El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, convoca a participar en el DISTINTIVO “MUNICIPIO FAMILIARMENTE RESPONSABLE” 2015 Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracciones IV y VI; 10 fracción VI y 15 fracciones I y II del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, se otorga el “Distintivo: Municipio Familiarmente Responsable”. CONSIDERANDO Que el Gobierno de la República trabaja para el bienestar y atención de las necesidades de las familias mexicanas. Que la razón de ser de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, en los tres órdenes de gobierno es el desarrollo de la familia como institución social. Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, tiene la facultad expresa de promover la perspectiva familiar y comunitaria, entendida como el conjunto de medidas o instrumentos de la política pública social que, de una manera articulada, global, transversal e integral, están encaminadas a reconocer, apoyar, proteger y promocionar a la familia y sus tareas insustituibles. Que el quehacer de las instituciones con perspectiva familiar conlleva a la aplicación de los principios de solidaridad, convivencia, tolerancia, equidad y justicia entre otros, que son en definitiva, valores que humanizan a los seres humanos y a la sociedad. Principios que se viven y se aprenden fundamentalmente en el seno de las familias. Que en su función de institución rectora en materia de desarrollo integral de la familia y en atención a la aplicación de la perspectiva familiar y comunitaria, el Sistema Nacional DIF debe reconocer las acciones de los gobiernos municipales que benefician a las familias en el ámbito de sus propias funciones y fortalezas y en la convivencia armónica. Que las acciones con perspectiva familiar y comunitaria incluyen la cultura, integrada por un conjunto de valores, costumbres, hábitos, actitudes y formas de interrelación que refuerzan, fomentan o detonan las dinámicas de integración familiar y, como consecuencia, previenen y disminuyen los riegos de vulnerabilidad y la exclusión social. Que es importante y necesario realizar acciones en el ámbito municipal por ser la instancia más cercana y directa a las familias y que son quienes deben responder a la altura de las necesidades de los ciudadanos. Que el municipio es una prioridad básica para la construcción de un país fuerte y por ello resulta indispensable realizar acciones encaminadas a su fortalecimiento, incluidas las dirigidas a las familias. Con base en estas consideraciones se emite la presente CONVOCATORIA Dirigida al público en general en calidad de ciudadanos que reciben beneficios de los programas de gobierno, a organizaciones sociales, instituciones académicas y servidores públicos de la administración municipal que conocen el compromiso de las autoridades con la familia y los resultados a favor de los gobernados. OBJETIVOS Fomentar y fortalecer las políticas públicas con perspectiva familiar y comunitaria en el ámbito municipal. Conocer y promover la implementación de programas y acciones que benefician a las familias que residen en un municipio y mediante las cuales se contribuye a su fortalecimiento, con base en el ejercicio de las funciones y fortalezas de la familia y el desarrollo de sus integrantes. BASES I. CANDIDATOS Serán candidatos a recibir la distinción los municipios que sean registrados en tiempo y forma de acuerdo a la presente convocatoria. Para el Distrito Federal se entienden por municipios a las demarcaciones territoriales o delegaciones. Podrán registrar candidatos los servidores públicos del Ayuntamiento, del Sistema Municipal DIF y cualquier
persona que conozca de los resultados o haya sido beneficiada con acciones del Modelo Red DIF para la Solución Pacífica de Conflictos en la Familia, de los servicios de Orientación Familiar, de la Estrategia de Promoción del Buen Trato en las Familias o de Escuela para Padres, implementado por la administración municipal, sin importar el área o persona que lo aplique. Para registrar candidatos será necesario enviar una cédula de registro con la información que se señala en la parte final de esta convocatoria. La cédula puede ser enviada por correo electrónico o mediante servicio de paquetería, a las direcciones señaladas en el apartado de INFORMES de la presente convocatoria. En el caso de enviarse por paquetería se presentará en memoria, disco o cualquier otro dispositivo electrónico. II. DIFUSIÓN La presente convocatoria será difundida en medios electrónicos e impresos a través de los Sistemas DIF Nacional, Estatales y Municipales; en el portal de las Procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes, o sus similares y en las oficinas de las Presidencias Municipales. III. RECEPCIÓN DE PROPUESTAS DE CANDIDATOS La fecha límite para la recepción de propuestas es el viernes 31 de julio del 2015, a las 18:00 horas. El Sistema Nacional DIF integrará los expedientes electrónicos de los candidatos registrados y revisará que reúnan los requisitos correspondientes. A fin de sustentar las candidaturas y demostrar los beneficios que han recibido las familias del municipio propuesto se podrán adjuntar fotografías, notas en medios de comunicación, testimonios o cualquier otro medio que permita ilustrar a los integrantes del comité dictaminador. Las propuestas deberán dirigirse al Comité Dictaminador del Distintivo “Municipio Familiarmente Responsable”, señalando los datos completos para contacto del remitente. IV. DICTAMEN Y RESULTADOS El comité dictaminador estará integrado por 5 personas del Sistema Nacional DIF, quienes revisarán de manera individual los expedientes de cada candidatura y emitirán el dictamen para determinar los tres municipios acreedores al reconocimiento distintivo y, en su caso, menciones honoríficas. En caso de ser necesario, se requerirá a la persona o personas proponentes información adicional sobre la propuesta de candidatura o se realizarán visitas de verificación, a fin de tener mayores elementos de decisión. El criterio para definir los tres municipios acreedores a la distinción será meramente cualitativo, tomando en cuenta que se demuestren resultados a favor del fortalecimiento de la familia para el desempeño de sus tareas específicas, de acuerdo a la perspectiva familiar y comunitaria, las cuales son: equidad generacional, transmisión cultural, socialización, responsabilidad, prosocialidad, reconocimiento, apoyo, protección y promoción. Igualmente serán considerados como indicadores aquellos mediante los cuales se muestra que se proporcionan herramientas para el fortalecimiento de los vínculos familiares, los cuales son: compromiso entre sus integrantes, aprecio mutuo, comunicación eficaz, habilidad para enfrentar crisis y buena disposición para disfrutar tiempo juntos. Los resultados serán inapelables y se publicarán en la página oficial del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, www.dif.gob.mx el día lunes 5 de octubre del año 2015. V. ENTREGA DEL DISTINTIVO La ceremonia para la distinción se realizará en el marco del 6º Congreso Internacional de Familia, en el lugar, día y hora que en su momento se señalen. La información
precisa se dará a conocer al público en general a través de medios electrónicos y por escrito a los Sistemas Estatales y Municipales, al momento de hacer la invitación al Congreso, así como vía telefónica a los acreedores al Distintivo. Los municipios distinguidos adquieren el compromiso de fortalecer las acciones o programas que los hicieron merecedores del reconocimiento. La distinción que reciban los tres galardonados consistirá en: 1. Placa metálica 2. Reconocimiento impreso en papel Los municipios acreedores al Distintivo podrán utilizar el emblema oficial en su imagen solamente durante el periodo de la administración municipal correspondiente. VI. VIGENCIA DEL DISTINTIVO El Distintivo estará vigente únicamente durante el periodo que corresponda a la administración municipal en la que se otorgue, y siempre y cuando el programa o la acción que dieron lugar a la distinción continúen implementándose en dicha administración. La vigencia no será impedimento para que un municipio participe en convocatorias siguientes con diferentes programas o acciones, o con el mismo con el que obtuvo el reconocimiento siempre que haya sido mejorado en implementación y/o resultados. INFORMES Para mayores informes dirigirse a la Dirección de Gestión y Desarrollo Estratégico de la Unidad de Atención a Población Vulnerable, ubicada en Av. Emiliano Zapata, No. 340, oficina 204, Col. Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, en México, Distrito Federal, C. P. 03310. Teléfono: 01(55)30 03 22 00 Ana María Pérez (Ext. 1512)
[email protected] Miriam Loeza (Ext. 2373)
[email protected] Gloria Moreno (Ext. 2371)
[email protected] Claudia Vidal (Ext. 1500)
[email protected] Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Comité Dictaminador. Emitida en México, Distrito Federal, el día veinticinco del mes de mayo del año dos mil quince. Lic. Laura Vargas Carrillo. Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CÉDULA PARA REGISTRO DE CANDIDATOS En un escrito libre se deberán señalar como mínimo los siguientes datos: 1. Nombre oficial del municipio y el estado. Para el caso del Distrito Federal se entiende por municipios a las demarcaciones territoriales o delegaciones políticas. 2. Nombre del programa o acción que se considera han sido exitosos en beneficio del desarrollo integral de la familia. 3. Objetivo. 4. Población a la que se dirige: • Niñas y niños • Adolescentes • Adultos (Padres o cuidadores) • Adultos Mayores 5. Tiempo que lleva aplicándose el programa o acción. 6. Forma en que se implementa el programa o acción. 7. Razón por la que se afirma que el programa o acción ha beneficiado a las familias del municipio correspondiente. 8. Principales resultados o logros obtenidos. 9. De ser posible se adjuntará algún testimonio de personas, familias o instituciones, o pruebas que respalden los resultados exitosos del programa o acción, como fotos, notas periodísticas, informes, etcétera. 10. Nombre, domicilio, teléfono y, en su caso, dirección de correo electrónico de quien presenta la candidatura. 11.Personal del municipio responsable de su implementación u operación. 12. Fecha en que se elabora la cédula. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.