Derechos humanos de las mujeres indígenas - Sistema Nacional de ...

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Derechos humanos de las

mujeres

indígenas Josefina María de la Soledad Melesio Nolasco

Cuáles son Cómo ejercerlos Cómo defenderlos Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Unidad Técnica de Promoción de los Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas

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Cuarta Visitaduría General

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Derechos humanos de las

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indígenas Josefina María de la Soledad Melesio Nolasco

Comisión Nacional de los Derechos Humanos Cuarta Visitaduría General

Unidad Técnica de Promoción de los Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas

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Primera edición: noviembre, 2010 ISBN: 978-607-7888-52-9 D. R. © Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada e interiores: Itzel Ramírez Osorno Impreso en México

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Contenido Presentación

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I. ¿Cuáles son los derechos humanos de las mujeres indígenas?

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II. ¿Cómo pueden las mujeres ejercer sus derechos?

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¿Qué hacer?

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Proceso para el cambio

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Propuesta de actividades

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Actividad: Tenemos un problema

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Actividad: Un día en la vida de la mujer

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Actividad: Qué vida deseamos las mujeres indígenas

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III. ¿Cómo defender los derechos de las mujeres indígenas?

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Presentación Los derechos humanos son un pilar fundamental para la vida en democracia y se han convertido en demanda fundamental de aquellos grupos cuya condición social, económica y cultural los ubica en mayor riesgo de vulnerabilidad. Éste es el caso de las mujeres indígenas de México. La Cuarta Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es la encargada de vigilar, defender y difundir los derechos de los pueblos indígenas. Dentro de ellos ha puesto especial atención a la vigilancia de los derechos humanos de la mujer indígena. Es en este tenor que se elaboró el presente trabajo, para ser usado por promotores de los derechos humanos en las comunidades indígenas. Aquí se presentan, de manera general, cuáles son, cómo se ejercen y cómo se defienden los derechos de las mujeres indígenas en México. La primera parte es informativa sobre los instrumentos jurídicos, nacionales e internacionales, que señalan los derechos de las mujeres indígenas. En la segunda parte se presentan tres ejercicios para que los promotores los apliquen a la población indígena, tanto hombres como mujeres, y que tienen como finalidad provocar la reflexión acerca de la vida y los derechos de las mujeres en las comunidades. Finalmente, se informa acerca de las instituciones a las que se puede acudir para la defensa de los derechos humanos y el procedimiento ante las Comisiones públicas de Derechos Humanos. Este trabajo pretende ser un aporte para que los integrantes de las comunidades indígenas inicien el proceso de conocer, ejercer y defender sus derechos humanos.

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I. ¿Cuáles son los derechos humanos de las mujeres indígenas? Los derechos humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado. Todas las personas tienen estos derechos, sin importar etnia, sexo, idioma, religión, opinión política, posición económica o cualquier otra condición. Algunos grupos, debido a la discriminación que pueden sufrir, requieren derechos específicos. Las mujeres indígenas tienen derecho a:

• Una vida digna. • El reconocimiento de sí mismas como integrantes de un grupo étnico especí• • • • • • • • •

fico, con un gran sentido de respeto y orgullo, y con derecho a que no se les discrimine por ello. Estar protegidas por sus familias, comunidades y gobiernos. Hablar la lengua aprendida de sus ancestros y transmitirla a sus hijos, así como a expresar sus sentimientos, necesidades y creaciones en su propia lengua. Que se reconozca su trabajo, tanto en la casa como fuera de ella. No ser maltratadas física, sexual o psicológicamente. Ser informadas de los métodos para decidir el número de hijos que quieran tener. Elegir, de manera informada y sin ninguna presión, el método anticonceptivo que les parezca más adecuado. Elegir marido o a elegir no casarse, libremente y sin presiones de sus familiares o de ninguna otra persona. Participar activamente, con voz y voto, y ser escuchadas en las asambleas. Tener acceso a recursos públicos para proyectos productivos.

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• Tener acceso a la tierra en igualdad de condiciones que los hombres, en las for• • • • • • • •

mas establecidas por la Constitución y las diferentes leyes. El territorio como un espacio para la subsistencia y para el desarrollo de la cultura a la que pertenecen. Recibir servicios de salud, de educación y de capacitación. Ocupar cargos importantes (políticos o administrativos) en sus comunidades. Decidir sobre el manejo de los recursos naturales de su comunidad. Recibir información sobre sus derechos y a que éstos sean respetados. Compartir, en igualdad, las responsabilidades y las satisfacciones con los compañeros. Que se reconozca que son importantes, sin diferencias físicas entre hombres y mujeres. Vivir de acuerdo con las costumbres y tradiciones de su comunidad.

Las leyes más importantes que protegen estos derechos son:

• La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • La Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra • • • •

la Mujer (CEDAW). La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará). El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. La Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. • L a Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. • L a Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. • L a Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. • A sí como varias leyes estatales que protegen los derechos de las mujeres y de los pueblos indígenas.

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II. ¿Cómo pueden las mujeres ejercer sus derechos? Los derechos humanos de las mujeres son un asunto de importancia para todos los miembros de las comunidades, tanto para los hombres como para las mujeres. Por eso es fundamental que todas las personas los conozcan, los analicen y hablen mucho de ellos. En las comunidades se aprende cómo comportarse de acuerdo al sexo. Por regla general, hombres y mujeres tienen tareas y derechos diferentes. Es muy importante hablar de cómo se relacionan estas costumbres con los derechos de las mujeres indígenas y con los derechos humanos en general. Estos derechos no son asunto sólo de mujeres, interesan a toda la comunidad por igual. Todos los miembros de la comunidad deben conocerlos y reflexionar sobre su significado, para decidir qué cosas se pueden cambiar para que todos vivan mejor. Entre todos se deben definir acciones comunitarias que beneficien a las mujeres. También se debe escuchar a las mujeres sobre lo que es importante para ellas y apoyarlas, así como facilitarles aún más el acceso a todas las posibilidades de educación que deseen. Además, se deben diseñar mecanismos de participación política de las mujeres para que puedan ser parte activa en cuestiones de Gobierno y en la toma de decisiones importantes para mejorar la vida comunitaria. Las mujeres deben tener voz y voto en todas las asambleas.

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¿Qué hacer? Trabajar para construirnos una vida digna, para lo que se necesita:

• Saber escuchar • Saber compartir • Saber trabajar pensando en el bienestar de todos ¿Cómo es la realidad actual? ¿Cómo se quiere que sea el futuro? ¿Cómo combatir la discriminación? ¿Cómo fomentar la igualdad y la participación? Éstas son sólo algunas de las preguntas alrededor de las cuales se debe trabajar; para ello, a continuación se presentan algunos ejercicios que pueden apoyar el trabajo conjunto de hombres y mujeres para construir un futuro en el que todos tengan una vida digna. Para estos ejercicios:

• • • •

Se debe tener una actitud conciliadora. Hay que considerar y analizar los comentarios negativos. Se deben hacer sugerencias para mejorar la reflexión. Es importante que se llegue a acuerdos y compromisos, de ser posible, con las autoridades tradicionales como testigos. Se debe promover la voluntad de cambiar, en hombres y mujeres de todas las edades y condiciones sociales que conviven en una comunidad.

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Proceso para el cambio

Identificar

Comprender, dialogar y acordar

Cambiar

Identificar, comprender, dialogar y acordar son los procesos que se proponen en esta cartilla para lograr el cambio deseado. Sólo así se logrará que se hagan una realidad los DERECHOS HUMANOS, TANTO LOS DE LOS HOMBRES COMO LOS DE LAS MUJERES INDÍGENAS.

Propuesta de actividades Ofrecen la oportunidad para que varias personas de la comunidad: niños, jóvenes, adultos y personas mayores, hombres y mujeres participen intercambiando ideas, haciendo propuestas y elaborando formas de implementarlas. La finalidad es que todos puedan dialogar sobre lo que piensan de su vida en comunidad, qué cosas les gustaría cambiar y cómo lo harían. Lo interesante es que deben realizarse varias sesiones, no tienen que agotarse todos los temas en una sola.

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Actividad: Tenemos un problema Este ejercicio sirve para ayudar a que dos grupos diferentes examinen cómo ven un mismo problema y cómo les parece que lo ve el otro grupo.

Procedimiento: Se requiere: plumones gruesos, papel y dos cuartos, aulas o zonas separadas.

1) Se hacen dos grupos pequeños, uno de hombres y otro de mujeres, y se separan de forma que no puedan oírse (por eso lo ideal sería disponer de dos aulas o habitaciones distintas). Aparte, debe haber un director y, si es posible, invitar observadores.

2) Cada grupo se hará tres preguntas, las dos primeras son sólo para describir, y la tercera para comparar: a) Características que definen a su grupo. Se debe describir cómo se ven a sí mismos. b) Características que definen, según ustedes, al otro grupo. c) Cuáles son las diferencias entre ambos grupos.

3) Ambos grupos se reúnen en un solo salón y un representante de cada uno de ellos lee las respuestas que han dado. Se van alternando las respuestas de los grupos. No pueden discutir ni responderse mutuamente. Sólo está permitido pedir alguna aclaración.

4) Los dos subgrupos se separan de nuevo y dialogan sobre las siguientes cuestiones: a) ¿En qué se diferencia la visión que tu grupo tiene de sí mismo de cómo los ve

el otro? b) ¿Qué conductas de los miembros de tu grupo pueden haber causado las discrepancias? c) ¿Qué has hecho para que el otro grupo te vea diferente de cómo eres? d) ¿ Qué han hecho los miembros del otro grupo para que los hayas visto de forma diferente a como son?

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5) Finalmente, se reúnen los dos grupos, cuyos miembros se sentarán todos mezclados en un gran círculo, incluidos los posibles observadores que no pertenezcan a los grupos en conflicto y el director del grupo. Se entabla un diálogo sobre cómo podrían actuar en el futuro para evitar que ambos grupos se perciban de forma equivocada. Son importantes los punto de vista de las mujeres y de los hombres, porque casi siempre van a ser diferentes y ahí está lo interesante: dialogar sobre esas diferencias.

Actividad: Un día en la vida de la mujer Deberán reunirse hombres y mujeres para describir y analizar, según la costumbre de su comunidad, cómo es la vida de las niñas, mujeres y adultas mayores. ¿Cómo es un día en la vida de cada una?

1) Las preguntas centrales son: a) b) c) d) e) f) g) h)

¿Cómo han sido tradicionalmente las relaciones entre hombres y mujeres? ¿Por qué es así? ¿Es justo? ¿Promueve una vida digna? ¿Debemos cambiar esta situación? ¿Cómo cambiarla? ¿Cómo mejorarla para mejorar la vida de todos? ¿Cómo hacerlo, quién va a vigilar que se haga, cómo organizarse?

2) Todo lo que se diga debe ser apuntado por una persona, designada por todos de común acuerdo.

3) Cuando se discutan las dos últimas preguntas se debe llegar a acuerdos, mismos que quedarán escritos para que todos los asistentes y todas las personas de la comunidad que así lo deseen, puedan consultarlos, conocerlos y discutirlos.

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Actividad: Qué vida deseamos las mujeres indígenas En las comunidades indígenas la vida de las mujeres se rige por la costumbre, pero muchas veces esta costumbre viola los derechos humanos de las mujeres, y, al hacerlo, se violan los derechos humanos de toda la comunidad; por ello, es importante identificar y combatir estos aspectos de la costumbre indígena.

Procedimiento: 1) Se dan una serie de propuestas de cambio de algunos aspectos de las costumbres de las mujeres indígenas, de ser posible por escrito, y se reparte a pequeños grupos, que discutirán, para después analizar los argumentos en plenaria. Es importante que exista un relator que vaya tomando nota de las propuestas y de los acuerdos importantes a que se llegue.

Propuestas para discutir: • Las mujeres tienen derecho a trabajar y a recibir un salario justo. • Las mujeres tienen derecho a decidir el número de hijos que deseen tener y cuidar. • Las mujeres tienen derecho a participar con voz y voto en asuntos de la comu• • • • •

nidad y tener cargo si son elegidas libre y democráticamente. Las mujeres y sus hijos tienen derecho a atención primaria en su salud y alimentación. Las mujeres tienen derecho a la educación. Las mujeres tienen derecho a elegir a su pareja y a no ser obligadas por la fuerza a contraer matrimonio. Ninguna mujer podrá ser golpeada o maltratada físicamente ni por familiares ni por extraños. Los delitos de intento de violación o de violación serán castigados severamente.

2) Se solicita a una persona que lea el documento en voz alta para que todos los asistentes puedan escuchar y conocer el documento.

3) Se inicia la discusión proponiendo preguntas como: a) ¿Considera usted justas estas propuestas? ¿Por qué? b) Comentar cada una de ellas. c) ¿Es aplicable a las mujeres indígenas de su comunidad?

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4) Elaborar conclusiones, mismas que pueden contener propuestas para discutir más algunos puntos o agregar nuevos; la idea es ir definiendo un reglamento para la comunidad en lo relativo a los derechos de sus mujeres. La idea primordial de estas actividades es lograr que todos los miembros de la comunidad alcancen una vida digna, especialmente las mujeres. Que todos sean vigilantes de que las mujeres puedan ejercer los derechos que les corresponden. No hay que temer al cambio; lo cierto es que las costumbres cambian, es frecuente escuchar a las personas mayores diciendo: “En mis tiempos, no era así…” Esto sucede porque los tiempos y las costumbres cambian. Cada costumbre debe comprenderse y explicarse en una época y en un lugar específicos. Es verdad que hombres y mujeres son biológicamente distintos, pero ningún sexo es superior al otro, ambos tienen derechos y éstos deben ser equitativos; esto significa que se reconocen las diferencias, pero se otorga igualdad de oportunidades. Hoy se vive una transición, pues las prácticas de las personas mayores ya no siempre van de acuerdo con las nuevas situaciones de los pueblos indios. Hay más acceso a la educación y más movilidad. La migración, cada vez más frecuente, obliga a adoptar nuevas costumbres y nuevas responsabilidades para hombres y mujeres. Estos cambios debemos aprovecharlos para elegir nuevas formas de relacionarse entre semejantes, que sean más respetuosas de los derechos humanos. Se trata de que la gente modifique sus comportamientos para que todos vivan mejor. Un elemento importante es la implementación de nuevas maneras de educar a los niños, tanto en casa como en la escuela. La forma en que se eduque a la niñez indígena será la manera en que los pueblos indígenas labren su futuro, por eso hay que atender la educación, tanto en la escuela como en la casa. Por ello, es importante que los jóvenes participen en las actividades propuestas en este trabajo, y que se les escuche y se atiendan sus inquietudes y propuestas.

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III. ¿Cómo defender los derechos de las mujeres indígenas? La instancia más cercana a las comunidades es la oficina del DIF municipal. Cuando las mujeres o sus hijos son agredidos por otra persona, sea familiar o extraño, se puede acudir al DIF, donde les darán orientación. A veces será necesario levantar una demanda en el Ministerio Público. Cuando alguna autoridad viola un derecho, ya sea como resultado de una acción o porque no atiende sus obligaciones, se dice que es por omisión, entonces se acude a alguna Comisión de Derechos Humanos. Cuando la autoridad es estatal se asiste a la Comisión del estado respectivo; cuando la autoridad es federal, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. El principal objetivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es la protección de los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para cumplir con este objetivo, la CNDH tiene, entre otras, las siguientes atribuciones:

• Recibir quejas sobre presuntas violaciones a los derechos humanos. • Conocer e investigar presuntas violaciones a los derechos humanos. La Ley de la CNDH señala que ésta no podrá conocer los asuntos relativos a:

• Actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales, ya que las instan-

cias competentes para conocer de estos asuntos son el Instituto y el Tribunal Electoral. • Resoluciones, laudos o sentencias emitidas por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo. • Conflictos de carácter laboral, aún cuando el empleador sea una dependencia federal, ya que existen órganos especializados para conocer de estos asuntos, como son las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

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• Consultas formuladas por autoridades, particulares y otras entidades, sobre la in• • • •

terpretación de las disposiciones constitucionales y legales, ya que esta facultad es exclusiva del Poder Legislativo. Conflictos entre particulares, ya que la competencia de la CNDH únicamente le permite conocer de actos y omisiones atribuibles a autoridades o servidores públicos federales. Violaciones a los derechos humanos en materia agraria, ya que son competencia de la Procuraduría Agraria. Asuntos de naturaleza ecológica, los cuales debe conocer la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. Violaciones a los derechos humanos cometidas por autoridades o servidores públicos de las entidades federativas o de los municipios, ya que en estos casos la competencia pertenece a las Comisiones Estatales de Derechos Humanos.

Cualquier persona puede denunciar presuntas violaciones a los derechos humanos y presentar una queja ante la CNDH, ya sea directamente o por medio de un representante, sin importar que sean menores de edad. Es importante señalar que la queja sólo podrá presentarse dentro del plazo de un año, a partir de que se inició la violación a los derechos humanos. Sin embargo, cuando se trate de violaciones graves a los derechos fundamentales, la CNDH podrá ampliar dicho plazo. Desde el momento en que se admite una queja se inicia un expediente, que es asignado a un Visitador Adjunto, quien es el responsable de su trámite hasta su total conclusión. La información del expediente es confidencial y nadie externo puede tener acceso a ella. Las quejas presentadas ante la CNDH, así como las resoluciones formuladas por este Organismo, no afectan el ejercicio de otros derechos y medios de defensa que puedan corresponder a los afectados conforme a lo dispuesto por las leyes. En este sentido, no se suspenden ni se interrumpen los plazos y términos establecidos en los distintos procedimientos legales para hacer valer un derecho. Para que la CNDH pueda tramitar una queja, ésta deberá:

• Ser presentada por escrito en las instalaciones de la CNDH, o enviarse por correo o por fax.

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• En casos urgentes, se admitirán las quejas no escritas que se formulen por te-

léfono; en este caso, únicamente se deberán mencionar los datos mínimos de identificación. • Cuando se trate de menores de edad o de personas que no puedan escribir, pueden presentar su queja oralmente. • Tanto por escrito como de manera oral, los integrantes de algún pueblo indígena pueden presentar su queja en su idioma; la CNDH la recibirá y se allegará del apoyo de un traductor. La queja debe contener los siguientes datos:

• Dirigirla a la CNDH o a su Presidente, doctor Raúl Plascencia Villanueva, y solicitar •



• • •

expresamente la intervención de este Organismo Nacional. Estar firmada o presentar la huella digital del interesado; la CNDH no admite comunicaciones anónimas. Por ello, si en un primer momento, el quejoso no se identifica o firma su escrito de queja, deberá ratificarlo dentro de los tres días siguientes a su presentación. Contener los datos mínimos de identificación, como son: nombre, apellidos, domicilio y, de ser posible, un número telefónico en el que se pueda localizar a la persona a la cual le han sido o le están violando sus derechos fundamentales, o, en su caso, se deberán proporcionar los datos de la persona que presenta la queja. Hacer una narración, lo más detallada posible, de los hechos que se consideran violatorios a los derechos humanos, estableciendo, si se conoce, el nombre de la autoridad presuntamente responsable. Entregarse acompañada de todos los documentos, si los hay, con que la persona cuente para comprobar la violación a los derechos humanos. Es importante mencionar que todos los servicios que la CNDH proporciona son gratuitos; para solicitarlos no es necesaria la ayuda de un abogado, ya que este Organismo Nacional cuenta con el personal capacitado para auxiliar, orientar y asesorar jurídicamente a quien lo requiera.

Resulta pertinente mencionar que en aquellas ocasiones en las que se presenta un caso respecto del cual la CNDH no es competente para tramitarlo, o que no se trate de violaciones a los derechos humanos, se proporcionará a la persona interesada la información correspondiente para que ésta acuda ante la autoridad o servidor público a quien le corresponde conocer el caso.

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La CNDH cuenta con personal de guardia, que se encarga de recibir y atender las reclamaciones o quejas urgentes, así como de proporcionar cualquier tipo de asesoría o información durante las 24 horas del día, los 365 días del año. En los siguientes teléfonos y dirección: Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, Colonia San Jerónimo Lídice, Delegación Magdalena Contreras, C. P. 10200, México, Distrito Federal Teléfonos: 56 81 81 25 y 56 81 51 12, extensiones 1127, 1123, 1242 y 1129 Teléfono de larga distancia gratuita: 01 800 715 2000 Fax: 56 81 84 90 Dirección electrónica:

www.cndh.org.mx

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Derechos humanos de las mujeres indígenas, editado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se terminó de imprimir en noviembre de 2010 en los talleres de Reproducciones y Materiales, S. A. de C. V., Presidentes núm. 189-A, Col. Portales, C. P. 03300, México, D. F. El cuidado de la edición estuvo a cargo de la Dirección de Publicaciones de esta Comisión Nacional. El tiraje consta de 5,000 ejemplares.

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