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CONSIOERANDO:

Que, med¡ante Decreto Legislativo N'1013 se crea el l\¡inisterio del Ambiente como rganismo del Poder Ejecut¡vo con personería juríd¡ca de derecho público, cuya func¡ón general diseñar, establecer, ejecular y superuisar la política nacional y sector¡al ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; estableciéndose su ámb¡to de competenc¡a sector¡al, su eskuctuÉ orgán¡ca y sus funciones; Que, de conformidad con el artículo 25 de la Ley N" 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecut¡vo, los l\¡inistros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su funcaón, siempre que la normat¡vidad lo autor¡ce; Que, el numeral 7.2 del articulo 7 del Decreto Legislat¡vo N" 1440, Decreto Leg¡slat¡vo del Sistema Nacional de Presupuesto Públaco, señala que e¡ Titular de una Ent¡dad puede delegar us funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente el presente Decreto islat¡vo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Públ¡co o la norma de creación de la Entidad;

Que, de conformidad con el númeral 8.2 del articulo 8 de la Ley N'30225, Ley de Conkataciones del Estado, y sus modif¡catorias, el T¡tular de la Entidad puede delega¡, mediante resoluc¡ón, la autoridad que la presente norma le otorga. Puede delegar, al s¡gu¡ente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de oflcio y la aprobación de las contratacioñes directas no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento;

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Que, mediante Decreto Supremo N" 242-2018-EF, se aprueba el Texto Unico Ordenado

del Decreto Legislativo No 1252, Dec.eto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de lnversiones. As¡m¡smo, de conform¡dad con el sub ñumeral 5 del numeÍal 9.3 del artículo I del Reglameñto del Decreto Legislativo N" '1252, Zi.6&rtr4'13i

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aprobado por Decreto Supremo N' 284-2018-EF, puede ser objeto de delegac¡ón la autorización de elaboración de expedientes técn¡cos o documentos equivalentes de proyectos de inversióñ asi como su ejecución cuando estos hayan sido declarados v¡ables mediante fchas técnicas;

Que, de acuerdo con el artfculo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N" 29230, Ley que impulsa la iñversión pública regional y local con participación del sector pr¡vado aprobado por Decreto Supremo N' 294-201E-EF, el Titular de la entidad pública del Gob¡erno Nac¡onal puede delggqgasus programa§, proyectos o unidades ejecutoras adscritos a éste, las facultades que el Unico Orlqnado y su Reglamento le otorgan a fin de que, en el marco de sus

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competencias, desarrollen proyectos de inversión mediante el mecanismo estab¡ecido en la presente norma; Que, los L¡neamientos para la Administración del Fondo de Apoyo cerencial al Sector Público en el marco de la Ley N" 29806, aprobados por Resolución l\¡inisterial N'2A3-2O12EF/43, y su modificatoria; así como los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Públ¡co, emitidos en el marco del Decreto Ley No 25650, aprobados con Resolución Ministerial No 4'16-2014-EF/10, establecen las facultades que pueden ser materia de delegación en materia de selección y contratación de personalen el marco delcitado Fondo; Que, teniendo en considerac¡ón las normas citadas en los considerandos precedentes y con el propós¡to de lograr una mayor fluidez en la marcha administrativa del Min¡sterio del Ambiente, es conveniente delegar las facultades que no sean privativas de la función de la. Miñistra del Ambiente; así como las facultades y atribuciones administrativas de gestión y resolución que no sean propias de dicho cargo, durante elAño Fiscal 2019;

Que, el art¡culo 68 de la Ley No 27444. tey del Procedimiento Administrativo General, establece que el delegante tendrá s¡empre la obligac¡ón de vigilar la gestjón del delegadoi Con el visado del V¡ceminister¡o de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretarla General. de la Of¡cina Gene.al de Administrac¡ón, de la Ofic¡na General de Planeam¡ento y Presupuesto, de la Oficina ceneral de Recursos Humanos, y de la Ofcina General de Asesoría Jurídica;

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley No 29158, Ley Orgán¡ca del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo No 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organizacióñ y Funciones del l\¡inisterio del Amb¡ente: Decreto Leg¡slat¡vo N' 1440, Decreto Legislativo del S¡stema Nacional de Presupuesto Público: la Ley N' 30225, Ley de Contrataciones del Estado. y sus mod¡f¡cátorias; la Ley N" 27444, Ley del Procedimiento Admin¡strativo General; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo No 1252, Decreto Legislatavo que crea e¡ S¡stema Nacionalde Programación Mu¡t¡anual y Gestión de lnvers¡ones, aprobado por Decreto Supremo N'2422018-EF: el Texto Unico Ordenado de la Ley N'29230, Ley que impulsa la inversión pública reg¡onal y local, con part¡c¡pac¡ón del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N' 2942018-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente aprobado por Decreto Supremo Nó 002-2017-MINAM; los L¡neamieñtos para la Adr¡inistración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley N'29806, aprobados por Resoluc¡ón M¡nisterial N' 283-2012-EFl43, y siJ modificatoria; y, los Liñeam¡entos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, em¡tidos en el marco del Decreto Ley No 25650, aprobados con Resolución Ministerial No 416-2014-EFl10;

SE RESUELVE:

Artículo

l.-

Dclegac¡ón de facultades

y

atribuciones

a el/la

V¡cem¡nistro/a de

Gest¡ón Amb¡ental.

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Delegar en el/la Viceministro/a de Gestión Amb¡ental del l\¡inisterio del Amb¡ente para el o Fiscal 2019, las s¡guientes facultades y atribuciones:

a) Aprobar, previa presentación al Despacho l\4¡nasterial, ¡os expedientes técnicos o documentos equivalentes y demás documentos requeridos en la fase de ejecucaón, diferente a la ejecuc¡ón de obras, según corresponda la ejecución de sus proyectos de inversión.

b) Suscribir los Términos de Referencia del servicio y autorizar las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial. que se requieran en su Despacho y en los respectivos Orglnos de Lfnea dependEntes del mismo.

c) Conformar Comités Espec¡ales encargados de conducir los procesos de selección y evaluación de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Viceministerio de Geslión Amb¡ental, producto de conven¡os suscritos con organismos intemacionales u órganos de cooperac¡ón intemac¡onal. d) Designar a la pesona encargada de la suscripción y resolución de los coñtratos de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Vicem¡nisterio de Gestión

Ambiental, en el marco de convenios suscritos con organ¡smos internacionales u órganos de cooperación inte¡nacional.

Artículo 2.- Delegación de facultades

y

atr¡buc¡ones

a el/la V¡ceñ¡nistro/a

de

Desar¡ollo Estratég¡co de los Recursos Natura1e3. Delegar en el/la Viceministro/a de Desarrollo Estratégico de ¡os Recursos Naturales del Min¡sterio delAmbiente para elAño Fiscal 2019, las siguientes facultades y atr¡buciones:

previa presentac¡ón al Despacho M¡nisterial,,os expedientes técnicos o documentos equivalentes y demás documentos requeridos en Ia fase de ejecución, diferente a la ejecución de obras, según corresponda la ejecución de sus proyectos de

a) Aprobar,

invers¡ón.

de Referencia del servicio y autor¡zar las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gereñcial, que se requieran en su Despacho y en los

b) Suscribir los Términos

respectivos Órganos de Línea dependientes del mismo. c) Conformar Comités Especiales encargados de conduc¡r los procesos de selección y

evaluación de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Vicem¡n¡sterio de Desarrollo Estratég¡co de los Recursos Naturales, producto de conveñios súscr¡tos con organismos ¡nternac¡onales u órganos de cooperación intemacional.

d) Designar a la persona encargada de la suscripc¡ón y resolución de los conkatos de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, en el marco de convenios sr¡scr¡tos con organismos internacionales u órganos de cooperación internacional.

Artículo 3.- Delegac¡ón de facultades y atr¡buciones a el/la Secretario/a General. Delegar en el/la Secretario/a General del l\¡inister¡o del Ambiente para el Año Fiscal 2019, siguientes facultades y atr¡bucionesl 3,1 Facultades de

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a) Aprobar

y f¡nanc¡era, para lo s¡guiente:

y/o formalizar las mod¡f¡caciones presupuestarias en el Nivel Funcional

Programático del Pl¡ego 005: Ministe¡o del Ambiente, prev¡o informe favorable de la Oflc¡na General de Planeamiento y Presupuesto.

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í¡dole presupuestal

y Presupuesta.ios, per¡ód¡cos y anuales requeridos para la elaboración de la Cuenta Genera¡de la República y remitirla anie la D¡recc¡ón General de Contabil¡dad Públ¡ca del [/iinisterio de Economía y Finanzas.

b) Suscribir Ios Estados Finañcieros

3.2 Facultades de rep.esentación, pafa lo a¡guiente:

a)

Suscribia los Términos de Referencia del servicio y autorizar las contrataciones con cargo a¡ Fondo de Apoyo Ge.encial que se requieran en el l\4¡n¡ster¡o delAmbiente.

la sol¡citúd de pago de honorarios del personal altamente calificado del Minister¡o del Ambiente, conforme a lo establec¡do en el numeral 6.2 de ¡os Lineamientos para la Administrac¡ón del Fondo de Apoyo cerenc¡al al Sector Púb¡ico en el marco de la Ley No 29805. aprobados med¡ante Resolución [,linisterial No 283-

b) Remitir

2012-EF-43 y su modificatoria. 3.3 Facultades en mater¡a admin¡strativa, para lo sigu¡ente: a)

Aprobar las mod¡ficatorias del P¡an Estratégico lnstituc¡onal.

b)

Aprobar las modificatorias del Plan Operat¡vo lnst¡tuc¡onal.

c)

Suscribir contratos de auditorÍas externas así como sus adendas.

3.4 Facultades que se ejercen de contorm¡dad Estado y su Reglarnento, para lo s¡gu¡ente: a)

a la Ley de Contrataciones del

Resolver los recursos de apelación ¡nterpuestos en procedimientos de se¡ección que convoque la Entidad y en los que el Minister¡o del Amb¡ente actúe como entidad encargada der¡vado de convenios interinstitucionales de encargo o de convenios ¡nterinstitucionales de compras corporativas facultativas, conforme a lo dispuesto en la respectiva Ley de Contrataciones del Estado.

de prestaciones adicionales de obras menores o iguales al quince por ciento (15olo) de los contratos derivados de los proced¡m¡entos de

b) Aprobar la ejecución

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selección 3.5 En materia de Obras por lmpuestos e ¡nveB¡ón públ¡ca:

a)

-

Solicitar la Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la lnversión Privada PROINVERSIÓN para el desarrollo de los procesos de selecc¡ón o encargarle el desarollo dé los mismos

b) Suscribir, modificar y resolver los Convenios de asistencia técnica bajo la modalidad de asesoria o encargo de procesos de selecc¡ón. c)

Des¡gnar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Especiales de procesos de selección que vayan a ser convocados por el l\,linisterio del Ambiente, así como modificar su conformación.

d) Solicitar la emisión de lnforme Previo a la Contraloria General de la República, asl como, presentar la subsanación y/o remitir la informac¡ón complementaria o adicional requerida. e) Aprobar la dec¡sión de llevar a cabo el proceso de selecc¡ón.

0

Aprobar las bases de los procesos de selecc¡ón.

s) Susc.ib¡r la Carta de Compromiso de Priorizac¡ón de Recursos donde conste el compromiso del Ministerio delAmb¡ente de pr¡orizar, bajo responsab¡lidad, en Ia fase de programación presupuestaria, los recursos ñecesarios para f¡nanc¡ar el pago de los 'Certificados de lnvers¡ón Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público", en los años fscales siguientes y por todo el período de ejecuc¡ón del proyecto de ¡nversión, así como su mantenimiento y/u operac¡ón, de ser el caso. h) Autorizar, la aprobación de importes que exceden hasta en diez por ciento (10olo) el lvlonto Tolal de ión Referencial, cuando la propuesta económicá lo exceda, a l¡n

t)

Autorizar la variación

o

modificación

al costo de

mantenimiento previsto en el

expediente de manten¡m¡ento, que se produzca durante su ejecucaón, siempre que se deriven de eventos de fueza mayor, caso fortuito o modificaciones de los niveles de servic¡os a sol¡citud del l\4in¡sterio del Ambiente; así como, suscribir la adenda coffespond¡ente.

Artículo 4.. Delegación de facultades y atfibuc¡ones a el/la D¡rector/a de la Ofic¡na GeneÉl de Adm¡n¡straciónDelegar en el/la Director/a de la Olicina General de Adminastrac¡ón del ¡/¡n¡sterio del biente para el Año F¡scal 20'19, las sigu¡entes facultades y atribuc¡onesi 4,1 Facultadea de representac¡ón, para lo s¡gu¡ente:

a)

Representar al l\¡inisterio del Ambiente en los actos y/o actividades que resulten necesarias cuando actúe como adm¡nistrado ante cualquier tipo de autor¡dad y/o proseguir procedimientos, formular dependencia administrat¡va, para iniciar presentar solicitudes, escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en todo tipo de audiencias administralivas, interponer recursos administrativos de impugnac¡ón y of.ecer medios probator¡os, ejerciendo los medios de defensa correspondientes, en coordinación con la Procuraduría Pública del l\,4inisterio del Ambiente, de ser el caso.

y

b)

Suscribir contratos bañcados y financieros ce¡ebrados por el l\¡inisterio delAmbiente, incluidas sús respectivas adendas

c)

Aprobar el reconocimiento de deuda, créditos devengados y devolución de recursos.

d)

Designar

a los responsables,

y

tilulares

suplentes, del manejo de las cuentas

bancárias de la Unidad Ejecutora 001 del Ministerio del Ambiente.

e)

0 g)

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Aprobar los expedientes técnicos y la ejecución de obras bajo la modalidad de ejecución presupuestal d¡recta, de conformidad con la normativa sobre la materia. Suscribir convenios de colaboración u otros de naturaleza análoga, celebrados entre l\¡inisterao del Ambiente y otras Ent¡dades, de confomidad con lo previsto en el literal c) del numeral 5.1 del arlículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, eñ el marco de §us competencias.

el

Representar al Ministerio del Amb¡ente ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, en todo tipo de trám¡te en materia tributaria, pa¡a realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesar¡a para el mejor desarrollo de la gestión administrat¡va del l\4inisterio. Se hace extensiva dicha atribución, en su competencia, al Director de la Ofic¡na de Finanzas.

los contratos, adendas y documentos relacionados al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, de los consultores contratados en el l\¡inisterio del

h) Suscribir

Ambiente.

Suscribir coñtratos y/o adendas

de

coñsu¡toría derivados

de

Convenios de

Cooperación Técnica No Reembolsable u otros instrumentos de naluraleza análoga. 4.2 Facultades

Estado y a) b)

que se ejercen de conform¡dad a la Ley de ConiEtec¡ones dél

su Reglamento, para lo sigu¡eñte:

Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones. procesos de eslandarización.

que se pueda adjudicar la buena pro de los procesos de selecc¡ón convocados bajo el mecan¡smo de Obras por lmpuestos. i)

Comun¡car, prev¡a opinión técnica de las áreas competentes y de la oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ¡a relevancia o no de los proyectos de inversión, actualización del estudio de preinversión, de la ficha técnica o del expediente técñico

del proyecto declarado viable en el lnvierte.pe, que hayan sido propuestos por las empresas privadas, a través de cartas de intenc¡ón dirigidas al Ministerio del Ambiente

Suscribir, mod¡ficar

y

resolver los Contratos de Supervisión celebrados por el

M¡n¡sterio del Ambiente. k) Aprobar y autorizar a la empresa privada para que inicie las actividades previstas en

el Documento de Trabajo, en caso la empresa privada ident¡fique la necesidad de realizar modificaciones en la fase de inversión, y dicha propuesta cuente con la opinión favorable del órgano competenle. r)

Autorizar que el nuevo monto de inversión del proyecto regiskado en el Banco de lnversiones de Invierte.pe, con poster¡oridad a su declaratoria de viabilidad y priorización, sea recogido en el Monto Total de lnversión Reierencial en la convocatoria y las bases del proceso de selecc¡ón, para todos los Ésos.

de la unidad ejecutora de inve.siones, las por un máximo del cincuenta por c¡ento (50%) del costo mayores prestaciones hasta de supervisión establecido en el Conlrato or¡ginal, y la ampliación de plazo en el Coñtrato de SupeN¡s¡ón que se oíg¡nen por variaciones o modificaciones al Proyecto duÉnte la fase de ejecución.

m) Autorizar, previo susteñto técnico legal

Ofcina General de Planeamiento y Presupuesto, las especificaciones técnícas y económicas para la contratación de la entidad privada

n) Aprobar, previo informe de la supeavisora. o)

Resolver los recursos de apelac¡ón y de trato directo.

p)

Disponer que, a través de la Oñcina de Abastec¡m¡ento, se reg¡stre en el S¡stema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE) la convocátoria, las Bases con todos sus anexos, las Bases integradas, la evaluación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro, así como el Convenio y/o Contrato de Supeavisión.

q) Aprobar la transferencia de los proyectos ejecutados de competencia de un Gobierño Regional, Gobierno Local o Universidad Pública, llevados a cabo por el l\¡inisterio del Ambiente, a las entidades que delegaron sus competencias.

Suscdbir, mod¡ficar y resolver los Convenios de lnversión y Convenios de coejecución en el marco de la nomativa sobre obras por lmpuestos, asf como los Conven¡os previstos en la normat¡vidad de lnvierte.pe para la fomulación de proyectos de competencia exclusiva de los Gob¡ernos Regionales o Locales, en la materia correspond¡ente, de acuerdo con el Texto Unico Ordenado de la Ley N" 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con part¡cipación del sector p vado, aprobado por Dec¡eto Supremo N'294-2018-EF, y sus modificatorias, y los Convenios que correspondan para su ejecución por pale del Minister¡o del Amb¡ente, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N" 27783, Ley de Bases de la Descenlaalización.

Cancelár total o parc¡almente el proceso de selección, por causal de caso fortuito, desaparición de la necesidad o aspectos presupuestales.

s)

a

las modificaciones conveñcionales los contratos derivados de procedim¡entos de selección, solo en aquellos casos en los que la modificación no implique la variación del prec¡o.

Aprobar

Resolver los conlratos derivados de los procedimientos de selección, ¡ncluyendo los proven¡entes de contrataciones directas, por ¡as causales previstas en la normativa de contrataciones del Estado. u)

Celebrar contralos complementarios de bienes y servicios.

v)

Emitir pronunciamiento sobre la liquidación de un conkato de consultorfa o ejecución de obra.

4.3 Facuttades que se ejercen de acuerdo a la Ley N.29151, Ley General del Sistema Nac¡onal de B¡enes Estatales y su Reglamento, para lo s¡gu¡ente: Aprobar los actos de administración, disposición, adquisición, registro y supervisión de los bienes mueb¡es e inmuebles, de acuedo con las normas del Sistema Nacional de Bienés Estalales

Articulo 5.- Delegac¡ón de facultad y atribuc¡ón a ellla Director/a dE la Of¡c¡na de Abasteciñ¡éntoDelegar en el/la Director/a de la Oficina de Abastecimiento del N,,linisterio del Ambiente

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