Haber Pensión de Edad Avanzada por Invalidez

De acuerdo al Dictamen Nº 21.176 de fecha 20 de enero de 2003, emitido por la Gerencia de. Asuntos Jurídicos, se desprende que el/los haberes de el/los causahabiente/s con derecho a pensión, derivado/s de una prestación por Edad Avanzada por invalidez, no podrá superar en su conjunto el 70% del haber que le ...
88KB Größe 3 Downloads 79 vistas
www.diarioprevisional.com.ar

Vigencia: 04/09/2003 PREV-05-10

Haber Pensión de Edad Avanzada por Invalidez Dada la necesidad de unificar criterios para determinar el porcentaje de haber de pensión de Edad Avanzada por Invalidez, se normatiza el procedimiento a seguir. De acuerdo al Dictamen Nº 21.176 de fecha 20 de enero de 2003, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, se desprende que el/los haberes de el/los causahabiente/s con derecho a pensión, derivado/s de una prestación por Edad Avanzada por invalidez, no podrá superar en su conjunto el 70% del haber que le hubiera correspondido percibir al causante. Se transcribe la parte pertinente del dictamen donde dice: ““ en el supuesto de fallecimiento de afiliado en actividad de 65 años, el haber de todos los causahabientes ni podrá superar en conjunto, el 70% del haber que le hubiera correspondido percibir al causante, por lo que habida cuenta los expresos términos de la norma, no corresponde aplicar el punto II del art. 98 de la Ley 24.241 “. Para mejor proveer, se describen los siguientes ejemplos: Haber del causante : $ 350;00 a) Viuda o Conviviente sin hijos 70% Del Haber del Causante o sea $ 245,00

b) Viuda o Conviviente 50% 2 hijos 20% c/u

$ 175,00 $ 140,00 $ 315,00

70% Del Haber del Causante $ 245,00 ( Este caso supera el tope máximo de porcentaje ) Forma de calcular el porcentaje : 50% ( esposa ) * 70% ( porcentaje máximo establecido ) = 38,8888% 90% ( suma del porcentaje de la cantidad de derechohabientes)

20% ( hijo ) * 70% ( porcentaje máximo establecido ) = 15,5555% 90% ( suma del porcentaje de la cantidad de derechohabientes) Determinación del Haber : Esposa: $ 350,00 ( 70% Del Haber del Causante) * 38,8888% = $ 136,12

1/3

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

Vigencia: 04/09/2003 PREV-05-10

Hijo 1: $ 350,00 ( 70% Del Haber del Causante) * 15,5555% = $ 54,44 Hijo 2: $ 350,00 ( 70% Del Haber del Causante) * 15,5555% = $ 54,44 $ 245,00 c)

Viuda o Conviviente 5 hijos 20% c/u

50% 100% 150%

70% Del Haber del Causante $ 245,00 ( Este caso supera el tope máximo de porcentaje ) Forma de calcular el porcentaje : 50% ( esposa ) * 70% ( porcentaje máximo establecido ) = 23,3333% 150% ( suma del porcentaje de la cantidad de derechohabientes)

20% ( hijo ) * 70% ( porcentaje máximo establecido ) = 9,33333% 150% ( suma del porcentaje de la cantidad de derechohabientes)

Determinación del Haber : Esposa: $ 350,00 ( 70% Del Haber del Causante) * 23,3333% = $ 81,70 Hijo 1: $ 350,00 ( 70% Del Haber del Causante) * 9,3333% = $ 32,66 Hijo 2: $ 350,00 ( 70% Del Haber del Causante) * 9,3333% = $ 32,66

2/3

www.diarioprevisional.com.ar

www.diarioprevisional.com.ar

Vigencia: 04/09/2003 PREV-05-10

Hijo 3: $ 350,00 ( 70% Del Haber del Causante) * 9,3333% = $ 32,66 Hijo 4: $ 350,00 ( 70% Del Haber del Causante) * 9,3333% = $ 32,66 Hijo 5: $ 350,00 ( 70% Del Haber del Causante) * 9,3333% = $ 32,66 $ 245,00

3/3

www.diarioprevisional.com.ar