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Directiva para la Programación y Formulación del ... - Mef

2 jul. 2007 - Presupuesto por Resultados”, la cual forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO.
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Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de los Programas Estratégicos en el marco del Presupuesto por Resultados” RESOLUCION DIRECTORAL Nº 027-2007-EF-76.01 (SEPARATA ESPECIAL) Lima, 2 de julio de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28411 se establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto; Que, artículo 13 de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito; Que, asimismo, el artículo 10 de la Ley Nº 28927, establece la aplicación de la gestión presupuestaria basada en resultados, promoviendo en su etapa de incorporación, instrumentos tales como la programación presupuestaria estratégica, metas físicas, indicadores de resultados y el desarrollo de pruebas piloto de evaluación; Que, en el marco de la Ley Nº 28927, en lo concerniente a implementación del presupuesto por resultados y las fases del presupuesto público, la Programación Presupuestaria Estratégica se introduce en el Sector Público en el proceso de programación del presupuesto de 2008, como instrumento específico orientado a la articulación de los planes estratégicos sectoriales e institucionales con la programación presupuestal; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, y modificatorias; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 183 Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 010-2007-EF/76.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de los Programas Estratégicos en el marco del Presupuesto por Resultados”, la cual forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público

PREÁMBULO El Capítulo IV de la Ley 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2007, dispone que la Dirección Nacional del Presupuesto Público es la responsable de diseñar e implementar la gestión presupuestaria por resultados. Este nuevo esquema de gestión presupuestaria considera acciones que además favorezcan e impulsen el desarrollo progresivo de una Gestión orientada a Resultados en todas las instancias y entidades de la administración pública. Tal implementación obligará al sector público y al privado a participar en la búsqueda permanente de medios de mayor costo efectividad para conseguir mejores estándares de servicios públicos y para cerrar las enormes brechas de inequidad que perjudican a los excluidos del circuito del desarrollo. Esta tarea es progresiva por lo complejo y estructural del problema subyacente y porque los ingresos del Tesoro Público y las transferencias hacia los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales (canon y otros) no son suficientes para atender la totalidad de las necesidades. Por este motivo es necesario priorizar la asignación de los recursos sobre resultados. Estas prioridades están relacionadas con el objetivo de desarrollar las capacidades humanas, las cuales forman parte del Eje 1 de la Estrategia Nacional de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres (Decreto Supremo Nº 002-2003-PCM). Asimismo, son consistentes con lo señalado en las Políticas Nacionales contenidas en el Acuerdo Nacional, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM; el Marco Macroeconómico Multianual 2008-2010; el artículo 11 de la Ley 28927; y la Estrategia Nacional denominada CRECER aprobada por Decreto Supremo Nº 056-2007-PCM. Tal como se indica en la Directiva de Programación y Formulación del Sector Público, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 28927 Ley de Presupuesto 2007, en el año 2008 se empieza la implementación del Presupuesto por Resultados en dos dimensiones de desarrollo convergente. Una primera dimensión es la introducción del uso de indicadores de desempeño a nivel de objetivo estratégico general, específico y a nivel de productos principales, en todo el Sector Público. Este esquema de trabajo permitirá mejorar la programación y posteriormente la ejecución, así como generar las bases y la experiencia para la futura transición al esquema de Presupuesto por Resultados. La segunda dimensión es la aplicación de disposiciones adicionales y específicas -sobre Presupuesto por Resultados- para aquellas acciones que están orientadas al primer orden de prioridades establecidas en el artículo 11 de la Ley 28927, referidas a la primera infancia. Asimismo, la presente directiva tiene por finalidad complementar las disposiciones establecidas por la Directiva Nº 006-2007-EF/76.01 de Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público 2008 y orientar a una formulación presupuestal concertada de las acciones vinculadas a los resultados, permitiendo que todos los actores involucrados trabajen sinérgicamente en el ámbito territorial que comparten. En este sentido, para el ejercicio fiscal 2008 se ha identificado cinco resultados prioritarios, los cuales se obtendrán progresivamente a través de la implementación de cinco Programas Estratégicos que son: (i) Programa Articulado Nutricional; (ii) Programa Salud Materno Neonatal; (iii) Programa Logros de Aprendizaje al Finalizar el III Ciclo; (iv) Programa Acceso a Servicios Sociales Básicos y a Oportunidades de Mercado y; (v) Programa Acceso de la Población a la Identidad.

Finalmente, las disposiciones que se establecen en la presente Directiva desencadenarán en otros procesos como el seguimiento y evaluación de los indicadores y sus metas; la transparencia y rendición de cuentas de lo actuado; la asistencia técnica y generación de incentivos orientados a una modernización de la gestión del Estado.

DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LOS PROGRAMAS ESTRATÉGICOS EN EL MARCO DEL PRESUPUESTO POR RESULTADOS Artículo 1.- Objetivo La presente Directiva tiene por objetivo establecer disposiciones para la programación y formulación del presupuesto de los Programas Estratégicos diseñados en el marco de la implementación del Presupuesto por Resultados. Artículo 2 Ámbito La aplicación de la Directiva es de alcance para los pliegos Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Seguro Integral de Salud, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Gobiernos Regionales y otros, en lo que les corresponda de acuerdo con lo establecido por el Artículo 11 de la Ley Nº 28927. Artículo 3.- Presupuesto por Resultados 3.1 El Presupuesto por Resultados es un esquema de presupuestación que integra la programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto, en una visión de logro de resultados a favor de la población, retroalimentando los procesos anuales para la reasignación, reprogramación y ajustes de las intervenciones. 3.2 El Presupuesto por Resultados se aplica de manera progresiva a través de la implementación de cinco Programas Estratégicos, asociados a las acciones prioritarias y sectores definidos en el Artículo 11 de la Ley 28927. Artículo 4.- Programa Estratégico 4.1 El Programa Estratégico es una intervención articulada del Estado, entre sectores y por niveles de gobierno, en torno a la resolución de un problema central que aqueja a la población del país. Constituye el elemento de gestión fundamental del presupuesto por resultados. En tal sentido, el Programa Estratégico: a) Responde a un modelo causal1 para lograr resultados, cuyos niveles guardan una relación lógica de medios-fines, a partir de los insumos, subproductos, productos, resultados intermedios y finales asociados con el conjunto de intervenciones que lo constituyen. b) Permite establecer una cadena de responsabilidades asociada a la relación lógica de medios-fines y al logro de los resultados, productos y subproductos.

c) Se identifica en forma expresa como un primer nivel de la Estructura Funcional Programática antes de la categoría Función, para todos los pliegos que se encuentran dentro de su ámbito. 4.2. La estructura de todo programa estratégico se compone de cuatro niveles encadenados lógicamente: (a) El Resultado Final; (b) El Resultado Intermedio; (c) Productos; y (d) Subproductos. Estos niveles se definen como: a) El Resultado Final - RF es el cambio logrado en el largo plazo en el estado de la población, como consecuencia de las intervenciones realizadas por las entidades y otros actores. Por ejemplo, reducción de la desnutrición crónica, reducción de la mortalidad materna y mejora de los logros de aprendizaje, entre otros. b) El Resultado Intermedio - RI es el cambio logrado en el mediano plazo que conduce a lograr el Resultado Final. Por ejemplo, la Mejora de la Alimentación y Nutrición del menor de 36 meses (RI) contribuye directamente a reducir la desnutrición infantil (RF). Se debe precisar que entre el Resultado Intermedio y el Resultado Final existe un vínculo de causalidad sustentado en evidencias2. Este RI no depende exclusivamente de la gestión de una entidad sino de múltiples responsables al igual que el RF. c) El Producto - P se obtiene directamente del conjunto de intervenciones priorizadas sobre la base de evidencias. Estas intervenciones pueden ser realizadas por una o más entidades de los diferentes sectores y niveles de gobierno. Ejemplo de Producto: “población informada en salud sexual y reproductiva” y “acceso de neonatos a servicios de cuidados intensivos”. d) El Subproducto - SP permite el logro del Producto y es consecuencia de las intervenciones que pueden ser realizadas por entidades de los diferentes sectores y niveles de gobierno. Ejemplo de Subproducto: “niños con vacuna completa” y “gestantes con suplemento de hierro y ácido fólico”. Artículo 5.- Programas Estratégicos en el marco del Presupuesto por Resultados En el marco de lo establecido en los numerales 11.1 y 11.2 del Artículo 11 de la Ley Nº28927 se constituyen los Programas Estratégicos: a) “Programa Articulado Nutricional” b) “Salud Materno Neonatal” c) “Logros de Aprendizaje al finalizar el III Ciclo” d) “Acceso a servicios sociales básicos y a oportunidades de mercado” e) “Acceso de la población a la Identidad” Artículo 6.- Responsabilidades en el diseño y ejecución de los Programas Estratégicos 6.1 El diseño y ejecución de los Programas Estratégicos se sujeta a lo siguiente: a. Programa Estratégico: Programa Articulado Nutricional

El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social es responsable, en el nivel nacional, del Programa Estratégico “Programa Articulado Nutricional”. Para tal efecto, realiza la planificación concertada con los sectores involucrados, seguimiento, evaluación de los valores previstos a alcanzar a nivel de resultado final, resultado intermedio y productos. Asimismo, ejecuta y coordina las acciones correspondientes con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Programa de Apoyo Directo a los más Pobres, el Seguro Integral de Salud, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y otros según corresponda. b. Programa Estratégico: Salud Materno Neonatal El Ministerio de Salud es responsable, en el nivel nacional, del Programa Estratégico “Salud Materno Neonatal”. Para tal efecto, realiza la planificación concertada con los sectores involucrados, el seguimiento y evaluación de los valores previstos a alcanzar a nivel de resultado final, resultado intermedio y productos. Asimismo, ejecuta y coordina las acciones correspondientes con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Programa de Apoyo Directo a los más Pobres, el Seguro Integral de Salud, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otros según corresponda, para lograr que se cumplan los resultados previstos. c. Programa Estratégico: Logros de Aprendizaje al finalizar el III Ciclo El Ministerio de Educación es responsable, en el nivel nacional, del Programa Estratégico “Logros de Aprendizaje al finalizar el III Ciclo”. Para tal efecto, conduce la planificación concertada con los sectores involucrados, el seguimiento y evaluación de los valores previstos a alcanzar a nivel de resultado final, resultado intermedio y productos. Asimismo, ejecuta y coordina las acciones correspondientes con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Programa de Apoyo Directo a los más Pobres, el Seguro Integral de Salud, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otros según corresponda, para lograr que se cumplan los resultados previstos. d. Programa Estratégico: Acceso a servicios sociales básicos y a oportunidades de mercado El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es responsable, en el nivel nacional, del Programa Estratégico “Acceso a servicios sociales básicos y a oportunidades de mercado”. Para tal efecto, conduce la planificación concertada con los sectores, el seguimiento y evaluación de los valores previstos a alcanzar a nivel de resultado final, resultado intermedio y productos. Asimismo, ejecuta y coordina las acciones correspondientes con el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil, el Programa de Apoyo Directo a los más Pobres, el Seguro Integral de Salud, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otros según corresponda, para el logro de los resultados previstos. e. Programa Estratégico: Acceso de la población a la Identidad

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es responsable de la planificación, seguimiento, evaluación de los valores a alcanzar previstos a nivel de resultado final, resultado intermedio y productos, en el nivel nacional del Programa Estratégico “Acceso de la población a la Identidad”. Asimismo, ejecuta y coordina las acciones correspondientes con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres, el Seguro Integral de Salud, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otros según corresponda. 6.2 Los Gobiernos Regionales son responsables de la planificación, seguimiento, evaluación de los valores previstos a alcanzar a nivel de resultado final, resultado intermedio, productos y subproductos, en el nivel departamental de los Programas Estratégicos: (i) “Programa Articulado Nutricional”; (ii) “Salud Materno Neonatal”; (iii) “Logros de Aprendizaje al finalizar el III Ciclo” y (iv) “Acceso a servicios básicos y oportunidades de mercado”. Para tales efectos coordina la gestión de las acciones planificadas tanto con el responsable nacional respectivo como con las autoridades locales correspondientes. Artículo 7.- Pautas para la determinación de la Demanda Global de Gastos de los Programas Estratégicos La determinación de la Demanda Global de Gastos de los Programas Estratégicos se realiza sobre la base de la estimación de los costos asociados al logro de resultados finales e intermedios para el 2008. Para ello se tomará en cuenta lo siguiente: a) Gasto Total del Programa Estratégico Los pliegos estiman los valores de los indicadores a alcanzar para el año 2008 teniendo en cuenta las prioridades establecidas entre las acciones del Programa Estratégico y de éste en relación a otras intervenciones. Dichos valores se reflejan en el Formato Nº 01 “Valor de indicadores: Línea de base y 2008-2011”. Sobre la base de dichos valores se estiman los gastos que se requerirán para el logro de los resultados finales e intermedios establecidos, partiendo del cálculo de la combinación técnica3 que el Sector establezca para cada subproducto (meta presupuestaria) y los criterios para la determinación de la demanda global de gastos de la Directiva Nº 006-2007-EF/76.01, en lo que corresponda. b) Identificación del Gasto Base El Pliego identifica el gasto que actualmente, a través de las actividades y componentes vigentes, destina a los subproductos y productos orientados al logro de los resultados intermedios y finales. Adicionalmente, el Pliego identifica los recursos de actividades, componentes y metas que no son prioritarias y que deberían ser reorientados al financiamiento de los Programas Estratégicos. En caso que los montos de las Actividades- Componentes 2007 no guarden correspondencia plena con el Programa Estratégico, el pliego deberá estimar la proporción de los gastos que correspondan al propósito del Programa Estratégico partiendo del subproducto o meta presupuestaria.

c) Gasto Adicional La diferencia entre los montos estimados para los Gastos totales del Programa Estratégico y el Gasto Base determina el gasto adicional del Programa Estratégico correspondiente. Esta información se registra en los Formatos 2-A al 2-E y 3: “Gasto Total, Base y Adicional según Programas Estratégicos”. El gasto adicional se sustentará desagregándolo en grupos de intervenciones priorizadas en los Niveles 2 (Resultado Intermedio) y 3 (Producto) del Modelo Lógico del Programa Estratégico, identificando las poblaciones beneficiarias por quintiles y localización geográfica principalmente así como los montos y fuentes de financiamiento respectivos. La información de tal sustentación se registra según Formato 3-A: “Gasto Adicional”. Artículo 8.- Vínculo del Modelo Lógico del Programa Estratégico con la Estructura Funcional Programática La vinculación del Modelo Lógico con la Estructura Funcional Programática se realiza según lo siguiente: a) El Resultado Final corresponde con el nivel de Programa Estratégico de la cadena funcional, el cual está en un nivel superior al de Función. b) El Resultado Intermedio se corresponde con el nivel de Actividad/Proyecto. c) El Producto se corresponde con el nivel de Componente. d) El Subproducto se corresponde con la Meta Presupuestaria. Enlace Web: Estructura PDF Artículo 9.- Estructura de los Programas Estratégicos La estructura de los Programas Estratégicos según la cadena de productos y resultados, el Marco Lógico y la Estructura Funcional Programática se presenta de acuerdo a los anexos adjuntos. Artículo 10.- Absolución de Consultas Las Pliegos pueden efectuar sus consultas sobre la presente directiva a través del correo electrónico: [email protected]. “Artículo 11.- Actualización de Anexos y Formatos La Dirección Nacional del Presupuesto Público actualiza de ser necesario, mediante los documentos correspondientes, los Anexos y Formatos que forman parte de la presente Directiva, los mismos que son publicados en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas.”(*) (*) Artículo incorporado por el Artículo Único de la Resolución Directoral Nº 032-2007EF-76.01, publicada el 06 julio 2007.

Enlace Web: Anexo I PDF