el ordenamiento territorial - SPDA Actualidad Ambiental

23 sept. 2016 - ma del centralismo y la concentración. política ambiental. Directora del Programa de Conservación de la Sociedad Peruana de Derecho ...
700KB Größe 9 Downloads 104 vistas
Especial

viernes 23 de setiembre del 2016 Gestión

política ambiental Silvana Baldovino Directora del Programa de Conservación de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA)

U

na de las más agudas aristas del proceso de descentralización es que la visión de desarrollo de cada región y su articulación con las del gobierno central dependen de las prioridades regionales, la voluntad del gobernador de turno o de su voluntad para que todas sus iniciativas se ejecuten en el marco de la legalidad. Ante esta situación surge la necesidad de identificar mecanismos que integren y compatibilicen las necesidades regionales y su visión de desarrollo con los intereses nacionales en temas ambientales. Uno de estos mecanismos es el ordenamiento territorial, que hoy es un proceso técnico, administrativo y político de toma de decisiones concertadas para la ocupación ordenada del territorio y el mejor uso del suelo y los recursos naturales. Es un proceso que busca reducir los impactos negativos y ser una “herramienta orientadora” para armonizar las políticas nacionales, sectoriales, regionales y locales, mediante la planificación del desarrollo territorial. A pesar de la importancia y el potencial de esta herramienta, su naturaleza orientadora le resta impacto. Es necesaria su reformulación y la creación de un marco legal donde se considere su rol como ente máximo de planeamiento transversal en todos los sectores del Poder Ejecutivo, así como su relación con mecanismos de participación ciudadana a diferentes niveles y la asignación vinculante de usos para el otorgamiento de derechos y títulos habilitantes, buscando así conciliar los intereses nacionales de la conservación con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, tal como se establece en el artículo Nº 11 de la Ley N° 26832 – Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos, para el caso de la Zonificación Ecológica Económica. Al repotenciar el ordenamiento territorial y dotar a los usos y derechos que asigne de una mayor seguridad, será necesario regular y compatibilizar el otorgamiento de varios de ellos cuando se dan sobre un mismo espacio geográfico, pues las superposiciones constituyen una de las principales causas de los conflictos socioambientales. Este es un trabajo arduo, de mucho análisis, que involucra a todos los sectores del Poder Ejecutivo, pero que es necesario e impostergable. Para que esta reforma obtenga resultados positivos es necesario que los sectores incorporen de manera obligatoria la coordinación interinstitucional previa al otorgamiento de derechos que se superpongan entre ellos. Una vía es modificar el artículo 1[1]° de la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales para que la coordinación interinstitucional sea obligatoria bajo responsabilidad y que, por decreto supremo, se establezcan las reglas generales para la coordinación en el otor-

repotenciar

el ordenamiento territorial RETO. Los gobiernos regionales deben actuar siempre en el marco de lo que establece la ley, respetando y cumpliendo los requisitos y estándares establecidos. USI

gamiento de derechos. Esto debe ser complementado con la reglamentación del artículo 15° de esta norma, para la identificación de mecanismos para solución de controversias tomando en cuenta criterios como defensa de derechos colectivos, impactos, prioridades, intensidad, necesidad, afectación, prelación o compatibilidad entre otros. Siendo necesario conjugar esto con uno de los principales retos para los gobiernos regionales: actuar siempre en el marco de lo que establece la ley, respetando y cumpliendo los requisitos y estándares establecidos. Habiéndose abordado así estos tres temas (ordenamiento territorial, compatibilidad en el otorga-

miento de derechos y solución de controversias en casos de superposiciones) se habrá logrado, finalmente, solucionar de manera integral una de las principales trabas para el desarrollo de nuestro país. Y esto se hará sobre la base del uso y aprovechamiento racional y equitativo de nuestros recursos naturales, conjugándose así el interés nacional con las visiones regionales y locales de desarrollo sostenible, buscando que cada región del Perú, en su camino hacia el 2021, solvente su economía en sus propios valores, recursos y potencialidades, logrando finalmente la tan ansiada descentralización y la ruptura del paradigma del centralismo y la concentración.

A pesar de la importancia y potencial del ordenamiento territorial, su naturaleza orientadora le resta impacto”.

7