manual de bienestar animal en plantas de faena de aves y ... - Senasa

Equipment of low stress small animal slaughter. Trans. ASAE 20:571. ... system for cattle slaughter plants with 1.5 m radius curves. Appl. Anim. Behav. Sci.
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MANUAL DE BIENESTAR ANIMAL EN PLANTAS DE FAENA DE AVES Y LAGOMORFOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL COORDINACIÓN DE AVES, HUEVOS, ESPECIES MENORES Y PRODUCTOS DE LA CAZA

Presidente:

Dr. Jorge Néstor Amaya Vicepresidente Ing. Agr. Carlos Paz Gerente General

Ing. Agr. Diana Guillén Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria

Dr. Carlos Waldemar Ameri Dirección de Fiscalización de Productos de Origen Animal

Dr. Juan Carlos Demaría Redactores: Dr. Malvestiti, Leonardo Jorge. Dr. Ball, Julio César. Dr. Vicari, Carlos Alberto.

ENERO 2010

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ÍNDICE 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Definiciones y generalidades respecto al bienestar animal……… Condiciones generales en la manipulación……………………… Tecnología operativa……………………………………………. Inspección veterinaria…………………………………………... Capacitación…………………………………………………….. Bibliografía………………………………………………………

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El presente documento deberá ser tomado como una guía orientativa en post de asegurar el tratamiento humanitario de los animales destinados a ser faenados, teniendo en cuenta que los operadores de las industrias alimentarias son los principales responsables en garantizar el bienestar animal y quedando a su disposición todos los mecanismos, equipamientos, manipulaciones y prácticas de tratamiento de las especies a faenar.

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1. DEFINICIONES y GENERALIDADES RESPECTO AL BIENESTAR ANIMAL: 9 Bienestar animal: se define como un estado de salud mental y física completas donde el animal se encuentra en armonía con su ambiente. 9 Derechos que serán implementados: manipuladores de animales que practiquen el manejo humanitario, transportistas calificados y entendidos, diseño ambiental apropiado, manejo y movimientos adecuados, sacrificio humanitario. 9 Signos de ansiedad y/o miedo: animales inquietos, vocalización, cabeza en estado de vigilancia, orejas tipo radar (lagomorfos). 9 El estrés o angustia se define como un estado anormal en el que los animales tienen que hacer adaptaciones fisiológicas extremas, por ejemplo cambios en el ritmo cardíaco, en el ritmo de respiración, en la temperatura corporal y en la presión sanguínea con el fin de competir con su ambiente. El estrés se debe mantener en un mínimo en cuanto sea posible, no sólo para el bienestar del animal, sino también porque los cambios fisiológicos producidos pueden influir en la calidad de la carne. 9 Los Cinco Derechos del Bienestar Animal: 1. Exención de hambre y sed mediante acceso fácil al agua dulce y una dieta para mantener la salud. 2. Exención de dolor, lesión o enfermedad mediante prevención o diagnóstico rápido y tratamiento. 3. Exención de miedo y angustia, garantizando las condiciones que eviten el sufrimiento mental. 4. Libertad para expresar el comportamiento normal, proporcionando espacio suficiente. 5. Exención de malestar proporcionando un ambiente apropiado.

PARTICULARIDADES RELACIONADAS CON EL BIENESTAR ANIMAL EN AVES Y LAGOMORFOS 2. CONDICIONES GENERALES EN LA MANIPULACIÓN DE LAS AVES Y LAGOMORFOS: Manipulación y Manejo de los animales en general: Está prohibido: a) Golpear, dar puntapiés o maltratar los animales; b) Aplicar presión en los puntos especialmente sensibles del cuerpo de los animales de manera que se les cause dolor o sufrimiento innecesario; c) Levantar o arrastrar a los animales por la cabeza, orejas, alas, plumas o manipularlos de modo que se les cause dolor o sufrimiento innecesario. Áreas comunes: a) Se deberán evitar los ruidos molestos e innecesarios, gritos del personal, etc. 4

b) Las áreas comunes en las cuales los animales se encuentren en espera,

pesado, etc, deberán garantizar una ventilación adecuada. Evitando las altas concentraciones de amoníaco (NH3), dióxido de carbono (CO2).

3. TECNOLOGÍA OPERATIVA EN EL PROCESO DE FAENA DE AVES Y LAGOMORFOS: 3.1 Recepción, pesaje y espera de los animales: a) Los animales que se destinen a faena, antes de su envío a la planta,

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serán sometidos a un período de ayuno, mediante supresión del alimento sólido, a los efectos de disminuir los riesgos de contaminación por medio del derrame del tracto digestivo durante el proceso de eviscerado; dicho periodo no deberá prolongarse de forma innecesaria. Se deberá asegurar en todo momento el buen estado de hidratación de los animales a ser faenados. Los animales serán descargados lo antes posible después de su llegada. En caso de retrasarse dicha operación, se protegerá a los animales de las inclemencias del clima. Las plantas deberán poseer las instalaciones correspondientes para realizar la espera de los animales, antes de ser faenados. Los sectores deberán poseer los medios necesarios para el resguardo de los mismos contra las inclemencias del clima (techo de forma tal de evitar directamente el sol y la lluvia, ventiladores de forma de garantizar una corriente de aire en caso de ser necesario, aspersores de agua tipo spray (foggers) de forma de poder realizar un descenso de la temperatura corporal, cortina de árboles según el caso, etc.). El lapso de tiempo de espera de los animales previo al sacrificio deberá ser lo más breve posible. Las jaulas utilizadas para el transporte de los animales hacia el frigorífico deberán: y estar en buen estado general, y garantizar su fácil lavado y desinfección, y evitar posibles lastimaduras y/o laceraciones de los animales, y queda prohibido la utilización de jaulas de hierro, acero, alambre u otro material que posibilite lesionar los animales. El número de animales que se colocará por jaulas guardara relación con: tipo y forma de la jaula empleada, categoría de los animales, temperamento, peso vivo, época del año, temperatura y humedad ambiente, horario de transporte, etc, es decir, se deberá garantizar la circulación de aire de forma tal de evitar sufrimientos por calor, asfixias, lesiones entre los animales, aplastamientos y/o compresiones entre ellos. Durante el pesado de los animales se deberán evitar los movimientos excesivos y esperas innecesarias. De efectuarse una espera, deberán

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resguardarse de las inclemencias climáticas tal como se indica en el ítem C. h) Los animales que sean expedidos en contenedores de fondo flexible o perforado se descargarán con especial cuidado para no causarles heridas. 3.2 Zona de descarga y colgado: a) Las jaulas con animales se manipularán con cuidado evitando caídas.

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g) h)

Quedad prohibido arrojar / lanzar dichas jaulas. Cuando sea posible, se cargarán y descargarán horizontalmente por medios mecánicos. Se deberán evitar los ruidos molestos e innecesarios, gritos del personal, etc. Para el caso de las aves: teniendo en cuenta que la luz influye en el comportamiento de las mismas y que longitudes de onda corta (espectro de banda de longitud de onda 340 – 380 nm hasta 700 – 730 nm.) tranquilizarían a las aves, es aconsejable que la zona de descarga y colgado se ilumine exclusivamente durante las tareas con las aves con luz azul. (es de destacar que en esa longitud de onda el hombre puede desarrollar sus actividades y el ave se encuentra con un temperamento aplacado). Se deberá forzar la circulación de aire en estas zonas. La descarga deberá efectuarse de la forma menos traumática posible; evitando caídas de jaulas y de animales, movimientos bruscos, golpes innecesarios, etc. Colgado: el colgado de los animales deberá garantizar que los mismos no se desenganchen evitando posibles traumatismos durante las operaciones posteriores, se deberán evitar los tratos excesivamente bruscos. En el caso de las aves, el colgado incorrecto no garantiza una adecuada insensibilización y posterior degüello. En el caso de las aves; el trayecto que va desde el colgado al aturdidor, deberá estar provisto de un ambiente en penumbras además deberá contarse con una superficie de apoyo a las aves dado que esto las tranquiliza. Dicho dispositivo se prolongará hasta el momento del aturdido.

Nota: Para el caso de las aves las mismas son colgadas y luego insensibilizadas y para el caso de los conejos se los insensibiliza y luego de los cuelga. 3.3 Zona de insensibilización y degüello: a) La insensibilización de las aves previa al sacrificio, se efectuará mediante una descarga eléctrica o cualquier otro método aprobado por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, que permita el desangrado total. La única excepción a dicha exigencia, la constituyen las faenas rituales o 6

b) c)

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religiosas autorizadas por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. El trayecto que va desde el insensibilizado hasta el degüello deberá garantizar que los animales no recuperen sus signos normales. Para comprobar la efectividad de los equipos de insensibilización se deberá sacar de la noria o no colgar al animal (aves o lagomorfos respectivamente) luego de insensibilizado, para comprobar su recuperación, debiendo reaccionar sin demostración de secuelas. Para el caso de las aves: cuando se empleen tanques de agua para el aturdido, deberá ser posible regular el nivel del agua, de modo tal que permita la inmersión hasta la base de las alas. Los tanques de agua para aves de corral tendrán un tamaño y una profundidad adecuados al tipo de ave que vaya a sacrificarse. Para el caso de las aves: se deberá evitar que los tanques rebalsen, desborden agua, a efectos de evitar un pre-aturdimiento. Los equipos de insensibilización estarán regulados de forma tal, que no afecte el sistema cardiovascular del ave, para permitir un desangrado completo. Para todas las aves y los lagomorfos, la intensidad de la corriente utilizada y la duración de su aplicación serán determinadas, teniendo en cuenta: y peso de los animales; y velocidad de la noria; y raza, temperamento, sexo, etc, Deberán tomarse las medidas oportunas para garantizar un buen paso de la corriente. Cuando los animales sean aturdidos individualmente, el aparato irá provisto de un dispositivo que mida la impedancia de la carga e impida su funcionamiento si no circula la intensidad mínima requerida. Además estará provisto de un dispositivo acústico o visual que indique el tiempo de su aplicación al animal y estará conectado a un dispositivo que indique la tensión y la intensidad de la corriente, colocado de forma tal que el operario pueda verlo con claridad. Aturdimiento por electrocución de cabeza tronco: Exposición del cerebro a una corriente que genere una forma de epilepsia generalizada en el electroencefalograma. Parámetros a tener en cuanta: Corriente mínima (A o mA), Tensión mínima (V), Frecuencia máxima (Hz), Tiempo mínimo de exposición, Intervalo máximo entre el aturdimiento y el sangrado / muerte (en segundos), Frecuencia de la calibración del equipamiento, Optimización del flujo de corriente, Prevención de descargas eléctricas antes del aturdimiento, Posición y área de contacto de los electrodos, Reducción al mínimo del dolor causado por la suspensión en los ganchos, Tiempo máximo de suspensión de los ganchos antes del baño de agua, Tiempo mínimo de exposición para cada animal.

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m) Para el caso de los lagomorfos: al utilizar el aturdimiento eléctrico limitado a la cabeza, los electrodos deberán abarcar el cerebro del animal y adaptarse al tamaño de este. n) En caso necesario, deberá disponerse de un sistema alternativo de aturdido. o) Las aves y lagomorfos serán sacrificados mediante la sección de los grandes vasos del cuello, ya sea en forma manual o automática. Para el sangrado se debe contar con un espacio físico que permita que los animales permanezcan el tiempo suficiente para completar el proceso. p) El faenado o el escaldado solo se efectuarán cuando se haya comprobado la falta de signos de vida del animal. Algunos parámetros recomendados a tener en cuenta: es de aclarar que los parámetros enumerados a continuación deben ser modificados según las especificaciones del equipo utilizado. Destalle del animal

Pollos

Pavos

Lagomorfos

Corriente mínima sugerida

240 mA

400 mA

300 mA

Frecuencia en (Hz)

Pollos

Pavos

Patos y Gansos

< 200 Hz

100 mA

250 mA

130 mA

Entre 200 y 400 Hz

150 mA

400 mA

--------

Entre 400 y 1500 Hz

200 mA

400 mA

--------

4. INSPECCIÓN VETERINARIA: A. Inspección ante-mortem: •

En el contexto de la inspección ante-mortem deberán efectuarse los controles orientados a determinar la presencia de posibles indicadores de malas condiciones de bienestar animal y brindar el cumplimiento del presente documento.

B. Inspección post-mortem: •

En el contexto de la inspección post-mortem deberán efectuarse los controles orientados a determinar la presencia de posibles indicadores de malas condiciones de bienestar animal.

C. Comunicación: •

De encontrarse elementos en las carcasas que sugieran malas condiciones de bienestar animal, deberá comunicarse de inmediato al personal Responsable del SENASA. Asimismo los responsables de la empresa deberán tomar las medidas necesarias en la/s etapa/s correspondiente/s del proceso para evitar futuros inconvenientes.

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5. CAPACITACIÓN: • El operador de la industria alimentaria deberá garantizar que todo el personal que realice tareas con los animales vivos (cargadores, transportistas, colgadores, personal que trabaja en el sector de zona sucia, etc.) deberán recibir la capacitación correspondiente a los preceptos de bienestar animal, sacrificio humanitario, etc. • La capacitación deberá formar parte del programa anual, acordes a las tareas que desempeña el personal y quedar documentada. 6. BIBLIOGRAFIA: • Reglamento de Productos Subproductos y Derivados de Origen Animal Decreto 4238/68. • Reglamento (CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA) Nº 1099/2009 Relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza, 24 de septiembre de 2009. • Reglamento (CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA) N° 1/2005 Relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas, 22 de diciembre de 2004. • Directiva 2007/43/CE Por la que se establecen las disposiciones mínimas para la protección de los pollos destinados a la Producción de carne, 28 de junio de 2007. • Directiva 93/119/CE Relativa a la protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza, 22 de diciembre de 1993. • Lewis P.D y T.R. Morris; World’s Poultry Sci. Jour. Las aves y la Luz de color 56: 189-207. 2000. • Fowier, M. E. 1978. Restraint and handling of wild and domestic animais. Iowa State University Press, Ames. • Galyean, M. L., R.W. Lee y M. E. Hubbert. 1981. Influence of fasting and transit on ruminal and blood metabolites in beef steers. J. Anim. Sci. 53:7. • Giger, W., R. P. Prince, R. O. Westervelt y D. M. Kinsman. 1977. Equipment of low stress small animal slaughter. Trans. ASAE 20:571. • Gilbert, B. J. y C. W. Arave. 1986. Ability of cattle to distinguish among different wavelengths of light. J. Dairy Sci. 69:825. • Grandin. T. 1975. Survey of behavioral and physical events which occur in hydraulic restraining chutes for cattle. M.S. Thesis. Arizona State University, Tempe. • Grandin, T. 1980. Observations of cattle behavior applied to the design of cattle handling facilities. Appl. Anim. Ethol. 6:19. • Grandin, T. 1982. Pig behavior studies applied to slaughter plant design. Appl. Anim. Ethol. 9:141. Grandin, T. 1983a. Design of ranch corrais and squeeze chutes for cattle. Great Plains Beef Cattle Handbook, Buli. GPE-525 1. Regional Cooperative Extension Project GPE-9. • Grandin T. 1983b. Welfare requirements of handling facilities. En: S. H. Baxter, M. R. Baxter, and J.A.C. McCormack (Ed.) Farm Animal Housing and Welfare. Martinus Nijhoff, Boston, MA, p. 137. Grandin, T. 1 984a. Race

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