Documento no encontrado! Por favor, inténtelo de nuevo

DIARIO OFICIAL 45.743 de 24/11/2004 DECRETO 3913 DE 2004 por ...

24 nov. 2004 - Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el certificado de viabilidad presupuestal;. Que la Junta Directiva de la ...
44KB Größe 3 Downloads 54 vistas
DIARIO OFICIAL 45.743 de 24/11/2004 DECRETO 3913 DE 2004 por el cual se aprueba la planta de personal de empleados públicos de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto número 3525 del 26 de octubre de 2004, se autorizó la creación de la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, como una sociedad entre entidades públicas, indirecta, del orden nacional, sometida al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado; Que la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de establecer su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo; Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el certificado de viabilidad presupuestal; Que la Junta Directiva de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, sometió a la aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, de acuerdo con el Acta de la Junta número 01 de 2004, DECRETA: Artículo 1º. Planta de empleados públicos. Establécese la planta de personal de empleados públicos de acuerdo con los estatutos de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, de la siguiente manera: Nº de cargos

Denominación del cargo

Código

Grado

1 (uno) Gerente de Entidad Descentralizada

0015

25

1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica

1045

16

3 (tres) Subgerente de Entidad Descentralizada

0040

23

1 (uno) Asesor

1020

09

1 (uno) Asesor

1020

08

1 (uno) Profesional Especializado

3010

19

1 (uno) Profesional Universitario

3020

14

Artículo 2°. Transitorio. Los certificados de disponibilidad presupuestal para la vinculación inicial del Gerente y Subgerente de Soporte Corporativo de la sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, serán expedidos por el Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces del Ministerio de Comunicaciones, con cargo al presupuesto de funcionamiento de RTVC. Artículo 3°. Distribución de los cargos. El Gerente de la entidad distribuirá y ubicará los cargos establecidos en el presente Decreto atendiendo las necesidades de la sociedad, los planes y programas y las necesidades del servicio.

Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 24 de noviembre de 2004. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera. La Viceministra de Comunicaciones, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Comunicaciones, María Paula Duque Samper. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano