declaración jurada anual del ejercicio presupuestal 2017

26 dic. 2016 - cha, distrito y Provincia de Chota, interpues- ... el Sauce, Distrito de Huasmín, Provincia de. Celendín y ... CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO.
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Miércoles, 14 de Diciembre del 2016

DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2017

Presentación periódica será del 02 al 31 de enero del 2017

L

a presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas, de los magistrados del Poder Judicial, de oportunidad anual, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2017, será del 02 al 31 de enero, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Jefatura N° 280-2016-J-OCMA/ PJ, del 01 de diciembre de 2016; en concordancia con la Ley 30161, y su Reglamento, apro-

bado mediante D.S. N° 80-2001-PCM, y Ley N° 29777, Ley de la Carrera Judicial. El cumplimiento de esta obligación deberá realizarse a través de la página www.pj.gob.pe sección Ocma con el usuario y clave de acceso personal, asignada por los Integrantes del Equipo de Asesoramiento en el Uso del Sistema de Declaraciones Juradas, existentes en cada Corte Superior de Justicia, quienes además han sido capacitados para absolver consultas relacionadas a la

normativa vigente de la Ley. Concluido con el registro virtual, y sin observaciones pendientes de subsanar, la Declaración Jurada respectiva, deberá ser impresa en sus dos formatos y remitido a la Mesa de Partes de la Ocma, debidamente suscritos con lapicero de color azul y con un Oficio dirigido a la Jefa de la Ocma. Podrán efectuar también sus consultas a través de los anexos 11569, 11399 y 11179 de la Oficina de Declaraciones Juradas;

Lima, 13 de diciembre - 2016

y para la asignación de Claves a los anexos 11198 y 11469 de la Unidad de Sistemas de la Ocma. En ese sentido, la Jefatura de la Ocma, exhorta a los magistrados del Poder Judicial a tomar las previsiones correspondientes a fin de cumplir con su obligación dentro del término establecido por Ley. En Cajamarca, cualquier consulta sobre el uso del Sistema de Declaraciones Juradas, deberán coordinar con la trabajadora de ODECMA, Roxana Uriarte Reyes.

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

2.

EDICTOS CLASIFICADOS

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 2016-143-C Juzgado Especializado Civil Permanente de la Provincia de Chota. En solicitud de MARCIAL LOPEZ VÁSQUEZ; RESOLUCION NÚMERO DOS.Chota, diecisiete de noviembre del año dos mil dieciséis; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del Proceso Abreviado la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del Predio rústico denominado “El Triángulo” ubicado en el Caserío Cabracancha, distrito y Provincia de Chota, interpuesta por MARCIAL LOPEZ VÁSQLTEZ contra PERSONA INCIERTA, en consecuencia: CORRASE TRASLADO de la demanda a la parte demandada por el plazo de DIEZ DIAS para que conteste la misma para lo cual se deberá NOTIFICAR mediante EDICTOS para que se apersone al proceso dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrase curador procesal en caso de incumplimiento. (...) PUBLIQUESE un extracto de la demanda mediante edictos en el Diario “La República” por tres veces con intervalo de tres días. PONGASE a conocimiento del proceso a los colindantes señalados en la demanda a quien se les notificará con la demanda y anexos en sus domicilios. RECHAZAR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA del Predio rústico denominado “Mote Mote” ubicado en el Caserío Cabracancha, distrito y Provincia de Chota, interpuesta por MARCIAL LOPEZ VÁSQUEZ contra PERSONA INCIERTA, en consecuencia; ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE los autos en este extremo (...) Chota, 17 de noviembre del 2016. JAIME MARCELO CARRASCO TAPIA JUEZ Juzgado Civil Permanente CHOTA Abg. DELMER ANTONIO JONDEC MEJIA - SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL-CHOTA P.5652545 F.P.01-07-14 Diciembre S/.10.50 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2016-069-C, en el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por HILDA VIOLETA AGUSTI VIUDA DE BRITO contra PERSONA INDETERMINADA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO; que RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por doña HILDA VIOLETA AGUSTI VIUDA DE BRITO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, de los predios rústicos denominados “Los Cedros”, de 11.2634, 12.0717, 3.5102 y 0.2317 hectáreas, ubicados en el Caserío el Sauce, Distrito de Huasmín, Provincia de Celendín y Departamento de Cajamarca, como pretensión principal; y como pretensión accesoria, se ordene la inscripción de los mismos en los Registros Públicos de Cajamarca, a favor de la recurrente; contra PERSONA INDETERMINADA; en la vía del proceso ABREVIADO; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica; AGRÉGUESE a los autos los anexos presentados; ORDENO la NOTIFICACIÓN de la persona indeterminada, mediante EDICTOS los mismos que se publicarán por TRES DÍAS HÁBILES consecutivos en el diario oficial “El Peruano” y diario judicial “La República”, a fin que en el plazo de CUARENTA Y CINCO DÍAS del día siguiente de realizada la última publicación las personas que crean tener derechos sobre el predio materia de prescripción se apersonen al proceso y contradigan la demanda, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, en caso de incumplimiento. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretaria Judicial.- Ana Silvia Espinoza Idrogo. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR

Miércoles, 14 de Diciembre del 2016 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DEJ USTICIA CAJAMARCA ANA SILVIA ESPINOZA IDROGO SECRETARIA JUDICIAL-CIVIL JUZGADO MIXTO CELENDIN P.5677529 F.P.14-15-16 Diciembre S/.7.20 EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 388-2016-0-0601 -JR-CI-02, ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo de la Señora Juez Dra. - Claudia Cabanillas Quevedo y Secretaria Judicial; se está tramitando la demanda postulada por CASTOPE ESTACIO CRUZ y otra sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio de bien inmueble rustico contra persona incierta.- En tal sentido se ha dispuesto mediante resolución número uno de fecha 15-06-2016 : ADMITIR A TRAMITE la demanda de prescripción adquisitiva de dominio de bien inmueble rustico; interpuesta por CASTOPE ESTACIO CRUZ y MICHA DE CASTOPE MARIA LUISA contra PERSONA INCIERTA, en la vía de proceso abreviado, respecto del siguiente bien Rústico: “LA ACEQUIA”, con una área 0.4016 hectáreas, perímetro 255.82 metros, con los siguientes colindantes: Norte, con el predio del recurrente CRUZ CASTOPE ESTACIO, con una longitud de 81.08 metros por el Sur, con el predio del recurrente CRUZ CASTOPE ESTACIO, con una longitud de 68.86 metros; Este, con un camino de herradura con una longitud de 51.40 metros; Oeste, con el predio del recurrente CRUZ CASTOPE ESTACIO, con una longitud de 54.48.metros, inmueble ubicado en el Sector Huaytorco, Distrito de la Encañada Provincia y Departamento de Cajamarca.-PUBLIQUESE en el diario oficial “La República” en la forma prevista en los artículos 167° y 168° de la norma procesal; vía edictos un extracto de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma antes prevista, y por radio difusión por cinco día consecutivos. Cajamarca, 20 de junio de 2016 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL- CAJAMARCA YOLANDA FERNANDEZ AQUINO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.5677529 F.P.14-20-26 Diciembre S/.7.80 EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 103-2016-0-0601 -JRCI-02, ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo de la Señora Juez Dra. - Claudia Cabanillas Quevedo y Secretaria Judicial; se está tramitando la demanda postulada por MARIA VICTORIA CHACHA MARCELO sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio de bien inmueble rustico, contra PERSONA INCIERTA.- En tal sentido se ha dispuesto mediante resolución número dos de fecha 08-03-2016 : INTEGRAR la resolución número cuatro, de fecha dos de setiembre del dos mil dieciséis, que obra en el folio sesenta y cuatro, en la parte resolutiva, debiendo quedar de la siguiente manera: “A.- ADMITIR a trámite la presente demanda postulada por la señora MARÍA VICTORIA CHACHA MARCELO contra persona (s) incierta (s) sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, en la vía del proceso ABREVIADO; B-TÉNGASE por ofrecido los medios probatorios que se indican; agréguese a los autos los anexos que se adjunta; C) EMPLACESE a todos los habilitados para contradecir la demanda mediante EDICTOS que serán publicados en el diario local “La República”, por tres días hábiles, a fin de que en el plazo de TREINTA DÍAS posteriores a la última publicación se apersonen al proceso y contesten la demanda incoada, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de no hacerloen la vía de proceso abreviado, respecto del siguiente bien ubicado en EL SECTOR RINCONADA DE OTUZCO, con una área 0.4244 hectáreas, perímetro 445.89 metros, con los siguientes colindantes; Norte, con el terreno de ENRIQUE RUDAS CHEGNE con una longitud de 55.72 metros y con la carretera APALIN con una longitud 17.46 metros; Este, con

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una acequia de regadío con una longitud de 151.34 metros, Oeste, con la propiedad de Instituto Nacional de la Cultura ( ventanillas de otuzco ) con una longitud de 212.34 metros; Sur, con la propiedad de Instituto Nacional de la Cultura ( ventanillas de otuzco con una longitud de 8.54 que se encuentran ubicados en el sector La Rinconada de Otuzco distrito de baños del inca provincia, departamento de Cajamarca - PUBLIQUESE en el diario oficial “La República” en la forma prevista en los artículos 167° y 168° de la norma procesal; vía edictos un extracto de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma antes prevista. CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL-CAJAMARCA YOLANDA FERNANDEZ AQUINO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.5677529 F.P.14-20-26 Diciembre S/.12.00 EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 157-2016-0-0601-JRCI-02, ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo de la Señora Juez Dra. - Claudia Cabanillas Quevedo y Secretaria Judicial; se está tramitando la demanda postulada por HIRENIA AQUINO DE ORTIZ sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio de bien inmueble rustico contra FRANCISCO SÁNCHEZ BARDALES, Y TROS.- En tal sentido se ha dispuesto mediante resolución número dos de fecha 29-042016 : ADMITIR A TRAMITE la demanda de prescripción adquisitiva de dominio de bien inmueble rustico; interpuesta por HIRENIA AQUINO DE ORTIZ, contra FRANCISCO SÁNCHEZ BARDALES, Y JUANA HUACHA DE SÁNCHEZ,; MERCEDES HUACHA LULICHAC Y MARÍA AURORA HUACHA SÁNCHEZ; HERMINIO SAUCEDO SÁNCHEZ Y ENCARNACIÓN HUACHA QUITO; HIPOLITO BARDALES SANCHEZ Y MARIA PETRONILA SANCHEZ DE BARDALES; MODESTO HUACCHA QUITO Y AURORA QUISPE ALCÁNTARA SEGUNDO HUACCHA QUITO Y HORMECIDA SÁNCHEZ SAUCEDO; DARÍO SANCHEZ SAUCEDO Y SANTOS FERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ ; Y MARÍA ROSA CARRANZA HUACCHA, en la vía de proceso abreviado, respecto de los siguiente bienes Rústicos : “Quililic”, con una área 0.8640 hectáreas, perímetro 491.85 metros, con los siguientes colindantes: Nor- Este, con el terreno de FRANCISCO ALVAREZ CARDENAS con una longitud de 51.64 metros, Nor- Oeste, con el terreno de PASCUAL QUITO CARRANZA, con una longitud de 119.96 metros, Sur-Oeste, con el camino de herradura Yanamango- la Huaraclla- Jesús, con una longitud de 143.61 metros, Sur- Este, con el camino de herradura Yanamango- La Huaraclla- Jesús con una longitud de 176.64 metros; y “ PILCAY CERCA”, con un Área de 0.7976 hectáreas, con un perímetro 448.82 metros con los siguientes colindantes NorEste, con el terreno de CECILIA ÁLVAREZ CARDENAS con una longitud de 41.21 metros, Nor- Oeste, con el camino de herradura Yanamango- La Huaraclla- Jesús, con una longitud de 178.80 metros, Sur-Oeste, con el camino de herradura Yanamango- la Huaraclla- Jesús, con una longitud de 31.71 metros, Sur-Este, con el señor Felipe Sangay Vilca con una longitud de 197.10 metros. Inmuebles que se encuentran ubicados en el sector Pomabamba del distrito de Jesús provincia de Cajamarca - PUBLIQUESE en el diario oficial “La República” en la forma prevista en los artículos 167° y 168° de la norma procesal; vía edictos un extracto de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma antes prevista. Cajamarca, 20 de junio de 2016 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL-CAJAMARCA YOLANDA FERNANDEZ AQUINO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.5677529 F.P.14-20-26 Diciembre S/.12.30

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE DR.

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PRECIO POR PALABRA: PRECIO S/. 0.01 INC. Lunes, 1 de agosto Miércoles, 14 deagosto Diciembre del 2016 Lunes, Ludel nes,2016 1 de del 2016  POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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nes, 1 de agosto del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ 14 Diciembre del 2016 DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTEMiércoles, Lude

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

PRONUNCIAMIENTO DE APOYO A LA MEDIDA DE FUERZA DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL   Como se conoce, los trabajadores del Poder Judicial vienen acatando una huelga indefinida desde el 22 de noviembre de 2016, en reclamo de sus derechos laborales, como son: i) incremento de la escala remunerativa, ii) aprobación y materialización de la bonificación, de conformidad con lo establecido en la Ley del Presupuesto para el año 2017, iii) nivelación de las remuneraciones de los trabajadores CAS, iv) pago de sentencias de los trabajadores judiciales por conceptos remunerativos devengados, v) incorporación de los trabajadores a plazo indeterminado. Ante esta situación, la Junta de Jueces del Distrito Judicial de Cajamarca en decisión adoptada el día de hoy 13 de diciembre de 2016, ha acordado lo siguiente: -­‐

La lucha en defensa de los derechos laborales cuando tienen como sustento no solo la ley sino también la razón, merecen un pronunciamiento de los entes comprometidos con la buena marcha de la administración de justicia, como de hecho lo es la Junta de Jueces.

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De los temas centrales y que constituyen la agenda de lucha laboral que enfrenta en esta ocasión a los trabajadores del Poder Judicial y su empleadora, se puede advertir que tales constituyen un reclamo justo. A saber, se exige el incremento de remuneraciones con base en lo convenido por las partes en el convenio colectivo del año 2012; se exige la nivelación de las condiciones laborales de los trabajadores CAS con los del régimen general, lo que de igual modo resulta legítimo, en la medida que son trabajadores que cumplen la misma función y un sentido de justicia impone que sean tratados de forma igual; se exige el cumplimiento de derechos reconocidos en sentencias judiciales, que tiene como natural sustento el respeto de la Constitución y la ley.

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En atención a ello la Junta de Jueces de este distrito judicial decide acordar por unanimidad dar su completo y total apoyo a los trabajadores del Poder Judicial, representados por su organización sindical, en su reclamo, por considerarlo justo; invocando, a la vez, al Presidente del Poder Judicial, la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Economía y Finanzas, atiendan sus pedidos y den solución a la paralización de labores, que lleva ya veintiún días. Cajamarca, 13 de diciembre de 2016