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No 269
- 2017-MINCETUR/SG/OGA
L¡ma, 16 de
junio de 20ll
VISTOS:
de iunio de El lnforme No 165 -2017-MINCETUR-SG/OGA/OASA de fecha 2017 de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, el lnforme N" 271-2017' IVIINCETUR/SG/OGA de la Oficina de Personal y el lnforme N' 056-2017IVIINCETUR/SG/OGA-OASA-SDPCP de ¡a Sub Dirección de Programación y Control Patrimonial, y;
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CONSIDERANDO:
Que, con fecha 17 de mayo del 2016 se suscribió el Contrato N" 034-20'16IVIINCETUR/SG/OGA, derivado de la Concurso Público N' 005-201G-MINCETURiCS para la "Contratación del Serv¡cio de Seguros Multirriesgo, 3D, Vehiculos, Acc¡dentes Personales, V¡da Ley, FOLA del MINCETUR', con el Consorcio La Posit¡va conformado por La Pos¡t¡va Seguros y Reaseguros y La Positiva V¡da Seguros y Reaseguros, por un monto total ascendente a S/. 311,106.93 (Trescientos once mil ciento se¡s con 93/100 soles), a todo costo, incluido lGV, por el plazo de trescientos sesenta y cinco días calendario, el m¡smo que se computa a part¡r del 19/06/2016 desde las 12:00 horas pm; Que, mediante Adenda al contrato, de fecha 01.08.2016, se formalizó la contratación prestaciones adicionales por el monto de Sl 4,724.26 (Cuatro mil setec¡entos ve¡nticuatro con 261100 soles), por la inclusión a la póliza vehicular del vehículo Toyota
de
Camry de placa de rodaje EGV-200;
Que, a través de la Adenda al contrato de fecha 01.12.2016, se formalizó la contratac¡ón de prestaciones adic¡onales por el monto de S/ 2,216.69 (Dos mil doscientos dieciséis con 69/,100 soles), por la inclusión e le póliza veh¡cular del vehículo Hyundai New Tucson del año 2016;
Que, mediante los informes de vistos, se ha señalado que existe la neces¡dad de contar con la póliza de seguros personales (Accidentes Personales, Vida Ley, Formación Laboral) hasta la finalización del contrato, toda vez que, de acuerdo a la normativa laboral v¡gente, se debe proteger la salud y vida de los pract¡cantes y trabajadores ba.¡o los d¡ferentes regímenes laborares existentes en nuestro país, en ese sent¡do, al haber un número mayor de personal y de practicantes, durante la eiecución del contrato, se debe haber generado la disminución de saldo conlractual lo cual no alcanzatía para lá cobertura de los seguros personales hasta flnal¡zar el contrato, s¡endo necesar¡o la contratación de
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real¡zado.la nrestaciones adic¡onales. Pol otro lado, se ha señalado que, habiéndose de bienes del ;;;il;ñ ;; J" "Jn¡.rlá en la póliza, v a la variación en el altas v baias y H¡iÑCefUn, es necesario que sL realice la reducción correspondiente. l': !t"tl', -t]:1"^: oer cumphr con el oolelo ádlcionales respecto del seguro Multirriesgo' con la finalidad de contrato; surgidas con Que, haciendo un análisis de lo solicitado y en virtud a las necesidades es po"t"rüi¡ááa á ta suscripción det contrato, y cumptir finalmente con el obleto del mismo, de Iáá.""iio i"ui¡rrr tas mbdificacionás que'[ermitan reducir et costo del seguro veh¡cu]ar seguros Multirriesgo' i" Ün,ora EGK 813, así como, la óontiatación adicional de los lo informado; a conforme p"oonales' y Laboral' Vida Ley Formación t"¡o"ni""
presentada para la suscripciÓn del Que, de acuerdo a la estructura de costos por contrat¡sta' en concordancia con los el at"nciÓn a la cotir""iOn remitida 4'419 18 (Cuatro mil cuatrocientos S/ "ontrañ-y'en términos de referencia, el montá á reducir es de monto del contrato original y las del J¡".inr*á .on 18/100 sotes), áquivatente at 1.42o/o de Sl 4'413 27 (Cuatro mil monto ásc¡enAen al prestac¡ones ad¡cionales "orüát"i det monto del contrato 1.4185o/o " soles), equivalente al luaiio"¡énto" trece con zzl10ó original;
que aprueba la Ley de Que, el numeral 34.2 del artículo 34 de la Ley N' 30225 por el área y prev¡a sustentación contrataciones del Estado,"Áát" qr" excepcionalmente de la eiecución pagar y d¡rectamente ,*rrá aá la contratación, la Entidád puede ordenar por el hasta de bienes, servicioi y consultorias orestaciones adicionates que sean "n-.á"o del monto del contrato . original s¡empre . I"¡nt,"¡nio por. c¡ento (25%) puede reducir bienes. ,nJispensaor'es para alcanzar'la finalidad del contrato. As¡mismo, servicios u obras hasta por el mismo porcentaie;
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Ley de Que, asimismo, el primer párrafo del articulo 139 del Reglamento de^ por Supremo Decreto aprobado Estado, del contratac¡ónés del Estado Contrátaciones puede N" 350-201s-EF indica que mediante Resolución previa, el Titular de la Entidad por veinticinco por del el límite hasta disponer la e.iecución de prestaciones adicionales siempre que estas sean necesarias para ciáiio f ZS"¿l'Ael monto del contrato or¡g¡nal, -cual
debe contar con la asignación pre-supuestal abanzá¡ la finalidad del contrato, para lo nácesaria, El costo de los adicionales Se determina Sobre la base de las especificac¡ones y las técnicas del bien o términos de referencia del servicio en general o de consultoría de
condicionesypreciospactadosenelcontratoiendefectodeestossedeterm¡napor acuerdo entre las Partes;
Que,med¡antelnformeNol6]-2017-MINCETUR-SG/oGA/oASAdefechal6de
iunio de 2017. ta Oficina de Abastecimiento y Servic¡os Auxiliares considera procedente la ieducción v eiecución de prestaciones adicionales solicitadas, por el monto de S/ 4'419.'18
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diecinueve con 18/100 soles) y Sl 4,413.?7 (Cuatro mil trece con 271100 soles) equivalente al 1.42o/oy 1.4185 del monto del contrato que luego or¡q¡nal, respectivamente, que perm¡t¡rá alcanzaÍ la final¡dad del contrato, siendo de-los cálcülos reatizados, las modificaciones a realizar finalmente sólo significarán una reducción total por el monto de S/. 5.91 soles, y, en consecuencia. no corresponde la tramitación de cert¡f¡cación presupuestal,
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De conform¡dad con el Articulo 34 de la Ley de contfataciones del Estado y el Artículo 139 del Reglamento; y
En ejercicio de las funciones y atribuciones asignadas mediante Resolución Ministerial N" 02.2017-MINCETUR;
SE RESUELVE:
AUTORIZAR la reducción de prestaciones al contrato N" 034-2016por el MINCETUR/SG/OGA, derivado del concurso Público No 005-2016-MINCETUR/CS, monto total de s/ 4,419.18 (Cuatro mil cuatrocientos diecinueve con 18/100 soles), equivalente al 1.42o/o del monto del contrato original, toda vez que se procede a. excluir de la'póliza vehicular la unidad de Placa EGK 813, de acuerdo a lo detallado en el informe de
Artículo 1..
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v¡stos.
Artículo 2".- AUTORIZAR la ejecución de prestaciones ad¡cionales al contrato
No 034PÚblico N'005-2016-MINCETUR/CS del Concurso 2016-MINCETUR/SGiOGA, derivado por el monto total de s/ 4,413.27 (Cuatro mil cuafocientos trece con 271100 soles), equivalente al 1.4185o/o del monto del contrato orag¡nal, toda vez que ante las var¡ac¡ones se procede a adic¡onar los montos necesarios para la cobertura de las pÓlizas Multirr¡esgo, Accidentes Personales, vehÍculos, Vida Ley y Formación Laboral hasta la culm¡nación del contrato, de acuerdo al s¡gu¡ente detalle:
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Artículo 4'.- El contrato N" 034-2016-MINCETUR/SG/OGA se mantendrá vigente en todo lo que no se oponga a lo establecido en la presente Resolución.
Artículo 3o.- Comunicar la presente Resolución a la Oficina de Abastecim¡ento y Servicios Aux¡liares de la Oficina General de Adm¡n¡stración del MINCETUR, a fin de que continúe con las acciones que correspondan, para implementar el cumplimiento de la presente Resolución.