Líderes de la sociedad civil conocerán ventajas y

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CRÓNICA

JUDICIAL

Chiclayo, viernes 17 de marzo del 2017

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N° 5854

LICA DEL PER PÚ B Ú RE

Chiclayo, viernes 17 de marzo del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE Comisión de Selección de Jueces Supernumerarios Convocatoria N° 01-2017 RESULTADOS DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTO Lista de Postulantes Aprobados

Líderes de la sociedad civil conocerán ventajas y beneficios del Nuevo Proceso Penal Mañana sábado 18 de marzo, los representantes de la sociedad civil de Lambayeque, participarán de la “Conferencia sobre las principales ventajas y beneficios del Nuevo Proceso Penal”, ello con el objetivo de ser informados cuáles han sido los esfuerzos y los retos que el Poder Judicial y los demás operadores de justicia han tenido que enfrentar para el proceso de implementación del Nuevo Proceso Penal. La actividad es organizada por la Iniciativa para el Estado de Derecho del Colegio de Abogados de los Estados Unidos de América –ABA ROLI-, el cual es un programa de desarrollo internacional y que en el Perú ha emprendido el proyecto “Programa de Apoyo a la Justicia Penal”, dirigido principalmente al fortalecimiento de la reforma Procesal Penal en los distritos judiciales en Transición. La reunión programada para el día sábado 18 de marzo del presente año, en horario de 8:00 a 12:00 horas, se desarrollará en el auditorio de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155- Chiclayo. Los interesados pueden comunicarse al teléfono 074-481640- anexo 22340, donde podrán realizar una preinscripción al evento. Los participantes recibirán su certificado de participación.

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CRÓNICA

Chiclayo, viernes 17 de marzo del 2017

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Chiclayo, viernes 17 de marzo del 2017 1. REMATE JUDICIAL

Telf: 481030 - 239182

PRIMER REMATE JUDICIAL Exp. N° 01350-2015-0-1903-JR-CI-01 Por orden del Primer Juzgado Civil de Maynas que despacha el Sr. Juez Dr. Luis Enrique Mayta Quispe, Secretaria Judicial Sra. Gaby Guzman Chapiama, en los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL SAC contra VICTOR HUGO ROJAS REAÑO, CAROLA ESTELA PINEDO VASQUEZ y ALMACENES DEL ORIENTE IQUITOS, sobre EJECUCION DE GARANTÍA; REMATARÉ en PRIMERA CONVOCATORIA , los bienes de propiedad del demandado en el siguiente orden: 1. El bien inmueble de propiedad del ejecutado ubicado MZ. K1 LT.3 LOTIZ./ HAB. URB. HABILITACION URBANA LOS SAUCES - SEGUNDA ETAPA - PARTE A, Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyas medidas, características y demás descripciones se encuentran inscritas en la Partida N° 11091838 del Registro de Propiedad Inmueble de Lambayeque. GRAVAMENES: 1) HJIPOTECA: La propietaria del inmueble inscrito en la presente partida en calidad de Garante, constituye Hipoteca a favor del BANCO CONTINENTAL debidamente representada, hasta por la suma de US$ 27,190.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar un préstamo comercial capital de trabajo hasta por la suma de S/. 100,000.00 soles, al mismo que corre inscrito en el Asiento N° D00002 de la partida N° 11091838.PRECIO BASE: US$ 34,800.00 (treinta y cuatro mil ochocientos con 00/100 Dólares Americanos) que son las dos terceras partes de la TASACION: US$ 52,200.00 (cincuenta y dos mil doscientos con 00/100 Dólares Americanos). DÍA Y HORA DEL REMATE: 29 de Marzo del dos mil diecisiete a las 10:45 horas de la mañana. 2. El bien mueble: TRACTOR DE ORUGA, Marca: SHANTUI, Modelo: SD16, Año de Fabricación: 2011; Motor: SC11CB184G2B1, Serie: AA123672; de propiedad de ALMACENES DEL ORIENTE IQUITOS E.I.RL. GRAVÁMENES: 1) GARANTÍA MOBILIARIA: Registrada con el Título N° 2012-77098045; a favor del Acreedor BANCO CONTINENTAL por el valor de $ 100,000.00 Dólares Americanos, cuyos datos se precisan en la Partida Registral N° 60578809, de la Oficina Registral de la ciudad de Iquitos. PRECIO BASE: US$ 68,880.00 (sesenta y ocho mil ochocientos ochenta con 00/100 Dólares Americanos) que son las dos terceros partes de la TASACION: US$ 103,320.00 (ciento tres mil trescients veinte con 00/100 Dólares Americanos). DÍA Y HORA DEL REMATE: 29 de Marzo del dos mil diecisiete a las 11:00 horas de la mañana. LUGAR DEL REMATE: En la oficina del Primer Juzgado Civil de Maynas, ubicado en Av.Grau N° 720, palacio de Justicia de esta ciudad. POSTORES: Para ser postor se requiere presentar el recibo de la tasa judicial respectiva en donde conste el número del expediente +DNI y/o RUC del postor y oblar en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasacion. Comisión del Martillero Público por cuenta del Adjudicatario. JOSUE DANIEL CHAVEZ COTRINA MARTILLERO PUBLICO REG.N° 138 ABOG.GABY GUZMAN CHAPIAMA SECRETARIA JUDICIAL 1ER JUZGADO CIVIL DE MAYNAS CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO PODER JUDICIAL P/.5839937 F/.3111 FP/ 17,20,21,22,23,24 mar S/. 75.00

REMATE PUBLICO JUDICIAL Expediente: N° 00041-2016-0-1706-JRCO-08 Juzgado: OCTAVO JUZGADO COMERCIAL DE CHICLAYO Juez: SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN Especialista Legal: CECILIA ZAMBRANO GUILLERMO Demandante(s): BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ Demandado(s): LAURA MAGALY RAMÍREZ MIMBELA y JUAN MIGUEL VALDIVIA GOYCOCHEA Materia: EJECUCIÓN DE GARANTÍA BIEN(ES) EN REMATE: Se ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble de propiedad de los ejecutados Juan Miguel Valdivia Goycochea y Laura Magaly Ramírez Mimbela, ubicado en Manzana D (de), Lote 30 (treinta), Lotización/ Habilitación Urbana Condominio de Jockey Club de Chiclayo, Distrito de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuya área, características, linderos, y medidas perimétricas están inscritas en la Partida Electrónica N° 11156300, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral Chiclayo. PRECIO BASE: US$ 118,263.96, que representan dos tercios de su VALORIZACIÓN: US$ 177,395.95; por ser primera convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: Según certificado de gravamen al 19.01.2017, 1) Asiento D00003, Primera y preferencial hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por S/. 511,782.72 soles, inscrita el 23.04.2014. FECHA, HORA Y LUGAR: El día MARTES 04 DE ABRIL DE 2017, A LAS 10.00 HORAS EN LA SALA DE REMATES, ubicada en la sede principal del Distrito Judicial de Lambayeque, sito en calle San José N° 1052, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Por el inmueble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o con cheque de gerencia negociable a su nombre, menor a 30 días de antigüedad, una cantidad no menor del 10% de su valorización, adjuntar original y copia de DNI y/o RUC, de arancel judicial con código 7153 por derecho de participación en remate, indicando Juzgado; Expediente, DNI y/o RUC, nombre completo, domicilio y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual. Asímismo, culminado el remate, el adjudicatario paga los honorarios del Martillero Público más el I.G.V., de conformidad con la Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S. N° 008-2005JUS). Chiclayo, febrero 10 de 2017. (51)(44) 94-789-3343 94-936-5850 34-7544 RPM *661990. [email protected] [email protected] GUILLERMO E.PAREDES LANDAURO MARTILLERO PÚBLICO REG.N° 210 CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL - CSJLA

REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA SUBASTA PÚBLICA En el Expediente N° 887-2014-0-1706JR-CO-08 seguido por BBVA BANCO CONTINENTAL, contra LUCIA OLIDEN CARRASCO, MANUEL ANTONIO OLIDEN TINEO y JONI LUIS SOPLAPUCO OLAZABAL; sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES, con intervención del señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especializado Comercial De Chiclayo, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán y de la Especialista Legal Dra. Betty Varias Céspedes, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28371, que modifica los Artículos 731° y 732° del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público,

aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, ha facultado al Martillero Público Joseph Alberto Chira Moreno, con Registro N° 335, para ejercer el cargo a Nivel Nacional, para que señale fecha y hora en la que se llevara a cabo la diligencia de remate en SEGUNDA CONVOCATORIA del bien inmueble: IDENTIFICACIÓN DEL BIEN: INMUEBLE ubicado en la Manzana A, Lote 2, Asentamiento Humano Saúl Cantoral Huamani, distrito y provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque, cuyas áreas, linderos, medidas perimétricas y dominio, corren inscritos en la Partida Electrónica N° P10086258 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo. CARGAS Y GRAVÁMENES: HIPOTECA: A favor de entidad ejecutante, hasta por la suma de US$ 58,716.00 (Cincuenta y ocho mil setecientos dieciséis y 00/100 Dólares Americanos) la misma que obra inscrita en el asiento 0011 de la Partida Electrónica N° P10086258 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo. TASACIÓN DEL INMUEBLE; US$ 81,120.00 (Ochenta y un mil ciento veinte y 20/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE; US$ 45,968.00 (Cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y ocho y 00/100 Dólares Americanos), equivalente al 15% menos del precio de la primera convocatoria pública, por tratarse de la segunda convocatoria. DÍA Y HORA DEL REMATE: 31 de Marzo de 2017 a horas 11:00 am LUGAR DEL REMATE: Sala de remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle San José N°1070, segundo piso (Sede antigua) o tercer piso (Edificio nuevo) de la ciudad de Chiclayo. LOS POSTORES: Depositarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en Cheque de Gerencia, es decir la suma de US$ 8,112.00 (Ocho mil ciento doce y 00/100 Dólares Americanos), y presentarán la tasa judicial por derecho de participación de remate de bien inmueble: Código Banco de la Nación N° 7153, indicando N° de Expediente, documento de identidad y N° Juzgado. HONORAIOS: El adjudicatario pagará los Honorarios del martillero de Conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS. Chiclayo, 17 de Enero de 2017. JOSEPH ALBERTO CHIRA MONTERO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 335 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL- CHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5833521 F/ 3099 FP/ 16, 17, 20 mar. S/. 45.00

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Exp. N° 00128-2011-0-1703-JR-CI01, proceso sobre Ejecución de Garantías Reales seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A.C. contra ALFREDO GUSTAVO BECERRA CASTRO, el señor juez del Primer Juzgado Civil de Jaén Dr. Lucien Eli Montoya Urbina, interviniendo el Especialista Legal Dr. John Vladimir Cayatopa Calderon, ha dispuesto se saque a remate público en PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes bienes: 1.predio ubicado en el Lote 01 (calle N °25, esquina Av. Pacífico - con un área de 230.00 m2, así lo indica la tasación pericial de autos), Manzana L (prima), urbanización Ciudad del Chofer, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° 11077011 de! Registro de Propiedad

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo. PRECIO. BASE: US$ 6,133.33 (SOS MfL CIENTO TREINTAYTRES CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS). TASACIÓN COMERCIAL: US$ 9,200.00 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). La base es equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA constituida a favor del ejecutante hasta por la suma de US$ 7,360.00 obrando inscrito en el asiento D00001 de la indiada Partida Electrónica N° 11077011. DÍA Y HORA DEL REMATE: 28-04-2017 a horas 08:30 a.m. LUGAR DEL REMATE: En la sala de remates sito en Av. Mariscal Castilla N° 490 - 2do. piso Distrito y Provincia Jaén, Departamento de Cajamarca. 2.predio ubicado en el Lote 22 (calle N ° 24, esquina; Av. Pacífico - con un área de 230.00 m2, así lo indica la tasación pericial de autos), Manzana L (prima), Urbanización Ciudad del Chofer, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N” 11071828 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo. PRECIO BASE US$ 6.133.33 (SEIS MIL CIENTO TREINTA Y TRES CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS). TASACIÓN COMERCIAL: US$ 9,200.00 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). La base es equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA constituida a favor del ejecutante hasta por la suma de US$ 7,200.00 obrando inscrito en el asiento D00002 de la indicada Partida Electrónica N° 11071028. DÍA Y HORA DEL REMATE: 28-04-2017 a horas 09:00 a.m. LUGAR DEL REMATE: En la sala de remates sito en Av. Mariscal Castilla N° 490 - 2do. piso Distrito y Provincia Jaén, Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Deberán oblar en efectivo o con cheque de gerencia girado a su nombre (el cheque debe ser negociable) el 10% del valor de tasación según corresponda a cada inmueble y además, deberán presentar el arancel por derecho de participación en remate judicial de bien inmueble (presentar un arancel por cada inmueble al que se participa). Los postores en forma anticipada deberán VALIDAR dichos aranceles de participación ante la oficina de Administración (sito también en Av. Mariscal Castilla N ° 490 - Distrito de Jaén). Los 3 postores además deberán presentarse con su DNI. En el caso de personas jurídicas o de quienes actúen como apoderados, deberán presentarse también con los documentos que sustenten en su representación legal. El poder del representante (presentarlo en duplicado) debe autorizarlo para participar en el remate y sea el caso, otorgarle la facultad de endosar cheques. PAGO D HONORARIOS: El adjudicatario a la firma del acta de remate deberá cancelar la comisión del Martillero Público de conformidad con el artículo 18 del D.S. N° 008-2005-JUS. Consultas celular 949307024. JORGE LUIS ÑAUPA CONTRERAS ABOGADO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 251 ABOG. JOHN VLADIMIR CAYATOPA CALDERON SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO CIVIL- JAEN PODER JUDICIAL P/ 5828921 F/ 872 FP13, 14, 15, 16, 17, 20 mar. S/. 93.60

REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA. Expediente N° 847-2015-01703-JR-CI02 En los seguidos sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS por BBVA BANCO CNTINENTAL con FERNANDEZ BUSTAMANIE JOSÉ LORENZO y FERNANDEZ CONSTANTINO MARIA DINA, el Sr. Juez que Despacha el Segundo Juzgado Civil de Jaén- Corte Superior de Justicia de Lambayeque: Dr. DAMIAN SANDOVAL RUDECINDO JOSE y Secretario Judicial: SOBERON HOYOS EDINSON ENRIQUE, con intervención del Martillero Publico RAUL JOSE F. ZEVALLOS DIAZ, de Registro Nacional Profesional N° 114, han ordenado” sacar a Remate Público Judicial en PRIMERA CONVOCATORIA: El Inmueble identificado como Lote Número Once de la Manzana G Sector

CRÓNICA

Pueblo Nuevo, Pueblo Tradicional, cercado de Jaén, Distrito y provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, inscrita en la Partida N°P33007896 Asientos 00004 y 00005 Oficina Registral Jaén- SUNARP.TASACION COMERCIAL : US$ 180.000.00 (Ciento Ochenta Mil y 00/100 Dólares Americanos) BASE DE REMATE, deducida conforme a Ley de: US$ 120,000.00 (Ciento veinte mil y 00/168 Dólares Americanos) GRAVAMENES Y CARGAS: INSCRIPCION E HIPOTECA: Inscripción de Hipoteca mediante escritura pública N°734 de fecha 01/04/2011 otorgada ante notario de Jaén Dr. Abelardo Fernández Rojas los propietarios señores FERNANDEZ BUSTAMANTE JOSF LORENZO y FERNANDEZ CONSTANTINO MARIA DINA, han constituido Primera y preferencial hipoteca, sobre el inmueble inscrito en esta partida, por el plazo indefinido, a favor del Banco Continental oficina Jaén, hasta por la suma de US$.100,000.00 dólares americanos a efectos de garantizar el préstamo que el banco le ha otorgado a los deudores por la suma de S/.240.000.00 nuevo soles por el plazo de 120 meses a partir del desembolso; asi mismo la hipoteca garantiza toda deuda u obligación de los prestatarios a favor del Banco. Todos los pactos y condiciones que rigen este acto jurídico consta en la escritura publica citada líneas arriba y que da merito a la presente inscripción. A00005 AMPLIACION Y MODIFICACION DE HIPOTECA: La deudora hipotecaria EMPRESA MOTOPARTES FERNANDEZ SRL. RUC N° 20479956121 con intervención de los garantes Hipotecarios- fiadores solidarios FERNANDEZ BUSTAMANTE JOSE LORENZO identificado con DNI N° 27744919 y FERNANDEZ CONSTANTINO MARIA DINA identificada con DNI N° 27726040 han constituido en ampliar la hipoteca a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL- SUCURSAL JAEN RUC N° 20100130204 debidamente representada, de la suma de US$. 100.000.00 Dólares Americanos hasta por la suma de US$. 180.00.00 Dólares Americanos. La hipoteca constituida en la clausura primera tiene por objeto garantizar el pago de las siguientes obligaciones: Límite préstamo comercial capital de trabajo hasta por un monto total de S/. 500.000.00 Nuevos Soles, con vencimiento al 30 de Enero el 2014n, reembolsable en 90-120 días cancelable asumido por el deudor frente al Banco. Asimismo el pago de las siguientes obligaciones que el deudor mantiene o pudiera mantener frente al Banco, sin reserva ni limitación alguna, por concepto de línea de crédito, descuento de letras, factoring, , leasing, lease back, créditos comerciales, avales, pagares descontados y no descontados, financiamiento de exportaciones e importaciones, y todas las demás obligaciones que se encuentran en la Escritura Pública N°195 del 26/02/2013 otorgada ante Notario Público de Jaén. A0006 DONACION: A favor de Carlos Alberto Fernández Fernández estado civil e identificado con DNI N° 45230156 quien ha adquirido la propiedad del inmueble inscrito en la presente partida, en mérito de la Donación realizada por sus donantes los señores FERNANDEZ BUSTAMANTE JOSE LORENZO Y FERNANDEZ CONSTANTINO MARIA DINA. El inmueble se valorizo en S/. 38.400.00 nuevos soles. A00007 DIA Y HORA DEL REMATE: El 31 de marzo del 2017, a las 12: 00 del mediodía. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en Av. Mariscal Castilla n° 490, Segundo piso (Oficina de Administración, del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca POSTORES: Oblarán en efectivo o en Cheque de Gerencia NEGOCIABLE a nombre del postor el 10% de la tasación y presentarán Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/RUC), el mismo que previo al inicio del remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el Area de Administración ADJUDICATARIO: Los honorarios del Martillero Público serán por cuenta del Adjudicatario, según arancel más 18% de I.G.V. (Art. 732 C.P.C) informes al 998104095. RAUL JOES F. ZEVALLOS DIAZMARTILLERO PUBLICO- Registro Nacional N° 114 RAUL ZEVALLOS DIAZ MARTILLERO PUBLICO REG. 114 EDINSON E. SOBERON HOYOS SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828922 F/ 872 FP/ 13, 14, 15, 16, 17, 20 mar. S/. 122.40

JUDICIAL PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante BANCO DE CREDITO DEL PERU, contra demandada CARMELA LUZ CHAFLOQUE VIDARTE y JOSE ISAIAS VALDIVIESO SUYON sobre la materia de EJECUCION DE GARANTIAS, bajo Expediente N°: 00098-2016-0-0107-JR-CI-01 a cargo de la Señora Jueza Dra. LADY MABEL UGAZ MONTENEGRO y Especialista Judicial JUAN CARLOS MONTEZA GUEVARA, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble constituido por casa habitación de una planta ubicado en el Jr. 29 de Agosto S/N (Mz.03, Lote 03) del Asentamiento Humano La Unión, del Cercado de Bagua, del Distrito y Provincia de Bagua en el Departamento de Amazonas, inscrito en la Partida N° 05000153 de la Oficina Registral de Bagua. VALOR DE TASACION: US$ 59,929.10 Dólares Americanos (Cincuenta y Nueve Mil novecientos veintinueve y 10/100 Dólares Americanos) BASE DE REMATE: US$ 39,952.73 Dólares Americanos (Treinta y nueve mil novecientos cincuenta y dos y 73/100 dólares americanos) que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: 1.CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA.- Corre Inscrito bajo el asiento D00001, a favor del Banco de Crédito del Perú, constituido por los propietarios del inmueble, Carmela Luz Chafloque Vidarte y José Isaís Valdivieso Suyón, hasta por la suma de S/ 163,612.80 (ciento sesenta y tres mil seiscientos doce y 80/100 nuevos soles), con el objeto de garantizar y respaldar todas las deudas y obligaciones del cliente. Así consta de la Escritura Pública N° 424 del 30/7/13 ante Notario Público Alamiro Bustamante Lobato. FECHA Y HORA DE REMATE: 28 de Marzo del 2017, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m). LUGAR DE REMATE: En el Local del Juzgado Mixto-Sede Utcubamba ubicado en Jirón Alcides Carrión 588 Bagua Grande, Provincia de Utcubamba en el Departamento de Amazonas. POSTORES: oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18º del D.S. 008-2005-JUS-. Así mismo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Lima, 19 de febrero del 2017. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE – Abogado Martillero Reg. 310. JUAN CARLOS MONTEZA GUEVARA JUZGADO CIVIL PERMANENTE DE UTCUBAMBA SECRETARIO JUDICIAL P/ 5828369 F/ 868 FP/ 10, 13, 14, 15, 16, 17 mar. S/.910.87

2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de La Victoria - Chiclayo, que despacha el señor Juez Doctor Wilberto Navarro Naranjo, Secretaria Doctora Kelly Edith Valladolid Rodríguez, se tramita el Expediente N° 277-2017-0-1706-JP-CI01 siendo que doña REGINA LALOPU IPANAQUE, acude a este órgano jurisdiccional solicitando la rectificación de su partida de nacimiento número 1807 que obra en el Registro de Nacimiento de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, en el extremo que se señalado erróneamente como hija de doña NAZARIA IPANAQUE, debiéndose consignar de manera correcta que es hija de doña MARÍA IPANAQUE JARAMILLO y con resolución número UNO

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se ADMITE en TRÁMITE LA DEMANDA EN PROCESO NO CONTENCIOSO téntase por OFRECIDOS los medios probatorios que se indican y por señalado su domicilio procesal, en consecuencia, SEÑÁLESE fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día NUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas ONCE DE LA MAÑANA, en el local del juzgado. Publicación por UN DÍA. La Victoria (Chiclayo), 01 de Marzo de 2017 DR. WILBERTO NAVARRO NARANJO JUEZ 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO LA VICTORIA CSJLA KELLY E. VALLADOLID RODRÍGUEZ SECRETARIA JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO LA VICTORIA PODER JUDICIAL - CSJLA P/.5837385 B/.5324 FP/ 17 mar. S/. 7.50

EDICTO Expediente N° 00667-2016 Ange el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ferreñafe, que despacha la Juez DRA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS, y Especialista Legal William Esquén Ruiz, don CESAR ANIBAL USQUIANO VILCHEZ, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P10082658 del Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos Sede II - Chiclayo a fin de que se adicione el apellido Bernuy, ya que sólo se ha registrado la propiedad a nombre de Cristian Vilchez, siendo lo correcto CRISTIAN VILCHEZ BERNUY. Ferreñafe, 14 de Marzo del 2017 ANDRES WILLIAM ESQUÉN RUIZ ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO FERREÑAFE PODER JUDICIAL - CSJLA P/. 5837358 B/.5322 FP/ 17 mar S/. 4.00

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA En el Expediente No. 00661-20160-1703-JR-CI-01, seguido en el Primer Juzgado Civil de Jaén, que despacha el señor ]uez Dr. Luden Eli Montoya Urbina, y Secretario Judicial Roberto Huamán Santisteban, se ha ordenado notificar por edictos la siguiente resolución: ADMITIR A TRÁMITE, en proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por MARIO JESÚS QUIROZ ALVA contra MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JAÉN Y SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES sobre Prescripción Adquisitiva de dominio. CONFERIR, traslado a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS a fin de que absuelvan la demanda, bajo apercibimiento de seguirse en su rebeldía. TENER, por ofrecidos sus medios probatorios, agregándose los anexos adjuntos; y por señalado su domicilio procesal. PUBLICAR, un extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. NOTIFIQUESE, conforme a ley. Lo que se hace de conocimiento a los interesados, para que se apersonen al proceso y hagan valer sus derechos.Jaén, 07 de Marzo del 2017 LUCIEN MONTOYA URBINA JUEZ PRIMER JUZGADO MIXTO JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828372 F/ 869 FP/ 13, 17, 23 mar. S/. 22.50

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Chiclayo, viernes 17 de marzo del 2017

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Que, ante el Juzgado Mixto de Ferreñafe, la Juez Dra. Francesca Puican Luna y Secretaria Marielena Ordinola Reyes; Expediente 01652016-0-1707-JM-CI-01 don ARMANDO RACCHUMI CONTRERAS demanda por PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO contra BARTOLA URPEQUE DE ESCRIBANO Y CRISTOBAL ESCRIBANO URPEQUE, habiéndose ordenado la publicación de un extracto de la demanda mediante edictos durante TRES VECES con intervalos de tres días; siendo como sigue: DEMANDA: ARMANDO RACCHUMI CONTRERAS con DNI 17446569, interpone demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO contra BARTOLA URPEQUE DE ESCRIBANO Y CRISTOBAL ESCRIBANO URPEQUE.2. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: Ferreñafe, veintitrés de enero del dos mil diecisiete, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por don ARMANDO RACCHUMI CONTRERAS contra CRISTÓBAL ESCRIBANO URPEQUE y BARTOLA URPEQUE DE ESCRIBANO sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio; en consecuencia, POR OFRECIDOS los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal el que señala donde se le hará llegar las providencias del caso. NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTOS a los demandados, con el tenor de la demanda y resolución admisorio, durante tres veces con intervalo de tres dias en el diario de mayor circulación de esta ciudad “La República” y, por tratarse de un predio rústico notifíquese también por Radiodifusión por cinco días consecutivos con un extracto de la presente resolución en la radio de mayor difusión de la localidad como dispone el artículo 169° del Código Procesal Civil; a fin que dentro de veinte días de la última publicación y radiodifusión, cumpla con apersonarse al proceso y conteste la demanda; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE con las formalidades de ley.- AVOQUESE al conocimiento de la causa la magistrada que suscribe, por disposición superior. MARIELENA ORDINOLA REYES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO MIXTO DE FERREÑAFE PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 582717 B/ 5249 FP/ 13, 17, 23 mar. S/. 25.20

SUCESIÓN INTESTADA SUCESIÓN INTESTADA Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito La Vicgtoria - Chiclayo, que despacha el señor Juez Doctor Wilberto Navarro Naranjo, Secretaria Kelly Edith Valladolid Rodríguez, se tramita el Expediente N° 351-2017-0-1706JP-CI-1 y se dispone publicar mediante edictos durante TRES días en los diarios “El Peruano” y “ La República”, la resolución número UNO, de fecha treinta de enero del dos mil diecisiete que ordena ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud interpuesta por WALTER RICARDO BALSA ARMAS, sobre Sucesión Intestada de su extinta madre doña YOLANDA ARMAS CARLOS DE BALSA, fallecida el día uno de junio del año quince en la Ciudad de Chiclayo, siendo su último domicilio en la calle Fraternidad N° 341 (antes Nz. 26 Lote 7A) del Distrito de La Victoria, provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, y solicita se les declare Herederos Universales al recurrente juntamente consu señor padre Caciano Balsa Tupayachi, así como de sus hermanas Gisella Elizabeth Balsa Armas y Cynthia Karina Balsa Armas, téngase por ofrecidos los medios probatorios que precisa, y por señalado su domicilio procesal. La Victoria (Chiclayo) 09 de Enero del 2017 KELLY E. VALLADOLID RODRIGUEZ SECRETARIA JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO LA VICTORIA PODER JUDICIAL - CSJLA P/5837365 B/.5323 FP/17,20,21 mar S/. 20.70

CRÓNICA SUCESIÓN INTESTADA La señora Juez del Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, Dra. Barbara Ingrid Castro Escobedo y el Especialista Legal Santos Américo Flores Ramos, en el Exp N° 208-2016-JPLL, en el proceso seguido por JACINTA TEJADA ACOSTA sobre SUCESION INTESTADA; ha dispuesto publicar un extracto de la siguiente resolución: PETITORIO: Solicito se sirva declarar la sucesión intestada de don ROSENDO TEJADA SANCHEZ; teniéndose como herederos universales a: Jacinta, Laura, Julio, Sebastiana, Manuel, felicita, Marcial y María Tejada Acosta. Lambayeque, veintiséis de enero del dos mil diecisiete Resolución numero: UNO AUTOS Y VISTOS; (...) SE RESUELVE: (...) ADMITIR A TRAMITE vía proceso NO CONTENCIOSO la solicitud de SUCESION INTESTADA interpuesta por JACINTA TEJADA ACOSTA, de su extinto padre: ROSENDO TEJADA SANCHEZ, quien ha fallecido el 29 de mayo de 1999 en el distrito de Mochuml; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios indicados; en consecuencia, NOTIFIQUESE con la demanda al representante del Ministerio Público y al Presidente de la Beneficencia Pública de Lambayeque. PUBLIQUESE un extracto de la resolución por TRES veces consecutivas en el diario la “La República. Lambayeque, 10 de Marzo de 2017 ABG. RAMOS FLORES SANTOS ESPECIALISTA CIVIL- FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL- CSJLA P/5829732 B/ 5296 FP/ 15, 16, 17 mar. S/. 23.40

3. NOTIFICACIONES SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD En el proceso N° 425-2016-0-1706-J, seguidos por CLAUDIA CECILIA MENDOZA JIMÉNEZ pretensión que dirige en contra de don EDUARDO SÁMAME MÁRQUEZ sobre TENENCIA, la Señora Juez del Primer Juzgado Especializado de Familia Dra. Haydee Larrea Serquen y especialista Legal Dra. Carmina Lourdes Effio Jiménez ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto la resolución RESOLUCIÓN UNO y DOS: 25-01-2016 Y 15-07-2016. SE RESUELVE: [1].- ADMITIR A TRÁMITE VIA PROCESO ÚNICO la demanda de SUPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD de la menor Claudia Alessandra Sámame Mendoza, solicitada por su madre doña CLAUDIA CECILIA MENDOZA JIMENEZ pretensión que dirige en contra don EDUARDO SAMAME MARQUEZ 2. TENER POR OFRECIDOS los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda y por señalado el domicilio procesal del demandante.-Notifíquese con arreglo a ley.-PUBLIQUESE un EDICTO conteniendo el extracto de la demanda por tres días consecutivos en el Peruano y en otro de mayor circulación La República para que se apersone el proceso don EDUARDO SÁMAME MÁRQUEZ en el plazo de QUINCE DÍAS posteriores se apersone y conteste el proceso si se halla en el país y VEINTICINCO si se halla fuera del país, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.Chiclayo, 20 de febrero del 2017 CARMINA L. EFFIO JIMÉNEZ SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5834905 B/ 5318 FP/ 16, 17, 20 mar. S/. 20.70

4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL EXP. N°: 03637-2015-13 JUEZ: DR. EDGARDO ASENJO TAMAY. ESP. LE AUDIO.: ABOG. ROSALYN CORONEL ANAYA IMPUTADO: MARCO ANTONIO SOPRIN3 MASQLT£Z. DELITO: OAF. AGRAVIADO: MARÍA CRUZ SOBRINO SOBRINO Y OTROS. Mediante el presente se notifica al procesado MARCO ANTONIO SOBRINO MASQUEZ

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

con DNI 17577803, con el requerimiento de revocatoria de pena y la resolución ocho, de fecha veintidós de febrero del año dos mil diecisiete que dice: “SOLICITA SE FIJE AUDIENCIA TE REVOCATORIA DE PENAL POR INCUMPLIMIENTO DE REGLAS DE CONDUCTA POR PARTE DEL SENTENCIADO, NO CANCELÓ LAS PENSIONES ALIMENTICIAS DEVENGADAS NI LA REPARACIÓN CIVIL”, y Resolución tres de fecha veintidós de febrero del año dos mil diecisiete que dice “REPROGRAMA audiencia de reventona de pena para el día VEINTINUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas TLES Y TREINTA DE LA TARDE para audiencia DE REVOCATORIA DE PENA, audiencia se llevará a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Motupe, con la concurrencia obligatoria del señor Fiscal y del abogado del imputado, bajo apercibimiento de aplicarse artículo 144° inc. 2 y 85° inc. 2 (en caso de inconcurrencia de la defensa privada) del Código Procesal Penal respectivamente, Y bajo apercibimiento de informarse a su Coordinador (en caso el abogado del imputado sea la defensa pública” ABOG. ROSALYN D. CORONEL ANAYA ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MOTUPE PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 16, 17, 18 mar.

EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 01087-2017-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE 1N VESTICA CION PREPA RA TORIA - FLA GRA NCIA DEL MOD U LO BA SICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO MARIO VASQUEZ AGUILAR, CON DNI N° 44676787, HIJO DE SANTOS Y LUZMILA, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE LOS OLIVOS N° 130 - UPIS MARÍA PARADO DE BELLIDO - JLO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortrz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 03.30 DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. José I. Ortiz, 15 de febrero del 2017-02-21 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 16, 17, 18 mar.

EDICTO PENAL EXP- 00263-2016-61- JULIO BENA VENTE DELGADO EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOIRA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DRA. SARA VERÓNICA VERA ZULOETA; CITA, LLAMA Y EMPLAZA

AL SENTENCIADO WUILMER SÁNCHEZ AGUILAR, CON DOMICILIO EN LA CALLE GARCILAZO DE LA VEGA MZ. “V”, LOTE 02 (CHANCAYANO) - JOSÉ LEONARDO ORTIZ O SECTOR TALLAPAMPA - SALAS - LAMBAYEQUE, PARA QUE CONCURRA A LA AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA REQUERIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO PROGRAMADA PARA EL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2017 A HORAS 08:30 A. M. (HORA EXACTA) EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO UNO DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE J. L. O. SITO EN CALLE VIRREY TOLEDO N° 1080 ATUSPARIAS; EN EL EXP. N° 00263-2016-61 SEGUIDO EN SU CONTRA POR EL DELITO DE OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO DE ANTHONY JAIR MARTÍNEZ CARLOS. JOSÉ LEONARDO ORTIZ, IO DE MARZO DE 2017 SARA VERONICA VERA ZULOETA JUEZ 1ER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ. JLO PODER JUDICIAL- CSJLA JULIO CESAR BENVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ. JLO PJ- NCPP- CSJLAMB. FP/ 16, 17, 18 mar.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 9625-2016-0- 1706-JR-PE-01 CASP 1 JUZGADO: Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque ESPECIALISTA: César Augusto Salazar Piscoya. SENTENCIADO: JOEL JESÚS URIARTE DAVILA DELITO: TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS EL ESTADO SE NOTIFICA A : JOSÉ JESÚS URIARTE DAVILA, con domicilio en Mz “I” Lote 02 - Callao - Culpón -José L. Ortíz, calle Los carrizos N° 386 - PJ César Vallejos- Chiclayo, a fin de que concurra el 27-03-17 a horas 11:00 am, a efecto de llevarse a la cabo la audiencia de control de acusación, la que se realizará en la Sala de Audiencia N° 01 de los Juzgados de Investigación preparatoria - José L. Ortíz. Por haberse ordenado así en el Exp. N° 96252016-0-1706. En los autos que se le sigue por el delito de Tráfico llicito de drogas, en agravio del Estado. César Augusto Salazar Piscoya. ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 15, 16, 17 mar. EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 409-2017-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JOSÉ ELEUTERIO ROJAS NUÑEZ, CON DNI N° 46417874, SOLTERO, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE BELÉN N° 305 AA. HH MARÍA CRUZ JOSÉ L ORTIZ - CHICLAYO; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LOSIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS TRES Y QUINCE DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente_corporativo 6.- Dejando constancia que se programa la audiencia para tal fecha al haber audiencias con anterioridad. José I. Ortiz, 15 de febrero del 2017-02-21 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE IVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO D EJUSTICIA- JLO FP/ 15, 16, 17 mar.

EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 404-2017-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO HERMIS EDGARDO CUMPEN HUAMAN, CON DNI N° 45871250, SOLTERO, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE SAN MARTIN N° 04 POMALCA - CHICLAYO; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIG ACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete.SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Publico si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. 6.-Dejando cosntancia que se programa la audiencia para tal fecha al haber con anterioridad. José I. Ortiz, 15 de febrero del 2017-02-21 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE IVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO D EJUSTICIA- JLO FP/ 15, 16, 17 mar.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 279 7-2015-27-1706 - JR-PE-04 SECRETARIO: VÍCTOR MONTEZA BAZAURI DELITO: HURTO AGRAVADO ACUSADO: JOSÉ CARLOS PAREDES BACA AGRAVIADO: JESÚS CORONEL RAMÍREZ Señor Gerente del Diario “La República”, por medio del presente documente, solicito a usted, publique por TRES días consecutivos, el présenle EDICTO PENAL, en los siguientes términos: La Señora Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Chiclayoy Ferreñafe, cita, llama y emplaza a don JOSÉ CARLOS PAREDES BACA, para su JUZGAMIENTO, en el proceso recaído en el EXP. N° 2797-2015-27-1 706- JR-PE-O4 en el proceso seguido contra el indicado acusado, como presunto AUTOR del delito Contra El

CRÓNICA

Patrimonio, en su modalidad de HURTO AGRAVADO, ilícito tipificado en el artículo 186° del Código Penal, en agravio JESÚS CORONEL RAMÍREZ; disponiendo su notificación con lo resuelto en la resolución número cinco, de fecha dieciséis de Febrero del año dos mil diecisiete, en los siguientes términos: 1)DECLARAR la IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR LA PRESENTE AUDIENCIA estando a la omisión en la notificación al acusado por edictos. 2)REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el DÍA 27 DE MARZO del 20 17 a las 03:40 HORAS DEL DÍA (hora exacta) en la SALA DE AUDIENCIA N° O8 (3er. piso de la Corte Superior de Justicia Lambayeque) correspondiente al Primer Juzgado Penal Unipersonal. 3) QUEDAN NOTIFICADOS el señor FISCAL, AL AGRAVIADO Y SU ABOGADA; así como el DEFENSOR PÚBLICO DEL ACUSADO; bajo los mismos apercibimientos contemplados en autos para cada parte del proceso según corresponda. 4) NOTIFICAR con la presente al ACUSADO en la calle Carlos Philips Mz: I -Lte: 13, Pueblo Joven Jorge Chávez - Chiclayo; sin perjuicio de su notificación mediante EDICTOS por TRES DÍAS consecutivos. 5) NOTIFICAR con la presente a todos los ÓRGANOS DE PRUEBA; bajo los mismos apercibimientos contenidos en el auto de citación a. juicio oral. 6)INFORMAR a la ADMINISTRACIÓN DEL NCPP, respecto de la omisión per parte del personal Jurisdiccional responsable respecto del diligenciamiento, monitoreo y el acopio de EDICTO dispuesto a diligenciar por este Órgano Jurisdiccional, motivo por el cual se ha frustrado la presente audiencia. Chiclayo, 16 de Febrero de 201 7 MARIA LUZCELINA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ JUZGADO UNPERSONAL CHICLAYO NCPP- CSJLAMB PODER JUDICIAL FP/ 15, 16, 17 mar.

EDICTO PENAL Oficio N° 08477-2016-0-1706-JR-PE-02 CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos CARLOS ARGENIS CHACÓN CORTEZ; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 08477-2016-0- 1706-JR-PE-02 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO programada para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero 10 de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva Sede Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 08477-2016-0-1706-JR-PE02 que se sigue contra CARLOS ARGENIS CHACÓN CORTEZ por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, No tincan dosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en .caso de inasistencia. Chiclayo; 25 de enero del 2017 HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL- CSJLAMB FP/ 15, 16, 17 mar.

EDICTO PENAL EXP. N° 04637-2013-68-1706-JR-3°JCSC EL TERCER TUZGADO DE INVESTIGACIÓN 5UERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: SECRETARIO: DR. VÍCTOR ADOLFO TORRES SÁNCHEZ JANET CECILIA SÁNCHEZ CAJO SE NOTIFICA por el presente a LUIS ALBERTO MAURICIO PERICHE, que mediante Resolución N° OCHO de fecha veinte de Enero del dos mil diecisiete, se ha Resuelto: REPROGRAMAR CONTINAUCION DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, PARA EL DÍA VEINTISIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias N° TRES del TERCER Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, en la sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155- Centro Cívico de Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 04637-2013-68-1706-JR-30, en los seguidos contra LUIS ALBERTO MAURICIO PERICHE , como autor del delito de LESIONES CULPOSAS en agravio del GIL PINEDA DONNY. Publicación que se hará por TRES DÍAS. Chiclayo, 20 de Enero 2017. JANET CECILIA SANCGEZ CAJO ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 15, 16, 17 mar.

JUDICIAL

Chiclayo, viernes 17 de marzo del 2017

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EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 6580-2015-27-1706-JR-PE-02 ACUSADO: JESÚS ALEJANDRÍA PAREDES DELITO: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: CESAR MIGUEL ALEJANDRÍA MONTES A través del presente EDICTO se notifica al acusado JESÚS ALEJANDRÍA MONTES con la resolución número cuatro de fecha veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, que resuelve: PROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL en el proceso seguido contra el acusado JESÚS ALEJANDRÍA PAREDES, por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de César Miguel Alejandría Montes, tipificado en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal; audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO CINCO concerniente al Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, ubicado en el segundo piso de la avenida José L. Ortiz N° 155- Nueva Sede Judicial - Chiclayo. Chiclayo, 17 de enero del 2017 JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA JUEZ 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 15, 16, 17 mar.

los medios de prueba pertinentes, 8)proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Y A LA VEZ SE LE CITA Y EMPLAZA a EDILBERTO AGUILAR FLORES, a ñn de que concurran a la programación de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias N° VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 82822016-0-1706-JR-PE-09, que se sigue contra EDILBERTO AGUILAR FLORES por el presunto delito de MINERÍA ILEGAL, en agravio del ESTADO - MINISTERIO DEL AMBIENTE. JORGE MARCELINO PEREZ TORO JUEZ 9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROS PODER JUDICIAL- CSJLAMB FP/ 15, 16, 17 mar.

EDICTO PENAL Oficio N° 08477-20 16-0- 1706-JR-PE-02 CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos CARLOS ARGENIS CHACÓN CORTEZ; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 08477-20 16-0- 1706-JR-PE-02 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO programada para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exactal la misma que se realizara en la sato de audiencia numero 10 de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva Sede Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 08477-20 16-0- 1706JR-PE-02 que se sigue contra CARLOS ARGENIS CHACÓN CORTEZ por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso v ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 25 de enero del 2017 HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZ - JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL- CSJLAMB FP/ 15, 16, 17 mar.

EDICTO PENAL Oficio N° 7607-2014-0- 1708-JR-PE-01/DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: EVE REDRUELLO VILLARREAL. ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro. CITA Y EMPLAZA; al imputado de autos CRISTHIAN VÍCTOR ZAPATA CARRASCO así como al agraviado de autos EDER GUEVARA SALDAÑA a efectos de notificarle con el tenor de la resolución número trece - de fecha 24 de febrero de 2017, que REPROGRAMA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitoria de la ciudad de Lambayeque, sito encalle Víctor Doig y Lora N° 185 - 5to piso - Lambayeque Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 76072014-0-1708-JR-PE seguida contra Cristhian Víctor/Zapata Carrasco, por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Eder Guevara Saldaña.EVE REDRUELLO VILLARREAL - JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 15, 16, 17 mar.

EDICTO PENAL Expediente N° 9625 -2016-0--0 -1706-JRPE-01 CASP Juzgado: 1 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: JOEL JESÚS URIARTE DAVILA Delito: TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS Agraviado: EL ESTADO SE NOTIFICA A : JOEL JESÚS URIARTE DAVILA, con domicilio en calle Los Carrizos N° 386 .-PJ César Vallejos ó en Mz “I” Lote 02 - Callao- Culpón PJ Miraflores, a fin de que acuda el 27-03-17 a horas 11:00 am, a efecto de llevarse a cabo la audiencia de control del requerimiento de acusación, la misma que se realizará en la Sala de Audiencia N° 01 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortíz. Por haberse ordenado así en el Exp. N° 9625-2016-0-1706. En los autos que se le sigue por el delito de Tráfico Ilícito de drogas, en agravio del Estado JOSÉ L- ORTIZ 28 DE FEBRERO DEL 2017 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLO PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 15, 16, 17 mar. EDICTO PENAL EXPEDIENTE-.08282-2016-0-1706- JR-PE-09 JUZGADO: 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. JUEZ: JORGE MARCELINO PÉREZ TORO ESPECIALISTA LEGAL: JORGE JAVIER PISFIL MONTALVAN Se NOTIFICA con el requerimiento de acusación a: EDILBERTO AGUILAR FLORES, asi como con la Resolución N° DIECISEIS por haberse ordenado CORRER TRASLADO por el plazo perentorio 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que pueda por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7)objetar la reparación civil ofreciendo

EDICTO PENAL EXPEDIENTE:08220-2016-0-1706-JR-PE-09 JUZGADO : 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. JUEZ: JORGE MARCELINO PÉREZ TORO ESPECIALISTA LEGAL: JORGE JAVIER PISFIL MONTALVAN Se NOTIFICA con el requerimiento de acusación a: GLORIA DAYSI LEÓN CERNA, así como con la Resolución N° CUATRO por haberse ordenado CORRER TRASLADO por el plazo perentorio 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que pueda por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8)proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Y a la vez se le NOTIFICA con el Acta de Registro de Audiencia de Control de Acusación de fecha 13.02.17 a través de la cual se CITA Y EMPLAZA a GLORIA DAYSI LEÓN CERNA, a fin de que concurra a la programación de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias N° VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 82202016-0-1706-JR-PE-09, que se sigue contra GLORIA DAYSI LEÓN CERNA por el presunto delito de TRÁFICO ILEGAL DE ESPECIES DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE PROTEGIDAS, en agravio del ESTADO - MINISTERIO DEL AMBIENTE. JORGE MARCELINO PÉREZ TORO JUEZ 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 15, 16, 17 mar.

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Proponen la modificación del artículo 200 del Código Penal

El cobro de préstamos fuera del sistema financiero sería delito de extorsión Se adicionaría un nuevo supuesto a para el delito de extorsión: el cobro de créditos o préstamos dados fuera del sistema financiero. Así lo propone un reciente proyecto de ley. Más detalles en la nota. El cobro de préstamos o créditos otorgados fuera del sistema financiero sería agregado como una causal más de extorsión. Así lo dispone el proyecto de Ley 971-2016 CR, Ley que modifica el Código Penal para incluir una agravante del delito de extorsión y ampliar los delitos contra el orden migratorio. La propuesta, presentada el pasado 16 de febrero ante el Congreso, propone modificar el artículo 200 del Código Penal para incluir el inciso f) que señala: “Con la finalidad de obtener el pago de créditos o préstamos otorgados fuera del sistema financiero, bajo cualquier modalidad”. Como se recordará el quinto párrafo del mencionado artículo refiere que “La pena será no menor de quince ni mayor de veinticinco años e inhabilitación conforme a los numerales 4 y 6 del artículo 36, si la violencia o amenaza es cometida: a) A mano armada, o utilizando artefactos explosivos o incendiarios; b) Participando dos o más personas; c) Contra el propietario, responsable o contratista de la ejecución de una obra de construcción civil pública o privada, o de cualquier modo, impidiendo, perturbando, atentando o afectando la ejecución de la misma; d) Aprovechando su condición de integrante de un sindicato de construcción civil; e) Simulando ser trabajador de construcción civil”. Asimismo la exposición de motivos refiere a los casos de mafias existentes dentro del país, en su mayoría integrada por extranjeros, los cuales ingresaron de manera irregular. Muchos de ellos sirven como prestamistas de los ciudadanos peruanos con bajos recursos sin posibilidad de acceder a un crédito financiero, siendo esto aprovecha

do por los falsos prestamistas para cobrar intereses altísimos que casi siempre resulta imposible de cancelar. Es así como las víctimas son amenazadas por personas inescrupulosas que usan la violencia al momento de efectuar sus cobros. Pero al ser denunciados solo son condenados por el delito de usura, lo cual en la práctica no cumplen prisión efectiva por ello la extorsión también debe ser considerada como un mecanismo de cobranza para cualquier tipo de préstamos realizado fuera del sistema financiero. Además el proyecto también propone adicionar el artículo 303-C al Código Penal aprobado por el Decreto Legislativo Nº 635, dentro del Capítulo IV “Delitos contra el orden migratorio” donde se fija como delito del Incumplimiento de la sanción de salida y/o expulsión del país: “El que, de manera ilegal o mediante el uso de medios fraudulentos, ingresa o permanece en el país habido sido sancionado con salida obligatorio y/o expulsado con prohibición de ingreso por autoridad competente, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días de multa”.

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA

CASACIÓN LABORAL N° 12507-2015 LAMBAYEQUE Pago de beneficios sociales y otros PROCESO ORDINARIO - NLPT Sumilla: El derecho al debido proceso comprende entre otros como elemento el derecho a una resolución debidamente; razón por el cual, importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión, de lo contrario se vulneraría, entre otros, el derecho de defensa y el principio de legalidad. Lima, cinco de diciembre de dos mil dieciséis.-

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE

COMITE PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO JUNTA ELECTORAL - 2017 Resolución Número: Tres Chiclayo, dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete VISTOS; Dado cuenta con la continuidad del CRONOGRAMA DE ELECCIONES 2017; y CONSIDERANDO; PRIMERO.- En la ciudad de Chiclayo, siendo las tres de la tarde del día quince de Marzo del año dos mil diecisiete, de conformidad con el Cronograma de Elecciones 2017para la convocatoria de representación de los trabajadores en el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte

Superior de Justicia de Lambayeque, se procedióen sesión de Junta Electoral a la revisión de las LISTAS DE CANDIDATOS (titulares y suplentes) que aspiran a conformar el Subcomité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Segundo.- Que, al no haberse presentado tachas u observaciones a los candidatos aspirantes en mención, ni existir irregularidades en cuanto a los requisitos y documentos presentados, corresponde la aprobación de los mismos, con la consiguien-

te declaración de habilidad de su postulación en las elecciones que se llevarán a cabo el 23 de marzo próximo. Por tales consideraciones, SE RESUELVE: (i) DECLARAR HÁBILES las tres listas de candidatos que postulan para las elecciones ante el SUBCOMITE PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRAABAJO DE LA CORTE SUPERIOR JUSTICIA DE LAMBAYEQUE, conformadas por los siguientes servidores: JORGE ANTONIO RIVAS GUEVARA (TITULAR) Y JOSÉ DOLORES ESPINOZA

OLIVA (SUPLENTE); JOEL DAVID SILVA LIMO (TITULAR) Y SEGUNDO ANGEL OLIVARES ALVA (SUPLENTE); y WALDIR CESAR ZEVALLOS AQUINO (TITULAR) y LUIS OMAR PANTOJA AQUINO (SUPLENTE). Notifíquese y publíquese la presente resolución para los fines que resulten pertinentes TR y HS.Ss. JOSE FRANCISCO ORDERIQUE RODRIGUEZ Presidente JESUS MARGARITA VENTURA ZAPATA Secretaria JAVIER DIAZ ANTON Vocal

CancelaciónExtinguir Una obligación. Puede haber cancelación voluntaria (consentimiento espontáneo) y forzosa (contra la voluntad). Puede ser, también, de dominio, de hipoteca y de bien. Puede darse la cancelación parcial o total, según sus efectos.

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CONFERENCIA SOBRE LOS PRINCIPALES BENEFICIOS DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL Introducción a la conferencia ABA ROLI Perú 9:00 a.m. Los siete principales desafíos del Nuevo Proceso Penal Dr. Raúl Callirgos Velarde, Director ABA ROLI Perú 9:30 a.m. El rol, desafíos y compromisos del Poder Judicial en el proceso de implementación del Código Procesal Penal Dr. Aldo Enrique Zapata López, presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque Presidente de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal del distrito judicial de Lambayeque. 9:45 a.m. El rol, desafíos y compromisos de la Defensa Pública en el proceso de implementación del Código Procesal Dr. Carlos Villalobos Cabrera, Director Distrital (e) de Defensa Pública y Acceso a la Justicia en el Distrito Judicial de Lambayeque Miembro de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal 10:10 a.m.

en el proceso de implementación del Código Procesal Penal en el distrito Judicial de Lambayeque Dra. María del Pilar Vásquez Zagaceta, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores de Lambayeque Miembro de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal 10:50 a.m. El rol, desafíos y compromisos de la Policía Nacional en el proceso de implementación del Código Procesal Penal en el distrito Judicial de Lambayeque PNP JORGE Alvaro Pérez Flores, jefe de la División Policial de Lambayeque Miembro de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal 11:15 a.m. Preguntas y conclusiones finales 11:40 a.m. Fecha: sábado 18 de marzo del 2017 Lugar: auditorio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque Dirección: Av. José Leonardo Ortiz 155-Chiclayo

El rol, desafíos y compromisos del Ministerio Público

Coleccionable Nº 45

CAUSAS DE LA SEPARACIÓN 2 Por: Mag. Juan Francisco García Mayorga. Lic. Benito Purihuamán Manayay.

Existen parejas convivientes que no han contraído matrimonio civil. Sin embargo, pueden solicitar a los Jueces de Paz, la Policía Nacional o a los Tenientes Gobernadores que les redacten un documento que acredite la separación, buscando además llegar a un acuerdo sobre la propiedad de los bienes y la tenencia de los hijos. Sea el varón o la mujer quien desea separarse, se debe conocer las causas que lo originan. A C C C C C

¿Por qué quiere separarse? Ella no es buena madre / esposa No cuida bien a sus hijos Para en la calle Nunca encuentro comida en la casa Siempre encuentro a mis hijos golpeados

C

Me está engañando con otro hombre

¿Imapaqta separakayta munallanki? Mana mama / warmi allinchu Mana wamraykunata shumaq kuydanchu Callikunallapi purin Wasipiqa mikunayta mana tarinichu Waran waran wamraykuta maqakashata tarini Uk runawan enqañamay

A: Autoridad / C: Ciudadano