LEY DE PENSIONES PARA LOS EX -GOBERNADORES DEL ESTADO DE YUCATÁN. H. Congreso del Estado de Yucatán. Oficialía Mayor. Unidad de Servicios Técnico-Legislativos. Publicación en el D.O. 3 -Enero-1994. DECRETO 627. Publicado en el Diario Oficial el 3 de enero de 1994. CIUDADANO ABOGADO ...
LEY DE PENSI ONES P AR A LOS EX - GO BER NADOR ES DEL ESTADO DE Y UCATÁN H. Congreso del Estado de Yucatán Oficialía Mayor Unidad de Servicios Técnico-Legislativos
Publicación en el D.O. 3 -Enero-1994
DECRETO 627 Publicado en el Diario Oficial el 3 de enero de 1994
CIUDADANO ABOGADO RICARDO AVILA HEREDIA, Secretario General de Gobierno, Encargado del Despacho del Titular del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Yucatán, a sus habitantes hago saber: Que el LII Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Yucatán, Decreta: LEY DE PENSIONES PARA LOS EX-GOBERNADORES DEL ESTADO DE YUCATAN Artículo 1.- Las personas que han ocupado la Titularidad del Ejecutivo del Estado de Yucatán podrán solicitar al Gobernador del Estado una pensión vitalicia, siempre que acrediten los requisitos siguientes: a) Tener más de 60 años de edad; b) No estar desempeñando un cargo público remunerado en cualquiera de las tres instancias de gobierno; c) No tener ingresos económicos fijos o tenerlos por un monto inferior al monto de la pensión establecida en el artículo de esta Ley; y, d) No haber sido privado del cargo mediante Juicio Político. Artículo 2.- La viuda del ex-gobernador pensionado, continuará disfrutando vitaliciamente de la pensión concedida en los términos de esta Ley, siempre y cuando haya prestado algún servicio al Estado.
1
LEY DE PENSI ONES P AR A LOS EX - GO BER NADOR ES DEL ESTADO DE Y UCATÁN H. Congreso del Estado de Yucatán Oficialía Mayor Unidad de Servicios Técnico-Legislativos
Última reforma en el D.O.23 -Enero-2003
Artículo 3.- En el caso que el solicitante acredite el ingreso inferior al monto de la pensión establecida en esta Ley, se le podrá otorgar por la diferencia de manera que su ingreso alcance la cantidad que merece por los servicios prestados al Estado de Yucatán. Artículo 4.- El Gobernador del Estado emitirá su resolución en un plazo de 30 días después de presentada la solicitud, mediante decreto fundado y motivado suficientemente, que será publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado. Artículo 5.- El monto de la pensión mensual será la cantidad en numerario equivalente a N$ 15,000.00 (QUINCE MIL NUEVOS PESOS, MONEDA NACIONAL) mensuales, que será actualizada anualmente conforme a los índices inflacionarios señalados por el Banco de México. T R A N S I T O R I O: Artículo Único.- Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado y deroga cualquier disposición legal previa que se le oponga. DADO EN LA SEDE DEL PODER LEGISLATIVO EN LA CIUDAD DE MERIDA, YUCATAN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.D.P.C.P.- ROBERTO PINZON ALVAREZ.- D.S. CAP. CARLOS EROSA CORREA.D.S. PROFR. JUAN VALLEJOS VEGA.- RUBRICAS. Y POR TANTO MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE Y CIRCULE PARA SU CONOCIMIENTO Y DEBIDO CUMPLIMIENTO. DADO EN LA SEDE DEL PODER EJECUTIVO, EN LA CIUDAD DE MERIDA, YUCATAN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.
2
LEY DE PENSI ONES P AR A LOS EX - GO BER NADOR ES DEL ESTADO DE Y UCATÁN H. Congreso del Estado de Yucatán Oficialía Mayor Unidad de Servicios Técnico-Legislativos
Publicación en el D.O. 3 -Enero-1994
ABOG. RICARDO AVILA HEREDIA.
C.P. ENYD MARIA MARTINEZ MENENDEZ OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO EN FUNCIONES DE SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.
Hoteles, moteles y posadas. $ 805.00. Artículo 22.- Por el otorgamiento de la revalidación de licencias para el funcionamiento de los establecimientos que se ...
$57,&8/2 129(12 El Presidente del Patronato acordará las fechas de sus reuniones: las ordinarias serán cuando menos una vez al mes y las extraordinarias cuando el caso lo requiera. Las primeras se celebrarán con la asistencia de cuando menos tres mie
9 Establecer, organizar y administrar albergues, talleres y pequeñas industrias. 9 Organizar a los exinternos en cooperativas de producciόn o incluirlos en.
I.- Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las .... de cada día o a más tardar el día hábil siguiente si la autoridad fiscal no ...
2.00 por M3 de capacidad. X.-. Por cada autorización para la construcción o demolición de bardas u obras lineales. $ 2.00 por metro lineal. Artículo 24.- Por el ...
... conforme a lo dispuesto en los Artículos 30 Fracción V de la Constitución Política; 97, 150 y 156 de la Ley ..... SECRETARIO DIPUTADO MARTÍN. ENRIQUE ...
5 mar. 2005 - municipal y con personas físicas o morales de los sectores social y privado, la ... Un Presidente, que será el Gobernador del Estado;. II.
fundamentales del menor infractor y de los intereses legítimos de la sociedad, dándole participación tanto al Asistente Jurídico de Menores Infractores como al ...
para el ejercicio de la docencia en educación primaria. ARTICULO 3.- Son objetivos específicos de la enseñanza normal de educación primaria en el Estado de ...
3 jun. 2005 - a las personas en edad senescente o que manifiesten alguna ... protección, por parte del Estado, contra toda clase de discriminación y violencia. ..... denunciada, solicitarán, en su caso, la práctica de los exámenes médicos o ... ARTÍC
Camino blanco. 454.00. Carretera. 681.00 ... No causarán este impuesto las funciones de teatro, ballet, ópera y otros eventos culturales. Capítulo III. Derechos.
Yobaín, todos del Estado de Yucatán, para el Ejercicio Fiscal 2008. .... vigor el día primero de enero del año dos mil ocho previa su publicación en el.
establecer los ingresos que percibirá la Hacienda Pública del Municipio de Abalá, Yucatán, a través de su Tesorería Municipal, durante el ejercicio fiscal del ...
8 ene. 1982 - El Órgano de Gobierno de la Junta será el Consejo Directivo y estará integrado de la siguiente manera: I.- El Gobernador del Estado o la ...
22 ago. 1986 - Dr. Milton Gorocica Lara. Diputado Secretario.-. Carlos Guzmán Dorantes.- Rúbricas. Y por tanto mando se imprima, publique y circule para su ...
b) De azotea. 0.20 salario mínimo por m2. c) Rotulados. 0.50 salario mínimo por m2. IV. Anuncios con aparatos de sonido. Anuncios que se realicen por medio ...
Ejercicio Fiscal 2008, serán las determinadas en esta Ley. .... Artículo 6.- Cuando se pague el impuesto predial durante el primer bimestre del año, el.
notificación respectiva si lo solicita y la autoridad que la hubiere impuesto, ..... dispuesto por las fracciones IV y X del artículo 20 de la Constitución Federal, ...... Cuando haya coparticipación, aún cuando las conductas delictivas se realicen.