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26

-20i6-MrNcETuR/vtur/DcJcMT

JIJL,2016

V¡sto, el Exped¡ente N' 969156-2016-MINCETUR, de fecha 18.05.2016, en el que la empresa NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. solicita la Renovación de la Autorizac¡ón Expresa para la explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "TRUJILLO 1", ubicada en la Av. César Vallejo N' 237, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La L¡bertad: CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N" 27153, y normas modif¡catorias, y su Reglamento aprobado med¡ante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas lragamonedas en el pafs, estableciéndose en el articulo 24" del citado cuerpo legal que conesponde a la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas las facultades admin¡strat¡vas de autorización, fiscal¡zación, superv¡s¡ón, evaluación y sanc¡ón vinculadas a las explotac¡ones antes referidas;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artfculo 10" del Decreto Supremo N" 009-2002MINCETUR, la Renovación de la Autorización Expresa concedida a las salas de juegos de cas¡no y de máquinas tragamonedas, se realiza siguiendo el procedim¡ento establecido para el de Autorización Expresa;

Que, en el artlculo 14" de la Ley antes mencionada asf como el artfculo 7" de su Reglamento, aprobado med¡ante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, se establecen los requis¡tos que los solic¡tantes deben cumpl¡r para acceder a la menc¡onada autorización; I;

Que, mediante Resolución D¡rectoral N" 108-2008-MINCETUR/VMTiDGJCMT, de fecha la sol¡c¡lante se le autorizó la explotación de máqu¡nas tragamonedas en la sala de .¡uegos

28.01 .2008, a

"TRUJILLO 1", ubicada en la Av. César Vallejo N' 237, Distrito y Prov¡ncia de Truj¡llo, Departamento de La

Libertad,

la

misma que

fue

renovada mediante Resolución D¡rectoral

N"

3869-2012-

MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 20.12.2012i

Que, mediante Expediente N' 969156-2016-MINGETUR, de fecha 18.05.20i0, ta empresa ffi$,-q" ENTRETENIMIENTOS S.A.C. solic¡ta la Renovación de la Autorizac¡ón Expresa para ta f 0^t!!:!* \-!EVADA jón juegos de máquinas tragamonedas en la sala de 'TRUJILLO 1", ub¡cada en la Av. César N" 237, Distrito y Provincia de Tru.¡illo, Departamento de La Libertad, la m¡sma que cuenta con ,,Yicencia de Funcionamiento N'768-2010-MPT-GDEL-SGLC, de fecha 30.04.2010, expedida por la "'Munic¡palidad Prov¡ncial de Trui¡llo, por el g¡ro de 'tragamonedas"; Que, la sol¡c¡lante ha cumpl¡do con presentar la documentación y/o información requerida para a la renovac¡ón de la autorización expresa sol¡c¡tada mediante Expediente N" 969156-2016MINCETUR, de fecha 18.05.2016, para explotar máquinas tragamonedas en la sala de juegos "TRUJILLO 1", ubicada en la Av. Cesar Vallejo N' 237, D¡strilo y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad;

acceder

Que, de otro lado, según consla en el Informe Técnico N' 472-2016NCETUR/VMT/DGJCMT/DCS-RNOR, de fecha 11.07.2016,la sala de juegos cumple con los requisitos técnicos exigibles para la instalación y func¡onamiento de una safa de juegos de máqu¡nas tragamonedas; Mf

Que, asim¡smo, c€be señalar que, mediante Resolución Directoral N"

16-2015-

MINCETUR /MT/DGJCMT de fecha 06.01.2015, a la empresa NEVADA ENTRETENIiIIENTOS S.A.C., se le autorizó la última modificac¡ón solicitada a su Autorización Expresa para la explotac¡ón de ochenta y cuatro (84) máquinas tragamonedas y doscientas setenta (270) memorias de sólo lectura en la sala de juegos "TRUJILLO 1", y que son las mismas que a la fecha viene explotando; Que, la empresa cumple con adiuntar a su sol¡citud copia del Cert¡f¡cado de Inspección Técnica de Seguridad en Ediflcaciones de Detalle N" 000176-2015, de techa 11.12.2015, con v¡gencia ¡ndeterm¡nada, el Informe de InspecciÓn Técnica de Seguridad en Edificaciones de Detalle de fecha 30.11.2015, exPedidos por la Munic¡Palidad Provincial de Trujillo, en el que de acuerdo con lo establec¡do en el Decreto Supremo No 058-2014-PCM, se deja constancia que la sala de juegos de la sol¡c¡tante cumple con tas

,

,-_._ í-¡'.li:[pndiciones

de seguridad exigiblés a este üpo de establecimientos;

Que, de la evaluación de la solvenc¡a económ¡ca de la sol¡c¡tante y de los socios, d¡rectores,

y apoderados con tacultades inscritas, según consta en el Informe Económico Financ¡ero N' 116de Renovación de Autorización Expresa, de fecha 14.06.2016, la sol¡c¡tante y las personas antes cumplen con los criterios de evaluación establecidos en la D¡rec{¡va No 001-2007, debiéndose precisar de conformidad con lo dispuesto en el artlculo 15" de la Ley N" 27153 y normas modificatorias que dicha evaluación es permanente en tanlo el l¡lular de la autorización mantenga vigente la autorización concedida;

Que, en observancia de lo establecido en los arlfculos'19'y sigu¡entes de la Ley N" 27153 y normas modificatorias, la solicitante cumple con presentar las Pólizas de Caución Nos. 7101510101194000, de fecha 25.08.2015, vigente hasta el 29.09.2016, y 7'101510101702-000, de fecha 28.'10.2015, vigenle hasla el 01.11.2016, ambas otorgadas por MAFRE PERU Compañla de Seguros y Reaseguros S.A. a favor del M¡nisterio de Comerc¡o Exterior y Turismo MINGETUR, por las sumas de c¡ento c¡ncuenta y siete mil ochocientos c¡ncuenta y 00/100 soles (S/. 157,850.00), y ciento sesenta y cinco m¡l quin¡entos cincuenta y 00/100 soles (S/. 165,550.00), respectivamenle, por las máquinas tragamonedas autorizadas para su explotación en la sala de juegos "TRUJILLO 1", en respaldo de las obl¡gaciones asum¡das con el Estado y terceros derivadas de la apl¡cación del mencionado cuerpo legal, la m¡sma que ha sido remitida al área de administración del MINCETUR para su custod¡a y fines corespondientes;

-

Que, según Informe Técn¡co Informe Técn¡co N' 472-2016-MINCETUR ,/MT/DGJCMT/DCSRNOR, de fecha 11.07.2016, se ha verif¡cado que la sala de juegos ha cumplido con lo d¡spuesto en el ,¿,., Decreto Supremo

N'

015-201o-MINCETUR,

que aprobó

el

Reglamento

de "Normas Técnicas - SUCTR" a que

Yr¿\\ Complementarias para la implementación del sistema un¡f¡cado de control en tiempo real

r,--!lse refiere la Primera D¡spos¡ción Final de la Ley N'27796, mod¡ñcada por la Ley 29829, y la Resoluc¡ón /¡i, de Superintendencia N' 145-2003-5Ul,lAT;

ai

.4

Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracc¡ones y Sanciones, del Decreto Supremo N'015-201o-MINCETUR, se sancionará al titular de una

sala tragamonedas con una multa de cinco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuentre ¡nterconec{ada con un Modelo SUCTR;

,rl,

Oue, mediante Exped¡ente N" 969156-2016-MINCETUR, de fecha 18.05.2016, la empresa

..')\Hev¡ol

ENTRETENIMIENTOS S.A.C., cumple con presentar el Plan de Prevención de la Ludopatfa, al hace referencia el literal t) del numeral 14.1 del artlculo 14 de la Ley N" 27153, "Ley que regula la \.-.[ue /:. Fxplotación de los juegos de cas¡no y máquinas tragamonedas' modif¡cado medianle el artfculo 6' de la Ley N" 29907, "Ley para la Prevención de la Ludopatfa en las salas de casino y máquinas tragamonedas', y el artfculo 1 1" del Reglamento aprobado med¡ante Decreto Supremo N" 007-2013-MINCETUR; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artlculo 17' de la Ley N'27153 y normas modifcatorias, el plazo de vigencia de las autorizaciones expresas concedidas por la D¡recc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas es de c¡nco (05) años, pudiendo ser renovada por plazos sucesivos y adicionales de cuatro (4) años; Oe conformidad con las Leyes Nos. 27153, 27796 y 27444'Ley del Procedimiento Administrativo y el Decreto Supremo Nro. 009-2002-MINCETUR, estando a lo op¡nado en los Informes Económico - Financ¡ero N'116, Técnico N'472-201o-MINCETUR /MT/DGJCMT/DCS-RNOR y Legat N' 1 32-201 6-MI NCETUR/VMT//DGJCMT/DAR. GED:

General'

,%"¿o/aci6n 9*uforo/ c¡J;.s

...t

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SE RESUELVE:

,íy/

Art¡culo 1'.- Renovar la autorizac¡ón expresa concedida a la empresa NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C., con código de rogistro N'120511096, para la explotac¡ón de máquinas tragamonedas en la sala de Juegos "TRUJILLO f", ubicada en la Av. César Vallejo N" 237, D¡strito y Provincia de Trujillo, Departamenlo de La L¡berlad, por un plazo de cuatro (04) años, en observancia de lo d¡spuesto en el arllculo l70 de la Ley No 27153, y normas modificatorias. Artfculo 2'.- La presente autorización faculta a Ia empresa la explotación en la Sala de Juegos de ochenta y cuatro (84) máquinas tragamonedas y doscientas setenta (270) memorias de sólo lectura, según detalle conlenido en los ANEXOS I y ll que forman parte ¡ntegrante de la presente resoluc¡ón.

Artfculo 3o.- De acuerdo con lo dispuesto en el artfculo '14.2 de la Ley N" 27153 y normas mod¡fcatorias, todos los requisilos y condiciones que s¡rvieron de base para la presente autorización deben mantenerse durante el plazo de vigencia de la misma, bajo apercibimiento de cancelarse la autor¡zación concedida

y

disponerse

la clausura del

eslablecimiento destinado

a la explotación de máquinas

tragamonedas.

it,

Artlculo 4o.- De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones Sanciones, del Decreto Supremo N" 015-2010-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de 'Normas ,\'-fl ,i.Técnicas Complementarias para la implementación del sistema unificado de control en tiempo realp¡rera D¡sposición F¡nat de ta Ley N' 27790, modifcada por ta Ley 29829, y ta "e'-r''¡' sü-óiril"-ülj'J"'ül]li'L Resolución de Superintendencia N" 145-2003-SUNAT, de fecha 25.07.2003, se sancionará al titular de una --s'j:. sala tragamonedas con una multa de c¡nco (05) UIT por cada máquina tragamonedas que no se encuentre interconectada con un Modelo SUCTR.

Artlculo 5'.- De conformidad con lo establecido en el artlculo 7' del citado cuerpo legal, los titulares de una autorizac¡ón de explotac¡ón conced¡da por la D¡recc¡ón General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas

se encuentran obligados a observar las normas que sobre

zonif¡cación,

seguridad, h¡giene, parqueo, entre otros, establezcan las mun¡cipal¡dades en sus respect¡vas jurisdicciones para el otorgamiento de la licenc¡a mun¡cipal a que hub¡ere lugar.

Artlculo 6'.- Oe acuerdo con lo dispuesto en la Sentencia de fecha 02.02.2006, exped¡da por el Tribunal Constitucional (Expediente No 4227-2005-PAlfC), la misma que bajo responsabilidad constituye p[ecedenle vinculante para todos los poderes públicos, los explotadores de juegos de cas¡no y máquinas lragamonedas deben cumplir con el pago del lmpuesto a los Juegos como consecuenc¡a de la activ¡dad comerc¡al que desanollan. Artfcuto 7o.- La Di[ección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente autor¡zación en caso verif¡carse que las condiciones económico-financ¡eras de la emp[esa autorizada se han modilicado negaüvamente como consecuencia de las acc¡ones de que pud¡era llevar a cabo la Superintendenc¡a Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) por deuda ex¡9ible por concepto del lmpuesto a los Juegos.

8'.-

/i ; l

f.91,+-

?7

Artlculo De conform¡dad con lo previsto en el artlculo 24o de la Ley No 27153 y en concordancia con el Principio de Pivilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del artlculo lV de la Ley N' 27444,'Ley del Procedimiento Adm¡nistrativo General', la D¡rección General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas en ejercic¡o de su facultad de fiscalización se reserva el derecho de verificar la información y/o documentación presentada por la sol¡c¡tanle asf como establecer las sanciones o iniciar las acc¡ones legales que resulten aplicables anle cualquier discrepancia con la real¡dad de los hechos.

A¡tlculo 9'.- En observanc¡a de lo dispuesto en el artlculo 12" de la Direcl¡va OO'l-2007/MT/DGJGMT, aprobada mediante Resotución Directorat N" 38-2007'\IIINCETUR /MT/DGJCMT, remltase a la Unidad de Inteligencia Financiera la información y/o MINCETUR

'/ o*ocrco IFtumentación económ¡ca f¡nanciera relacionada con el sol¡c¡lante y las personas naturales yio jurfdicas I y"u. E¡,i han sido objeto de evaluación, para los fnes a que se contrae la disposición antes indicada. Attlculo 'lo'.- De acuerdo con lo d¡spuesto en el Attlculo'lO'.et arlfculo arttcuto 8" 8' del det Decreto Supremo SuDremo N'006-2013N" oo6-20i3ll'\,i-/i:/ i:---4i/ '-K ::=:2 -i.'rPCM, que 'Aprueba vIt' yse la relac¡ón de autorizaciones que sectoriales de las Entidades del Poder ElEuuuvu, Ejecutivo, qurt ' ^p,ueeq deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la l¡cenc¡a de func¡onamiento, de acuerdo a la Ley N" 28976, Ley Marco de Licencia de funcionamiento', publfquese la presente resoluc¡ón directoral en el Portal WEB del M¡nisterio de Comercio Exterior y Turismo, en la siguiente d¡rección electrón¡ca: www. m ¡ n cetu r. ao b. pe/newws b/.

Regfstrese,

TIIANUEL

BENAVENTE

Directora General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas

€xt"rL. . q61/J7o.

ANEXO I RELACIÓN DE MÁQUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS A LA EMPRESA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. PARA LA SALA DE JUEGOS "TRUJILLO 1' RESOLUCTóN DTRECTORAL No 1

2

I

3

4 5

r6 ñ

a

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no 11

i I

t

12 13 14 15 16 17 18 19 20 21

Á

22

23 24

'25 26 27

:28 (?e

ffir w /* tl

33 34 35 36 37 38 39 40 41

42

FABRIGANTE A.G.t. A.G.t. A.G.t. A.G.t. A.G.r. A.G.t. Aristocrat Aristocrat Arislocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat t.G.T. r.G.T. t.G.T. LG.T. r.G.T. t.G.T. t.G.T.

rG.T. t.G.T. t.G.T. t.G.T.

No NO

z

zq

-2016-MTNCETUR VMTTDGJCMT

DE SERIE

547783 547768 547343 547355 472726 455897 0052114 xAW253141 x4W091591 603590 xAW05444l x4W077071 x4W080211 x4W182751 xAW06910l MV027306 MV048784 MV027188 MV027266 MV049314 MV049540 MVo13170 MVo50248 MV065599 MV022564 MVo53570 x4W031461 MVo12137 xAWr 12001 xAW03514l 600317 443525 443492 443494 443595 1148278 1073406 1095787 1018248 1284112 1757104 1818844

Págim

coDtGo

REGISTRO

FV626CF2 FV626CF2 FV626CF2 FV626CF2 FV626CF2 FV626CF2 MKV MKV MK5 SERIES tl MKV MKV MKV MKV MKV MKV MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MAV 5OO MK VI MKV MAV 5OO MK VI

B0000306 80000306 80000306 80000306 80000306 80000306 80000168 80000'188 80000173 80000168 80000169 80000188 80000188 80000169 80000169 80000245 80000245 80000245 80000245 80000245 80000245 80000245 80000245 B0000245 B0000245 80000245 80000169 80000245 80000r 88 80000169 80000169 80000003 80000003 80000003 80000003 80000124 80000124 80000124 80000125 80000125 80000350 80000350

MKV MKV MKV

il465C ilA70C il476C ¡tA65C 96419000 96419000 96419000 96419000 96419000 96499203 96499203

I

ANEXO I RELACIÓN DE MÁQUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS A LA EMPRESA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. PARA LA SALA DE JUEGOS "TRUJILLO 1" RESOLUCIÓN DIRECTORAL N"

FABRICANTE

43 44 45 46

t.G.T. t.G.T. Konami Konami Konami Konami Konami Siqma Siqma Sigma Siqma Sioma

.47

;t8 /i/49

50 5'l 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61

62 63 64 65 66 67 68

ffi

s9

a0 t1

v, t2

73 74 75 76 77 78 79 80 81

82 83 84

Sisma Siqma Sigma Sigma Siqma Sigma Siqma Sigma Sigma Spielo Spielo Spielo Spielo Spielo Spielo Spielo Spielo Spielo Spielo WMS WMS WMS WMS WMS Spielo Spielo Spielo Spielo Spielo Spielo

NO Z7Yf NO

-2016-MINCETURruMT/DGJCMT

DE SERIE

coDtGo

REGISTRO

18640S9 1009374 83891 83884 83877 83921

96499203 96419000 )