Establecen Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada ‐ PPTM del Tercer Trimestre del año fiscal 2010 para los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales RESOLUCION DIRECTORAL Nº 016 ‐2010‐EF‐76.01 Lima, 18 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales; Que, mediante el inciso b.1) de la Primera Disposición Final de la Ley citada en el considerando precedente, se incorpora el artículo 29‐A de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que tiene por objeto establecer que la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada ‐ PPTM es determinada por la Dirección General del Presupuesto Público, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a fin de servir como el instrumento de ejecución del gasto público de corto plazo, a través del cual se determinan los montos máximos trimestrales mensualizados que los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales podrán ejecutar para la provisión de bienes, servicios, obras y servicio de la deuda, según corresponda, en el marco de la disciplina fiscal y el Marco Macroeconómico Multianual; Que, asimismo, a través del inciso a.3) de la Primera Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se modifica el artículo 30 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a fin de disponer que los montos establecidos en la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada ‐ PPTM son considerados por los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales para la aprobación de sus Calendarios de Compromisos Institucionales, cuando se trate de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de las disposiciones legales vigentes; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada ‐ PPTM del Tercer Trimestre del año fiscal 2010, para los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, a nivel de Pliego, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Categoría y Genérica del Gasto; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.‐ Establecer la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada ‐ PPTM del Tercer Trimestre del año fiscal 2010 para los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, ascendente a la suma de DOCE MIL TRESCIENTOS CATORCE MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 314 604 331,00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo a los montos que se detallan en el Anexo de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.‐ La Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) no convalida las acciones que no se ciñan a las disposiciones legales vigentes, no constituye sustento legal ni técnico para autorizar gastos que no cuenten con la base legal respectiva, de acuerdo al artículo 15 de la Directiva Nº 005‐2009 ‐EF/76.01, aprobada por la Resolución Directoral Nº 043‐2009‐EF/76.01. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGER DIAZ ALARCON Director General Dirección General del Presupuesto Público
LEY Nº 29465 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2010 ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 016 ‐2010 ‐EF/76.01 PREVISION PRESUPUESTARIA TRIMESTRAL MENSUALIZADA PPTM ‐ TERCER TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2010 ( EN NUEVOS SOLES )
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS
GOBIERNO NACIONAL
JULIO
GASTOS CORRIENTES
AGOSTO
SETIEMBRE
TOTAL
2 555 154 880
1 977 814 054
2 088 188 422
6 621 157 356
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES
925 241 772
777 497 398
798 381 196
2 501 120 366
677 614 693
523 810 674
526 534 328
1 727 959 695
BIENES Y SERVICIOS
762 167 869
588 930 566
587 607 578
1 938 706 013
42 460 084
39 864 079
40 016 061
122 340 224
OTROS GASTOS
147 670 462
47 711 337
135 649 259
331 031 058
GASTOS DE CAPITAL
599 796 493
604 185 267
866 295 356
2 070 277 116
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
46 461 971
39 765 417
49 177 486
135 404 874
OTROS GASTOS ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
28 869 084
36 018 918
45 765 591
110 653 593
523 186 722
528 400 932
711 371 479
1 762 959 133
1 278 716
59 980 800
61 259 516
227 287 308
270 090 018
469 707
497 847 033
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
ADQUISICION DE ACTIVOS FINANCIEROS SERVICIO DE LA DEUDA
SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA TOTAL GOBIERNO NACIONAL
227 287 308
270 090 018
3 382 238 681
469 707
2 852 089 339
2 954 953 485
GOBIERNOS REGIONALES
497 847 033
9 189 281 505
JULIO
AGOSTO
SETIEMBRE
TOTAL
GASTOS CORRIENTES
950 070 940
790 460 083
766 939 876
2 507 470 899
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES
646 825 890
551 074 395
549 187 573
1 747 087 858
141 710 468
112 202 539
112 192 657
366 105 664
BIENES Y SERVICIOS
113 508 799
105 943 711
98 645 901
318 098 411
48 025 783
21 239 438
6 913 745
76 178 966
219 113 425
238 033 506
160 704 996
617 851 927
1 081 710
1 081 710
OTROS GASTOS GASTOS DE CAPITAL DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
OTROS GASTOS ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
1 755 052
1 755 052
216 276 66 3
238 033 506
160 704 996
615 015 165
TOTAL GOBIERNOS REGIONALES
1 169 184 365
1 028 493 589
927 644 872
3 125 322 826
TOTAL GENERAL
4 551 423 046
3 880 582 928
3 882 598 357
12 314 604 331