ISABEL II (1833-1843): LAS REGENCIAS. 1

debe estar avalado por la doble confianza y tendrá derecho a convocar y disolver ... la anulación del régimen foral de Navarra que no tuvo lugar ya que ...
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ISABEL II (1833-1843): LAS REGENCIAS.

La muerte de Fernando VII en 1833 abre paso a un Nuevo Régimen instaurado no por la voluntad y convencimiento de los protagonistas sino por la necesidad de mantenerse en el poder. La corta edad de la heredera Isabel II dará lugar al establecimiento de una Regencia. Primero la de su madre la Regencia de la Reina María Cristina de Borbón, “la Reina Gobernadora” (1833-1840) y después la Regencia del General Baldomero Espartero (1841-1843). La regencia de María Cristina estará condicionada por la primera guerra carlista (1833-1839), lo que provocará la necesidad de Mª Cristina de buscar apoyos contra los carlistas, logrando el apoyo de los liberales al confirmar a Cea Bermúdez como jefe de gobierno. El gobierno de Cea Bermúdez (1832-1834) llevará a cabo algunas reformas de tipo moderado como la división del territorio español en provincias. La división provincial de España será obra de Javier de Burgos y además de funcional tiene como objetivo eliminar todo fuero o privilegio que fuera contra el principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. Esto hará que los territorios foralistas Navarra y las Vascongadas la vean como una amenaza y alimentará la reacción carlista. El carácter moderado de Cea Bermúdez será duramente criticado por los liberales progresistas y obligará a la regente a nombrar a Martínez de la Rosa, nuevo jefe de gobierno (había participado en las Cortes de Cádiz y en el gobierno del Trienio Liberal, pero se había vuelto más moderado). Bajo su gobierno se aprobará el Estatuto Real de 1834, que era una carta otorgada (ley fundamental de un Estado concedida por el rey. Pretende ser una Constitución, pero no lo es por no tener su origen en la soberanía nacional.). El Estatuto de 1834 establece unas Cortes bicamerales, con una cámara alta o de próceres que serán nombrados por la Reina, y una cámara baja o de procuradores elegidos por sufragio censitario o restringido. Además las Cortes no tendrán capacidad legislativa que corresponde a la Corona ya que son una asamblea para asesorar a la Corona, pero podían hacer peticiones a la reina. Negará la soberanía nacional y los derechos individuales. Los liberales progresistas se manifestarán en contra del Estatuto y para mantenerlos de su lado María Cristina nombrará a un progresista como jefe de gobierno, Juan Álvarez de Mendizábal, que impulsará las reformas destacando la Ley de Desamortización eclesiástica y la reforma del ejército. La consecuencia será el enfrentamiento con la iglesia y el ejército. La regente lo sustituirá por Francisco Javier de Istúriz, moderado, que se tendrá que enfrentar al Motín de la Granja de San Ildefonso en agosto de 1836 (pronunciamiento militar que pretendía la reinstauración de la Constitución de 1812). Para aplacar a los liberales progresistas María Cristina nombrará jefe de gobierno a Calatrava (1836-1837): se redacta, aprueba y promulga la Constitución de 1837 de corte progresista pero con concesiones a los moderados (poder legislativo las Cortes con el Rey y las Cortes bicamerales. Esta Constitución tiene las siguientes características: • Soberanía Nacional, pero la potestad legislativa pertenecía al Rey y las Cortes. • Cortes bicamerales con un Congreso elegido por sufragio censitario y un Senado nombrado por el Rey una mitad y la otra por sufragio censitario restringido. • La división de poderes no es completa ya que el poder legislativo está compartido entre las Cortes y el Rey, el poder ejecutivo en manos del Rey, con veto ilimitado (la Constitución 1812 establece el veto limitado por 2 años), el nombramiento de ministros

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debe estar avalado por la doble confianza y tendrá derecho a convocar y disolver las Cortes. • Se establece la confesionalidad católica. • Hay un reconocimiento de derechos y libertades que se especifican: expresión, imprenta, propiedad e igualdad jurídica. Durante el gobierno de Calatrava fue ministro de Hacienda Álvarez de Mendizábal, llevará a cabo las grandes desamortizaciones de los bienes eclesiásticos (1836) con el objeto de mejorar las finanzas públicas cuyo déficit, ya crónico, había aumentado como consecuencia de las guerras carlistas. Una desamortización es la puesta en venta de bienes raices amortizados, que son aquellas propiedades que no podían ser enajenadas. Los bienes amortizados son los de la Iglesia por donación, los bienes comunales y de propios de los ayuntamientos. Mendizábal entre los años 1835 y 1837 realizará la gran desamortización de bienes de la Iglesia mediante la nacionalización y venta en subasta pública. El objetivo de la desamortización de bienes eclesiásticos fue conseguir financiación para la deuda pública y para los gastos de la primera guerra carlista. Además se pretendía crear una clase media de campesinos propietarios y así conseguir aumentar los apoyos sociales y políticos del liberalismo. Las consecuencias de la desamortización fueron muy negativas por los siguientes motivos: a) Los graves daños que se produjeron al campesinado. Los campesinos habían trabajado durante generaciones las tierras de la Iglesia y la desamortización y venta de las mismas les llevó a una situación de gran precariedad cuando no a la miseria. Apoyan al carlismo. b) Ley de la oferta y la demanda rebajó mucho el valor de los terrenos y propiedades expropiadas y por supuesto fueron compradas por las clases más adineradas. Los lotes que se hicieron ciertamente tuvieron un valor muy por debajo del real pero aun así, no estaba al alcance de los medianos y pequeños propietarios. El final de la Primera Guerra Carlista (1840) dejará al General Baldomero Espartero con un alto nivel de popularidad lo que le llevará a enfrentarse a la reina regente. Espartero al frente de los liberales progresistas presentará a la reina un memorándum planteándoles unas exigencias que no serán admitidas por la regente. María Cristina renuncia a la regencia ya que se negaba a aceptar las exigencias presentadas por los progresistas. El puesto de regente es ocupado el General Espartero que gobernará de 1841 a 1843. Su regencia se puede calificar de dictadura personal. De sus actuaciones políticas cabe destacar: • Lo más importante de este suceso fue el intento de recorte de los fueros vascos y la anulación del régimen foral de Navarra que no tuvo lugar ya que vulneraba los acuerdos del Pacto de Vergara, pero provocó malestar en la región vasco-navarra. • Los intentos de pronunciamiento militar por generales que pretendían la vuelta de la regente Mª Cristina, fueron sofocados y condenados a muerte sus cabecillas: Montes de Oca y Diego de León. • Disolvió las Cortes. • En Cataluña se produce una insurrección popular en noviembre de 1842 por el levantamiento de las barreras aduaneras a los textiles ingleses que eran más competitivos que los catalanes. Para frenar la insurrección Espartero llegó a bombardear Barcelona en noviembre de 1842. Las protestas contra Espartero, tanto por los moderados como por los liberales radicales crecerán. Los liberales moderados y progresistas se aliarán para conseguir evacuar de la regencia a Espartero. En 1843 Espartero embarcará rumbo al exilio (Inglaterra). El adelanto de la mayoría de edad de la Isabel II (13 años) pondrá fin al periodo de regencia y comenzará el reinado efectivo de la misma, que se inicia con la llamada Década Moderada.

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