Litigios Patentes 2016

1 año Comunidad Andina. • 4 años otro país o 6 años para árboles y vides. Excepto: (i) Forma ilícita;. (ii) En detrimento del obtentor;. (iii) Pruebas de campo ...
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PROTECCIÓN Y DEFENSA DE OBTENCIONES VEGETALES Liliana Galindo Coordinadora Litigios Patentes

Medellín Julio 2017

Ubicación

PROPIEDAD INTELECTUAL

PATENTES DE INVENCION Y MODELOS DE UTILIDAD

SIGNOS DISTINTIVOS (MARCAS, LEMAS COMERCIALES,ETC)

PROPIEDAD INDUSTRIAL

DERECHOS DE AUTOR

DERECHO DE OBTENTOR DE VARIEDADES VEGETALES

DISEÑOS INDUSTRIALES

SECRETOS EMPRESARIALES

ESQUEMAS DE TRAZADO

Derecho de Obtentor Variedad Vegetal: “Conjunto de individuos botánicos cultivados que se distinguen por determinados caracteres morfológicos, fisiológicos, citológicos, químicos, que se pueden perpetuar por reproducción, multiplicación o propagación.” (Decisión Andina 345)

Fitomejoramiento:

Derecho de Obtentor Es el derecho de exclusivididad que se otorga al obtentor, que desarrolla una nueva variedad vegetal para su explotación (aplicar conocimientos científicos al mejoramiento heredable de las plantas). Obtentor: Persona Natural. Titular de Derecho: Persona Natural o Jurídica.

Derecho de Obtentor- Alcance Límite Temporal desde la fecha de concesión • 25 años, arboles y vides/ • 20 años otras especies - Protección provisional durante el trámite dela solicitud.

Límite Territorial

Derecho de Obtentor- Alcance Derecho  excluir a terceros • Producción, reproducción, multiplicación o propagación • Preparación • Oferta en venta • Venta • Exportación o importación • Posesión • Utilización comercial

Derecho de Obtentor- Alcance

Se extiende a: • Material de cosecha • Variedades que no se distinguen claramente • Variedades esencialmente DerivadasVED- Diferencias de 1 a 2 caracteres.

Derecho de Obtentor- VED

Derecho de Obtentor- Límites y Excepciones Privilegio del agricultor: (consumo o venta materia prima o alimento) máximo 5 hectáreas – Excepto Ornamentales y forestales. Privilegio del fitomejorador Ámbito Privado Deber- Pago de anualidades

Licencias

Derecho de Obtentor- Por qué se protege? Necesidad de promover el fitomejoramiento Compensación por esfuerzo económico e intelectual Utilidad para la humanidad (Mejora cualitativa y cuantitativa)

Derecho de Obtentor- Requisitos Novedad - Comercialización: • 1 año Comunidad Andina • 4 años otro país o 6 años para árboles y vides

Excepto: (i) Forma ilícita; (ii) En detrimento del obtentor; (iii) Pruebas de campo pequeña escala.

Derecho de Obtentor- Requisitos Distintividad: Se distingue claramente de las otras plantas Homogeneidad: Uniformidad Estabilidad: Caracteres que se mantienen inalterados de generación en generación

Derecho de Obtentor- Requisitos Denominación  Identificación de la variedad • Distintiva • No cumple función de marca

Derecho de Obtentor- Trámite Autoridad: Instituto Colombiano Agropecuario ICA

Certificado de Obtentor/Registro de cultivar aprobación para comercializar Duración aproximada: de 2 a 6 años. Documentos: (i) Cuestionario técnico; (ii) Fotografías de la variedad; (iii) Cesión obtentor; (iv) Declaración bajo juramento de la novedad; (v) poder; (vi)Descripción de la variedad; (vii) información protección internacional de la variedad.

Derecho de Obtentor- Trámite Solicitud

Examen de Forma

Publicación Gaceta

Impugnación

Cancelación

Negación

Pruebas DHE

Concesión

Recurso- Jurisdicción contenciosa

Derecho de Obtentor- Estadísticas Colombia Solicitudes presentadas desde 1995 a 2016, por país 1,37% 3,26%

|

1,41%

1,23%

4,27% HOLANDA

6,52%

ALEMANIA COLOMBIA FRANCIA

7,00%

44,61%

ESTADOS UNIDOS

OTRAS ITALIA 8,32%

ISRAEL ESPAÑA INGLATERRA

AUSTRALIA

9,20%

12,81%

Fuente: ICA

Derecho de Obtentor- Estadísticas Colombia Solicitudes presentadas desde 1995 a 2016, por especie 943 900 800 700

600 500 400

370

282

300 228

223 200

100

76

43

42

30

34

0

ALGODÓN

ALSTROEMERIA

ARROZ

CAÑA DE AZÚCAR

CLAVEL

CRISANTEMO

GYPSOPHILA

ROSA

STATICE, LIMONIUM

OTRAS

Fuente: ICA

Derecho de Obtentor ¿Qué hacer cuando se obtiene la protección? Licenciamiento/Transferencia Pago de regalía ( valoración de la variedad)

Acción infracción - Medidas Cautelares - Doble instancia- Juez Civil del Circuito- Función jurisdiccional ICA (por implementarse) - Pruebas: Dictamen Pericial (ICA); Pruebas extraprocesales Acción Penal: Delito: Art. 306 Código Penal- Usurpación de derechos de obtentor.

Derecho de Obtentor ¿Qué hacer cuando se obtiene la protección?

Estrategia Defensiva • Oposición (trámite) • Acción de nulidad (Jurisdicción contenciosa administrativa- Consejo de Estado)

MARCO LEGAL Acuerdo de los ADPIC Decisión Andina 345 de 1993- Régimen Común de Protección de Derechos de Obtentores de Variedades Vegetales UPOV 78- adoptada por la Ley 243 de 1995 Decreto 533 de 1994- Reglamenta Decisión 345 Resolución 1893 del 1995 (ICA)- Procedimiento Decreto 2687 de 2002 (establece el término de duración de la protección de UPOV 91)