folleto renta Privada


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RENTA PRIVADA Invierta en usted y su familia. Asegúrese con RENTA PRIVADA BICE Vida Descripcion RENTA PRIVADA BICE Vida es un seguro de vida que le permite a usted recibir una renta periodica en UF a cambio del pago de una prima única. No corre riesgos ante variaciones del mercado ya que su capital estará a una tasa de interés fija. Nuestro producto esta pensado para: Personas, que necesitan planificar un ingreso seguro. Empresas que necesitan contar con planes de retiro para sus colaboradores o que tienen la necesidad de indemnizar CARACTERISTICAS - Al contratar su RENTA PRIVADA BICE Vida podrá elegir la alternativa que más le acomode: Renta Privada Vitalicia: Es una Renta mensual expresada en UF, para toda la vida Renta Privada Temporal: En esta alternativa usted recibirá una renta periodica en UF por el periodo pactado, de 5 a 20 años, según la modalidad escogida. Dentro de las Rentas Privadas Temporales existe EL PAGO UNICO EXTRAORDINARIO, que consiste en la posiblidad de recibir un pago extraordinario en un tiempo específico dentro del período pactado. -Facil de administrar, ya que otras opciones de inversión requieren de una constante preocupación, como por ejemplo: renovación de los depósitos a plazo, estar atento a las fluctuaciones de las acciones, estar preocupado de que los arrendatarios paguen por el arriendo de su propiedad, etc. BENEFICIOS DE SU RENTA PRIVADA BICE VIDA • Le otorga importantes Beneficios Tributarios. • Excelente alternativa para complementar su jubilación. • La rentabilidad no se ve afectada por las variaciones del mercado. • Permite planificar un ingreso para un familiar o a quien usted quiera designar, con total libertad. • Es un excelente ingreso adicional, constante, periódico y en UF. • Actúa como un seguro de vida en el caso de fallecimiento del asegurado por el periodo garantizado contratado. MODALIDADES DE RENTA PRIVADA BICE VIDA • Simple: Usted recibirá el pago durante toda la vigencia del seguro o hasta el momento que fallezca, según sea el caso. • Con Período Garantizado: En caso de fallecimiento del asegurado, se garantiza el pago a los beneficiarios designados. Para rentas privadas vitalicias, se puede garantizar un máximo de 20 años y en caso de rentas privadas temporales, un 80% del periodo pactado. • Con Beneficio de Sobrevivencia: Usted podrá designar libremente a los beneficiarios y los porcentajes de pago que recibirá cada uno en caso de fallecimiento del asegurado. • Con Beneficio de Sobrevivencia y Período Garantizado: En esta modalidad, usted podrá combinar los dos beneficios antes mencionados.