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29 ene. 2018 - Administración de esta Corte Superior, organizó una capacitación oficializada en " Seguridad y Salud en el Trabajo, Gestión de Riesgos de Desastres, Prevención ..... 29 de enero del 2018 rá certificación jurada de sus ingresos con firma ...... Se ordene el pago total de la suma S/. 19,456.00. COLEGIADO ...
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Lunes, 29 de enero del 2018

Corte Superior de Justicia de Tacna NOTA DE PRENSA N° 021-2018-II-CSJT-PJ VIERNES 26 DE ENERO DE 2018 Cultura de Prevención en la Corte Superior de Justicia de Tacna PERSONAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SE CAPACITÓ EN TEMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Con el objetivo de promover una cultura de prevención de los riesgos laborales en el Poder Judicial, llegó a Tacna el Mg. Raúl Alva Henández, coordinador de Instalaciones, Seguridad y Salud en el Trabajo, Seguridad Electrónica, Gestión de Riesgos de Desastres, Prevención de Accidentes y Capacitación de la Corte Suprema de la República Por tal motivo, el Sub Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la CSJTACNA, en coordinación con la Presidencia y la Administración de esta Corte Superior, organizó una capacitación oficializada en " Seguridad y Salud en el Trabajo, Gestión de Riesgos de Desastres, Prevención de Accidentes", La capacitación se realizó el pasado viernes 26 de en el Auditorio de la Corte Superior de Justicia de Tacna, en cumplimiento del programa anual de capacitaciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST) del Poder Judicial. El presente evento estuvo dirigido a los servidores (as) judiciales de esta Corte Superior y en especial a los miembros integrantes del Sub Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, integrantes de las Brigadas de Emergencia y Defensa Civil, y representantes del Sindicato Base Tacna. La finalidad de la capacitación fue adoptar medidas a fin de fortalecer las condiciones de seguridad para salvaguardar la integridad física y bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales; así como propiciar un ambiente motivado y comprometido en la prevención de los riesgos de trabajo. El Comité de Seguridad y Salud en el trabajo del Poder Judicial busca velar por la Seguridad y la Salud en el trabajo de todos sus trabajadores, comprendiendo además a las personas que sin tener vínculo laboral, prestan servicios dentro de sus instalaciones, usuarios y visitantes. En el reglamento interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, establece en su articulado los principios que guían el sistema de gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo; así como su accionar, identificando los peligros, eliminando o minimizando los riesgos de trabajo, y promueve el establecimiento de los medios y las condiciones para proteger la vida y la salud de las personas.

Imagen Institucional Corte Superior de Justicia de Tacna

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Avisos Judiciales EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° Juzgado Civil de Tacna, que despacha el DR. Arenas Pérez Saúl Felipe, especialista legal Dra. Dávila Cáceres Carla Jakeline, expediente N° 2217-2017-0-2301-JR-CI-04, sobre Prescripción Adquisitiva de Bien Inmueble, interpuesta por Nazario Flores Mamani y Otilia Paula Romero Guillermo de Flores, respecto al inmueble urbano ubicado en la Calle Mariano Melgar 754 del Pueblo Joven la Victoria, Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, antes ubicado en el Pago Tonchaca, con área superficial de 252.40 metros cuadrados y un perímetro de 70.73 metros lineales y con las siguientes colindancias: Por el frente: Colinda con la calle Mariano Melgar en línea recta de 9.94 m.l, Por la Derecha: Colinda con el lote N° 756 en línea recta de 25.79 m.l. de Alejandro Vargas Paniagua y Sucesión de la causante Constansa Juliana Cancino Tellez de Vargas, Por la izquierda: Colinda con el lote N° 740 en línea recta de 25.00 m.l. de propiedad del causante Ernesto Mamani Conde siendo quien ocupa el inmueble Yessica Mamani Paniagua, Por el fondo: Colinda con el lote N° 1054 en línea recta de 10.00 m.l. de propiedad de Darío Chura Quenaya; expidiéndose la Resolución N° 03 de fecha 11/12/2017, que RESUELVE: 1. ADMITIR LA DEMANDA (modificada respecto a su pretensiones y demandados) interpuesta por NAZARIO FLORES MAMANI y OTILIA PAULA ROMERO GUILLERMO DE FLORES, en contra de: (i) Alejandro Vargas Paniagua, (ii) Sucesión de Constanza Julia Cancino Tellez de Vargas, y (iii) Sucesión de Manuel Muñoz Bernedo; sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE y como pretensión accesoria inscripción de la propiedad en el registro público y cancelación de los asientos regístrales respecto a sus anteriores propietarios, en la vía procedimental del proceso ABREVIADO. Por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. 2. DISPONER el traslado de la demanda mediante cédula al demandado Alejandro Vargas Paniagua, para que dentro del término de DIEZ DÍAS procedan a contestarla, bajo apercibimiento de declarársele rebelde. 3. DISPONER la notificación por edictos de las demandas: ii) Sucesión de Constanza Julia Cancino Tellez de Vargas, y (iii) Sucesión de Manuel Muñoz Bernedo, conforme a lo estipulado en los artículos 165,167,168 y 435 del Código Procesal Civil, para que dentro del plazo de TREINTA DIAS se apersonen al proceso y contesten según lo establecido en el artículo 492 del mismo cuerpo normativo, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, a solicitud de parte; todo ello al encontrarse integradas por personas inciertas;. 4. EMPLAZAR con la demanda, subsanación y anexos correspondientes, a los propietarios/ocupantes de los predios colindantes: (i) Darío Chura Quenaya, (ii) Yéssica Mamani Paniagua, (iii) Municipalidad Provincial de Tacna a través de su procurador público, (iv) Alejandro Vargas Paniagua. 5. DISPONER que el extracto de la demanda se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168, siendo responsabilidad de la parte demandante efectuar las gestiones correspondientes para dicho efecto. NOTIFÍQUESE. AL OTROSI. Téngase presente. FDO. CARLA JAKELINE DAVILA CACERES. FDO. SECRETARIA JUDICIAL DEL CUARTO JUZGADO CIVIL PERMANENTE. TACNA, 15 DE ENERO DEL 2018. (3V/18, 24, 30 ENE). EDICTO CIVIL Resolución N° 15 Tacna, veinticinco de agosto Del año dos mil dieciséis.Reasumiendo funciones la Juez que suscribe, por disposición el superior. Proveyendo el escrito signado con el N° 11145-2016: AL PRINCIPAL Y OTROS: Conforme a lo solicitado por la demandante y estando a lo previsto en el artículo 568 del Código procesal Civil, cumpla la secretaria cursora con practicar la liquidación de pensiones devengadas e intereses legales, sobre la base de la propuesta presentada; una vez notificada las partes con la presente resolución. NOTIFIQUESE MEDIANTE edictos al demandado, dirección domiciliaria

indicada en su ficha de RENIEC y en el domicilio procesal del curador procesal. FDO. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO. SECRETARIA JUDICIAL DEL 1ER JUZGADO DE PAZ LETRADO. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 2146-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por DAÑO, imputado LUIGGI ANDREE ESCRIBA FUENTES Y JOEL REDIN VENTURA CONDORI el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a EL ESTADO, con resolución N° 01 de fecha 30 de noviembre del 2017, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR la apertura del proceso penal por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, seguido en contra de JOEL REDIN VENTURA CONDORI Y LUIGGI ANDREE ESCRIBA FUENTES en consecuencia, se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente denuncia. En consecuencia debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. NOTIFIQUESE mediante Edictos, la presente resolución a la parte agraviada.- Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 907-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por LESION DOLOSA Y CULPOSA, imputado EDWIN RICHARD MAMANI TORRES, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a FIDEL MAURO JINCHUÑA CHOQUEÑA, con resolución N° 04 de fecha 15 de enero del 2018, mediante la cual SE RESUELVE: señálese nueva fecha para la AUDENCIA DE JUICIO ORAL el día CATORCE DE MARZO del año dos mil dieciocho a horas DOCE CON TREINTA DEL MEDIO DIA debiendo subsistir el apercibimiento decretado en autos, NOTIFIQUESE adicionalmente a las partes la presente resolución mediante edictos. En la presente resolución a la parte agraviada.- Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 1922-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por DAÑO, imputado JOSE HUMBERTO PAUCAR ARCE Y ELEONOR ROOSEVELT ZELADA DE DIAZ el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a LA SOCIEDAD, con resolución N° 01 de fecha 21 de noviembre del 2017, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR la apertura del proceso penal por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, seguido en contra de ELEONOR ROOSEVELT ZELADA DE DIAZ y JOSE HUMBERTO PAUCAR ARCE, en consecuencia, se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente denuncia. En consecuencia debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. NOTIFIQUESE mediante Edictos, la presente resolución a la parte agraviada.Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL Exp. N° 1278-2016-40.- REQUERIMIENTO DE ACUSACION SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO En el proceso N° 1278-2016-40-2301-JR-PE-03, seguido contra LUIS FORTUNATO LEIVA TRINIDAD y otros, por el Delito Tributario de Defraudación Tributaria/Obtención indebida de gasto y/o cos-

to para efectos tributarios, con la agravante de obtener indebidamente Crédito Fiscal, simulando hechos (artículos 1 y 4 inciso a) del Decreto Legislativo N° 813), en agravio del Estado Peruano SUNAT Tacna; la señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, dispone mediante Resolución N° 18 de fecha 19ENE18 se realice la notificación mediante edictos al acusado LUIS FORTUNATO LEIVA TRINIDAD, en donde señala: Reprogramar fecha de AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN. PARA EL DIA TREINTA DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (haciéndose presente que la audiencia programada es de carácter inaplazable), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna (ubicado en Calle Hipólito Unánue N° 636), subsisten los apercibimientos dictados en autos y se exhorta a los sujetos procesales concurrir de manera puntual tomando en cuenta que se trata de una audiencia inaplazable. FDO. DRA. GINA PAMELA TAPIA LIENDO, JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO Expediente N° 282-2017-0-2301 -JP-FC-02. Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial abogada Rodrigo Hualpa Talace. En el proceso sobre ALIMENTOS contra GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, seguido por CARMEN ROSA SANCHEZ PINO en contra de GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, con la Resolución 01 de fecha 30 de marzo del 2017 (auto Admisorio de demanda y escrito de demanda y anexos), mediante la cual se DISPONE: Admite a trámite la demanda sobre alimentos en la vía de proceso único interpuesta por CARMEN ROSA SANCHEZ PINO en representación de sus menores hijos Pietro Muñoz Najar Sánchez y Giaomo Muñoz Najar, en consecuencia se confiere traslado de la demanda a Gustavo Alonso Muñoz Najar Castillo. Firman la Señorita Juez (s) KATI VERONICA ANTONIO DAMIAN y Secretario Judicial (s) abogado Rodrigo Hualpa Talace. Tacna, 24 de Enero del 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA EXPEDIENTE: 01462-2016-0-2301-JR-PE-01 ESPECIALISTA : GLADYS SANTOS CUTIPA. En el proceso N° 2016-01462-0-2301-JR-PE-l, seguido contra HUGO AMBROSIO MAMANI QUISPE por delito de DIFAMACION; El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, HA RESUELTO: PRIMERO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS AL QUERELLADO HUGO AMBROSIO MAMANI QUISPE POR LO QUE SE DISPONE CITAR a JUICIO ORAL CONFORME EL ROL DE AUDIENCIAS, para el día VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE DE LA MAÑANA diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, ubicado en calle Inclán con Presbiterio Andía, segundo piso; BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU CONDUCCION COMPULSIVA.- FIRMADO. DR FRANCO APAZA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. GLADYS SANTOS CUTIPA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA. TACNA, 10 DE ENERO DEL 2017. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL Exp. N° 00143-2014-26-2301 -JR-PE-02.- REQUERIMIENTO DE ACUSACION SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO En el proceso N° 00143-2014-26-2301-JR-PE-02, seguido contra ANDERSHON WINDER MEZA COL-

QUE, por el delito de Reproducción, Difusión, Distribución y Circulación de la Obra sin autorización del Autos en agravio de APDAYC; el señor Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, dispone mediante Resolución N° 07 se realice la notificación mediante edictos al acusado ANDERSHON WINDER MEZA COLQUE “Por recibido el Expediente N° 0143-2014-26-2301-JR-PE-2 a fojas 31, Expediente N° 0143-2014-70-2301-JR-PE-2 a fojas 16, Expediente N° 0143-2014-0-2301-JR-PE-2 a fojas 13 y Carpeta Fiscal N° 423-2014 a fojas 135 proveniente del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, en mérito a la Resolución Administrativa N°152-2016-CE-PJ de fecha 15 de junio del 2016, el cual aprueba la creación de órganos Jurisdiccionales Especializados en delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales en diversos Distritos Judiciales entre ellos el Distrito Judicial de Tacna, habiéndose designado en dicha resolución administrativa al SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA como órgano competente para los delitos antes mencionados, en consecuencia conforme al estado del proceso se debe señalar fecha para la diligencia de DE CONTROL DE ACUSACIÓN. PARA EL DIA SIETE DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO. A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (haciéndose presente que la audiencia programada es de carácter inaplazable), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna (ubicado en Calle Hipólito Unánue N° 636), con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público y la defensa del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del señor fiscal de ponerse en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público si por su causa se frustra la audiencia y en caso de la defensa privada del acusado, de imponerse una multa de 2URP y ser subrogado en ese momento por defensa pública (ello de acuerdo a lo señalado en el artículo 85 del Código Procesal Penal en su inciso 1)”. Notifíquese al acusado a su domicilio procesal y por EDICTOS Se avoca al conocimiento del proceso la señora Juez Titular Gina Tapia Liendo, quien suscribe por disposición superior. FDO. DR. PEDRO HUVER MACHACA CONDORI, JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO En el Expediente Nro. 01080-2012-0-2301-JR-CI-02 que sobre Otorgamiento de Escritura Pública sigue HILDA MAMANI ALCAZAR en contra de don PAULINO MAMANI HUANCA Y doña JUSTA PASTORA ALCAZAR DE MAMANI; LA PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, integrada por los Jueces Superiores GONZALO ZEGARRA RAMIREZ, ROSA JUAREZ TICONA Y LADY BEGAZO DE LA CRUZ mediante resolución Nro. 33 de fecha 22 de Enero de 2018 dispone la suspensión del proceso por 30 días para que se apersonen los sucesores de quien en vida fueron don PAULINO MAMANI HUANCA Y JUSTA PASTORA ALCAZAR DE MAMANI bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; para cuyo efecto se dispone las publicaciones de ley, en la página web del Poder Judicial y en el Diario La República de esta ciudad por el término de ley. FDO. ALIOSCKA PINAZZO PAREDES. SECRETARIA DE LA 1ERA SALA CIVIL PREMANENTE. TACNA, 24 DE ENERO DE 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL Expediente N° 2014-199-01-JIP-JB-CSJT/Sobre./ Caso N°2014-152-0 JUZGADO MIXTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JORGE BASADRE En el proceso N° 2014-199-01-JP-JB-CSJT. seguido contra RUDY KEMPER ALI por el delito de ATENTADO CONTRA EL DERECHO DE SUFRAGIO en agravio del Jurado Nacional de Elecciones; la señora Juez del Juzgado Mixto e Investigación Preparatoria de Jorge Basadre ha dispuesto SE NOTIFIQUE por

Edictos a RUDY KEMPER ALI con la resolución N° 07 de fecha doce de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual SE DISPONE REPROGRAMAR a AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO para el día OCHO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA (12:00 PM) en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación preparatoria de Jorge Basadre, con la presencia presencia- obligatoria del Fiscal, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de ponerse en conocimiento de la Junta de Fiscales, debiendo concurrir obligatoriamente la defensa técnica de los agraviados en el caso que se opongan a sobreseimiento, bajo apercibimiento de resolverse solo con lo expuesto por el señor fiscal Notifíquese mediante edictos.FIRMADO OLGA ROSA CORTEZ VALENCIA- JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JORGE BASADRE.- FIRMADO ELIZABETH RIOS CARDENAS- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO POR ANTE EL 4° JUZGADO CIVIL DE TACNA; JUEZ SAUL FELIPE ARENAS PEREZ, ESPECIALISTA LEGAL LUCIA VELAZCO GUTIERREZ, EXP. 01396-2014, RESOLUCION UNO SE ADMITE LA DEMANDA INTERPUESTA BERNARDO VICENTE MELCHOR Y BEATRIZ SANTOS CENTENO SOBRE NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA EN CONTRA DE GERARDO DANIEL, BARRIOS CRUZ, JUAN DE DIOS LLANOS ROMERO Y OTROS. MEDIANTE RESOLUCION. N° 44 A LA MUERTE DEL DEMANDADO GERARDO DANIEL BARRIOS CRUZ ACAECIDO EN FECHA 03/07/2017 SE RESUELVE: SUSPERDER EL PRESENTE PROCESO Y DISPONER LA NOTIFICACION MEDIANTE EDICTOS EN EL DIARIO LOCAL ENCARGADO DE LA PUBLICACION DE LOS AVISOS JUDICIALES, A LOS SUCESORES DE GERARDO DANIEL BARRIOS CRUZ, AFIN DE QUE COMPAREZCAN A PROCESO DENTRO DE LOS TREINTA DIAS DE NOTIFICADOS; DEBIENDO DE ACREDITAR SU CALIDAD DOCUMENTALMENTE. (SUCESIÓN INTESTADA JUDIOAL/NOTARIAL O TESTAMENTO) BAJO EL APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL Y CONTINUAR CON EL PROCESO. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY FIRMADO ESPECIALISTA LEGAL. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO ANTE EL 4° JUZGADO CIVIL DE TACNA QUE DESPACHA EL JUEZ SAUL FELIPE ARENAS PEREZ CON INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO JUDICIAL EDWIN MAQUERA PILCOMAMANI, HUGO RENE LAQUI CALLALA Y REGINA ROSALIA CANQUE CUTIPA DE LAQUI, HAN INICIADO PROCESO DE CAMBIO DE NOMBRE EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJO VIERE SIDAN LAQUI CANQUE EXPEDIENTE N° 25912017 SOLICITANDO EL CAMBIO DE NOMBRE DE SU MENOR HIJO VIERE SIDAN LAQUI CANQUE A FIN DE QUE EN EL FUTURO FIGURE COMO “ALEXIS RONALDO” LAQUI CANQUE, POR LO QUE MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 1 SE RESUELVE ADMITIRA Y TRAMITARLA EN VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, SEÑALANDOSE FECHA PARA AUDIENCIA DE LEY 6 DE FEBRERO DEL 2018 AHORA 11:00 AM QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. FIRMADO EL ESPECIALISTA LEGAL. (1V/29 ENE). NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el presente Proceso de Alimentos, tramitado ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Distrito Gregorio Albarracín Lanchipa, bajo el Expediente N° 00385-2016-0-2301-JP-FC-03, que sigue Lidia Beatriz Sarmiento Copaja, en contra de RICHARD ALI CONDORI ROJAS, el Señor Juez Máximo Caballero Roldán a cargo del proceso, con intervención de la especialista legal Noeli Sanizo Canahua, mediante Resolución N° 12 de fecha cuatro de agosto del año dos mil diecisiete, HA DISPUESTO: Notificar al demandado RICHARD ALI CONDORI ROJAS, mediante edictos para que conteste la demanda dentro del plazo de cinco días, acompañando la última declaración jurada presentada para la aplicación del impuesto a la renta o el documento que legalmente lo sustituya, de no estar obligado a la declaración citada acompaña-

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rá certificación jurada de sus ingresos con firma legalizada bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, debiendo la demandante efectuar las publicaciones en el Diario La República y en el Diario Oficial El Peruano, elaborándose previamente el edicto judicial. T.R. y H.S. FDO. NOELI SANIZO CANAHUA. SECRETARIA JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO DE PAZ LETRADO. (3V/29, 30, 31 ENE). NOTIFICACION POR EDICTO A LOS HEREDEROS DE QUIEN FUERA DANIEL ANGEL GUILLERMO Por ante el 2do Juzgado de Familia de Tacna que despacha el Dr Rene Aguilar Lasteros, con intervención de la especialista Rossmery Tumba Chura, en el expediente 4003-2017 Guisela Marcia Vilca Cusi interpone demanda de Reconocimiento de Unión de Hecho; el Juzgado ha emitido la resolución 2 de fecha 9 de Enero del 2018, cuyo extracto de la parte resolutiva es: SE RESUELVE: Admitir la demanda presentada por doña GUISELA MARCIA VILCA CUSI en contra de la SUCESION DE DANIEL ANGEL GUILLERMO HUAYLINOS SOBRE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, debe de tramitarse en la via de PROCESO ABREVIADO corriéndose traslado de la misma al demandado por el plazo de diez días para que conteste la demanda, NOTIFICANDOSE MEDIANTTE EDICTOS bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Lo que se publica de acuerdo a ley. FDO. ROSSMERY TUMBA CHURA. SECRETARIA JUDICIAL DEL 2DO JUZGADO DE FAMILIA. TACNA, 26 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO PENAL Expediente N°03063-2017-96-2301-JR-PE-02 - REQUERIMIENTO DE ACUSACION FISCAL EN PROCESO INMEDIATO ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: PATRICIA CARBAJAL MEDINA En el proceso N°03063-2017-96-2301-JR-PE-02, seguido contra DANIEL BUSTOS MARIN, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de N.M.B.V. representado por su progenitora Pamela Betsy Vicente Espezúa, el señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tacna ha dispuesto, SE NOTIFIQUE por Edictos a DANIEL BUSTOS MARIN con la resolución número uno, de fecha veintitrés de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual SE DECRETA: Señalar fecha para la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO E INAPLAZABLE para el DIECINUEVE DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE HORAS, a desarrollarse en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tacna, ubicado en la calle Inclán S/N, esquina con Presbítero Andía, Segundo Piso - Módulo Penal de la CSJT.- Se emplaza al acusado arriba prenombrado, al abogado defensor (C., Alvarez Goycochea) y al señor Fiscal, a fin de que concurran a la audiencia con CINCO minutos de anticipación; bajo apercibimiento, para el acusado de ser declarado Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y conducción de grado o fuerza por la Policía Nacional del Perú para su juzgamiento, para el defensor público de imponerse una Multa de 3URP., sin perjuicio de de comunicarse al órgano superior jerárquico en la ciudad de Lima y Tacna; y para el Fiscal de comunicarse a la Oficina de Control Interno de su sector, todo ello en caso de inconcurrencia. Se emplaza al Ministerio Público y a la Defensa Técnica del acusado, para que convoquen y garanticen la presencia de los órganos de pruebas a ofrecer, en la audiencia; bajo apercibimiento de prescindirse de ellos. FIRMADO SAUL SANTOS PASTOR TAPIA. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA, FIRMADO PATRICIA CARBAJAL MEDINA. ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 23 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). NOTIFICACION POR EDICTO Ante el Juzgado Civil Transitorio de Tacna que despacha el señor Juez Dr. Juan Manuel Vera Esquivel y actuación del Especialista Legal Dr. Fran Jhon Paredes Morales Exp. Nro. 00732-2017-02301 -JR-CI-04, solicita se declare propietarios del inmueble ubicado en la Asociación de Vivienda Bella Vista (pago aymara) Manzana A2, Lote 3 del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 205.98 m2, tiene como colindantes: Por el Frente: con la calle pago aymara en línea recta de 11.14 ml.; Por la derecha: con el lote 04 de

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propiedad de Leonidas Yaco Aguilar y lote 06 de propiedad de Estanislao Anco Chambilla de la Mz. A2 en línea recta de 23.26 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por la izquierda: con Lote 02 de propiedad de Brigida Cusi Nina de Flores de la Mz. A2, en línea recta de 20.16 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por el Fondo: con el Lote 15 de propiedad de Manuel Cusi Nina y Lote 14 de propiedad de Rosa Mamani Huanca de la Mz. A2, en línea recta de 8.42 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; manifestando que lo vienen conduciendo desde el año 1993, en forma pacífica, pública, de buena fe, comportándose como propietarios, dictando el Juzgado Resolución Nro. 06....Tacna, 20 de Septiembre del 2017... se RESUELVE: Admitir la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por JUAN ÁNGEL MACEDO MAMANI y MARIA LUISA MAMANI HUANCA, en contra de la Sucesión de JUAN MAMANI APAZA y JUANA HUANCA DE MAMANI en la vía del proceso ABREVIADO. Notifíquese a los demandados por edictos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 435 del Código Procesal Civil, debiendo estos apersonarse y contestar la demanda dentro del plazo especial de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Cítese con la demanda a los ocupantes y/o propietarios de los predios colindantes Municipalidad Provincial de Tacna representado por su Procurador Público, Leónidas Yaco Aguilar, Estanislao Anco Chambiila, Brígida Cusi Nina de Flores, Manuel Cusi Nina y Rosa Mamani Huanca. Por ofrecidos los medios probatorios de la demanda. Publíquese un extracto de la demanda. Integrar la relación jurídica procesal, en calidad de litisconsorte necesario pasivo a la Asociación Urbanizadora Bellavista. T.R. y H.S. FDO. FRAN PAREDES MORALES. SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO CIVIL TRANSITORIO. TACNA, 25 DE ENERO DEL 2018. (1V/29 ENE). EDICTO Ante el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza, que despacha el señor JUEZ LUIS ESCALANTE MEDINA, Especialista JUAN GUZMÁN AFÁN, se tramita el expediente N° 00147-2017-0-2301-JM-CI-01 seguido por MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA, sobre AUTORIZACION JUDICIAL PARA CAMBIO DE APELLIDOS, donde se solicita se autorice el cambio e inversión de los apellidos de MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA por MANUEL ALEXANDER OJEDA MAMANI, en razón de que en su entorno familiar y social siempre se le ha identificado con su apellido materno entre otros fundamentos. Asimismo, se ha emitido la RESOLUCION N° 01: Alto de la Alianza 17.01.2018, en donde SE RESUELVE: ADMITIR en vía de Proceso No contencioso la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, presentada por MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA. CITESE al solicitante a la audiencia de actuación y declaración judicial que se llevará a cabo el día QUINCE DE MARZO del presente año a horas DIEZ de la mañana. TR y HS. FDO. JUAN GUZMAN AFAN. ESPECIALISTA LEGAL. TACNA 25 DE ENERO DEL 2018. (1V/29 ENE). EDICTO PENAL En el Expediente N° 01743-2016-86-2301-JR-PE-01, seguido en contra de CESAR HUANCA VALLEJO y JUAN LUIS QUISPE JIHUAÑA, acusados por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 188° (tipo base) con las agravantes previstas en los numerales 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189°, concordado con el artículo 16° del Código Penal, en agravio de URIEL PERCY CALIZAYA MOYO; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dispuesto, SE NOTIFIQUE al agraviado URIEL PERCY CALIZAYA MOYO mediante edictos con lo resuelto mediante resolución N° 08, expedida en fecha veintidós de enero del presente año, mediante la cual SE RESUELVE: PRIMERO: Señalar nueva fecha y hora para la realización de la Audiencia de Control de Acusación para el día VIERNES NUEVE DE MARZO del presente año a horas 11:00 AM, debiendo de llevarse a cabo en esta misma sala, para tal efecto deberán concurrir obligatoriamente el señor Fiscal y la defensa técnica de los acusados. SEGUNDO: En caso de inconcurrencia del señor Fiscal y de la Abogada Defensora Pública de los acusados se estarán tomando las medidas disciplinarias que correspondan sin perjuicio de comunicar a la oficina

de Control Interno y de comunicar a la Directora Distrital de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia - Sede Tacna. TERCERO: Se concede un plazo de veinticuatro horas al Fiscal encargado del presente caso - Edgar Laurente Mamani a fin de justificar su inasistencia, en caso de no hacerlo, hágase efectivo el apercibimiento señalado en la resolución N° 06 de fecha diez de enero del año dos mil dieciocho. CUARTO: Se notifique a los acusados en sus direcciones domiciliarias, a fin de que pueda asistir con su Abogado de su libre elección, si así lo considere pertinente. QUINTO: Reitérese la notificación para el agraviado mediante Edictos Penales en el diario oficial La República, encargado de los avisos judiciales de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado por el doctor Garry Armando Chávez Valdivia - Juez titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado por Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. ALTO DE LA ALIANZA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO PENAL En el proceso N° 924-2016-92-230 l-JR-PE-01, seguido en contra de SIMON PILCO MAMANI por el presunto delito Contra la Familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR - INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal en agravio de su hijo HENRY PILCO PILCO y su menor hijo ROMER RENZO PILCO PILCO, representados por su madre YONILDA PILCO ARO; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dispuesto, SE NOTIFIQUE al imputado SIMON PILCO MAMANI mediante edictos con lo resuelto mediante resolución N° 01, expedida en fecha veintitrés de enero del presente año, mediante la cual SE SEÑÁLESE fecha para la AUDIENCIA DE REVOCACION DE PENA SUSPENDIDA para el VIERNES 09 DE MARZO del dos mil dieciocho a HORAS NUEVE DE LA MAÑANA 09:00 A.M. (hora exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva, con la concurrencia obligatoria de la defensa técnica del sentenciado, del representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de rechazarse su solicitud y archivarse el presente incidente, en caso de la defensa pública de comunicar a la Directora Distrital de la Defensoría Pública de Tacna, debiendo notificarse al sentenciado en su domicilio real y procesal señalado en autos, asimismo en los domicilios señalados en su Ficha de RENIEC, requerimiento de acusación y mediante Edictos Penales en el diario oficial “La República” de los avisos judiciales de Tacna, así como en el Diario Oficial “El Peruano” encargado de los avisos judiciales a nivel nacional. Firmado por el doctor Garry Armando Chávez Valdivia - Juez titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. ALTO DE LA ALIANZA, 23 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° Juzgado Civil de Tacna, que despacha el DR. Arenas Pérez Saúl Felipe, especialista legal Dra. Dávila Cáceres Carla Jakeline, expediente N° 2217-2017-0-2301-JR-CI-04, sobre Prescripción Adquisitiva de Bien Inmueble, interpuesta por Nazario Flores Mamani y Otilia Paula Romero Guillermo de Flores, respecto al inmueble urbano ubicado en la Calle Mariano Melgar 754 del Pueblo Joven la Victoria, Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, antes ubicado en el Pago Tonchaca, con área superficial de 252.40 metros cuadrados y un perímetro de 70.73 metros lineales y con las siguientes colindancias: Por el frente: Colinda con la calle Mariano Melgar en línea recta de 9.94 m.l, Por la Derecha: Colinda con el lote N° 756 en línea recta de 25.79 m.l. de Alejandro Vargas Paniagua y Sucesión de la causante Constansa Juliana Cancino Tellez de Vargas, Por la izquierda: Colinda con el lote N° 740 en línea recta de 25.00 m.l. de propiedad del causante Ernesto Mamani Conde siendo quien ocupa el inmueble Yessica Mamani

Lunes, 29 de enero del 2018

Paniagua, Por el fondo: Colinda con el lote N° 1054 en línea recta de 10.00 m.l. de propiedad de Darío Chura Quenaya; expidiéndose la Resolución N° 03 de fecha 11/12/2017, que RESUELVE: 1. ADMITIR LA DEMANDA (modificada respecto a su pretensiones y demandados) interpuesta por NAZARIO FLORES MAMANI y OTILIA PAULA ROMERO GUILLERMO DE FLORES, en contra de: (i) Alejandro Vargas Paniagua, (ii) Sucesión de Constanza Julia Cancino Tellez de Vargas, y (iii) Sucesión de Manuel Muñoz Bernedo; sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE y como pretensión accesoria inscripción de la propiedad en el registro público y cancelación de los asientos regístrales respecto a sus anteriores propietarios, en la vía procedimental del proceso ABREVIADO. Por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. 2. DISPONER el traslado de la demanda mediante cédula al demandado Alejandro Vargas Paniagua, para que dentro del término de DIEZ DÍAS procedan a contestarla, bajo apercibimiento de declarársele rebelde. 3. DISPONER la notificación por edictos de las demandas: ii) Sucesión de Constanza Julia Cancino Tellez de Vargas, y (iii) Sucesión de Manuel Muñoz Bernedo, conforme a lo estipulado en los artículos 165,167,168 y 435 del Código Procesal Civil, para que dentro del plazo de TREINTA DIAS se apersonen al proceso y contesten según lo establecido en el artículo 492 del mismo cuerpo normativo, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, a solicitud de parte; todo ello al encontrarse integradas por personas inciertas;. 4. EMPLAZAR con la demanda, subsanación y anexos correspondientes, a los propietarios/ocupantes de los predios colindantes: (i) Darío Chura Quenaya, (ii) Yéssica Mamani Paniagua, (iii) Municipalidad Provincial de Tacna a través de su procurador público, (iv) Alejandro Vargas Paniagua. 5. DISPONER que el extracto de la demanda se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168, siendo responsabilidad de la parte demandante efectuar las gestiones correspondientes para dicho efecto. NOTIFÍQUESE. AL OTROSI. Téngase presente. FDO. CARLA JAKELINE DAVILA CACERES. FDO. SECRETARIA JUDICIAL DEL CUARTO JUZGADO CIVIL PERMANENTE. TACNA, 15 DE ENERO DEL 2018. (3V/18, 24, 30 ENE). EDICTO CIVIL Resolución N° 15 Tacna, veinticinco de agosto Del año dos mil dieciséis.Reasumiendo funciones la Juez que suscribe, por disposición el superior. Proveyendo el escrito signado con el N° 11145-2016: AL PRINCIPAL Y OTROS: Conforme a lo solicitado por la demandante y estando a lo previsto en el artículo 568 del Código procesal Civil, cumpla la secretaria cursora con practicar la liquidación de pensiones devengadas e intereses legales, sobre la base de la propuesta presentada; una vez notificada las partes con la presente resolución. NOTIFIQUESE MEDIANTE edictos al demandado, dirección domiciliaria indicada en su ficha de RENIEC y en el domicilio procesal del curador procesal. FDO. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO. SECRETARIA JUDICIAL DEL 1ER JUZGADO DE PAZ LETRADO. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 2146-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por DAÑO, imputado LUIGGI ANDREE ESCRIBA FUENTES Y JOEL REDIN VENTURA CONDORI el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a EL ESTADO, con resolución N° 01 de fecha 30 de noviembre del 2017, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR la apertura del proceso penal por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, seguido en contra de JOEL REDIN VENTURA CONDORI Y LUIGGI ANDREE ESCRIBA FUENTES en consecuencia, se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente denuncia. En consecuencia debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. NOTIFIQUESE mediante Edictos, la presente resolución a la parte agraviada.- Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE).

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 907-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por LESION DOLOSA Y CULPOSA, imputado EDWIN RICHARD MAMANI TORRES, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a FIDEL MAURO JINCHUÑA CHOQUEÑA, con resolución N° 04 de fecha 15 de enero del 2018, mediante la cual SE RESUELVE: señálese nueva fecha para la AUDENCIA DE JUICIO ORAL el día CATORCE DE MARZO del año dos mil dieciocho a horas DOCE CON TREINTA DEL MEDIO DIA debiendo subsistir el apercibimiento decretado en autos, NOTIFIQUESE adicionalmente a las partes la presente resolución mediante edictos. En la presente resolución a la parte agraviada.- Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 1922-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por DAÑO, imputado JOSE HUMBERTO PAUCAR ARCE Y ELEONOR ROOSEVELT ZELADA DE DIAZ el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a LA SOCIEDAD, con resolución N° 01 de fecha 21 de noviembre del 2017, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR la apertura del proceso penal por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, seguido en contra de ELEONOR ROOSEVELT ZELADA DE DIAZ y JOSE HUMBERTO PAUCAR ARCE, en consecuencia, se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente denuncia. En consecuencia debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. NOTIFIQUESE mediante Edictos, la presente resolución a la parte agraviada.Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL Exp. N° 1278-2016-40.- REQUERIMIENTO DE ACUSACION SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO En el proceso N° 1278-2016-40-2301-JR-PE-03, seguido contra LUIS FORTUNATO LEIVA TRINIDAD y otros, por el Delito Tributario de Defraudación Tributaria/Obtención indebida de gasto y/o costo para efectos tributarios, con la agravante de obtener indebidamente Crédito Fiscal, simulando hechos (artículos 1 y 4 inciso a) del Decreto Legislativo N° 813), en agravio del Estado Peruano SUNAT Tacna; la señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, dispone mediante Resolución N° 18 de fecha 19ENE18 se realice la notificación mediante edictos al acusado LUIS FORTUNATO LEIVA TRINIDAD, en donde señala: Reprogramar fecha de AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN. PARA EL DIA TREINTA DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (haciéndose presente que la audiencia programada es de carácter inaplazable), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna (ubicado en Calle Hipólito Unánue N° 636), subsisten los apercibimientos dictados en autos y se exhorta a los sujetos procesales concurrir de manera puntual tomando en cuenta que se trata de una audiencia inaplazable. FDO. DRA. GINA PAMELA TAPIA LIENDO, JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO Expediente N° 282-2017-0-2301 -JP-FC-02. Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial abogada Rodrigo Hualpa Talace. En el proceso sobre ALIMENTOS contra GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, seguido por CARMEN ROSA SANCHEZ PINO en contra de GUS-

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TAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, con la Resolución 01 de fecha 30 de marzo del 2017 (auto Admisorio de demanda y escrito de demanda y anexos), mediante la cual se DISPONE: Admite a trámite la demanda sobre alimentos en la vía de proceso único interpuesta por CARMEN ROSA SANCHEZ PINO en representación de sus menores hijos Pietro Muñoz Najar Sánchez y Giaomo Muñoz Najar, en consecuencia se confiere traslado de la demanda a Gustavo Alonso Muñoz Najar Castillo. Firman la Señorita Juez (s) KATI VERONICA ANTONIO DAMIAN y Secretario Judicial (s) abogado Rodrigo Hualpa Talace. Tacna, 24 de Enero del 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA EXPEDIENTE: 01462-2016-0-2301-JR-PE-01 ESPECIALISTA : GLADYS SANTOS CUTIPA. En el proceso N° 2016-01462-0-2301-JR-PE-l, seguido contra HUGO AMBROSIO MAMANI QUISPE por delito de DIFAMACION; El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, HA RESUELTO: PRIMERO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS AL QUERELLADO HUGO AMBROSIO MAMANI QUISPE POR LO QUE SE DISPONE CITAR a JUICIO ORAL CONFORME EL ROL DE AUDIENCIAS, para el día VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE DE LA MAÑANA diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, ubicado en calle Inclán con Presbiterio Andía, segundo piso; BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU CONDUCCION COMPULSIVA.- FIRMADO. DR FRANCO APAZA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. GLADYS SANTOS CUTIPA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA. TACNA, 10 DE ENERO DEL 2017. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL Exp. N° 00143-2014-26-2301 -JR-PE-02.- REQUERIMIENTO DE ACUSACION SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO En el proceso N° 00143-2014-26-2301-JR-PE-02, seguido contra ANDERSHON WINDER MEZA COLQUE, por el delito de Reproducción, Difusión, Distribución y Circulación de la Obra sin autorización del Autos en agravio de APDAYC; el señor Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, dispone mediante Resolución N° 07 se realice la notificación mediante edictos al acusado ANDERSHON WINDER MEZA COLQUE “Por recibido el Expediente N° 0143-2014-26-2301-JR-PE-2 a fojas 31, Expediente N° 0143-2014-70-2301-JR-PE-2 a fojas 16, Expediente N° 0143-2014-0-2301-JR-PE-2 a fojas 13 y Carpeta Fiscal N° 423-2014 a fojas 135 proveniente del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, en mérito a la Resolución Administrativa N°152-2016-CE-PJ de fecha 15 de junio del 2016, el cual aprueba la creación de órganos Jurisdiccionales Especializados en delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales en diversos Distritos Judiciales entre ellos el Distrito Judicial de Tacna, habiéndose designado en dicha resolución administrativa al SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA como órgano competente para los delitos antes mencionados, en consecuencia conforme al estado del proceso se debe señalar fecha para la diligencia de DE CONTROL DE ACUSACIÓN. PARA EL DIA SIETE DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO. A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (haciéndose presente que la audiencia programada es de carácter inaplazable), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna (ubicado en Calle Hipólito Unánue N° 636), con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público y la defensa del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del señor fiscal de ponerse en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público si por su causa se frustra la audiencia y en caso de la defensa privada del acusado, de imponerse una multa de 2URP y ser subrogado en ese momento por defensa pública (ello de acuerdo a

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lo señalado en el artículo 85 del Código Procesal Penal en su inciso 1)”. Notifíquese al acusado a su domicilio procesal y por EDICTOS Se avoca al conocimiento del proceso la señora Juez Titular Gina Tapia Liendo, quien suscribe por disposición superior. FDO. DR. PEDRO HUVER MACHACA CONDORI, JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO En el Expediente Nro. 01080-2012-0-2301-JR-CI-02 que sobre Otorgamiento de Escritura Pública sigue HILDA MAMANI ALCAZAR en contra de don PAULINO MAMANI HUANCA Y doña JUSTA PASTORA ALCAZAR DE MAMANI; LA PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, integrada por los Jueces Superiores GONZALO ZEGARRA RAMIREZ, ROSA JUAREZ TICONA Y LADY BEGAZO DE LA CRUZ mediante resolución Nro. 33 de fecha 22 de Enero de 2018 dispone la suspensión del proceso por 30 días para que se apersonen los sucesores de quien en vida fueron don PAULINO MAMANI HUANCA Y JUSTA PASTORA ALCAZAR DE MAMANI bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; para cuyo efecto se dispone las publicaciones de ley, en la página web del Poder Judicial y en el Diario La República de esta ciudad por el término de ley. FDO. ALIOSCKA PINAZZO PAREDES. SECRETARIA DE LA 1ERA SALA CIVIL PREMANENTE. TACNA, 24 DE ENERO DE 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL Expediente N° 2014-199-01-JIP-JB-CSJT/Sobre./ Caso N°2014-152-0 JUZGADO MIXTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JORGE BASADRE En el proceso N° 2014-199-01-JP-JB-CSJT. seguido contra RUDY KEMPER ALI por el delito de ATENTADO CONTRA EL DERECHO DE SUFRAGIO en agravio del Jurado Nacional de Elecciones; la señora Juez del Juzgado Mixto e Investigación Preparatoria de Jorge Basadre ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a RUDY KEMPER ALI con la resolución N° 07 de fecha doce de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual SE DISPONE REPROGRAMAR a AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO para el día OCHO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA (12:00 PM) en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación preparatoria de Jorge Basadre, con la presencia presencia- obligatoria del Fiscal, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de ponerse en conocimiento de la Junta de Fiscales, debiendo concurrir obligatoriamente la defensa técnica de los agraviados en el caso que se opongan a sobreseimiento, bajo apercibimiento de resolverse solo con lo expuesto por el señor fiscal Notifíquese mediante edictos.FIRMADO OLGA ROSA CORTEZ VALENCIA- JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JORGE BASADRE.- FIRMADO ELIZABETH RIOS CARDENAS- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO POR ANTE EL 4° JUZGADO CIVIL DE TACNA; JUEZ SAUL FELIPE ARENAS PEREZ, ESPECIALISTA LEGAL LUCIA VELAZCO GUTIERREZ, EXP. 01396-2014, RESOLUCION UNO SE ADMITE LA DEMANDA INTERPUESTA BERNARDO VICENTE MELCHOR Y BEATRIZ SANTOS CENTENO SOBRE NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA EN CONTRA DE GERARDO DANIEL, BARRIOS CRUZ, JUAN DE DIOS LLANOS ROMERO Y OTROS. MEDIANTE RESOLUCION. N° 44 A LA MUERTE DEL DEMANDADO GERARDO DANIEL BARRIOS CRUZ ACAECIDO EN FECHA 03/07/2017 SE RESUELVE: SUSPERDER EL PRESENTE PROCESO Y DISPONER LA NOTIFICACION MEDIANTE EDICTOS EN EL DIARIO LOCAL ENCARGADO DE LA PUBLICACION DE LOS AVISOS JUDICIALES, A LOS SUCESORES DE GERARDO DANIEL BARRIOS CRUZ, AFIN DE QUE COMPAREZCAN A PROCESO DENTRO DE LOS TREINTA DIAS DE NOTIFICADOS; DEBIENDO DE ACREDITAR SU CALIDAD DOCUMENTALMENTE. (SUCESIÓN INTESTADA JUDIOAL/NOTARIAL O TESTAMENTO) BAJO EL APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL Y CONTINUAR CON EL PROCESO. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY FIRMADO ESPECIALISTA LEGAL. (3V/29, 30,

31 ENE). EDICTO ANTE EL 4° JUZGADO CIVIL DE TACNA QUE DESPACHA EL JUEZ SAUL FELIPE ARENAS PEREZ CON INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO JUDICIAL EDWIN MAQUERA PILCOMAMANI, HUGO RENE LAQUI CALLALA Y REGINA ROSALIA CANQUE CUTIPA DE LAQUI, HAN INICIADO PROCESO DE CAMBIO DE NOMBRE EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJO VIERE SIDAN LAQUI CANQUE EXPEDIENTE N° 25912017 SOLICITANDO EL CAMBIO DE NOMBRE DE SU MENOR HIJO VIERE SIDAN LAQUI CANQUE A FIN DE QUE EN EL FUTURO FIGURE COMO “ALEXIS RONALDO” LAQUI CANQUE, POR LO QUE MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 1 SE RESUELVE ADMITIRA Y TRAMITARLA EN VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, SEÑALANDOSE FECHA PARA AUDIENCIA DE LEY 6 DE FEBRERO DEL 2018 AHORA 11:00 AM QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. FIRMADO EL ESPECIALISTA LEGAL. (1V/29 ENE). NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el presente Proceso de Alimentos, tramitado ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Distrito Gregorio Albarracín Lanchipa, bajo el Expediente N° 00385-2016-0-2301-JP-FC-03, que sigue Lidia Beatriz Sarmiento Copaja, en contra de RICHARD ALI CONDORI ROJAS, el Señor Juez Máximo Caballero Roldán a cargo del proceso, con intervención de la especialista legal Noeli Sanizo Canahua, mediante Resolución N° 12 de fecha cuatro de agosto del año dos mil diecisiete, HA DISPUESTO: Notificar al demandado RICHARD ALI CONDORI ROJAS, mediante edictos para que conteste la demanda dentro del plazo de cinco días, acompañando la última declaración jurada presentada para la aplicación del impuesto a la renta o el documento que legalmente lo sustituya, de no estar obligado a la declaración citada acompañará certificación jurada de sus ingresos con firma legalizada bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, debiendo la demandante efectuar las publicaciones en el Diario La República y en el Diario Oficial El Peruano, elaborándose previamente el edicto judicial. T.R. y H.S. FDO. NOELI SANIZO CANAHUA. SECRETARIA JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO DE PAZ LETRADO. (3V/29, 30, 31 ENE). NOTIFICACION POR EDICTO A LOS HEREDEROS DE QUIEN FUERA DANIEL ANGEL GUILLERMO Por ante el 2do Juzgado de Familia de Tacna que despacha el Dr Rene Aguilar Lasteros, con intervención de la especialista Rossmery Tumba Chura, en el expediente 4003-2017 Guisela Marcia Vilca Cusi interpone demanda de Reconocimiento de Unión de Hecho; el Juzgado ha emitido la resolución 2 de fecha 9 de Enero del 2018, cuyo extracto de la parte resolutiva es: SE RESUELVE: Admitir la demanda presentada por doña GUISELA MARCIA VILCA CUSI en contra de la SUCESION DE DANIEL ANGEL GUILLERMO HUAYLINOS SOBRE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, debe de tramitarse en la via de PROCESO ABREVIADO corriéndose traslado de la misma al demandado por el plazo de diez días para que conteste la demanda, NOTIFICANDOSE MEDIANTTE EDICTOS bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Lo que se publica de acuerdo a ley. FDO. ROSSMERY TUMBA CHURA. SECRETARIA JUDICIAL DEL 2DO JUZGADO DE FAMILIA. TACNA, 26 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO PENAL Expediente N°03063-2017-96-2301-JR-PE-02 - REQUERIMIENTO DE ACUSACION FISCAL EN PROCESO INMEDIATO ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: PATRICIA CARBAJAL MEDINA En el proceso N°03063-2017-96-2301-JR-PE-02, seguido contra DANIEL BUSTOS MARIN, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de N.M.B.V. representado por su progenitora Pamela Betsy Vicente Espezúa, el señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tacna ha dispuesto, SE NOTIFIQUE por Edictos a DANIEL BUSTOS MARIN con la resolución número uno, de fecha veintitrés de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual SE DECRETA: Señalar fecha para la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO E INAPLAZABLE para el DIECINUEVE DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE HORAS, a desarrollarse en la Sala de Audiencias del Segundo Juzga-

do Penal Unipersonal Permanente de Tacna, ubicado en la calle Inclán S/N, esquina con Presbítero Andía, Segundo Piso - Módulo Penal de la CSJT.- Se emplaza al acusado arriba prenombrado, al abogado defensor (C., Alvarez Goycochea) y al señor Fiscal, a fin de que concurran a la audiencia con CINCO minutos de anticipación; bajo apercibimiento, para el acusado de ser declarado Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y conducción de grado o fuerza por la Policía Nacional del Perú para su juzgamiento, para el defensor público de imponerse una Multa de 3URP., sin perjuicio de de comunicarse al órgano superior jerárquico en la ciudad de Lima y Tacna; y para el Fiscal de comunicarse a la Oficina de Control Interno de su sector, todo ello en caso de inconcurrencia. Se emplaza al Ministerio Público y a la Defensa Técnica del acusado, para que convoquen y garanticen la presencia de los órganos de pruebas a ofrecer, en la audiencia; bajo apercibimiento de prescindirse de ellos. FIRMADO SAUL SANTOS PASTOR TAPIA. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA, FIRMADO PATRICIA CARBAJAL MEDINA. ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 23 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). NOTIFICACION POR EDICTO Ante el Juzgado Civil Transitorio de Tacna que despacha el señor Juez Dr. Juan Manuel Vera Esquivel y actuación del Especialista Legal Dr. Fran Jhon Paredes Morales Exp. Nro. 00732-2017-02301 -JR-CI-04, solicita se declare propietarios del inmueble ubicado en la Asociación de Vivienda Bella Vista (pago aymara) Manzana A2, Lote 3 del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 205.98 m2, tiene como colindantes: Por el Frente: con la calle pago aymara en línea recta de 11.14 ml.; Por la derecha: con el lote 04 de propiedad de Leonidas Yaco Aguilar y lote 06 de propiedad de Estanislao Anco Chambilla de la Mz. A2 en línea recta de 23.26 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por la izquierda: con Lote 02 de propiedad de Brigida Cusi Nina de Flores de la Mz. A2, en línea recta de 20.16 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por el Fondo: con el Lote 15 de propiedad de Manuel Cusi Nina y Lote 14 de propiedad de Rosa Mamani Huanca de la Mz. A2, en línea recta de 8.42 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; manifestando que lo vienen conduciendo desde el año 1993, en forma pacífica, pública, de buena fe, comportándose como propietarios, dictando el Juzgado Resolución Nro. 06....Tacna, 20 de Septiembre del 2017... se RESUELVE: Admitir la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por JUAN ÁNGEL MACEDO MAMANI y MARIA LUISA MAMANI HUANCA, en contra de la Sucesión de JUAN MAMANI APAZA y JUANA HUANCA DE MAMANI en la vía del proceso ABREVIADO. Notifíquese a los demandados por edictos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 435 del Código Procesal Civil, debiendo estos apersonarse y contestar la demanda dentro del plazo especial de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Cítese con la demanda a los ocupantes y/o propietarios de los predios colindantes Municipalidad Provincial de Tacna representado por su Procurador Público, Leónidas Yaco Aguilar, Estanislao Anco Chambiila, Brígida Cusi Nina de Flores, Manuel Cusi Nina y Rosa Mamani Huanca. Por ofrecidos los medios probatorios de la demanda. Publíquese un extracto de la demanda. Integrar la relación jurídica procesal, en calidad de litisconsorte necesario pasivo a la Asociación Urbanizadora Bellavista. T.R. y H.S. FDO. FRAN PAREDES MORALES. SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO CIVIL TRANSITORIO. TACNA, 25 DE ENERO DEL 2018. (1V/29 ENE). EDICTO Ante el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza, que despacha el señor JUEZ LUIS ESCALANTE MEDINA, Especialista JUAN GUZMÁN AFÁN, se tramita el expediente N° 00147-2017-0-2301-JM-CI-01 seguido por MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA, sobre AUTORIZACION JUDICIAL PARA CAMBIO DE APELLIDOS, donde se solicita se autorice el cambio e inversión de los apellidos de MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA por MANUEL ALEXANDER OJEDA MAMANI, en razón de que en su entorno familiar y social siempre se le ha identificado con su apellido materno entre otros fundamentos. Asimismo, se ha emitido la RESOLUCION N° 01: Alto de la Alianza

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17.01.2018, en donde SE RESUELVE: ADMITIR en vía de Proceso No contencioso la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, presentada por MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA. CITESE al solicitante a la audiencia de actuación y declaración judicial que se llevará a cabo el día QUINCE DE MARZO del presente año a horas DIEZ de la mañana. TR y HS. FDO. JUAN GUZMAN AFAN. ESPECIALISTA LEGAL. TACNA 25 DE ENERO DEL 2018. (1V/29 ENE). EDICTO PENAL En el Expediente N° 01743-2016-86-2301-JR-PE-01, seguido en contra de CESAR HUANCA VALLEJO y JUAN LUIS QUISPE JIHUAÑA, acusados por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 188° (tipo base) con las agravantes previstas en los numerales 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189°, concordado con el artículo 16° del Código Penal, en agravio de URIEL PERCY CALIZAYA MOYO; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dispuesto, SE NOTIFIQUE al agraviado URIEL PERCY CALIZAYA MOYO mediante edictos con lo resuelto mediante resolución N° 08, expedida en fecha veintidós de enero del presente año, mediante la cual SE RESUELVE: PRIMERO: Señalar nueva fecha y hora para la realización de la Audiencia de Control de Acusación para el día VIERNES NUEVE DE MARZO del presente año a horas 11:00 AM, debiendo de llevarse a cabo en esta misma sala, para tal efecto deberán concurrir obligatoriamente el señor Fiscal y la defensa técnica de los acusados. SEGUNDO: En caso de inconcurrencia del señor Fiscal y de la Abogada Defensora Pública de los acusados se estarán tomando las medidas disciplinarias que correspondan sin perjuicio de comunicar a la oficina de Control Interno y de comunicar a la Directora Distrital de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia - Sede Tacna. TERCERO: Se concede un plazo de veinticuatro horas al Fiscal encargado del presente caso - Edgar Laurente Mamani a fin de justificar su inasistencia, en caso de no hacerlo, hágase efectivo el apercibimiento señalado en la resolución N° 06 de fecha diez de enero del año dos mil dieciocho. CUARTO: Se notifique a los acusados en sus direcciones domiciliarias, a fin de que pueda asistir con su Abogado de su libre elección, si así lo considere pertinente. QUINTO: Reitérese la notificación para el agraviado mediante Edictos Penales en el diario oficial La República, encargado de los avisos judiciales de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado por el doctor Garry Armando Chávez Valdivia - Juez titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado por Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. ALTO DE LA ALIANZA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO PENAL En el proceso N° 924-2016-92-230 l-JR-PE-01, seguido en contra de SIMON PILCO MAMANI por el presunto delito Contra la Familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR - INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal en agravio de su hijo HENRY PILCO PILCO y su menor hijo ROMER RENZO PILCO PILCO, representados por su madre YONILDA PILCO ARO; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dispuesto, SE NOTIFIQUE al imputado SIMON PILCO MAMANI mediante edictos con lo resuelto mediante resolución N° 01, expedida en fecha veintitrés de enero del presente año, mediante la cual SE SEÑÁLESE fecha para la AUDIENCIA DE REVOCACION DE PENA SUSPENDIDA para el VIERNES 09 DE MARZO del dos mil dieciocho a HORAS NUEVE DE LA MAÑANA 09:00 A.M. (hora exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva, con la concurrencia obligatoria de la defensa técnica del sentenciado, del representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de rechazarse su solicitud y archivarse el presente incidente, en caso de la defensa pública de comunicar a la Directora Distrital de la Defensoría Pública de Tacna, debiendo notificarse al sentenciado en su

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domicilio real y procesal señalado en autos, asimismo en los domicilios señalados en su Ficha de RENIEC, requerimiento de acusación y mediante Edictos Penales en el diario oficial “La República” de los avisos judiciales de Tacna, así como en el Diario Oficial “El Peruano” encargado de los avisos judiciales a nivel nacional. Firmado por el doctor Garry Armando Chávez Valdivia - Juez titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. ALTO DE LA ALIANZA, 23 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° Juzgado Civil de Tacna, que despacha el DR. Arenas Pérez Saúl Felipe, especialista legal Dra. Dávila Cáceres Carla Jakeline, expediente N° 2217-2017-0-2301-JR-CI-04, sobre Prescripción Adquisitiva de Bien Inmueble, interpuesta por Nazario Flores Mamani y Otilia Paula Romero Guillermo de Flores, respecto al inmueble urbano ubicado en la Calle Mariano Melgar 754 del Pueblo Joven la Victoria, Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, antes ubicado en el Pago Tonchaca, con área superficial de 252.40 metros cuadrados y un perímetro de 70.73 metros lineales y con las siguientes colindancias: Por el frente: Colinda con la calle Mariano Melgar en línea recta de 9.94 m.l, Por la Derecha: Colinda con el lote N° 756 en línea recta de 25.79 m.l. de Alejandro Vargas Paniagua y Sucesión de la causante Constansa Juliana Cancino Tellez de Vargas, Por la izquierda: Colinda con el lote N° 740 en línea recta de 25.00 m.l. de propiedad del causante Ernesto Mamani Conde siendo quien ocupa el inmueble Yessica Mamani Paniagua, Por el fondo: Colinda con el lote N° 1054 en línea recta de 10.00 m.l. de propiedad de Darío Chura Quenaya; expidiéndose la Resolución N° 03 de fecha 11/12/2017, que RESUELVE: 1. ADMITIR LA DEMANDA (modificada respecto a su pretensiones y demandados) interpuesta por NAZARIO FLORES MAMANI y OTILIA PAULA ROMERO GUILLERMO DE FLORES, en contra de: (i) Alejandro Vargas Paniagua, (ii) Sucesión de Constanza Julia Cancino Tellez de Vargas, y (iii) Sucesión de Manuel Muñoz Bernedo; sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE y como pretensión accesoria inscripción de la propiedad en el registro público y cancelación de los asientos regístrales respecto a sus anteriores propietarios, en la vía procedimental del proceso ABREVIADO. Por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. 2. DISPONER el traslado de la demanda mediante cédula al demandado Alejandro Vargas Paniagua, para que dentro del término de DIEZ DÍAS procedan a contestarla, bajo apercibimiento de declarársele rebelde. 3. DISPONER la notificación por edictos de las demandas: ii) Sucesión de Constanza Julia Cancino Tellez de Vargas, y (iii) Sucesión de Manuel Muñoz Bernedo, conforme a lo estipulado en los artículos 165,167,168 y 435 del Código Procesal Civil, para que dentro del plazo de TREINTA DIAS se apersonen al proceso y contesten según lo establecido en el artículo 492 del mismo cuerpo normativo, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, a solicitud de parte; todo ello al encontrarse integradas por personas inciertas;. 4. EMPLAZAR con la demanda, subsanación y anexos correspondientes, a los propietarios/ocupantes de los predios colindantes: (i) Darío Chura Quenaya, (ii) Yéssica Mamani Paniagua, (iii) Municipalidad Provincial de Tacna a través de su procurador público, (iv) Alejandro Vargas Paniagua. 5. DISPONER que el extracto de la demanda se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168, siendo responsabilidad de la parte demandante efectuar las gestiones correspondientes para dicho efecto. NOTIFÍQUESE. AL OTROSI. Téngase presente. FDO. CARLA JAKELINE DAVILA CACERES. FDO. SECRETARIA JUDICIAL DEL CUARTO JUZGADO CIVIL PERMANENTE. TACNA, 15 DE ENERO DEL 2018. (3V/18, 24, 30 ENE). EDICTO CIVIL Resolución N° 15 Tacna, veinticinco de agosto Del año dos mil dieciséis.Reasumiendo funciones la Juez que suscribe, por disposición el superior. Proveyendo el escrito sig-

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nado con el N° 11145-2016: AL PRINCIPAL Y OTROS: Conforme a lo solicitado por la demandante y estando a lo previsto en el artículo 568 del Código procesal Civil, cumpla la secretaria cursora con practicar la liquidación de pensiones devengadas e intereses legales, sobre la base de la propuesta presentada; una vez notificada las partes con la presente resolución. NOTIFIQUESE MEDIANTE edictos al demandado, dirección domiciliaria indicada en su ficha de RENIEC y en el domicilio procesal del curador procesal. FDO. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO. SECRETARIA JUDICIAL DEL 1ER JUZGADO DE PAZ LETRADO. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 2146-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por DAÑO, imputado LUIGGI ANDREE ESCRIBA FUENTES Y JOEL REDIN VENTURA CONDORI el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a EL ESTADO, con resolución N° 01 de fecha 30 de noviembre del 2017, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR la apertura del proceso penal por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, seguido en contra de JOEL REDIN VENTURA CONDORI Y LUIGGI ANDREE ESCRIBA FUENTES en consecuencia, se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente denuncia. En consecuencia debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. NOTIFIQUESE mediante Edictos, la presente resolución a la parte agraviada.- Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 907-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por LESION DOLOSA Y CULPOSA, imputado EDWIN RICHARD MAMANI TORRES, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a FIDEL MAURO JINCHUÑA CHOQUEÑA, con resolución N° 04 de fecha 15 de enero del 2018, mediante la cual SE RESUELVE: señálese nueva fecha para la AUDENCIA DE JUICIO ORAL el día CATORCE DE MARZO del año dos mil dieciocho a horas DOCE CON TREINTA DEL MEDIO DIA debiendo subsistir el apercibimiento decretado en autos, NOTIFIQUESE adicionalmente a las partes la presente resolución mediante edictos. En la presente resolución a la parte agraviada.- Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 1922-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por DAÑO, imputado JOSE HUMBERTO PAUCAR ARCE Y ELEONOR ROOSEVELT ZELADA DE DIAZ el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a LA SOCIEDAD, con resolución N° 01 de fecha 21 de noviembre del 2017, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR la apertura del proceso penal por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, seguido en contra de ELEONOR ROOSEVELT ZELADA DE DIAZ y JOSE HUMBERTO PAUCAR ARCE, en consecuencia, se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente denuncia. En consecuencia debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. NOTIFIQUESE mediante Edictos, la presente resolución a la parte agraviada.- Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL Exp. N° 1278-2016-40.- REQUERIMIENTO DE ACUSACION SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO En el proceso N° 1278-2016-40-2301-JR-PE-03,

seguido contra LUIS FORTUNATO LEIVA TRINIDAD y otros, por el Delito Tributario de Defraudación Tributaria/Obtención indebida de gasto y/o costo para efectos tributarios, con la agravante de obtener indebidamente Crédito Fiscal, simulando hechos (artículos 1 y 4 inciso a) del Decreto Legislativo N° 813), en agravio del Estado Peruano SUNAT Tacna; la señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, dispone mediante Resolución N° 18 de fecha 19ENE18 se realice la notificación mediante edictos al acusado LUIS FORTUNATO LEIVA TRINIDAD, en donde señala: Reprogramar fecha de AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN. PARA EL DIA TREINTA DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (haciéndose presente que la audiencia programada es de carácter inaplazable), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna (ubicado en Calle Hipólito Unánue N° 636), subsisten los apercibimientos dictados en autos y se exhorta a los sujetos procesales concurrir de manera puntual tomando en cuenta que se trata de una audiencia inaplazable. FDO. DRA. GINA PAMELA TAPIA LIENDO, JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO Expediente N° 282-2017-0-2301 -JP-FC-02. Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial abogada Rodrigo Hualpa Talace. En el proceso sobre ALIMENTOS contra GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, seguido por CARMEN ROSA SANCHEZ PINO en contra de GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, con la Resolución 01 de fecha 30 de marzo del 2017 (auto Admisorio de demanda y escrito de demanda y anexos), mediante la cual se DISPONE: Admite a trámite la demanda sobre alimentos en la vía de proceso único interpuesta por CARMEN ROSA SANCHEZ PINO en representación de sus menores hijos Pietro Muñoz Najar Sánchez y Giaomo Muñoz Najar, en consecuencia se confiere traslado de la demanda a Gustavo Alonso Muñoz Najar Castillo. Firman la Señorita Juez (s) KATI VERONICA ANTONIO DAMIAN y Secretario Judicial (s) abogado Rodrigo Hualpa Talace. Tacna, 24 de Enero del 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA EXPEDIENTE: 01462-2016-0-2301-JR-PE-01 ESPECIALISTA : GLADYS SANTOS CUTIPA. En el proceso N° 2016-01462-0-2301-JR-PE-l, seguido contra HUGO AMBROSIO MAMANI QUISPE por delito de DIFAMACION; El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, HA RESUELTO: PRIMERO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS AL QUERELLADO HUGO AMBROSIO MAMANI QUISPE POR LO QUE SE DISPONE CITAR a JUICIO ORAL CONFORME EL ROL DE AUDIENCIAS, para el día VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE DE LA MAÑANA diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, ubicado en calle Inclán con Presbiterio Andía, segundo piso; BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU CONDUCCION COMPULSIVA.- FIRMADO. DR FRANCO APAZA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. GLADYS SANTOS CUTIPA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA. TACNA, 10 DE ENERO DEL 2017. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL Exp. N° 00143-2014-26-2301 -JR-PE-02.- REQUERIMIENTO DE ACUSACION SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO En el proceso N° 00143-2014-26-2301-JR-PE-02, seguido contra ANDERSHON WINDER MEZA COLQUE, por el delito de Reproducción, Difusión, Distribución y Circulación de la Obra sin autorización del Autos en agravio de APDAYC; el señor Juez

Lunes, 29 de enero del 2018

del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, dispone mediante Resolución N° 07 se realice la notificación mediante edictos al acusado ANDERSHON WINDER MEZA COLQUE “Por recibido el Expediente N° 0143-2014-26-2301-JR-PE-2 a fojas 31, Expediente N° 0143-2014-70-2301-JR-PE-2 a fojas 16, Expediente N° 0143-2014-0-2301-JR-PE-2 a fojas 13 y Carpeta Fiscal N° 423-2014 a fojas 135 proveniente del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, en mérito a la Resolución Administrativa N°152-2016-CE-PJ de fecha 15 de junio del 2016, el cual aprueba la creación de órganos Jurisdiccionales Especializados en delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales en diversos Distritos Judiciales entre ellos el Distrito Judicial de Tacna, habiéndose designado en dicha resolución administrativa al SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA como órgano competente para los delitos antes mencionados, en consecuencia conforme al estado del proceso se debe señalar fecha para la diligencia de DE CONTROL DE ACUSACIÓN. PARA EL DIA SIETE DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO. A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (haciéndose presente que la audiencia programada es de carácter inaplazable), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna (ubicado en Calle Hipólito Unánue N° 636), con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público y la defensa del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del señor fiscal de ponerse en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público si por su causa se frustra la audiencia y en caso de la defensa privada del acusado, de imponerse una multa de 2URP y ser subrogado en ese momento por defensa pública (ello de acuerdo a lo señalado en el artículo 85 del Código Procesal Penal en su inciso 1)”. Notifíquese al acusado a su domicilio procesal y por EDICTOS Se avoca al conocimiento del proceso la señora Juez Titular Gina Tapia Liendo, quien suscribe por disposición superior. FDO. DR. PEDRO HUVER MACHACA CONDORI, JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO En el Expediente Nro. 01080-2012-0-2301-JR-CI-02 que sobre Otorgamiento de Escritura Pública sigue HILDA MAMANI ALCAZAR en contra de don PAULINO MAMANI HUANCA Y doña JUSTA PASTORA ALCAZAR DE MAMANI; LA PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, integrada por los Jueces Superiores GONZALO ZEGARRA RAMIREZ, ROSA JUAREZ TICONA Y LADY BEGAZO DE LA CRUZ mediante resolución Nro. 33 de fecha 22 de Enero de 2018 dispone la suspensión del proceso por 30 días para que se apersonen los sucesores de quien en vida fueron don PAULINO MAMANI HUANCA Y JUSTA PASTORA ALCAZAR DE MAMANI bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; para cuyo efecto se dispone las publicaciones de ley, en la página web del Poder Judicial y en el Diario La República de esta ciudad por el término de ley. FDO. ALIOSCKA PINAZZO PAREDES. SECRETARIA DE LA 1ERA SALA CIVIL PREMANENTE. TACNA, 24 DE ENERO DE 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL Expediente N° 2014-199-01-JIP-JB-CSJT/Sobre./ Caso N°2014-152-0 JUZGADO MIXTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JORGE BASADRE En el proceso N° 2014-199-01-JP-JB-CSJT. seguido contra RUDY KEMPER ALI por el delito de ATENTADO CONTRA EL DERECHO DE SUFRAGIO en agravio del Jurado Nacional de Elecciones; la señora Juez del Juzgado Mixto e Investigación Preparatoria de Jorge Basadre ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a RUDY KEMPER ALI con la resolución N° 07 de fecha doce de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual SE DISPONE REPROGRAMAR a AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO para el día OCHO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA (12:00 PM) en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación preparatoria de Jorge Basadre, con la presencia presencia- obligatoria

del Fiscal, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de ponerse en conocimiento de la Junta de Fiscales, debiendo concurrir obligatoriamente la defensa técnica de los agraviados en el caso que se opongan a sobreseimiento, bajo apercibimiento de resolverse solo con lo expuesto por el señor fiscal Notifíquese mediante edictos.FIRMADO OLGA ROSA CORTEZ VALENCIA- JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JORGE BASADRE.- FIRMADO ELIZABETH RIOS CARDENAS- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO POR ANTE EL 4° JUZGADO CIVIL DE TACNA; JUEZ SAUL FELIPE ARENAS PEREZ, ESPECIALISTA LEGAL LUCIA VELAZCO GUTIERREZ, EXP. 01396-2014, RESOLUCION UNO SE ADMITE LA DEMANDA INTERPUESTA BERNARDO VICENTE MELCHOR Y BEATRIZ SANTOS CENTENO SOBRE NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA EN CONTRA DE GERARDO DANIEL, BARRIOS CRUZ, JUAN DE DIOS LLANOS ROMERO Y OTROS. MEDIANTE RESOLUCION. N° 44 A LA MUERTE DEL DEMANDADO GERARDO DANIEL BARRIOS CRUZ ACAECIDO EN FECHA 03/07/2017 SE RESUELVE: SUSPERDER EL PRESENTE PROCESO Y DISPONER LA NOTIFICACION MEDIANTE EDICTOS EN EL DIARIO LOCAL ENCARGADO DE LA PUBLICACION DE LOS AVISOS JUDICIALES, A LOS SUCESORES DE GERARDO DANIEL BARRIOS CRUZ, AFIN DE QUE COMPAREZCAN A PROCESO DENTRO DE LOS TREINTA DIAS DE NOTIFICADOS; DEBIENDO DE ACREDITAR SU CALIDAD DOCUMENTALMENTE. (SUCESIÓN INTESTADA JUDIOAL/NOTARIAL O TESTAMENTO) BAJO EL APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL Y CONTINUAR CON EL PROCESO. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY FIRMADO ESPECIALISTA LEGAL. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO ANTE EL 4° JUZGADO CIVIL DE TACNA QUE DESPACHA EL JUEZ SAUL FELIPE ARENAS PEREZ CON INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO JUDICIAL EDWIN MAQUERA PILCOMAMANI, HUGO RENE LAQUI CALLALA Y REGINA ROSALIA CANQUE CUTIPA DE LAQUI, HAN INICIADO PROCESO DE CAMBIO DE NOMBRE EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJO VIERE SIDAN LAQUI CANQUE EXPEDIENTE N° 25912017 SOLICITANDO EL CAMBIO DE NOMBRE DE SU MENOR HIJO VIERE SIDAN LAQUI CANQUE A FIN DE QUE EN EL FUTURO FIGURE COMO “ALEXIS RONALDO” LAQUI CANQUE, POR LO QUE MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 1 SE RESUELVE ADMITIRA Y TRAMITARLA EN VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, SEÑALANDOSE FECHA PARA AUDIENCIA DE LEY 6 DE FEBRERO DEL 2018 AHORA 11:00 AM QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. FIRMADO EL ESPECIALISTA LEGAL. (1V/29 ENE). NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el presente Proceso de Alimentos, tramitado ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Distrito Gregorio Albarracín Lanchipa, bajo el Expediente N° 00385-2016-0-2301-JP-FC-03, que sigue Lidia Beatriz Sarmiento Copaja, en contra de RICHARD ALI CONDORI ROJAS, el Señor Juez Máximo Caballero Roldán a cargo del proceso, con intervención de la especialista legal Noeli Sanizo Canahua, mediante Resolución N° 12 de fecha cuatro de agosto del año dos mil diecisiete, HA DISPUESTO: Notificar al demandado RICHARD ALI CONDORI ROJAS, mediante edictos para que conteste la demanda dentro del plazo de cinco días, acompañando la última declaración jurada presentada para la aplicación del impuesto a la renta o el documento que legalmente lo sustituya, de no estar obligado a la declaración citada acompañará certificación jurada de sus ingresos con firma legalizada bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, debiendo la demandante efectuar las publicaciones en el Diario La República y en el Diario Oficial El Peruano, elaborándose previamente el edicto judicial. T.R. y H.S. FDO. NOELI SANIZO CANAHUA. SECRETARIA JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO DE PAZ LETRADO. (3V/29, 30, 31 ENE). NOTIFICACION POR EDICTO A LOS HEREDEROS DE QUIEN FUERA DANIEL ANGEL GUILLERMO Por ante el 2do Juzgado de Familia de Tacna que despacha el Dr Rene Aguilar Lasteros, con intervención de la especialista Rossmery Tumba Chura, en el expediente 4003-2017 Guisela Marcia Vilca

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Cusi interpone demanda de Reconocimiento de Unión de Hecho; el Juzgado ha emitido la resolución 2 de fecha 9 de Enero del 2018, cuyo extracto de la parte resolutiva es: SE RESUELVE: Admitir la demanda presentada por doña GUISELA MARCIA VILCA CUSI en contra de la SUCESION DE DANIEL ANGEL GUILLERMO HUAYLINOS SOBRE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, debe de tramitarse en la via de PROCESO ABREVIADO corriéndose traslado de la misma al demandado por el plazo de diez días para que conteste la demanda, NOTIFICANDOSE MEDIANTTE EDICTOS bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Lo que se publica de acuerdo a ley. FDO. ROSSMERY TUMBA CHURA. SECRETARIA JUDICIAL DEL 2DO JUZGADO DE FAMILIA. TACNA, 26 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO PENAL Expediente N°03063-2017-96-2301-JR-PE-02 - REQUERIMIENTO DE ACUSACION FISCAL EN PROCESO INMEDIATO ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: PATRICIA CARBAJAL MEDINA En el proceso N°03063-2017-96-2301-JR-PE-02, seguido contra DANIEL BUSTOS MARIN, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de N.M.B.V. representado por su progenitora Pamela Betsy Vicente Espezúa, el señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tacna ha dispuesto, SE NOTIFIQUE por Edictos a DANIEL BUSTOS MARIN con la resolución número uno, de fecha veintitrés de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual SE DECRETA: Señalar fecha para la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO E INAPLAZABLE para el DIECINUEVE DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE HORAS, a desarrollarse en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tacna, ubicado en la calle Inclán S/N, esquina con Presbítero Andía, Segundo Piso - Módulo Penal de la CSJT.- Se emplaza al acusado arriba prenombrado, al abogado defensor (C., Alvarez Goycochea) y al señor Fiscal, a fin de que concurran a la audiencia con CINCO minutos de anticipación; bajo apercibimiento, para el acusado de ser declarado Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y conducción de grado o fuerza por la Policía Nacional del Perú para su juzgamiento, para el defensor público de imponerse una Multa de 3URP., sin perjuicio de de comunicarse al órgano superior jerárquico en la ciudad de Lima y Tacna; y para el Fiscal de comunicarse a la Oficina de Control Interno de su sector, todo ello en caso de inconcurrencia. Se emplaza al Ministerio Público y a la Defensa Técnica del acusado, para que convoquen y garanticen la presencia de los órganos de pruebas a ofrecer, en la audiencia; bajo apercibimiento de prescindirse de ellos. FIRMADO SAUL SANTOS PASTOR TAPIA. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA, FIRMADO PATRICIA CARBAJAL MEDINA. ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 23 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). NOTIFICACION POR EDICTO Ante el Juzgado Civil Transitorio de Tacna que despacha el señor Juez Dr. Juan Manuel Vera Esquivel y actuación del Especialista Legal Dr. Fran Jhon Paredes Morales Exp. Nro. 00732-2017-02301 -JR-CI-04, solicita se declare propietarios del inmueble ubicado en la Asociación de Vivienda Bella Vista (pago aymara) Manzana A2, Lote 3 del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 205.98 m2, tiene como colindantes: Por el Frente: con la calle pago aymara en línea recta de 11.14 ml.; Por la derecha: con el lote 04 de propiedad de Leonidas Yaco Aguilar y lote 06 de propiedad de Estanislao Anco Chambilla de la Mz. A2 en línea recta de 23.26 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por la izquierda: con Lote 02 de propiedad de Brigida Cusi Nina de Flores de la Mz. A2, en línea recta de 20.16 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por el Fondo: con el Lote 15 de propiedad de Manuel Cusi Nina y Lote 14 de propiedad de Rosa Mamani Huanca de la Mz. A2, en línea recta de 8.42 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; manifestando que lo vienen conduciendo desde el año 1993, en forma pacífica, pública, de buena fe, comportándose como propietarios, dictando el Juzgado Resolución Nro. 06....Tacna, 20 de Septiembre del 2017... se RESUELVE: Admitir la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por JUAN ÁNGEL MA-

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

CEDO MAMANI y MARIA LUISA MAMANI HUANCA, en contra de la Sucesión de JUAN MAMANI APAZA y JUANA HUANCA DE MAMANI en la vía del proceso ABREVIADO. Notifíquese a los demandados por edictos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 435 del Código Procesal Civil, debiendo estos apersonarse y contestar la demanda dentro del plazo especial de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Cítese con la demanda a los ocupantes y/o propietarios de los predios colindantes Municipalidad Provincial de Tacna representado por su Procurador Público, Leónidas Yaco Aguilar, Estanislao Anco Chambiila, Brígida Cusi Nina de Flores, Manuel Cusi Nina y Rosa Mamani Huanca. Por ofrecidos los medios probatorios de la demanda. Publíquese un extracto de la demanda. Integrar la relación jurídica procesal, en calidad de litisconsorte necesario pasivo a la Asociación Urbanizadora Bellavista. T.R. y H.S. FDO. FRAN PAREDES MORALES. SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO CIVIL TRANSITORIO. TACNA, 25 DE ENERO DEL 2018. (1V/29 ENE). EDICTO Ante el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza, que despacha el señor JUEZ LUIS ESCALANTE MEDINA, Especialista JUAN GUZMÁN AFÁN, se tramita el expediente N° 00147-2017-0-2301-JM-CI-01 seguido por MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA, sobre AUTORIZACION JUDICIAL PARA CAMBIO DE APELLIDOS, donde se solicita se autorice el cambio e inversión de los apellidos de MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA por MANUEL ALEXANDER OJEDA MAMANI, en razón de que en su entorno familiar y social siempre se le ha identificado con su apellido materno entre otros fundamentos. Asimismo, se ha emitido la RESOLUCION N° 01: Alto de la Alianza 17.01.2018, en donde SE RESUELVE: ADMITIR en vía de Proceso No contencioso la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, presentada por MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA. CITESE al solicitante a la audiencia de actuación y declaración judicial que se llevará a cabo el día QUINCE DE MARZO del presente año a horas DIEZ de la mañana. TR y HS. FDO. JUAN GUZMAN AFAN. ESPECIALISTA LEGAL. TACNA 25 DE ENERO DEL 2018. (1V/29 ENE). EDICTO PENAL En el Expediente N° 01743-2016-86-2301-JR-PE-01, seguido en contra de CESAR HUANCA VALLEJO y JUAN LUIS QUISPE JIHUAÑA, acusados por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 188° (tipo base) con las agravantes previstas en los numerales 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189°, concordado con el artículo 16° del Código Penal, en agravio de URIEL PERCY CALIZAYA MOYO; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dispuesto, SE NOTIFIQUE al agraviado URIEL PERCY CALIZAYA MOYO mediante edictos con lo resuelto mediante resolución N° 08, expedida en fecha veintidós de enero del presente año, mediante la cual SE RESUELVE: PRIMERO: Señalar nueva fecha y hora para la realización de la Audiencia de Control de Acusación para el día VIERNES NUEVE DE MARZO del presente año a horas 11:00 AM, debiendo de llevarse a cabo en esta misma sala, para tal efecto deberán concurrir obligatoriamente el señor Fiscal y la defensa técnica de los acusados. SEGUNDO: En caso de inconcurrencia del señor Fiscal y de la Abogada Defensora Pública de los acusados se estarán tomando las medidas disciplinarias que correspondan sin perjuicio de comunicar a la oficina de Control Interno y de comunicar a la Directora Distrital de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia - Sede Tacna. TERCERO: Se concede un plazo de veinticuatro horas al Fiscal encargado del presente caso - Edgar Laurente Mamani a fin de justificar su inasistencia, en caso de no hacerlo, hágase efectivo el apercibimiento señalado en la resolución N° 06 de fecha diez de enero del año dos mil dieciocho. CUARTO: Se notifique a los acusados en sus direcciones domiciliarias, a fin de que pueda asistir con su Abogado de su libre elección, si así lo considere pertinente. QUINTO: Reitérese la notificación para el agraviado mediante Edictos Penales en el diario oficial La República, encargado de los avisos judiciales de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado por el doctor Garry Armando Chávez Valdivia - Juez titular del Juzgado

de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado por Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. ALTO DE LA ALIANZA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO PENAL En el proceso N° 924-2016-92-230 l-JR-PE-01, seguido en contra de SIMON PILCO MAMANI por el presunto delito Contra la Familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR - INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal en agravio de su hijo HENRY PILCO PILCO y su menor hijo ROMER RENZO PILCO PILCO, representados por su madre YONILDA PILCO ARO; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dispuesto, SE NOTIFIQUE al imputado SIMON PILCO MAMANI mediante edictos con lo resuelto mediante resolución N° 01, expedida en fecha veintitrés de enero del presente año, mediante la cual SE SEÑÁLESE fecha para la AUDIENCIA DE REVOCACION DE PENA SUSPENDIDA para el VIERNES 09 DE MARZO del dos mil dieciocho a HORAS NUEVE DE LA MAÑANA 09:00 A.M. (hora exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva, con la concurrencia obligatoria de la defensa técnica del sentenciado, del representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de rechazarse su solicitud y archivarse el presente incidente, en caso de la defensa pública de comunicar a la Directora Distrital de la Defensoría Pública de Tacna, debiendo notificarse al sentenciado en su domicilio real y procesal señalado en autos, asimismo en los domicilios señalados en su Ficha de RENIEC, requerimiento de acusación y mediante Edictos Penales en el diario oficial “La República” de los avisos judiciales de Tacna, así como en el Diario Oficial “El Peruano” encargado de los avisos judiciales a nivel nacional. Firmado por el doctor Garry Armando Chávez Valdivia - Juez titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. ALTO DE LA ALIANZA, 23 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° Juzgado Civil de Tacna, que despacha el DR. Arenas Pérez Saúl Felipe, especialista legal Dra. Dávila Cáceres Carla Jakeline, expediente N° 2217-2017-0-2301-JR-CI-04, sobre Prescripción Adquisitiva de Bien Inmueble, interpuesta por Nazario Flores Mamani y Otilia Paula Romero Guillermo de Flores, respecto al inmueble urbano ubicado en la Calle Mariano Melgar 754 del Pueblo Joven la Victoria, Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, antes ubicado en el Pago Tonchaca, con área superficial de 252.40 metros cuadrados y un perímetro de 70.73 metros lineales y con las siguientes colindancias: Por el frente: Colinda con la calle Mariano Melgar en línea recta de 9.94 m.l, Por la Derecha: Colinda con el lote N° 756 en línea recta de 25.79 m.l. de Alejandro Vargas Paniagua y Sucesión de la causante Constansa Juliana Cancino Tellez de Vargas, Por la izquierda: Colinda con el lote N° 740 en línea recta de 25.00 m.l. de propiedad del causante Ernesto Mamani Conde siendo quien ocupa el inmueble Yessica Mamani Paniagua, Por el fondo: Colinda con el lote N° 1054 en línea recta de 10.00 m.l. de propiedad de Darío Chura Quenaya; expidiéndose la Resolución N° 03 de fecha 11/12/2017, que RESUELVE: 1. ADMITIR LA DEMANDA (modificada respecto a su pretensiones y demandados) interpuesta por NAZARIO FLORES MAMANI y OTILIA PAULA ROMERO GUILLERMO DE FLORES, en contra de: (i) Alejandro Vargas Paniagua, (ii) Sucesión de Constanza Julia Cancino Tellez de Vargas, y (iii) Sucesión de Manuel Muñoz Bernedo; sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE y como pretensión accesoria inscripción de la propiedad en el registro público y cancelación de los asientos regístrales respecto a sus anteriores propietarios, en la vía procedimental del proceso ABREVIADO. Por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes

los anexos acompañados. 2. DISPONER el traslado de la demanda mediante cédula al demandado Alejandro Vargas Paniagua, para que dentro del término de DIEZ DÍAS procedan a contestarla, bajo apercibimiento de declarársele rebelde. 3. DISPONER la notificación por edictos de las demandas: ii) Sucesión de Constanza Julia Cancino Tellez de Vargas, y (iii) Sucesión de Manuel Muñoz Bernedo, conforme a lo estipulado en los artículos 165,167,168 y 435 del Código Procesal Civil, para que dentro del plazo de TREINTA DIAS se apersonen al proceso y contesten según lo establecido en el artículo 492 del mismo cuerpo normativo, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, a solicitud de parte; todo ello al encontrarse integradas por personas inciertas;. 4. EMPLAZAR con la demanda, subsanación y anexos correspondientes, a los propietarios/ocupantes de los predios colindantes: (i) Darío Chura Quenaya, (ii) Yéssica Mamani Paniagua, (iii) Municipalidad Provincial de Tacna a través de su procurador público, (iv) Alejandro Vargas Paniagua. 5. DISPONER que el extracto de la demanda se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168, siendo responsabilidad de la parte demandante efectuar las gestiones correspondientes para dicho efecto. NOTIFÍQUESE. AL OTROSI. Téngase presente. FDO. CARLA JAKELINE DAVILA CACERES. FDO. SECRETARIA JUDICIAL DEL CUARTO JUZGADO CIVIL PERMANENTE. TACNA, 15 DE ENERO DEL 2018. (3V/18, 24, 30 ENE). EDICTO CIVIL Resolución N° 15 Tacna, veinticinco de agosto Del año dos mil dieciséis.Reasumiendo funciones la Juez que suscribe, por disposición el superior. Proveyendo el escrito signado con el N° 11145-2016: AL PRINCIPAL Y OTROS: Conforme a lo solicitado por la demandante y estando a lo previsto en el artículo 568 del Código procesal Civil, cumpla la secretaria cursora con practicar la liquidación de pensiones devengadas e intereses legales, sobre la base de la propuesta presentada; una vez notificada las partes con la presente resolución. NOTIFIQUESE MEDIANTE edictos al demandado, dirección domiciliaria indicada en su ficha de RENIEC y en el domicilio procesal del curador procesal. FDO. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO. SECRETARIA JUDICIAL DEL 1ER JUZGADO DE PAZ LETRADO. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 2146-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por DAÑO, imputado LUIGGI ANDREE ESCRIBA FUENTES Y JOEL REDIN VENTURA CONDORI el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a EL ESTADO, con resolución N° 01 de fecha 30 de noviembre del 2017, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR la apertura del proceso penal por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, seguido en contra de JOEL REDIN VENTURA CONDORI Y LUIGGI ANDREE ESCRIBA FUENTES en consecuencia, se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente denuncia. En consecuencia debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. NOTIFIQUESE mediante Edictos, la presente resolución a la parte agraviada.- Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 907-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por LESION DOLOSA Y CULPOSA, imputado EDWIN RICHARD MAMANI TORRES, el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a FIDEL MAURO JINCHUÑA CHOQUEÑA, con resolución N° 04 de fecha 15 de enero del 2018, mediante la cual SE RESUELVE: señálese nueva fecha para la AUDENCIA DE JUICIO ORAL el día CATORCE DE MARZO del año dos mil dieciocho a horas DOCE CON TREINTA DEL MEDIO DIA debiendo subsistir el apercibimiento decretado en autos, NOTIFIQUESE adicionalmente a las partes la presente resolución mediante edictos. En

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la presente resolución a la parte agraviada.- Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 1922-2017-0-2301-JP-PE-02 Juez del 1er Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado. En el proceso por DAÑO, imputado JOSE HUMBERTO PAUCAR ARCE Y ELEONOR ROOSEVELT ZELADA DE DIAZ el Señor Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a LA SOCIEDAD, con resolución N° 01 de fecha 21 de noviembre del 2017, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR la apertura del proceso penal por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños, seguido en contra de ELEONOR ROOSEVELT ZELADA DE DIAZ y JOSE HUMBERTO PAUCAR ARCE, en consecuencia, se dispone el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente denuncia. En consecuencia debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. NOTIFIQUESE mediante Edictos, la presente resolución a la parte agraviada.Firman la Juez Kati V. Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado. TACNA, 19 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO PENAL Exp. N° 1278-2016-40.- REQUERIMIENTO DE ACUSACION SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO En el proceso N° 1278-2016-40-2301-JR-PE-03, seguido contra LUIS FORTUNATO LEIVA TRINIDAD y otros, por el Delito Tributario de Defraudación Tributaria/Obtención indebida de gasto y/o costo para efectos tributarios, con la agravante de obtener indebidamente Crédito Fiscal, simulando hechos (artículos 1 y 4 inciso a) del Decreto Legislativo N° 813), en agravio del Estado Peruano SUNAT Tacna; la señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, dispone mediante Resolución N° 18 de fecha 19ENE18 se realice la notificación mediante edictos al acusado LUIS FORTUNATO LEIVA TRINIDAD, en donde señala: Reprogramar fecha de AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN. PARA EL DIA TREINTA DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (haciéndose presente que la audiencia programada es de carácter inaplazable), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna (ubicado en Calle Hipólito Unánue N° 636), subsisten los apercibimientos dictados en autos y se exhorta a los sujetos procesales concurrir de manera puntual tomando en cuenta que se trata de una audiencia inaplazable. FDO. DRA. GINA PAMELA TAPIA LIENDO, JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/25, 26, 29 ENE). EDICTO Expediente N° 282-2017-0-2301 -JP-FC-02. Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Especialista Judicial abogada Rodrigo Hualpa Talace. En el proceso sobre ALIMENTOS contra GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, seguido por CARMEN ROSA SANCHEZ PINO en contra de GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a GUSTAVO ALONSO MUÑOZ NAJAR CASTILLO, con la Resolución 01 de fecha 30 de marzo del 2017 (auto Admisorio de demanda y escrito de demanda y anexos), mediante la cual se DISPONE: Admite a trámite la demanda sobre alimentos en la vía de proceso único interpuesta por CARMEN ROSA SANCHEZ PINO en representación de sus menores hijos Pietro Muñoz Najar Sánchez y Giaomo Muñoz Najar, en consecuencia se confiere traslado de la demanda a Gustavo Alonso Muñoz Najar Castillo. Firman la Señorita Juez (s) KATI VERONICA ANTONIO DAMIAN y Secretario Judicial (s) abogado Rodrigo Hualpa Talace. Tacna, 24 de Enero del 2018. (3V/26, 29, 30 ENE).

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La República

EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA EXPEDIENTE: 01462-2016-0-2301-JR-PE-01 ESPECIALISTA : GLADYS SANTOS CUTIPA. En el proceso N° 2016-01462-0-2301-JR-PE-l, seguido contra HUGO AMBROSIO MAMANI QUISPE por delito de DIFAMACION; El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, HA RESUELTO: PRIMERO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS AL QUERELLADO HUGO AMBROSIO MAMANI QUISPE POR LO QUE SE DISPONE CITAR a JUICIO ORAL CONFORME EL ROL DE AUDIENCIAS, para el día VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE DE LA MAÑANA diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, ubicado en calle Inclán con Presbiterio Andía, segundo piso; BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU CONDUCCION COMPULSIVA.- FIRMADO. DR FRANCO APAZA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. GLADYS SANTOS CUTIPA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA. TACNA, 10 DE ENERO DEL 2017. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL Exp. N° 00143-2014-26-2301 -JR-PE-02.- REQUERIMIENTO DE ACUSACION SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO En el proceso N° 00143-2014-26-2301-JR-PE-02, seguido contra ANDERSHON WINDER MEZA COLQUE, por el delito de Reproducción, Difusión, Distribución y Circulación de la Obra sin autorización del Autos en agravio de APDAYC; el señor Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, dispone mediante Resolución N° 07 se realice la notificación mediante edictos al acusado ANDERSHON WINDER MEZA COLQUE “Por recibido el Expediente N° 0143-2014-26-2301-JR-PE-2 a fojas 31, Expediente N° 0143-2014-70-2301-JR-PE-2 a fojas 16, Expediente N° 0143-2014-0-2301-JR-PE-2 a fojas 13 y Carpeta Fiscal N° 423-2014 a fojas 135 proveniente del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, en mérito a la Resolución Administrativa N°152-2016-CE-PJ de fecha 15 de junio del 2016, el cual aprueba la creación de órganos Jurisdiccionales Especializados en delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales en diversos Distritos Judiciales entre ellos el Distrito Judicial de Tacna, habiéndose designado en dicha resolución administrativa al SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA como órgano competente para los delitos antes mencionados, en consecuencia conforme al estado del proceso se debe señalar fecha para la diligencia de DE CONTROL DE ACUSACIÓN. PARA EL DIA SIETE DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO. A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (haciéndose presente que la audiencia programada es de carácter inaplazable), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna (ubicado en Calle Hipólito Unánue N° 636), con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público y la defensa del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del señor fiscal de ponerse en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público si por su causa se frustra la audiencia y en caso de la defensa privada del acusado, de imponerse una multa de 2URP y ser subrogado en ese momento por defensa pública (ello de acuerdo a lo señalado en el artículo 85 del Código Procesal Penal en su inciso 1)”. Notifíquese al acusado a su domicilio procesal y por EDICTOS Se avoca al conocimiento del proceso la señora Juez Titular Gina Tapia Liendo, quien suscribe por disposición superior. FDO. DR. PEDRO HUVER MACHACA CONDORI, JUEZ DEL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO En el Expediente Nro. 01080-2012-0-2301-JR-CI-02 que sobre Otorgamiento de Escritura Pública sigue HILDA MAMANI ALCAZAR en contra de don PAULINO MAMANI HUANCA Y doña JUSTA PASTORA AL-

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

CAZAR DE MAMANI; LA PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, integrada por los Jueces Superiores GONZALO ZEGARRA RAMIREZ, ROSA JUAREZ TICONA Y LADY BEGAZO DE LA CRUZ mediante resolución Nro. 33 de fecha 22 de Enero de 2018 dispone la suspensión del proceso por 30 días para que se apersonen los sucesores de quien en vida fueron don PAULINO MAMANI HUANCA Y JUSTA PASTORA ALCAZAR DE MAMANI bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; para cuyo efecto se dispone las publicaciones de ley, en la página web del Poder Judicial y en el Diario La República de esta ciudad por el término de ley. FDO. ALIOSCKA PINAZZO PAREDES. SECRETARIA DE LA 1ERA SALA CIVIL PREMANENTE. TACNA, 24 DE ENERO DE 2018. (3V/26, 29, 30 ENE). EDICTO PENAL Expediente N° 2014-199-01-JIP-JB-CSJT/Sobre./ Caso N°2014-152-0 JUZGADO MIXTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JORGE BASADRE En el proceso N° 2014-199-01-JP-JB-CSJT. seguido contra RUDY KEMPER ALI por el delito de ATENTADO CONTRA EL DERECHO DE SUFRAGIO en agravio del Jurado Nacional de Elecciones; la señora Juez del Juzgado Mixto e Investigación Preparatoria de Jorge Basadre ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a RUDY KEMPER ALI con la resolución N° 07 de fecha doce de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual SE DISPONE REPROGRAMAR a AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO para el día OCHO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA (12:00 PM) en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación preparatoria de Jorge Basadre, con la presencia presencia- obligatoria del Fiscal, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de ponerse en conocimiento de la Junta de Fiscales, debiendo concurrir obligatoriamente la defensa técnica de los agraviados en el caso que se opongan a sobreseimiento, bajo apercibimiento de resolverse solo con lo expuesto por el señor fiscal Notifíquese mediante edictos.FIRMADO OLGA ROSA CORTEZ VALENCIA- JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JORGE BASADRE.- FIRMADO ELIZABETH RIOS CARDENAS- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO POR ANTE EL 4° JUZGADO CIVIL DE TACNA; JUEZ SAUL FELIPE ARENAS PEREZ, ESPECIALISTA LEGAL LUCIA VELAZCO GUTIERREZ, EXP. 01396-2014, RESOLUCION UNO SE ADMITE LA DEMANDA INTERPUESTA BERNARDO VICENTE MELCHOR Y BEATRIZ SANTOS CENTENO SOBRE NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA EN CONTRA DE GERARDO DANIEL, BARRIOS CRUZ, JUAN DE DIOS LLANOS ROMERO Y OTROS. MEDIANTE RESOLUCION. N° 44 A LA MUERTE DEL DEMANDADO GERARDO DANIEL BARRIOS CRUZ ACAECIDO EN FECHA 03/07/2017 SE RESUELVE: SUSPERDER EL PRESENTE PROCESO Y DISPONER LA NOTIFICACION MEDIANTE EDICTOS EN EL DIARIO LOCAL ENCARGADO DE LA PUBLICACION DE LOS AVISOS JUDICIALES, A LOS SUCESORES DE GERARDO DANIEL BARRIOS CRUZ, AFIN DE QUE COMPAREZCAN A PROCESO DENTRO DE LOS TREINTA DIAS DE NOTIFICADOS; DEBIENDO DE ACREDITAR SU CALIDAD DOCUMENTALMENTE. (SUCESIÓN INTESTADA JUDIOAL/NOTARIAL O TESTAMENTO) BAJO EL APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL Y CONTINUAR CON EL PROCESO. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY FIRMADO ESPECIALISTA LEGAL. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO ANTE EL 4° JUZGADO CIVIL DE TACNA QUE DESPACHA EL JUEZ SAUL FELIPE ARENAS PEREZ CON INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO JUDICIAL EDWIN MAQUERA PILCOMAMANI, HUGO RENE LAQUI CALLALA Y REGINA ROSALIA CANQUE CUTIPA DE LAQUI, HAN INICIADO PROCESO DE CAMBIO DE NOMBRE EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJO VIERE SIDAN LAQUI CANQUE EXPEDIENTE N° 25912017 SOLICITANDO EL CAMBIO DE NOMBRE DE SU MENOR HIJO VIERE SIDAN LAQUI CANQUE A FIN DE QUE EN EL FUTURO FIGURE COMO “ALEXIS RONALDO” LAQUI CANQUE, POR LO QUE MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 1 SE RESUELVE ADMITIRA Y TRAMITARLA EN VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO,

SEÑALANDOSE FECHA PARA AUDIENCIA DE LEY 6 DE FEBRERO DEL 2018 AHORA 11:00 AM QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. FIRMADO EL ESPECIALISTA LEGAL. (1V/29 ENE). NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el presente Proceso de Alimentos, tramitado ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Distrito Gregorio Albarracín Lanchipa, bajo el Expediente N° 00385-2016-0-2301-JP-FC-03, que sigue Lidia Beatriz Sarmiento Copaja, en contra de RICHARD ALI CONDORI ROJAS, el Señor Juez Máximo Caballero Roldán a cargo del proceso, con intervención de la especialista legal Noeli Sanizo Canahua, mediante Resolución N° 12 de fecha cuatro de agosto del año dos mil diecisiete, HA DISPUESTO: Notificar al demandado RICHARD ALI CONDORI ROJAS, mediante edictos para que conteste la demanda dentro del plazo de cinco días, acompañando la última declaración jurada presentada para la aplicación del impuesto a la renta o el documento que legalmente lo sustituya, de no estar obligado a la declaración citada acompañará certificación jurada de sus ingresos con firma legalizada bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, debiendo la demandante efectuar las publicaciones en el Diario La República y en el Diario Oficial El Peruano, elaborándose previamente el edicto judicial. T.R. y H.S. FDO. NOELI SANIZO CANAHUA. SECRETARIA JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO DE PAZ LETRADO. (3V/29, 30, 31 ENE). NOTIFICACION POR EDICTO A LOS HEREDEROS DE QUIEN FUERA DANIEL ANGEL GUILLERMO Por ante el 2do Juzgado de Familia de Tacna que despacha el Dr Rene Aguilar Lasteros, con intervención de la especialista Rossmery Tumba Chura, en el expediente 4003-2017 Guisela Marcia Vilca Cusi interpone demanda de Reconocimiento de Unión de Hecho; el Juzgado ha emitido la resolución 2 de fecha 9 de Enero del 2018, cuyo extracto de la parte resolutiva es: SE RESUELVE: Admitir la demanda presentada por doña GUISELA MARCIA VILCA CUSI en contra de la SUCESION DE DANIEL ANGEL GUILLERMO HUAYLINOS SOBRE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, debe de tramitarse en la via de PROCESO ABREVIADO corriéndose traslado de la misma al demandado por el plazo de diez días para que conteste la demanda, NOTIFICANDOSE MEDIANTTE EDICTOS bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Lo que se publica de acuerdo a ley. FDO. ROSSMERY TUMBA CHURA. SECRETARIA JUDICIAL DEL 2DO JUZGADO DE FAMILIA. TACNA, 26 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO PENAL Expediente N°03063-2017-96-2301-JR-PE-02 - REQUERIMIENTO DE ACUSACION FISCAL EN PROCESO INMEDIATO ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: PATRICIA CARBAJAL MEDINA En el proceso N°03063-2017-96-2301-JR-PE-02, seguido contra DANIEL BUSTOS MARIN, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de N.M.B.V. representado por su progenitora Pamela Betsy Vicente Espezúa, el señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tacna ha dispuesto, SE NOTIFIQUE por Edictos a DANIEL BUSTOS MARIN con la resolución número uno, de fecha veintitrés de enero del año dos mil dieciocho, mediante la cual SE DECRETA: Señalar fecha para la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO E INAPLAZABLE para el DIECINUEVE DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE HORAS, a desarrollarse en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tacna, ubicado en la calle Inclán S/N, esquina con Presbítero Andía, Segundo Piso - Módulo Penal de la CSJT.- Se emplaza al acusado arriba prenombrado, al abogado defensor (C., Alvarez Goycochea) y al señor Fiscal, a fin de que concurran a la audiencia con CINCO minutos de anticipación; bajo apercibimiento, para el acusado de ser declarado Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y conducción de grado o fuerza por la Policía Nacional del Perú para su juzgamiento, para el defensor público de imponerse una Multa de 3URP., sin perjuicio de de comunicarse al órgano superior jerárquico en la ciudad de Lima y Tacna; y para el Fiscal de comunicarse a la Oficina de Control Interno de su sector, todo ello en caso de

Lunes, 29 de enero del 2018

inconcurrencia. Se emplaza al Ministerio Público y a la Defensa Técnica del acusado, para que convoquen y garanticen la presencia de los órganos de pruebas a ofrecer, en la audiencia; bajo apercibimiento de prescindirse de ellos. FIRMADO SAUL SANTOS PASTOR TAPIA. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA, FIRMADO PATRICIA CARBAJAL MEDINA. ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 23 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). NOTIFICACION POR EDICTO Ante el Juzgado Civil Transitorio de Tacna que despacha el señor Juez Dr. Juan Manuel Vera Esquivel y actuación del Especialista Legal Dr. Fran Jhon Paredes Morales Exp. Nro. 00732-2017-02301 -JR-CI-04, solicita se declare propietarios del inmueble ubicado en la Asociación de Vivienda Bella Vista (pago aymara) Manzana A2, Lote 3 del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 205.98 m2, tiene como colindantes: Por el Frente: con la calle pago aymara en línea recta de 11.14 ml.; Por la derecha: con el lote 04 de propiedad de Leonidas Yaco Aguilar y lote 06 de propiedad de Estanislao Anco Chambilla de la Mz. A2 en línea recta de 23.26 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por la izquierda: con Lote 02 de propiedad de Brigida Cusi Nina de Flores de la Mz. A2, en línea recta de 20.16 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por el Fondo: con el Lote 15 de propiedad de Manuel Cusi Nina y Lote 14 de propiedad de Rosa Mamani Huanca de la Mz. A2, en línea recta de 8.42 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; manifestando que lo vienen conduciendo desde el año 1993, en forma pacífica, pública, de buena fe, comportándose como propietarios, dictando el Juzgado Resolución Nro. 06....Tacna, 20 de Septiembre del 2017... se RESUELVE: Admitir la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por JUAN ÁNGEL MACEDO MAMANI y MARIA LUISA MAMANI HUANCA, en contra de la Sucesión de JUAN MAMANI APAZA y JUANA HUANCA DE MAMANI en la vía del proceso ABREVIADO. Notifíquese a los demandados por edictos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 435 del Código Procesal Civil, debiendo estos apersonarse y contestar la demanda dentro del plazo especial de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Cítese con la demanda a los ocupantes y/o propietarios de los predios colindantes Municipalidad Provincial de Tacna representado por su Procurador Público, Leónidas Yaco Aguilar, Estanislao Anco Chambiila, Brígida Cusi Nina de Flores, Manuel Cusi Nina y Rosa Mamani Huanca. Por ofrecidos los medios probatorios de la demanda. Publíquese un extracto de la demanda. Integrar la relación jurídica procesal, en calidad de litisconsorte necesario pasivo a la Asociación Urbanizadora Bellavista. T.R. y H.S. FDO. FRAN PAREDES MORALES. SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO CIVIL TRANSITORIO. TACNA, 25 DE ENERO DEL 2018. (1V/29 ENE). EDICTO Ante el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza, que despacha el señor JUEZ LUIS ESCALANTE MEDINA, Especialista JUAN GUZMÁN AFÁN, se tramita el expediente N° 00147-2017-0-2301-JM-CI-01 seguido por MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA, sobre AUTORIZACION JUDICIAL PARA CAMBIO DE APELLIDOS, donde se solicita se autorice el cambio e inversión de los apellidos de MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA por MANUEL ALEXANDER OJEDA MAMANI, en razón de que en su entorno familiar y social siempre se le ha identificado con su apellido materno entre otros fundamentos. Asimismo, se ha emitido la RESOLUCION N° 01: Alto de la Alianza 17.01.2018, en donde SE RESUELVE: ADMITIR en vía de Proceso No contencioso la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, presentada por MANUEL ALEXANDER MAMANI OJEDA. CITESE al solicitante a la audiencia de actuación y declaración judicial que se llevará a cabo el día QUINCE DE MARZO del presente año a horas DIEZ de la mañana. TR y HS. FDO. JUAN GUZMAN AFAN. ESPECIALISTA LEGAL. TACNA 25 DE ENERO DEL 2018. (1V/29 ENE). EDICTO PENAL En el Expediente N° 01743-2016-86-2301-JR-PE-01, seguido en contra de CESAR HUANCA VALLEJO y JUAN LUIS QUISPE JIHUAÑA, acusados por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO

AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 188° (tipo base) con las agravantes previstas en los numerales 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189°, concordado con el artículo 16° del Código Penal, en agravio de URIEL PERCY CALIZAYA MOYO; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dispuesto, SE NOTIFIQUE al agraviado URIEL PERCY CALIZAYA MOYO mediante edictos con lo resuelto mediante resolución N° 08, expedida en fecha veintidós de enero del presente año, mediante la cual SE RESUELVE: PRIMERO: Señalar nueva fecha y hora para la realización de la Audiencia de Control de Acusación para el día VIERNES NUEVE DE MARZO del presente año a horas 11:00 AM, debiendo de llevarse a cabo en esta misma sala, para tal efecto deberán concurrir obligatoriamente el señor Fiscal y la defensa técnica de los acusados. SEGUNDO: En caso de inconcurrencia del señor Fiscal y de la Abogada Defensora Pública de los acusados se estarán tomando las medidas disciplinarias que correspondan sin perjuicio de comunicar a la oficina de Control Interno y de comunicar a la Directora Distrital de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia - Sede Tacna. TERCERO: Se concede un plazo de veinticuatro horas al Fiscal encargado del presente caso - Edgar Laurente Mamani a fin de justificar su inasistencia, en caso de no hacerlo, hágase efectivo el apercibimiento señalado en la resolución N° 06 de fecha diez de enero del año dos mil dieciocho. CUARTO: Se notifique a los acusados en sus direcciones domiciliarias, a fin de que pueda asistir con su Abogado de su libre elección, si así lo considere pertinente. QUINTO: Reitérese la notificación para el agraviado mediante Edictos Penales en el diario oficial La República, encargado de los avisos judiciales de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado por el doctor Garry Armando Chávez Valdivia - Juez titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado por Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. ALTO DE LA ALIANZA, 22 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE). EDICTO PENAL En el proceso N° 924-2016-92-230 l-JR-PE-01, seguido en contra de SIMON PILCO MAMANI por el presunto delito Contra la Familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR - INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal en agravio de su hijo HENRY PILCO PILCO y su menor hijo ROMER RENZO PILCO PILCO, representados por su madre YONILDA PILCO ARO; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dispuesto, SE NOTIFIQUE al imputado SIMON PILCO MAMANI mediante edictos con lo resuelto mediante resolución N° 01, expedida en fecha veintitrés de enero del presente año, mediante la cual SE SEÑÁLESE fecha para la AUDIENCIA DE REVOCACION DE PENA SUSPENDIDA para el VIERNES 09 DE MARZO del dos mil dieciocho a HORAS NUEVE DE LA MAÑANA 09:00 A.M. (hora exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva, con la concurrencia obligatoria de la defensa técnica del sentenciado, del representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de rechazarse su solicitud y archivarse el presente incidente, en caso de la defensa pública de comunicar a la Directora Distrital de la Defensoría Pública de Tacna, debiendo notificarse al sentenciado en su domicilio real y procesal señalado en autos, asimismo en los domicilios señalados en su Ficha de RENIEC, requerimiento de acusación y mediante Edictos Penales en el diario oficial “La República” de los avisos judiciales de Tacna, así como en el Diario Oficial “El Peruano” encargado de los avisos judiciales a nivel nacional. Firmado por el doctor Garry Armando Chávez Valdivia - Juez titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. ALTO DE LA ALIANZA, 23 DE ENERO DEL 2018. (3V/29, 30, 31 ENE).

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Crónica Judicial

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DESPACHO DIECISEIS DE AGOSTO DEL 2017 3.



Expediente N° 00111-2016 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Infundada la demanda interpuesta por Juan Mamani Mamani contra la Municipalidad Provincial de Tacna, sobre Incorporación al D. Ley N° 20530, en consecuencia archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO VEINTIUNO DE AGOSTO DEL 2017 5.

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Expediente N° 00187-2017-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada la demanda interpuesta por Guillermo Juan Carlos Rojas Ramos contra la Dirección Regional de Educación de Tacna. ORDENA otorgue la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación por S/. 30,035.48. Además CUMPLA con el pago de intereses legales laborales D. Ley 25920. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO DIECISIETE DE AGOSTO DEL 2017 4.



Expediente N° 00724-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara fundada la demanda interpuesta por Ana Patricia Basurco Chambilla contra la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna. ORDENA cumpla con emitir nuevo acto administrativo, reconociendo y otorgando, el pago de los intereses laborales D. Ley N° 25920 por el tiempo reconocido 184 meses, por el pago de los adeudos por el otorgamiento de la Bonificación por Preparación de Clases y Evaluación. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00145-2016-0-2301-JR-LA-02 ANULARON la resolución N° 07, que declara improcedente la demanda interpuesta por Henry Moisés Laque Cañe contra la Dirección Regional de Salud de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna sobre pago de Compensación Económica de la Valorización Priorizada por Zona Alejada o de Frontera. DISPUSIERON que el Juez emita nueva sentencia. COLEGIADO GC FA AG

Expediente N° 00125-2014 REVOCARON la sentencia N° 18, que declara Fundada la demanda interpuesta por Pedro Pablo Marca Carita contra la Municipalidad Distrital Alto de la Alianza sobre reposición en el cargo de obrero jardinero. REFORMANDOLA declararon INFUNDADA la demanda. COLEGIADO GC FA TP Expediente N° 01949-2014 ANULARON la sentencia N° 12, que declara Infundada la demanda interpuesta por Sven Lanchipa Valencia contra la SUNAT, sobre pretensión de asignación de categoría de Profesional I dentro del Grupo Ocupacional de Especialistas. DISPUSIERON que el Juez emita nueva sentencia. COLEGIADO GC FA TP Expediente N° 00752-2015 CONFIRMARON la resolución N° 12, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Fredy Alberto Miranda Yabar contra el Servicio Nacional de Sanidad Agraria. INTEGRARON la misma sentencia y dispone reintegro de remuneraciones por S/. 15,540.00, reintegro de CTS S/. 6,645.83, por vacaciones e indemnización vacacional por S/. 9,075.00, por Gratificaciones fiestas patrias y navidad por S/. 11,550.00, dando un total de S/. 42,810.83 más intereses legales y costos del proceso. CONFIRMARON lo demás que contiene. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00787-2016-0-2301-JR-LA-02 REVOCARON la resolución N° 11, que declara Fundada la demanda interpuesta por Aldo Henrry Vásquez Gallegos contra el Gobierno Regional de Tacna sobre Indemnización por Daños y Perjuicios. REFORMANDOLA Fundada en parte CONFIRMARON la sentencia N° 03 DISPONE el pago por daño patrimonial del Lucro Cesante S/. 43,766.67 y por daño moral S/. 2,000.00, más los intereses legales en ejecución de sentencia. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 0734-2016-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Infundada la excepción de Convenio Arbitral y de Incompetencia por razón de territorio presentado por la demandada. FUNDADA en parte la demanda interpuesta por Emeterio Aza Pariapaza contra el Proyecto de Modernización de Gestión de los Recursos Hídricos Unidad Ejecutora de la Administración Nacional del Agua – ANA. ORDENA pagar la suma de S/. 63,632.78 por los conceptos de Indemnización por Despido Arbitrario S/. 14,950.00, CTS S/. 11,015.27, Gratificaciones S/. 20,800.84 y Vacaciones S/. 16,866.67 del periodo 01/02/2012 al 31/05/16. Más intereses legales. COLEGIADO GC FA TP Expediente N° 00569-2014-0-2301-JR-CI-01 REVOCARON la resolución N° 36, que declara Fundada la demanda presentada por Freddy Lucio Ramos Pilco contra la Municipalidad Distrital Gregorio Albarracín, ordena cumpla la demandada en reponerlo en el cargo de obrero área de Almacén. REFORMANDOLO declararon IMPROCEDENTE la demanda. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00497-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Infundada la excepción de ambigüedad u oscuridad en el modo de proponer la demanda. Declarar Infundada la demanda interpuesta por Daniela Isabel Quispe Huaquisaca contra de Supermercados Peruanos S.A. sobre despido fraudulento, en consecuencia archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00037-2016-0-2301-SP-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara fundada la demanda interpuesta por Rocío Sofía Llerena LLamosas contra la Agencia 3 Candarave Banco de la Nación sobre desnaturalización de contratos plazo determinado por incremento de actividad. Dispone la reposición de la trabajadora en el puesto que venía desempeñando y pago de remuneraciones dejadas de percibir hasta su efectiva reposición, depósitos de CTS, intereses legales, costas y costos del proceso. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01371-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 10, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Wilber Alberto Chávez Torres contra el Ministerio de Justicia, dispone el pago por daño patrimonial del lucro cesante en s/. 69,000.00. Infundado en la Indemnización por daños y perjuicios – lucro cesante por gratificaciones, vacaciones, CTS. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01914-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 09, que declara Fundada excepción de prescripción del cese del 31/10/03 al 02/04/05. Fundada en parte la demanda interpuesta por Callahui Villafuerte Martha contra la Dirección Regional de Salud de Tacna, dispone el pago por daño patrimonial del segundo periodo de cese S/. 7,320.00 y por daño moral S/. 3,000.00 más intereses legales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01000-2013-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la resolución N° 28, que declara Infundada la excepción de prescripción formulada por la demandada. Infundada la demanda interpuesta por Carlos Raúl Copaja Lanchipa contra Agroindustrias del Sur S.A . REFORMANDOLA se declara FUNDADA EN PARTE la demanda, Ordenando cumpla con pagar las vacaciones legales, truncas e indemnización por S/. 6,721.54, Gratificación por Fiestas Patrias y Navidad S/. 11,394.38 y CTS por S/. 5.993.32. INFUNDADO el pago de remuneraciones no pagadas. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01807-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Julio Sotelo Meza contra la ONP en consecuencia archivo definitivo. E improcedente la demanda en el extremo de la pretensión del pago de costas y costos. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01003-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON en parte la resolución N° 13, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Ricardo Alejandro Franco Marcos en contra del Poder Judicial. SE REVOQUE en el extremo que declara la desnaturalización de contratos a plazo fijo desde el 22/07/05 al 13/07/08 y el Pago del BFJ desde el 01/03/08 hasta el 13/07/08. REFORMANDOLA declararon INFUNDADA la desnaturalización. FUNDADO pago por BFJ del periodo 14/07/08 al 30/06/10 por S/. 12,068.33. INFUNDADO pago por BFJ por el periodo 01/03/08 al 13/07/08. Se ordene el pago total de la suma S/. 19,456.00. COLEGIADO GC FA AG

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Expediente N° 00509-2016 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Fundada la demanda interpuesta por Renato Antonio Chiarella Vinatea contra la Dirección Regional de Salud de Tacna y de la Dirección Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos. Ordena reconozca a la actora los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% sobre la base de la remuneración total, más el pago de los devengados e intereses legales a partir del 01/01/1991 hasta el 24/11/2004. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00177-2015 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Pedro Lucio Zegarra Mollinedo contra la Dirección Regional de Educación de Tacna. Cumpla la demandada con emitir nuevo acto administrativo reconociendo y otorgando el pago de los intereses legales laborales de acuerdo al D. Ley 29520, a partir del 01/07/94 al 31/12/11 por el pago de los adeudos reconocidos por el otorgamiento de la Bonificación dispuesta por el D.U. N° 037-94 COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01507-2015 CONFIRMARON la resolución N° 09, que declara fundada la demanda interpuesta por Lourdes Amparo Piérola Gutiérrez de Paredes contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna. Ordena que la demandada cumpla con emitir nuevo acto administrativo, reconociendo el pago de los intereses legales generados a partir de 06/10/06 hasta la fecha de pago, por el otorgamiento de la Bonificación dispuesta por el D.U. N° 037-94. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01463-2016 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Infundada la demanda interpuesta por Pablo Timoteo Condori Mendoza sobre pago de la Bonificación por Movilidad y Refrigerio, contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna, dispone archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01260-2016 CONFIRMARON sentencia que declara Infundada la demanda interpuesta por Villanueva Mónica María contra la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna – UGEL sobre incremento salarial dispuesto en el D. ley N° 25891. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00191-2017-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Fundada la demanda interpuesta por Luz Marina Roque Ramírez contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna. Cumplan las demandadas con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozcan y otorguen los subsidios por luto y gastos de sepelio. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01084-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Infundada la demanda interpuesta por Regina Ticona Pari contra la Dirección Regional de Salud de Tacna sobre Reintegro Diferencial art. 1 del D.U. N° 037.94. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01993-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 11, que declara Infundada la demanda interpuesta por Teodora Prudencia Vicente Rivera contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna y la Dirección Regional de Salud de Tacna. Improcedente en el pago de intereses legales del art. 2 del D. U. N 037-94. Impone multa de 05 URP a la demandante por conducta temeraria y mala fe. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00600-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 08, que declara Fundada la demanda interpuesta por Dany Amelia Calle Cuentas contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna. Ordena cumpla la demandada con emitir nuevo acto administrativo reconociendo el pago de los intereses legales a partir del 01/01/91 hasta la fecha de pago como consecuencia del otorgamiento de la Bonificación Diferencial del 30% de la Ley N° 25303 art. 184. COLEGIADO GC FA AG

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Expediente N° 00121-2016 CONFIRMARON la resolución N° 12, que declara Fundada la demanda interpuesta por Juana Lucrecia Condori Huanca contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna. Dispone que cumpla con efectuar el pago de la bonificación especial mensual art. 2° D. U. N° 037-94 a partir del 01/01/09 al 01/03/11, de los reintegros de los devengados e intereses correspondientes. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00999-2016 ANULARON resolución N° 03, que declara Fundada la demanda interpuesta por Crispín Mamani Uruchi contra la Municipalidad Provincial de Tacna. Ordena cumpla con reponer a la demandante en el cargo de personal de limpieza pública sujeto al régimen de la actividad privada. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00313-2015 CONFIRMARON la resolución N° 08, que declara Fundada la demanda interpuesta por Elizabet Pinto Romani contra el Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, dispone el pago de indemnización por despido arbitrario S/. 23,441.11 más los intereses legales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01102-2016 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Fundada la demanda interpuesta por Julián Antonio Ticona Ticona contra la Junta de usuarios del Valle de Tacna sobre reposición laboral en el cargo de Operador Tornero u otro similar dentro del Régimen Laboral de la Actividad Privada. COLEGIADO GC FA TP Expediente N° 01068-2016 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Fundada la demanda presentada por Victorino Melitón Lanchipa Tapia contra la Junta de usuarios del Valle de Tacna sobre reposición laboral en el cargo de Operador Tornero u otro similar dentro del Régimen Laboral de la Actividad Privada. COLEGIADO GC FA TP Expediente N° 01819-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 12, que declara Fundada la demanda interpuesta por Alicia Hilda Alanoca Alanoca contra la RED Asistencial de Tacna - ESSALUD con la pretensión de NULIDAD de la Resolución N° 175-4496-20552013-VCA-000060-139-01. COLEGIADO GC FA TP Expediente N° 01485-2014-0-2301-JR-LA-02 INNECESARIO emitir pronunciamiento la resolución N° 04, que declara Fundada la oposición formulada por la demandada exhibición de documentos en el literal a) numeral 8.2 del acápite VIII. DECLARAR fundada la demanda de reposición laboral en la entidad demandada en el cargo de Agente de Seguridad del PET sujeto al Régimen de la Actividad Privada. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00597-2016-0-2301-JR-LA-02 ANULARON la resolución N° 04, que declara Infundada la excepción de incompetencia por razón de la materia formulada por la demandada. FUNDADA en parte la demanda interpuesta por Héctor José Torres Carpio contra del Servicio Nacional de Sanidad Agraria sobre reconocimiento de contrato a plazo determinado, dispone pago de reintegro de remuneraciones y de beneficios sociales por el periodo 01/01/08 hasta el 30/06/08 (solo para efectos remunerativos). DISPUSIERON que la Jueza emite nueva sentencia. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00844-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Infundada la demanda interpuesta por Marco Antonio Mejía Saavedra contra la EPS TACNA S.A. sobre pago de reintegro de remuneraciones de los incrementos económicos acordados por Convenio Colectivo periodo 2009 y 2010. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01067-2016-0-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Fundada la demanda interpuesta por Bernardo Guillermo Álvarez contra la Junta de Usuarios del Valle de Tacna sobre reposición laboral en el Cargo de Operador Tornero o en otro cargo igual jerarquía. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01035-2016-0-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Fundada la demanda interpuesta por Reynaldo Torres Vilca contra la Junta de Usuarios del Valle de Tacna sobre reposición laboral en el cargo de Operador Tornero o en otro similar en el régimen de la actividad privada. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00441-2016-0-2301-JR-LA-02 ANULARON la resolución N° 03, que declara Infundada la demanda interpuesta por Roberto Alfonso Liendo Iriarte contra María Eulogia Romero Cuba sobre pago de Beneficios Sociales, dispone archivo definitivo. DISPUSIERON que se expida nueva sentencia. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00745-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Paredes Centurión Carmen Melissa contra el Banco de la Nación, ordena cumpla con pagar S/. 95,841.84 por reintegro de remuneración

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básica, movilidad, refrigerio, pago de CTS, Gratificaciones, Vacaciones, e indemnización de vacaciones no gozadas, más los respectivos intereses legales. Infundada respecto a las horas extras y asignación familiar. COLEGIADO GC FA AG 

DESPACHO VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL 2017 40.

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Expediente N° 01528-2014 CONFIRMARON la resolución N° 17, que declara Infundado la excepción de prescripción formulada por la demandada. CONFIRMARON la sentencia que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Adelaida Gutiérrez Gutiérrez contra la Municipalidad Provincial de Tacna. REVOCARON que dispone el pago por concepto de daño patrimonial del lucro cesante S/. 26,124.58. REFORMANDOLA se pague S/. 24,115.00. CONFIRMARON los demás. COLEGIADO GC FA TP Expediente N° 01104-2016 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Fundada la demanda presentada por Rony Calixto Ticona Ortigozo contra la Junta de usuarios del Valle de Tacna sobre reposición laboral en el cargo de Operador Tornero u otro similar dentro del Régimen Laboral de la Actividad Privada. COLEGIADO GC FA TP Expediente N° 01472-2016-0-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 02, que declara Fundada la demanda interpuesta por José Aguilar Jiménez contra la Municipalidad Provincial de Tacna. ORDENA a la demandada reponerlo como personal de limpieza pública (ayudante de camión compactadora). COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00453-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 14, que declara Fundada la demanda interpuesta por Vicente Justo Vizcarra Mamani contra la EPS TACNA S.A. ORDENA cumpla con reponerlo en el cargo Maestro de Obra categoría O-1, COLEGIADO GC FA CT Expediente N° 1297-2013-0-2301-JR-LA-01 INTEGRARON la sentencia declarando IMPROCEDENTE la prescripción formulada por la demandada. CONFIRMARON la resolución N° 16, que declara Improcedente la demanda interpuesta por Jarol Henry Mogrovejo Molina contra la EPS TACNA, SERCOEM SAC y GAMCH SA., sobre reposición laboral y dispone remitir el presente proceso al archivo central COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 1327-2016-0-2301-JR-LA-03 REVOCARON el Oficio de caducidad del derecho a la reposición laboral interpuesta por la demandada. REFORMANDOLA declararon Fundada e improcedente la demanda por caducidad de derecho, seguido por Ana Risa Valdiglesias Vega contra la Cooperativa de Servicios Múltiples la Isla Ltda. CREDICOOP LA ISLA sobre reposición en el trabajo por despido fraudulento careciendo objeto de pronunciamiento sobre el fondo. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00576-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Fundada la demanda interpuesta por Nativo Monasterio Quispe contra la Dirección Regional de Salud de Tacna. Ordena que la demandada reconozca los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% más los intereses legales. COLEGIADO GC FA AG

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AUTOS DE VISTA



DESPACHO ONCE DE JULIO DEL 2017 1.



DESPACHO UNO DE DE AGOSTO DEL 2017 2.

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8.

9. 10.

11. 12. 13.

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15. 16. 17.

Expediente N° 01049-2016 CONFIRMARON la resolución N° 01, que resuelve remitir el proceso al Juzgado Especializado en lo Laboral de la Ciudad de Lima para continuar con el trámite. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00457-2014-15-2301-JR-LA-01 ANULARON la resolución N° 10, ordena que la demandada SUNAT Tacna, cumpla con pagar por daño patrimonial del lucro cesante S/. 43,500.00, por Daño Moral S/. 4,500.00 por intereses legales y costos del proceso. DISPUSIERON que el Juez emita nueva resolución. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 01981-2014-89-2301-JR-LA-01 ANULARON la resolución N° 14, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento de la Resolución N° 09. DISPUSIERON que el Juez emita nuevo pronunciamiento. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 01812-2011-77-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 45 requiere a la Municipalidad Provincial de Tacna el pago con autoridad de cosa juzgada a favor de José Gonzalo Santillán Meléndez por concepto de costos procesales en S/. 6,000.00. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 00388-2015-44-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Infundada la oposición formulada por la Municipalidad Provincial de Tacana en contra de la medida cautelar en autos Resolución N° 02. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 02024-2014-5-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Infundada la oposición formulada por la demandada Municipalidad Provincial de Tacna contra la medida cautelar dictada en autos. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 02182-2014-39-2301-JR-CI-01 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Infundada la oposición formulada por la demandada Municipalidad Distrital de Gregorio Albarracín contra la medida cautelar dictada en autos. Requerir a la demandada reponga provisionalmente a la demandante. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 00438-2015-77-2301-JR-LA-01 REVOCARON la Resolución N° 16, que declara Infundada la oposición formulada por la demandada Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento contra la medida cautelar. REFORMANDOLA declararon FUNDADA la oposición, en consecuencia dejar sin efecto la medida cautelar de reposición provisional. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 00235-2015-54-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara infundada la oposición a la medida cautelar interpuesta por la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 01154-2016-57-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Infundada la oposición a la medida cautelar interpuesta por la Municipalidad Provincial de Tacna. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 0839-2015-91 CONFIRMARON la resolución N° 10, que declara Improcedente la solicitud de medida cautelar solicitada por Jean Karlo Rojas Alanoca, dispone su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO OCHO DE AGOSTO DEL 2017 18.

19.



Expediente N° 00120-2006-0-2301-JR-CI-02 CONFIRMARON la resolución N° 52 que resuelve dejar sin efecto la resolución N° 49. Declara concluida la ejecución de sentencia. Declarar archivo definitivo del presente proceso. COLEGIADO GC FA RC

DESPACHO SIETE DE AGOSTO DEL 2017 7.



Expediente N° 091-2016-89 ANULARON la resolución N° 16, que declara Improcedente la nulidad deducida por la parte demandada La Positiva Vida Seguros y Reaseguros en contra de la Resolución N° 09 y 11. INSUBSISTENTE todo lo actuado hasta la resolución N° 09 volviendo a calificar el recurso de apelación. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO TRES DE AGOSTO DEL 2017 6.



Expediente N° 01704-2005 ANULARON la resolución N° 67, que declara concluido el presente proceso sobre despido fraudulento seguido por Yenny Inés Félix Quille contra de Telefónica Servicios Comerciales S.A.C. Dispone el archivo definitivo. DISPUSIERON que el Juez vuelva emitir resolución conforme a derecho. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00325-2016-63 ANULARON la resolución N° 01, que declara Improcedente la solicitud de medida cautelar de no innovar solicitada por la demandante Silvia Condori Calizaya, dispone su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00371-2015-592301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 09, que declara Infundada la Oposición formulada por la demandada, remítase copias certificadas de la presente resolución al juzgado de origen. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO DOS DE AGOSTO DEL 2017 5.



Expediente N° 00011-2009-0-2301-JR-LA-01 ANULARON la resolución N° 79, que resuelve declarar Fundada en parte las observaciones formuladas por la UPT. Se desaprueba los Costos Procesales de la demandante Cecilia Esmeralda Calderón Mejía equivalente a S/. 10,000.00 y fijarlos en S/. 4,000.00 por costos procesales. ORDENARON que el Juez emita nueva sentencia.. COLEGIADO GC FA RC

Expediente N° 00438-2015-50-2301-JR-LA-01 REVOCARON la resolución N° 19, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento Resolución N° 14 imponer multa de 5 URP a la demandada. Requerir a la demandada SENCICO reponer provisionalmente al Albert Elvis Loza Guerrero. REFORMANDOLA declararon INFUNDADO el pedido de efectivización de apercibimiento de multa por parte de la demandante, sin efecto la multa interpuesta. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 00213-2015-24-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Infundada la Oposición a la Medida Cautelar a favor de José Gabriel Vallejos Tejada. Remítase copias certificadas al Juzgado de origen. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO NUEVE DE AGOSTO DEL 2017 20.

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Expediente N° 01149-2015-52 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Infundada la oposición a la medida cautelar interpuesta por la demandada Gobierno Regional de Tacna, contra la resolución N° 01, que concede medida cautelar a favor de Eliana Santander Huaycani Cáceres. Procédase por Secretaria de Sala conforme al art. 383 del CPC y archívese. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00842-2012-96 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Infundada la oposición a la medida cautelar interpuesta por la demandada Gobierno Regional de Tacna, que resuelve conceder medida cautelar a favor de Constancio Cauna Ochoa. Requerir de

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Expediente N° 01109-2016-85 CONFIRMARON la resolución N° 01, que declara Improcedente la solicitud de medida cautelar de no innovar solicitada por el Sindicato de Trabajadores Administrativos y de Apoyo del Hospital Hipólito Unánue de Tacna, dispone archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO VEINTIUNO DE AGOSTO DEL 2017 26.



Expediente N° 00961-2014-85-2301-JR-LA-01 ANULARON la resolución N° 24, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento de la Resolución N° 22. DISPUSIERON que el Juez emita nuevo pronunciamiento. COLEGIADO GC FA BC

DESPACHO DIECISEIS DE AGOSTO DEL 2017 25.



forma reiterativa a la demandada la reincorporación provisional del demandante en su puesto habitual al amparo de la Ley N° 24041. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01411-2015-89 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Infundada la oposición a la medida cautelar interpuesta por la demandada Gobierno Regional de Tacna contra la resolución N° 01, que concede medida cautelar a favor de Aracelli Carolina Chata Cohaila. Procédase por Secretaria de Sala conforme al art. 383 del CPC y archívese. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00424-2016-15-2301-JR-LA-03 ANULARON la resolución N° 07, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento de la resolución N° 03. DISPONE que el Juez de la causa emita nuevo pronunciamiento. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO QUINCE DE AGOSTO DEL 2017 24.



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Expediente N° 00328-2017-4-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 01, que declara Improcedente la solicitud cautelar dentro del proceso presentada por Javier Martin Kuong Cornejo. En consecuencia archívese. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO VEINTICINCO DE AGOSTO DEL 2017 27.

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29.

30.

Expediente N° 00597-2015-99 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Infundada la Oposición a la medida cautelar interpuesta por la demandada Gobierno Regional de Tacna contra la resolución N° 01, que resuelve conceder medida cautelar a favor de Raúl Rolando Quispe Sotomayor. Procédase por Secretaria de Sala conforme al art. 383 del CPC y archívese. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01089-2015-1 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Infundada la Oposición a la medida cautelar interpuesta por la demandada Gobierno Regional de Tacna contra la resolución N° 01, que resuelve conceder medida cautelar a favor de Laura Ritha Eugenia López Alay. Procédase por Secretaria de Sala conforme al art. 383 del CPC y archívese. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00018-2015-1-2301-SP-LA-01 REVOCARON la resolución N° 29, que declara FUNDADA la solicitud de la empresa Southern Perú Copper Corporation, REFORMANDOLA declararon infundada la solicitud de cancelación de la medida cautelar innovativa. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 00856-2017-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 01, que resuelve declara Improcedente la demanda presentada por Félix Alfredo Contreras Núñez contra la SUNAT, dispone devolver los anexos presentados dejándose copia certificada en su lugar y remisión al archivo central. COLEGIADO GC FA AG

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ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Fecha: LUNES 29 de enero del 2018 Nro. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71

Expediente 2015-01040-70 2015-01210-46 2015-00652-35 2014-01985-82 2016-00106-97 2015-00962-42 2016-00143-57 2016-02297-68 2013-01076-0 2013-00403-26 2015-00559-9 2014-02390-42 2014-00906-96 2010-00667-53 2016-00202-78 2015-02089-25 2016-01899-90 2015-01551-90 2018-00168-0 2018-00170-0 2018-00178-0 2018-00224-0 2015-01441-63 2018-00034-90 2018-00026-40 2017-03070-15 2017-02866-44 2017-02595-5 2018-00006-54 2017-03115-99 2014-01495-77 2018-00079-43 2017-03056-0 2017-00975-56 2016-01896-93 2016-00464-89 2017-00867-18 2017-01220-68 2013-01066-47 2015-00125-95 2015-01317-73 2015-03045-95 2014-00935-6 2011-01551-70 2013-01068-9 2017-01163-0 2015-01987-42 2015-02962-37 2014-00669-13 2015-02409-0 2015-02774-79 2015-03002-80 2011-01596-65 2016-02633-82 2016-01475-83 2017-00818-21 2011-01432-0 2017-01348-82 2014-01086-27 2017-02593-90 2017-01303-95 2015-02090-65 2017-01843-24 2017-02832-0 2018-00249-0 2010-01680-76 2010-01350-27 2013-00973-30 2010-00441-2 2016-01527-35 2015-00622-94

Organo Jurisdiccional 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA 6° JUZGADO INV. PREPARATORIA J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL

Sala Audiencia SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 03 PENAL DE POCOLLAY SALA 03 PENAL DE POCOLLAY SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 5 JIP- LOCAL ZELA SALA 6 JIP- LOCAL UNANUE SALA INV. PREP. - G ALBARRACIN SALA INV. PREP. - G ALBARRACIN SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO

Hora 11:30 12:10 12:40 15:00 15:00 13:00 13:21 08:20 08:40 09:00 09:30 10:00 10:30 12:01 15:30 16:00 17:00 17:10 08:30 09:00 09:30 10:00 08:00 08:10 08:20 08:30 08:45 09:00 09:15 09:30 10:00 10:45 15:00 09:00 10:00 11:00 12:00 15:00 08:05 08:30 09:00 09:30 10:00 10:40 14:30 15:00 16:00 16:30 17:00 17:30 18:00 18:30 19:00 09:00 10:00 11:00 12:00 10:00 09:00 10:00 11:00 09:00 10:00 11:00 12:00 08:00 09:31 11:01 15:00 15:41 17:01

Delito Hurto Agravado Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Omisión de asistencia familiar Secuestro Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Formas agravadas de tráfico ilícito de drogas. Ursurpación Agravada Difamación Usurpación de funciones.o autoridad Falsificación de documentos Homicidio culposo Encubrimiento personal (Tipo base). Falsedad genérica. Lesiones leves Ursurpación Agravada Falsedad genérica. Estafa genérica Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Estafa agravada Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Usurpación Omisión de asistencia familiar Uso de documentos falsos. Estafa genérica Falsificación de documentos Omisión de asistencia familiar Incumplimiento de deberes funcionales. Ursurpación Agravada Falsedad ideológica. Estafa agravada Falsedad ideológica. Lesiones culposas Peculado Cohecho pasivo propio Falsedad genérica. Falsedad ideológica. Libramientos de cobro indebido Lesiones graves Ursurpación Agravada Negociación incompatible Lesiòn dolosa y culposa. Lesiones leves Falsificación de documentos. Violación de domicilio Lesiones culposas Hurto Agravado Omisión de asistencia familiar Desobediencia o resistencia a la autoridad Contrabando Cohecho activo genérico Actos contra el pudor en menores Omisión de asistencia familiar Exhibiciones y publicaciones obscenas. Lesiones leves por Violencia Familiar Omisión de asistencia familiar Contrabando Violación sexual de menor de edad Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Violación sexual de Menor Violación sexual de Menor Receptacion Aduanera

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Corte Superior de Justicia de Tacna PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 001067-2017- P-CSJT-PJ Tacna, veintiocho de diciembre del dos mil diecisiete.VISTOS: El Oficio N° 019-2017-CSDPJ-CSJT-PJ, cursado por la Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales y la Resolución Administrativa 00386-2017- P-CSJT-PJ, de fecha treinta y uno de mayo del dos mil diecisiete; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Resolución Administrativa 351-98-SE-T-CME-PJ de fecha veinticinco de agosto del año mil novecientos noventa y ocho se aprobó el Reglamento de Peritos Judiciales, en cuyo artículo 18° dispone que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, por resolución administrativa son los encargados de aprobar la nómina de profesionales y especialistas a ser inscritos en el Registro de peritos Judiciales (REPEJ). SEGUNDO: Con Resolución Administrativa N° 00386-2017- P-CSJT-PJ, de fecha treinta y uno de mayo del dos mil diecisiete, la Presidencia de esta Corte decidió conformar la Comisión encargada de la organización, dirección y ejecución del proceso de evaluación y selección de nuevos peritos judiciales del Distrito Judicial de Tacna para el periodo 2017-2018 siendo sus integrantes: el Dr Jael Angel Flores Alanoca – Juez Superior Titular de la Sala Laboral como presidente, el Dr. Juan Manuel Vera Esquivel, la Dra. Kati Verónica Antonio Damian como miembros integrantes y el señor Marcelino Poma Limache como secretario técnico. TERCERO: La Comisión de selección de peritos judiciales remitió un informe a través del cual pone en conocimiento sobre el desarrollo del proceso de evaluación y selección de peritos judiciales para el periodo 2017 y 2018, aprobándose el programa de actividades para la convocatoria, y posteriormente acordaron aprobar las nóminas emitidas por los colegios profesionales que han sido calificadas como aptas en la evaluación curricular, efectuándose las publicaciones de acuerdo a ley, desarrollándose de esta forma, todas las etapas establecidas en los artículos 7° al 17° del Reglamento de Perito Judiciales. CUARTO: En ese sentido, la Comisión encargada de la evaluación y selección de los peritos judiciales, con fecha doce de octubre del año en curso remite la nómina de los postulantes que aprobaron la etapa de entrevista, siendo puesta a consideración de la Sala Plena de este Corte Superior, cuyos miembros, en sesión de fecha veintiocho de diciembre del presente año, aprobó por unanimidad dicha nómina, con excepción de un postulante, y siendo la Presidencia de Corte la máxima autoridad administrativa de esta sede con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de justicia en sus distintos niveles y áreas; en concordancia con el artículo 18° del Reglamento de Peritos Judiciales corresponde aprobar la nómina de los peritos judiciales para el año 2017 – 2018 que comprende a los profesionales que se encargarán de efectuar los peritajes en los diversos procesos judiciales que giran ante los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Estando a las consideraciones expuestas, de conformidad con el artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: PRIMERO: APROBAR la NOMINA DE PERITOS JUDICIALES para el periodo 2017– 2018, la cual estará integrada por los siguientes profesionales: CONTABILIDAD 01.- CPC. Nelly Yovanna Calderón Alay 02.- CPC. Gladys Diana Caljaro Quiroz 03.- CPC. Henry Chino Lanchipa 04.- CPC. Julia Felisa Laqui Mamani 05.- CPC. Yolanda Regina Lea Gonzales 06.- CPC. Epifanía María Mamani Cano 07.- CPC. Alipio Mamani Copaja 08.- CPC. Delia Yolanda Mamani Huanca 09.- CPC. Rosa Esther Mujica Paredes. 10.- CPC. Juan Donato Nestor Asillo 11.- CPC. Alejandrina Felicitas Oblitas Mariaca 12.- CPC. Juan Bautista Santos Mamani 13.- CPC. Libertad Mercedes Terceros 14.- CPC. Luis Alfredo Vargas López 15.- CPC. Amanda Esther Villagra Barrios

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INGENIEROS AGRONOMOS 01.- Salvador Virgilio Linares Pérez 02.- Victor Hugo Barrientos Bendezu 03.- Javier Castro García 04.- Cotrado Cotrado, José INGENIERIA CIVIL 01.- Yury Alex Mena López 02.- Félix Nicanor Obando Muñoz 03.- Israel Alvarez Zamora 04.- Pedro Valerio Maquera Cruz 05.- Wilson Enrique Chambilla Jalire 06.- Franklin Ramos Vargas 07.- Elías Roberto Sánchez Ramírez ARQUITECTOS 1.- José Arturo Bedoya Chipoco 2.- José Eduardo Quispe Choque 3.- Jesús Marco Aurelio Tapia Llapa 4.- Juan Carlos Carrasco Mamani 5.- Armando Manuel León Salazar 6.- Miriam Mamani Condori 7.- Domingo Banda Ortiz 8.- Sandra Lisset Machicado Arias 9.- German Yuzni Cutimbo Ticona ECONOMISTA 1.- Dante Byrne Villagra PSICOLOGOS: 1.- Elizabeth Quenta Origuela 2.- Trinidad Cruz De La Cruz GRAFOTECNICOS 1.- Edgar Japurá Pilco 2.- Juan Pelagio Noa Torres 3.- Walter Tito Paredes TRADUCTOR E INTERPRETE DE IDIOMAS 1.- Nidia Loza Mamani MECANICO - VALORIZADOR 1.- José Américo Valdez Vargas TECNICO VALORIZADOR 1.- Yanet Geovanna Cora Lanchipa SEGUNDO: PÓNGASE en conocimiento de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del Presidente de la Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales, de la Oficina de Administración distrital y de quienes corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Jorge Alberto De Amat Peralta Presidente Corte Superior de Justicia de Tacna

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA

COMUNICADO La Corte Superior de Justicia de Tacna, comunica a los señores y señoras litigantes y justiciables que, en cumplimiento de la Resolución Administrativa Nº 0446-2017-P/PJ, del lunes 22 hasta el miércoles 31 de enero, se extenderá el horario de atención al público hasta las 18:00 horas (6:00 p.m.). De esta manera se recuperarán las horas dejadas de laborar por el feriado del día 16 de noviembre de 2017, establecido mediante Decreto Supremo Nº 110-2017-PCM.

COMUNICADO La Corte Superior de Justicia de Tacna, comunica a los señores litigantes y justiciables del ÁREA LABORAL que, cualquier documentación que tenga que ser presentada por Mesa de partes Única, sírvanse FOLIARLA EN LA PARTE INFERIOR DERECHA DE LA DOCUMENTACIÓN, evitándose así en el futuro, posibles confusiones de foliación en el trámite judicial de los expedientes. Corte Superior de Justicia Tacna, enero de 2018

Corte Superior de Justicia Tacna, enero de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA

COMUNICADO La Corte Superior de Justicia de Tacna, comunica a los señores litigantes y justiciables que, a partir del martes 09 de enero de 2018, las audiencias programadas de la Sala Especializada Laboral Permanente, SE LLEVARÁN A CABO EN SU SALA DE AUDIENCIAS ORIGINAL, ubicada en el tercer piso de la primera etapa – Último piso del edificio donde se encuentra la Mesa de partes única de nuestra sede central, sito en Calle Inclán con Presbítero Andía s/n –, cercado de Tacna. Tacna, 09 de enero de 2019 Corte Superior de Justicia de Tacna

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA PRIMERA SALA CIVIL TABLA VISTAS DE LA CAUSA DE LA SEMANA DEL 29 AL 31 DE ENERO DEL 2018 TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL MARTES 30 DE ENERO DEL 2018 Nº

HORA

EXPEDIENTE

1

09:00

154-2017-CI

MATERIA/PROCESO RESOLUC ELEVA O.D.S.D.

Auto

2

09:05

2603-2015-FC

VIOLENC FAMILIAR

Sentencia

3

09:10

11-2012-CI

REIVINDICACION

Sentencia

4

09:20

1518-2015-CI

MEJOR DER.PROP

Sentencia

5

09:25

24-2017-CI

RECTIFIC.PARTIDA

Sentencia

6

09:30

2054-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

7

09:32

2134-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

8

09:34

1850-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

9

09:36

1845-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Auto

10

09:38

1876-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

11

09:40

2094-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

12

09:42

1902-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

13

09:44

1513-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

14

09:46

2058-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

15

09:48

1898-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

16

09:50

1797-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

17

09:52

750-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

18

09:54

2012-2017-CI

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

INFORME

I.O./Ddo I.O./Dte

I.O./Dte

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 31 DE ENERO DEL 2018 N°

HORA

EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO RESOLUC ELEVA

1

09:00

2205-2017-CI

P.AMPARO

Auto

2

09:15

882-2007-CI

NULIDAD ACT JUR

Sentencia

INFORME

I.O./Dte-Ddo

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA 2º SALA CIVIL

TABLA VISTAS DE LA CAUSA DE LA SEMANA DEL 29 DE ENERO AL 2 DE FEBRERO DE 2018 Nº

HORA

EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO

RESOLUC ELEVA

NO REGISTRA VISTAS DE CAUSA

INFORME

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SALA LABORAL PERMANENTE

TABLA VISTAS DE LA CAUSA DE LA SEMANA DEL 29 DE ENERO AL 2 DE FEBRERO DE 2018 Nº

HORA

EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO

RESOLUC ELEVA

NO REGISTRA VISTAS DE CAUSA

INFORME

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SALA ESPECIALIZADA PENAL DE APELACIONES SEMANA DEL 29 DE ENERO AL 02 DE FEBRERO DEL 2018 TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 30 DE ENERO DEL 2018 Nro.

Expediente

Hora

Organo Jurisdiccional

Sala Audiencia

Tipo de Audiencia

Delito

SALA DE APELACIONES Sede Central

SALA PENAL SUPERIOR3ER PISO

LECTURA DE SENTENCIA

Violación sexual de menor de edad seguida de muerte o lesión grave.

SALA DE APELACIONES Sede Central SALA DE APELACIONES Sede Central

SALA PENAL SUPERIOR3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR3ER PISO

LECTURA DE SENTENCIA

Usurpación

LECTURA DE SENTENCIA

Falsificación de documentos.

1

2009-00719-14

12:00

2

2014-01839-67

13:00

3

2014-00019-24

15:30

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 31 DE ENERO DEL 2018 Nro.

Expediente

Hora

1

2015-03059-35

09:30

2

2016-00952-75

11:00

Organo Jurisdiccional

Sala Audiencia

SALA DE APELACIONES Sede Central SALA DE APELACIONES Sede Central

SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA PENAL SUPERIOR3ER PISO

Tipo de Audiencia

Delito

LECTURA SENTENCIA

Robo Agravado

LECTURA DE SENTENCIA DE VISTA

Homicidio Simple

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL JUEVES 01 DE FEBRERO DEL 2018 Nro.

Expediente

Hora

Organo Jurisdiccional

Sala Audiencia

Tipo de Audiencia

Delito

1

2006-05064-0

09:00

SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

SALA 01 PENAL DE POCOLLAY

INICIO DE JUICIO ORAL

Falsificación de documentos.

2

2003-00018-0

10:01

SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

SALA 01 PENAL DE POCOLLAY

INICIO DE JUICIO ORAL

TRAFICO ILICITO DE DROGAS AGRAVADO

3

2016-02052-23

11:01

SALA DE APELACIONES Sede Central

SALA 01 PENAL DE POCOLLAY

APELACION DE SENTENCIA

Violación sexual de menor de edad

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