DECRETO: Con fecha 22 de mayo de 2017, al punto cuarto del orden del día, se aprobó por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación, por procedimiento abierto, un solo criterio de adjudicación, para la adjudicación de la ejecución de las obras incluidas en el proyecto de Asfaltado de varias calles de Puente Genil. Con fecha 4 de julio de 2017, se constituye la Mesa de Contratación prevista en la Cláusula 34ª del Pliego de las Administrativas Particulares, para proceder a la apertura de la documentación recibida en tiempo y forma, levantándose acta al respecto y que es como sigue: “En la Alcaldía Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, siendo las 11:20 horas del día 4 de julio de 2017, se constituye la Mesa de Contratación prevista en la Cláusula 34ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la adjudicación por procedimiento abierto de la ejecución de las obras incluidas en el proyecto de asfaltado de varias calles de Puente Genil (Córdoba), aprobado por Junta de Gobierno Local en fecha 22 de mayo de 2017. La Mesa de Contratación está integrada por: -PRESIDENTE: Dª. Verónica Morillo Baena, Sra. Concejala Delegada de Servicios Básicos y Hacienda de la Corporación. -VOCALES: Dª. Carmen López Prieto, Secretaria General de la Corporación. Dª Juana María Luque Jiménez, Interventora de la Corporación. D. Rafael Bautista Franco Ruiz, Arquitecto Técnico Municipal. -SECRETARIO: Dª. Inmaculada Berral Prieto, funcionaria de la Corporación. Asiste el Jefe del Área de Obras y Urbanismo, D. José Delgado Cuenca. A la Sra. Secretaria de la Mesa le han sido entregados los sobres correspondiente a los licitadores que presentan proposición y a continuación se va a proceder a la calificación previa de los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre “A”, relativo a la Documentación Administrativa, para lo cual la Presidenta ordena la apertura de los sobres, siendo el resultado el siguiente: Hermanos Acedo y Construcciones Glesa han presentado renuncia telemática a su solicitud de participación en este procedimiento. PAVASUR 1, S.L., (D. Rafael David Acedo Ruiz), presenta declaración responsable de conformidad con lo establecido en la cláusula 33ª del Pliego y documento acreditativo constitución garantía provisional. JICAR, S.A. (Dª María Dolores Jiménez Aguilar) presenta declaración responsable de conformidad con lo establecido en la cláusula 33ª del Pliego y documento acreditativo constitución garantía provisional.
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CANTERAS ALMARGEN, S.L., (D. Juan Antonio Rueda Pérez) presenta declaración responsable de conformidad con lo establecido en la cláusula 33ª del Pliego y documento acreditativo constitución garantía provisional. MEBISA, S.A., (D. Juan Antonio Martínez Priego) presenta declaración responsable de conformidad con lo establecido en la cláusula 33ª del Pliego y documento acreditativo constitución garantía provisional. MAYGAR, (D. Juan Peral Rengel) presenta declaración responsable de conformidad con lo establecido en la cláusula 33ª del Pliego y documento acreditativo constitución garantía provisional. HORMACESA (D. José Manuel Pérez Rodríguez), presenta declaración responsable de conformidad con lo establecido en la cláusula 33ª del Pliego, Pliego y documento acreditativo constitución garantía provisional. La Mesa por unanimidad acuerda admitir a todos los licitadores a excepción de HIJOS DE SABÁN S.L. que queda excluido por los motivos anteriormente dichos. A continuación se procede a la apertura del sobre B de las ofertas admitidas, comprensivo de la Oferta Económica y se invita a pasar a los representantes asistentes de los licitadores PAVASUR, JICAR, MEBISA, MAYGAR y HORMACESA. Por la Secretaria de la Mesa se procede a la lectura de la oferta económica, siendo éste el resultado: 1.- PAVASUR 1 S.L., se compromete a asumir el cumplimiento del contrato por el precio de TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS (31.741´90 €) IVA excluido. 2.- JICAR, S.A., se compromete a asumir el cumplimiento del contrato por el precio de TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIEZ EUROS CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (33.910´45 €) IVA excluido. 3.- CANTERAS DE ALMARGEN S.L., se compromete a asumir el cumplimiento del contrato por el precio de VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS (27.874´39 €) IVA excluido. 4.- MEBISA S.A., se compromete a asumir el cumplimiento del contrato por el precio de TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN EUROS (31.331 €) IVA excluido. 5.- MAYGAR, se compromete a asumir el cumplimiento del contrato por el precio de TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIEZ EUROS CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (33.910´45 €) IVA excluido. 6.- HORMACESA, se compromete a asumir el cumplimiento del contrato por el precio de TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE EUROS CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (33.919´45€), IVA excluido. HORMACESA ha ofertado un precio superior al tipo de licitación, por lo que la Mesa acuerda por unanimidad de sus miembros excluirla del procedimiento.
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Una vez concluido el acto de apertura de las ofertas económicas, se invita a los representantes de las empresas a salir de la Alcaldía y por la Mesa se realizan los cálculos al objeto de determinar la baja media y aplicados los criterios establecidos en el de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, quedando como baja desproporcionada o anormal la que se encuentre por debajo de 28.578´27 €, por lo que la oferta de CANTERAS DE ALMARGEN S.L. podría ser considerada anormal o desproporcionada.
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Como consecuencia de ello, y conforme se establece en el artículo 152.3 y 152.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se acuerda por la Mesa requerirle para que aporte la documentación, que justifique su oferta al objeto de que se pueda emitir el correspondiente informe técnico, concediéndole para ello un plazo hasta el viernes próximo 7 de julio, volviéndose a reunir la Mesa de Contratación transcurrido dicho plazo para poder continuar con las valoraciones de las ofertas en aras a adjudicar el contrato objeto de este procedimiento. Y sin más cuestiones a tratar en la presente reunión, la misma es levantada por la Presidencia, siendo las 12:05 horas del día arriba señalado, firmando la presente acta los componentes de la Mesa, de que certifico.” Con fecha 11 de julio de 2017 se vuelve a reunir la Mesa de Contratación una vez transcurrido el plazo concedido a la empresa requerida para que justifique su oferta al haber resultado baja desproporcionada o anormal, y continuar con la valoración de las ofertas, siendo su resultado el siguiente: “En el despacho del Sr. Alcalde Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, siendo las 11:00 horas del día 11 de julio de 2017, en la Cláusula 34ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la adjudicación por procedimiento abierto de la ejecución de las obras incluidas en el proyecto de asfaltado de varias calles de Puente Genil (Córdoba), aprobado por Junta de Gobierno Local en fecha 22 de mayo de 2017. La Mesa de Contratación está integrada por: -PRESIDENTE: D. Esteban Morales Sánchez, Alcalde-Presidente de la Corporación. -VOCALES: Dª. Carmen López Prieto, Secretaria General de la Corporación. Dª Juana María Luque Jiménez, Interventora de la Corporación. D. Rafael Bautista Franco Ruiz, Arquitecto Técnico Municipal. -SECRETARIO: Dª. Inmaculada Berral Prieto, funcionaria de la Corporación. Se expone por la Sra. Secretaria de la Mesa que una vez dado el plazo de audiencia a los licitadores cuyas ofertas pudieran ser consideradas anormales o desproporcionadas de conformidad con lo previsto en art. 152.3 y 152.4 del TRLCSP y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se ha procedido a presentar la documentación pertinente para justificar sus ofertas. A la vista de dicha documentación se ha emitido informe por el Sr. Arquitecto Técnico Municipal, miembro de esta Mesa, dando con ello cumplimiento al deber de asesoramiento técnico en el procedimiento conforme a lo dispuesto en el art. 152.3 del TRLCSP. Se procede por el Sra. Secretaria de la Mesa a dar lectura al referido informe del que resulta: CANTERAS DE ALMARGEN S.L.:
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“Asunto: Contratación – Estudio de la justificación de las ofertas con valores anormales del procedimiento de licitación de ASFALTADO DE LAS CALLES MÁLAGA, FRANCISCO DE QUEVEDO, JUAN XXIII, PAREJO Y CAÑERO Y HERNÁN CORTÉS. En relación a la justificación presentada por la empresa CANTERAS DE ALMARGEN S.L., de las ofertas con valores anormales o desproporcionados en las que han incurrido en la licitación de ASFALTADO DE LAS CALLES MÁLAGA, FRANCISCO DE QUEVEDO, JUAN XXIII, PAREJO Y CAÑERO Y HERNÁN CORTÉS, el técnico municipal procede a informar: Se han presentado 6 ofertas de las cuales una ha quedado excluida por presentar una oferta superior al presupuesto de licitación. La media aritmética de los valores absolutos de las ofertas, teniendo en cuenta que no ha sido necesario excluir ninguna oferta de cuantía superiores en más de 10 unidades porcentuales a dicha media, a los efectos de estimación de posible desproporcionalidad de ofertas y calculada de acuerdo con el procedimiento recogido en el PCAP, resulta ser de 31.753,64 euros (6,36% de baja con respecto al presupuesto de licitación), la cual da lugar a un umbral inferior de anormalidad de 28.578,27 euros (15,72% con respecto al presupuesto de licitación). Aplicando lo establecido en el Pliego y en el art. Artículo 85, Criterios para apreciar las ofertas desproporcionadas o temerarias en las subastas, del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP en adelante), resultaron en situación de valor anormal o desproporcionado las ofertas: PRESUPUESTO PORCENTAJE DIFERENCIA CON OFERTADO DE BAJA EL UMBRAL DE GLOBAL ANORMALIDAD
CONTRATISTA CANTERAS ALMARGEN S.L.
DE
27.874,39 €
17,80 %
2,08 %
De conformidad con el art. 152.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP, en adelante), se ha dado audiencia al licitador que presenta oferta que pudieran ser consideradas anormal o desproporcionada, a los efectos de que aporten la documentación justificativa de su oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado.
EN RELACIÓN A LA JUSTIFICACIÓN DE LA OFERTA DE CANTERAS DE ALMARGEN S.L.:
La empresa CANTERAS DE ALMARGEN S.L. tras exponer las causas motivadas que justifican la oferta presentada, aporta un estudio de la obra, reflejando conocimiento de la misma y de los objetivos y procedimientos constructivos a desarrollar en la actuación.
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A continuación, analizamos la principal unidad de obra del Proyecto, que representan el 80,22 % del presupuesto de la actuación.
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m2 fresado y reasfaltado con hormigón bituminoso AC16 surf S: La baja del precio unitario ofertado asciende al 18,55 %, justificada, fundamentalmente, en que se autoabastece de la principal materia prima que interviene en la ejecución de esta unidad, ya que la empresa Canteras de Almargen S.L. dispone de Cantera Propia para garantizar el suministro de áridos a 43 km de Puente Genil en la cantera de Osuna y planta de fabricación de mezclas bituminosas a 70 Km en Ctra. de Almargen – Cañete la Real en el km 4,7.
La documentación incluye una propuesta económica pormenorizada del presupuesto, detallando un desglose de costes de empresa y rendimientos en ejecución de las unidades de obra donde la empresa optimiza costes respecto los precios de proyecto. Este aspecto muestra que la oferta presentada está estudiada. El porcentaje de subcontratación asciende al 12,75 % de la obra, ya que indican que sólo recurrirán a servicios externos para los trabajos de pintura que serán realizados por Viales Fernández S.L. Así pues CANTERAS DE ALMARGEN S.L. dispone de medios propios para la realización de la práctica totalidad de los trabajos, planta de aglomerado asfáltico y una cantera, así como maquinaria y personal pertenece a la misma empresa tal y como se dispone en el anexo IV, maquinaria a disposición de la obra y periodo de permanencia. Presentan cartas de compromiso en el Anexo II, con la empresa Viales Fernández S.L. para la ejecución de la señalización horizontal. Carta de compromiso suscrita entre CANTERAS DE ALMARGEN S.L. y Viales Fernández para esta obra en concreto y con CEPSA para el suministro de ligante. Por tanto, del análisis de la documentación remitida, concluimos que la empresa CANTERAS DE ALMARGEN S.L. justifica suficientemente el valor anormal de su oferta, en base a un amplio conocimiento de la actuación y de los procedimientos constructivos a ejecutar, de los cuales es especialista, la disponibilidad como propios de la casi totalidad de los medios necesarios para su ejecución y el ser fabricante de mezclas bituminosas, y por tanto, en este sentido, consideramos que prevalece la solvencia de la empresa sobre la supuesta desproporcionalidad de la oferta, tal como promociona el artículo 85.6 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que se propone la admisión de su oferta.” A continuación se procede a clasificar las proposiciones presentadas por orden decreciente, siendo el resultado el siguiente:
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REASFALTADO DE VARIAS CALLES DE PUENTE GENIL
EMPRESA CANTERAS DE ALMARGEN MEBISA PAVASUR JICAR S.A. MAYGAR HORMACESA
MEDIA MEDIA + 10% MEDIA ELIMINANDO LOS SUPERIORES AL 10% BAJA DESPROPORCIONADA
PRESUPUESTO PRESUPUESTO IMPORTE BAJA ORDEN DE OFERTADO EN GLOBAL DE DE LICITACION APERTURA CADA OFERTA RESULTADO 33.910,45 € 27.874,39 € 17,80% 1 33.910,45 € 31.331,00 € 7,61% 2 33.910,45 € 31.741,90 € 6,39% 3 33.910,45 € 33.910,45 € 0,00% 4 33.910,45 € 33.910,45 € 0,00% 5 33.910,45 € 33.919,45 € EXCLUIDA
31.753,64 € 34.929,00 € 28.578,27 €
Se concluye por la Mesa que la oferta más ventajosa la presentada por la mercantil, CANTERAS DE ALMARGEN S.L. Es por lo que, la Mesa de Contratación propone al órgano de contratación que efectúe la adjudicación de la ejecución de las obras incluidas en el proyecto de asfaltado de varias calles de Puente Genil (Córdoba) objeto de la presente Mesa a CANTERAS DE ALMARGEN S.L., en las condiciones manifestadas en la respectiva propuesta y de conformidad con el Pliego de condiciones. Cumplido el objeto de la reunión, la misma es levantada por la Presidencia, siendo las 11:15 horas del día arriba señalado, firmando la presente acta los componentes de la Mesa, de que certifico.” Habiéndose presentado por la empresa propuesta por la mesa de contratación CANTERAS DE ALMARGEN S.L., con CIF B-29667771, representada por D. Juan Antonio Rueda Pérez, con DNI nº 28.749.969-S, mediante escrito de fecha 28/07/17, con registro de entrada electrónico nº 056/RT/E/2017/2748, la documentación legalmente exigida y constituida la garantía definitiva, mediante carta de pago con número de operación 32017001006, por la cuantía a favor del Ayuntamiento en concepto de garantía definitiva por importe de MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO (1.393,72 €), correspondiente al 5 % del precio de adjudicación. Es por ello que por la presente HE RESUELTO: 1.- Adjudicar el contrato para la ejecución de las obras incluidas en el Proyecto de Asfaltado de varias calles de Puente Genil, a la empresa CANTERAS DE ALMARGEN S.L., con CIF B-29667771, representada por D. Juan Antonio Rueda Pérez, con DNI nº 28.749.969-S, por el precio de VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS DE EURO (27.874,39 €), IVA excluido, ascendiendo este a CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO (5.853,62 €) de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas, Proyecto, en los términos de la oferta presentada y de conformidad con los demás documentos contractuales.
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El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo máximo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
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2.- Nombrar responsable del Contrato al Arquitecto Municipal, D. José Delgado Cuenca. 3.- Notifíquese al adjudicatario, al resto de licitadores y al designado como Responsable del Contrato. 4.- Notifíquese a los servicios económicos de Ayuntamiento. 5.- Comunicar los datos básicos del contrato adjudicado al Registro de contratos del Sector Público, conforme a lo dispuesto en el art. 333.3 del TRLCSP. 6.- Publicar en el Perfil del Contratante. Puente Genil El Alcalde (Firmado electrónicamente)
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