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2 may. 2017 - EDICTO. Ante el Segundo Juzgado Civil - Sede Paucarpata, de la. Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha el. Juez Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, Especialista Rosario. Gonzales Enriquez, Expediente N° 00808-2014-0-0412-. JM-C1-02, mediante Resolución N° 37 de fecha 12 de. Abril del ...
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Miércoles, 3 de mayo del 2017

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Miércoles, 3 de mayo del 2017

EDICTOS EDICTO Ante el Segundo Juzgado Civil - Sede Paucarpata, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que despacha el Juez Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, Especialista Rosario Gonzales Enriquez, Expediente N° 00808-2014-0-0412JM-C1-02, mediante Resolución N° 37 de fecha 12 de Abril del 2017, se ha dispuesto la notificación por Edicto a la demandada MARTINA F. ALVARO EGUÍA, para que en el termino de 30 días de notificados conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársela CURADOR PROCESAL, debiendo la demandada tomar conocimiento de la Resolución Admisoria en el siguiente sentido. Se ha expedido la Resolución N° 02-2014 de fecha 8 de Julio 2014 “Se Resuelve: Admitir a trámite la demanda de prescripción adquisitiva interpuesta por EULALIA MELECIA PAUCA GUTIERREZ en contra de GASPAR PAUCA GUTIERREZ, MARTINA F. ALVARO EGUÍA y debiéndose poner en conocimiento de los colindantes debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al PROCESO ABREVIADO, por ofrecido los medios probatorios que se indican, confiriendo traslado a los demandados. SE DISPONE: La publicación del extracto de la presente Resolución por tres veces en el diario oficial El Peruano y en el de mayor circulación de la ciudad. Regístrese y Comuníquese. Arequipa, 26 de Abril del 2017.- ROSARIO GONZALES ENRIQUEZ SECRETARIA JUDICIAL. (02-03-04 mayo) B/E 031-9604. EDICTO DE PUBLICACIÓN EN PROCESO DE DIVORCIO POR CAUSAL.Ante el Tercer Juzgado de Familia de Arequipa, Expediente N°15363-2016, que despacha la Juez Dra. Julia María F. Montesinos y Montesinos Hartley con actuación de la Especialista Legal Dra. María Alejandra Pinto Sánchez, se ha dispuesto notificar por edictos a la Resolución N° 02 de fecha veinte de marzo del años dos mil diecisiete, que RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de proceso de CONOCIMIENTO, la demanda de DIVORCIO por causal de SEPARACIÓN DE HECHO y ACUMULA EN FORMA OBJETIVA ORIGINARIA Y ACCESORIA EL FENECIMIENTO DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES, interpuesta por PEDRO NOÉ GARCÍA ÁLVAREZ en contra de NARDA JESÚS MIRANDA RIVERA, a quien se le notificará mediante edictos por el plazo de ley; y al MINISTERIO PÚBLICO debiendo conferirse TRASLADO de la demanda por el plazo de treinta días para la absolución de los cargos expresados en la demanda, BAJO APERCIBIMIENTO de nombrarse curador procesal, y de seguirse el proceso en su REBELDÍA. Por OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS, y a sus antecedentes los anexos acompañados. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Juez Dra. Julia María F. Montesinos y Montesinos Hartley.- Especialista Legal Dra. María Alejandra Pinto Sánchez.- Tercer Juzgado de Familia.- Corte Superior de Arequipa. (03-09-15 mayo) B/E 031-9654. EDICTO.- CONSEJO DE FAMILIA .ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE MODULO DE JUSTICIA BÁSICO DE PAUCARPATA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA JUEZ JURI CORRALES CUBA EXPEDIENTE 3235-2017-0-0412-JR-FC-02, ESPECIALISTA LEGAL. IDELMA MEJIA CACERES EN LOS SEGUIDOS POR ERIKA FRANCIS CHAVEZ SIU), CON EMPLAZAMIENTO A NELLY SIU FLORES DE CHAVEZ, PAULINA PARK CHAVEZ SIU, ESTHER LOURDES CHAVEZ DE LÓPEZ, ANAPAULA EVELIMG DE LA TORRE CHAVEZ , SOBRE CONSEJO DE FAMILIA, HA ORDENADO SE PUBLIQUE POR EDICTOS LA RESOLUCIÓN Nº 01-2007, SE RESUELVE: 1) ADMITIR A TRAMITE EN LA VÍA PROCEDIMENTAL NO CONTENCIOSO LA SOLICITUD DE FORMACIÓN Y CONVOCATORIA A CONSEJO DE FAMILIA PROMOVÍA POR ERIKA FRANCIS CHAVEZ SIU, A FAVOR DEL MENOR DAVID SANTIAGO OVIEDO CHAVEZ, CON CITACIÓN NELLY SIU FLORES DE CHAVEZ, PAULINA PARK CHAVEZ SIU, ESTHER LOURDES CHAVEZ DE LÓPEZ, ANAPAULA EVELIMG DE LA TORRE CHAVEZ , POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS, A SUS ANTECEDENTES LOS ANEXOS ACOMPAÑADOS. SE DISPONE: LA PUBLICACIÓN EN EL OFICIAL EL PERUANO Y EL DIARIO ENCARGADO DE AVISOS JUDICIALES POR EL TERMINO DE TRES DÍAS HÁBILES CONVOCANDO AL

CONSEJO DE FAMILIA A LAS PERSONAS MENCIONADAS EN LA SOLICITUD ASÍ COMO A LAS PERSONAS Y FAMILIARES QUE SE CREAN CON DERECHO A FORMAR DICHO CONSEJO E INTERVENIR EN ELLA, Y UNA VEZ REALIZADAS LAS PUBLICACIONES CORRESPONDIENTES SE PODRÁ DE MANIFIESTO POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS LOS AUTOS EN EL JUZGADO PARA LOS EFECTOS Y TRAMITE DE LEY PERTINENTES A LA SOLICITUD PROMOVIDA TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. IDELMA MEJIA CACERES ESPECIALISTA LEGAL. (02-03-04 ABRIL) B/E 031-9594. EDICTO Juzgado Mixto de Caravelí, Expediente Nro. 14-2017-CI, Resolución Nro. 1. Chala, 21 de marzo 2017. RESUELVE: Admitir a tramite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio, interpuesta por Empresa Transportes Yanahuara S.R.L. “TRANSYAN S.RL.” representada por su gerente General Luis Enrique Della Rossa Nuñez, en contra del Gobierno Regional de Arequipa y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, con citación del Procurador Publico del Gobierno regional de Arequipa, sustanciándose el presente en la vía del Proceso Abreviado, confiérase el traslado de la demanda a la parte demandadas POR EL PLAZO DE DIEZ DIAS, para que contesten, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, Téngase por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos adjuntados, Notifíquese a lo colindantes Municipalidad Distrital de Chala, y al Asentamiento Humano “Las Flores”, representada por su presidente Leónidas Viza Ramos, se dispone que la presente resolución se publique por el termino de tres días con intervalo de tres días, en forma prevista por los articulo 167 y 168 del Código adjetivo.- Fdo. Dr. Miguel Molió Lloque. Juez.- Fdo. Dr. Fernando Hernández Huaman.- Especialista Legal.- (03-09-15 mayo) B/E 031-9636.

NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO ANTE EL DÉCIMO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA, QUE DESPACHA LA SRTA. JUEZ DRA. MIRTHA Y. NUÑEZ CUEVA, SE TRAMITA EL EXPEDIENTE NRO. 02852-2013-0-0401-JP-FC-07 ESPECIALISTA DRA. ADELEYDI CARPIO ACEVEDO, DEMANDA DE ALIMENTOS, SEGUIDO POR FELIPA MARLENY SOTO ESCALANTE EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJA JASMIN JENNIFER HACHAHUI SOTO, EN CONTRA DE JULIO HACHAHUI HACHAHUI. POR RESOLUCIÓN NRO. 01 DE FECHA 17 DE OCTUBRE DEL 2013 SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA SOBRE COBRO DE ALIMENTOS EN LA VÍA DEL PROCESO UNICO EN CONTRA DE JULIO HACHAHUI HACHAHUI. TRASLADO: AL DEMANDADO MEDIANTE EDICTOS PARA QUE EN EL PLAZO DE QUINCE DÍAS PROCEDA A CONTESTAR LA PRESENTE DEMANDA, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL, DISPUESTO MEDIANTE RESOLUCIÓN NRO. 09 DE FECHA 23 DE MARZO DEL 2016. AREQUIPA ABRIL DEL 2017. ADELAYDI CARPIO ACEVEDO SECRETARIA JUDICIAL (E). (02-03-04 MAYO) B/E 031-9596. NOTIFICACIÓN POR EDICTO.EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, DR. ZOILO ALCIDES CHÁVEZ MAMANI, Y ESPECIALISTA LEGAL DRA. KARINA YLLA VELÁSQUEZ, QUIEN SUSCRIBE EL PRESENTE, CONFORME AL EXPEDIENTE NRO. 6542-2014-0-04-JR-CI-03 SEGUIDO POR AGAPITA BASILIA FLORES DE MANRIQUE Y LUCIO MANRIQUE SALAS, EN CONTRA DE LA EMPRESA JALUFE S.A.C. SOBRE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, ORDENA MEDIANTE RESOLUCIÓN NRO. TRECE DE FECHA 10 DE MARZO DE2017, NOTIFICAR A LA EMPRESA DEMANDA, JALUFE S.A.C, VÍA EDICTOS, ORDENANDO EMPLAZARLA CON RESOLUCIÓN NRO. 07-2015 Y SIGUIENTES. KARINA CECILIA ILLA VELASQUEZ ESPECIALISTA LEGAL. (02-0304 MAYO) B/E 031-9618.NOTIFICACION POR EDICTO En el Proceso No. 07750-2009-0-040 l-JR-CI-03 que por ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de la Cor-

te Superior de Justicia de Arequipa, con intervención de la Especialista Legal Jenny del Carmen Herrera Miranda, sigue doña NERY ROSA HERNANDEZ CACERES y otros en contra de FABIO SOCRATES CACERES NUÑEZ, AUGUSTO CACERES VILCA y RUTH GUZMAN DE CACERES, sobre Nulidad de Acto Jurídico, el señor Juez de la Causa Dr. Zoilo Alcides Chávez Mamani, por Resoluciones números 21 de fecha 05 de septiembre de 2014 y 28-2017 de fecha 03 de marzo de 2017 y considerando que el codemandado Fabio Sócrates Cáceres Núñez ha fallecido el veintinueve de mayo de dos mil trece, en las partes pertinentes de las indicadas Resoluciones, HA RESUELTO: (Resolución 21) Suspender por treinta días el trámite del presente proceso que sobre Nulidad de Acto Jurídico sigue Nery Rosa Hernández Cáceres, María Magdalena Hernández Cáceres y Vicente Hernández Puertas en contra de Sócrates Cáceres Núñez, Augusto Cáceres Vilca y Ruth Guzmán de Cáceres, a fin …los sucesores del codemandado Fabio Sócrates Cáceres Núñez se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; para cuyo efecto y a gestión de parte interesada, deberá efectuarse la notificación, por edictos, de la presente resolución en la forma y veces que señalan los numerales 167 y 168 del Código Procesal Civil. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER- (Resolución 28-2017) Requerir a la parte demandante gestione la notificación por edictos a los sucesores del codemandado Fabio Sócrates Cáceres Núñez, como se dispone en la Resolución veintiuno, bajo responsabilidad por la demora... .Tómese razón y hágase saber.- Arequipa 20 de abril de 2017.- Jenny del Carmen Herrera Miranda - Especialista Legal. (28 abril y 02-03 mayo) B/E 031-9576.

REMATES PRIMER REMATE PÚBLICO En el Expediente Nº 02369-2009-0-0401-JR-CI-11, sobre Ejecución de Garantías seguido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ en contra de TOTAL CLEAN S.R.L., FELIX ENCISO RIVERA y EDITH ACUÑA FARRO, con intervención de SUNAT y AFP PRIMA, y notificación de MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UCHUMAYO, MARCIA MARGOT ZEA RAMIREZ, CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO AREQUIPA, PROFUTURO AFP y ANTONIO GARCÍA CARDENAS, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa que hoy despacha la Dra. Yovana Carlos Villan, con intervención de la Especialista Legal Arlety Giuliana Márquez Romero, se ha dispuesto se lleve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE ubicado en: Lote 12 de la Manzana M, Zona I, del Programa de Vivienda Ignacio Alvarez Thomas del distrito de Uchumayo, provincia y departamento de Arequipa, que se encuentra inscrito en la Partida P06199601 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. TASACIÓN: US $ 103,896.00 (CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL PRIMER REMATE: US $ 69,264.00 (SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), o sea las dos terceras partes del valor de la tasación. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) La inscripción de la fábrica inscrita no cumple con el porcentaje mínimo de área libre que es del 30% en mérito a certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios No. 01-2005.MDU de fecha 16.03.2005 expedida por la Municipalidad Distrital de Uchumayo. 2) Hipoteca a favor de Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de US$27,368.68 (VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 68/100 DÓLARES AMERICANOS), cuya ejecución es materia del presente proceso; 3) Embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 35,000.00 (TREINTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa; 4) Anotación de demanda de ejecución de garantías que es materia del presente proceso, a favor de Banco de Crédito del Perú, ordenada en el Expediente Judicial 2009-02369-79-0401-JR-CI-11. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en la Sala de Remates de la corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en el sótano de su sede ubicado en Plaza España s/n Cercado, del distrito, provincia y departamen-

to de Arequipa, el día 30 de Mayo de 2017, a las 16:00 horas y será efectuado por el martillero Público señor Christian Ruben Vizcarra Adriano. DE LOS POSTORES: los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea US$10,389.60 (art. 735 del C.P.C.), además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien mueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Arequipa, 2017 abril 11.- CHRISTIAN RUBEN VIZCARRA ADRIANO – MARTILLERO PUBLICO.- Arlety Márquez Romero – Especialista Legal.- (25-26-27-28 Abril – 02-03 Mayo) B/E 031-9477. PRIMER |REMATE JUDICIAL En el proceso sobre de Obligación de dar Suma de Dinero, seguido en el Expediente Nro. 03802-2013-0-0401-JRCI-06, que sigue BANCO DE CREDITO DEL PERU en contra de COMERCIAL MACOPIA EIRL, WUILBER ELBER QUISPE TICONA e HIRMA BLANCO TAPIA; con intervención de SCOTIABANK PERU S.A.A. y notificación de CAJA MUNICIPAL DE AREQUIPA, la señora Juez del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, especialista legal Dra. Coralia Ramos Coaguila, ha encargado al Martillero Público Dr. Hamlet Chávez Martinez la realización del PRIMER REMATE el día 09 de mayo del 2017 a horas 09:00 el cual se llevará a cabo en la Sala de Remates ubicada en el Sótano de Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en esquina de plaza España con calle Siglo XX S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa, de los siguientes bienes inmuebles: 1.- Pueblo Joven Pampa de Polanco, Manzana E, Lote 10 Sector Juan Velasco Alvarado, Zona A, distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica P06010780 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: 1) S/. 258,558.30 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 30/100 NUEVOS SOLES). BASE DEL REMATE: S/. 172,372.20 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON 20/100 NUEVOS SOLES). AFECTACIONES: 1.- Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú , hasta por la suma de S/. 165,287.68. 2.- Embargo en forma de inscripción a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/. 50,000.00, el que es materia del presente proceso. 3.- Anotación de demanda a favor de Banco de Crédito del Perú en el expediente 7577-4-2014 sobre ejecución de garantías seguido ante el Décimo Juzgado Civil de Arequipa.- DEPÓSITO PARA SER POSTOR: Los postores deberán oblar: una cantidad no menor a S/. 25,855.83 (VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 83/100 nuevos soles) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y presentarán el original del arancel judicial por Participación en Remate Judicial de Inmueble (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). 2.- Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Villa Ecológica, Manzana D”, Lote 7, Zona D, distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica P06233530 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: S/. 20,000.00 (VEINTE MIL NUEVOS SOLES) BASE DEL REMATE:S/. 13,333.33 (TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 NUEVOS SOLES). AFECTACIONES: 1.- Embargo en forma de inscripción a favor de SCOTIABANK PERU SAA hasta por S/. 32,000.00 ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa en el expediente 1341-2011-5 2.- Embargo en forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por S/. 8,400.00 ante el Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa en el expediente 379-201323. 3.- Embargo en forma de inscripción a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por S/. 30,000.00 el que es materia del presente. 4.- Embargo en forma de inscripción a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por S/.

14,000.00 seguido ante el Sexto Juzgado de Paz Letrado de Arequipa en el expediente 2505-2013-75.- DEPOSITO PARA SER POSTOR: Una cantidad no menor a S/. 2,000.00 (DOS MIL CON 00/100 nuevos soles) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y presentarán el original del arancel judicial por Participación en Remate Judicial de Inmueble (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS + IGV.- Arequipa, 2017 abril 21.- Hamlet Chávez Martínez – Martillero Publico.- Coralia S. Ramos Coaguila – Especialista Legal.(25-26-27-28 Abril – 02-03 Mayo) B/E 031-9516. PRIMER REMATE El día 09 de mayo del 2017 a las 10.15 horas, en la Sala de Remates Judiciales, ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la sede de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina formada por la Av. Siglo XX y Plaza España; ORDENADO POR LA JUEZA DEL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL Dra. SHELAH GALAGARZA PEREZ - Expediente N” 1887-2015 - Especialista Legal Dra. YULY ELIZABETH MARQUEZ T1CONA; En el proceso Ejecución de Garantías que sigue RENE ALFREDO VERA CARBAJAL Y SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS contra JUAN MANUEL FLORES QUIROZ Y CECILIA MADELEYNE ALCON OCAÑA estando como terceros FABIOLA ELIZABETH LOPEZ PAREDES y FILOMENA SALAZAR CALUMANI DE REMOND. SE REMATARA: el inmueble ubicado en Hipólito Unanue # 126 (hoy calle Cesar Vallejo # 126) del distrito de LINCE, provincia y departamento de LIMA: cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL IX - SEDE LIMA en la Partida N° 07051918: TASACIÓN = S/.200,000.00. BASE DEL REMATE = S/.133,333.33 AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA, hasta por U.S.$.30.000.00 a favor de FABIOLA ELIZABETH LOPEZ PAREDES, según Escritura Pública del 20-01-2001. ante Notario Luis Roy Parraga Cordero. 2).- HIPOTECA, hasta por S .200.000.00 a favor de RENE ALFREDO VERA CARBAJAL Y SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS, según Escritura Pública del 05-11-2012. ante Notario Fernando Begazo Delgado, que origina el presente proceso. LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a S/.20.000.00. adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV. serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Artº 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371)(Decreto Supremo N° OO8-2005-JUS Art N° 18)ARMANDO PEREZ ANGULO MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 175 - Teléf. 054-285020 - 959692243. Arequipa 07 de marzo de 2017.- Yuly Elizabeth Márquez Ticona – Secretario Judicial.- (25-26-27-28 Abril – 02-03 Mayo) B/E 031-9479. PRIMER REMATE En el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente 00456-2012-0-0401-JP-CI-02 seguido por Guillermina María Elena Sánchez Rivera en contra de Raúl Alejandro Blanco Quevedo, el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Sede Cerro Colorado, Dr. Edson Cuentas Celis, con intervención de la Especialista Legal, Paola Matilde Benavides Zúñiga han autorizado al Martillero Público Hamlet Chávez Martínez para que lleve a cabo el Primer Remate del vehículo que según el Registro Vehicular en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile presenta las siguientes características: Placa de Rodaje ZZ-4113, Clase Station Wagon, Marca Mitsubishi, Modelo Pajero 4x4 2.9, Año de Fabricación 1995, Color Dorado Verde, Motor 4M40-BN6225, Serie V46-4202684, Cilindros 6, Diesel. TASACIÓN: S/17 613.76 (diecisiete mil seiscientos trece y 76/100 nuevos soles). BASE DEL REMATE: S/. 11 742.50 (once mil setecientos cuarenta y dos y 50/100 nuevos soles). GRAVAMENES: 1) Medida Cautelar de Embargo en forma de secuestro de vehículo con des-

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posesión y entrega al custodio hasta por la suma de U.S. $ 4 000.00 dólares americanos sobre el vehículo de Placa de Rodaje ZZ-4113, Clase Station Wagon, Marca Mitsubishi, Modelo Pajero 4x4 2.9, Año de Fabricación 1995, Color Dorado Verde, Motor 4M40-BN6225, Serie V464202684, Cilindros 6, Diesel, que es materia de la presente ejecución. REQUISITOS PARA SER POSTOR los postores oblarán en efectivo o cheque de gerencia a nombre del postor el 10% de la tasación es decir S/1 761.37 (un mil setecientos sesenta y uno y 37/100 nuevos soles) además de arancel judicial respectivo consignando el juzgado, DNI del postor y número de expediente. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en calle Benito Bonifaz N° 304, Urb. María Isabel del distrito, provincia y departamento de Arequipa el 08 de mayo del 2017 a las 8.30 horas. Honorarios del martillero público corren por cuenta del adjudicatario conforme al art. 732 del CPC, además del IGV.- Arequipa, 2017, abril 24.- Hamlet Chávez Martínez – Martillero Publico.- Paola Matilde Benavides Zúñiga Secretaria Judicial.- (26-27-28 Abril – 02-03-04 Mayo) B/E 031-9536. PRIMER REMATE Expediente Nro.180-2008 en los seguidos por don GIANCARLO CESAR COAGUILA MONTES en contra de don ADRIAN SANDOVAL MAMANI, sobre obligación de dar suma de dinero, El Juzgado de Santa María de la Colina del distrito de Majes Provincia de Caylloma departamento de Arequipa a cargo de don LIMBER CONGONA ROMERO, ha dispuesto a sacar a remate público en primera convocatoria, Del inmueble Ubicado A.S.H.M. Ciudad Nueva Pasaje Manuel Ignacio Prado Manzana 205 Lote 18 del distrito de Ciudad Nueva Provincia y departamento de Tacna, el cual se encuentra inscrito ante registros Públicos de Tacna con numero de partida electrónica Nro.P20004372, con un valor de tasación comercial en la suma de S/.123,914.85 CIENTO VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CATORCE NUEVOS SOLES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS, Siendo la base de la postura en la suma de S/.82,609.90 OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NUEVE MIL NUEVOS SOLES CON NOVENTA CENTIMOS, Que constituye la dos tercera partes del valor de la tasación, Afectaciones Ninguno solo se aprecia el presente, Día y hora lugar del Remate, se realizara en el Local del Juzgado de Santa María de la Colina del distrito de Majes ubicado en la plaza Principal, el día 03 de Mayo del dos mil Diecisiete a horas cinco y media de la tarde, Los postores: Depositaran no menos del diez porciento en la suma de S/. 12,391.48 DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN NUEVOS SOLES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS del valor de la tasación, en efectivo o en cheque a nombre del Juzgado de Paz de Santa María de la Colina, además el arancel Judicial de Postor, consignando el numero de expediente, Numero del documento nacional de identidad del adjudicatario, el adjudicatario abonara el saldo del precio del remate en el plazo de tres días de la subasta realizada, Arequipa, 12 de Abril del 2017, Limber Congona Romero Juez de Paz de Santa María de la Colina del distrito de Majes.- ( 26,27,28 de Abril 02 -03-04 mayo) B/E 031-9528. AVISO DE PRIMER REMATE El SEÑOR JUEZ DEL 2° JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA - SEDE MAJES DE LA CORTE SUPERIOR DE AREQUIPA, convoca a PRIMER REMATE JUDICIAL, en el Proceso Civil 01266-2015-0-0405-JM-CI-02, seguido por SCOTIABANK PERU SAA, contra YUNGA CORDOVA, SANDRA ANA, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, bajo la Actuación de la Especialista Legal VILLANUEVA JIMENEZ ARMANDO VICTOR, se ha dispuesto, el PRIMER REMATE JUDICIAL, del bien que se detalla a continuación: DATOS Y CARACTERÍSTICAS DEL BIEN MATERIA DE REMATE: Terreno urbano con habilitación Urbana Progresiva ubicado en el lote 8 de la manzana E-6 de la Habilitación Urbana “Ciudad Majes , modulo B”, Sector 2, Distrito de Majes ,Provincia de Caylloma, Región de Arequipa , con el área de 210 m2 y los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el frente, Av. Colectora A, con 10 m, Por el costado derecho entrando ,Av. Colectora C, con 21 m,Por el costado derecho entrando ,Lote 09 ,con 21 m, Por el fondo ,Lote 07, con 10 m y demás características que obran en ficha registral inscrita en la partida N° 11122651. AFECTACIÓNES DEL BIEN: As. D 0002 de la ficha 955971,partida4024259.-CARGA.- La transferencia Patrimonial Predial opera a efectos de que la Municipalidad Distrital de Majes destine los predios únicamente a fines de Desarrollo urbano , en caso el predio se deje de destinar a la finalidad para la cual fue transferido ,revertirá a favor del Estado de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 19 del D.S. 154-2001-EF. Legajo No.2007-00046676 Arequipa,05 de Octubre del 2007.Fdo.Dr.Julio Escarza Benítez Registrador. As. D 0003 de la ficha 955971,partida4024259.-CARGA REGISTRAL.Por resolución de Alcaldía No. 097-2008-MDM-A de 15 Abril del 2008 ,expedida por la Municipalidad Distrital de Majes, se ha dispuesto considerar como carga registral las obras que faltan ejecutar , que deberán complementarse en un plazo no mayor de 10 años contados a partir

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

de la inscripción de la habilitación de acuerdo con la siguiente referencia : Obras preliminares: S/.290.818.50 b) Obras de electrificación/.1`208.143.60 c) Obras de Agua y Desagüe: S/849.943.60;d) Pavimentación veredas bermas/.2`891.364.30 Total: S/5`312.270.00Legajo No.200830911-Arequipa,06 de Agosto del 2008 .-Fdo.Dr. Carlos Butrón Fuentes .Registrador. Posteriores a la independización: Ninguno. HIPOTECA:- Constituida por su propietaria , Sandra Ana Yunga Córdova ,a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A., por el monto de S/.91.350.00, a fin de garantizar el debido y puntual cumplimiento de todas las deudas y/u obligaciones de cargo de la propietaria , originadas o que se origen por la aplicación de los términos de contrato de servicios bancarios suscrito por estos con el Banco con anterioridad a la firma del mismo , así como aquellas que se hayan originado o se originen frente al Banco por operaciones de crédito directo e indirecto, tanto en moneda nacional como en moneda extranjera , sea en forma de créditos ,mutuos, prestamos ,líneas de crédito, créditos en cuenta corriente ,advance account, cartas de crédito, cartas de crédito documentario, descuentos o adelantos sobre factura , facturas conformadas, factoring ,tarjetas de crédito, saldos deudores en cuenta corriente, avales ,fianzas, créditos con avales , pagares y demás títulos valores, adelantos en cuenta garantía con respaldo de documentos de cambio , títulos de crédito hipotecario negociables ,warrants, bonos, papeles comerciales, cartas de crédito stand by ,operaciones de arrendamiento financiero, financiamientos de operaciones de comercio exterior -incluyendo cartas de crédito de importación y exportación – y demás modalidades de crédito y financiamiento , y cualesquiera otras obligaciones asumidas o por asumir frente al banco , las deudas y obligaciones que frente al banco puedan tener la propietarias en razón de cesión de derechos de crédito , según consta de la escritura Pública de fecha 19 de noviembre del 2014c otorgada ante Notario Dr. Javier Rodríguez Velarden, en la ciudad de Arequipa. El bien embargado está valorizado en la suma de S/ 99 697.50 (NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES). LUGAR, DÍA Y HORA DEL REMATE: La diligencia se llevará a cabo el DIECINUEVE DE MAYO DEL 2017, a horas 12:00 de la MAÑANA, en el Local del Juzgado, diligencia que será efectuada por el Martillero Público Christian Rubén Vizcarra Adriano, con registro 264. BASE DE LA POSTURA: El precio base del remate asciende a la suma de S/ 66 465.00 (SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES). PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Para ser postor debe depositar en efectivo o en cheque de gerencia no menos del diez por ciento del valor de tasación del inmueble, así como pagar en el Banco de la Nación la Tasa Judicial por derecho a participar en el remate de bienes inmuebles. Christian Rubén Vizcarra Adriano Martillero Público Reg. 264.- Armando V. Villanueva Jimenez – Secretario Judicial.- (27-28 Abril – 02-03-04-05 Mayo) B/E 031-9585. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 07269–2013-0-0401-JR-CI-06 En los autos seguidos por el BANCO DE CREDITO DEL PERU, con interés de PROMOTORA OPCION S.A.A. EAFC, en calidad de acreedor no ejecutante, representada por su apoderada Zoila Gabriela Poma Escudero, en contra de ESPERANZA SALAZAR SANZ DE CALLE, Transport MK&D Empresa Iindividual de Responsabilidad Limitada, Miguel Angel Pineda Durand, Karina Noelia Obando Mejìa y Julio Rene Calle Bellido, sobre Ejecución de Garantías ; el señor Juez del Sexto Juzgado Especializado Civil – Sede Central Arequipa, Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco con la Especialista Legal Dra. Alicia Dolores Trujillo Pèrez, mediante Resoluciòn Nº 30 han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Jr. Clemente Pàrraga Nº. 120, Departamento Nº 301 - Tercer Piso y Azotea, Distrito de San Borja, Provincia y Departamento de Lima, predio inscrito en la Partida Electrònica Nº 46238206 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima – Oficina Registral de Lima. VALOR DE TASACION : S/ 452,496.13 ( Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Seis con 13 /100 Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/ 301,664.09 ( Trescientos Un Mil Seiscientos Sesenta y Cuatro con 09 /100 Soles), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00004 HIPOTECA – La sociedad Conyugal propietaria constituye hipoteca sobre el inmueble inscrita en esta partida, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU , inscrito en la Partida Nº 11009127 del Registro de Personas Jurìdicas de Lima, hasta por la suma de US$. 123,279.92 Dòlares Americanos, a fìn de garantizar las obligaciones que se detallan en el instrumento pùblico, que da mèrito a la presente inscripción; asì consta de la Escritura Pùblica de fecha 04.01.12 otorgada ante Notario Pùblico de Arequipa, Dr. Javier Rodrìguez Velarde. Asiento N° 00005 EMBARGO.- Por Resolucion Nº 2 de Fecha 10/10/2013 expedida por el 16ª Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima, que despacha el juez titular Dr. Josè Pau-

lino Espinoza Còrdova, se ha ordenado anotar la Medida Cautelar de Embargo en forma de inscripción, sobre el inmueble cuyo titular es la sociedad conyugal conformada por JULIO RENE CALLE BELLIDO y ESPERANZA SALAZAR DE CALLE, hasta por la suma de US$. 15,000.00 Dòlares Americanos, en los autos seguidos por PROMOTORA OPCION S.A.A. EAFC. Contra Julio Rene Calle Bellido y Esperanza Salazar de Bellido, sobre Medida Cautelar fuera de proceso (Exp. 09051-201329-1817-JR-CO-16) Asiento N° 00006 ANOTACION DE DEMANDA .- Se registra la Demanda interpuesta por el Banco de Crèdito del Perù, contra Julio Rene Calle Bellido y Esperanza Salazar Sanz de Calle y otros, sobre Ejecuciòn de Garantìa Hipotecaria, en mèrito a lo ordenado mediante Resoluciòn Nº 2 de fecha 17/10/2104 suscrito por la Juez del Sexto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco y Especialista Legal Josè Alberto Lazo Gonzàles, Expediente Nº 07269-2013-0-0401-JRCI-06 DIA Y HORA DEL REMATE: 15 de MAYO del año 2017, a las 9.30 horas de la mañana. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Esquina de Plaza España, Calle Siglo XX con Calle Colòn, Distrito del Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Arequipa, 24 de Abril de 2017.- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS – Martillero Publico.- Alicia Dolores Trujillo Pérez – Especialista.- (27-28 Abril – 02-03-04-05 Mayo) B/E 031-9577. PRIMER REMATE En el expediente Nro. 01227-2016-0-0401-JR-CI-01, por Ejecución de Garantías, en los seguidos por CARDENAS CORICAZA WILSON EDUARDO, contra HUAMANI FERIA JORGE SAUL, FERIA SECIHUA DE HUAMANI FRANCISCA ZUZUNA, HUAMANI FERIA CATALINA MARÍA, el señor Juez del Primer Juzgado Civil, Módulo Corporativo Civil I de Arequipa Dra. SHELAH NORTH GALAGARZA PEREZ, Especialista Legal Dra. MARQUEZ ROMERO ARLETY GIULIANA, han designado como martillero público al Ing. Miguel Jiménez Mostajo, quien ha señalado para el día 15 de Mayo del año 2017 a horas 11:00 en la Sala de Remates de bienes inmuebles ubicado en el Sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en la esquina Formada por la Avenida Siglo XX y Plaza España Arequipa, la realización de los bienes que se rematarán en forma separada: Primer bien a rematar está ubicado en el Lote 4, Manzana Ñ del Programa La “Campiña III”, del distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa. con Partida Nº P06110565 de Registros Públicos de Arequipa, Zona Registral XII SUNARP-Sede Arequipa. Tasación: US $ 30,000.00, base US $ 20,000.00. Segundo bien a rematar está ubicado en la Mz. G, sección 4G, zona Centro Comercial Supermercado La Isla, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. con Partida Nº 01179313 de Registros Públicos de Arequipa, Zona Registral XII SUNARP-Sede Arequipa. Tasación: US $ 30,000.00, base US $ 20,000.00. Para ser postor depositar no menos del 10% del valor de la tasación US$ 3,000.00 para cada uno, además del arancel judicial correspondiente en el cual debe de constar el DNI del postor, el número del expediente y el juzgado. GRAVÁMENES: Referente al Primer Lote de la Campiña: Hipoteca constituida por su propietario Francisca Zuzuna Feria Secihua de Huamani a favor delos esposos Erick Fabian Fuentes Rivera e Idalia Dina Chávez Andrade hasta por la suma de US$ 22,500.00 Los honorarios del Martillero Público más el IGV será cancelado por el Adjudicataria en forma inmediata concluido el Remate (Art. 732 del CPC modificado por la Ley Nº 28371 del D.S. Nº 008-2005-JUS-Art. 18). Ing. Miguel Jiménez Mostajo, Martillero Público, Reg. Nº 080, Teléfono 959018606. Arequipa, 27 de Abril del 2017. Esp. Legal Marquez Romero Arlety Giuliana. (28 abril y 02-03-04-05-08 mayo) B/E 031-9629. PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente: 00740-2016-0-0401-JR-CI-01 En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU LTDA-PRESTA PERÚ en contra de MARIA MAMANI CUTIPA y VALENTIN LUQUE LUQUE, en el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA HIPOTECARIA, El Primer Juzgado Ci-

Miércoles, 3 de mayo del 2017

vil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa a cargo de la Señora Jueza Dra. Shelah North Galagarza Perez y Especialista Legal: Dra. Arlety Giuliana Márquez Romero, ha encargado al Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble denominado: Asentamiento Humano Balneario de Jesús Manzana “K” lote 7 del distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrita en la Partida Nro. P06075466 de los Registros Públicos de Arequipa, Zona Registral N° XII – Sede de Arequipa. Con un VALOR DE TASACION: s/. 89 659.00 soles, siendo la BASE DE LA POSTURA: s/. 59 772.66 soles. GRAVAMENES INSCRITOS: 1).- Asiento 00005.- Inscripción de Hipoteca, Constituida por sus propietarios Valentín Luque Luque y Maria Mamani Cutipa a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito del Perú Ltda. por el monto de s/. 63 000.00 a fin de garantizar el crédito por la suma de s/. 45 000.00 por el plazo de 144 meses más sus intereses compensatorios y moratorios establecidos por Prestaperú, asesoría técnica primas de seguro, gastos, costas y costas y cualquier otro accesorio que se derivase del crédito hasta por el monto señalado a la hipoteca, así como las refinanciaciones, reestructuraciones y ampliaciones de crédito o de plazo, según consta de la escritura presentada. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 15 de Mayo del 2017 a las 14:00 horas LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates Judiciales de Bienes Inmuebles de la Corte Superior de Justicia de Arequipa el cual se halla ubicado en el sótano del ingreso principal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada esta última en la esquina formada por la avenida Siglo XX y Plaza España, Cercado de Arequipa.POSTORES: Deberán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: s/. 8 965.9 soles, el depósito deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor, los honorarios del martillero a cargo del adjudicatario (DS 008.2005 JUS) debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate; adicional a lo anterior el postor o postores deben presentar D.N.I., Arancel judicial por Derecho de Participación en Remate Judicial de bien inmueble por el monto que corresponda al valor de tasación y que además deberá consignarse el número de Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Juez: Dra. Shelah North Galagarza Perez, Especialista Legal: Dra. Arlety Giuliana Márquez Romero, Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín con Mat. 325 (Celular 959390429, Correo electrónico petervaldiviaholguin@ gmail.com), Arequipa 25 de Abril del 2017. (28 abril y 0203-04-05-08 mayo) B/E 031-9623. PRIMER REMATE PUBLICO EN EL EXPEDIENTE N° 04154-2013-0-040L-JR-CI-03, SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍAS SEGUIDO POR EL BANCO DE CRÉDITO DEL PERU EN CONTRA DE INGENIERÍA TECNOLÓGICA Y SERVICIOS EIRL, MARGARITA CUBA YUPA, DEMETRIO HUGO CAYARI CONDORI Y LUCÍA FELICITAS CUBA YUPA, CON PEDIDO DE NOTIFICACIÓN DEL TERCERO SCOTIABANK PERU S.A.A., EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA, DR. ZOILO ALCIDES CHÁVEZ MAMANI CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL KARINA CECILIA YLLA VELÁSQUEZ, SE HA DISPUESTO SE LLEVE A EFECTO EL PRIMER REMATE PUBLICO DEL BIEN QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA: INMUEBLE SIGNADO REGISTRALMENTE COMO CALLE MIGUEL DE CERVANTES N° 103, URBANIZACIÓN VICTORIA, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, CUYA ÁREA, LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS OBRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 01079343 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XLL-SEDE AREQUIPA. TASACIÓN: US $ 168,930.70 (CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y 70/100 DÓLARES AMERICANOS) BASE DEL PRIMER REMATE: US$ 112,620.46 (CIENTO DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 46/100 DÓLARES AMERICANOS), EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACIÓN. GRAVÁMENES: 1) HIPOTECA A FAVOR DEL BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ HASTA POR LA SUMA DE US$ 54,648.80, QUE ES MATERIA DEL PRESENTE PROCESO. 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DE SCOTIABANK PERÚ S.A.A., HASTA POR LA SUMA DE US$. 40,000.00, EN EL EXPEDIENTE N° 2013-04009 SEGUIDO ANTE EL OCTAVO JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA. 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DEL BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ HASTA POR LA SUMA DE US$. 40,000.00, EN EL EXPEDIENTE N° 2013-06812 SEGUIDO ANTE EL QUINTO JUZGADO CIVIL ÁE AREQUIPA. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: EL REMATE SE EFECTUARÁ EN LA SALA DE REMATES SITO EN EL SÓTANO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA PLAZA ESPAÑA S/N, CERCADO-AREQUIPA, EL DÍA VEINTIDÓS DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS 14:00 PM Y SERÁ EFECTUADO POR EL MARTILLERO PÚBLICO SEÑOR RENEE SALOMÓN DÍAZ COAQUIRA. DE LOS POSTORES: LOS POSTORES DEBERÁN DEPOSITAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A NOMBRE DEL PROPIO POSTOR, EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DEL BIEN

O SEA US$ 16,893.07 (ART. 735 DEL C.P.C.), ADEMÁS SE DEBERÁ ADJUNTAR LA TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN REMATE DEL BIEN INMUEBLE CONSIGNANDO NÚMERO DE EXPEDIENTE, JUZGADO Y NÚMERO DE DNI DEL POSTOR. LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO MÁS IGV DEBERÁN SER CANCELADOS POR EL ADJUDICATARIO. AREQUIPA, 19 DE ABRIL DE 2017.RENEE DIAZ COAGUILA MARTILLERO PUBLICO MAT. 267. KARINA C. YLLA VELASQUEZ ESPECIALISTA LEGAL TERCER JUZGADO CIVIL MODULO CORPORATIVO CIVIL I. (28 ABRIL Y 02-03-04-05-08 MAYO) B/E 031-9619. REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO No. 293 Celular: 995097493 /correo: [email protected] En el expediente Nº 01046-2016-0-0401-JR-CI-05 en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA contra TIMOTEA SABINA QUISPE GAMA y JUSTINO AQUINO RUA sobre EJECUCION DE GARANTIAS, el Quinto Juzgado Civil de Arequipa, que despacha el Juez Aníbal Celso Maraza Borda, asistido por el especialista legal Néstor Puma Salazar, ha facultado al Martillero Público GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO, para llevar a cabo la diligencia del REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien: INMUEBLE: ubicado en Sub Lote 3-A, lote 3, manzana E, zona III, sector Perú, Asociación de Vivienda Peruarbo, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Electrónica No. 11176680 de la Zona Registral No. XII – Sede Arequipa. TASACIÓN: US$ 56,947.20 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 37,964.80 Dólares Americanos. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 56,947.20 Dólares Americanos, inscrito en el Asiento D00002 de la Partida Electrónica No. 11176680 de la Zona Registral No. XII – Sede Arequipa. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 18 de mayo del 2017, a horas 10.00 a.m. (diez de la mañana) LUGAR DE REMATE: Local de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en Calle España s/n Cercado Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nombre, por cada uno de los inmuebles materia de remate. Además se deberá adjuntar Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial por cada uno de los inmuebles materia de remate, consignando número de expediente y generales de ley, mostrar DNI y tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la Vigencia de Poderes correspondiente o copia literal (traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes o copia literal de ser el caso). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV de conformidad con el arancel señalado en la Ley No. 27728 y D.S. No. 0082005-JUS, y se cancelaran culminado el acto de remate. GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO Martillero Público con Registro No. 293; Juez Aníbal Celso Maraza Borda, especialista legal Néstor Puma Salazar, Quinto Juzgado Civil de Arequipa. (02-03-04-05-08-09 mayo) B/E 031CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 01344–2016-0-0401-JR-CI-01 En los autos seguidos por OSCAR JESUS PEREZ MANRIQUE en contra de MIGUEL ANGEL HARLY ZEBALLOS PORTUGAL sobre Ejecuciòn de Garantìas; la Juez del Primer Juzgado Especializado Civil – Sede Central Arequipa, Dra. Selah North Galagarza Perez, con la Especialista Legal Dra. Nikola Marisol Gonzales Ramos, mediante Resoluciòn Nº 07 han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en : Secciòn 04, Departamento 202 Lote Nº 12 de la Manzana “B” de la Calle Los Jazmines Nº 113, en la Urbanizaciòn Primavera, Distrito de Yanahuara, Provincia y Departamento de AREQUIPA ; inscrita en la Partida Registral Nº 11140719 de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACION : US$. 70,000.00 ( Setenta Mil con 00 /100 Dòlares Americanos). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: US$. 46,666.67 ( Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 67 /100 Dòlares Americanos), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación Convencional. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° D00002 HIPOTECA .- Constituìda por su propietario, Miguel Angel Harly Zeballos Portugal, a favor de OSCAR JESUS PEREZ MANRIQUE, identificado con DNI. Nº 29278171 y Juana Doris Mendoza Zevallos identificada con DNI. Nº 29245217 hasta por la suma de US$. 25,000.00 a fìn de garantizar el mutuo por la suma de US$. 24,000.00 por el plazo de 06 meses, contados a partir del 01 de Agosto del 2015, debiendo vencer el 01 de Febrero del 2016, según consta de la Escritura Pùblica de fecha 03 de Agosto del 2015, ambas otorgadas ante Notario Dr. Fernando Begazo Delgado en la ciudad de Arequipa. DIA Y HORA DEL REMATE: 15 de MAYO del año 2017, a las 12:00 horas . LUGAR DE REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Esquina de Plaza España, Calle Siglo XX con Calle Colòn, Distrito del Cercado, Provincia y De-

Miércoles, 3 de mayo del 2017

partamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. - Arequipa ,21 de Abril de 2017 .- ANGEL RUBEN GALLEGOS ARIAS MARTILLERO PUBLICO, Especialista Legal Dra. Nikola Marisol Gonzales Ramos. (02-03-04-05-08-09 mayo) B/E 031-9655.SEGUNDO REMATE PÚBLICO En el Expediente Nº 01799-2015-0-0405-JM-CI-02, sobre Ejecución de Garantías seguido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ en contra de MARÍA TOMASA COAQUIRA QUISPE y ERNESTO VICENTE CONDORI QUISPE, el señor Juez del Segundo Juzgado Mixto de Caylloma, Dr. Oscar Quilluya Puma, con intervención del Especialista Legal Villanueva Jiménez, Armando Víctor, se ha dispuesto se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE PUBLICO del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE ubicado en: Habilitación Urbana Centro Poblado de Servicios Básicos El Pedregal, Manzana V, Lote 8, distrito de Majes, Provincia de Caylloma y departamento de Arequipa, que se encuentra inscrito en la Partida P06113609 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. TASACIÓN: US $ 121,501.20 (CIENTO VEINTIUN MIL QUINIENTOS UNO Y 20/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL SEGUNDO REMATE: US $ 68,850.68 (SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 68/100 DÓLARES AMERICANOS), 15% menos que la base del remate anterior. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de US$92,085.00 (NOVENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CINCO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), según Asiento 00012, cuya ejecución es materia del presente proceso. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en el local del Juzgado sito en Calle Sabandía, Manzana 3-BB Lote 1-4, Villa El Pedregal, del distrito de Majes, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, el día 22 de Mayo de 2017, a las 12:00 horas del mediodía y será efectuado por el martillero Público señor José Angelo Canales Gallegos. DE LOS POSTORES: los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea US$12,150.12 (art. 735 del C.P.C.), además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien mueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Arequipa, 2017 abril 19. JOSE A. CANALES GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 281 SUNARP. ARMANDO V. VILLANUEVA JIMENEZ SECRETARIO JUDICIAL. (28 abril y 02-03 mayo) B/E 031-9609. SEGUNDO REMATE En el proceso de División y Partición, Expediente 00373-2008-0-0412-JM-CI-02 seguido por Fabiola Angélica Urbiola Salazar en contra de Hugo Urbiola Salazar, Eddy Raúl Urbiola Salazar, Genrry Francisco Urbiola Salazar, con la intervención de Hermenegilda Marlene Cornejo Cornejo (Litisconsorte Necesario), el Juez del Segundo Juzgado Civil de la Sede de Paucarpata, Dr. Rafael Aucahuaqui Puruguaya, con intervención de la Especialista Legal, Mónica Juárez Camacho han autorizado al Martillero Público Hamlet Chávez Martínez para que lleve a cabo el Segundo Remate del inmueble signado como Lote 1A de la Manzana 35, Zona B del Pueblo Joven Miguel Grau, ubicado en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; caya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran en la Partida P06029553 del Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. TASACIÓN: U.S. $ 123 417.00 (ciento veintitrés mil cuatrocientos diecisiete y 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: U.S. $ 69 936.30 (sesenta y nueve mil novecientos treinta y seis y 30/100 dólares americanos) GRAVÁMENES: No se conocen gravámenes. REQUISITOS PARA SER POSTOR los postores oblarán en efectivo o cheque de gerencia a nombre del postor el 10% de la tasación es decir U.S. $ 12 341.70 (doce mil trescientos cuarenta y uno y 70/100 dólares americanos) además de arancel judicial respectivo consignando el juzgado, DNI del postor y número de expediente. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en la Sala de Lectura del Juzgado ubicada en el Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, sito

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

en la esquina de la calle A. Laveau con calle T. Alcántara s/n del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa el 11 de mayo del 2017 a las 08.15 horas. Honorarios del martillero público corren por cuenta del adjudicatario conforme al art. 732 del CPC., además del IGV. Arequipa, 2017, abril 19. HAMLET CHAVEZ MARTINEZ MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 231. MONICA N. JUAREZ CAMACHO ESPECIALISTA LEGAL (e) Segundo Juzgado Civil Modulo C. de Justicia de Paucarpata. (2802-03- mayo) B/E 031- 9610. SEGUNDO REMATE PÚBLICO En el expediente Nº 0754-2016-0-0401-JR-CI-04, sobre Ejecución de Garantías seguido por MI BANCO-BANCO DE LA MICROEMPRESA SA en contra de QUIROZ CUTIRE FELIX, el señor Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. Justo Andres Quispe Apaza con intervención de la Especialista Curo Umeres Sachi Yoana, se ha dispuesto se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE PUBLICO del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE ubicado en el Proyecto Especial Majes-Siguas denominado predio NPR714, del Distrito de Majes , Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa, que se encuentra inscrito en la Partida N° 11151218 Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. AREA 0.300 ha. TASACIÓN: S/.60,000.00 (Sesenta mil con 00/100 soles) BASE DEL PRIMER REMATE: S/. 34,000.00 (Treinta y cuatro mil con 00/100 soles), que representan las dos terceras partes del valor de la tasación descontado en un quince por ciento. GRAVÁMENES: ASIENTO D00003 Hipoteca constituida por su propietario Felix Quiroz Cutire a favor de Financiera Edyficar (ahora MI BANCO. BANCO DE LA MICROEMPRESA) hasta por la suma de S/.60,000.00 soles, según consta en escritura pública del 16/04/2014 ante Notario de Arequipa Javier Rodriguez Velarde. No se conocen otros Gravámenes. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El Remate se efectuara en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en la Plaza España s/n, del distrito, provincia y departamento de Arequipa, el día 30 de mayo del 2017 a horas 12:00PM (MEDIO DIA) y será efectuado por la Martillera Pública Licenciada Pamela Marisol Alva Rivera. DE LOS POSTORES: los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea S/.6,000.00, además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien mueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. LA COMISION de la Martillera Pública será por cuenta del Adjudicatario de acuerdo a los rangos establecidos en el DS N°008-2005-JUS mas el IGV, debiendo ser cancelado al finalizar el acto del Remate. Martillera Pamela Alva Cel. 987508700. Arequipa, 30 de Marzo de 2017. SACHI Y. CURO UMERES SECRETARIA JUDICIAL. PAMELA ALVA RIVERA MARTILLERO PUBLICA REG. SUNARP 319. (03-0405 mayo) B/E 031-9674.

RECTIFICACIONES AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Carol Maricela Condori Paucar quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia San Ignacio de Loyola (Ciudad Blanca -Paucarpata) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el tres de diciembre de mil novecientos noventa, hija de don Martín Condori Aquino y de doña Yolanda Paucar de Condori, y que fue bautizada en la Capilla Luz y Alegría (Ciudad Blanca - Paucarpata) -Arequipa el veinticuatro de noviembre del dos mil dos. Fueron sus padrinos don Víctor Mejia Vilcahuaman y doña Cleotilde Juárez Sánchez. Arequipa, 27 de abril del 2017.- DR. WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (28 abril y 02-03 mayo) B/E 031-9615. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Gretel Thalia Maydana Montes de Oca quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Santa Rosa de Lima (Urb. Guardia Civil -Paucarpata) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Yunguyo -Puno el treinta de enero de mil novecientos ochenta y ocho, hija de don Rubén Jarol Maydana Ibarburú y de doña Charito Montes de Oca Aguilar, y que fue bautizada en la Parroquia Santa Rosa de Lima (Urb. Guardia Civil - Paucarpata) - Arequipa el nueve de enero de mil novecientos noventa y tres. Fueron sus padrinos don John Bustinza Maydana y doña Yolanda Becerra de Bustinza. Arequipa, 25 de abril del 2017.- DR. WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (28 abril y 02-03 mayo) B/E 031-9622. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado doña Patricia Hermelinda Fuentes Pa-

redes, hija de la titular (fallecida), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Juana Ermelinda Paredes Del Carpio, registrada en el Libro 149, foja 306 del Archivo de la Parroquia Del Sagrario - Arquidiócesis de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘27 de mayo último’; sus nombres aparecen como “Juana Ermelinda”. Pide que se hagan las siguientes rectificaciones: “Nació el ‘27 de mayo de 1927’. Se le supriman los nombres ‘Juana Ermelinda’. Se le autorice a llevar como único nombre ‘Hermelinda’. Debiendo la identidad de la bautizada figurar en lo sucesivo como HERMELINDA PAREDES DEL CARPIO”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 27 de abril del 2017.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (02-0304 mayo) B/E 031-9632. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Elizabeth Taco Nina quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Virgen de Fátima (Hunter) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Socabaya - Arequipa el dieciocho de abril de mil novecientos ochenta y seis, hija de don Lucas Trifono Taco Paucara y de doña Sebastiana Nina de Taco, y recibió el sacramento del Bautismo en la Parroquia Virgen de Fátima (Hunter) - Arequipa el veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y siete. Fueron sus padrinos don Erasmo Ramos Ticona y doña María Salomé Nina de Ramos. AREQUIPA, 28 DE ABRIL DEL 2017. DR. WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO ACTUARIO. (02-0304 mayo) B/E 031-9634.RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE MI HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICIO NOTARIAL CALLE SAN JOSÉ 330, CERCADO, SE PRESENTÓ, SONIA ANTONIA MENDOZA MAMANI, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO N° 281 EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, EN LOS DATOS DE LA MADRE DICE: “BRAULIA AMELIA MAMANI LIMACHE DE MENDOZA”. Y DEBE DECIR “AMELIA BRAULIA MAMANI LIMACHE DE MENDOZA”. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA. 26 DE ABRIL DE 2017. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA COLEGIO DE NOTARIOS DE AREQUIPA MAT. 036. (03 mayo) B/E 031-9643. RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO ANTE MI HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICIO NOTARIAL CALLÉ SAN JOSÉ 330. CERCADO, SE PRESENTÓ, AMELIA BRAULIA MAMANI DE MENDOZA SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO N° 168, EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA. PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, DONDE DICE EN SUS DATOS, “AMELIA BRAULIA MAMANI LIMACHI”, Y DEBE DECIR, “AMELIA BRAULIA MAMANI LIMACHE”. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 26 DE ABRIL DE 2017. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A MAT. 036. (03 mayo) B/E 031-9643. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE CESAR ALBERTO BECERRA GUZMAN, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO RESPECTO AL NOMBRE DE SU SEÑORA MADRE QUE APARECE CONSIGNADO COMO MARLENE GUZMAN HERNANI, DEBIENDO SER LO CORRECTO MARLENE FIDELINA GUZMAN HERNANI. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 28 DE ABRIL DEL 2017. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (03 mayo) B/E 031-9647. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE MARLENE JANET BECERRA GUZMAN, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO RESPECTO AL NOMBRE DE SU SEÑORA MADRE QUE APARECE CONSIGNADO COMO MARLENE GUZMAN HERNANI, DEBIENDO SER LO CORRECTO MARLENE FIDELINA GUZMAN HERNANI. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 28 DE ABRIL DEL 2017. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (03 mayo) B/E 031-9647. RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE MI HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICIO NOTARIAL CALLE SAN JOSÉ 330, CERCADO, SE PRESENTÓ: DINA MARCOLIA CALLE DE PONCIANO, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO N° 104 EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARABAYA - MACUSANI Y DEPARTAMENTO DE PUNO, EN LOS DATOS DEL PADRE

DONDE DICE: “ELIAS CESAR CALLE GUERRA” Y DEBE DECIR, “CESAR ELIAS CALLE GUERRA”, LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 17 DE ABRIL DE 2017. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (03 mayo) B/E 031-9664.RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE MI HUGO JULIO CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICIO NOTARIAL CALLE SAN JOSÉ 330, CERCADO, SE PRESENTÓ: MARINA LILIANA CALLE HERRERA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO N° 72 EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLACHEA, PROVINCIA DE CARABAYA Y DEPARTAMENTO DE PUNO. EN LOS DATOS DEL PADRE DONDE DICE: “CESAR ELIAS CALLE G.” Y DEBE DECIR, “CESAR ELIAS CALLE GUERRA”, LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA 17 DE ABRIL DEL 2017. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (03 mayo) B/E 031-9664. RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION ANTE MI HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICIO NOTARIAL CALLE SAN JOSÉ 330. CERCADO. SE PRESENTÓ, DINA ANGELICA HERRERA DE CALLE, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION DE SU CONYUGE N° 00881561, EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA. PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, DONDE DICE EN LOS DATOS DEL TITULAR “ELIAS CESAR CALLE GUERRA”, Y DEBE DECIR, “CESAR ELIAS CALLE GUERRA”. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA. 17 DE ABRIL DE 2017. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A MAT. 036. (03 mayo) B/E 031-9664. RECTIFICACION DE PARTIDA Ante esta Vicaria Judicial de la Prelatura de Chuquibamba, se ha presentado doña Norma Julia Herrera Montoya con D.N.I. Nro. 06199763, quien solicita por única vez la rectificación de la partida de bautismo de Emma Aurora Montoya Dongo, que está registrada en el libro 11, foja 82, del Archivo Parroquial de San José de Ocoña -Prelatura de Chuquibamba; en su partida aparece su apellido materno como: “Dondo”. Pide que sea corregida de la siguiente manera: su apellido materno es son: “DONGO”; el nombre de su madre aparece como “Amelia”, pide que corrija de la siguiente manera; el nombre de su madre es: “AURELIA”, lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Camaná, 02 de mayo del 2017.- Pbro. Lic. Fermín Quispe Espinal, Vicario Judicial. (03-04-05 mayo) B/E 031-9687.-

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2017. Augusto Morote Valenza NOTARIO ABOGADO. (03 mayo) B/E 031-9642. SUCESION INTESTADA Ante mi Augusto Moróte Valenza, Notario - Abogado de Arequipa, con oficio sito en El Triunfo Zona B-12, lote 13, Cruce La Joya, distrito de La Joya se ha presentado Luz Maria Lizarraga Valdivia, solicitando la sucesión intestada de quien fuera ENMA SIMONA VALDIVIA DE LIZARRAGA, fallecida el día 15 de marzo del 2017. Arequipa, 26 de abril del 2017. AREQUIPA, 26 DE ABRIL DEL 2017. AUGUSTO MOROTE VALENZA NOTARIO ABOGADO. (03 mayo) B/E 031-9648. SUCESION INTESTADA ANTE Mí DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA CON OFICINA EN CALLE SAN JOSE 330 CERCADO DE AREQUIPA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 SE PRESENTO LOURDES CECILIA OCHOA RONDON EN REPRESENTACION DE KAROL VALESKA ISABEL VELASQUEZ OCHOA Y MEDALY IVETT CAMINO CHIRE EN REPRESENTACION DE JOSE DANIEL VELASQUEZ CAMINO SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE JOSE ANSELMO VELASQUEZ OCHARAN FALLECIDO EL 26 DE FEBRERO DEL 2017 SEÑALANDO COMO ULTIMO DOMICILIO EN CALLE ALEMANIA NRO. 101, URB. SATELITE CHICO, DISTRITO JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA INDICANDO COMO HEREDEROS A KAROL VALESKA ISABEL VELASQUEZ OCHOA Y JOSE DANIEL VELASQUEZ CAMINO COMO HIJOS SUPERSTITES. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 28 DE ABRIL DE 2017. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A MAT. 036. (03 mayo) B/E 031-9649.

SUCESIONES

SUCESION INTESTADA ANTE Mí HUGO JULIO CABALLERO LAURA. NOTARIO DE AREQUIPA CON OFICIO NOTARIAL EN LA CALLE SAN JOSÉ 330, CERCADO DE AREQUIPA. DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 SE PRESENTO ALICIA MENDOZA GUTIERREZ DE CALLUARI, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE JUAN CALLUARI QUISPE, FALLECIDO EL 10 DE MARZO DE 2017, SEÑALANDO COMO ULTIMO DOMICILIO EN EL CONJUNTO HABITACIONAL DEÁN VALDIVIA SECTOR 5 MANZANA R LOTE 7 DEL DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. INDICANDO COMO SU HEREDERA A: ALICIA MENDOZA GUTIERREZ DE CALLUARI, COMO CÓNYUGE SUPÉRSTITE. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA. 27 DE ABRIL DE 2017. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A MAT. 036. (03 mayo) B/E 031-9650.

SUCESIÓN INTESTADA EN MI OFICIO DE CALLE PROGRESO N° 304, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA, SE HA PRESENTADO RAIMUNDO PACHAO CHAUPE SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE LINA GAMERO DIAZ FALLECIDA EL 06 DE OCTUBRE DE 2005, TENIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN APLAO, LO QUE COMUNICO DE ACUERDO A LEY PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO SUCESORIO. APLAO, 25 DE ABRIL DEL 2017. CESAR OMAR FLORES MONJE NOTARIO DE CASTILLA COLEGIO DE NOTARIOS DE AREQUIPA. (03 mayo) B/E 031-9669.

SUCESION INTESTADA ANTE MI DESPACHO SE HA PRESENTADO ANA DORY VILCAPE CHUQUICONDO, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE SU DIFUNTO HERMANO ROBERT ANGELINO VILCAPE CHUQUICONDO, FALLECIDO EL 13 DE MARZO DEL AÑO 2017, EN AREQUIPA Y SE DECLARE COMO SU HEREDERO A ANA DORY VILCAPE CHUQUICONDO, EN CONDICIÓN DE HERMANA, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 26662. AREQUIPA, 27-04-2017. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACIÓN G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA. (03 mayo) B/E 031-9651.

SUCESIÓN INTESTADA EN MI OFICIO DE CALLE PROGRESO N° 304, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA, SE HA PRESENTADO NATIVIDAD MANUELA VERA ZEGARRA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE ISAAC HERADIO VERA MOYA FALLECIDO EL 28 DE OCTUBRE DEL 2008 TENIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN PAMPACOLCA, LO QUE COMUNICO DE ACUERDO A LEY PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO SUCESORIO. APLAO, 25 DE ABRIL DEL 2017. CESAR OMAR FLORES MONJE NOTARIO DE CASTILLA COLEGIO DE NOTARIOS DE AREQUIPA. (03 mayo) B/E 031-9669.

SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CERCADO SE PRESENTÓ: IRENE COLQUEHUANCA LETONA, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU ESPOSO: FÉLIX ROBERTO PUÑO CARI; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN.- AREQUIPA, 28 DE ABRIL DEL 2017. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA ABOGADA C.N.A Nº 24. (03 mayo) B/E 031-9652.

SUCESION INTESTADA Ante esta Notaría se ha presentado don Aniceto Jesús Olivera Pacori, solicitando la sucesión intestada de don Inés Valeriana Sucapuca Choque, fallecida en esta ciudad de Arequipa, el día 19 de julio de 1999, siendo su último domicilio esta ciudad de Arequipa. -Arequipa. 20 de abril del 2017.- JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (03 mayo) B/E 031-9640. SUCESION INTESTADA Ante mi Augusto Moróte Valenza, Notario - Abogado de Arequipa, con oficio sito en El Triunfo Zona B-12, lote 13, Cruce La Joya, distrito de La Joya se ha presentado Rosa Elvira Zevallos, solicitando la sucesión intestada de quien fuera Manuela Asención Zevallos Revilla, fallecida el día 15 de enero del 2010. Arequipa, 25 de marzo del

SUCESIÓN INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CERCADO SE PRESENTÓ AMPARO IRENE GALLEGOS DE CUADROS SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU PADRE ANDRES CLAUDIO GALLEGOS RAMIREZ; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 27 DE ABRIL DE 2017. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A. Nº 24. (03 mayo) B/E 031-9653. SUCESION INTESTADA Ante esta notaria, se ha presentado MARIA EUGENIA CHANOVE MONDACA solicitando la Sucesión Intestada de EDMUNDO CHANOVE RODRIGUEZ, fallecido el 24 de julio del 2016 en la ciudad de Arequipa, y teniendo como

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último domicilio ésta ciudad. Lo que se comunica, de conformidad con el artículo 41° de la Ley 26662, a efectos de que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Arequipa, 28 de abril del 2017 Doctor Javier Rodríguez Velarde, Abogado - Notario de Arequipa Urbanización Señorial A-3, Cayma. (03 mayo) B/E 031-9663.

PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA AVENIDA EJERCITO 307 OFICINA 104, YANAHUARA, EUFRACIO ARONI ESTRADA Y ANTONIA ARIAS BOLIVAR; SOLICITAN PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE 10, MANZANA S, ASENTAMIENTO POBLACIONAL ASOCIACION DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES LOS CAMINEROS -SECTOR EMPLEADO, YURA - AREQUIPA. CON UN AREA DE 196.77 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: FRENTE: JIRON 17 CON 10.00 ML; DERECHA: LOTE 11 CON 20.00 ML; IZQUIERDA: LOTE 9 CON 20.00 ML. Y FONDO: LOTE 17 CON 10.00 ML. INSCRITO EN LA PARTIDA P06065130 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII-SEDE AREQUIPA. SIENDO EL TITULAR REGISTRAL NILDA HURTADO PEREZ. LO QUE SE COMUNICA PARA FINES DE LEY. AREQUIPA, 16 DE SETIEMBRE DEL 2016.- MIGUEL VILLAVICENCIO CARDENAS NOTARIO DE AREQUIPA. (03-09-15 mayo) B/E 031-9644. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante esta Notaría se han presentado los esposos don Hernán Pascual Chávez Cerpa y doña Rosaura Hilda Avega Montañez, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del predio urbano ubicado en calle Madre de Dios número 216 sub lote 12 A manzana G zona A del Pueblo Tradicional Pampa de Camarones del distrito de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 292,92 m2, (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, colinda con jirón Madre de Dios, con un tramo recto de 10,55 metros; por el costado derecho entrando, colinda con sub lote 12, propiedad de Dañe Emiliana Chávez Cerpa, Olinda Celedonia Chávez Cerpa y Eddy William Martínez Esteban, con tres tramos rectos de 27,66 metros, 5,54 metros y 2,70 metros; por el costado izquierdo, colinda con lote 11, propiedad del señor Alberto García Talavera, con dos tramos rectos de 17,10 metros y 13,01 metros; por el fondo, colinda con lote 5, propiedad de la señora Paula Cerpa Chávez con un tramo recto de 4,91 metros. El bien de mayor extensión se encuentra inscrito en la partida número P06098978 del Registro de Predios de Arequipa. Arequipa, 21 de abril del 2017.- José Luis Concha Revilla – NOTARIO ABOGADO.- (26 ABRIL – 03-09 MAYO) B/E 031-9520. NOTIFICACION NOTARIAL PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI CONCURRE ROCSANA JULIA RIVERA PROVINCIA, CON DNI 29481461 SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, DEL INMUEBLE UBICADO EN CENTRO POBLADO DE SERVICIOS BASICOS LA COLINA MANZANA A9, LOTE 4, MAJES, CAYLLOMA, AREQUIPA, CON PARTIDA N° P6115405 DEL REGISTRO DE PREDIOS AREQUIPA SIENDO LOS EMPLAZADOS AUTODEMA, JOSE ANTONIO ALEGRIA ESPINOZA Y SILVIA TERESA AGUIZADO ORTIZ DE ALEGRIA, LOS MISMOS QUE LA SOLICITANTE DESCONOCE SU DOMICILIO, DECLARANDO DICHO HECHO BAJO JURAMENTO, LOS INTERESADOS ACERCARSE A MANZANA 3E, LOTE 19, MAJES. NOTARIO RUBEN BOLIVAR CALLATA.- (26 ABRIL – 03-09 MAYO) B/E 031-9497. PUBLICACION DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA Y NOTIFICACION POR EDICTOS ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, OSWALDO JOSE LOAIZA QUISPE, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE UBICADO EN CARRETERA YURA KM. 11.900, MARGEN DERECHA, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 1843.91.00M2. COLINDANTES: - FRENTE: CON LA AVENIDA AREQUIPA YURA KM 11.90 EN LINEA RECTA DE UN SEGMENTO DE 18.00ML.- DERECHA: CON LA PROPIEDAD DE LA EMPRESA WING SERVICE SA, CON LINE RECTA DE UN SEGMENTO DE 81.90ML- IZQUIERDA: CON TERRENOS ERIAZOS DELE STADO, CON UNA LINEA RECTA DE UN SEGMENTO CON 77.82ML. - FONDO: CON PROPIEDAD DEL SR. CARLOS MUÑOZ MOSCOSO, EN UNA LINEA RECTA DE UN SEGMENTO CON 28.50ML. INSCRIPCIÓN: PREDIO NO INSCRITO EN LA ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA. ASIMISMO SE NOTIFICA POR ESTE MEDIO AL ESTADO, CON LA REFERIDA SOLICITUD PARA QUE EJERZAN SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. AREQUIPA, 22 DE ABRIL DEL 2017. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CONO NORTE, YURA, AREQUIPA.- (26 ABRIL – 03-09 MAYO) B/E 031-9469.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante esta Notaría se ha presentado Juana Natividad Cornejo Negrón, Gina Miriam Cornejo Negrón, Moira Vega viuda de Cornejo, Mayra Isabel Cornejo Vega, Gina Lucia Cornejo Vega, solicitando prescripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en avenida Ejército 1026 interior E distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, el cual tiene un área de 191,55 m2, (CIENTO NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con propiedad de Edy Medina Collado y señora, pasaje peatonal (ancho de pasaje 1,35 metros) por medio, con 21,25 metros a la altura de la avenida Ejército 1028 - interior; costado derecho, residencial Quinta Meditarraneo, con 10,60 metros, canal de regadío por medio de 0,80 de ancho por 10,60 de largo, actualmente en desuso; costado izquierdo, propiedad de Jackeline Guzmán Cornejo, con 9,90 metros y fondo, con propiedad de Harley Polanco Chirinos, con 17,45 metros. El bien no encuentra inscrito en Registros Públicos. Arequipa, 18 de abril del 2017.- Jose Luis Concha Revilla NOTARIO – ABOGADO.- (20-26 ABRIL – 03 MAYO) B/E 031-9377. RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO Ante esta Notaria se presentaron JOSE HURTADO CCAMA y JELIVAN RUTH MAMANI ÑAUPA, solicitando el reconocimiento de su unión de hecho, la misma que llevan desde el 05 de enero del 2014, hasta la actualidad de manera continua y libre de impedimento matrimonial.- Arequipa, 20 de marzo del 2017. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (03 mayo) B/E 031-9641. DECLARACIÓN DE UNIÓN DE HECHO DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 26662, ANTE MI, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE SAN JOSÉ 313-A, CERCADO - AREQUIPA, SE PRESENTARON KARINA LIZEHT BURE JIMENEZ Y ANGEL MAMANI CHINO, SOLICITANDO SU DECLARACIÓN NOTARIAL DE UNIÓN DE HECHO, MANIFESTANDO ENCONTRARSE LIBRES DE IMPEDIMENTO MATRIMONIAL Y TENER A LA FECHA MÁS DE 02 AÑOS DE UNIÓN DE HECHO CONTINUA, UBRE Y VOLUNTARIA; LO QUE SE HACE SABER PARA LOS FINES CONSIGUIENTES DE LEY. AREQUIPA, 24 DE ABRIL DE 2017. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A Nº 24. (03 mayo) B/E 031-9638. INEFICACIA DE TÍTULO VALOR ANTE EL 10º JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE AREQUIPA, EXPEDIENTE Nº 1055-2017-0-0401-JR-CI-10, JUEZ: HUMBERTO GROVER VALDIVIA TALAVERA; ESPECIALISTA: OSCAR RAÚL CAHUANA CAHUANA, SEGUIDO POR EMERSON & DANERY E. I. R. L. REPRESENTADO POR ROLANDO CEVEDO TAMAYO CACERES, CONTRA EL BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ Y CON EMPLAZAMIENTO A YENY ROSA LUZ HUARANCCA VARGAS, SOBRE INEFICACIA DE TÍTULO VALOR, EN VÍA DE PROCESO SUMARÍSIMO. SE ADMITE LA DEMANDA POR RESOLUCIÓN 02 DE FECHA 12 DE ABRIL DEL 2017, CORRIÉNDOSE TRASLADO DE LA MISMA POR EL PLAZO DE CINCO DÍAS PARA SU ABSOLUCIÓN. SE DISPONE 1) QUE EL BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ RETENGA EL PAGO DE LA OBLIGACIÓN REPRESENTADA EN EL TITULO VALOR, CHEQUE Nº 0000533 2) LA PUBLICACIÓN DE LA PRESENTE DEMANDA DURANTE CINCO DÍAS. JORGE LUIS ARDILES SANCHEZ ABOGADO C.A.A. 9068. OSCAR RAUL CAHUANA CAHUANA SECRETARIO JUDICIAL DECIMO JUZGADO CIVIL. (03-04-05-08-09 MAYO) B/E 031-9646. INEFICACIA DE TITULO VALOR Por ante el Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, a cargo del Juez Jorge Luis Villanueva Riveros, Especialista Legal Adán José Lacunza Alfaro, Exp. N° 399-2017, AGROGANADERA PARMA SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, representada por su Gerente señor MARIANO PAREDES MANRIQUE, está solicitando la Ineficacia del Cheque N° N° 1589753, por la suma de S/ 7,236.19, con fecha de emisión 18 de febrero del año 2016, correspondientes a la cuenta de la Empresa Franco Supermercados, E. I. R. L., a cargo de la Caja Arequipa; por extravío, y se disponga se le otorgue un duplicado, lo que comunica para los fines de ley. Arequipa, 2017 Abril 28. ALAN JOSE LACUNZA ALFARO SECRETARIO JUDICIAL SETIMO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO. (03-04-05 marzo) B/E 031-9645.

EDICTOS PENALES EXPEDIENTE: 07523-2016-0-0401-JP-PE-01, ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Juana Pinto Machaca, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada JUANA PINTO MACHACA del presente proceso por Faltas Contra

el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tómese razón y hagase saber. MARITZA SALOMON NUÑEZ JUEZA. (03-04-05 mayo) Expediente: 03247-2015 Secretario: JORGE SANDOVAL ARENAS. Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado-ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifique al agraviado SAUL DANIEL HUAMANI GUTIERREZ con la resolución N° 04. Se DISPONE reprogramar la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO ORAL para el VEINTIDOS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ DE LA MAÑANA: en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado-Penal, ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa. Audiencia a la que deberán asistir: La parte agraviada SAUL DANIEL HUAMANI. En su calidad de querellante particular, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). Tómese razón y hágase saber. Arequipa,, 30 de marzo 2017. JORGE SANDOVAL ARENAS SECRETARIO JUDICIAL. (03-04-05 mayo) Expediente: 00355-2015 Secretario: JORGE SANDOVAL ARENAS. Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado-ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifique a los imputados y a la vez agraviados MARCOS AUGUSTO CAHUANA TACCA y EUSEBIA CALSIN BELISARIO con la resolución N° 05. Se DISPONE reprogramar la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO ORAL para el VEINTIDOS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal, ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa. Audiencia a la que deberán asistir: La parte agraviada e imputada a la vez. MARCOS AUGUSTO CAHUANA TACCA y EUSEBIA CALSIN BELISARIO con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; y la agraviada MARCOS AUGUSTO CAHUANA TACCA y EUSEBIA CALSIN BELISARIO. En su calidad de querellante particular, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). Tómese razón y hágase saber. Arequipa 20 de Marzo 2017. JORGE SANDOVAL ARENAS SECRETARIO JUDICIAL (03-04-05 mayo) Expediente: 10123-2014 Secretario: JORGE SANDOVAL ARENAS. Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado-ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifique al agraviado ALVARO ROBERTO LAZO BEGAZO con la resolución N° 05. Se DISPONE reprogramar la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO ORAL para el VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal, ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa. Audiencia a la que deberán asistir: La parte agraviada, ALVARO ROBERTO LAZO BEGAZO. En su calidad de querellante particular, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los

Miércoles, 3 de mayo del 2017

abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). Tómese razón y hágase saber. Arequipa 30 de Marzo 2017. JORGE SANDOVAL ARENAS SECRETARIO JUDICIAL (03-04-05 mayo) Expediente: 11113-2016 Secretario: JORGE SANDOVAL ARENAS. Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado, ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifique a la agraviada IDA LIZBETH YANQUE LUPACA con la resolución N° 05. Se DISPONE reprogramar la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO ORAL para el VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA: en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal, ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa. Audiencia a la que deberán asistir: La parte agraviada IDA LIZBETH YANQUE LUPACA. En su calidad de querellante particular, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). Tómese razón y hágase saber. Arequipa 27 de Marzo 2017. JORGE SANDOVAL ARENAS SECRETARIO JUDICIAL. (03-04-05 mayo) EXPEDIENTE: 06964-2016-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Rolando Chuquitaype Choquenayra, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por FENECIDO el presenteproceso por TRANSACCIÓN entre ROLANDO CHUQUITAYPE CHOQUENAYRA y JUAN ALONSO FERIA HUAHUAYO; en consecuencia: DISPONGO: El archivo definitivo del presente proceso. Tómese razón y hágase saber. MARITZA SALOMON NUÑEZ JUEZA S. (03-04-05 mayo)

PANA CMAVEZ; en consecuencia: DISPONGO: El archivo definitivo del presente proceso. Tómese tazón/y hágase saber. MARITZA SALOMON NUÑEZ JUEZA S. (03-04-05 mayo) EXPEDIENTE: : 07741-2016-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Eva Flora Cruz Márquez, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en tomo al proceso seguido por EVA FLORA CRUZ MARQUEZ, por Faltas contra e/Patri^ion¡aren la modalidad de Hurto. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE - MARITZA SALOMON NUÑEZ JUEZA S. (03-04-05 mayo) EDICTO JUDICIAL Proceso N°149-2016-58-0404-JR-PE-01. (Cuaderno de Ejecución) Por encargo del señor Juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE APLAO, DR. DEYVI CUEVA CUCHO, por intermedio del presente NOTIFICA al sentenciado BENEDICTO ARCADIO CHOQUE CHARA, con el contenido de la Resolución número cuatro de fecha dieciocho de abril del dos mil diecisiete, que requiere al sentenciado antes mencionado cumpla con pagar las cuotas adeudadas ascendentes a S/.1693.80 correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre del dos mil dieciséis a favor de la parte agraviada en el plazo de cinco días de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de revocársele la pena impuesta en sentencia. Asimismo señala fecha para audiencia de revocatoria de la pena para el día 12-06-2017 a las 14:30 pm en la Sala de Audiencias única del Juzgado de Investigación Preparatoria de Aplao, cito en Calle Progreso T105-Segundo Piso, Cercado-Aplao, por lo que el sentenciado deberá concurrir con su abogado de libre elección, caso contrario ante su inasistencia se le nombrará defensor de oficio en la misma audiencia con quien se llevará adelante la diligencia antes referida. Todo ello ordenado en el Proceso N° 149-2016-58-0404-JR-PE-01. Especialista Judicial de Causas y Audio. Estela Ccapa Taipe. Aplao, 18 de abril del 2017 .- (02-03-04 mayo)

EXPEDIENTE : 08049-2016-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Hugo Machaca Portillo, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva SE RESUELVE: Tener por FENECIDO el Presente proceso por TRANSICION entre la parte agraviada HUGO MACHACA PORTILLO con el imputado JULIO DELGADO DELGADO en consecuencia: DISPONGO: El archivo definitivo del presente proceso. Tomese razón y hágase saber. MARITZA SALOMON NUÑEZ JUEZA S. (03-04-05 mayo)

El señor juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAYLLOMA -CHIVAY, DR. FLAVIO DIAZ MACHACA por intermedio del presente NOTIFICA a los agraviados JESÚS CATACORA CORNEJO, VICTORIA CONDORI HUALLPA, ANDRÉS ALFREDO CRUZ CHISI, VILMA HUANAPACO QUISPE, MARIA YUCRA DE QUISPE, MARLENE ISABEL LLERENA VELARDE, MISIEL MENDIVIL CASTRO, GABRIEL RAMOS DE TORRE, CARLOS MARCISA RAMOS, SANDY GUTIÉRREZ CÁRDENAS, AYDE HUAYNACHO YAHUI, JORGE MILLAN RIVROS, PAMELA RUA ORE, MARITZA RUA ORE, ELSA CONDORI CONDORI, MARISOL YANA BOMBILLA, BACILIA YANA BOMBILLA Y FABRICIO CONDORI QUISPE con el contenido de la resolución 01 que dispone poner en su conocimiento por el plazo perentorio de diez días hábiles el REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO emitida por la Fiscalía Penal Corporativa de Chivay que requiere el sobreseimiento por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones Culposas ilícito previsto en el segundo párrafo del artículo 124° del Código Penal en agravio de Jesús Catacora Cornejo, Victoria Condori Huallpa, Andrés Alfredo Cruz Chisi, Vilma Huanapaco Quispe, Maria Yucra De Quispe, Marlene Isabel Llerena Velarde, Misiel Mendivil Castro, Gabriel Ramos De Torre, Carlos Marcisa Ramos, Sandy Gutiérrez Cárdenas, Ayde Huaynacho Yahui, Jorge Millan Rivros, Pamela Rúa Ore, Maritza Rúa Ore, Elsa Condori Condori, Marisol Yana Bombilla, Bacilia Yana Bombilla Y Fabricio Condori Quispe, lo que hace de su conocimiento a efecto de que pueda presentar los medios de defensa pertinentes para su debate en AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO señalada para el día VEINTE DE JUNIO del dos mil diecisiete a las ONCE CON TREINTA horas en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, todo conforme a lo establecido en el inciso primero del artículo 351 del Nuevo Código Procesal Penal, con citación del Ministerio Público y los demás sujetos procesales. Ello en el expediente 00252-2013-2-0405-JRPE-01. (02-03-04 mayo )

EXPEDIENTE : 078S5-2016-0-0401-JP-PE-01.- ESPECIALISTA : JAMETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías .- El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Kadir D’tormmo Rojas en representación de la menor Lucía Belén D’tormmo Polar, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por FENECIDO el presente proceso por TRANSACCIÓN entre la parte agraviada, la menor LUCIA BELEN D’TORMMO POLAR debidamente representado por su padre KADIR D’TORMMO ROJAS con el imputado RAUL GERMAN ZA-

Por ante el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHIVAY, a cargo del Juez Flavio Renato Díaz Machaca y secretaria judicial Katherine Cynthia Zeballos Bruna, se viene tramitando el Expediente N° 422-2017-PE, por faltas contra el patrimonio, siendo que en el mismo, mediante Resolución número dos de fecha cuatro de abril del dos mil diecisiete se ha dispuesto notificar por edictos a LINDAVER JOST KRISTOF BALTHASAR Y FREDY MELITÓN SUAREZ CCAMA, debiendo tomar conocimiento de la Resolución uno de fecha seis de febrero del año en curso, en el que se resuelve no ha lugar dictar auto de citación a juicio oral, por la comisión de faltas contra el patrimonio, disponiéndose el archivo definitivo de la denuncia. Chi-

EXPEDIENTE : 044-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a Benancia Teodora Colque Choquehuayta de Sahuanay, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada BENANCIA TEODORA COLQUE CHOQUEHUAYTA DE SAHUANAY del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tomese razón y hágase saber. MARITZA SALOMON NUÑEZ JUEZA S. (03-04-05 mayo)

Miércoles, 3 de mayo del 2017

vay, 04 de abril del 2017. Especialista Katherine Zeballos Bruna.- (02-03-04 mayo )

el ARCHIVO DEL PROCESO ESPECIAÜSTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ: 02, 03 Y 04 de MAYO del dos mil diecisiete.

EDICTO JUDICIAL El señor juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAYLLOMA -CHIVAY, DR. FLAVIO DIAZ MACHACA por intermedio del presente NOTIFICA a los imputados MAURO MERCEDES IDME MESTAS Y TEOFILA CONDORI DE IDME con el contenido de la resolución 01 que dispone poner en su conocimiento por el plazo perentorio de diez días hábiles el REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO emitida por la Fiscalía Penal Corporativa de Chivay que requiere el sobreseimiento por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación Agravada ilícito previsto en el artículo 202° del Código Pena inciso 3 concordado con el inciso 2 del articulo 204 del Código Penal en agravio de Reimunda Laura Miranda Cruz de Casaperalta, lo que hace de su conocimiento a efecto de que pueda presentar los medios de defensa pertinentes para su debate en AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO señalada para el día VEINTE DE JUNIO del dos mil diecisiete a las ONCE horas en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, todo conforme a lo establecido en el inciso primero del artículo 351 del Nuevo Código Procesal Penal, con citación del Ministerio Público y los demás sujetos procesales. Ello en el expediente 05199-2013-1-0405-JR-PE-01. (0203-04 mayo )

expediente: nº 7784-2016- turno “a” comisarias secretario: raul ramos perez quinto juzgado de paz letrado del cercado de la corte superior de justicia de arequipa-comisarias turno “a” 1) la señorita jueza que suscribe doctora maritza salomon nuñez dispone que se notifique , mediante edictos a la parte agraviada roger chura soncco con la resolucion numero uno de fecha catorce de noviembre del dos mil dieciseis que RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños seguido por FELIX JULIO DE PAZ ANACLETO, JORGE SILVERIO LIRA y ROGER CHURA SONCCO, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente; ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por FELIX JULIO DE PAZ ANACLETO, por Faltas contra la persona, conforme a lo descrito en el cuarto considerando y siguientes; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa en este extremo Tómese Razón y hágase Saber^SPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ: 02, 03 Y 04 de MAYO del dos mil diecisiete.

El señor juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAYLLOMA -CHIVAY, DR. FLAVIO DIAZ MACHACA por intermedio del presente NOTIFICA a los imputados REMIGIO MAMANI CATASI, MAYBERTH EDGAR MAMANI CHULLO Y RICARDO JESUS MAMANI CHULLO con el contenido de la Resolución 01 y Resolución 04 que dispone: poner en su conocimiento por el plazo perentorio de diez días hábiles la ACUSACION FISCAL emitida en su contra por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chivay que los acusa por el delito de Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones Leves ilícito previsto en el artículo 122° del Código Penal en agravio de Oscar Edwin Peña Cabrera, habiendo solicitado una pena privativa de libertad de dos años con la calidad de suspendida por el periodo de un año y mil nuevos soles de Reparación Civil a favor del agraviado, lo que hace de su conocimiento a efecto de que pueda presentar los medios de defensa pertinentes para su debate en la audiencia preliminar de CONTROL DE ACUSACIÓN señalada para el día TRES DE JULIO del año en curso a las CATORCE HORAS en la SALA DE AUDIENCIAS del Juzgado de Investigación Preparatoria de Chivay. Todo ello en el expediente 02783-2015-84-04-05-JR-PE-01. (02-03-04 mayo ) El señor juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAYLLOMA -CHIVAY, DR. FLAVIO DIAZ MACHACA por intermedio del presente NOTIFICA al imputado ZACARIAS JUAN CHECCA COAQUIRA con el contenido de la resolución 01 que dispone poner en su conocimiento por el plazo perentorio de diez días hábiles el REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO emitida por la Fiscalía Penal Corporativa de Chivay que requiere el sobreseimiento por el delito Contra la Administración Publica en la modalidad de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad ilícito previsto en el artículo 368” del Código Penal en agravio del Estado representado por la Procuraduría del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, lo que hace de su conocimiento a efecto de que pueda presentar los medios de defensa pertinentes para su debate en AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO señalada para el día TRECE DE JUNIO del dos mil diecisiete a las DIEZ CON TREINTA horas en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, todo conforme a lo establecido en el inciso primero del artículo 351 del Nuevo Código Procesal Penal, con citación del Ministerio Público y los demás sujetos procesales. Ello en el expediente 4564-2014-87-0405-JR-PE-01. (02-03-04 mayo ) expediente: n= 7942-2016- turno “a” comisarias SECRETARIO: raul ramos perez QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” 1) LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte AGRAVIADA ROMEL VILCA LLERENA con la resolucion numero uno de fecha tres de enero del dos mil dieciseis que RESUELVE: , SE RESUELVE: Poner en conocimiento de ROMEL JOHN VILCA LLERENA, la recepción por este Juzgado de ia investigación por lesiones derivadas de accidente de tránsito en su agravio, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente, con arreglo a ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

EXPEDIENTE: N° 3621-2015- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO AUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte IMPUTADA LIZETH MILAGROS ROA CALLA Y GLORIA LIZBETH AÑO CORIHUAMAN CON LA RESOLUCION NUMERO SIETE DE FECHA TRES DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE QUE RESUELVE: DE OFICIO: Por recibido el oficio N° 324-2017 proveniente de la Oficina de Requisitorias. Agregúese a sus antecedentes y estando a la constancia emitida por el Secretario cursor al no haber asistido la parte imputada a la audiencia única fijada en autos y según su estado y teniendo a la vista el libro de audiencias: se dispone: 1) reprogramar la fecha para la realización de la audiencia única de juicio oral para el día veintitres de junio del dos mil diecisiete a las diez horas con treinta minutos en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado - Turno A, ubicado en calle Palacio Viejo, Audiencia a la que deberá comparecer por la fuerza pública conforme esta ordenado en autos, la imputada lizeth milagros roa calla y gloria lizbeth año corihuaman, debiendo presentarse con su abogado defensor, para lo cual se le designa un defensor de oficio debiéndose cursar el oficio correspondiente al ministerio de justicia. Asimismo en su condición de agraviado (querellante particular), corina mamani arapa, con su abogado defensor deberán presentarse a la diligencia programada, bajo apercibimiento de declarar su desistimiento tácito en caso de inasistencia conforme a lo dispuesto en el artículo 110° del Nuevo Código Procesa! Penal. Debiendo las partes procesales, tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatorio que estime conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia, y sobreabundancia (artículo 155° del N CPP), así como los requisitos formales mínimos en caso de prueba personal, examen de testigos y de peritos (nombre completo, profesiór domicilio y extremos de declaración) y de prueba documental, conforme al artículo 350° inciso f. 2) dispongo Cursar oficio a la Policía Judicial para la conducción por la fuerza pública de la inculpada la que deberá cumplir con lo ordenado e informar al respecto BAJO RESPONSABILIDAD, asimismo que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos, Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el J^nisterio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. DEBIENDO NOTIFICARSE ADEMAS A LA PARTE IMPUTADA MEDIANTE EDICTOS ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ/02, 03 YWde MAYO del dos mil diecisiete. EXPEDIENTE: Nº 121-2017- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte IMPUTADA AGRAVIADA ABRAHAM GABRIEL MAMANI ROJAS CON LA RESOLUCION NUMERO UNO DE FECHA VEINTITRES DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE QUE RESUELVE: VISTOS: Los actuados remitidos por la Policía Nacional del Perú y CONSIDERANDO: Primero.Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 483

inciso 1) del Código Procesal Penal, la persona ofendida con una falta puede denunciar su comisión ante la Policía o dirigirse directamente al Juez, comunicando el hecho, constituyéndose en querellante particular, asimismo el artículo 487 de citado código, señala que en cualquier estado de la causa, el agraviado o querellante puede desistirse o transigir, con lo que se dará por fenecido el proceso; existiendo por tanto la libre disposición del proceso por faltas para ia parte ofendida con la falta. Segundo.- Siendo así, al haber la parte denunciante expresado, a nivel policial, con su respectiva firma y huella digital, que desisten no con la denuncia realizada en contra de Abraham Gabriel Mamani Rojas y Pedro Elias Ibacache Maldonado por los hechos ocurridos el día veintinueve de octubre del dos mil dieciséis, los mismos que son materia del presente proceso; por lo que debe aplicarse la figura jurídica del desistimiento, antes referida y dar por fenecido el proceso; fundamentos por los que: SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada ABRAHAM GABRIEL MAMANI ROJAS Y PEDRO ELIAS IBACACHE MALDONADO del presente proceso por Faltas Contra la persona; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el EXPEDIENTE: Nº 3289-2015- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO RAUL AMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte IMPUTADA INOCENCIA MAMANI SUCASACA CON LA RESOLUCION NUMERO SEIS DE FECHA VEINTE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE QUE RESUELVE: que SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada ELIDA CIRA MAMANI; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de maltrato de obra seguido en contra de INOCENCIA MAMANI SUCASACA en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Debiendo notificarse mediante edictos a la parte imputada. Regístrese y notifíquese.- ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ: 02, 03 y 04 de MAYO del dos mil diecisiete. EXPEDIENTE : 02709-2013-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JAMETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a María Amparo Orccon Gamarra, con ia siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de OSCAR CHARLY CASTRO VARGAS; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MARIA AMPARO ORCCON GAMARRA. CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS a la persona de MARIA AMPARO ORCCON GAMARRA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de OSCAR CHARLY CASTRO VARGAS. SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de los imputados OSCAR CHARLY CASTRO VARGAS y MARIA AMPARO ORCCON GAMARRA 4) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 09 DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS 14:30 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Fufado Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir los imputados OSCAR CHARLY CASTRO VARGAS y MARIA AMPARO ORCCON GAMARRA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública; si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; asimismo, OSCAR CHTÁRLY^CASTRO VARGAS y MARIA AMPARO ORCCON GAMARRA en su calidaíl de Querellantes particulares, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). 5) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de OSCAR CHARLY CASTRO VARGAS en contra de personas sin identificar por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 6) REMITIR COPIAS CERTIFICADAS DE TODO LO ACTUADO A INSPECTORÍA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, con-

forme a lo indicado en el punto décimo, para que actúe conforme a sus funciones, debiéndose cursar el oficio correspondiente a tal efecto. 7) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencias se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias lo que imposibilite señalar. MARITZA SALOMON NUÑEZ JUEZA Supernumerario. (02-03-04 mayo) Por medio de la presente, la señorita Jueza del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, cita, notifica, emplaza a los Procesados MARCO ANTONIO ACROTA VEGA, YANET MIRIAM GONZALES MOTTA, ANTHONI GRIMALDI ACROTA GONZALES, ANA MARIA ACROTA VEGA, JORGE ELEODORO ACROTA COLQUE, VERONICA ROCIO ACROTA VEGA, MARIA ALEXANDRA GUTIERREZ ACROTA a efecto de que tomen conocimiento de la SE RESUELVE: 1) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de MARCO ANTONIO ACROTA VEGA, ANTHONI GRIMALDI ACROTA GONZALES y YANET MIRIAM GONZALES MOTTA en agravio de ANA MARIA ACROTA VEGA; 2) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de MARCO ANTONIO ACROTA VEGA y YANET MIRIAM GONZALES MOTTA en agravio de MARIA ALEXANDRA GUTIERREZ ACROTA y el menor KEVIN JESUS ACROTA ACROTA; 3) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de MARCO ANTONIO ACROTA VEGA en agravio de JORGE ELEODORO ACROTA COLQUE; 4) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de ANTHONI GRIMALDI ACROTA GONZALES en agravio de VERONICA ROCIO ACROTA VEGA; 5) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de JORGE ELEODORO ACROTA COLQUE en agravio de MARCO ANTONIO ACROTA VEGA; 6) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de ANA MARIA ACROTA VEGA y JORGE ELEODORO ACROTA COLQUE en agravio de ANTHONI GRIMALDI ACROTA GONZALES; y 7) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de ANA MARIA ACROTA VEGA, VERONICA ROCIO ACROTA VEGA y MARIA ALEXANDRA GUTIERREZ ACROTA en agravio de YANET MIRIAM GONZALES MOTTA. Faltas previstas y sancionadas en el primer párrafo del artículo 441 del Código Penal. Díctese mandato de COMPARECENCIA en contra de cada procesado. En consecuencia, de conformidad con el artículo 483 del Código Procesal Penal se programa fecha para la realización del Juicio Oral, atendiendo al rol de diligencias programadas con anterioridad por este Órgano Jurisdiccional, para el día veintidós de diciembre del año dos mil dieciséis a las nueve horas con treinta minutos, la que se llevará a cabo en un solo acto en el local del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar (Av. Simón Bolívar con Junín). Audiencia a la que deberán concurrir ambas partes, bajo los apercibimientos señalados en el considerando octavo. RESOLUCIÓN NRO. 03.- DE OFICIO: No habiéndose llevado a cabo el Juicio Oral debido a las devoluciones de notificaciones de las partes, vía reprogramación, se señala como nueva fecha para llevar a cabo la audiencia de juicio oral para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, la cual se llevará a cabo en el local de este Juzgado de Paz Letrado de Mariano Melgar, quedan subsistentes los apercibimientos dispuestos mediante resolución uno. Ello en la instrucción N° 01182-2016-0-0410-JP-PE-02 POR FALTAS. Mariano Melgar, 21 de abril del 2017.- RINA CHANG SUAREZ ESPECIALISTA LEGAL. (28 abril y 02-03 mayo) Por medio de la presente, la señorita Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a ROSALES CRUZ CENTENO, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN NRO. 04, QUE RESUELVE: A conocimiento de la parte agraviada la devolución de cédula de notificación dirigida al imputado Jorge Luis Mamani Quispe, para que precise la dirección y adjunte croquis indicando las características del inmueble y/o fotografía, a efecto de notificar conforme a ley a dicha parte, ello en el plazo de tres días bajo apercibimiento de tenérsela por desistida tácitamente del presente proceso conforme lo contempla el artículo 110 del Código Procesal Penal. Ello en la instrucción N° 01427-2015-JP-PE-02, por Faltas contra la persona. Irma Rosa Chang Suárez Especialista Legal Juzgado de Paz Letrado Modulo Básico de Justicia de Mno Melgar. (28 abril y 02-03 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-4533-83 (Imputado) EDUARDO MAMANI OBREGON

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, delito APROPIACION ILICITA, agraviado DISTRIBUCIONES D FRIO S A C REPRESENTADA POR VALERIE MELISSA PINTO GOMEZ , NOTIFICACION, SE REPROGRAMA la AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO DE CARÁCTER INAPLAZABLE (conforme la normatividad procesal vigente) para el día 13 de JUNIO del año 2017 a las 10:30 horas, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias N° 1–Primer Piso del Módulo Penal de Sede de Corte, ubicada en la Plaza España s/n; subsistiendo los apercibimientos dispuestos en resolución que antecede. ; Secretario: Quispe.(28 abril y 02-03 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-6569-86 (Imputado) HERNAN RICHARD PUMA RIOS, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO FALSO, agraviado SUNAT y otro, NOTIFICACION, RES. 03: SE REPROGRAMA la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN DE CARÁCTER INAPLAZABLE (conforme la normatividad procesal vigente) para el día 07 de JUNIO del año 2017 a las 09:00 horas, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias N° 2–Primer Piso del Módulo Penal de Sede de Corte, ubicada en la Plaza España s/n; subsistiendo los apercibimientos dispuestos en resolución que antecede. ; Secretario: Quispe . (28 abril y 02-03 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-6076-54 (Imputado) Mario Ochoa Huillca , delito USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO , agraviado EL ESTADO SUNARP, DILIGENCIA 22-05-2017, 08:00, Sala 2, ; Secretario: Díaz . (28 abril y 02-03 mayo) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 5987-2016-50 (Imputado) FREDY DAVALO PACCO, delito O.A.F, agraviado JOSE DAVALOS, DILIGENCIA 04:05:2017, 08:15, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Sucapuca . (28 abril y 02-03 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-3186-25 (Imputado) PERCY EDGAR QUISPE LUNA, delito VIOLACION SEXUAL TIPO BASE, agraviado E.G.S.C., DILIGENCIA 23-05-2017, 09:00, Sala 1, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: Gallegos. (28 abril y 02-03 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-7838-0 (Imputado) JEAN PIERRE EGOAVIL QUISPE, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado LUIS ALFREDO MAMANI MAMANI, DILIGENCIA 19-05-2017, 10:30, Sala 1, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: Gallegos. (28 abril y 02-03 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-8087-0 (Imputado) JOVER ELISBAN APAZA LUQUE, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 10-05-2017, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Palma. (28 abril y 02-03 mayo) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20165869-56 GABINO PHOCO CHOQUE, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ROSA PHOCCO FLORES, DILIGENCIA 05-06-2017, 10:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO . (28 abril y 02-03 mayo) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue

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La República

mediante Exp. 1994-102-0 (AGRAVIADA)DOÑA NATIVIDAD LAZARO USCAMAYTA MADRE DE LA MENOR DE INICIALES M.F.C.L., delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR, agraviado MENOR DE EDAD DE INICIALES M.F.C.L., NOTIFICACION, RES. N°20(AUTO FINAL N°3) EN EL QUE SE DECLARA FUNDADA LA EXCEPCION DE PRESCRIPCION EN LA INTRUCC. SEGUIDA CONTRA ELICEO BACILIO USCAMAITA HUAMANI, SE DISPONE SE ARCHIVE DEFINITIVAMENTE Y LA CANCELACION DE LOS ANTECEDENTES GENERADOS EN CONTA DEL IMPU. ; Secretario: Suarez . (28 abril y 02-03 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-7838-0 (Imputado) JEAN PIERRE EGOAVIL QUISPE, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado LUIS ALGREDO MAMANI MAMANI, DILIGENCIA 12-06-2017, 10:00, Sala 4, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA DE ACUSACION SIN SU PRESENCIA; Secretario: Gallegos. (28 abril y 02-03 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-7-0 notifica al agraviada HERMOGENES FLAVIO ROQUE FLORES, sobre la formalización de la investigación en contra de RUBEN EMILIANO TURPO ARUHUANCA, delito LESIONES CULPOSAS GRAVES, agraviado HERMOGENES FLAVIO ROQUE FLORES., NOTIFICACION, res. 1 ; Secretario: Arana . (28 abril y 02-03 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-239-0 (Imputado) ESTE JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANA, NOTIFICA AL INVESTIGADO FREDY JESUS MEDINA CAMPOS, PARA QUE TOME CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS QUE LA FISCALIA LE IMPUTA. haber inutilizado los cultivos de cebolla de Palermo Ignacio Tores Gomez, existentes en cuatro topos de terreno ubicado en el fundo Campo Santo. , delito daños, agraviado Ignacio Palermo Torres Gomez. , NOTIFICACION, res. 1 ; Secretario: Arana . (28 abril y 02-03 mayo) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015313-32 (Imputado) MIGUEL QUISPE MESICANO, delito Lesiones Culposas Graves, agraviado Darwin Alberto Cruz Ponce, DILIGENCIA 18 de agosto 2017, 15:30 p.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya . (28 abril y 02-03 mayo) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-418-0 (Imputado) RAYMUNDO ROMULO HUAMANI TACO, delito Violación de la Libertad Sexual, agraviado menores de iniciales A.F.H.H., DILIGENCIA 03 de agosto 2017, 10:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya . (28 abril y 02-03 mayo) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 201533-29 (Imputado) JULIO ADRIAN DAVILA HERRERA, delito Estafa Agravada, agraviado , DILIGENCIA 17 de agosto 2017, 15:00 p.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya . (28 abril y 02-03 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 478-2016-81 SE CITA A LA MENOR AGRAVIADA DE INICIALES MYMB Y A SU PROGENITORA YONI ASUNTA BORDA CALDERON PARA LA AUDIENCIA PROGRAMA-

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

DA PARA EL 10 DE MAYO DE 2017 A LAS 11:30 HORAS EN LA SALA DE AUDIENCIAS 02 DEL MODULO PENAL DE CAMANÁ , delito ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENOR DE EDAD, agraviado MENOR DE INICIALES M.Y.M.B., DILIGENCIA 10-05-2017, 11:30 AM, Sala 2, CONDUCCION COMPULSIVA, EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya . (28 abril y 02-03 mayo)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-185-89 SE CITA A EUSEBIO CCOPA PUMA Y A JUSTO IGNACIO HUAMANI CORAHUA EN CALIDAD DE ACUSADOS Y ASIMISMO A ALIPIO PEÑA TTITO EN CALIDAD DE AGRAVIADO A LA AUDIENCIA PROGRAMADA PARA EL DIA 17 DE JULIO DE 2017 A LAS NUEVE HORAS, EN LA SALA DE AUDIENCIAS N° 03 DEL MODULO PENAL DE CAMANÁ SITO EN CALLE COMERCIO 140 3ER PISO-CAMANÁ,, delito LESIONES GRAVES, agraviado ALIPIO PEÑA TTITO, DILIGENCIA 17-07-2017, 09:00 AM, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya . (28 abril y 02-03 mayo) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-4514-32 (Imputado) DARIO JUAN CORIMANYA QUISPE, delito HURTO DE GANADO, agraviado Rosa Laura Apaza Ocsa y otro, NOTIFICACION, Res. 01: Estando al Requerimiento de acusación NOTIFÍQUESE, por el plazo perentorio de 10 días hábiles, para los efectos del artículo 350º del Código Procesal Penal. ; Secretario: Hernández . (28 abril y 02-03 mayo) QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-2528-29 imputados: ISAIAS CRUZ CERVANTES, GUILLERMO NUÑONCA HUALLPA, VIVIANA MANSILLA ALARCON, REYNALDO PARI SUCA, MARIA APAZA PANCCA y ZORAIDA MAMANI QUISPE, delito RECEPTACION ADUANERA Y CONTRABANDO , agraviado ESTADO - SUNAT Y SUNARP, NOTIFICACION , RESOLUCIÓN N° 01 que dispone CORRER TRASLADO por 10 DIAS del requerimiento Mixto - sobreseimiento y acusación presentado por el ministerio publico, a fin de que procedan conforme al art. 345° del Código Procesal Penal ; Secretario: Vilca . (28 abril y 0203 mayo) QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-2528-29 Imputados: ISAIAS CRUZ CERVANTES, GUILLERMO NUÑONCA HUALLPA, VIVIANA MANSILLA ALARCON, REYNALDO PARI SUCA, MARIA APAZA PANCCA y ZORAIDA MAMANI QUISPE , delito RECEPTACION ADUANERA Y CONTRABANDO , agraviado ESTADO - SUNAT Y SUNARP, NOTIFICACION , , , RESOLUCION N° 05 de fecha 22-03-2017, resuelve acumular al exp. 2528-2013 los siguientes procesos 2694, 2691 2412, 2701, 2702, 2708,3854, 2713, 2716, 2697, 2695, 2913, 2693, 2698, 3855, 2707, 2705, 2715, 2914, 2696, 3885, y 2823 todos del año 2013 ; Secretario: Vilca . (28 abril y 02-03 mayo) QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-3854-99 (Imputado) REYNALDO PARI SUCA , delito RECEPTACION ADUANERA Y CONTRABANDO , agraviado ESTADO - SUNAT Y SUNARP, NOTIFICACION, Acta de audiencia de constitución en actor civil contiene Resolución N° 04- 2017,que resuelve DECLARAR FUNDADA la solicitud de la SUNARP e incorpora COMO ACTOR CIVIL a la SUNARP, precisa el monto de reparación civil S/. 14,941.69 nuevos soles ; Secretario: Vilca . (28 abril y 02-03 mayo) QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2011-3565-56 (Imputado) JOSE LUIS GUTIEREZ CHAVEZ, delito contrabando, falsificación de documentos, fraude procesal , agraviado SUNARP SUNAT MININTER , NOTIFICACION, RESOLUCIÓN N° 01 que CORRER TRASLADO del requerimiento Mixto sobreseimiento y acusación formulado por el Ministerio

Publico, por el plazo de 10 DÍAS para los efectos del 345 y 350 del Código Procesal Penal ; Secretario: Vilca . (28 abril y 02-03 mayo) QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2011-3565-56 imputados JULIO ERNESTO ÑUÑONCA PUMA, MARLENE PUMA MAMANI, YON SAAVEDRA CAPPA Y FELICIANA QUISPE COLQUE , delito CONTRABANDO Y ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR , agraviado , NOTIFICACION, RESOLUCION N° 01 que CORRE TRASLADO del requerimiento mixto sobreseimiento - acusación, formulado por el Ministerio Publico, por el PLAZO DE 10 DÍAS para los efectos del Art. 345 y 350 del Código Procesal Penal ; Secretario: Vilca. (28 abril y 02-03 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-7359-26 (Imputado) : SANTOS FÉLIX HURTADO SALAZAR Y HENRY JHOSIMAR MARROQUÍN VILCA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado VICTOR CONSTANTINO MAMANI SALAZAR, DILIGENCIA 22-06-2017, 08:00 HORAS, Sala 1, ; Secretario: Almanza.(03-04-05 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-1882-83 (Imputado) HENRY MAMANI QUISPE Y (AGRAVIADO)CAYO GUTIERREZ JANAMPA , delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado CAYO GUTIERREZ JANAMPA, NOTIFICACION, MANTENER LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL ACUSACION para el día VEINTIOCHO DE JUNIO del año en curso a las DIEZ horas, variando únicamente la sala de audiencias, la misma que ahora se llevará a cabo en la sala de audiencias número UNO, ubicada en el primer piso del Módulo Penal de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. SEGUNDO: DISPONER notificar al Ministerio Público, a la parte agraviada, al imputado y a su Abogado, para que concurran a la audiencia INAPLAZABLE; bajo apercibimiento, en el caso del Fiscal Penal, de comunicar a la Oficina de Control del Ministerio Público su inasistencia, y en el caso del Abogado del imputado, imponerle una multa equivalente a una URP, si es que no concurre a la audiencia. TERCERO: NOMBRAR COMO DEFENSOR PÚBLICO del procesado al doctor JORGE ANTONIO CHAVEZ HERRERA, a quien se le deberá notificar con copia de los actuados pertinentes, entendiéndose que también deberá venir debidamente preparado para la instalación de la audiencia en caso de inconcurrencia o renuncia de la defensa privada del procesado, bajo expreso apercibimiento de comunicarse su omisión a la Dirección Distrital de la Defensa Pública del Ministerio de Justicia. ; Secretario: Quispe . (03-04-05 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-4764-55 (Imputado) DAG AANEY, delito APROPIACION ILICITA, agraviado VICTOR HUGO EZQUERRA RUIZ CARO, NOTIFICACION, RES. 03: SE DISPONE MANTENER LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO DE CARÁCTER INAPLAZABLE para el día VEINTIOCHO DE JUNIO del año en curso a las ONCE horas, variando únicamente la sala de audiencias, la misma que ahora se llevará a cabo en la sala de audiencias número UNO, ubicada en el primer piso del Módulo Penal de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; subsistiendo los apercibimientos dispuestos en resolución que antecede. ; Secretario: Quispe . (03-04-05 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-81-16 (Imputado) HERNAN HERMOZA SOTO, delito PECULADO DOLOSO, agraviado El Estado, DILIGENCIA 19-06-2017, 09:30, Sala 1, ; Secretario: Delgado. (03-0405 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-2887-42 (Agraviado) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA JOYA, (IMPUTADA) DINA TOMASA DAVALOS LUCANO, delito FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado RENIEC Y OTROS, DILIGENCIA 24-05-2017, 10:30 HORAS, Sala 1, ; Secretario: Valero. (03-04-05 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

Miércoles, 3 de mayo del 2017

DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-3750-0 (Imputado) WILLI NEYRA LUYO (Agraviada) BLANCA YSABEL LUNA BEDREGAL, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado BLANCA ISABEL LUNA BEDREGAL, DILIGENCIA 24-05-2017, 09:00, Sala 1, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: Gallegos. (03-04-05 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-2675-73 (Imputado) RENE PEDRO QUISPE CHAMBI, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado KARLOS QUISPE LINARES, DILIGENCIA 08-05-2017, 14.30 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz. (03-04-05 mayo)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-3445-0 (Imputado) Santiago Vilca Vilca, delito LESIONES LEVES, agraviado Julio Riquelme Quicaña, NOTIFICACION, RES. 05: DICTA AUTO DE ENJUICIAMIENTO. Se remite los actuados al Juzgado Penal Unipersonal de El Pedregal. ; Secretario: Hernández . (0304-05 mayo) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-1947-0 (Agraviado) FELICITAS CUTIPA CANAZA. Se programa AUDIENCIA DE INCOACCIÓN DE PROCESO INMEDIATO en contra de Pablo Mamani Llallacachi, delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Felicitas Cutipa Canaza, DILIGENCIA 19-052017, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Hernández. (03-04-05 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-4536-52 (Imputado) RAUL ENRIQUE WARD LUQUE Y HIEYMI JAQUELYNE ANGULO SUNI, delito ESTAFA, agraviado KARINA LUZ NATALI SALLUCA SANCHEZ, NOTIFICACION, RES. 03:PROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL ACUSACION para el día DIECIOCHO DE MAYO del año en curso a las DOCE horas, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número UNO, ubicada en el primer piso del Módulo Penal de la Sede. NOMBRAR COMO DEFENSOR PÚBLICO de la procesada Hieymi Jaquelyne Angulo Suni a la doctora CELIA CELENE CUIRO ORCCOTOMA, a quien se le deberá notificar con copia de los actuados pertinentes, entendiéndose que también deberá venir debidamente preparado para la instalación de la audiencia en caso de inconcurrencia o renuncia de la defensa privada ; Secretario: Quispe .( 03-04-05 mayo EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-3778-26 BEATRIZ MAYTA CAMA, ELIZABETH MAMANI APAZA, AMALIA CONDORI HILASACA, ALICIA ORTEGA VIDAL, DELMA QUISPE AJALLA, DIMS PERCY RAMOS CUSACANI, URFA DELIA MARON QUISPE, EDGARDO ROJAS OROSCO, FRANCISCA MAMANI MAMANI, HERMINIA MAMANI PAUCAR, MARUJA YAPO CAIRA, IRMA RAQUEL CHOQUE RAMOS, NESTOR PACORI APAZA, delito concusión, agraviado el estado y otros, NOTIFICACION, resolución 26: declarar saneada la acusación fiscal y la existencia de una relación jurídica procesal valida, en consecuencia se dicta auto de enjuiciamiento en contra de ELIZABETH MAMANI APAZA, y otros por el delito de falsificación de documentos en ; Secretario: RAMOS. ( 0304-05 mayo) EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-1294-0 JULIO ALBERTO ANGULO NAMOC , delito FALTAS - LESIONES , agraviado , NOTIFICACION, RES.02 DECLARAR EL SOBRESEIMIENTO del proceso por FALTA CONTRA LA PERSONA – LESIONES DOLOSAS seguido en contra de CECILIA MARIA RAMOS ALVAREZ y JULIO ALBERTO ANGULO NAMOC, en agravio de ELLOS MISMOS; SE DISPONE EL ARCHIVO DEFINITIVO ; Secretario: Macedo. ( 03-04-05 mayo)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4380-42 NINANYA CHURAMPI JUAN CARLOS, se le otorga el plazo de TRES DIAS para que cumpla con el pago integro de la reparación civil, bajo apercibimiento de Revocarse la Suspensión de la Pena y convertirse en efectiva la pena impuesta. se llevara a cabo la Audiencia de REVOCATORIA DE PENA, delito Libramiento de Cobro Indebido , agraviado Grifo Las Orquídeas , DILIGENCIA 15-06-2017, 9:45, Sala de Audiencia, Bajo apercibimiento de en caso de inasistencia del Ministerio Publico, tenerse por no presentada la solicitud, y en caso de inasistencia del abogado defensor de imponerse multa de 1URP Y ser subrogado por defensor de oficio ; Secretario: Paucar . ( 03-04-05 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-2577-0 YESSICA TATIANA ESPINOZA ESPINOZA, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 22-05-2017, 11:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: CALLO . ( 03-04-05 mayo) EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-7012-31 (Imputado) PONCE VILCA ERLINDA JOVITA, delito Trafico de moneda falsa, agraviado Estado, DILIGENCIA 03-07-2017, 11:30, Sala 3, en caso de inasistencia declararse contumaz y girase captura en su contra ; Secretario: Monge . ( 03-04-05 mayo)

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-2485-18 (Imputado) JESÚS MANUEL VILCA CALCINA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado KLEIDY MARGARETH OJEDA PONCE, DILIGENCIA 22-06-2017, 12:00, Sala 2, RES. 01 .- Estando al Requerimiento de Acusación efectuado por el Representante del Ministerio Público, NOTIFÍQUESE al acusado JESUS MANUEL VILCA CALCINA, por el plazo perentorio de 10 DÍAS HÁBILES para los efectos del artículo 350° del NCPP, Y CONFORME AL ROL DE AUDIENCIAS, SE DISPONE: Señalar fecha para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION el día 22 DE JUNIO DEL 2017 a las 12:00 HORAS., diligencia que se efectuara en la Sala DOS del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE Nro. 119-Cerro Colorado, precisándose que con el éxito de la notificación edictal se podrá realizar la mencionada diligencia. ; Secretario: SONCCO . ( 03-04-05 mayo) SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-6871-54 (Imputado) ANSELMO CARLOS GARCIA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado ESTADO RPTADO PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, DILIGENCIA 20-06-2025, 12.00, Sala 2, REPROGRAMACION DE AUDIENCIA DE ACUSACION ; Secretario: SONCCO. ( 03-04-05 mayo)

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5381-56 (Imputado) BERNABEL ANTONIO GUEVARA MAMANI, delito RECEPTACION, agraviado HECTOR GOMEZ VILLA, NOTIFICACION, RES. 01 .- Estando al Requerimiento de Acusación efectuado por el Representante del Ministerio Público, NOTIFÍQUESE al acusado BERNABEL ANTONIO GUEVARA MAMANI, por el plazo perentorio de 10 DÍAS HÁBILES para los efectos del artículo 350° del NCPP, Y CONFORME AL ROL DE AUDIENCIAS, SE DISPONE: Señalar fecha para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION el día 6 DE JULIO DEL 2017 a las 12:00 HORAS., diligencia que se efectuara en la Sala DOS del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE Nro. 119-Cerro Colorado, precisándose que con el éxito de la notificación edictal se podrá realizar la mencionada diligencia. ; Secretario: SONCCO . ( 03-04-05 mayo)

Miércoles, 3 de mayo del 2017

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

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CRONICAS JUDICIALES Miércoles, 3 de mayo del 2017 CRONICA JUDICIAL TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES 01 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

02 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO DECRETOS: Se expidieron un total de 3. CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

AP 1927-2013-38: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DOCE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS, con el Colegiado hábil a la fecha de su realización, en la Sala de Audiencias número ONCE de la Tercera Sala Penal de Apelaciones; con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 3. CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL 09 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, ABRIL PAREDES Y MENDOZA BANDA. AUTOS TRÁMITE

DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 03 DE FEBRERO DE 2017 07 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, ABRIL PAREDES Y MENDOZA BANDA. AUTOS DE VISTA AV 11-2017 RR 337-2016: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN de fojas ciento ochenta y cinco a ciento ochenta y nueve presentado por el señor abogado Ángel Nicolás Acaguana Benavides, del imputado Vicente Antonio Ciccia Bohorquez, en contra de la sentencia número 2016-246 del diecinueve de septiembre del dos mil dieciséis, de fojas ciento sesenta y nueve a ciento setenta y cuatro; quedando en consecuencia, esta última, en la calidad de consentida y firme. DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL 06 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, ABRIL PAREDES Y MENDOZA BANDA. AUTOS TRÁMITE

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

08 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, ABRIL PAREDES Y MENDOZA BANDA. AUTOS TRÁMITE MB 5015-2016-32: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIDÓS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, con el COLEGIADO HÁBIL A LA FECHA DE SU REALIZACIÓN y en la SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO OCHO, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos declararlos contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso

RR 4670-2014-58: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS, con el COLEGIADO HÁBIL A LA FECHA DE SU REALIZACIÓN y en la Sala de Audiencias No. ONCE de la Tercera Sala Penal de Apelaciones, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AP 2347-2015-34: C CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DE 03 DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS, con el COLEGIADO HÁBIL A LA FECHA DE SU REALIZACIÓN y en la Sala de Audiencias No. ONCE de la Tercera Sala Penal de Apelaciones, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de

inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MB 217-2015-13: C CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DE 25 DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS, con el COLEGIADO HÁBIL A LA FECHA DE SU REALIZACIÓN y en la Sala de Audiencias No. ONCE de la Tercera Sala Penal de Apelaciones, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MB 3616-2011-90: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DE 18 DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS, con el COLEGIADO HÁBIL A LA FECHA DE SU REALIZACIÓN y en la Sala de Audiencias No. ONCE de la Tercera Sala Penal de Apelaciones, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 3. CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

10 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO AP 3989-2014-2: C CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DE 19 DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS, con el COLEGIADO HÁBIL A LA FECHA DE SU REALIZACIÓN y en la Sala de Audiencias No. ONCE de la Tercera Sala Penal de Apelaciones, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal,

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTOS TRÁMITE FC 2615-2013-44: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DOS DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS, con el COLEGIADO HÁBIL A LA FECHA DE SU REALIZACIÓN y en la Sala de Audiencias No. ONCE de la Tercera Sala Penal de Apelaciones, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la con-

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La República

currencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. FC 2489-2013-65: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día 26S DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS, con el COLEGIADO HÁBIL A LA FECHA DE SU REALIZACIÓN y en la Sala de Audiencias No. ONCE de la Tercera Sala Penal de Apelaciones, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. FC 5736-2015-81: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día 24 DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS, con el COLEGIADO HÁBIL A LA FECHA DE SU REALIZACIÓN y en la Sala de Audiencias No. ONCE de la Tercera Sala Penal de Apelaciones, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL 13 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL 14 DE FEBRERO DE 2017

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

ESPACHO DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL 15 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO

biendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. CUARTO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando sétimo de la presente. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

17 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO

ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL 16 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTOS DE VISTA AV 13-2017 FC 5390-2016: DECLARAMOS que resulta competente para continuar con el trámite del presente proceso, el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales; por lo que deberá devolverse inmediatamente el expediente para su conocimiento, a fin que continúe con el trámite del presente proceso. DISPONEMOS la remisión de copias de los principales actuados del presente expediente al Órgano de Control de la Magistratura conforme al apartado 3.5. de la presente resolución. Intervienen los señores Jueces Superiores de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Fernández Ceballos, Zúñiga Urday y Ochoa Cahuana por licencia de la señora magistrada Sandra Lazo de la Vega Velarde, por vacaciones de los señores magistrados integrantes del Colegiado de la Tercera Sala Penal de Apelaciones, dispuesta mediante Resolución Administrativa de Presidencia número 073-2017- PRES/CSA.

AUTOS TRÁMITE ZU 124-2016: DECLARAMOS INADMISIBLE los medios de prueba ofrecidos por el abogado defensor de la sentenciada Rosa Sucasaire Ramos, por los argumentos expuestos en el considerando tercero de la presente resolución. SEGUNDO: a) CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, con el Colegiado hábil de la Tercera Sala Penal de Apelaciones y a la fecha de su realización y en la Sala de Audiencias número ONCE, primer piso de la sede central y a un costado del Registro de Condenas, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. TERCERO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, de-

DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL 20 DE FEBRERO DE 2017

Miércoles, 3 de mayo del 2017

CON TREINTA MINUTOS, con el Colegiado hábil de la Tercera Sala Penal de Apelaciones a la fecha de su realización y en la Sala de Audiencias número ONCE, primer piso de la sede central y a un costado del Registro de Condenas, con la obligatoria concurrencia de las partes apelantes, bajo apercibimiento de declararse inadmisible los recursos de apelación interpuestos y, de ser el caso, para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. CUARTO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. QUINTO.- PREVENIR a los señores abogados defensores que en caso de inasistencia serán subrogados en el mismo acto de la audiencia, nombrándose defensor público y continuar con la misma, conforme al considerando sétimo de la presente.

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ABRIL PAREDES Y OCHOA CAHUANA. AUTOS TRÁMITE OC 3953-2014-64: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, con el Colegiado hábil de la Tercera Sala Penal de Apelaciones a la fecha de su realización y en la Sala de Audiencias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal);informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AP 1366-2014-57: DECLARAMOS INADMISIBLES las declaraciones testimoniales de don Cosme Fidel Huamán Sánchez, Julio Jorge Mayta Apaza, Ricardo Seminario Larico y de don Angel Alberto Huamán Vega, propuestas por los abogados defensores de los sentenciados Abraham Benito Paredes y Gil Rosalío Zapana Huaricallo, por los argumentos expuestos en los apartados 3.1. y 3.2. del tercer considerando de la presente resolución. SEGUNDO: ADMITIMOS las declaraciones de Willy Rubin Nina Lovón; Daniel Juan Carreón Flores e Ysidro Milton Ticona Mercado, propuestas por los abogados defensores de los sentenciados Abraham Benito Paredes y Gil Rosalío Zapana Huaricallo, conforme a los argumentos expuestos en el apartado 3.3. del tercer considerando de la presente resolución, para lo cual deberán ser citados a la audiencia de ley. TERCERO: a) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día ONCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS

FC 1260-2011-53: DECLARAMOS INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el sentenciado César Postigo Gallegos contra la Sentencia de Vista No. 03-2016 de fecha veinticuatro de enero de dos mil diecisiete de fojas doscientos ochenta y tres y siguientes DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen. Tómese Razón y Hágase Saber. Intervienen los señores Jueces Superiores de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Fernández Ceballos, Abril Paredes por licencia del señor Zúñiga Urday y Ochoa Cahuana por licencia de la señora magistrada Sandra Lazo de la Vega Velarde, por vacaciones de los señores magistrados integrantes del Colegiado de la Tercera Sala Penal de Apelaciones dispuesta mediante Resolución Administrativa de Presidencia número 073-2017-PRES/CSA. DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL 21 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y MENDOZA BANDA. AUTOS TRÁMITE LL 2130-2015-69: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día OCHO DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS, con el Colegiado hábil de la Tercera Sala Penal de Apelaciones a la fecha de su realización y en la Sala de Audiencias número once, ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado que conforme la Superior Sala, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores aboga-

dos que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AD 2091-2013-94: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día NUEVE DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS, con el Colegiado hábil de la Tercera sala penal de Apelaciones a la fecha de su realización y en la Sala de Audiencias número once, ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. FC 1260-2011-53: DECLARAMOS INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el sentenciado César Postigo Gallegos contra la Sentencia de Vista No. 03-2016 de fecha veinticuatro de enero de dos mil diecisiete de fojas doscientos ochenta y tres y siguientes DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen. Tómese Razón y Hágase Saber. Intervienen los señores Jueces Superiores de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Fernández Ceballos, Abril Paredes por licencia del señor Zúñiga Urday y Ochoa Cahuana por licencia de la señora magistrada Sandra Lazo de la Vega Velarde, por vacaciones de los señores magistrados integrantes del Colegiado de la Tercera Sala Penal de Apelaciones dispuesta mediante Resolución Administrativa de Presidencia número 073-2017-PRES/CSA. DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

22 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO DECRETOS: Se expidieron un total de 7.

23 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

CARLOS MENDOZA BANDA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

24 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

ROGER PARI TABOADA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL 27 DE FEBRERO DE 2017 DESPACHO

Miércoles, 3 de mayo del 2017

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, AQUIZE DIAZ Y PARI TABOADA.

NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

AUTOS TRÁMITE 28 DE FEBRERO DE 2017 PT 5142-2015-77: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día 15 DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS, con el Colegiado hábil de la Tercera Sala Penal de Apelaciones a la fecha de su realización y en la Sala de Audiencias número once, ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado que conforme la Superior Sala, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. PT 4592-2016-81: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE HORAS, con el Colegiado hábil de la Tercera sala penal de Apelaciones a la fecha de su realización y en la Sala de Audiencias número once, ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

DESPACHO

DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

ROGER PARI TABOADA JUEZ SUPERIOR NADIA GONZALES DUEÑAS ADMINISTRADORA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL

contenida en la resolución N° 09-2016 de fecha 25 de agosto del 2016 que declaró infundado el pedido de conversión de pena a efectiva por estas consideraciones; se noticie a la Presidencia de Fiscales Superiores a efecto de que em coordinación com el responsable de la comisión de interinstitucional del nuevo proceso penal del Poder Judicial se pueda generar algún acercamiento a efecto de conocer los centros de tratamiento de conductas referidas a alcohol, drogas, violencia y salud mental que puedan ser de utilidad para las decisiones que puedan tomar tanto la Fiscalía como el Poder Judicial y támbien, en este caso, exhortar al Misniterio Público en la persona del Fiscal Provincial, a efecto en las facultades que le establece la Ley como supervisor y control de la ejecución pueda efectuar estas verificaciones a este tipo de centros de tratamiento y puedan tomarse lãs decisiones que correspondan a ese nível. EN DESPACHO

CRONICA JUDICIAL DE LA CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICION A SUS FUNCIONES SALA PENAL LIQUIDADORA 01 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTOS DE TRÁMITE OC 3064-2014-80: DECLARAMOS INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el imputado Efraín Richer Puma Alvez contra el auto de vista de fecha treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis, de fojas noventa y siguientes. DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen. ZU 4494-2014-56: DECLARAR IMPROCEDENTE el pedido de interrupción de plazo, propuesto por la defensa técnica de Wander Román Condori Condori e IMPROCEDENTE la nulidad, interpuestos contra la resolución número 08 de fecha veinticinco de enero de dos mil diecisiete. DECRETOS: Se expidieron un total de 8. ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR COORDINADORA DE CAUSAS CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES 02 DE FEBRERO DE 2017

EN AUDIENCIA

A.V. 21-2017 ZU 5299-2016-83: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso impugnatorio interpuesto por la defensa técnica de Paul Andrés Zamudio del Castillo. CONFIRMAMOS resolución número diez guión dos mil diecisiete de fecha trece de enero de dos mil diecisiete, que declaró fundado, el requerimiento de ampliación de prisión preventiva, solicitada por el Ministerio Público por el plazo de tres meses en contra el imputado Paúl Andrés Zamudio del Castillo por el delito de hurto agravado, en agravio de la Zona Especial de Desarrollo ZED-Matarani; debiendo entenderse que se trata de un pedido de prolongación; con lo demás que contiene. Sin costas. Y lo devolvemos.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1. ROGER PARI TABOADA

A.V. 20-2017 FC 4096-2013-17: DECLARAMOS INFUNDADA la apelación postulada por el Ministerio Público y CONFIRMAMOS la decisión del señor Juez de Ejecución

S.V. 06-2017 OC 6793-2016: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el beneficiario Víctor Raúl Villafuerte, en consecuencia; 2. CONFIRMAR LA SENTENCIA de fecha diez e enero de dos mil diecisiete que declara infundada la demanda de Hábeas Corpus interpuesta por Víctor Raúl Villafuerte Andía, en contra de los señores Jueces Superiores de la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Consuelo Cecilia Aquize Díaz y Víctor Raúl Zúñiga Urday; y en contra de la señora Fiscal María del Rosario Lozada Sotomayor y del señor Juez Carlos Eduardo Mendoza Banda, DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

S.V. 5-2017

06 DE FEBRERO DE 2017

ZU 3201-2016: 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el accionante Ladislao Franco Pauro Llutari. CONFIRMAMOS la sentencia de fecha veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, que declara IMPROCEDENTE la acción de Hábeas Corpus interpuesta por Ladislao Franco Pauro Llutari, en contra de la Sentencia de Vista, contenida en la Resolución número cuarenta y tres guión dos mil quince, emitido por los jueces Superiores Oswaldo Mamani Coaquira, Iván Alberto Quispe Aucca y Jesús Gallegos Zanabria de la Sala Penal de Apelaciones de San Román – Juliaca; com lo demás que contiene. Y los devolvemos.

DECRETOS: Se expidieron un total de 8.

ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR COORDINADORA DE CAUSAS CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES 03 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO

ZU 5824-2016-66: Declaramos FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría Publica del Instituto Nacional Penitenciario, consiguiente declaramos la NULIDAD de la Resolución 01 de fecha 29 de setiembre del 2016, debiendo el Juzgado a cargo de la presente incidencia resolver conforme a lo establecido en la presente resolución de vista atendiendo estos considerandos donde deberá verificarse con mayor certeza los plazos de notificación y de presentación del pedido en constitución de actor civil sin considerar como se ha dicho el término de la distancia.

SENTENCIA DE VISTA

SENTENCIAS DE VISTA

AUTOS DE VISTA A.V. 19-2017

A.V. 23-2017 OC 3440-2013-72: DIRIMIR COMPETENCIA en la presente causa a favor del Juzgado Penal Colegiado llamado por ley, el que deberá continuar con el conocimiento de la presente causa, según su estado. 2. REMITIR, el presente cuaderno al Juzgado Penal Colegiado competente con comunicación de la presente resolución al Juzgado Penal Unipersonal de Paucarpata.

ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR COORDINADORA DE CAUSAS CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA.

FC 1260-2011-53: DECLARAMOS INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el sentenciado César Postigo Gallegos contra la Sentencia de Vista No. 03-2016 de fecha veinticuatro de enero de dos mil diecisiete de fojas doscientos ochenta y tres y siguientes DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen. Tómese Razón y Hágase Saber. Intervienen los señores Jueces Superiores de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Fernández Ceballos, Abril Paredes por licencia del señor Zúñiga Urday y Ochoa Cahuana por licencia de la señora magistrada Sandra Lazo de la Vega Velarde, por vacaciones de los señores magistrados integrantes del Colegiado de la Tercera Sala Penal de Apelaciones dispuesta mediante Resolución Administrativa de Presidencia número 073-2017-PRES/CSA.

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTOS DE VISTA A.V. 22-2017 FC 7353-2016-55: DECLARAMOS infundado el recurso de apelación postulado por la defensa del encausado Brandon Luigi Bernedo Tinoco y CONFIRMAMOS la decisión del Juez de la Investigación Preparatoria contenida en la Resolución del once de noviembre del dos mil dieciséis que declaro fundado el pedido de prisión preventiva, con lo demás que contiene. Se efectuará las comunicaciones a la Administración Modular, en lo referido en la parte considerativa, y así también, se hará la comunicación correspondiente al Juez de la Investigación Preparatoria respecto al cuidado que se debe tener en la tramitación de las incidencias de Prisión Preventiva.

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTOS DE VISTA A.V. 24-2017 FC 7353-2016-55: FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por los investigados a foja 60. REVOCAMOS la resolución 01, del 17 de noviembre de 2017, que declaró fundado el pedido de desalojo preventivo y REFORMANDO la misma, declaramos infundado el desalojo preventivo solicitado por el actor civil Cornelio José Prado Valencia en la investigación que se sigue en contra de Oswaldo Cori Rojas, Catalina Sara Condori Cutipa, Ninfa Mamani Cosi, Sabino Rojas Boza, Paulina Vilca Arivilca y Josefa Carcausto Quispe, por el delito de Usurpación agravada. AUTO DE TRÁMITE ZU 1033-2016-89: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en a Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. FC

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2416-2014-34: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. FC 6643-2015-54: DECLARAMOS INADMISIBLE el recurso impugnatorio de queja interpuesto por la defensa técnica de Mauricio Huallpachoque Leandro. DISPONEMOS la remisión del presente cuaderno al juzgado de origen. OC 2475-2012: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIOCHO DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. OC 1686-2013-16: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. FC 4978-2013-56: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CINCO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la

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La República

Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. ZU 5782-2014-14: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. ZU 4312-2016: CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por el accionante Mauricio Fernando Zúñiga Alatrista, contra la sentencia de vista Nro. 02-2017, de fecha dieciocho de enero de dos mil diecisiete, UNICAMENTE EN EL EXTREMO que CONFIRMA LA SENTENCIA que desestima la demanda contra la demandada PROVIAS NACIONAL ZONA XI AREQUIPA, entendida la demanda en dicho extremo como improcedente. 2) DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de agravio constitucional por el accionante Mauricio Fernando Zúñiga Alatrista, contra la sentencia de vista Nro. 02-2017, de fecha dieciocho de enero de dos mil diecisiete, UNICAMENTE EN EL EXTREMO que se declara la NULIDAD, de la sentencia en el extremo que declara fundado el hábeas corpus interpuesto por el demandante Mauricio Fernando Zúñiga Alatrista, contra el contratista consorcio vial el arenal punta de bombón, conformada por Odebrecht Perú Ingeniería y Construcción SAC y obras de ingeniería S.A. 3) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención, para tal efecto deberá formarse un cuaderno con copia de todos los actuados del presente, debiendo devolverse el principal al Juzgado de origen conforme lo dispuesto en el auto de vista Nro. 02-2017. DECRETOS: Se expidieron un total de 8. 07 DE FEBRERO DE 2017

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTO DE TRÁMITE ZU 1033-2016-89: CONVOCAR a las partes procesales

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS en a Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. OC 2350-2016-86: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DOCE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. FC 4891-2014-59: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ZU 7318-2015-47: ADMITIR el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica del sentenciado Julio César Cutipa Mamani, contra sentencia de vista de fecha treinta y uno de enero de dos mil diecisiete; debiendo elevarse cuaderno de casación a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. 2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; remítase copia de la sentencia de vista, el recurso de casación y la presente resolución al

Miércoles, 3 de mayo del 2017

Juzgado de origen a fin sea anexado al cuaderno de ejecución. EN AUDIENCIA FC 4397-2014-69: DECLARAR INADMISIBLES los medios de prueba ofrecidos por la defensa técnica de los actores civiles Genera Ancco Maque de Quispe y Vidal Quispe Condori, por los argumentos expuestos en el tercer considerando de la presente resolución. SEGUNDO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el ONCE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número 14 (segundo piso- antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. TERCERO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AUTO DE VISTA A.V. 25-2017 OC 2017-776-24: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN 2. CONFIRMAR EL AUTO N° 03-2017 de fecha dieciocho de enero del dos mil diecisiete que resuelve 1) Declarar fundado el pedido de Prisión Preventiva solicitado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa en contra de los señores OYLO ZACARÍAS ARAUJO MENDOZA y JORGE HERNÁN ZAVALAGA HILACAMA, por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en su modalidad de Homicidio Calificado previsto y penado en el artículo 108 del Código penal en agravio de quien en vida fuera la persona de ADERLY DENNIS ZAPANA MESCO, por el plazo de 09 MESES con todo lo demás que contiene. A.V. 26-2017 OC 6369-2015-17: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del investigado Virgilio Rivas Vega. CONFIRMAR la resolución número dos de dos mil diecisiete de fecha dos de enero de dos mil diecisiete que declaro infundado el pedido de cese de prisión preventiva requerida por la defensa técnica del imputado Virgilio Rivas Vega, en los autos seguido por el delito de Hurto Agravado en agravio de Sonia Góngora Orosco.CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTO DE TRÁMITE FC 331-2014-884: La Sala IMPONE a la defensora pública Julia Condori Mojo la sanción de 1URP haciendo efectivo el apercibimiento dictado en la Resolución 06; SE DISPONE: que la oficina de Coordinaciones de Salas Penales agende esta audiencia en la oportunidad del caso, noticiando a todas las partes; se oficie a la Oficina de Coordinación de la Defensoría Pública Regional sobre la ausencia de la referida defensora.EN DESPACHO ZU 7307-2015-18: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Pelayo Saravia Machicao, contra el auto de vista Nro. 1742016, de fecha veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis. DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen. AUTO DE VISTA A.V. 27-2017 OC 2747-2011-39: DECLARAR la sustracción de la materia respecto al recurso impugnatorio de apelación venido en grado, y; DECLARAR extinta la acción penal por fallecimiento del imputado, quien en vida fuera Jose Montufar Hualpa. DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

09 DE FEBRERO DE 2017

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA.

DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

08 DE FEBRERO DE 2017

AUTO DE VISTA A.V. 28-2017 FC 535-2013-3: DECLARAR fundado el recurso de apelación postulado por el Ministerio Público, en consecuencia: REVOCAR la resolución número cuatro de dos de setiembre del dos mil dieciséis que declaró infundado el requerimiento de revocación de beneficio de semilibertad postulado por el Ministerio Público, y; REFORMANDOLO declarar FUNDADO el requerimiento de revocación de beneficio penitenciario de semilibertad presentado por el Ministerio Público, en consecuencia: DISPONEMOS que el sentenciado Nazario Mamani Gutiérrez sea internado; en consecuencia REVOCAMOS el beneficio de semilibertad concedido al sentenciado Nazario Mamani Gutiérrez; DISPONEMOS: el internamiento del sentenciado Nazario Mamani Gutiérrez en el establecimiento penitenciario del INPE a efecto que cumpla la integridad de la pena dispuesta en sentencia bajo el procedimiento de terminación antifipada, teniendo en cuenta que estando libre el referido sentenciado DISPONEMOS su UBICACIÓN Y CAPTURA a nivel nacional a efecto de que sea puesto a disposición de este tribunal o del Juzgado correspondiente de ejecución y se cumpla lo decidido en esta audiencia. SENTENCIA DE VISTA S.V. 07-2017 ZU 114-2014-58: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado Valentín Mamani Apaza. CONFIRMAMOS la sentencia número noventa guión dos mil dieciséis, de fecha catorce de setiembre de dos mil dieciséis, que declaró a Valentín Mamani Apaza, autor del delito de Violación de la Libertad Sexual de Persona en Incapacidad de Resistir, le impone una pena de diez años privativa de la libertad; con lo demás que contiene. Sin costas. Y los devolvemos.

AUTO DE TRÁMITE ZU 5735-2015-21: IMPONEMOS una multa, al abogado Luis Alberto Guzmán Márquez, de 1 (una) Unidad de Referencia Procesal, disponiéndose con la continuación de esta audiencia según su estado. Esta decisión, una vez consentida, se remitirá las comunicaciones que correspondan para que se ejecuten ante la instancia correspondiente. Declaramos INFUNDADO el pedido del representante del Ministerio Público, disponipendose la continuación de la audiencia según su estado.Declaramos INFUNDADO el pedido de reposición del representante del Ministerio Público. EN DESPACHO FC 7230-2016-75: DECLARAR IMPROCEDENTE la nulidad deducida por el imputado Wilber Alfredo Beltran Tupa, en contra de la audiencia de apelación de auto y resolución veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis. DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen.

SENTENCIA DE VISTA S.V. 13-2017 LVV 2017-776-24: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN 2. CONFIRMAR EL AUTO N° 03-2017 de fecha dieciocho de enero del dos mil diecisiete que resuelve 1) Declarar fundado el pedido de Prisión Preventiva solicitado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa en contra de los señores OYLO ZACARÍAS ARAUJO MENDOZA y JORGE HERNÁN ZAVALAGA HILACAMA, por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en su modalidad de Homicidio Calificado previsto y penado en el artículo 108 del Código penal en agravio de quien en vida fuera la persona de ADERLY DENNIS ZAPANA MESCO, por el plazo de 09 MESES con todo lo demás que contiene.

audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

ZU 1715-2014-56: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la

S.V. 08-2017 FC 4480-2016: Declaramos INFUNDADA la apelación interpuesta por Silvia Tapia Gallegos, abogada de la accionante, obrante a fojas 550. CONFIRMAMOS la Sentencia sin número, del 18 de enero de 2017, emitida por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que declaró improcedente la demanda interpuesta en favor de Elmer Alex Lazarte Huaylla en contra de los señores jueces superiores Walter Salvador Gálvez Condori, Juan Francisco Ticona Ura y Justino Jesús Gallegos Zanabria. S.V. 9-2017 FC 6390-2015-40: INFUNDADA la apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público, obrante a fojas 39. CONFIRMAMOS la Sentencia Nro. 193-2016-JPU, del 2 de agosto 2016, en la que se declara a Luis Ronald Larico Linares absuelto del delito de microcomercialización de drogas, previsto en el primer párrafo, apartado 1, del artículo 298 del Código Penal en Agravio del Estado. 1.2. INADMISIBLE el recurso de apelación formulado por el agraviado, representado por el Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Tráfico ilícito de Drogas , obrante a fojas 48. NULO el extremo que concede apelación a favor del Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Tráfico ilícito de Drogas, contenido en la resolución 02, del 26 de setiembre de 2016. EXHORTAMOS a la juez del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, a que, en lo sucesivo dirija las audiencias y resuelva conforme a ley. DECRETOS: Se expidieron un total de 7.

10 DE FEBRERO DE 2017

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNAN-

Miércoles, 3 de mayo del 2017

DEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y MENDOZA BANDA. ZU 2124-2016-52: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTO DE TRÁMITE OC 2330-2014-52: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

ZU 4109-2015-55: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

AUTO DE VISTA A.V. 29-2017 ZU 1097-2017-41: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación formulado por el Ministerio Público. CONFIRMAMOS la resolución que declara INFUNDADO el requerimiento de Prisión Preventiva, formulado por el Ministerio Público en contra de Félix Mamani Puma, identificado con DNI 75056319, por la presunta comisión del delito de robo agravado en grado de tentativa, ilícito previsto y penado en el artículo 188 del Código Penal, concordado con el artículo 189 incisos 3) y 7) del primer párrafo, concordado a su vez con el artículo 16 del mismo cuerpo legal, en agravio del menor Daniel Esaud Pineda Córdova; dicta mandato de comparecencia con restricciones en contra el investigado Frank Félix Mamani Puma; con lo demás que contiene. Sin costas. Y lo devolvemos. SENTENCIA DE VISTA S.V. 10-2017 ZU 4908-2013-67: POR UNANIMIDAD: DECLARAMOS INFUNDADA la apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público. CONFIRMAMOS la Sentencia de fecha nueve de junio del dos mil dieciséis, que obra de folios cuarenta y cinco a ochenta y cuatro, que falla ABSOLVIENDO a PERCY WILLIAM GIL LIPPEZ, por delito de Estafa Agravada, previsto en el artículo 196-A del Código Penal, en agravio de Mary Giovanna Arias Durand; POR MAYORÍA DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNÁNDEZ CEBALLOS Y OCHOA CAHUANA: DECLARAMOS INFUNDADOS los recursos de apelación interpuestos por la defensa del sentenciado Percy William Gil Lippez; de la Procuraduría Pública Anticorrupción de Arequipa y del Ministerio Público, en cuanto a la reparación civil se refiere, DECLARAMOS LA NULIDAD de la Sentencia de fecha nueve de junio del dos mil dieciséis, que obra de folios cuarenta y cinco a ochenta y cuatro, EN EL EXTREMO que impuso al sentenciado la suma ascendente a la suma de S/ 1,000.00 (Un mil Soles) en favor de Giovana Arias Durand y S/ 2,000.00 (Dos Mil Soles); en favor de la Actor Civil, en representación del Estado. DISPONEMOS se devuelvan los actuados al Juzgado de origen para que renovando los actos procesales respectivos emita nuevo pronunciamiento con arreglo a ley. S.V. 11-2017 ZU 3243-2011-93: DECLARAMOS INFUNDADOS los recursos impugnatorios interpuestos por el Ministerio Publico y por la defensa técnica de Enriqueta Javier Llascanoa. CONFIRMAMOS la sentencia número trescientos setenta y dos guión dos mil dieciséis, que Absuelve a Fredy Rodríguez Paredes y Luis Oswaldo Menéndez Gallegos, de la comisión del delito Contra la vida y la salud en la modalidad de Lesiones previsto en el artículo 122 y Contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación Agravada, previsto en el artículo 202, inciso 2 y artículo 204, inciso 2 del Código Penal, en agravio de ENRIQUETA JAVIER LLASCANOA; con lo demás que contiene. CORREGIMOS la sentencia en los extremos en los cuales se ha advertido error material, es decir, en cuanto se ha consignado el tipo penal de Usurpación Agravada- Alteración de Linderos, debiendo ser Usurpación Agravada por Turbación de la Posesión, previsto en el artículo 202 numeral 3, en concordancia con el artículo 204 numeral 2 del Código Penal; y, en el extremo que se absolvió a Fredy Moisés Rodríguez Paredes del delito de Lesiones Leves, en consecuencia se absuelve a Luis Oswaldo Menéndez Gallegos, en mérito a los argumentos expresados en la parte considerativa de la presente sentencia. Y los devolvemos. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY. S.V. 12-2017 LVV 5374-2009-5: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el señor rocurador Público de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos –constituido en actor civil-; en consecuencia; CONFIRMAR LA SENTENCIA de fecha tres de mayo de dos mil dieciséis que, habiendo absolviendo a Lorenzo Quispe Ccopa, Benito Mamani Checya, Eustaquio Ramírez Quesso y Rita Patricia Monteza Delgado, del delito de uso

de documento público falso previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 427° del Código Penal, en agravio del Estado -extremo no impugnado-, declaró infundada la pretensión civil, CONFIRMANDOLA CON TODO LO DEMÁS QUE CONTIENE, en dicho extremo.DECRETOS: Se expidieron un total de 8.

13 DE FEBRERO DE 2017

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. OC 874-2016: DE OFICIO DECLARAR: NULA la Resolución Número treinta, de fecha ocho de febrero del dos mil diecisiete que señala fecha para la Vista de la Causa para el día de hoy trece de febrero del dos mil diecisiete. 2. SE ORDENA se REMITA lo actuado al Juzgado de Origen para que proceda conforme lo establecido en la Directiva N° 006-2015-2015-CE-PJ, una vez cumplido y transcurrido los plazos establecidos por ley, elévese a esta Superior Sala Penal.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. SENTENCIAS DE VISTA S.V. 14-2017 FC 2012-3010-14: FUNDADO el recurso de apelación propuesto por el sentenciado Walter Ticona Huancachoque, obrante a fojas 102. 1.2. FUNDADO el recurso de apelación propuesto por el sentenciado Jaime Julián Gómez Cota, obrante a fojas 80. 2. NULO el juicio oral y la Sentencia N° 44-2016-JPCSPTA, del 06 de julio del 2016, que declara a Jaime Julián Gómez Cota y Julián Walter Ticona Huancachoque, coautores del delito de secuestro extorsivo, previsto en el artículo 200, sexto y séptimo párrafo-literal e), del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales B.C.M.Z. y de Roger Mamani Incahuanaco. 3. EXHORTAMOS a los señores jueces del Juzgado Penal Colegiado Transitorio para que observe en adelante el deber de motivación, cumpliendo responsablemente con sus obligaciones legales. DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

15 DE FEBRERO DE 2017 AUTO DE VISTA A.V. 31-2017 FC 2168-2016-75: DECLARAR fundado el recurso de apelación postulado por la defensa del señor MICHAEL RENZO BENAVENTE SALAS, en consecuencia se REVOCA la resolución de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis, que dispuso la revocación de la pena limitativa de derechos de sesenta y nueve jornadas de prestación de servicios comunitarios y las convirtió a pena efectiva; en consecuencia se dispone la inmediata excarcelación del señor MICHAEL RENZO BENAVENTE SALAS. Se dispone que la Oficina de Medio Libre del Instituto Nacional Penitenciario efectué el levantamiento o registro correspondiente o elaboración de la ficha pertinente en la que se objetive el cumplimiento de la prestación de servicios comunitarios dispuesta por el Juzgado y también efectué la compensación o consolidación o deducción de los días de pena efectiva realizados por el señor respecto a lo ordenado por el Juez en la prestación de servicios a la comunidad; y también se ordena que la Administración del Módulo Penal efectué las coordinaciones con el Instituto Nacional Penitenciario, el Ministerio Público y también representante de la judicatura para que se implemente un protocolo de seguimiento y supervisión de las penas de prestación de servicios a la comunidad a efecto de que se superen los problemas que se vienen presentando respecto a los sentenciados por esta modalidad.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

14 DE FEBRERO DE 2017

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA.

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA.

EN AUDIENCIA

por ley, cuidando de desarrollar un debate integral y razonamiento motivado sobre la imputación efectuada por el Ministerio Público. EXHORTAR al señor Juez de Primera Instancia diligencia debida en las materias sometidas a su jurisdicción y competencia evitando con ello la emisión de resoluciones que por su trascendencia sean motivo de su declaratoria de nulidad EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. SENTENCIAS DE VISTA S.V. 14-2017 FC 2012-3010-14: FUNDADO el recurso de apelación propuesto por el sentenciado Walter Ticona Huancachoque, obrante a fojas 102. 1.2. FUNDADO el recurso de apelación propuesto por el sentenciado Jaime Julián Gómez Cota, obrante a fojas 80. 2. NULO el juicio oral y la Sentencia N° 44-2016-JPCSPTA, del 06 de julio del 2016, que declara a Jaime Julián Gómez Cota y Julián Walter Ticona Huancachoque, coautores del delito de secuestro extorsivo, previsto en el artículo 200, sexto y séptimo párrafo-literal e), del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales B.C.M.Z. y de Roger Mamani Incahuanaco. 3. EXHORTAMOS a los señores jueces del Juzgado Penal Colegiado Transitorio para que observe en adelante el deber de motivación, cumpliendo responsablemente con sus obligaciones legales. DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

AUTO DE VISTA A.V. 33-2017 FC 2209-2014-6: DECLARAMOS fundado el recurso de apelación interpuesto por el sentenciado Alberto Benavides Vargas a foja 71. 2. DISPONEMOS la nulidad de la Resolución N° 5, del 5 de septiembre de 2016, que declaró infundada la nulidad postulada por el sentenciado Alberto Benavides Vargas. 3. NULO todo lo actuado hasta fojas 40, quedando subsistente la documentación presentada por el procesado. Pronunciándonos sobre el fondo de la cuestión, entendida la impugnación como una apelación: 4. REVOCAMOS la Resolución N° 2-2016, del 6 de julio de 2016, que revocó la suspensión de pena y REFORMÁNDOLO declaramos infundado el requerimiento de revocatoria de suspensión de pena, formulado por el Ministerio Público.

ROSA OCHOA CAHUANA NADIA GONZALES DUEÑAS JUEZ SUPERIOR COORDINADORA DE CAUSAS CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES

A.V. 34-2017 OC 3619-2015-88: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la señora abogada Jenny Urquizo Ayma, abogada defensora de la Asociación Mercado Metropolitano de Productores Mayorista Andrés Avelino Cáceres; en consecuencia, 2. CONFIRMAR LA RESOLUCIÓN NÚMERO TRES de fecha veintiuno de octubre de dos mil dieciséis, que declaró improcedente el pedido de constitución el actor civil realizado por Isidro Bailón Saico Gonzáles, en los seguidos en contra de Anita Aurora Huillca Nuñonca y Luisa Giovanna Beltrán Cutipa por la comisión del delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad material en agravio de la Asociación Mercado Metropolitano de Productores Mayoristas Andrés Avelino Cáceres.-

A.V. 36-2017 ZU 113-2017: DIRIMIR COMPETENCIA en la presente causa a favor del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria – Sede Central, el que deberá continuar con el conocimiento de la presente causa, según su estado. 2. REMITIR, el presente cuaderno al Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria – Sede Central con comunicación de la presente resolución al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria – Sede Paucarpata.

AUTO DE VISTA A.V. 32-2017 ZU 4265-2012-82: DECLARAMOS FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de Elvis Richard Rivera Alarico. REVOCAMOS la resolución número veintiséis guión dos mil dieciséis, de fecha seis de setiembre de dos mil dieciséis, que declaró fundado el pedido de revocación de pena solicitado por el representante del Ministerio Público, dispone la revocación de la suspensión de la pena impuesta a don Elvis Richard Rivera Alarico; y reformándola, DECLARAMOS INFUNDADO el requerimiento de revocatoria de suspensión de la pena solicitada por el Ministerio Público; sin costas; y los devolvemos los actuados al Juzgado de procedencia.

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A.V. 35-2017 OC 199-2015-81: DECLARAR LA NULIDAD, DE OFICIO, DE LA RESOLUCIÓN número diez, de fecha veintisiete de junio de dos mil dieciséis que declara de oficio sobreseer la causa a favor de Víctor Pacheco Quicara, por la supuesta comisión del delito contra la administración pública en su modalidad de violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones, tipificado en el artículo 367° y 366° del Código Penal en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio del Interior, así como en agravio de los efectivos policiales Reyna Rosmery Castro Arango, Serapio Olgado Sotomayor, Laura Josselyn Pinto López y Meredith Gallegos Pacheco; en consecuencia. ORDENAR LA REALIZACIÓN DE NUEVA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, CON CELERIDAD Y DILIGENCIA por el señor Juez llamado

16 DE FEBRERO DE 2017

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTO DE VISTA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY. A.V. 37-2017 FC 5378-2015-43: INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Ministerio Publico que obra a fojas 129. INADMISIBLE el recurso de apelacion interpuesto por la Municipalidad Provincial de Arequipa que obra a fojas 143. CONFIRMAMOS la Resolucion No 10, del 2 de septiembre de 2016, expedida por el Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Sede de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, en cuanto resolvio declarar fundado el pedido de sobreseimiento formulado por la representación procesal de Chavez Larrea. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. A.V. 38-2017 OC 2102-2015-20: DECLARAR FUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN, postulado por el representante

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La República

del Ministerio Público, en consecuencia; 2. DECLARAR LA NULIDAD, LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOS – DOS MIL DIECISÉIS, de fecha catorce de noviembre de dos mil dieciséis que declara improcedente el requerimiento de incautación respecto de los bienes muebles (vehículos – camiones) de los procesados Wolberth Cutire Puma y Herly Santos Cutire; en consecuencia. ORDENAR PASE EL PRESENTE INCIDENTE AL SEÑOR JUEZ LLAMADO POR LEY, quien se avocará en nueva audiencia al conocimiento, bajo debate, del pedido de confirmatoria de incautación.- REGÍSTRESE y COMUNÍQUESE.- Y los devolvieron.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

MOS la sentencia de fecha doce de setiembre de dos mil dieciséis, que declara a Willy Darío Montesinos Juchatuma, coautor del delito contra el patrimonio en la modalidad de Robo Agravado, ilícito previsto y penado por el artículo 188, concordante con el artículo 189 primer párrafo numerales 2 y 4 del Código Penal, en agravio de Juan Carlos Cornejo Oblitas, imponiéndole seis años de pena privativa de libertad con el carácter de efectiva, con todo lo que ella contiene; y los devolvieron al Juzgado de procedencia. Sin costas de la instancia. DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

A.V. 39-2017 OC 2717-2016-14: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el imputado CONFIRMAR la resolución número la resolución nueve – dos mil dieciséis, de fecha veintinueve de diciembre del dos mil dieciséis, que declaró fundado el requerimiento solicitado por el Ministerio Público en el extremo que prolongó el plazo de la medida coercitiva de prisión preventiva por l plazo de seis meses en contra del investigado Nicolás Aurelio Palli Mango y otros. Con lo demás que contiene. EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. A.V. 39-2017-A ZU 2717-2016: Se DECLARA INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la defensa técnica del imputado Palli Mango; en consecuencia, CONFIRMAMOS LA RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO, de fecha veintitrés de diciembre del año dos mil dieciséis, que declaró fundado el pedido formulado por parte del Ministerio Público y prorrogó el plazo de la investigación en la presente causa declarada compleja por el plazo de tres meses hasta el trece de marzo del dos mil diecisiete. Y siendo esta la única incidencia por el cual el colegiado conoció este expediente se dispone la devolución de los actuados al Juzgado de procedencia A.V. 40-2017 ZU 2717-2016: Tenemos por DESISTIDO DEL RECURSO IMPUGNATORIO a la señora representante del Ministerio Público, por consiguiente la Resolución Nro. N° 02-2016, de fecha dos de diciembre del dos mil dieciséis, tiene la calidad de firme. Y siendo este el único motivo por el cual el colegiado conocía la presente incidencia se dispone la devolución de los actuados al Juzgado de procedencia. EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY. A.V. 41-2017 LVV 2861-215-67: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN instado por el señor Procurador Público de la Contraloría General de la República, y en consecuencia, CONFIRMAR LA RESOLUCIÓN JUDICIAL número diez-dos mil dieciséis de fecha ocho de julio de dos mil dieciséis, en el extremo que declaró improcedente la pretensión civil del actor civil Procurador Público de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República,

DECRETOS: Se expidieron un total de 4. 17 DE FEBRERO DE 2017

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. SENTENCIA DE VISTA S.V. 15-2017 ZU 5735-2015-21: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso impugnatorio interpuesto por el procesado Willy Darío Montesinos Juchatuma. CONFIRMA-

20 DE FEBRERO DE 2017

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTO DE VISTA A.V. 43-2017 OC 2419-2015-63: DECLARAR FUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público. En consecuencia NULA, LA RESOLUCIÓN sin número de fecha nueve de septiembre de dos mil dieciséis que declara fundado el sobreseimiento presentado por la defensa de José Prado Valencia por delito de usurpación; en consecuencia. ORDENAR LA REALIZACIÓN DE NUEVA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, CON CELERIDAD Y DILIGENCIA por el señor Juez de la causa, cuidando de desarrollar un debate integral y razonamiento motivado sobre la imputación efectuada por el Ministerio Público, dentro de los alcances de lo permitido por ley. A.V. 45-2017 ZU 7738-2016: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación propuesto por la defensa técnica de Juan Miranda Mamani. CONFIRMAMOS la resolución número siete guion dos mil diecisiete, de fecha treinta y uno de enero de dos mil diecisiete, que declaro fundado el requerimiento de incoación de proceso inmediato formulado por el Ministerio Publico; con lo demás que contiene; sin costas; y los devolvemos los actuados al Juzgado de procedencia. A.V. 46-2017 OC 1125-2017-39: DECLARAR FUNDADO, el recurso de apelación interpuesto; REVOCAR la resolución 01-2017, emitida con fecha treinta y uno de enero del año 2017, que declaró infundado el pedido de desalojo y ministración provisional del inmueble sito en el Asentamiento Humano Pedro P. Díaz, Mz. 47, lote Nro. 7 (Mz. H, lote 9, denominación SUNARP), y REFORMÁNDOLA declarar fundado el pedido de desalojo preventivo solicitado por la defensa técnica de Liw Xiomara Chipana Álvarez, en consecuencia, se ordena la desocupación del inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Pedro P. Díaz, Mz. 47, lote N° 7 (Mz. H, lote 9, denominación SUNARP) distrito de Cerro Colorado; 3. DISPONER se ponga en conocimiento del Juez lo dispuesto en la presente resolución para su inmediata ejecución, la que será efectivizada con asistencia del representante del Ministerio Público. A.V. 47-2017 FC 1284-2017-11: DECLARAR infundada la apelación postulada por la defensa del investigado Geilor Pacheco Medina. DECLARAR fundada la apelación del Ministerio Público, en consecuencia; Se CONFIRMA la prisión preventiva dictada por el Juzgado de Investigación Preparatoria, contenida en la Resolución N° 02-2017 de fecha ocho de febrero del dos mil diecisiete, y; se REFORMA en el extremo del plazo, señalando que esta prisión preventiva debe de ser de NUEVE MESES. DECRETOS: Se expidieron un total de 1. ROSA OCHOA CAHUANA LOURDES CECILIA VENTURA ZAA JUEZ SUPERIOR COORDINADORA DE CAUSAS CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES

21 DE FEBRERO DE 2017

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. SENTENCIA DE VISTA S.V. 16-2017 OC 2015-3816-12: DECLARAR FUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN, presentado por el representante del Ministerio Público; DECLARAR LA NULIDAD DE LA SENTENCIA, de fecha catorce de septiembre de dos mil dieciséis que absolvió a Edwin Mamani Yana, de la comisión del delito de robo agravado, previsto en el artículo 188° del Código Penal, concordante con el primer párrafo del artículo 189°, inciso 3° y 4° y numeral 1° del segundo párrafo del mismo cuerpo normativo, en agravio de Timoteo Huamaní Ala y Jesús Huamaní Ala, en concurso real con el delito de robo agravado previsto en el artículo 188° del Código Penal, concordante con el primer párrafo del artículo 189°, numerales 3 y 4, del mismo cuerpo normativo, en agravio de Carlos Alpaca Chávez; en consecuencia, ORDENAR LA REALIZACIÓN DE NUEVO JUICIO ORAL, por el señor Juez llamado por ley, en orden a la realización de nuevos debates orales que, con celeridad y diligencia, habiliten la expedición de una sentencia debidamente justificada o motivada, teniendo en cuenta lo expuesto en la presente.CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ABRIL PAREDES Y OCHOA CAHUANA.

Miércoles, 3 de mayo del 2017

tucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. FC 7217-2016: CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por Luis Alberto Morales Romero contra el auto de vista de fecha diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, que CONFIRMA la resolución N° 01-2016, de fecha siete de octubre del dos mil dieciséis, que declara improcedente la demanda de habeas corpus interpuesta por Luis Alberto Morales Romero, en contra del señor Juez Unipersonal Ronald Manuel Medina Tejada y los Jueces Superiores Rosa Ochoa Cahuana, Marcela Rendón Rojas, Magistrados de la Primera Sala Penal de Apelaciones. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. Interviene el señor Juez Superior Rodríguez Romero al encontrarse impedida de conocer la presente causa la señora Magistrada Ochoa Cahuana y al haberse encontrado de turno en el mes de enero la Primera Sala Penal de Apelaciones. AUTOS DE VISTA A.V. 48-2017 OC 8315-2016-17: DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del acusado Jorge Valencia Zeballos, en consecuencia; CONFIRMAR, la resolución la resolución dos – dos mil diecisiete del veinticuatro de enero del dos mil diecisiete, que declaró procedente el proceso inmediato, promovido por el Ministerio Público en contra de Jorge Luis Valencia, DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

AUTOS DE TRÁMITE FC 207-2014-84: DECLARAR Inadmisible la apelación formulada por la agraviada Elizabeth Maria Arce Banda, que postulara en contra de la sentencia de fecha veintitrés de julio del dos mil dieciséis, emitida por el Juez de Juzgamiento. que la coordinación de Salas Superiores, encargadas de la gestión administrativa del proceso, efectúe las coordinaciones con la defensa pública para que asuma el patrocinio una vez que se cumpla la siguiente disposición. Se NOTICIE al procesado Fredy Roque Jimenez, para que en el plazo de cuarenta y ocho horas de notificado presente un escrito ratificando su defensa privada, caso contrario la coordinación de Salas Penales como se tiene ordenado efectuará la coordinación con la Defensa Pública Regional a efecto de que designe a un defensor público para la próxima sesión. DISPONEMOS que la coordinación a través del especialista de causa agenden el presente proceso, en fecha posterior, atendiendo a la carga de esta Sala. FC 8534-2016: CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por Marco Antonio Luque Chaiña contra el auto de vista de fecha treinta de enero del dos mil diecisiete, que CONFIRMA la resolución número uno, de fecha treinta de diciembre del dos mil dieciséis, que declaro IMPROCEDENTE la demanda de Hábeas Corpus interpuesta por Rocío del Pilar Pacheco Gozalvez, Manuel Franco Aco Cárdenas y Marco Antonio Luque Chaiña en representación de Karina Magda García Aramayo, en contra del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, Ronald Ibañez Barreda. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. OC 6793-2016: CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por Víctor Raíl Villafuerte Andía contra la Sentencia de Vista de fecha tres de febrero del dos mil diecisietE, que CONFIRMA la SENTENCIA, de fecha diez de enero de dos mil diecisiete, que declara infundada la demanda de Hábeas Corpus interpuesta por Víctor Raúl Villafuerte Andía en contra de los señores Jueces Superiores de la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Consuelo Cecilia Aquize Díaz y Víctor Raúl Zúñiga Urday; y en contra de la señora Fiscal María del Rosario Lozada Sotomayor y del señor Juez Carlos Eduardo Mendoza Banda. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Consti-

22 DE FEBRERO DE 2017

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ZUÑIGA URDAY Y OCHOA CAHUANA. AUTO DE VISTA A.V. 44-2017 OC 2017-1182: CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por Luis Alberto Morales Romero contra el auto de vista de fecha diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, que CONFIRMA la resolución N° 01-2016, de fecha siete de octubre del dos mil dieciséis, que declara improcedente la demanda de habeas corpus interpuesta por Luis Alberto Morales Romero, en contra del señor Juez Unipersonal Ronald Manuel Medina Tejada y los Jueces Superiores Rosa Ochoa Cahuana, Marcela Rendón Rojas, Magistrados de la Primera Sala Penal de Apelaciones. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. Interviene el señor Juez Superior Rodríguez Romero al encontrarse impedida de conocer la presente causa la señora Magistrada Ochoa Cahuana y al haberse encontrado de turno en el mes de enero la Primera Sala Penal de Apelaciones. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES FERNANDEZ CEBALLOS, ABRIL PAREDES Y OCHOA CAHUANA. AUTO DE VISTA A.V. 49-2017 FC 880-2017-75: CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por Luis Alberto Morales Romero contra el auto de vista de fecha diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, que CONFIRMA la resolución N° 01-2016, de fecha siete de octubre del dos mil dieciséis, que declara improcedente la demanda de habeas corpus interpuesta por Luis Alberto Morales Romero, en contra del señor Juez Unipersonal Ronald Manuel Medina Tejada y los Jueces Superiores Rosa Ochoa Cahuana, Marcela Rendón Rojas, Magistrados de la Primera Sala Penal de Apelaciones. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la

debida nota de atención. Interviene el señor Juez Superior Rodríguez Romero al encontrarse impedida de conocer la presente causa la señora Magistrada Ochoa Cahuana y al haberse encontrado de turno en el mes de enero la Primera Sala Penal de Apelaciones. AUTOS DE TRÁMITE OC 4949-215-93: DECLARAR INADMISIBLES los medios de prueba ofrecidos por los imputados Víctor Jesús Osorio Quispe y Juan Percy Osorio Quispe, por los argumentos expuestos en el tercer considerando de la presente resolución. SEGUNDO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el TRES DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de justicia de Arequipa. Al primer otrosí del escrito Nro. 2553-2017: Téngase como abogado defensor a don José Enrique Morante Chipana, por variado el domicilio procesal y por señalada la casilla procesal, donde se deberán efectuar las futuras notificaciones. Al segundo otrosí: Téngase por otorgadas las facultades generales de representación a que se refiere el artículo 74° y 80° del Código Procesal Civil. Interviene el señor Magistrado Abril Paredes en reemplazo del señor Magistrado Zúñiga Urday él que se encuentra en periodo vacacional. FC 2302-2013-73: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DOS DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de justicia de Arequipa Interviene el señor Magistrado Abril Paredes en reemplazo del señor Magistrado Zúñiga Urday él que se encuentra en periodo vacacional . OC 2037-2016-39: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DOS DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso – antiguo pabellón ), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área

Miércoles, 3 de mayo del 2017

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

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