El día 12 de enero del presente año, se promulgó el Decreto 117/2016. El mismo reglamenta el “Plan nacional de apertura de datos” que involucra a todo el Poder Ejecutivo y designa como responsable de su implementación al Ministerio de Modernización. Esta legislación formaliza la decisión del Poder Ejecutivo de abrir los datos públicos y consolidar el Portal de Datos de la Nación. Este Decreto -y su efectivo cumplimiento- representa un gran paso para la profundización de uno de los ejes necesarios para la consolidación de un Gobierno Abierto en la Argentina. Transcurridos 163 días desde la publicación del Decreto, este documento se propone realizar una primera evaluación acerca del cumplimiento de la planificación y de los compromisos asumidos por el Gobierno de la Nación Argentina en esta legislación. Principalmente, se hará foco en el Artículo 2° del Decreto, dado que en este se explicitan y reglamentan los datos que el Poder Ejecutivo decide abrir a la ciudadanía. Además, indica que la apertura de cada uno de estos datos se deberá efectuar dentro de los NOVENTA (90) días posteriores a la publicación del Decreto en el Boletín Oficial. Es decir, los datos descritos en cada inciso del Artículo 2° se tendrían que haber publicado entre el 12 de enero y el 12 de abril de 2016. Los parámetros seleccionados para confeccionar esta evaluación han sido, por un lado, realizar un relevamiento de la utilización de ejes asociados a Gobierno Abierto y, por el otro, analizar los compromisos en materia de apertura de datos ( open data ), siendo este último el punto central de este análisis. Como el nombre del Decreto lo indica, el Poder Ejecutivo Nacional diseña y presenta una planificación concreta: se establece qué datos se van a liberar, qué características van a tener esos datos abiertos y se fijan fechas límites para el cumplimiento de la publicación: 180 días para la publicación de los planes de los distintos organismos y 90 días para la publicación de los datasets establecidos en el Decreto. El “Plan nacional de apertura de datos” remarca que el significado de la política de datos abiertos se funda en el Principio de Publicidad de los Actos de Gobierno y en el Derecho de Acceso a la Información Pública. Señalando que estos están reconocidos por la Constitución Nacional, por Declaración Universal de los Derechos Humanos, por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Asimismo, resalta que la disponibilidad de los datos públicos en condiciones adecuadas para su uso y reutilización constituye un elemento catalizador para el fortalecimiento del proceso democrático. Es decir, se ofrece a la sociedad civil una herramienta que se abre la puerta a los principios de acceso a la información pública y transparencia gubernamental; se apoya en la tecnología y fomenta la innovación; posibilita la consolidación de políticas de rendición de cuentas; y contribuye a que el ciudadano este informado, participe y sea el actor protagonista Se destaca que el Decreto obligue a que los datos públicos deban ser presentados en formatos que permitan la utilización y reutilización “ para el fortalecimiento del proceso democrático, el desarrollo de políticas públicas basadas en la evidencia, la provisión de servicios públicos centrados en el usuario, y la promoción del desarrollo social, económico, científico y cultural de la Nación“.
Esto estimula iniciativas de diversos actores sociales en beneficio de sus comunidades y favorece el desarrollo de políticas públicas basadas en la evidencia. Otra de las ventajas del Decreto es que detalla los modos en que se deben publicar los datos y las características que deben cumplir. Entonces, se señala que los datos públicos deben ser publicados en forma proactiva, completa y oportuna, en y por los canales, medios, formatos y bajo licencias que mejor faciliten su ubicación, acceso, procesamiento, uso, reutilización y redistribución. En este sentido, el Decreto cumple con los estándares consensuados en materia de apertura de datos. Mirando en detalle, en los Artículo 1º y 2º se fijan dos líneas de acción, indicando fechas máximas para su cumplimiento: CIENTO OCHENTA (180) y NOVENTA (90) días , respectivamente. A continuación, se evaluará el grado de cumplimiento según la fecha establecida y se hará una breve descripción de la calidad de los datos. Para esto, se tiene en cuenta la licencia de base de datos ( datasets ). El estándar más adecuado para la apertura de datos es la Licencia Abierta de Bases de Datos (ODBL, por sus siglas en inglés). Además, se tendrá en cuenta el formato del archivo de la base de datos ( datasets ). Existe un consenso de que el formato más sencillo, abierto y adecuado para la reutilización es el CSV (del inglés comma-separated values ). Otra punto importante es la frecuencia de actualización . Se debería presentar un historial de actualizaciones y sería deseable que se indique la fecha de la próxima actualización. El cumpliento de estos parámetros se describe en la infografía adjunta.
Artículo 1º: El Decreto 117/2016 establece que los Ministerios, Secretarías y organismos desconcentrados y descentralizados dependientes del Poder Ejecutivo Nacional cuentan con un plazo no mayor 180 días, a partir de la publicación del Decreto, para elaborar y presentar ante el Ministerio de Modernización un “Plan de Apertura de Datos”. En este se deben detallar los activos de datos bajo su jurisdicción y/o tutela, así como el cronograma de publicación. Si bien aún no se ha cumplido el plazo máximo establecido, el Ministerio de Modernización no ha presentado esta información. Al día de la fecha, en el Portal de Datos del Gobierno de la Nación existen publicados 8 datasets y 12 organizaciones gubernamentales involucradas. El Ministerio de Energía y el Organismo descentralizado PAMI han lanzado sus propios portales de datos. Artículo 2º: En este ítem, se establece que el Ministerio de Modernización, como autoridad responsable de la aplicación, debe publicar en un plazo no mayor a NOVENTA (90) días, y mantener actualizado a través del Portal Nacional de Datos Públicos la siguiente información que se indica en los incisos del Artículo:
a) La publicación de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo se cumplió en tiempo y forma en un dataset que también contiene la información señalada en el inciso b . b) La publicación de la nómina de autoridades superiores del Poder Ejecutivo se ha cumplido satisfactoriamente. En el Portal de Datos del Gobierno Nacional se puede acceder a un dataset que contiene los datos del inciso a y b en formato abierto y reutilizable. Las publicación de las declaraciones juradas patrimoniales (DDJJ). se efectivizó. Se publicaron 45 mil declaraciones juradas patrimoniales de funcionarios del Poder Ejecutivo y legisladores en formato abierto y accesible para toda la ciudadanía. Este es un paso sumamente importante en materia de transparencia, ya que anteriormente solo se podía acceder a las mismas descargandolas individualmente en formato PDF. Pese a esto, notamos que las declaraciones juradas publicadas en el portal de datos no contienen todos los campos presentes en las declaraciones juradas completas que están publicadas en formato PDF. Por otro lado, las declaraciones juradas publicadas refieren al año 2014. Con respecto a las de DDJJ correspondientes al año 2015, los funcionarios tenían la obligación de presentarlas antes del 30/5/2016. Al día de la fecha aún no se encuentran publicadas en el Portal de Datos. c) La nómina de personal contratado vigente por el Poder Ejecutivo Nacional correspondiente a la Administración Central y Descentralizada , s e publicó en tiempo y forma, pero el dataset publicado en el portal de Datos Abierto está desactualizado desde hace 2 meses. Los datos que se detallan en el datasets corresponden al año 2015 y personal contratado hasta abril del año 2016. El área encargada de brindar estos datos, la Oficina Nacional de Empleo Público (ONEP), presenta una plataforma web denominada Registro Central de Personas Contratadas , que incluye motores de búsqueda. Si bien dicha página ha sido actualizada el 13/04/2016, al igual que el dataset en datos.gob.ar y según informa la misma , solo figuran personas con Contratos vigentes al 12/2015. Por otro lado, la plataforma web El Mapa del Estado incluye las designaciones por contrato correspondientes al Poder Ejecutivo en el año 2016 de forma actualizada. Organizadas por Ministerios, organismos desconcentrados y descentralizados, el texto de cada designación se copia en el cuerpo de la web. Por lo tanto, se puede observar objetivamente que la información y datos para actualizar el dataset es accesible para los sujetos obligados. d) La publicación de los escalafones y escalas salariales a los diferentes regímenes de empleo público no se publicó en tiempo y forma como lo indica el Decreto.
Este objetivo es sumamente ambicioso, para avanzar más allá de los 22 ministerios, por la cantidad de organismos desconcentrados y descentralizados existentes y el tiempo que fija el Decreto. A pesar de esto, el 15 de junio, tiempo posterior a los 90 días, se publicó en el portal un dataset que contiene la Asignación Salarial de las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo Nacional . Es decir, que este inciso se cumplimentó de manera parcial, dado que sólo se publicaron los datos de los salarios de las Autoridades superiores y no de todos los empleados públicos como indica el decreto.
e) La publicación de los datos de créditos presupuestarios, según surjan del Sistema Integrado de Información Financiera se cumplió en tiempo y forma.
f) La publicación de las Contrataciones Públicas que se desprenden de Argentina Compra se realizó en tiempo y forma como indica el decreto. Pero solo se publican las contrataciones del año 2015 y no están actualizadas desde enero del 2016 hasta el corriente mes.
g) Se publicaron las Solicitudes de Acceso a la Información recibidas en el año 2015 y su última actualización fue en el mes de abril.
h) Los datos de las Audiencias de Gestión de Intereses se han publicado en tiempo y forma.
Conclusión Los niveles de cumplimiento son considerables. Es imprescindible para una administración pública transparente y abierta que se publiquen, además de los incisos detallados (como presupuesto, contrataciones públicas y licitaciones), la información de los escalafones y escalas salariales de todos los empleados del Poder Ejecutivo así como el gasto público ejecutado. Ahora, el desafío es que los datos publicados sean actualizados. Es decir, que se genere una transparencia activa. El cumplimiento del Decreto es un gran paso para que el Estado Argentino se transforme en un Estado Abierto. Pero para seguir avanzando en este sendero es indispensable que haya mayor difusión respecto a la información pública al alcance de la ciudadanía, que se fomente la utilización y reutilización de los datos y que sirvan como herramientas para una ciudadanía informada y participativa.
La evaluación fue realizada por el equipo de Gobierno Abierto y Datos de la Fundación Conocimiento Abierto para dar a conocer el cumplimiento del Decreto 117/2016 en tiempo y forma, también para informar de qué manera el Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Modernización y la plataforma datos.gob.ar, brindan los datos públicos para la utilización y reutilización por parte de la ciudadanía.
Sobre la Fundación Fundación Conocimiento Abierto es una organización sin fines de lucro de Argentina con la misión es fortalecer la democracia promoviendo el gobierno abierto, la transparencia, los datos abiertos y el acceso a la información a través de innovación tecnológica para potenciar la calidad de la participación ciudadana.
Referencias Sitio datos.gob.ar: datos.gob.ar/dataset Decreto 117/2016: www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/139928/20160113 GitHub de Gobierno Abierto Argentina: github.com/gobabiertoAR Sitio de la Fundación Conocimiento Abierto www.fcabierto.org Twitter de la Fundación Conocimiento Abierto @okfnar Para consulta, nos pueden escribir a
[email protected]