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plazo de 45 días, a su cargo y sin costo para el cliente. ¿Qué plazo se establece para informar el alzamiento de la hipoteca? Una vez finiquitado el proceso de ...
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Información Importante Nueva Ley de Alzamiento N° 20.855

A contar del día 23 de enero de 2016 entró en vigencia la nueva Ley N°20.855 que “Regula el Alzamiento de Hipotecas y Prendas que caucionen créditos”. Con el objeto de entregar un mejor servicio y la más completa información, procedemos a explicar esta normativa: ¿Qué establece la nueva ley 20.855? Esta ley establece que las entidades crediticias tendrán la obligación de cancelar y alzar las hipotecas generales, hipotecas específicas y prendas sin desplazamiento.

¿Cuáles son las obligaciones que establece la ley 20.855 a Banco Consorcio? A partir de esta fecha para todos los créditos garantizados que sean pagados en su totalidad, nuestra institución financiera deberá tramitar la escritura pública de alzamiento de la garantía, en un plazo de 45 días, a su cargo y sin costo para el cliente.

¿Qué plazo se establece para informar el alzamiento de la hipoteca? Una vez finiquitado el proceso de alzamiento, Banco Consorcio tendrá un plazo de 30 días para informar al cliente de las gestiones realizadas.

¿A qué clientes favorece la nueva ley 20.855? La nueva ley 20.855 favorece a aquellos clientes que paguen íntegramente sus créditos a partir del 23 de enero de 2016 o hayan pagado íntegramente sus créditos hasta seis años antes de la entrada en vigencia de esta normativa, pudiendo estos últimos solicitar el alzamiento en cualquier momento también a cargo y costo del Banco.

¿Qué pasa con los créditos pagados con anterioridad a los 6 años de entrada en vigencia de la ley? El cliente debe solicitar por escrito al Banco el alzamiento de la garantía, quién a su cargo y sin costo para el cliente, realizará la tramitación de la escritura de alzamiento respectiva.

¿Qué plazos define la nueva ley para estos casos? Banco Consorcio tendrá un plazo de 45 días desde la solicitud del deudor para gestionar el alzamiento de la hipoteca y un plazo de 30 días desde el alzamiento de la hipoteca para notificar al deudor.

Para mayor información ver: Alzamiento para Garantías Hipotecarias

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