La Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ) - Econométrica

una tasa de ganancia de 7,2% sobre ventas, o 4,7% sobre el capital. • La tasa de ... con bajo riesgo jurídico, político y económico en general (EEUU, UE, etc.).
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Pulso Semanal 04-2014, 27/02/2014

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La Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ) será inviable en la práctica • La Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ) no será viable en la práctica, ya que la recuperación de la inversión para el promedio de la economía, tomaría unos 15,4 años, si se supone una utilización del capital del 65%: una tasa de ganancia de 7,2% sobre ventas, o 4,7% sobre el capital. • La tasa de beneficio referida sería baja inclusive en países y regiones con bajo riesgo jurídico, político y económico en general (EEUU, UE, etc.). • La LOPJ premia la ineficiencia y la inflación generalizada de costos, ya que ser eficiente reduce las ganancias en bolívares de la empresa, dado el marcaje de la ley (30%). Más aún, la misma incentiva a convertir gastos en costos, a aumentar la demanda especulativa de divisas y a reducir la demanda de inversión real, y otros gastos distintos a los costos.

En este informe: El cálculo del precio “justo” y la estructura de costos y gastos, bajo la LOPJ (pág. 1) La LOPJ premia la ineficiencia y la inflación de costos (pág. 2) La LOPJ incentiva a convertir gastos en costos, a aumentar la inversión especulativa y a reducir la inversión (pág. 2) Recomendaciones (pág. 2)

Datos relevantes al 27/02 Commodities 25/02/2014 Precio del Petróleo Venezolano Precio del Oro

98,61$/barril 1.333,81$/onza

Bonos Venezolanos Vendivisa

76,46

Pdivisa

73,52

El cálculo del precio “justo” y la estructura de costos y gastos, bajo la LOPJ* La Tabla Nº 1 y el Gráfico Nº 1 resumen la estructura de costos y gastos, y la determinación del precio “justo”, según la Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ) recientemente publicada. Particularmente, la Tabla Nº 1 parte de un precio con IVA, normalizado a 112 (por simplicidad, digamos 112Bs), que al descontarle el impuesto implicaría un precio sin IVA de 100. Luego, al dividirlo por 1,3 (la unidad más el marcaje establecido en la LOPJ), se halla el valor de los costos (68,38) más los gastos reconocidos (8,55), estos últimos establecidos en la ley como un máximo de 12,5% de los costos totales. Asimismo, la resta de los costos más los gastos reconocidos (76,92) del precio base sin IVA (100) da las ganancias (23,08) antes de ISLR, intereses, depreciación, y otros gastos no reconocidos. Apelando a datos del BCV sobre Cuentas Nacionales, los intereses se han asumido alcanzan un 8% del ingreso a costos de factores (i.e. sin IVA neto) y la depreciación 7%. Econométrica estima adicionalmente un 7,8% de otros gastos no reconocidos. Así, al restar los intereses, la depreciación y los otros gastos no reconocidos, la utilidad bruta antes

del ISLR (o utilidad antes de impuestos) llega a 0,28 (ni siquiera el 1% de las ventas sin IVA). Sin embargo, debido a que la depreciación es un gasto, pero, no una erogación, el flujo de caja neto, la utilidad neta más la depreciación, queda en 7,18 para la economía en promedio. Lo anterior implicaría que la recuperación de la inversión real para el promedio de la economía tomaría unos 15,4 años, si se supone una utilización del capital del 65%: una tasa de ganancia de 7,18% sobre ventas, o 4,67% sobre el capital. Por supuesto, la situación sería mucho peor para la industria manufacturera, y mejor para el comercio y los servicios que, respectivamente, recuperarían el capital en un promedio de 18,5 años, 10,8 años, y 12,3 años. Queda, así, claro que, la LOPJ no será sostenible o viable, fundamentalmente debido a que implica una tasa de ganancia ínfima para el promedio de la economía venezolana. De hecho, la tasa de ganancia media después de ISLR, intereses, y depreciación derivada de la LOPJ sería inclusive menor a la de otros países y otras regiones del planeta con menor riesgo de inversión; entre ellas, EEUU y la UE. Econométrica, por tanto, anticipa que la LOPJ será insostenible, pues dado el riesgo país actual colapsaría la producción e inversión. *La LOPJ permite otras dos formas de cálculo de los costos. La de costeo estandar y el método para minoristas.

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Informe mensual 1-2010 27/02/2014 Pulso Semanal 04-2014,

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La LOPJ premia la ineficiencia y la inflación de costos

caídas en sus eventas (efectos volumen adversos) y, por tanto, sus beneficios.

Las autoridades sostienen que la LOPJ reducirá la inflación de precios de la economía venezolana. Pero, el análisis de Econométrica sugiere claramente lo opuesto. La LOPJ genera incentivos para inflar los costos y así, los precios (incentivos para ser ineficiente). Lógicamente el mercado siempre jugará un rol en contener tales ineficiencias, pero, la LOPJ claramente las promoverá. La razón es sencilla: el empresario preferirá ganar el 30% (el arbitrario marcaje sobre costos estipulado en la ley) sobre un monto alto que sobre uno bajo. Por ejemplo un proveedor de calzado o una zapatería preferirá los zapatos caros a los baratos, porque en términos de bolívares ganará más al aplicar el sobre los zapatos más costosos que sobre los 30% menos costosos. ¿Por qué ganarse el 30% (900Bs) sobre un producto que cuesta 3.000Bs, si se puede ganar el 30% (2.700Bs) sobre uno que cuesta 9.000Bs? Claramente, el empresario con la LOPJ tendrá incentivos para escoger a los proveedores, insumos, y productos (bienes y servicios) más caros, y no los más económicos, lo que implicará enormes pérdidas de eficiencia y una mayor inflación de costos para la sociedad. Lo anterior, tal y como se adelantó, estará restringido por el mercado, que limitará la inflación e ineficiencias producto de la ley al jugar un rol esencial también los consumidores en la determinación de cuáles productos se venden más. Dicho de otro modo, si las empresas se sesgan hacia la venta de los productos más costosos podrán enfrentar

La LOPJ incentiva a convertir gastos en costos, a aumentar la inversión especulativa y a reducir la inversión

Tabla Nº 1: Cálculo del precio y estructura de costos y gastos asociados a bienes y servicios, según la LOPJ Origen A = B • 1,12 B C = B ÷ (1 + O) D = C ÷ (1 + P) E=D•P

Concepto

Precio con IVA Precio Costo + gastos reconocidos Costo Gastos reconocidos Ganancia antes de ISLR, intereses y F=B–C gastos no reconocidos G = 8%, según BCV Intereses H=B•R Depreciación I=B•S Otros gastos no reconocidos J=F–G–H–I Utilidad antes de impuestos K=J•Q ISLR L=J–K Utilidad neta M=L+H Utilidad neta + depreciación Se recupera la inversión en tantos años, 2 = (1+M)^N con 65% de utilización del capital O = 30%, según LOPJ Marcaje P = 12,5%, según LOPJ Reconocimiento de gastos Q = 34%, según SENIAT Tasa corporativa de ISLR R = 7%, según BCV Porcentaje estimado sobre ventas de depreciación S = 7,8%, según Econométrica Porcentaje sobre ventas de gastos no reconocidos T=E+G+H+I Total gastos

La LOPJ incentiva a convertir gastos en costos por al menos dos motivos: (i) porque al hacerlo puede subir la empresa el precio de venta de sus mercancías; y (ii) porque al subir sus costos puede subir el valor de sus gastos reconocidos. Dada la tasa de ganancia de la inversión real derivada de la LOPJ, la misma estimula la desinversión real en la economía, incrementando, así, la demanda especulativa de divisas (la presión sobre el tipo de cambio). Recomendaciones Use este link http://bit.ly/N7LOTB para bajar el Excel para el cálculo del precio “justo” en el caso de su negocio. Cumpla la normativa vigente; y realice un estudio formal de la demanda de sus productos, de forma tal de hallar la canasta óptima de insumos, productos y servicios (la mejor mezcla entre los más y los menos costosos) para maximizar sus beneficios. Si no tiene garantizado el acceso a dólares baratos, pruebe suerte con el más caro (prefiera SICAD II a SICAD I) para maximizar ganancias, mientras minimiza el riesgo cambiario. Y, si lo desea, contáctenos para estudios econométricos de demada. Gráfico Nº 1: Ejemplo de estructura de costos y gastos a partir de la aplicación de la LOPJ

Economía promedio 112,00 100,00 76,92 68,38 8,55 23,08 8,00 7,00 7,80 0,28 0,09 0,18 7,18 15,4 30,00% 12,50% 34,00% 7,00% 7,80% 31,35

Fuente: Econométrica en base a la Ley Orgánica de Precios Justos, SENIAT y BCV.

Fuente: Econométrica en base a la Ley Orgánica de Precios Justos, SENIAT y BCV.

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Angel García Banchs

Director

Profesor e Investigador PhD en Economía Política Magíster en Economía Magíster en Economía y Finanzas Economista [email protected]

Francisco Ibarra Bravo

Director

Magíster en Economía Economista [email protected]

Henkel García

Director

Magíster en Administración/Finanzas Ingeniero Instructor en el Área de Finanzas [email protected]

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