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Lima,22SET,2015 Visto, el Expediente No 862784-2015-MINCETUR, de fecha 11.03.20iS, presentado por la empresa REC GAMES S.A.C., en el que solic¡tan la autorización expresa para la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos 'MONTECARLO", instalada en el Restaurante Turíst¡co C¡nco (05) Tenedores "MONTECARLO", ub¡cada en el Malecón San Martln No 474-A, D¡strito de pucusana, y Departamento de L¡ma; CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N' 27153 y normas modif¡cator¡as y su Reglamento aprobado med¡ante Decreto Supremo N" 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotac¡ón de losjuegos de cas¡no y máqu¡nas tragamonedas en el pais, establec¡éndose en el articulo 24'del citado cuerpo legal que corresponde a la O¡recc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas las facultades adm¡n¡strat¡vas de f¡scal¡zac¡ón, superv¡s¡ón, evaluac¡ón y sanción vinculadas a las explotac¡ones antes

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Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artlculo 13'de ¡a Ley N' 27153 y normas mod¡f¡cator¡as, V-&i - tr\>'/ pa'|a la explotación de de máquinas tragamonedas requiere de

se

.iuegos

autorización expresa em¡tida

por la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas;

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-....\z

Que. el artículo 14' de la Ley antes mencionada así como el artlculo 7" de su Reglamento, apfobado med¡ante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, establecen los requ¡s¡tos que los para

aóceder a la menc¡onada autorización; t#ffifb)?:bl¡"¡t"nt". deben cumpl¡r oue, med¡ante Expedienre N' 862784-2015-MTNCETUR, de fecha 11.03.2015, ra empresa REC \Y4\ fun ,/.9/ S.A.C., solicita autorización expresa para la explotac¡ón de máquinas tragamonedas en la sala GAMES \¡$/.1s)/ de iuegos 'MONTECARLO", ¡nstalada en el Restaurante Turfstico C¡nco (05) Tenedores :;w

"MONTECARLO", ubicada en el Malecón San Martin No 474-4, Distr¡to de Pucusana, Provincia y Departamento de Lima; Oue, de la evaluación de la presente sol¡citud, se advierte que el g¡ro pr¡ncipal del establec¡miento

donde se encuentra instalada la sala de juegos de la solicitante a que se tef¡ere el artículo 6' de la Ley N'27153 y normas mod¡f¡cator¡as se encuentra acred¡tado, loda vez que ha sido calif¡cado como

Restaurante Turíst¡co C¡nco (05) Tenedores denominado "MONTECARLO", según consta en el Certificado de Categor¡zación

N'

198, de fecha 26.02.2015, vigente hasta el 26.o2.2020, exped¡do Por la

Direcc¡ón Nac¡onal de Comercio Exterior y Turismo a favor de la solicitante; as¡mismo cuenta con Cert¡f¡cación de Licenc¡a para Apertura de Establecimiento Comerc¡al, Industrial y/o de Serv¡c¡os s/n, de fecha 29.0'1.2015, otorgada por la Municipalidad D¡str¡tal de Pucusana para ejercer la act¡v¡dad de Restaurante y Activ¡dades Complemenfaras a favor de la sol¡citante;

Informes Técnicos Nros. 272, 650 y 693-2015de fechas 17.04.2015, 18.08.2015 y 07.09.2015, la referida MINCETUR^/MT/DGJCMT-DFCS-CMAS, sala cumple con las normas técn¡cas de ¡mplementaciÓn y funcionamiento de una sala de juegos, acred¡tándose que tre¡nta y cinco (35) máqu¡nas tragamonedas y ciento noventa y cinco (195) memorias

Que, según consta

en los

de sólo lectura se encuentran autorizadas y reg¡stradas por la Oirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, y que el titular de la presente autorización ha cumpl¡do con ¡mplementar el s¡stema unif¡cado de control en t¡empo real- SUCTR, según lo dispuesto en el Oecreto Supremo N' 015-2010-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de'Normas Técnicas Complementarias para la implementac¡ón del sistema un¡llcado de control en tiempo real - SUCTR" a que se refiere la Pr¡mera Disposición Final de la Ley N'27796 y la Resolución de Super¡ntendencia N' 145-2003-5UNAT; Que, de acuerdo con lo previsto en el artlculo 5" de Ia Ley N'27153 y normas modificator¡as, los establecimientos destinados a la explotación de juegos de cas¡no y máqu¡nas tragamonedas no pueden estar ubicados a menos de ciento c¡ncuenta (150) metros, contados s¡gu¡endo el mín¡mo tráns¡to peatonal posible, desde la puerta de ingreso princ¡pal de templos y centros de estud¡o donde se ¡mparte educación in¡c¡al, pr¡mar¡a y/o secundar¡a, hasta la puerta de ¡ngreso principal de d¡chos establecim¡entosl

a

Que, según consta del Informe Técnico No 272-2015-MINCETUR /MT/DGJCMT-DFCS-CMAS,

de fecha 17.04.2015, la referida sala de iuegos se encuentra instalada a menos de ciento cincuenla

metros (150) de l, la "lnstituc¡ón Educativa Particular Piene Laplace', ubicada en la Av. Leoncio Prado N" 613, y (¡¡) la "He¡ríandad del Señor de los M¡lagros", ubicada en la Av. Leonc¡o Prado s/n del D¡strito de Pucusana, Provinc¡a y Departamento Lima; por tanto, la sala antes menc¡onada no cumpl¡ría con lo establec¡do en el artículo 5" de Ia Ley N" 27153 y normas modif¡catorias, requ¡riéndosele a la sol¡c¡tante

medianle Oficios Nros. 1156 y 1300-2015-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 23.04.2015 y 07.05.2015, presentar sus descargos por las observaciones indicadas en el m¡smo, entre ellas, la vulneración del artlculo 5' de la norma bajo mención;

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