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Lima,

-2015{tNcETUR/vr[T/De,cMT

19

A60. 2015

V¡sto, el Exped¡ente No 876998-201'MINCETUR, de fecha 19.05.2015, presentado por ta empresa DOBLE A II{VESTüENTS S.AC., en el que sol¡citan la autorización expresa para la exploüación máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "SALA DE JUEGOS CATACAOS", instalada en el Turfstico Cinco (05) Tenedores "D'JORA", ubicada en la Calle Cusco No 755, Distrito de Provincia y Departamento de Piura; CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N'27153 y normas modificatorias y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el pais, estableciéndose en el artlculo 24' del citado cuerpo legal que conesponde a la D¡rección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades adm¡nistrativas de

autorización, fiscalización, supervisión, evaluación

y sanción vinculadas a las

explotac¡ones antes

Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artlculo 13' de la Ley N" 27153 y normas modif¡catorias, la explotación de ,uegos de máqu¡nas tragamonedas se requiere de autorización expresa emitida por la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas;

Que, el art¡culo 14' de la Ley antes mencionada asf como el artículo 7" de su Reglamento, aprobado mediante Decrelo Supremo N' 009-2002-MINCETUR, establecen los requisitos que los solicitantes deben cumpl¡r para acceder a la menc¡onada autorización;

Que, mediante Expediente N" 876998-2015-MINCETUR, de fecha 19.05.2015, la empresa A INVESTmENTS S.A.C,, solicita autorización expresa para la explotación de máqu¡nas en la sala de juegos "SALA DE JUEGOS CATACAOS", instalada en el Restaurante Cinco (05) Tenedores "D'JORA", ubicada en Ia Calle Cusco No 755, Distrito de Catacaos, y Departamento de Piura; Que, de la evaluac¡ón de la presente solic¡tud, se adv¡erte que el giro princ¡pal del establec¡m¡ento

donde se encuentra instalada la sala de juegos de la solicitante a que se refiere el artículo 6' de la Ley N' 27f53 y normas modif¡catorias se encuentra acred¡tado, loda vez que ha s¡do calificado como Restaurante Turístico C¡nco (05) Tenedores denominado "D'JORA", según consta en el Certifcado de Categor¡zac¡ón N" 001-2015, de fecha 19.02.2015, v¡gente hasta el 19.02.2020, €xpedido por la Dirección Regional de Comercio Exler¡or y Turismo de Piura, asimismo cuenta con Licencia Mun¡cipal Unica de Funcionam¡ento N" 053-2014, de fecha 17.09.2014, otorgada por la Municipalidad Distrital de Catacaos para e¡ercer la actividad comercial de venta de p¡queos, almuer¿os y beb¡da en general; Que, según consta en los Informes Técnicos Nros. 470 y 569-2015-MINoETUR /MT/DGJCMTDFCS-LRC, de fecha 18.06.2015 y 22.07.2015, la referida sala cumple con las normas técnicas de implementac¡ón y funcionam¡ento de una sala de juegos, acreditándose que las ciento catorce (114) máquinas tragamonedas y las trescientas d¡ecinueve (319) memorias de sólo lectura se encuentran rizadas y registradas por la Direcc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas, y el litular de la presente autorizac¡ón ha cumplido con implementar el sistema unif¡cado de control en real- SUCTR, según lo d¡spuesto en el Decreto Supremo N' 015-2010-MINCETUR, que aprobó

el Reglamento de'Normas Técnicas Complementarias para la ¡mplementación del s¡stema unif¡cado de control en tiempo real - SUCTR' a que se ref¡ere la Primera Dispos¡ción Final de la Ley N' 27796 y la Resolución de Superintendencia

N' 14$2003-SU¡,¡AT;

Que, de acuerdo con lo previsto en el artlculo 5" de la Ley N'27'153 y normas modificatorias, los establecim¡entos destinados a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas no pueden estar ubicados a menos de ciento cincuenta (150) metros, contados siguiendo el mlnimo tránsito peatonal pos¡ble, desde la puerta de ingreso principal de templos y centros de estudio donde se imparte educación inicial, primaria y/o secundar¡a, hasta la puerta de ingreso principal de dichos establecimientos: Que, según consta en los Informes Técnicos Nros. 470 y 569-20ISM|NCETUR /MT/DGJCMTDFCS-LRC, de fecha 18.06.2015 y 22.07.2015, la sala de máquinas lragamonedas no se encuentra dentro de la prohibición antes mencionada, y cumple con los requ¡sitos técnicos establecidos en la Ley No 27'153 y normas modificatorias y reglamentarias;

Que, as¡mismo, la sol¡c¡tante cumple con adjunlar el Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones de Detalle N" 5700-2015-TD-MDC, así como el Certifcado de Inspecc¡ón Técn¡ca de Seguridad en Edif¡caciones de Detalle N' 001-2015/MDC-PDDC-OGRD, de fecha 20.04.2O15, con vigencia ¡ndeterminada, exped¡dos por la Municipalidad Distrital de Catacaos, en el que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo No 058-2014-PCM, se deja constancia que la sala de juegos cumple con las condic¡ones de seguridad exigibles a este tipo de establec¡mientos;

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Que, de la evaluac¡ón de la solvencia económica del solicitante y de los socios, directores, gerentes y apoderados con facultades inscritas, según consta en el Informe Económico Financiero N" 15 de Autorización Expresa, de fecha 21.07.2015,la sol¡citante y las personas antes indicadas con los criterios de evaluac¡ón establecidos en los art¡culos 7'y s¡guientes de la Directiva N'

N'

-MINCETUR /MT/DGJCMT, aprobada med¡anle Resolución Directoral 38-2007,ICETUR /MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose precisar de conformidad con lo dispuesto el artlculo 15'de la Ley N'27153 y normas modificadoras que dicha evaluación es permanente en tanto el titular de la autorización mantenga vigente la autorización concedida; Que, de igualforma, en observancia de lo establecido en los artículos 19' y s¡guientes de la Ley y normas modificatorias, la sol¡citante cumple con presentar la Carta Fianza N' 1732703, de fecha 01.07.2015, otorgada por La Posit¡va Seguros y Reaseguro a favor del M¡nister¡o de Comercio No 27153

y Turismo MINCETUR, vigente hasta el 30.06.2016, por las máquinas tragamonedas autorizadas para su explotac¡ón en la referida sala de juegos, en respaldo de las obligaciones asumidas con el Estado y terceros derivadas de la aplicación del mencionado cuerpo legal, la misma que ha sido remitida al área de adm¡nistración del MINCETUR para su custodia y fines corespondientes; Exterior

-

Que, de la evaluación de la presente solicitud, se advierte que la empresa ha cumpl¡do con acreditar la observanc¡a de los requisitos establecidos en la legislación vigente para obtener la autorización de explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "SALA DE JUEGOS CATACAOS", ¡nstalada en el Restaurante Turistico C¡nco (05) Tenedores "D'JORA", ub¡cada en la Calle Cusco No 755, Distrito de Catacaos, Provincia y Departamento de Piura;

No

Que, no obstante, debe tenerse presente para todo efecto admin¡strat¡vo que la autorización en la presente Resolución D¡rectoral se expide exclusivamente a nombre de la empresa A II{VESTMENTS S.A.C., únice titular de todos los derechos y obligaciones establecidos en la 27153 y normas mod¡fcatorias y reglamentarias, entre los que se encuentra la determinación de

la obl¡gación tributaria por concepto del lmpuesto a los Juegos, así como el pago del lmpuesto resultante;

Que, la presente autorización se expide previa verif¡cac¡ón de la Bases de Datos Oficial de Pueblos Indlgenas u Originarios publicada en el Portal WEB del Ministerio de Cultura, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N" 29785, Ley del Derecho a la Consulta Prev¡a a los Pueblos Indigenas u Originarios, reconocidos en el Convenio 169 de la Organ¡zación Intemacional del Trabaio (OlT), determinándose que la sala de juegos objeto de la presenle autorización expresa no se encuentra comprend¡da dentro del tenitorio de los Pueblos Indfgenas u Originarios a que se ref¡ere la Ley antes indlcada:

Que, en aplicación de los Princip¡os de Presunción de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores regulados en los numerales 1.7 y 1.16 del artfculo lV de ta Ley N" 27.f44 'Ley del Administraüvo General', se presume la veracidad de la documentac¡ón y/o información

--. I

De conformidad con la Ley N' 27153 y normas modif¡catorias, la Ley N" 27444 "Ley del Procedimiento Adm¡nistrativo General', el Reglamento aprobado mediante et Decreto supremo N" oog-

y estando a lo op¡nado en los Infome Económico - Financiero N" 126-20i5 de

Expresa, Informes Técnicos Nros. 470 y 569-2015-MtNCETUR /MT/DGJCMT-DFCS-LRC, Legal No 31 5-201 5-MINCETUR^/MT/DGJCMT/DAR.RLLV;

SE RESTJELVE:

Articulo 1'.- Autorizar a la empresa DOBLE A INVESTMENTS S.A.C. para la explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "SALA DE JUEGOS CATACAOS., ¡nstalada en el Restaurante Turístico C¡nco (05) Tenedores "D'JORA', ubicada en la Ca e Cusco No 755, D¡strito de Catacaos, Provincia y Departamento de Piura, con Registro No l11868001, por un plazo de cinco (OS) Artfculo 2'.- La presente autorización faculta a la empresa la explotac¡ón de c¡ento catorce (114) tragamonedas y trescientas diecinueve (319) memorias de sólo lectura, según detalle en los Anexos

ly

ll que forman parte integrante de la presente resolución

(U

tojas).

Artículo 3'.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14.2" de la Ley N" 27153 y normas mod¡fcatorias, todos los requisitos y condic¡ones que s¡rvieron de base para la presente autorizac¡ón deben mantenerse durante el plazo de v¡genc¡a de la misma, baio aperc¡bimiento de cancelarse la concedida y disponerse la clausura del establecim¡ento desünado a la explotac¡ón de tragamonedas.

Artículo 4'.- De conformidad con lo establec¡do en el artículo 7" del citado cuerpo legal, los de una autorización de explotación concedida por la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Tragamonedas se encuentran obligados a observar las normas que sobre zonificación, seguridad, higiene, parqueo, entre otros, establezcan las municipalidades en sus respectivas

jurisdicciones para el otorgamiento de la l¡cencia municipal a que hub¡ere lugar.

Artículo 5'.- De acuerdo con lo d¡spuesto en la Sentencia detecha 02.02.2006, exped¡da por el Tribunal Constituc¡onal (Expediente No 4227-2005-PAITC), la misma que bajo responsab¡l¡dad const¡tuye precedente v¡nculante para todos los poderes públicos, los explotadores de juegos de casino y máquinas tragamonedas deben cumplir con el pago del lmpuesto a los Juegos como consecuenc¡a de la activ¡dad comercial que desafrollan.

Artfculo 60- La Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente autorizac¡ón en caso verificarse que las condiciones económicofinancieras de la empresa autorizada se han modificado negat¡vamente como consecuenc¡a de las acc¡ones de cobranza que pud¡era llevar a cabo la Superintendencia Nac¡onal de Administración Tributaria (SUNAT) por la deuda exig¡ble por concepto del lmpuesto a los Juegos.

7'.- De conformidad con lo previsto en el artículo 24" de la Ley N" 27153 y en con el Princ¡pio de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del lV de la Ley N" 27444, ' Ley del Procedimiento Administrativo General", la Direcc¡ón General de de Casino y Máquinas Tragamonedas en e¡erc¡cio de su facultad de fiscalización se reserva el Artícufo

'akr.)-^

M

derecho de verificar la información y/o documentáción presentada por la solicitante así como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepanc¡a con la realidad de los hechos.

Artlculo 8'.- En observancia de lo d¡spuesto en el artfculo 12" de la Direct¡va 001-2007/MT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resolución Directoral N' 38-2007, remítase a la Unidad de Intel¡gencia Financiera la Información y/o

MfNCETUR

económica financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales y/o iurfd¡cas han sido objeto de evaluación, para los fines a que se contrae la disposición antes ind¡cada, Regístrese,

y publlquese

fllanuel San Director de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas

€xp7¿-. g+c1?8,

ANEXO

I

REI¡CION DE ¡IAQUINAS ÍRAGAflONEOAS AUTORIZADAS "SALA DE JUEGOS CATACAOS' Resof uc¡ón D¡Ecro

nt

n 2(t3

Página 1

-2015{ NGETUR/VüT/DGJG[T

AI{EXO I RELACIOI{ DE fIIAQUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS "SAI-A DE JUEGOS CATACAOS" Resofución Directo

a ¡e 2 VfJ

-2015{tl{cETUR/vHT/DG,cfrlr

Página 2

altExo tl RELACION DE MEXORIAS DE SOLO LECIURA AUTORIZADAS "SAIA DE JUEGOS CATACAOS" Resotucfón D¡rectora |

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NCETUR VUTTDGJCMT

AI{EXO tl RELACIOI{ DE MEMOflAS DE SOLO LECTURA AUTORIZADAS "SALA DE JUEGOS CATACAOS"

Re.ofuc¡ón Dilgctorát N"

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Páglna 4