 2.

Si el director o funcionario que haya tenido asignado un equipo de telefonia m6vil, deja de prestar servicio en el

Ministerio de Energia y Minas teniendo un consumo superior al asignado o una deuda por penalidad de dano, robo, o extravio de equipo, sera notificado para el cumplimiento de la

cancelaci6n respectiva en la cuenta que le proporcione la Oficina General de Administraci6n, a traves de la Oficina Financiera.

Para

tal

efecto

la

Oficina

de

Informatica,

previamente comunicara por escrito el exceso de consumo o al ex segun facturaci6n, tanto importe de penalidad

funcionario, directivo o servidor, como al tesorero. 3.

La Oficina de Informatica, debera informar a la Oficina de Personal si el funcionario, directivo o servidor, al cese de su

vinculo con el Ministerio de Energia y Minas, tiene pendiente la

devoluci6n

del

equipo

m6vil

asignado

o

algun

pago

derivado del use del mismo, a fin que tomen las acciones que correspondan.

4. 3. 3

Devoluci6n por cambio de funciones

Cuando al director o funcionario a quien se le asign6 un

equipo

de telefonia m6vil para el cumplimiento de sus sea reasignado o trasladado a otra Direcci6n General u Oficina, bajo responsabilidad, tiene la obligaci6n de

funciones,

devolver a la Oficina de Informatica, el equipo asignado; para Recepcion de cuyo efecto firmara el Acta de Entrega / Oficina de por la proporcionado Equipos, sera que Informatica. 4. 3. 4

De la reposici6n del equipo por perdida o robo

Ante la perdida o robo, es responsabilidad del director o

funcionario a quien se le haya asignado el equipo efectuar la

inmediata denuncia policial y comunicar el hecho a la Oficina Informatica, adjuntando copia de dicha denuncia. La Oficina de Informatica debera coordinar con el operador

de

telef6nico el corte de linea y del servicio. 2. CHER

Cuando la perdida o robo, se realice durante el cumplimiento de servicio, el director o funcionario luego de realizar la

denuncia y comunicar a la Oficina de Informatica procedera a

oNY

informar los hechos al Director General o Secretaria General, segun corresponda, el cual derivara los documentos a la Oficina General de Administraci6n para que evalue si procede que el costo por reposici6n de equipo sea asumido por el Ministerio o por el funcionario. 3.

Cuando la Oficina General de Administraci6n apruebe que la reposici6n del equipo este a cargo del Ministerio, procedera a

AG,

gy02 -1,r

remitir

los

actuados

a

la

Oficina

de

Informatica,

quien

coordinara con la Oficina de Logistica el cumplimiento de to dispuesto. 4.

De corresponder, el director o funcionario debera asumir el costo de reposicion del equipo de telefonia movil asignado, segun la tabla de penalidad proporcionada por el operador telefonico.

Para

tal

efecto

la

Oficina

de

Informatica

comunicara al usuario y a la Oficina de Personal para que a traves del descuento por planilla el usuario realice el pago de la penalidad, en un maximo de tres ( 03) partes, segun to que decida el usuario del equipo.

Si dentro del mes de comunicado el hecho por la Oficina de Informatica, el usuario no se acerca a la Oficina de Personal a suscribir el acta para el descuento por planilla, la Oficina de

5.

Personal procedera al descuento del monto total en la planilla inmediata siguiente. . V.

VIGENCIA

Las disposiciones

contenidas en

la

presente

directiva

entraran

en

vigencia a partir de su aprobacion. VI.

RESPONSABILIDAD

6. 1

Los Directores y funcionarios de la Entidad, que tengan asignado un equipo

de

telefonia

movil

por

necesidades

del

servicio,

seran

responsables del use y custodia de los mismos, y deberan asumir las penalidades que pudiesen corresponder en caso de dano, perdida y/o robo p

de los equipos que se les asigne, conforme a to previsto en la

presente directiva.

pEE IER y` N

6. 2

Los usuarios, el Director de la Oficina de Informatica, el Director de la

Oficina de Logistica y el Director de la Oficina de Personal tienen la responsabilidad de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la presente directiva. VII.

ANEXO

01: Acta de Entrega / Recepcion de Equipos.

ANEX0 N° 1 FECHA No

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS OGA - OFICINA DE INFORMATICA

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La Oficina de Informatica, solicita a Ud. Disponer que marque con un aspa el casillero que corresponda Resolucion Secretarial NO -

2015- MEM/ SEG - Directiva NO 002- 2012- MEM/ SEG

ASIGNACON

j

DEVOLUCION

I

REPOSICION

DE A

MOTIVO

REF.

De los bienes que se indican a continuacion: ITEMS

MODELO

DESCRIPCION

F

0

Q)

Observaciones:

H

CCC. L i 1

EI usuario, es el responsable de dar estricto cumplimiento a to establecido en la Directiva NO 002-2012-MEM/ SEG, cuya copia se anexa alCv presente documento.

Representante de la Oficina de Informatica

Nombre y Firma Usuario Responsable