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7 jul. 2016 - Ambiental; la Ley 1/1994, de 11 de enero, de ordenación del Territorio de la comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Acuerdo de ...
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Núm. 129 página 14

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

7  de  julio  2016

1. Disposiciones generales Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

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Acuerdo de 28 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Estrategia Minera de Andalucía 2020. A la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo establecido en el artículo 49.5 de su Estatuto de Autonomía, le corresponde la competencia compartida, la regulación y control de las minas y de los recursos mineros, así como las actividades extractivas. Estas competencias, de acuerdo con el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, están asignadas a la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio. La Junta de Andalucía, como administración competente en la gestión del dominio público minero, tiene un interés manifiesto en la investigación y explotación de los recursos minerales y en que estas actividades se realicen de forma eficiente, sostenible y segura dada su repercusión en el agua, el suelo, la atmósfera, la fauna, la flora, el paisaje y los ecosistemas en general, reforzando la cualificación y seguridad del sector minero y poniendo este gran recurso al servicio de la generación de la actividad y empleo en Andalucía. A nivel regional, la planificación económica constituye uno de los fundamentos de la actuación de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito económico, como establece el artículo 157.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. En desarrollo de este precepto, la Administración de la Junta de Andalucía incide en la importancia de la recuperación de la economía andaluza mediante la planificación de un modelo de desarrollo adaptado a la situación actual, sustentado en los pilares de la participación, la igualdad, la sostenibilidad y la innovación, y que coincide, en lo esencial, con el planteamiento establecido por la Comisión Europea en su Comunicación Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Andalucía cuenta con un gran potencial de recursos naturales y con una larga tradición minera, remontándose los primeros yacimientos a la época prehistórica. La tradición de la explotación minera en Andalucía se ha ido adaptando al conocimiento existente sobre los yacimientos y a la capacidad tecnológica para explotarlos con garantías de rentabilidad y de generación de beneficios sociales (generación de empleo) y económicos (generación del comercio asociado a la minería). Si bien en los últimos años, algunos subsectores del sector minero extractivo han experimentado un retroceso, otros como es el caso de la minería metálica, se encuentran en pleno auge, con un alza tanto en inversión realizada, valor de la producción, así como del empleo generado, tanto de forma indirecta, como directa en las comarcas afectadas. Según la Encuesta Industrial Anual de Empresas, elaborada por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, en su edición correspondiente al año 2013, existiendo a rasgos generales una recuperación del sector tanto en empleo, como en el VAB (Valor Añadido Bruto) de la industria extractiva en los últimos años, representando el VAB minero el 3,63% frente al total industrial, siendo en el 2010 el 2,25%. Ese aumento también se manifiesta en el crecimiento del porcentaje que representa la minería andaluza respecto a la nacional, pasando a ocupar un 25,8% en el año 2013, frente al 18,4% del 2010, según datos de la Estadística Minera de España. Todos estos datos se reflejan en la previsión para los próximos años, mediante una tendencia al alza de los principales indicadores económicos del sector, teniéndose en cuenta el actual estado de tramitación de nuevos proyectos mineros que pueden entrar en funcionamiento a corto y medio plazo. En el procedimiento seguido para la elaboración de la Estrategia Minera de Andalucía 2020 se ha dado cumplimiento a las previsiones establecidas en la Ley 7/2007, de 7 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental; la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Acuerdo de 21 de mayo de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia Minera de Andalucía 2014-2020, estableciéndose en el mismo su finalidad, contenido y proceso de elaboración. Son objetivos fundamentales de la Estrategia Minera de Andalucía 2020 el aprovechamiento de la potencialidad minera del territorio andaluz, la creación de empleo y mejora de la competitividad del sector minero; la mejora de los servicios públicos vinculados al sector minero, adecuando la gestión administrativa a las necesidades del sector; la integración ambiental de la actividad minera y puesta en valor del patrimonio minero andaluz, como recurso turístico, cultural, social y económico que ayude al desarrollo sostenible del territorio; y el impulso y desarrollo del adecuado marco de relaciones laborales, con especial atención a la seguridad y salud laboral en el sector, aumentando la capacitación y adecuación del personal a su puesto de trabajo.

7  de  julio  2016

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Núm. 129 página 15

En virtud de lo anteriormente indicado, a propuesta del Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, que le asigna las competencias relativas a las actividades industriales, energéticas y mineras, así como la cooperación económica y el fomento de las iniciativas y acciones en dicho campo, y en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de junio de 2016, A CUERD A Primero. Aprobación. Se aprueba la Estrategia Minera de Andalucía 2020, que figura como Anexo al presente Acuerdo. Segundo. Disponibilidad de créditos. El desarrollo de la Estrategia y la programación temporal de sus actuaciones, estarán limitadas por las disponibilidades presupuestarias de la Junta de Andalucía. Tercero. Extinción de la Comisión de Redacción de la Estrategia Minera de Andalucía 2020. Se acuerda, por cumplimiento de su objeto, la extinción de la Comisión de Redacción de la Estrategia Minera de Andalucía 2020, creado por el punto 4.1 del Acuerdo de 21 de mayo de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia Minera de Andalucía 2020. Cuarto. Habilitación para el desarrollo normativo. Se faculta a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de minas para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo. Quinto. Efectos. El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 28 de junio de 2016 SUSANA DÍAZ PACHECO Presidenta de la Junta de Andalucía

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JOSÉ SÁNCHEZ MALDONADO Consejero de Empleo, Empresa y Comercio

Núm. 129 página 16

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

7  de  julio  2016

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