SHOA PUB. 3500
DICIEMBRE DE 2014 Avisos 188 al 200
BOLETÍN DE NOTICIAS A LOS NAVEGANTES Nº 12 Publicación mensual del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile
SECCIONES: I
Correcciones que afectan a las cartas y publicaciones del SHOA .............................. Pág. 3
II
Lista de avisos temporarios vigentes correspondientes a la costa de Chile ............... Pág. 9
II-A Lista de avisos especiales vigentes correspondientes a la costa de Chile................... Pág. 15 II-B Lista de avisos de marea roja vigentes correspondientes a la costa de Chile ............. Pág. 18 III
Índice numérico de cartas náuticas de papel, cartas náuticas electrónicas y publicaciones afectadas por los Boletines de Noticias a los Navegantes ................... Pág. 21
IMPORTANTE Se solicita a los Comandantes de Unidades, Capitanes de Alta Mar de naves de la Marina Mercante, Capitanes de naves de la Marina de Pesca, Capitanes de embarcaciones deportivas, Prácticos de Canales y Puerto y Autoridades Marítimas, que comuniquen por la vía más rápida, directamente al Servicio Hidrográfi co y Oceanográfi co de la Armada de Chile (SHOA), toda información que afecte a la navegación en las costas y canales australes; como por ejemplo, denuncios de rocas o bajos fondos, derrelictos, obstrucciones, faros y boyas apagados, boyas fuera de su sitio, errores u omisiones en cartas y publicaciones o cualquier otra novedad que constituya un peligro a la navegación. Para lo anterior, el SHOA cuenta con un formulario adjunto a este Boletín y un formulario electrónico, al cual se accede a través de www.shoa.mil.cl (Formulario de Novedades Hidrográfi cas y Experiencias de Navegación), para que las informaciones que afecten a la navegación lleguen en forma oportuna a las autoridades correspondientes. Asimismo, toda información que afecte a la señalización marítima debe comunicarse, además, a la Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas, dependiente de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, a través de las Gobernaciones Marítimas, Capitanías de Puerto o Alcaldías de Mar. Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile
Errázuriz 254•Playa Ancha•Casilla 324•Valparaíso•Chile•Fono: 56-322266666•Fax: 56-322266542•Correo electrónico:
[email protected]•www.shoa.mil.cl
INFORMACIONES GENERALES 1.— Los arrumbamientos son verdaderos y se cuentan de 000° a 360°, a partir del norte y en el sentido del movimiento de las agujas del reloj. Las sondas están referidas al nivel de la mayor bajamar de sicigias, estando la Luna en el perigeo.
La letra (P) o (T), que sucede al número de un aviso, lo identifica como preliminar o temporario, respectivamente. 2.— Los radioavisos náuticos relacionados con luces inauguradas o apagadas, anormalidades en las señales luminosas, radiofaros o boyas ciegas del litoral, como asimismo aquellos denunciando peligros o dando informaciones de interés a la navegación, ocasionales o definitivos, se transmitirán por radio diariamente. No se incluyen, anormalidades en balizas ciegas, luces de muelles, enfilaciones de fondeo y balizamiento fluvial y lacustre.
3.— En los radioavisos náuticos dejará de figurar una información o anormalidad, cuando: a) Haya perdido su vigencia o esté subsanado, procediéndose a la cancelación del aviso, según el caso. b) Atendiendo a su naturaleza, se haya dispuesto su difusión en este Boletín, ya sea como aviso temporario o bien definitivo. 4.— Los avisos temporarios, junto con aparecer en este Boletín, se agregan, con un texto abreviado a la Lista de Avisos Temporarios Vigentes de la Sección II, para su control. 5.— Cuando en la Lista de Avisos Temporarios Vigentes de este Boletín, aparezca al lado de uno de ellos la palabra “CANCELADO”, significará que la anormalidad ha sido solucionada o bien, que la información, ha perdido su vigencia. 6.— Toda información que afecte a las cartas y publicaciones náuticas del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile, y que no constituya peligro a la navegación, deberá comunicarse a este Servicio en forma directa, por la vía que corresponda a la importancia y naturaleza de la información proporcionada, acompañando todos los detalles necesarios para su mejor evaluación. 7.— Cuando se comuniquen denuncios relacionados con señales luminosas o boyas ciegas, junto al nombre de la señal afectada, deberá indicarse el número de orden que le corresponda en la “Lista de Faros”. Todo lo anterior con copia informativa a las respectivas Gobernaciones Marítimas bases. Además, para agilizar la tramitación del denuncio, el Servicio de Señalización Marítima cuenta con un correo electrónico para enviar la información a:
[email protected] 8.— Los sectores de visibilidad de una luz son “para el Navegante”, esto es desde el mar hacia la luz y en el sentido del movimiento de las agujas del reloj. 9.— En toda información hidrográfica para señalar un punto determinado en la carta, por ejemplo la ubicación de un bajo fondo, roca, arrecife, nueva luz, etc., se deberá comunicar su posición por demarcación y distancia, tomando como referencia un punto fijo que se destaque en forma clara y precisa en la carta, además de sus coordenadas geográficas correspondientes y el número de la carta o plano que ha servido para obtener dicha posición. 10.— Los denuncios de sondas incluirán el valor de la sonda obtenida en metros sin corregir, el calado del transductor y la hora y fecha de la observación de la sonda. 11.— En la redacción de los denuncios, se deberá tener presente el Reglamento de Informaciones que afectan a la Navegación e Hidrografía del Litoral, el cual se encuentra en: www.directemar.cl/publicaciones/normativa_marítima/TM-039. 12.— La impresión de pelures provenientes de archivos descargados de Internet, debe ser realizada con la configuración de la impresora en “tamaño real”, desactivando la opción de “encajar o ajustar en página”, que reduce el tamaño original de la imagen. No obstante lo anterior, y dadas las características propias de cada impresora, no se asegura el ajuste de colores y calce preciso sobre la carta. Por lo tanto, se recomienda a los usuarios priorizar la adquisición de este producto a través de los agentes de ventas. 13.— De igual modo, la impresión de páginas de recambio provenientes de archivos descargados de Internet, debe ser realizada con la configuración de la impresora en “tamaño real”, desactivando la opción de “encajar o ajustar en página”, que reduce su tamaño original. Lo anterior, debe aplicarse teniendo en consideración las características propias de cada impresora. 14.— Asimismo, cabe destacar que en las páginas de recambio adjuntas, se señalan con color magenta todos los textos que han sufrido modificación, ya sea por actualización de datos, nuevas informaciones u otras correcciones detectadas. 15.— La leyenda en color magenta que figura en el pie de cada página de recambio, determina el número de cambios que ha afectado a dicha página. Por ejemplo: “Cambio No 3, julio 2012”, significa que por tercera vez la página ha sufrido actualizaciones. Cuando dicha leyenda contiene el texto: “Original”, como por ejemplo: “Original, julio 2012”, significa que se ha generado una nueva página, ya sea por desplazamiento de los textos de la que la antecedió o nuevas informaciones. Esta leyenda también va en color magenta. 16.— A los usuarios de cartas náuticas electrónicas, se les recuerda que toda actualización a CNE aquí informada, se encontrará disponible en el sitio web del SHOA a contar de la primera quincena de la publicación del Boletín en Internet.
El Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile, saluda a todos los usuarios de su cartografía y publicaciones náuticas y les desea buena mar y los mejores vientos para el año 2015.
B O L E T Í N No 12 VALPARAÍSO, DICIEMBRE DE 2014 AVISOS DEL 188 AL 200
S E C C I Ó N I CORRECCIONES QUE AFECTAN A LAS CARTAS Y PUBLICACIONES DEL SERVICIO HIDROGRÁFICO Y OCEANOGRÁFICO DE LA ARMADA DE CHILE 188 - 2014
Bahía Mejillones del Sur. Puerto Mejillones. Actualización de nombre a terminal marítimo.
Carta Náutica de Papel No 1331. En el recuadro “INSTALACIONES”, ubicado al lado izquierdo del título de la carta, punto No 5, reemplazar donde dice: “Terminal Vopak - Oxiquim” por “Terminal Marítimo Oxiquim S.A.”. Carta Náutica Electrónica CL4AN060. Actualizar mediante archivo CL4AN060.005, el que se encontrará disponible a contar de la primera quincena de diciembre de 2014, en el sitio web del SHOA: www.shoa.mil.cl (productos/CNE). Teléfono para consultas: 32-2266624. Pub. No 3001. Reemplazar las páginas II-1-5 y II-1-6, por las que se adjuntan al final de la sección III. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
189 - 2014
: 1331. : CL4AN060. : 3001. : Capitanía de Puerto Mejillones.
Isla Salas y Gómez. Baliza luminosa con nuevo alcance nominal.
Carta Náutica de Papel No 2311. Reemplazar el alcance nominal de “10M” por “11M” de la baliza luminosa Isla Salas y Gómez No 88, ubicada en: Lat. 26° 28’ 14,0” S; Long. 105° 21’ 43,5’’ W. Pub. No 3007. Reemplazar la página 8, por la que se adjunta al final de la sección III. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
: 2311. : No hay. : 3007. : Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas.
—3—
190 - 2014
Punta Caldera. Faro con nuevo alcance nominal.
Cartas Náuticas de Papel No 2000 y 3000. Reemplazar el alcance nominal de “15M” por “14M” del faro Punta Caldera No 78, ubicado en: Carta No 2000. Lat. 27° 02’ 51,4” S; Long. 70° 51’ 04,9’’ W. Carta No 3000. Lat. 27° 02’ 50,5” S; Long. 70° 50’ 48,8’’ W. Carta Náutica Electrónica CL2AT030. Actualizar mediante archivo CL2AT030.015, el que se encontrará disponible a contar de la primera quincena de diciembre de 2014, en el sitio web del SHOA: www.shoa.mil.cl (Productos/CNE).Teléfono para consultas: 32-2266624. Pub. No 3007. Página afectada No 8, reemplazada por Aviso No 189/2014. Cartas Náuticas de Papel afectadas Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
191 - 2014
: 2000 y 3000. : CL2AT030. : 3007. : Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas.
Punta Caldera. Faro con nuevo alcance nominal.
Carta Náutica de Papel No 3111. Reemplazar el alcance nominal de “15M” del faro Punta Caldera No 78, ubicado en: Lat. 27° 03’ 04” S; Long. 70° 51’ 06’’ W., por “14M”. Carta Náutica Electrónica CL5AT005. Actualizar mediante archivo CL5AT005.009, el que se encontrará disponible a contar de la primera quincena de diciembre de 2014, en el sitio web del SHOA: www.shoa.mil.cl (productos/CNE). Teléfono para consultas: 32-2266624. Pub. No 3007. Página afectada No 8, reemplazada por Aviso No 189/2014. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
: 3111. : CL5AT005. : 3007. : Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas.
—4—
192 - 2014
Bahía Maullín. Punta Pangal. Balizas ciegas de enfilación destruidas.
Carta Náutica de Papel No 7211. Eliminar las balizas ciegas de enfilación ubicadas en: 1.- Anterior Lat. 41° 36’ 38,0” S; Long. 73° 39’ 02,5’’ W. 2.- Posterior Al 111° y a 50 metros de la baliza Anterior. Pub. No 3001. Reemplazar la página VI-4-27, por la que se adjunta al final de la sección III. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
193 - 2014
: 7211. : No hay. : 3001. : Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas.
Bahía Anna Pink. Bajo Wichmann. Boya luminosa fondeada en nueva posición.
Carta Náutica de Papel No 8720. 1.- Eliminar el símbolo de boya luminosa Bajo Wichmann No 635-B, con marca de tope y pantalla reflectora de radar, ubicado en: Lat. 45° 47’ 39,5” S; Long. 74° 41’ 00’’ W. 2.- Insertar el símbolo de boya (Q-3) con señal de luz (P-1) columna 5, pantalla reflectora de radar (S-4) y marca de tope (Q-9), señal lateral de estribor en: Lat. 45° 47’ 35,4” S; Long. 74° 40’ 59,4’’ W.
Símbolo a insertar:
Nota: Carta No 8800, no es afectada por razones de escala. Carta Náutica Electrónica CL4AI110. Bahía Anna Pink. Actualizar mediante archivo CL4AI110.002, el que se encontrará disponible a contar de la primera quincena de diciembre de 2014, en el sitio web del SHOA: www.shoa.mil.cl (productos/CNE). Teléfono para consultas: 32-2266624. Pub. No 3007. 1.- Reemplazar las páginas 55 y 56, por las que se adjuntan al final de la sección III. 2.- En página 56, mantener Aviso Temporario No 135T/2014. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
: 8720. : CL4AI110. : 3007. : Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas.
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194 - 2014
Canal Fallos. Islotes Campino. Faro con nuevo alcance nominal.
Carta Náutica de Papel No 9600. Reemplazar el símbolo de luz principal (P-1) columna 5, del faro Islotes Campino No 675, ubicado en: Lat. 47° 57’ 17” S; Long. 75° 15’ 48’’ W, por el símbolo de faro (P-1) columna 2 izquierdo y reemplazar su alcance nominal de “14M” por “10M”.
Símbolo actualizado:
D10s15m10M
Pub. No 3007. Página afectada No 56, reemplazada por Aviso No 193/2014. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
195 - 2014
: 9600. : No hay. : 3007. : Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas.
Canal Ballenero. Islote Entrada. Baliza luminosa con nuevo alcance nominal.
Cartas Náuticas de Papel No 12400 y 12600. Reemplazar el alcance nominal de “7M” de la baliza luminosa Islote Entrada No 1011, ubicada en: Lat. 54° 41’ 42” S; Long. 71° 26’ 48’’ W, por “11M”. Pub. No 3007. Reemplazar la página 87, por la que se adjunta al final de la sección III. Cartas Náuticas de Papel afectadas Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
196 - 2014
: 12400 y 12600. : No hay. : 3007. : Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas.
Canal Ballenero. Islote Entrada. Baliza luminosa con nuevo alcance nominal.
Carta Náutica de Papel No 12711. Reemplazar el alcance nominal de “7M” de la baliza luminosa Islote Entrada No 1011, ubicada en: Lat. 54° 41’ 42” S; Long. 71° 28’ 01’’ W, por “11M”. Pub. No 3007. Página afectada No 87, reemplazada por Aviso No 195/2014. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
: 12711. : No hay. : 3007. : Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas.
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197 - 2014
Paso Picton. Isla Picton. Reconstrucción de Baliza ciega.
Carta Náutica de Papel No 13300. 1.- Baliza ciega Islote Bustos, reconstruida en: Lat. 55° 02’ 20” S; Long. 67° 01’ 45’’ W. 2.- Eliminar Aviso temporario 142T/2014. Pub. No 3005. En página XIII-5-3, columna izquierda, línea 17, donde dice: Baliza ciega Islote Bustos.- Eliminar Aviso temporario No 142T/2014. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
198 - 2014
: 13300. : No hay. : 3005. : Gobernación Marítima de Puerto Williams.
Actualización de sigla MRCC, correspondiente a “Centros Regionales de Búsqueda y Salvamento Marítimo Chile”.
Pubs. No 3001, 3002, 3003, 3004, 3005 y 3006. Reemplazar la página C-3, por la que se adjunta al final de la sección III. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicaciones afectadas Fuente
199 - 2014
: No hay. : No hay. : 3001, 3002, 3003, 3004, 3005 y 3006. : Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas.
Actualización de terminales marítimos en publicación náutica.
Pub. No 3001. Reemplazar las siguientes páginas, por las que se adjuntan al final de la sección III. 1.- Terminal Marítimo Graneles Norte en Bahía Mejillones del Sur. Página II-1-11. 2.- Muelle Mecanizado Guacolda en Puerto de Huasco. Página III-2-4. 3.- Terminales marítimos inhabilitados en Puerto San Vicente. Páginas VI-1-25 y VI-1-26. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
: No hay. : No hay. : 3001. : Capitanías de Puerto Mejillones y San Vicente.
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200 - 2014
Actualización de Radioestaciones Marítimas en publicación náutica.
Pub. No 3008. Reemplazar la página Cap. V-49, por la que se adjunta al final de la sección III. Carta Náutica de Papel afectada Carta Náutica Electrónica afectada Publicación afectada Fuente
: No hay. : No hay. : 3008. : Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.
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SECCIÓN II LISTA DE AVISOS TEMPORARIOS VIGENTES, CORRESPONDIENTE A LA COSTA DE CHILE, ACTUALIZADA AL 1 DE DICIEMBRE DE 2014.
AÑO 2014 Aviso Temporario No 186T/2014. PATRULLA ANTÁRTICA NAVAL COMBINADA esde el 15 de noviembre de 2014 hasta el 15 de marzo de 2015, se establece la Patrulla Antártica D Naval Combinada (PANC), Chileno-Argentina, correspondiente al verano austral 2014/2015, en la zona comprendida entre los meridianos 10° W y 131° W, al sur del paralelo 60° S. a Patrulla Antártica Naval Combinada tiene como finalidad efectuar tareas de búsqueda, rescate y salL vamento marítimo, combate y control de la contaminación, para otorgar seguridad a la navegación, a la vida humana en el mar y contribuir a mantener las aguas libres de contaminación. n caso de ser requerido algún servicio de la PANC, contactarse con los Buques de Patrulla, MRCC E ‘‘Punta Arenas’’ o MRSC ‘‘Puerto Williams’’, MRCC ‘‘Ushuaia’’, por los siguientes medios: Buque Patrulla HF 2.182,0 kHz - VHF Canal 16. MRCC ‘‘Punta Arenas’’ Te/fax Fax E-mail
: + 56-61-2201161 / 2201140 / 2201142. : + 56-61-2201196. :
[email protected]
MRSC ‘‘Puerto Williams’’ Te/fax : + 56-61-2621090. E-mail :
[email protected] [email protected] MRCC ‘‘Ushuaia’’ Te/fax : + 54-2901 - 431098. E-mail :
[email protected] [email protected] [email protected] HF : 500 kHz - 2.182,0 kHz - 4.660,0 kHz. VHF : Canal 16.
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SISTEMA MUNDIAL DE SOCORRO Y SEGURIDAD MARÍTIMA (SMSSM) Banda
Llamada Selectiva Digital
Radiotelefonía
VHF
Canal 70
Canal 16
MF
2.187,5 kHz.
2.182,0 kHz.
HF4
4.207,5 kHz.
4.125,0 kHz.
HF8
8.414,5 kHz.
8.291,0 kHz.
Aviso Temporario No 173T/2014. Cartas Náuticas de Papel No 9921 y 9900. Insertar con lápiz grafito, la leyenda “Dest.” (Aviso No 173T, Boletín de noviembre 2014), a baliza ciega, ubicada en: Lat. 49° 19’ 37” S; Long. 75° 27’ 23’’ W. Pub. No 3003. En la página IX-2-49, columna izquierda, línea 17, Baliza ciega Cabo Boguslawski.-, insertar con lápiz grafito, la leyenda “Dest.” (Aviso No 173T, Boletín de noviembre 2014).
Aviso Temporario No 156T/2014. Pub. No 3008. 1.- En página Cap.VI-53 y VI-54, en Radioestación No 023-4, BAHÍA FÉLIX RADIO CBX, donde dice: “1.1.- Frecuencia de escucha: 2.187,5 kHz”, insertar con lápiz grafito: “Temporalmente fuera de servicio” (Aviso No 156T, Boletín de septiembre 2014). 2.- En página Cap.VI-54, en Radioestación No 023-5, ISLAS DIEGO RAMÍREZ CBM-30, donde dice: “3.- Frecuencia de escucha: 156,525 MHz. (C-70)”, insertar con lápiz grafito: “Temporalmente fuera de servicio” (Aviso No 156T, Boletín de septiembre 2014).
Aviso Temporario No 145T/2014. Cartas Náuticas de Papel No 15000, 15300 y 15400. 1.- Eliminar Aviso Temporario 109T/2012. 2.- Insertar con lápiz grafito la leyenda “Dest.”, a baliza luminosa Cabo Renard, ubicada en: Lat. 65° 01’ 12” S; Long. 63° 45’ 42’’ W. Pub. No 3007. En página 102, en columna 2, bajo la baliza luminosa Cabo Renard, insertar con lápiz grafito la leyenda “Dest.” (Aviso No 145T, Boletín de septiembre 2014).
Aviso Temporario No 144T/2014. Carta Náutica de Papel No 14000. Insertar con lápiz grafito la leyenda “Inoperativo.”, bajo la leyenda Racon (M), correspondiente a la baliza ciega Ite. Barrios, ubicada en: Lat. 63° 19’ 00” S; Long. 57° 55’ 36’’ W.
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Cartas Náuticas de Papel No 14400 y 14511. Insertar con lápiz grafito la leyenda “Inoperativo.”, bajo la leyenda “Racon (M)”, correspondiente a la baliza ciega Ite. Barrios, ubicada en: Lat. 63° 19’ 30” S; Long. 57° 57’ 01’’ W. Pub. No 3006. En la página 58, columna izquierda, línea 12, “Baliza ciega Islote Barrios”, insertar con lápiz grafito la leyenda “Racon Inoperativo” (Aviso No 144T, Boletín de septiembre 2014). Pub. No 3008. En página Cap.VII-9, a continuación de ISLOTE BARRIOS, insertar con lápiz grafito “Inoperativo” (Aviso No 144T, Boletín de septiembre 2014).
Aviso Temporario No 143T/2014. Cartas Náuticas de Papel No 14000 y 14400. Insertar con lápiz grafito la leyenda “Inoperativo.”, bajo la leyenda “Racon (M)”, correspondiente a la baliza ciega Islote Montravel, ubicada en: Carta No 14000. Lat. 63° 07’ 54” S; Long. 58° 02’ 30’’ W. Carta No 14400. Lat. 63° 08’ 36” S; Long. 58° 02’ 24’’ W. Pub. No 3006. En la página 57, columna derecha, línea 32, “Baliza ciega Islote Montravel.-”, insertar con lápiz grafito, la leyenda “Racon Inoperativo” (Aviso No 143T, Boletín de septiembre 2014). Pub. No 3008. En página Cap.VII-9, a continuación de “ISLOTE MONTRAVEL”, insertar con lápiz grafito “Inoperativo” (Aviso No 143T, Boletín de septiembre 2014).
Aviso Temporario No 142T/2014. Carta Náutica de Papel No 13300. Insertar con lápiz grafito la leyenda “Dest.” a baliza ciega, ubicada en: Lat. 55° 02’ 20” S; Long. 67° 01’ 45’’ W. Pub. No 3005. En página XIII-5-3, columna izquierda, línea 17, donde dice: “Baliza ciega Islote Bustos.-”, insertar con lápiz grafito “Dest.” (Aviso No 142T, Boletín de septiembre 2014).
Aviso Temporario No 137T/2014. Carta Náutica de Papel No 10200. Insertar bajo fondo denunciado de 11,5 metros rodeado por veril particular en: Lat. 49° 54’ 53,02” S; Long. 75° 24’ 12,92’’ W.
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Aviso Temporario No 136T/2014. Cartas Náuticas de Papel No 10000, 10200 y 10212. Insertar con lápiz grafito la leyenda “Inoperativo.”, bajo la leyenda “AIS-AtoN” correspondiente a: Carta No 10000. Faro Cabo Tudor: Lat. 50° 00’ 50,0” S; Long. 75° 22’ 30,0’’ W.
Carta No 10200. 1.- Faro Cabo Tudor: Lat. 50° 00’ 01,0” S; Long. 75° 22’ 01,0’’ W. 2.- Bajo Canal Trinidad: Lat. 49° 57’ 12,8” S; Long. 75° 29’ 46,7’’ W. Carta No 10212. Faro Cabo Tudor:
Lat. 49° 59’ 27,0” S; Long. 75° 22’ 24,0’’ W.
Pub. No 3003. En la página X-1-3, columna izquierda, línea 43, “Baliza luminosa Punta Tudor”, insertar con lápiz grafito, la leyenda “AIS-AtoN Inoperativo” (Aviso No 136T, Boletín de septiembre 2014). Pub. No 3007. En página 63, Faro Tudor, columna 8, a continuación de la palabra “AIS-AtoN”, insertar con lápiz grafito “Inoperativo” (Aviso No 136T, Boletín de septiembre 2014). Pub. No 3008. En página Cap.VIII-4, a continuación de la Señal “AIS-AtoN Cabo Tudor” y “Bajo Canal Trinidad”, insertar con lápiz grafito “Inoperativo” (Aviso No 136T, Boletín de septiembre 2014).
Aviso Temporario No 135T/2014. Cartas Náuticas de Papel No 9000 y 9600. Insertar con lápiz grafito, la leyenda “Inoperativo”, bajo la leyenda “Racon (T)” correspondiente a la baliza luminosa Ites. Campino, ubicada en: Lat. 47° 57’ 17” S; Long. 75° 15’ 48’’ W. Pub. No 3003. En la página IX-1-8, columna derecha, línea 13, “Baliza luminosa Islotes Campino.-”, insertar con lápiz grafito, la leyenda “Racon Inoperativo.” (Aviso No 135T, Boletín de septiembre 2014). Pub. No 3007. En página 56, ISLOTES CAMPINO, columna 8, a continuación de la palabra “Racon”, insertar con lápiz grafito “Inoperativo” (Aviso No 135T, Boletín de septiembre 2014). Pub. No 3008. En página Cap.VII-4, a continuación de “ISLOTES CAMPINO”, insertar con lápiz grafito “Inoperativo” (Aviso No 135T, Boletín de septiembre 2014).
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Aviso Temporario No 134T/2014. Cartas Náuticas de Papel No 7300, 7370 y 7390. Insertar con lápiz grafito, la leyenda “Dest.”, a baliza ciega ubicada en: Lat. 42° 26’ 49,9” S; Long. 73° 25’ 22,7’’ W. Pub. No 3002. En la página VII-2-25, columna izquierda, línea 34, “Baliza ciega Isla Chequetén”, insertar con lápiz grafito, la leyenda “Dest.” (Aviso No 134T, Boletín de septiembre 2014). Aviso Temporario No 131T/2014. Carta Náutica de Papel No 5410. Insertar con lápiz grafito la leyenda “Retirada temporalmente”, al símbolo Boya Luminosa, ubicado en: Lat. 33° 41’ 26,3’’ S; Long. 78° 56’ 28,7’’ W. Pub. No 3001. En la página V-2-10, columna izquierda, línea 25, “Boya luminosa Loreto”, insertar con lápiz grafito “Retirada temporalmente” (Aviso No 131T, Boletín de septiembre 2014). Pub. No 3007. En la página 21, columna 2, bajo la Boya “LORETO”, insertar con lápiz grafito “Retirada temporalmente” (Aviso No 131T, Boletín de septiembre 2014).
Aviso Temporario No 128T/2014. Carta Náutica de Papel No 5112. Insertar con lápiz grafito la leyenda “Dest.” (Estructura principal), a boya undivagomotriz, ubicada en: Lat. 33° 10’ 58” S; Long. 71° 41’ 51’’ W. Pub. No 3007. En la página 19, Columna 2, Bajo el texto “BOYA ODAS UNDIVAGOMOTRIZ”, insertar con lápiz grafito, la leyenda “Dest.” (Estructura principal). (Aviso No 128T, Boletín de septiembre 2014).
Aviso Temporario No 127T/2014. Cartas Náuticas de Papel No 3000, 4000, 4100, 4111 y 4200. Insertar con lápiz grafito, la leyenda “SN inoperativa”, al símbolo Faro Punta Tortuga, ubicado en: Lat. 29° 56’ 01,1’’ S; Long. 71° 20’ 32,0’’ W. Pub. No 3001. En la página IV-1-6, columna izquierda, línea 41, “Faro Punta Tortuga”, insertar con lápiz grafito “Señal de niebla inoperativa” (Aviso No 127T, Boletín de septiembre 2014). Pub. No 3007. En la página 11, columna 4, “Faro Punta Tortuga”, insertar con lápiz grafito “SN inoperativa” (Aviso No 127T, Boletín de septiembre 2014).
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Aviso Temporario No 29T/2014. Carta Náutica de Papel No 11421. Eliminar con lápiz grafito el símbolo de “Pilote luminoso” y característica, ubicados en: 1.- Lat. 53° 18’ 32,2” S; Long. 70° 26’ 18,0” W. Banco Requisito Sur No 895-3. 2.- Lat. 53° 18’ 37” S; Long. 70° 26’ 27,2” W. Punta Sara No 895-4. Lo anterior, por trabajos de dragado en canalizo de acceso a bahías Chilota y Porvenir.
AÑO 2013 Aviso Temporario No 98T/2013. Carta Náutica de Papel No 6231 (Plano Caleta Queule). Insertar con lápiz grafito la leyenda “Destruida”, a la baliza luminosa La Barra No 291-A G-1748-5, ubicada en: Lat. 39° 23’ 07’’ S; Long. 73° 13’ 12’’ W.
Aviso Temporario No 96T/2013. Cartas Náuticas de Papel No 6000 y 7000. Según Carta No 1, insertar con lápiz grafito, los siguientes símbolos: “Boya ODAS” (Q-58), con señal de luz (P-1), columna 4 y característica: “GrDA(5)10s1M”, en: Lat. 39° 58’ 41,4” S; Long. 73° 50’ 24,7” W.
AÑO 2012 Aviso Temporario No 108T/2012. Cartas Náuticas de Papel No 15000, 15300, 15341 (Plano Bahía Paraíso) y 15400. Insertar la leyenda “Destruida” (lápiz grafito) a la baliza ciega, ubicada en: Lat. 64° 52’ 10’’ S; Long. 62° 50’ 18’’ W. NOTA: Considerando que esta información no se encuentra incluida en los radioavisos náuticos del NAVAREA XV, es indispensable para la seguridad de la navegación, mantener esta Lista de Avisos Temporarios en un lugar visible del Puente de Mando o Sala de Cartas.
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SECCIÓN II-A LISTA DE AVISOS ESPECIALES VIGENTES, CORRESPONDIENTE A LA COSTA DE CHILE ACTUALIZADA AL 1 DE DICIEMBRE DE 2014. (INFORMADOS PREVIAMENTE POR NURNAV, NAVTEX Y SAFETYNET) Avisos comunes para todas las áreas Navarea XV
Año 2014, mayo:
Se informa a los usuarios de Cartografía Náutica Electrónica, que las celdas que se indican pueden presentar diferencias entre la posición de la carta y la del GPS, debido a que la cartografía base utilizada en la confección de la carta náutica electrónica, fue convertida desde su sistema de referencia de origen, al sistema WGS-84 (posición GPS), mediante parámetros de transformación. CNP
NOMBRE
DÁTUM
CNE
1000
RADA DE ARICA A BAHÍA MEJILLONES DEL SUR.
SAD-69
CL2TR010
1111
RADA Y PUERTO DE ARICA.
WGS-84 RECTIFICADA
CL4TR010
1211
BAHÍA IQUIQUE.
1311
PUERTO TOCOPILLA.
2000
BAHÍA MEJILLONES DEL SUR A PUERTO CALDERA.
2111
RADA DE ANTOFAGASTA.
3000
PUERTO CALDERA A BAHÍA COQUIMBO.
4000
SAD-69
CL5TR005
PSAD-56
CL5AN005
SAD-69
CL2AN020
PSAD-56
CL5AN015
SAD-69
CL2AT030
BAHÍA COQUIMBO A BAHÍA VALPARAÍSO.
SAD-69
CL2CO040
4111
BAHÍA COQUIMBO Y HERRADURA DE GUAYACÁN.
SAD-69
CL5CO005
4113
BAHÍA TONGOY.
SAD-69
CL4CO010
4322
BAHÍA CONCÓN Y CLUB DE YATES DE VIÑA DEL MAR.
SAD-69
CL5VA010 y CL6VA010
5000
BAHÍA VALPARAÍSO A GOLFO DE ARAUCO.
SAD-69
CL2VA050
6000
GOLFO DE ARAUCO A BAHÍA CORRAL.
SAD-69
CL2BB060
6121
BAHÍAS CORONEL Y LOTA.
SAD-69
CL5BB025
6241
BAHÍA Y PUERTO CORRAL.
PSAD-56
CL5LL005
7000
BAHÍA CORRAL A ISLA GUAFO.
SAD-69
CL2LL070
7212
BAHÍA ANCUD.
SAD-69
CL4LL020
8000
ISLA GUAFO A GOLFO DE PENAS.
SAD-69
CL2AI080
9000
GOLFO DE PENAS A GOLFO TRINIDAD.
SAD-69
CL2AI090
10000
CANAL TRINIDAD A ESTRECHO DE MAGALLANES.
SAD-69
CL2MA100
— 15 —
CNP
NOMBRE
DÁTUM
CNE
11000
ISLOTES EVANGELISTAS A PUNTA DUNGENESS.
SAD-69
CL2MA110
11100
ISLOTES EVANGELISTAS A PASO DEL MAR.
SAD-69
CL3MA510 y CL3MA520
11200
PASO DEL MAR A ISLA CARLOS III.
SAD-69
CL3MA530 y CL3MA540
11230
CANAL JERÓNIMO.
SAD-69
CL3MA600
11300
CABO FROWARD A PASO TORTUOSO.
SAD-69
CL3MA550 y CL3MA560
11400
PUNTA ARENAS A CABO FROWARD.
SAD-69
CL3MA570
11500
BAHÍA GENTE GRANDE A PRIMERA ANGOSTURA.
SAD-69
CL3MA580
11600
PRIMERA ANGOSTURA A DUNGENESS.
SAD-69
CL3MA590
PUNTA
Año 2013, junio: Falsificación de Cartas y Publicaciones Náuticas.
La Organización Hidrográfica Internacional (OHI) da a conocer a la comunidad marítima lo siguiente: 1.- Se ha detectado la circulación de cartas y publicaciones náuticas falsificadas. En este caso, las falsificaciones corresponden a productos publicados por el Servicio Hidrográfico del Reino Unido (UKHO). 2.- Se advierte a los distribuidores de cartas y publicaciones náuticas que la falsificación podría afectar a los productos de otros Servicios Hidrográficos, miembros de la OHI. 3.- Cabe señalar que los productos copiados ilegalmente contravienen todas las normas relativas para dar seguridad a la vida en el mar, así como los derechos de autor asociados. 4.- Se solicita a los navegantes y usuarios, verificar la autenticidad de sus cartas y publicaciones náuticas, y ante cualquier sospecha de estar frente a productos falsificados, contactarse directamente con el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada,
[email protected].
Año
2012, marzo: Anomalías en la presentación de algunos ECDIS. Se informa a los navegantes que el conjunto de datos de comprobación de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI), muestra que algunos sistemas ECDIS no representan algunos elementos submarinos importantes en el modo de presentación estándar.
Se recomienda el uso de este conjunto de datos de verificación, distribuido por los proveedores de servicio y disponible para comprobar el funcionamiento del ECDIS; en el sitio web de la OHI: http://www.jrc.co.jp/eng/product/index.html, Japan Radio Company (JRC) ha confirmado que algunas versiones ECDIS de JRC no representan algunos tipos de restos hundidos, obstrucciones y naufragios en ninguno de los modos de presentación. Cuando se esté usando un ECDIS de JRC, las cartas de papel deberían ser el medio principal de navegación hasta que se haya comprobado que el ECDIS funciona correctamente. Véase para más información en: http://www.jrc.co.jp/eng/product/marine/whatsnew/20120313/index.html.
— 16 —
Avisos particulares para todas las áreas Navarea XV
ÁREA A: (Lat. 182100 S - Lat. 320000 S)
No hay avisos a la navegación.
ÁREA B: (Lat. 270000 S - Lat. 370000 S) Año
2007, enero: Sistema NAVTEX PASCUA RADIO/CBY temporalmente fuera de servicio, VALPARAÍSO PLAYA ANCHA RADIO/CBV asume emisiones sistema NAVTEX y emulación vía SAFETYNET idioma inglés.
ÁREA C: (Lat. 320000 S - Lat. 410000 S)
No hay avisos a la navegación.
ÁREA D: (Lat. 390000 S - Lat. 480000 S)
No hay avisos a la navegación.
ÁREA E: (Lat. 470000 S, hasta el Territorio Chileno Antártico)
No hay avisos a la navegación.
ÁREA F: (Lat. 270800 S - Long. 1092200 W) Isla de Pascua. Cobertura circular de 400 millas náuticas
No hay avisos a la navegación.
— 17 —
SECCIÓN II-B LISTA DE AVISOS DE MAREA ROJA VIGENTES, CORRESPONDIENTE A LA COSTA DE CHILE ACTUALIZADA AL 1 DE DICIEMBRE DE 2014. (INFORMADOS PREVIAMENTE POR LA AUTORIDAD MARÍTIMA LOCAL)
ÁREA A: (Lat. 182100 S - Lat. 320000 S) Año
2014, noviembre: Por resolución exenta No 4.073, del 20 de noviembre de 2014, SEREMI de Salud de Atacama ha decretado el cierre de las áreas marítimas interiores contenidas entre: a) Latitud 26º 48’ 22,37” S; Longitud 70º 47’ 19,52” W. b) Latitud 27º 02’ 15,28” S; Longitud 70º 49’ 29,11” W. Prohibiéndose la extracción, transporte, comercialización, elaboración, apozamiento, traslado, procesamiento, tenencia y consumo de mariscos bivalvos provenientes del área geográfica señalada.
ÁREA B: (Lat. 270000 S - Lat. 370000 S)
No hay avisos a la navegación.
ÁREA C: (Lat. 320000 S - Lat. 410000 S)
No hay avisos a la navegación.
ÁREA D: (Lat. 390000 S - Lat. 480000 S) Año
2013, marzo: Secretaría Regional Ministerial de Salud de Aysén mantiene la prohibición de extracción, transporte, comercialización y consumo de mariscos en la región de Aysén, por continuar afectada por marea roja.
Se autoriza, por excepción, el manejo del recurso marisco en los sectores indicados en las Resoluciones de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Aysén No 041 del 20 de febrero de 2002, No 223 del 30 de marzo de 2007, No 1.269 del 19 de diciembre de 2012, No 156 del 6 de febrero de 2013, No 291 del 13 de marzo de 2013, No 382 del 3 de abril de 2014, No 513 del 19 de mayo de 2014 y No 739 del 05 de agosto de 2014 que autorizan la extracción de los recursos que se señalan, en los sectores que se indican, establecen condiciones para transporte, comercialización y/o consumo y prohíben el apozamiento de mariscos susceptibles de contaminarse con biotoxinas marinas en todo el litoral de la Región de Aysén.
Estas resoluciones no afectan de manera alguna los recursos en veda o con restricciones contempladas en otras normas de carácter general o especial.
Consultar a la Autoridad Marítima de Aysén, tipo de recurso autorizado y área específica de su extracción, antes del zarpe.
— 18 —
ÁREA E: (Lat. 470000 S, hasta el Territorio Chileno Antártico) Año 2013, marzo: Secretaría Regional Ministerial de Salud de Aysén, mantiene la prohibición de extracción, transporte, comercialización y consumo de mariscos en la región de Aysén, por continuar afectada por marea roja.
Se autoriza, por excepción, el manejo del recurso marisco en los sectores indicados en las Resoluciones de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Aysén No 041 del 20 de febrero de 2002, No 223 del 30 de marzo de 2007, No 1.269 del 19 de diciembre de 2012, No 156 del 6 de febrero de 2013, No 291 del 13 de marzo de 2013, No 382 del 3 de abril de 2014, No 513 del 19 de mayo de 2014 y No 739 del 05 de agosto de 2014 que autorizan la extracción de los recursos que se señalan, en los sectores que se indican, establecen condiciones para transporte, comercialización y/o consumo y prohíben el apozamiento de mariscos susceptibles de contaminarse con biotoxinas marinas en todo el litoral de la Región de Aysén.
Estas resoluciones no afectan de manera alguna los recursos en veda o con restricciones contempladas en otras normas de carácter general o especial.
Consultar a la Autoridad Marítima de Aysén, tipo de recurso autorizado y área específica de su extracción, antes del zarpe.
Año 2006, marzo: Por resolución exenta No 166 del 24 de marzo de 2005 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Magallanes y Antártica Chilena, se ha dispuesto lo siguiente:
1.- Establécese a la fecha que las áreas autorizadas para la extracción, transporte, procesamiento, tenencia, comercialización, distribución, venta y consumo de productos del mar susceptibles de ser contaminados por marea roja tóxica, Veneno Paralizante de los Mariscos (VPM), en las aguas jurisdiccionales de la XII Región de Magallanes y Antártica Chilena, son las que se indican a continuación:
Provincia de Última Esperanza: - Sector Puerto Natales, desde el canal Morla Vicuña, Long. 73-10.00 W, y todo el interior del golfo Almirante Montt, que incluye entre otros el estero Worsley. - Estero de las Montañas, desde Lat. 52-05.00 S, hacia el interior del estero. - Sector Puerto Edén, parte del canal Messier desde el límite con la XI Región, hasta el sector de canal Paso del Abismo, en Lat. 49-37.00 S, como límite sur. - Toda otra área fuera de esta ruta de navegación se entiende por cerrada. - Todo lo desembarcado en Puerto Edén, debe ser destinado solamente para productos deshidratados.
Provincia de Tierra del Fuego: - Estrecho de Magallanes desde la boca oriental, en toda su extensión, hasta el sector denominado Cabo Negro como límite sur, en línea imaginaria hacia la isla de Tierra del Fuego, que incluye lugares como bahía Gente Grande. - Seno Almirantazgo, desde Long. 70-30.00 W, hacia el sureste, lo que incluye lugares como: bahía Broockes, bahía Parry, además de otros lugares como puerto Yartou, puerto Arturo, seno Owen, bahía Filton, bahía Inútil, canales Whiteside y Santa María, entre otros.
— 19 —
Provincia Antártica: - No hay áreas autorizadas. 2.- Establécese que la totalidad de los recursos extraídos en el sector de Puerto Edén, serán destinados solamente para elaborar productos deshidratados (secos), los que deberán permanecer almacenados, separados y correctamente identificados en bodegas de esa localidad, en espera de los resultados de análisis respectivos, para lo cual las muestras deberán ser remitidas al laboratorio de Puerto Natales, y así determinar su aptitud para el consumo y poder autorizar su comercialización, distribución y consumo de los mismos.
ÁREA F: (Lat. 270800 S - Long. 1092200 W) Isla de Pascua. Cobertura circular de 400 millas náuticas
No hay avisos a la navegación.
— 20 —
SECCIÓN III ÍNDICE NUMÉRICO DE CARTAS NÁUTICAS DE PAPEL, CARTAS NÁUTICAS ELECTRÓNICAS Y PUBLICACIONES AFECTADAS POR LOS BOLETINES DE NOTICIAS A LOS NAVEGANTES AÑO 2014 Cartografía Náutica de Papel El usuario que desee comprobar qué avisos han afectado a su cartografía náutica de papel, lo puede hacer ingresando al sitio web del SHOA: www.shoa.mil.cl (Productos/Boletines) “Cartas y Publicaciones afectadas por Avisos”.
Carta
Edición
Boletín/Aviso
510
1955
2/21 - 8/105
525
1988
2/20
900
1977
08/105
1111
1998
1/1
1331
2011
1/2 - 3/37 - 12/188
2000
1979
2/21 - 5/71 - 12/190
2113
1999
1/3
2111
1982
4/50
2250
2013
9/126
2311
1971
2/20 - 12/189
3000
1979
2/21 - 5/71 - 9/127T - 12/190
3111
2004
5/72 - 12/191
4000
1984
2/23 - 9/127T
4100
2008
9/127T
4111
1989
9/127T
4200
1993
9/127T
4320
2009
2/22
4321
2009
4/51 - 8/106
4322
1985
2/22
5000
1981
2/23 - 2/24 - 10/159 - 11/170
5100
2001
2/23 - 2/24
5112
1995
9/128T
5113
1997
3/38
5114
2002
2/25 - 9/129
5115
2002
2/25 - 9/129
5235
2005
9/130
5300
1997
10/159 - 11/170 - 11/171
5410
1999
9/131T
5411
2013
5/73
— 21 —
Carta
Edición
Boletín/Aviso
6000
1980
11/170
6110
2003
2/26 - 11/170
6111
2013
4/52 - 9/132
6112
2012
2/26 - 6/86 - 7/94 - 11/170
6120
2004
11/170 - 11/171
6241
1989
3/39 - 5/74
6251
1996
3/39
6254
1988
1/4
7000
2001
9/133 - 10/160
7210
2002
9/133
7211
1987
12/192
7212
1998
7/95
7300
2004
4/53 - 9/134T - 11/172
7321
2004
6/87
7340
1999
4/53
7351
1970
1/5
7362
1952
1/6
7370
2004
4/54 - 9/134T
7390
2004
4/54 - 9/134T
7400
2004
3/40 - 10/161
7430
2004
3/40
7440
2004
10/161
8100
2001
5/75 - 8/108
8111
2006
8/108
8300
2006
5/75
8400
2006
8/107 - 8/108
8500
2006
8/107
8621
2002
4/55
8640
2003
2/27
9000
1974
9/135T
9300
2008
10/162
9311
2008
10/162
9600
2000
9/135T - 12/194
8720
2003
12/193
9900
2000
11/173T
9921
2000
11/173T
10000
1970
9/136T
10200
2009
1/7 - 9/136T - 9/137T
10211
1977
7/96T - 9/138
10212
1977
9/136T
— 22 —
Carta
Edición
Boletín/Aviso
10500
2000
4/56
10600
1997
2/28 - 3/48 - 4/57 - 4/58
10610
1998
2/28 - 3/49
10640
1996
4/58
10722
2006
3/41 - 9/139 - 11/174
11000
1997
5/76
11230
1990
1/8 - 10/163 - 11/175
11300
1993
1/8 - 10/163
11310
2009
1/8 - 10/163 - 11/175
11421
1985
2/29T
11441
1973
5/77
11442
1973
5/77
11500
1991
1/9 - 2/30 - 3/42
11512
2012
4/59
11600
2009
1/9
11700
2001
5/78 - 10/163
12400
1996
4/60 - 5/79 - 8/109 - 12/195
12500
1998
6/88T - 9/140
12600
1996
3/47 - 4/60 - 8/110 - 12/195
12700
1973
1/10 - 3/43 - 4/61 - 7/97 - 8/111
12711
1986
12/196
12720
2012
3/43
12750
2011
1/10 - 3/43 - 4/62 - 6/89
12800
1954
1/10 - 3/43 - 4/63 - 8/112
13100
1980
8/113
13142
1993
8/113
13200
1960
9/141
13300
1977
4/64 - 8/113 - 8/114 9/142T - 12/197
13600
2000
4/65
13620
2000
4/65
14000
1961
9/143T - 9/144T
14210
1961
4/66
14211
2007
4/67 - 7/98
14212
2007
4/68 - 7/98
14400
2003
9/143T - 9/144T
14511
2003
9/144T
15000
1963
1/11 - 9/145T
15300
1962
1/12 - 9/145T
15400
1962
1/12 - 9/145T
— 23 —
Nueva Edición de Carta Náutica de Papel Carta
Edición
Boletín/Aviso
6110
2014
10/158
Reimpresión de Cartografía Náutica de Papel Carta
Edición
Boletín/Aviso
10600
1997
3/36
11000
1997
2/17
11300
1993
9/125
13300
1977
11/187 - 12/197
Actualización a Cartografía Náutica Electrónica Carta
Archivo
Boletín/Aviso
CL2AI084
CL2AI084.005
2/31 - 8/107 - 8/108
CL2AN020
CL2AN020.005
5/71
CL2AT030
CL2AT030.015
2/21 - 5/71 - 12/190
CL2BB060
CL2BB060.025
11/170
CL2CO040
CL2CO040.018
2/23 - 9/127T - 9/128T
CL2LL070
CL2LL070.012
1/5 - 1/6 - 8/115 - 9/146 - 11/172
CL2MA100
CL2MA100.006
9/135T - 9/137T
CL2MA110
CL2MA110.007
2/19 - 6/90
CL2TR010
CL2TR010.007
1/1
CL2VA050
CL2VA050.014
2/24 - 9/129 - 9/147 - 10/159
CL3AI025
CL3AI025.003
5/75
CL3AI095
CL3AI095.001
2/27
CL3AI106
CL3AI106.001
9/149
CL3AI300
CL3AI300.007
10/162
CL3AI400
CL3AI400.007
8/117
CL3BB010
CL3BB010.025
11/170 - 11/177
CL3BB020
CL3BB020.013
11/171
CL3LL010
CL3LL010.021
8/116 - 9/133 - 11/179
CL3LL015
CL3LL015.007
1/5 - 1/6 - 11/172
CL3LL020
CL3LL020.006
9/148
CL3LL040
CL3LL040.002
4/53
CL3LL060
CL3LL060.009
4/54 - 9/134T
CL3LL075
CL3LL075.006
10/161
CL3LL090
CL3LL090.003
3/40
CL3MA130
CL3MA130.002
1/7 - 9/136T - 9/137T
CL3MA192
CL3MA192.001
4/56
— 24 —
Carta
Archivo
Boletín/Aviso
CL3MA580
CL3MA580.022
1/9 - 2/30 - 3/42
CL3MA590
CL3MA590.001
11/176
CL3MA600
CL3MA600.010
1/8 - 10/163 - 11/175
CL3MA800
CL3MA800.003
9/143T - 9/144T
CL3VA010
CL3VA010.008
4/51
CL3VA050
CL3VA050.009
9/131T - 9/150
CL4AI110
CL4AI110.002
12/193
CL4AI150
CL4AI150.001
1/14
CL4AI165
CL4AI165.001
8/108
CL4AN060
CL4AN060.005
1/2 - 3/37 - 10/164 - 12/188
CL4MA210
CL4MA210.013
3/41 - 9/139 - 9/151 - 11/174
CL4MA565
CL4MA565.004
1/8 - 11/175
CL4LL020
CL4LL020.009
7/95 - 11/179
CL4TR010
CL4TR010.008
1/1
CL5AI034
CL5AI034.003
4/55
CL5AI094
CL5AI094.001
2/27
CL5AN015
CL5AN015.007
4/50
CL5AN060
CL5AN060.006
1/3
CL5AN080
CL5AN080.001
8/126
CL5AT005
CL5AT005.009
5/72 - 12/191
CL5BB010
CL5BB010.015
4/52 - 9/132
CL5BB020
CL5BB020.006
2/26 - 6/86 - 7/94 - 11/170
CL5BB030
CL5BB030.006
2/32
CL5CO005
CL5CO005.012
9/127T
CL5CO010
CL5CO010.005
7/102 - 9/152
CL5LL005
CL5LL005.020
3/39 - 5/74 - 8/118 - 9/153 11/178
CL5LL025
CL5LL025.005
6/87 - 9/154
CL5MA890
CL5MA89.002
9/144T
CL5VA005
CL5VA005.012
4/51 - 8/106
CL5VA010
CL5VA010.003
2/22
CL5VA020
CL5VA020.012
2/25 - 7/102 - 9/129
CL5VA055
CL5VA055.009
5/74
CL5VA060
CL5VA050.003
9/131T
CL5VA070
CL5VA070.010
7/102
CL6VA010
CL6VA010.001
2/22
— 25 —
Nueva Cartografía Náutica Electrónica Carta
Edición
Boletín/Aviso
CL5AN080
2014
2/18
CL3AI100
2014
5/80
CL4AI160
2014
5/80
CL4AI165
2014
5/80
CL4AI170
2014
5/88
CL3AI200
2014
7/104
CL3AI201
2014
7/104
CL4AI200
2014
7/104
CL5AI100
2014
7/104
CL5AI105
2014
7/104
CL5AI110
2014
7/104
CL5AI115
2014
7/104
Nueva Edición de Carta Náutica Electrónica Carta
Edición
Boletín/Aviso
CL3MA590
2013
2/19
Publicación Náutica El usuario que desee comprobar qué avisos han afectado a sus publicaciones náuticas, lo puede hacer ingresando al sitio web del SHOA: www.shoa.mil.cl (Productos/Boletines) “Cartas y Publicaciones afectadas por Avisos”. Publicación
Edición
Boletín/Aviso
2003
2/17 - 2/18 - 2/33 - 3/36 - 4/69 - 4/70 - 5/80 - 5/81 - 6/90 - 7/99 - 7-104 - 8/119 - 8/124 - 9/125 10/158 - 10/168 - 11/180 11/185 -11/187
3001
2013
1/13 - 2/23 - 4/50 - 4/51 4/71 - 5/73 - 5/82 - 6/86 6/91 - 6-92 - 8/120 9/127T - 9/131T - 9/132 9/133 - 10/165 - 12/188 12/192 - 12/198 - 12/199
3002
2012
1/13 - 2/27 - 3/40 - 6/87 - 6/92 - 7/100 - 8/121 - 9/133 - 9/134T -10/161 - 10/166 - 12/198
3000
— 26 —
Publicación
Edición
Boletín/Aviso
3003
2011
1/13 - 1/14 - 6/92 - 7/96T - 7/101 - 8/122 - 9/135T - 9/136T - 9/138 - 9/139 - 11/173T - 11/181 12/198
3004
2010
1/13 - 2/30 - 6/92 - 11/182 12/198
3005
1996
1/13 - 4/60 - 6/92 - 12/197 12/198
3006
1989
1/13 - 5/83 - 6/92 - 7/98 - 9/143T - 9/144T - 12/198
2011
1/2 - 1/3 - 1/4 - 1/8 - 1/13 - 1/15 - 2/22 - 2/23 - 2/25 - 2/27 - 2/29T - 2/34 - 3/37 - 3/38 - 3/39 - 3/41 - 3/44 - 4/51 - 4/52 - 4/60 - 5/71 - 5/76 - 5/84 - 7/102 - 8/105 - 8/106 - 8/107 - 8/108 - 8/123 9/126 - 9/127T - 9/128T - 9/129 9/130 - 9/131T - 9/145T - 9/135T - 9/136T 9/146 - 9/147 - 9/149 - 9/150 - 9/151 - 9/152 - 9/153 9/154 - 9/155 - 10/159 - 10/162 - 10/163 - 10/167 - 11/170 11/171 - 11/172 - 11/177 - 11/178 - 11/179 - 11/183 - 12/189 12/190- 12/191 - 12/193 - 12/194 - 12/195 - 12/196
3008
2010
1/16 - 2/35 - 5/85 - 7/103 - 9/135T - 9/136T - 9/143T 9/144T - 9/156T - 9/157 - 11/184 - 12/200
3009
2014
3/46
3030
2012
6/93
3042
2009
10/169
3007
Nueva Edición de Publicación Náutica Publicación
Edición
Boletín/Aviso
3005
2014
8/124 - 9/142T
3108
2014
10/168
3009
2015
11/185
3019
2015
11/185
— 27 —
APPENDIX
Abstract of Notices to Mariners — Bulletin No. 12, dated December 2014 — Notices 188 to 200. Notice No.
Description
Chart affected
Publication affected
188 - 2014
Updating of maritime terminal name. Bahía Mejillones del Sur. Puerto Mejillones.
1331. CL4AN060.
3001.
189 - 2014
Light beacon with new nominal range. Isla Salas y Gómez.
2311.
3007.
190 - 2014
Lighthouse with new nominal range. Punta Caldera.
2000 and 3000. CL2AT030.
3007.
191 - 2014
Lighthouse with new nominal range. Punta Caldera.
3111. CL5AT005.
3007.
192 - 2014
Leading day beacons destroyed. Bahía Maullín. Punta Pangal.
7211.
3001.
193 - 2014
Light buoy anchored in new position. Bahía Anna Pink. Bajo Wichmann.
8720. CL4AI110.
3007.
194 - 2014
Lighthouse with new nominal range. Canal Fallos. Islotes Campino.
9600.
3007.
195 - 2014
Light beacon with new nominal range. Canal Ballenero. Islote Entrada.
12400 and 12600.
3007.
196 - 2014
Light beacon with new nominal range. Canal Ballenero. Islote Entrada.
12711.
3007.
197 - 2014
Day beacon reestablished. Paso Picton. Isla Picton.
13300.
3005.
198 - 2014
Updating of MRCC acronym corresponding to “Chilean Maritime Search and Rescue Regional Centers”.
———
3001. 3002. 3003. 3004. 3005. 3006.
199 - 2014
Updating of marine terminals in nautical publication.
———
3001.
200 - 2014
Updating of Maritime Radio Station in nautical publication.
———
3008.
FORMULARIO NOVEDADES HIDROGRÁFICAS Y EXPERIENCIAS DE NAVEGACIÓN
Nombre del buque:..................................................................................................................................... Fecha de la novedad o experiencia:.......................................................................................................... Nombre del originador (Capitán o Práctico):.............................................................................................. Materia (Novedad o experiencia informada):............................................................................................. Cartas afectadas:....................................................................................................................................... Área general:.............................................................................................................................................. Coordenadas geográficas:......................................................................................................................... Publicación afectada:................................................................................................................................. Aviso de referencia anterior (si lo hubiere):................................................................................................ Información de detalle:............................................................................................................................... ................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................... ...................................................................................................................................................................
CROQUIS
Firma Autoridad Responsable
INSTRUCCIONES DE USO DEL FORMULARIO 1.- El formulario “Novedades Hidrográficas y Experiencias de Navegación” tiene como objetivo fundamental que los Comandantes de Unidades, Capitanes de Alta Mar de naves de la Marina Mercante, Capitanes de naves de la Marina de Pesca, Capitanes de embarcaciones deportivas, Prácticos de Canales y Puerto y Autoridades Marítimas, tengan a su disposición un documento de manejo fácil y expedito, para comunicar al Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (SHOA) todas aquellas informaciones que, a su juicio, sean útiles para mejorar la calidad de la cartografía y publicaciones náuticas. 2.- La estructura de este documento fue diseñada para que sirva de ayuda, tanto al originador como también al receptor, por lo cual se solicita completar todas las informaciones requeridas en forma clara y empleando el vocabulario náutico universalmente aceptado. 3.- En el supuesto caso de que una información complemente un mensaje previo, bastará con hacer referencia a él. 4.- El punto “Materia” es la referencia que sirve para identificar el tipo de información que es comunicada. Por ejemplo: bajo fondo detectado, baliza destruida, fondeadero experimentado, etc. 5.- El acápite “Área general” tiene por finalidad facilitar el reconocimiento y consiguiente catalogamiento de las informaciones. Por lo tanto, se pondrá aquí el nombre del accidente geográfico que mejor identifique el área de la novedad comunicada. Por ejemplo: Estrecho de Magallanes - Bahía Borja. 6.- En el párrafo “Información de detalle” se describirá, con la mayor acuciosidad y nivel de especificación, la novedad observada o experiencia vivida; así entonces, si lo informado es un fondeadero de emergencia experimentado se deberá incluir lo siguiente: track seguido, referencias notables tomadas en situaciones, naturaleza del fondo, condiciones meteorológicas soportadas, marea y corrientes observadas, cantidad de cadena filada, tiempo que permaneció fondeado, distancias a pasar, demarcaciones de seguridad y recomendaciones. 7.- Se ha dejado, a propósito, un espacio en blanco destinado al croquis de lo descrito. En él se dibujará el área involucrada, indicando claramente los accidentes mencionados o la maniobra efectuada. Cuando no se disponga de los medios adecuados para establecer distancias, alturas, posiciones u otros parámetros se agregará donde corresponda la palabra “aproximado”. 8.- Esta información se puede remitir al Servicio a través de correo ordinario (Errázuriz 254, Playa Ancha, Casilla 324, Valparaíso), al fono-fax: 56 - 32 -2266542 o ingresando al portal de Internet: www.shoa.mil.cl, en la sección: Servicios, Radioavisos, Navarea XV, Formulario de Novedades Hidrográficas.
DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL indagaciones para establecer si la embarcación se encuentra segura, lo que incluye transmisiones a otras naves controladas en las cercanías y comunicaciones con los respectivos armadores y/o propietarios, agentes o fletadores. Si estas indagaciones son infructuosas, entonces se iniciarán las operaciones de búsqueda. La participación en el sistema es voluntaria para los buques extranjeros que naveguen fuera de la zona marítima A1, del Servicio Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM). La reglamentación nacional dispone que toda nave extranjera que se dirija a un puerto chileno debe comunicar su arribo con 24 horas de anticipación como mínimo. Cuando las naves extranjeras naveguen por la zona A1 de la República deberán comunicar su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT). Fuera de la zona A1, el sistema considera solamente un informe diario entre las 12:00 Z y 16:00 Z (08:00 y 12:00 LT). Las naves de bandera chilena notificarán su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT) diariamente en forma permanente e ininterrumpida. Para el cumplimiento del envío de las informaciones antes mencionadas, se indican los siguientes puntos de contacto: a.- CENTRO COORDINADOR DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO (MRCC-CHILE). • Teléfonos: +56-32-2208637 y +56-322208639. • Fax: +56-32-2208662 • Correo electrónico:
[email protected] • Sitio web: www.directemar.mil.cl, en el subsitio: marco normativo/ internacional/ procedimientos/ servicio de búsqueda y salvamento marítimo. b.- CENTROS REGIONALES DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO CHILE (MRCC). Existen cinco centros regionales de búsqueda y salvamento marítimo con asiento en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas, y que cuentan con las siguientes direcciones de correo electrónico: •
[email protected] •
[email protected] •
[email protected]
10
20
30
40
(3001) C-3
•
[email protected] •
[email protected] Chile también está asociado al Sistema Cospas-Sarsat que recibe alertas de radiobalizas de 406 MHz y 121,5 MHz. Para estos efectos, se encuentran operando tres estaciones LUT (Local User Terminal), en Santiago, otra en Punta Arenas y la última en isla de Pascua (Rapa-Nui/Easter Island). 3.- CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS.El Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática ha dispuesto, entre otras, la adopción de las siguientes medidas, cuyo conocimiento es de interés para los navegantes: a.- Se prohíbe toda descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, desde naves o artefactos navales, salvo en los siguientes casos: 1) Los buques petroleros de 150 toneladas de registro grueso o más; los buques que sin ser petroleros estén equipados con espacios de carga para transportar hidrocarburos a granel y que tengan una capacidad total, igual o superior a 200 m3, cuando: • Se encuentren navegando a más de 50 millas de la costa más próxima. • El régimen instantáneo de descarga de hidrocarburos no exceda de 60 litros por milla. • La cantidad total de hidrocarburos descargados no sea superior a 1/15.000 de la capacidad total de carga en el caso de buques existentes, o a 1/30.000 en caso de buques nuevos. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetro), y disponga de un estanque de decantación. 2) Las condiciones impuestas precedentemente no serán exigibles para las descargas de lastres limpios o segregados. 3) Las naves de 400 toneladas de registro grueso o más, los artefactos navales y los buques mencionados anteriormente, solamente podrán efectuar la descarga de las aguas de sentinas de los espacios de máquinas no contaminados con hidrocarburos transportados como carga, cuando: • Se encuentren a más de 12 millas de la costa más próxima.
Cambio No 2, diciembre 2014.
C-4 (3001)
DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL
• Estén navegando en ruta. • El contenido de hidrocarburos del efluente sea inferior a 100 partes por millón. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetros), equipo de separación de agua e hidrocarburos, o sistemas de filtración de hidrocarburos. Las condiciones anteriores no se exigirán cuando dichas aguas, sin dilución, tengan un contenido de hidrocarburos que no exceda de quince partes por millón, y se tenga en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos. b.- Las descargas no podrán contener productos químicos ni ninguna otra sustancia en cantidades o concentraciones susceptibles de contaminar las aguas, ni adición alguna de productos químicos u otras sustancias cuyo fin sea eludir el cumplimiento de las condiciones de descarga. c.- Se prohíbe la descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas, a toda nave o artefacto naval, en aguas interiores, puertos y canales, salvo que se trate exclusivamente de descargas de: • Aguas de las sentinas de los espacios de máquinas, no contaminadas con hidrocarburos. • Aguas no contaminadas con hidrocarburos transportados como carga. • Hidrocarburos o mezclas oleosas, cuyo contenido de hidrocarburos no exceda de 15 partes por millón. En este caso, la nave o artefacto naval deberá tener en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos, el que estará provisto de un dispositivo de detención que garantice que la descarga se detenga automáticamente cuando el contenido de hidrocarburos de aquella, exceda de 15 partes por millón. d.- Toda nave o artefacto naval que no pueda cumplir con lo anterior, deberá retener sus residuos a bordo y descargarlos en instalaciones de recepción aptas. En caso que no las hubiere, la Autoridad Marítima podrá autorizar su eliminación de forma que no ocasione daños o perjuicios en el medio ambiente marino. e.- Con el objeto de evitar la transmisión de especies perjudiciales y epidemias, dispónese que toda nave procedente del extranjero lastrada con agua de mar, deberá renovar su lastre al me-
Original, junio 2014.
10
20
30
40
nos una vez antes de arribar a puertos chilenos y a una distancia no inferior a las 12 millas de la costa. Asimismo, toda nave procedente de zonas afectadas por cólera u otra epidemia de características contagiosas similares, deberá adoptar los procedimientos antes indicados, los que podrán ser controlados por la Autoridad Marítima. Existe un Centro Nacional de Control de la Contaminación (CENCON), ubicado en la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático (DIRINMAR), y que tiene cinco Centros Coordinadores Regionales de Control de la Contaminación, en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas. Dichos centros regionales tienen la denominación abreviada de CERCON y pueden ser contactadas a través de las Autoridades Marítimas mencionadas mediante las siguientes direcciones de correo electrónico: •
[email protected] (G.M. Iquique) • valparaí
[email protected] (G.M. Valparaíso) •
[email protected] (G.M. Talcahuano) •
[email protected] (G.M. Pto. Montt) •
[email protected] (G.M. Pta. Arenas) • www.directemar.cl, en el subsitio: medio ambiente acuático. • Correo electrónico CENCON: •
[email protected] • Teléfonos: 56-32-2208637; 56-32-2208639 • Fax: 56-32-2208662 f.- Respecto a las aguas sucias de los buques, en Chile se prohíbe efectuar descargas de aguas sucias a toda nave o artefacto naval en el mar, salvo que estas hayan sido previamente desmenuzadas y desinfectadas, para lo cual la Autoridad Marítima podrá autorizar expresamente que la descarga se efectúe a una distancia superior a 4 millas de la costa más próxima. En el caso, que estos residuos líquidos no cuenten con el referido tratamiento, se les puede autorizar a una distancia mayor de 12 millas de la costa más próxima. En los casos que un buque extranjero o de bandera nacional, sea autorizado a efectuar la descarga de sus aguas sucias, en aguas interiores o a una distancia inferior a 4 millas de la costa más próxima, la Autoridad Marítima chilena exigirá que este cuente con un equipo de tratamiento, autorizado conforme con las disposiciones de Convenio MARPOL 73/78 y de acuerdo a las pruebas y
Cap. II
BAHÍA MEJILLONES DEL SUR
Balizamiento y enfilaciones:
10
Plataforma de atraque y duques de alba.- Dichas instalaciones se iluminan permanentemente con luces color ámbar. Sitio web.- Los detalles de la resolución que habilita y establece las características y condiciones operacionales del terminal marítimo de la Empresa Nacional de Explosivos (Enaex S.A), se encuentran en el sitio Web: www.directemar.cl (marco normativo /nacional/ resoluciones / resoluciones locales gobernación marítima de Antofagasta / capitanía de Puerto de Mejillones). Terminal Marítimo Submarino Vopak-Oxiquim S.A.- Las instalaciones se encuentran al 075° y 2.800 metros de la Capitanía de Puerto. Es un terminal de químicos líquidos a graneles y derivados del petróleo, con tres cañerías submarinas apoyadas en el fondo marino. Cuenta con tres boyas de amarre y la posición final de la nave es al 335°. Las condiciones límites para la nave son: eslora total máxima 200 metros, manga máxima 36 metros, desplazamiento máximo de 95.000 toneladas métricas y calado máximo 13,5 metros.
20
30
Balizamiento y enfilaciones luminosas: Enfilación de aproximación.- Cuenta con dos enfilaciones luminosas verde de aproximación: una al 164° y otra al 168° de forma rectangular de color blanco con franja vertical blanco. Enfilación de fondeo.- En el sector del muelle de cultivos marinos o del Rincón, se encuentra la enfilación luminosa blanca de fondeo al 245°, de forma rectangular de color blanco con franja vertical blanco. Ver características en la Lista de Faros.
II-1-5
La nave después de hacer el giro en el terminal, debe quedar orientado con proa al 335°.
Las condiciones límites para la nave son: un máximo de hasta 28.800 TRG., una eslora de 185 metros y 9,40 metros de calado.
Enfilación de aproximación.- Cuenta con una enfilación ciega al 166°, de forma circular de 2 metros de diámetro, instaladas sobre una base de fierro, pintadas de color verde con una cruz blanca en el centro.
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Sitio web.- Los detalles de la resolución que habilita y establece las características y condiciones operacionales del terminal marítimo submarino Vopak-Oxiquim S.A, se encuentran en el sitio web: www.directemar.cl (marco normativo /nacional/ resoluciones y circulares/ resoluciones locales gobernación marítima de Antofagasta / capitanía de Puerto de Mejillones). Termoeléctrica de gas natural Atacama.- Las instalaciones se encuentran al 073° y 3.7 kilómetros de la Capitanía de Puerto. Dicha instalación posee cuatro torres notables color crema que exhiben luces rojas de tope en sus extremos superiores. En el borde costero, se interna 230 metros en dirección 335°, dos sifones de color verde claro y pasarela amarilla, para el proceso de enfriamiento. Terminal Marítimo Puerto de Mejillones S.A.Las instalaciones se encuentran al 072° y 4.000 metros de la Capitanía de Puerto y frente a la planta Termoeléctrica Edelnor, la cual se reconoce por una chimenea característica y los patios de acopio de carbón, visibles desde gran distancia. Se emplea para el embarque y desembarque de graneles sólidos y líquidos en general, a través de dos cintas trasportadoras para graneles sólidos, y un ducto aéreo para el ácido sulfúrico. Para la descarga de graneles, cuenta con dos grúas. Para la maniobra de amarre posee tres postes, dos boyas y dos duques de alba. Sitio No 1.- Esta orientado al 062º - 242º y unido a tierra por un muelle mecanizado de 509 metros de largo, a través del cual corren dos cintas transportadoras para la carga y descarga de los graneles sólidos desde el puesto de atraque hasta el patio de acopio al interior de las instalaciones terrestres. En el cabezo existen duques de alba y boyas de amarre. Las condiciones límites para la nave son: eslora total máxima 230 metros, manga máxima 34 metros, desplazamiento máximo de 85.344 toneladas métricas y calado máximo 14,38 metros. Sitio No 2.- Esta orientado al 143º - 323º y unido al primero por un puente volante por el cual corre un
Cartas: 1000 - 1300 - 1331 - 2000 Cambio No 1, diciembre 2014.
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BAHÍA MEJILLONES DEL SUR
Cap. II
Terminal Marítimo Puerto de Mejillones S.A. metros de eslora máxima. Estas están ubicadas en tierra, más al W del terminal, la disposición de estas enfilaciones fue hecha para el fondeo del ancla de estribor. Ver características en la Lista de Faros.
ducto aéreo de carga y descarga de ácido sulfúrico de 528 metros de largo, que va desde el puesto de atraque hasta los estanques de acopio al interior de las instalaciones terrestres del terminal. En el cabezo existen tres boyas de amarre. Las condiciones límites para la nave son: eslora total máxima 230 metros, manga máxima 34 metros, desplazamiento máximo de 80.000 toneladas métricas y calado máximo 14.38 metros. Balizamiento y enfilaciones luminosas: Enfilación de aproximación.- Son dos señales instaladas para enfilar la nave al rumbo 145°. La señal anterior está instalada sobre el puente que lleva la cinta transportadora, tiene forma trapezoidal, es de color blanco con una línea vertical central de color rojo, con una luz direccional de color verde en su parte superior. La señal posterior está instalada en el terreno de playa, posee las mismas características de la anterior, con la diferencia que la luz direccional es de color rojo. Enfilación de fondeo.- Consiste en una señal trapezoidal de color rojo con una línea vertical central de color blanco y una luz direccional de color verde en su parte superior. Lo anterior se enfila con dos señales posteriores de forma trapezoidal de color blanco con una línea vertical central de color rojo y una luz direccional de color rojo, las que se enfilan al 198° y 201°, la primera enfilación para naves de eslora igual o mayor a 150 metros de eslora máxima, la segunda para naves de eslora menor a 150
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Sitio web.- Los detalles de la resolución que habilita y establece las características y condiciones operacionales del terminal marítimo Puerto de Mejillones S.A., se encuentran en el sitio web: www. directemar.cl (marco normativo /nacional/ resoluciones / resoluciones locales gobernación marítima de Antofagasta / capitanía de Puerto de Mejillones). Termoeléctrica Edelnor y Andina.- Las instalaciones se encuentran a continuación del terminal Puerto de Mejillones. La planta Edelnor se distingue por la chimenea que se encuentra pintada con franjas horizontales blancas y rojas. Siguiendo la línea de costa se encuentra la Termoeléctrica Andina que se distingue por las dos chimeneas que se encuentra pintada con franjas horizontales rojas. En el borde costero, se interna 220 metros en dirección 339°, dos sifones de color blanco claro para el proceso de enfriamiento. Terminal Marítimo Terquim S.A.- Las instalaciones se encuentran al 068° y a 6.2 kilómetros de la Capitanía de Puerto. Se emplea para el para recepción, embarque, depósito y manejo de graneles líquidos y químicos. El muelle tiene un largo de 800 metros orientado al 125°-305°, de pilotes sobre una plataforma de hormigón armado, la cual soporta las cañerías para la descarga de productos químicos.
Cartas: 1000 - 1300 - 1331 - 2000 Cambio No 1, diciembre 2014.
Cap. II
BAHÍA MEJILLONES DEL SUR
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Terminal Marítimo Graneles Norte Boyas luminosas.- Existen boyas de estribor y babor, que indican la zona limite de dragado. Ver características en la Lista de Faros. Sitio web.- Los detalles de la resolución que habilita y establece las características y condiciones operacionales del terminal marítimo Puerto Angamos, se encuentran en el sitio web: www.directemar.cl (marco normativo /nacional/ resoluciones / resoluciones locales gobernación marítima de Antofagasta / capitanía de Puerto de Mejillones). Terminal Marítimo Graneles Norte.- Las instalaciones se encuentran al 062° y a 8.9 kilómetros de la Capitanía de Puerto y al NE del terminal Puerto Angamos S.A. Consiste en una plataforma de operación de 200 metros de largo con un sitio de atraque. La pasarela y sitio, tiene un largo total de 750 metros, orientado al 138°-318°. El terminal está diseñado para el manejo de carga a granel, con dos grúas "Liebherr". Las condiciones límites para la nave son: calado máximo 14,4 metros, eslora total máxima 250 metros, eslora total mínima 180 metros, desplazamiento máximo de 95.000 toneladas métricas, manga máxima 32,5 metros y calado aéreo 18 metros. Existe una boya de amarre.
rectangular, pintadas de color blanco con una franja vertical roja, con una luz destellante de color verde La señal posterior está instalada, a 220 metros de la anterior y posee las mismas características de la baliza anterior. Ver características en la Lista de Faros.
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Balizamiento y enfilaciones luminosas: Enfilación de aproximación al Sitio No 1.- Son dos señales que están instaladas en los terrenos delante de la Central termoeléctrica Angamos, para arrumbar la nave al rumbo 138°. La señal anterior de forma de
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Sitio web.- Los detalles de la resolución que habilita y establece las características y condiciones operacionales del terminal marítimo Graneles Norte, se encuentran en el sitio web: www.directemar.cl (marco normativo /nacional/ resoluciones / resoluciones locales gobernación marítima de Antofagasta / capitanía de Puerto de Mejillones). Termoeléctrica Angamos.- Las instalaciones se encuentran en la misma línea que el terminal Puerto Graneles Norte. La planta Angamos se distingue por una chimenea que se encuentra pintada con franjas horizontales blancas y rojas. Siguiendo la línea de costa se encuentra un sifón de color verde con una pasarela superior amarilla, para el proceso de enfriamiento de la termoeléctrica que se interna 120 metros en dirección 320°. Terminal Marítimo GNL Mejillones S.A.- Ver croquis. Las instalaciones se encuentran al 060° y 10 kilómetros de la Capitanía de Puerto y al NE del terminal Puerto Angamos S.A. El terminal gasero está diseñado para el manejo de carga a granel. Consiste en una plataforma de operación de 200 metros de largo con dos sitio de atraque (uno por banda). La pasarela tiene un largo total de 750 metros, orientado al 130°-310°.
Cartas: 1000 – 1300 – 1331 - 2000 Cambio No 1, diciembre 2014.
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BAHÍA MEJILLONES DEL SUR
Cap. II
Terminal Marítimo GNL Mejillones S.A. Sitio web.- Los detalles de la resolución que habilita y establece las características y condiciones operacionales del terminal marítimo GNL Mejillones, se encuentran en el sitio web: www.directemar.cl (marco normativo /nacional/ resoluciones / resoluciones locales gobernación marítima de Antofagasta / capitanía de Puerto de Mejillones).
Sitio No 1.- En lado NE del espigón. Para naves con las siguientes condiciones límites: Eslora total máxima : 30 metros. Desplazamiento : 130.000 toneladas métricas. Calado máximo : 12,50 metros. Sitio No 2.- En lado SW del espigón. Para naves con las siguientes condiciones límites: Eslora total máxima : 30 metros. Desplazamiento : 130.000 toneladas métricas. Calado máximo : 12,50 metros.
Radiofaro aéreo Mejillones.- Existe un radiofaro
10 aéreo al 140° y a 6,5 millas del faro Punta Angamos.
Iluminación de la costanera.- El sector de la costanera se encuentra iluminado con luces halógenas color blanco, las cuales son muy notables y sirven para facilitar el reconocimiento del puerto en horas de oscuridad.
Balizamiento y enfilaciones luminosas: Enfilación de aproximación al Sitio No 1.- Son dos señales que están instaladas en los terrenos delante del complejo terrestre de GNL, para arrumbar la nave al rumbo 130°. La señal anterior de forma rectangular, pintada de color blanco con una franja vertical roja, con una luz destellante de color verde. La señal posterior está instalada a 180 metros de la anterior y posee las mismas características de la baliza anterior. Enfilación de aproximación al Sitio No 2.- Son dos señales que están instaladas en los terrenos delante del complejo terrestre de GNL, para arrumbar la nave al rumbo 130°. La señal anterior de forma rectangular, pintada de color blanco con una franja vertical roja, con una luz destellante de color roja La señal posterior está instalada, a 180 metros de la anterior y posee las mismas características de la baliza anterior. Ver características en la Lista de Faros.
Iluminación del barrio industrial.- Al E de la
20 ciudad se encuentra el sector donde se sitúan las
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principales industrias del puerto. Estas instalaciones exhiben durante las horas de oscuridad, luces características muy notables y permiten el reconocimiento del puerto en horas de la noche. En este sector se sitúan los terminales marítimos de: Interacid, Puerto Mejillones y Enaex, así como las termoeléctricas Edelnor y Gas Atacama. Además se encuentran las instalaciones de la Empresa Nacional de Explosivos, la cual posee tres torres notables con luces de tope e iluminación nocturna, además de estanques de grandes dimensiones de color blanco utilizados para el almacenamiento de amoníaco.
Cartas: 1000 - 1300 - 1331 - 2000
Cap. III
PUERTO DE HUASCO
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Muelle mecanizado Guacolda I Surgidero.- Un buen fondeadero para buques menores, se halla a 2 cables al 080° del islote Cayo, en 12 metros de profundidad, sobre lecho de arena. Las naves que deseen acoderarse, deberán quedar orientadas con su proa al SW, por ser esta la dirección del viento y marejada reinantes en el puerto. Boyas de amarre.- Se encuentran ubicadas al 092° y a 550 metros y al 115° y 390 metros de la baliza luminosa Islote Cayo, respectivamente; aptas para naves menores y remolcadores del puerto solamente.
Lat. 28° 27’ 29’’ S; Long. 71° 15’ 00’’ W. Lat. 28° 27’ 16’’ S; Long. 71° 15’ 00’’ W.
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Límites del puerto.- Se encuentran comprendidos por el área interior encerrada por una línea que une la desembocadura del río Huasco y el islote Blanco. Fondeaderos designados.guientes puntos geográficos: Punto A: Lat. 28° 27’ 40’’ S; Punto B: Lat. 28° 27’ 21’’ S; Punto C: Lat. 28° 27’ 01’’ S; Punto D: Lat. 28° 27’ 06’’ S; Punto E: Lat. 28° 26’ 51’’ S;
Ubicados en los siLong. 71° 14’ 27’’ W. Long. 71° 14’ 11’’ W. Long. 71° 14’ 02’’ W. Long. 71° 13’ 38’’ W. Long. 71° 13’ 24’’ W.
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Practicaje.- El practicaje es obligatorio para las naves que atraquen a los muelles mecanizados, para lo cual hay en el puerto un práctico autorizado. Zona de espera de práctico.- Ubicada en los siguientes puntos geográficos: Lat. 28° 27’ 16’’ S; Long. 71° 14’ 36’’ W. Lat. 28° 27’ 29’’ S; Long. 71° 14’ 36’’ W.
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Ex terminal marítimo y muelle Santa Bárbara.Actualmente fuera de servicio. En la parte occidental de la rada de Huasco, al SW de punta Larga entre el islote Panulcillo y la punta Loros, se halla situado el ex terminal marítimo Santa Bárbara. Al E de punta Loros se encuentra situado el antiguo muelle mecanizado perteneciente a la Compañía de Aceros del Pacífico. Su orientación es 156°-336° y tiene una longitud de 84 metros. En el cabezo del muelle se sondan 10 metros. En la actualidad, los sistemas de carga, grúa y correa transportadora, se encuentran desmantelados. Muelle Mecanizado Guacolda I.- (Ver croquis) A 2,8 cables al SSE de la baliza ciega Península Guacolda y en la misma península se hallan situadas las instalaciones terrestres y muelle mecanizado Guacolda I. Las instalaciones y muelle pertenecen a la empresa eléctrica "Guacolda S.A." El muelle mecanizado es un sitio, con un frente de atraque orientado al NNE-SSW de 183 metros de largo por 16 metros de ancho. Tiene 11 bitas empotradas, espaciadas a 20 metros. Cuenta con defensas de neumático de la gran minería y del tipo Trellex Fender. Su construcción está compuesta por una viga perimetral de hormigón armado y pavimento de asfalto. No posee la capacidad de entrega de agua, la cual debe efectuarse por medio de camiones aljibe.
Cartas: 3000 – 3211
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PUERTO DE HUASCO
Las maniobras y faenas nocturnas, se ven facilitadas por dos torres de iluminación que se encuentran en los extremos del muelle. El muelle se utiliza para la descarga de carbón, para lo cual cuenta con dos grúas eléctricas fijas con capacidad de levante de 15 toneladas cada una y tres tolvas, desde las cuales el producto es descargado a través de correas transportadoras hacia las canchas de almacenamiento. Sitio de atraque.Extensión: 183 metros por 16 de ancho. Orientación: NNE-SSW. Calado máximo: 13,50 metros. Eslora máxima: 240 metros. Manga máxima: 50 metros. Desplazamiento máximo: 72.000 toneladas. Boyas de amarre.- El terminal cuenta para la maniobra de atraque, con cuatro boyas de amarre color naranja internacional del tipo cilíndrica/ vertical de 3 y 4 metros de diámetro, situadas con respecto al faro Península Guacolda en: Boya No 1, al 156° y a 256 metros (3 metros de diámetro). Boya No 2, al 135° y a 570 metros (4 metros de diámetro). Boya No 3, al 128° y a 250 metros (3 metros de diámetro). Boya No 4, al 104° y a 250 metros (4 metros de diámetro).
moeléctrica. Las características y posición de las balizas de referencia, están —por demarcaciones y distancias— referidas a la baliza ciega Península Guacolda, siendo las siguientes: Balizas de aproximación.- Existen tres balizas, las que están enfiladas al 263° y 272°,5. Baliza de aproximación Anterior A-1 (de refe-
10 rencia).- Al 157° y a 148 metros. Consiste en un
panel de fibra de vidrio de color blanco con un rombo central de color rojo, anclado a una base de concreto con dos pilares metálicos, altura 3 metros, a 28,3 metros del nivel medio del mar. De noche exhibe dos luces verticales rojas fijas.
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Muelle de servicio Guacolda I.- Se cuenta con un muelle, en el extremo SE de la península y a él pueden atracar embarcaciones menores. Su profundidad media es de 4 metros aproximadamente. Fondeo y atraque.- El empleo de prácticos de puerto es obligatorio en las maniobras de atraque, desatraque y corrida en los sitios. También la asistencia de remolcadores de día y de noche. Ayudas a la navegación, balizamiento Balizamiento de aproximación y fondeo.- El muelle mecanizado Guacolda I, dispone de una enfilación para la aproximación, en las cercanías de la baliza ciega Península Guacolda, y dos enfilaciones de fondeo, en el sector de la planta ter-
Baliza de aproximación Central A-2 (para naves menores de 50 TRG.).- Al 272°,5 y a 35 metros de la baliza de aproximación Anterior A-1. Consiste en un panel de fibra de vidrio de color blanco con rombo central de color rojo, anclado a una base de concreto con dos pilares metálicos, altura 3 metros, a 27,8 metros del nivel medio del mar. De noche exhibe dos luces verticales verdes fijas. Baliza de aproximación Posterior A-3.- Al 263° y a 50 metros de la baliza de aproximación Anterior A-1. Consisten en un panel de fibra de vidrio de color blanco con rombo central de color rojo, anclado a una base de concreto con dos pilares metálicos, altura 3 metros, a 36,5 metros del nivel medio del mar. De noche exhibe dos luces verticales verdes fijas. Balizas de fondeo.- Existen tres balizas, las que están enfiladas al 206° para buques con puente a popa (baliza No 1 con la No 3) y al 224° para buques con puente al centro (baliza No 1 con la No 2).
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Baliza de fondeo Anterior No 1 (de referencia).Al 156° y a 740 metros. Consiste en un panel de fibra de vidrio, montado en una torre de fierro de 10 metros de alto, con un tablero blanco con rombo central de color rojo, altura 3 metros, a 28,3 metros del nivel medio del mar. De noche exhibe tres luces verticales rojas fijas. Baliza de fondeo Posterior No 2.- Al 224° y a 80 metros de la baliza de fondeo Anterior No 1. Consiste en un panel de fibra de vidrio en una torre de
Cartas: 3000 – 3211 Cambio No 1, diciembre 2014.
Cap. III
Cap. VI
BAHÍA SAN VICENTE
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Bahía San Vicente Muelle “Alimar”.- Al SSE de los anteriores. Mide 80 metros de largo y 4 de ancho; está orientado al 205°. Se sonda en su cabezo 11 metros de agua. Para buques de tamaño moderado. Malecón del puerto pesquero.- Al W y a 1 cable aproximadamente de distancia del muelle "Pesquera Blumar", se encuentra situado el malecón pesquero de propiedad fiscal. Mide 140 metros de largo y está destinado exclusivamente a las embarcaciones pesqueras. Muelle “Landes”.- Al S de los anteriores. Mide 40 metros de largo y 4 de ancho; está orientado al 215°. Para pesqueros de tamaño moderado. Muelles y terminales marítimos del Puerto San Vicente Terminal Marítimo San Vicente Terminal Internacional (S.V.T.I.).- Es de propiedad fiscal, concesionado y operado por la empresa "San Vicente Terminal Internacional". En el área de terreno que forma la costa E de la punta Liles, se encuentra el puerto comercial que cuenta con 3 sitios de atraque que permiten las maniobras de naves mercantes. Cuenta con un frente de 603 metros de largo por 25 metros de ancho, con defensas tipo neumática y 25 bitas.
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El puerto cuenta con 6 grúas "Gottwald" móviles, con una capacidad de levante de 100 toneladas y 1 grúa "Liebherr" móvil, con una capacidad de levante de 100 toneladas. Para maniobras de atraque y desatraque, tanto diurnas como nocturnas, se requiere de dos remolcadores. Todos los recintos portuarios están iluminados con luces amarillas de gran potencia y visibles a gran distancia. Cuentan con circuito de agua potable y servicio de combustible por camión. Sitio No 1.- Eslora máxima 200 metros, calado máximo 12,00 metros. Las naves podrán hacer uso de una boya de amarre ubicada al norte del cabezo del muelle cuyo resguardo bajo la quilla es de 0,6 metros. Bitas de la 1 a la 8.
20 Sitio No 2.- Eslora máxima 200 metros, calado máximo 11,40 metros. Bitas de la 9 a la 14.
Sitio No 3.- Eslora máxima 200 metros, calado máximo 12,20 metros. Bitas de la 15 a la 25. Muelle ENAP Bio-Bío.- A continuación del puerto pesquero se encuentra el muelle ENAP Bio-Bío, construido por una pasarela plana de hormigón de 9 metros de ancho apoyado en pilotes de acero.
Cartas: 6000 – 6110 – 6112 Original, diciembre 2014.
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Cap. VI
BAHÍA SAN VICENTE
Sitio web.- Los detalles de la resolución que habilita y establece las condiciones de operación de las naves y el uso de las instalaciones portuarias del puerto de San Vicente, se encuentran en el sitio web: www.directemar.cl (marco normativo /nacional/ resoluciones / resoluciones locales gobernación marítima de Talcahuano / capitanía de Puerto de San Vicente).
La primera parte del muelle corre en dirección 224° para cambiar al 265°. Tiene un largo de 950 metros. Sitios Norte y Sur.- Cuenta con dos sitios de atraque, los que se encuentran en su fase final de construcción. Muelle de la Compañía de Aceros del Pacífico (CAP).- A 8 cables al SE de punta Liles se halla situado el muelle mecanizado de la Compañía de Aceros del Pacífico, de un largo de 250 metros por 26,60 de ancho, orientado al 287°, en cuyo cabezo se sondan 9,7 metros. Esta unido a tierra por un terraplén de 98 por 26 metros de ancho. En ambos costados cuenta con defensas de goma y estructura de fierro con madera. Sitio de atraque CAP Norte.- Eslora máxima 240 metros y 11,15 metros de calado máximo. Sitio de atraque CAP Sur.- Eslora máxima permitida 200 metros y 8,50 metros de calado máximo. El lado N del muelle está totalmente mecanizado y de preferencia se le destina a la descarga de minerales de hierro y piedra caliza para los altos hornos de la siderúrgica de Huachipato. Cuenta con dos grúas provistas de palas mecánicas, cinta transportadora y grúas más pequeñas para la descarga de mercaderías. Boyas de amarre.- Al 073° y a 280 metros del cabezo se encuentra fondeada la boya N y al 142° y a 260 metros la boya S. Muelle mecanizado Abastible S.A.- Destinado para efectuar carga y descarga de gas licuado y de otros productos de graneles líquidos compatibles. Consiste en un muelle mecanizado 2.243 metros de largo y 4 metros de ancho. En su cabezo, tres duques de alba y cuatro boyas de amarre para buques tanques especializados. Sitio de atraque.- Muelle con orientación al 308°. Calado máximo 12,10 metros, eslora máxima 190 metros y minima 10 metros, y manga máxima 30,95 metros.
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Terminales Marítimos Petroleros Terminales Enap. Refinerías S.A.- Este muelle se encuentra inhabilitado. Terminal B.- Este terminal se encuentra inhabilitado tanto las líneas submarinas como las boyas de amarre. No se podrán realizar maniobras en el mencionado terminal, quedando 3 líneas submarinas tendidas en el fondo marino sin combustible.
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Terminal C.- Este terminal se encuentra inhabilitado tanto las líneas submarinas como las boyas de amarre. No se podrán realizar maniobras en el mencionado terminal, quedando 5 líneas submarinas tendidas en el fondo marino sin combustible. Sitio web.- Los detalles de la resolución que habilita y establece las condiciones de operación de las naves y el uso de los terminales marítimos “B” y “C” del puerto de San Vicente, se encuentran en el sitio web: www.directemar.cl (marco normativo / nacional/ resoluciones / resoluciones locales gobernación marítima de Talcahuano / capitanía de Puerto de San Vicente). Faros y balizas.- En el puerto San Vicente existen los siguientes faros y balizas: Faro Punta Hualpén.- En el extremo NW de la
40 punta del mismo nombre, se encuentra instalado
el faro. Tiene personal para su operación, cuenta con señal de niebla y equipo de radiotelefonía. Señal costera. Ver características en la Lista de Faros. Baliza luminosa Muelle CAP.- En el cabezo del muelle de la Compañía de Aceros del Pacífico se encuentra una baliza luminosa. Señal costera. Ver características en la Lista de Faros.
Cartas: 6000 – 6110 – 6112 Cambio No 1, diciembre 2014.
Cap. VI
DIRECCIÓN DERROTA RÍO MAULLÍN
Recomendaciones generales para navegar el río Maullín.- Se recomienda no intentar entrar o salir del río con marea creciente, pues la corriente que tira hacia la boca se deja sentir con mucha intensidad, además del peligro de la gran rompiente que se forma en la barra. Asimismo, se debe evitar salir con mal tiempo, debido al fuerte oleaje que se encuentra después de pasar la barra del río. No debe intentarse el acceso al río Maullín más al S del track recomendado, por cuanto las rompientes ponen permanentemente en peligro a las embarcaciones.
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Direcciones para la derrota en el río Maullín Ingresando o navegando de W a E.- Aproximar a la desembocadura del río Maullín navegando al rumbo 090º para pasar al S y a 1,3 cables de las rocas Javier Igor y luego también al S y a 1 cable del morro Godoy. Al llegar a las proximidades de la punta Godoy, enmendar el rumbo a estribor al 111º, dejando un Parallel Index de 1 cable a Pta. Godoy. Enseguida, caer oportunamente a babor al rumbo 053º y gobernar en dirección a la baliza luminosa Roca Dos Amigos. Así, se ingresará por el área de mayores profundidades de la barra del río Maullín, dejando claras por babor las rocas Los Caballos y Maullín; asimismo, por estribor el sector menos profundo de la barra río Maullín y luego el banco del Pangal. Al aproximar a unos 5 cables de la baliza luminosa Roca Dos Amigos, caer a estribor al rumbo 080º para pasar al S y a 2,2 cables de la misma baliza. Una vez claro de la punta Pangal, caer a estribor hasta el rumbo 118º, en dirección a la torre de la iglesia del poblado de Maullín, de modo de navegar la fracción profunda del canalizo en esta parte. Finalmente, luego de navegar aproximadamente 1,5 millas a este último arrumbamiento, se puede caer a babor al rumbo 098º, para dejar claros al S los bajos que despide la ribera S del río y fondear a la gira a unos 2 cables de la rampa de balseo en el puerto fluvial de Maullín. Saliendo o navegando de E a W.- Para salir del río Maullín, inicialmente dar rumbo al 278° y, luego una vez rebasada la punta San Juan, enmendarlo
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al 298° para pasar al NE y a 1,75 cables de la punta Pangal. La baliza luminosa Roca Dos Amigos quedará levemente abierta hacia estribor. De este modo, se dará prudente resguardo por estribor al banco La Cava; como asimismo, a los bajos fondos que despide la ribera S del río por babor. Al llegar a la cuadra de la punta Pangal, caer a babor al rumbo 260° para pasar al N y a 1,8 cables de la misma punta Pangal, y luego al S y a 2,2 cables de la baliza luminosa Roca Dos Amigos. La proa quedará en dirección al canto S de la punta Godoy. Posteriormente, caer nuevamente a babor, al rumbo 233°, dejando por la popa y al 053° la baliza luminosa Roca Dos Amigos. Mantener este arrumbamiento y caer oportunamente a estribor al rumbo 291°, dejando un Parallel Index de 1 cable a Pta. Godoy. Finalmente, al aproximar a la punta Godoy, caer a babor al rumbo 270° para pasar al S y a 1 cable de ella y luego también al S y a 1,3 cables de las rocas Javier Igor. Así, se dejarán claras por estribor el banco y las rocas Los Caballos y Maullín; como asimismo, por babor el banco del Pangal y el sector menos profundo de la barra río Maullín; navegando por el área de mayores profundidades, hasta alcanzar aguas más profundas en la bahía Maullín. Baliza luminosa Lolcura.- Se encuentra instalada una baliza luminosa en la desembocadura del río Maullín. Señal costera. Ver características en la Lista de Faros. Caleta Puelma.- Carta No 7211. Lat. 41° 38' S; Long. 73° 41' W (aprox.). Inmediatamente al E del morro El Amortajado, y sobre la ribera S del río Maullín, se forma la caleta Puelma. Mide esta ensenada como 2 millas de boca por 2 cables de saco, quedando limitado al SE, por la punta Colo Colo. La caleta Puelma es de aguas someras y de fondo disparejo, con el transcurso del tiempo se ha ido paulatinamente embancando con las arenas arrastradas por el río. En la playa rocosa y somera, ubicada al pie de los escarpes del lado SE del morro El Amortajado, existe un atracadero para botes, el cual puede ser accesible solamente con pleamar y buenas condiciones de tiempo; en caso contrario o de urgencia, podría desembarcarse tomando precauciones en la playa arenosa vecina.
Cartas: 7000 – 7211 Cambio No 1, diciembre 2014.
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RÍO SAN PEDRO NOLASCO
canal de entrada del río Maullín, muchas veces aun con buen tiempo, momentos antes de comenzar la marea creciente.
En el centro de la caleta existe un manchón de sargazos; y en la costa occidental, en el lado S de la misma, se encuentra un mayor número de sargazos. Caleta Puelma es un fondeadero apropiado, con buenas condiciones de tiempo, solamente para embarcaciones menores. Punta Colo Colo.- El límite de caleta Puelma por el SE, lo marca la punta Colo Colo. Esta proyección de costa es de mediana altura, escarpada y con numerosas rocas a su pie. Río San Pedro Nolasco.- Al oriente de la punta Colo Colo, se vacía el río San Pedro Nolasco, que es navegable con pleamar por lanchas y balandras, solamente hasta 1 milla al interior de la desembocadura. Al cabo de esta distancia se convierte el río en una marisma, alimentada por las mareas y los arroyos: del Rey, Camón y Puquitrín. El río San Pedro Nolasco queda en seco durante la bajamar, pero con la llena desaparecen los vados. A 7 cables al SE de su entrada, fluye por el oriente el riachuelo del Rey. Hacia el NNE de la punta oriental de la desembocadura del río San Pedro Nolasco, se extiende la playa del mismo nombre, la que es baja y arenosa. Banco del Pangal.- A corta distancia al W de la playa San Pedro Nolasco, se encuentra el banco del Pangal, constituido por un extenso banco de arena, siempre cubierto, el cual se prolonga por 2 millas del NNE al SSW y sale hacia afuera de la costa casi por 1,5 millas. Hay en el banco rompientes constantes. Cuando la mar está un poco agitada, rompen las olas muy altas hacia el W del banco y aun más afuera, hasta media distancia sobre la alineación de los morros Godoy y El Amortajado, en cuyo punto existe otro pequeño banco que viene a ser como una prolongación hacia el W del banco mayor. Con vientos fuertes de los cuadrantes occidentales, toda la boca del río Maullín se presenta como una sucesión de rompientes. Aunque en la línea que se acaba de mencionar y hasta 1 milla afuera, sea la profundidad de 6 a 7 metros, rompe también la mar como hasta 3 y 4 cables al SE de las rocas Javier Igor. Estas rompientes son muy peligrosas por levantarse en el mismo
Cap. VI
Balizas ciegas de enfilación.- Se encuentran instaladas al ESE y como a 1,2 millas del morro Godoy.
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Baliza Anterior.- Torre de fibra de vidrio de 3,3 metros de alto, de color blanco con franja horizontal roja y aletas distintivas triangulares, señal costera. Altura sobre el nivel medio del mar: 4,5 metros. Baliza Posterior.- Torre de fibra de vidrio de 4 metros de alto, de color blanco con franja horizontal roja. Señal costera. Altura sobre el nivel medio del mar: 6 metros. Ambas balizas se encuentran enfiladas al 111°. Punta Pangal.- A 1,3 millas al E del morro Godoy
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punta Pangal, cuya saliente es muy baja, arenosa y en constante embancamiento. La estructura de la punta es de arena fina, la cual es arrastrada constantemente hacia el NE por los vientos del 3er cuadrante. Debido a ese avance continuado, la punta toma diversas formas, con lo cual se modifica evidentemente el cauce del río Maullín, como asimismo la forma, situación y dimensiones de los bancos y acervos de una y otra ribera del río.
Morro Chanhué.- A 1,1 millas al NNW de punta Pangal y sobre la ribera N del río Maullín, se alza el morro Chanhué. Está formado por un pequeño promontorio muy arbolado, de 29 metros de altura; por su lado S es escarpado, pero por el N desciende desde la cumbre en suave pendiente. La conformación del morro Chanhué es de arenisca gruesa, recargada de cascajo menudo y unida por un cemento muy tenaz. La base del morro descansa en un conglomerado aluvial, muy resistente y unido por un cemento gris. Morro Chanhué constituye el extremo N de la desembocadura del río Quenuir. Islotes Dos Amigos.- Entre el morro Chanhué y la punta Pangal, se encuentran los islotes Dos Amigos. Consisten en dos islotes bajos y de la misma formación que la del citado morro.
Cartas: 7000 – 7210 – 7211
DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL indagaciones para establecer si la embarcación se encuentra segura, lo que incluye transmisiones a otras naves controladas en las cercanías y comunicaciones con los respectivos armadores y/o propietarios, agentes o fletadores. Si estas indagaciones son infructuosas, entonces se iniciarán las operaciones de búsqueda. La participación en el sistema es voluntaria para los buques extranjeros que naveguen fuera de la zona marítima A1, del Servicio Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM). La reglamentación nacional dispone que toda nave extranjera que se dirija a un puerto chileno debe comunicar su arribo con 24 horas de anticipación como mínimo. Cuando las naves extranjeras naveguen por la zona A1 de la República deberán comunicar su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT). Fuera de la zona A1, el sistema considera solamente un informe diario entre las 12:00 Z y 16:00 Z (08:00 y 12:00 LT). Las naves de bandera chilena notificarán su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT) diariamente en forma permanente e ininterrumpida. Para el cumplimiento del envío de las informaciones antes mencionadas, se indican los siguientes puntos de contacto: a.- CENTRO COORDINADOR DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO (MRCC-CHILE). • Teléfonos: +56-32-2208637 y +56-322208639. • Fax: +56-32-2208662 • Correo electrónico:
[email protected] • Sitio web: www.directemar.mil.cl, en el subsitio: marco normativo/ internacional/ procedimientos/ servicio de búsqueda y salvamento marítimo. b.- CENTROS REGIONALES DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO CHILE (MRCC). Existen cinco centros regionales de búsqueda y salvamento marítimo con asiento en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas, y que cuentan con las siguientes direcciones de correo electrónico: •
[email protected] •
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[email protected] Chile también está asociado al Sistema Cospas-Sarsat que recibe alertas de radiobalizas de 406 MHz y 121,5 MHz. Para estos efectos, se encuentran operando tres estaciones LUT (Local User Terminal), en Santiago, otra en Punta Arenas y la última en isla de Pascua (Rapa-Nui/Easter Island). 3.- CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS.El Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática ha dispuesto, entre otras, la adopción de las siguientes medidas, cuyo conocimiento es de interés para los navegantes: a.- Se prohíbe toda descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, desde naves o artefactos navales, salvo en los siguientes casos: 1) Los buques petroleros de 150 toneladas de registro grueso o más; los buques que sin ser petroleros estén equipados con espacios de carga para transportar hidrocarburos a granel y que tengan una capacidad total, igual o superior a 200 m3, cuando: • Se encuentren navegando a más de 50 millas de la costa más próxima. • El régimen instantáneo de descarga de hidrocarburos no exceda de 60 litros por milla. • La cantidad total de hidrocarburos descargados no sea superior a 1/15.000 de la capacidad total de carga en el caso de buques existentes, o a 1/30.000 en caso de buques nuevos. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetro), y disponga de un estanque de decantación. 2) Las condiciones impuestas precedentemente no serán exigibles para las descargas de lastres limpios o segregados. 3) Las naves de 400 toneladas de registro grueso o más, los artefactos navales y los buques mencionados anteriormente, solamente podrán efectuar la descarga de las aguas de sentinas de los espacios de máquinas no contaminados con hidrocarburos transportados como carga, cuando: • Se encuentren a más de 12 millas de la costa más próxima.
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DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL
• Estén navegando en ruta. • El contenido de hidrocarburos del efluente sea inferior a 100 partes por millón. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetros), equipo de separación de agua e hidrocarburos, o sistemas de filtración de hidrocarburos. Las condiciones anteriores no se exigirán cuando dichas aguas, sin dilución, tengan un contenido de hidrocarburos que no exceda de quince partes por millón, y se tenga en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos. b.- Las descargas no podrán contener productos químicos ni ninguna otra sustancia en cantidades o concentraciones susceptibles de contaminar las aguas, ni adición alguna de productos químicos u otras sustancias cuyo fin sea eludir el cumplimiento de las condiciones de descarga. c.- Se prohíbe la descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas, a toda nave o artefacto naval, en aguas interiores, puertos y canales, salvo que se trate exclusivamente de descargas de: • Aguas de las sentinas de los espacios de máquinas, no contaminadas con hidrocarburos. • Aguas no contaminadas con hidrocarburos transportados como carga. • Hidrocarburos o mezclas oleosas, cuyo contenido de hidrocarburos no exceda de 15 partes por millón. En este caso, la nave o artefacto naval deberá tener en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos, el que estará provisto de un dispositivo de detención que garantice que la descarga se detenga automáticamente cuando el contenido de hidrocarburos de aquella, exceda de 15 partes por millón. d.- Toda nave o artefacto naval que no pueda cumplir con lo anterior, deberá retener sus residuos a bordo y descargarlos en instalaciones de recepción aptas. En caso que no las hubiere, la Autoridad Marítima podrá autorizar su eliminación de forma que no ocasione daños o perjuicios en el medio ambiente marino. e.- Con el objeto de evitar la transmisión de especies perjudiciales y epidemias, dispónese que toda nave procedente del extranjero lastrada con agua de mar, deberá renovar su lastre al me-
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nos una vez antes de arribar a puertos chilenos y a una distancia no inferior a las 12 millas de la costa. Asimismo, toda nave procedente de zonas afectadas por cólera u otra epidemia de características contagiosas similares, deberá adoptar los procedimientos antes indicados, los que podrán ser controlados por la Autoridad Marítima. Existe un Centro Nacional de Control de la Contaminación (CENCON), ubicado en la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático (DIRINMAR), y que tiene cinco Centros Coordinadores Regionales de Control de la Contaminación, en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas. Dichos centros regionales tienen la denominación abreviada de CERCON y pueden ser contactadas a través de las Autoridades Marítimas mencionadas mediante las siguientes direcciones de correo electrónico: •
[email protected] (G.M. Iquique) • valparaí
[email protected] (G.M. Valparaíso) •
[email protected] (G.M. Talcahuano) •
[email protected] (G.M. Pto. Montt) •
[email protected] (G.M. Pta. Arenas) • www.directemar.cl, en el subsitio: medio ambiente acuático. • Correo electrónico CENCON: •
[email protected] • Teléfonos: 56-32-2208637; 56-32-2208639 • Fax: 56-32-2208662 f.- Respecto a las aguas sucias de los buques, en Chile se prohíbe efectuar descargas de aguas sucias a toda nave o artefacto naval en el mar, salvo que estas hayan sido previamente desmenuzadas y desinfectadas, para lo cual la Autoridad Marítima podrá autorizar expresamente que la descarga se efectúe a una distancia superior a 4 millas de la costa más próxima. En el caso, que estos residuos líquidos no cuenten con el referido tratamiento, se les puede autorizar a una distancia mayor de 12 millas de la costa más próxima. En los casos que un buque extranjero o de bandera nacional, sea autorizado a efectuar la descarga de sus aguas sucias, en aguas interiores o a una distancia inferior a 4 millas de la costa más próxima, la Autoridad Marítima chilena exigirá que este cuente con un equipo de tratamiento, autorizado conforme con las disposiciones de Convenio MARPOL 73/78 y de acuerdo a las pruebas y
DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL indagaciones para establecer si la embarcación se encuentra segura, lo que incluye transmisiones a otras naves controladas en las cercanías y comunicaciones con los respectivos armadores y/o propietarios, agentes o fletadores. Si estas indagaciones son infructuosas, entonces se iniciarán las operaciones de búsqueda. La participación en el sistema es voluntaria para los buques extranjeros que naveguen fuera de la zona marítima A1, del Servicio Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM). La reglamentación nacional dispone que toda nave extranjera que se dirija a un puerto chileno debe comunicar su arribo con 24 horas de anticipación como mínimo. Cuando las naves extranjeras naveguen por la zona A1 de la República deberán comunicar su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT). Fuera de la zona A1, el sistema considera solamente un informe diario entre las 12:00 Z y 16:00 Z (08:00 y 12:00 LT). Las naves de bandera chilena notificarán su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT) diariamente en forma permanente e ininterrumpida. Para el cumplimiento del envío de las informaciones antes mencionadas, se indican los siguientes puntos de contacto: a.- CENTRO COORDINADOR DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO (MRCC-CHILE). • Teléfonos: +56-32-2208637 y +56-322208639. • Fax: +56-32-2208662 • Correo electrónico:
[email protected] • Sitio web: www.directemar.mil.cl, en el subsitio: marco normativo/ internacional/ procedimientos/ servicio de búsqueda y salvamento marítimo. b.- CENTROS REGIONALES DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO CHILE (MRCC). Existen cinco centros regionales de búsqueda y salvamento marítimo con asiento en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas, y que cuentan con las siguientes direcciones de correo electrónico: •
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[email protected] Chile también está asociado al Sistema Cospas-Sarsat que recibe alertas de radiobalizas de 406 MHz y 121,5 MHz. Para estos efectos, se encuentran operando tres estaciones LUT (Local User Terminal), en Santiago, otra en Punta Arenas y la última en isla de Pascua (Rapa-Nui/Easter Island). 3.- CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS.El Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática ha dispuesto, entre otras, la adopción de las siguientes medidas, cuyo conocimiento es de interés para los navegantes: a.- Se prohíbe toda descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, desde naves o artefactos navales, salvo en los siguientes casos: 1) Los buques petroleros de 150 toneladas de registro grueso o más; los buques que sin ser petroleros estén equipados con espacios de carga para transportar hidrocarburos a granel y que tengan una capacidad total, igual o superior a 200 m3, cuando: • Se encuentren navegando a más de 50 millas de la costa más próxima. • El régimen instantáneo de descarga de hidrocarburos no exceda de 60 litros por milla. • La cantidad total de hidrocarburos descargados no sea superior a 1/15.000 de la capacidad total de carga en el caso de buques existentes, o a 1/30.000 en caso de buques nuevos. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetro), y disponga de un estanque de decantación. 2) Las condiciones impuestas precedentemente no serán exigibles para las descargas de lastres limpios o segregados. 3) Las naves de 400 toneladas de registro grueso o más, los artefactos navales y los buques mencionados anteriormente, solamente podrán efectuar la descarga de las aguas de sentinas de los espacios de máquinas no contaminados con hidrocarburos transportados como carga, cuando: • Se encuentren a más de 12 millas de la costa más próxima.
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DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL
• Estén navegando en ruta. • El contenido de hidrocarburos del efluente sea inferior a 100 partes por millón. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetros), equipo de separación de agua e hidrocarburos, o sistemas de filtración de hidrocarburos. Las condiciones anteriores no se exigirán cuando dichas aguas, sin dilución, tengan un contenido de hidrocarburos que no exceda de quince partes por millón, y se tenga en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos. b.- Las descargas no podrán contener productos químicos ni ninguna otra sustancia en cantidades o concentraciones susceptibles de contaminar las aguas, ni adición alguna de productos químicos u otras sustancias cuyo fin sea eludir el cumplimiento de las condiciones de descarga. c.- Se prohíbe la descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas, a toda nave o artefacto naval, en aguas interiores, puertos y canales, salvo que se trate exclusivamente de descargas de: • Aguas de las sentinas de los espacios de máquinas, no contaminadas con hidrocarburos. • Aguas no contaminadas con hidrocarburos transportados como carga. • Hidrocarburos o mezclas oleosas, cuyo contenido de hidrocarburos no exceda de 15 partes por millón. En este caso, la nave o artefacto naval deberá tener en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos, el que estará provisto de un dispositivo de detención que garantice que la descarga se detenga automáticamente cuando el contenido de hidrocarburos de aquella, exceda de 15 partes por millón. d.- Toda nave o artefacto naval que no pueda cumplir con lo anterior, deberá retener sus residuos a bordo y descargarlos en instalaciones de recepción aptas. En caso que no las hubiere, la Autoridad Marítima podrá autorizar su eliminación de forma que no ocasione daños o perjuicios en el medio ambiente marino. e.- Con el objeto de evitar la transmisión de especies perjudiciales y epidemias, dispónese que toda nave procedente del extranjero lastrada con agua de mar, deberá renovar su lastre al me-
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nos una vez antes de arribar a puertos chilenos y a una distancia no inferior a las 12 millas de la costa. Asimismo, toda nave procedente de zonas afectadas por cólera u otra epidemia de características contagiosas similares, deberá adoptar los procedimientos antes indicados, los que podrán ser controlados por la Autoridad Marítima. Existe un Centro Nacional de Control de la Contaminación (CENCON), ubicado en la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático (DIRINMAR), y que tiene cinco Centros Coordinadores Regionales de Control de la Contaminación, en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas. Dichos centros regionales tienen la denominación abreviada de CERCON y pueden ser contactadas a través de las Autoridades Marítimas mencionadas mediante las siguientes direcciones de correo electrónico: •
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[email protected] • Teléfonos: 56-32-2208637; 56-32-2208639 • Fax: 56-32-2208662 f.- Respecto a las aguas sucias de los buques, en Chile se prohíbe efectuar descargas de aguas sucias a toda nave o artefacto naval en el mar, salvo que estas hayan sido previamente desmenuzadas y desinfectadas, para lo cual la Autoridad Marítima podrá autorizar expresamente que la descarga se efectúe a una distancia superior a 4 millas de la costa más próxima. En el caso, que estos residuos líquidos no cuenten con el referido tratamiento, se les puede autorizar a una distancia mayor de 12 millas de la costa más próxima. En los casos que un buque extranjero o de bandera nacional, sea autorizado a efectuar la descarga de sus aguas sucias, en aguas interiores o a una distancia inferior a 4 millas de la costa más próxima, la Autoridad Marítima chilena exigirá que este cuente con un equipo de tratamiento, autorizado conforme con las disposiciones de Convenio MARPOL 73/78 y de acuerdo a las pruebas y
DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL indagaciones para establecer si la embarcación se encuentra segura, lo que incluye transmisiones a otras naves controladas en las cercanías y comunicaciones con los respectivos armadores y/o propietarios, agentes o fletadores. Si estas indagaciones son infructuosas, entonces se iniciarán las operaciones de búsqueda. La participación en el sistema es voluntaria para los buques extranjeros que naveguen fuera de la zona marítima A1, del Servicio Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM). La reglamentación nacional dispone que toda nave extranjera que se dirija a un puerto chileno debe comunicar su arribo con 24 horas de anticipación como mínimo. Cuando las naves extranjeras naveguen por la zona A1 de la República deberán comunicar su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT). Fuera de la zona A1, el sistema considera solamente un informe diario entre las 12:00 Z y 16:00 Z (08:00 y 12:00 LT). Las naves de bandera chilena notificarán su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT) diariamente en forma permanente e ininterrumpida. Para el cumplimiento del envío de las informaciones antes mencionadas, se indican los siguientes puntos de contacto: a.- CENTRO COORDINADOR DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO (MRCC-CHILE). • Teléfonos: +56-32-2208637 y +56-322208639. • Fax: +56-32-2208662 • Correo electrónico:
[email protected] • Sitio web: www.directemar.mil.cl, en el subsitio: marco normativo/ internacional/ procedimientos/ servicio de búsqueda y salvamento marítimo. b.- CENTROS REGIONALES DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO CHILE (MRCC). Existen cinco centros regionales de búsqueda y salvamento marítimo con asiento en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas, y que cuentan con las siguientes direcciones de correo electrónico: •
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• Estén navegando en ruta. • El contenido de hidrocarburos del efluente sea inferior a 100 partes por millón. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetros), equipo de separación de agua e hidrocarburos, o sistemas de filtración de hidrocarburos. Las condiciones anteriores no se exigirán cuando dichas aguas, sin dilución, tengan un contenido de hidrocarburos que no exceda de quince partes por millón, y se tenga en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos. b.- Las descargas no podrán contener productos químicos ni ninguna otra sustancia en cantidades o concentraciones susceptibles de contaminar las aguas, ni adición alguna de productos químicos u otras sustancias cuyo fin sea eludir el cumplimiento de las condiciones de descarga. c.- Se prohíbe la descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas, a toda nave o artefacto naval, en aguas interiores, puertos y canales, salvo que se trate exclusivamente de descargas de: • Aguas de las sentinas de los espacios de máquinas, no contaminadas con hidrocarburos. • Aguas no contaminadas con hidrocarburos transportados como carga. • Hidrocarburos o mezclas oleosas, cuyo contenido de hidrocarburos no exceda de 15 partes por millón. En este caso, la nave o artefacto naval deberá tener en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos, el que estará provisto de un dispositivo de detención que garantice que la descarga se detenga automáticamente cuando el contenido de hidrocarburos de aquella, exceda de 15 partes por millón. d.- Toda nave o artefacto naval que no pueda cumplir con lo anterior, deberá retener sus residuos a bordo y descargarlos en instalaciones de recepción aptas. En caso que no las hubiere, la Autoridad Marítima podrá autorizar su eliminación de forma que no ocasione daños o perjuicios en el medio ambiente marino. e.- Con el objeto de evitar la transmisión de especies perjudiciales y epidemias, dispónese que toda nave procedente del extranjero lastrada con agua de mar, deberá renovar su lastre al me-
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nos una vez antes de arribar a puertos chilenos y a una distancia no inferior a las 12 millas de la costa. Asimismo, toda nave procedente de zonas afectadas por cólera u otra epidemia de características contagiosas similares, deberá adoptar los procedimientos antes indicados, los que podrán ser controlados por la Autoridad Marítima. Existe un Centro Nacional de Control de la Contaminación (CENCON), ubicado en la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático (DIRINMAR), y que tiene cinco Centros Coordinadores Regionales de Control de la Contaminación, en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas. Dichos centros regionales tienen la denominación abreviada de CERCON y pueden ser contactadas a través de las Autoridades Marítimas mencionadas mediante las siguientes direcciones de correo electrónico: •
[email protected] (G.M. Iquique) • valparaí
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[email protected] (G.M. Pta. Arenas) • www.directemar.cl, en el subsitio: medio ambiente acuático. • Correo electrónico CENCON: •
[email protected] • Teléfonos: 56-32-2208637; 56-32-2208639 • Fax: 56-32-2208662 f.- Respecto a las aguas sucias de los buques, en Chile se prohíbe efectuar descargas de aguas sucias a toda nave o artefacto naval en el mar, salvo que estas hayan sido previamente desmenuzadas y desinfectadas, para lo cual la Autoridad Marítima podrá autorizar expresamente que la descarga se efectúe a una distancia superior a 4 millas de la costa más próxima. En el caso, que estos residuos líquidos no cuenten con el referido tratamiento, se les puede autorizar a una distancia mayor de 12 millas de la costa más próxima. En los casos que un buque extranjero o de bandera nacional, sea autorizado a efectuar la descarga de sus aguas sucias, en aguas interiores o a una distancia inferior a 4 millas de la costa más próxima, la Autoridad Marítima chilena exigirá que este cuente con un equipo de tratamiento, autorizado conforme con las disposiciones de Convenio MARPOL 73/78 y de acuerdo a las pruebas y
DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL indagaciones para establecer si la embarcación se encuentra segura, lo que incluye transmisiones a otras naves controladas en las cercanías y comunicaciones con los respectivos armadores y/o propietarios, agentes o fletadores. Si estas indagaciones son infructuosas, entonces se iniciarán las operaciones de búsqueda. La participación en el sistema es voluntaria para los buques extranjeros que naveguen fuera de la zona marítima A1, del Servicio Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM). La reglamentación nacional dispone que toda nave extranjera que se dirija a un puerto chileno debe comunicar su arribo con 24 horas de anticipación como mínimo. Cuando las naves extranjeras naveguen por la zona A1 de la República deberán comunicar su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT). Fuera de la zona A1, el sistema considera solamente un informe diario entre las 12:00 Z y 16:00 Z (08:00 y 12:00 LT). Las naves de bandera chilena notificarán su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT) diariamente en forma permanente e ininterrumpida. Para el cumplimiento del envío de las informaciones antes mencionadas, se indican los siguientes puntos de contacto: a.- CENTRO COORDINADOR DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO (MRCC-CHILE). • Teléfonos: +56-32-2208637 y +56-322208639. • Fax: +56-32-2208662 • Correo electrónico:
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[email protected] •
[email protected] Chile también está asociado al Sistema Cospas-Sarsat que recibe alertas de radiobalizas de 406 MHz y 121,5 MHz. Para estos efectos, se encuentran operando tres estaciones LUT (Local User Terminal), en Santiago, otra en Punta Arenas y la última en isla de Pascua (Rapa-Nui/Easter Island). 3.- CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS.El Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática ha dispuesto, entre otras, la adopción de las siguientes medidas, cuyo conocimiento es de interés para los navegantes: a.- Se prohíbe toda descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, desde naves o artefactos navales, salvo en los siguientes casos: 1) Los buques petroleros de 150 toneladas de registro grueso o más; los buques que sin ser petroleros estén equipados con espacios de carga para transportar hidrocarburos a granel y que tengan una capacidad total, igual o superior a 200 m3, cuando: • Se encuentren navegando a más de 50 millas de la costa más próxima. • El régimen instantáneo de descarga de hidrocarburos no exceda de 60 litros por milla. • La cantidad total de hidrocarburos descargados no sea superior a 1/15.000 de la capacidad total de carga en el caso de buques existentes, o a 1/30.000 en caso de buques nuevos. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetro), y disponga de un estanque de decantación. 2) Las condiciones impuestas precedentemente no serán exigibles para las descargas de lastres limpios o segregados. 3) Las naves de 400 toneladas de registro grueso o más, los artefactos navales y los buques mencionados anteriormente, solamente podrán efectuar la descarga de las aguas de sentinas de los espacios de máquinas no contaminados con hidrocarburos transportados como carga, cuando: • Se encuentren a más de 12 millas de la costa más próxima.
Cambio No 1, diciembre 2014.
C-4 (3005)
DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL
• Estén navegando en ruta. • El contenido de hidrocarburos del efluente sea inferior a 100 partes por millón. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetros), equipo de separación de agua e hidrocarburos, o sistemas de filtración de hidrocarburos. Las condiciones anteriores no se exigirán cuando dichas aguas, sin dilución, tengan un contenido de hidrocarburos que no exceda de quince partes por millón, y se tenga en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos. b.- Las descargas no podrán contener productos químicos ni ninguna otra sustancia en cantidades o concentraciones susceptibles de contaminar las aguas, ni adición alguna de productos químicos u otras sustancias cuyo fin sea eludir el cumplimiento de las condiciones de descarga. c.- Se prohíbe la descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas, a toda nave o artefacto naval, en aguas interiores, puertos y canales, salvo que se trate exclusivamente de descargas de: • Aguas de las sentinas de los espacios de máquinas, no contaminadas con hidrocarburos. • Aguas no contaminadas con hidrocarburos transportados como carga. • Hidrocarburos o mezclas oleosas, cuyo contenido de hidrocarburos no exceda de 15 partes por millón. En este caso, la nave o artefacto naval deberá tener en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos, el que estará provisto de un dispositivo de detención que garantice que la descarga se detenga automáticamente cuando el contenido de hidrocarburos de aquella, exceda de 15 partes por millón. d.- Toda nave o artefacto naval que no pueda cumplir con lo anterior, deberá retener sus residuos a bordo y descargarlos en instalaciones de recepción aptas. En caso que no las hubiere, la Autoridad Marítima podrá autorizar su eliminación de forma que no ocasione daños o perjuicios en el medio ambiente marino. e.- Con el objeto de evitar la transmisión de especies perjudiciales y epidemias, dispónese que toda nave procedente del extranjero lastrada con agua de mar, deberá renovar su lastre al me-
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nos una vez antes de arribar a puertos chilenos y a una distancia no inferior a las 12 millas de la costa. Asimismo, toda nave procedente de zonas afectadas por cólera u otra epidemia de características contagiosas similares, deberá adoptar los procedimientos antes indicados, los que podrán ser controlados por la Autoridad Marítima. Existe un Centro Nacional de Control de la Contaminación (CENCON), ubicado en la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático (DIRINMAR), y que tiene cinco Centros Coordinadores Regionales de Control de la Contaminación, en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas. Dichos centros regionales tienen la denominación abreviada de CERCON y pueden ser contactadas a través de las Autoridades Marítimas mencionadas mediante las siguientes direcciones de correo electrónico: •
[email protected] (G.M. Iquique) • valparaí
[email protected] (G.M. Valparaíso) •
[email protected] (G.M. Talcahuano) •
[email protected] (G.M. Pto. Montt) •
[email protected] (G.M. Pta. Arenas) • www.directemar.cl, en el subsitio: medio ambiente acuático. • Correo electrónico CENCON: •
[email protected] • Teléfonos: 56-32-2208637; 56-32-2208639 • Fax: 56-32-2208662 f.- Respecto a las aguas sucias de los buques, en Chile se prohíbe efectuar descargas de aguas sucias a toda nave o artefacto naval en el mar, salvo que estas hayan sido previamente desmenuzadas y desinfectadas, para lo cual la Autoridad Marítima podrá autorizar expresamente que la descarga se efecúe a una distancia superior a 4 millas de la costa más próxima. En el caso, que estos residuos líquidos no cuenten con el referido tratamiento, se les puede autorizar a una distancia mayor de 12 millas de la costa más próxima. En los casos que un buque extranjero o de bandera nacional, sea autorizado a efectuar la descarga de sus aguas sucias, en aguas interiores o a una distancia inferior a 4 millas de la costa más próxima, la Autoridad Marítima chilena exigirá que este cuente con un equipo de tratamiento, autorizado conforme con las disposiciones de Convenio MARPOL 73/78 y de acuerdo a las pruebas y
DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL indagaciones para establecer si la embarcación se encuentra segura, lo que incluye transmisiones a otras naves controladas en las cercanías y comunicaciones con los respectivos armadores y/o propietarios, agentes o fletadores. Si estas indagaciones son infructuosas, entonces se iniciarán las operaciones de búsqueda. La participación en el sistema es voluntaria para los buques extranjeros que naveguen fuera de la zona marítima A1, del Servicio Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM). La reglamentación nacional dispone que toda nave extranjera que se dirija a un puerto chileno debe comunicar su arribo con 24 horas de anticipación como mínimo. Cuando las naves extranjeras naveguen por la zona A1 de la República deberán comunicar su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT). Fuera de la zona A1, el sistema considera solamente un informe diario entre las 12:00 Z y 16:00 Z (08:00 y 12:00 LT). Las naves de bandera chilena notificarán su posición a las 12:00 Z y 24:00 Z (08:00 y 20:00 LT) diariamente en forma permanente e ininterrumpida. Para el cumplimiento del envío de las informaciones antes mencionadas, se indican los siguientes puntos de contacto: a.- CENTRO COORDINADOR DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO (MRCC-CHILE). • Teléfonos: +56-32-2208637 y +56-322208639. • Fax: +56-32-2208662 • Correo electrónico:
[email protected] • Sitio web: www.directemar.mil.cl, en el subsitio: marco normativo/ internacional/ procedimientos/ servicio de búsqueda y salvamento marítimo. b.- CENTROS REGIONALES DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMO CHILE (MRCC). Existen cinco centros regionales de búsqueda y salvamento marítimo con asiento en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas, y que cuentan con las siguientes direcciones de correo electrónico: •
[email protected] •
[email protected] •
[email protected]
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(3006) C-3
•
[email protected] •
[email protected] Chile también está asociado al Sistema Cospas-Sarsat que recibe alertas de radiobalizas de 406 MHz y 121,5 MHz. Para estos efectos, se encuentran operando tres estaciones LUT (Local User Terminal), en Santiago, otra en Punta Arenas y la última en isla de Pascua (Rapa-Nui/Easter Island). 3.- CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS.El Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática ha dispuesto, entre otras, la adopción de las siguientes medidas, cuyo conocimiento es de interés para los navegantes: a.- Se prohíbe toda descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, desde naves o artefactos navales, salvo en los siguientes casos: 1) Los buques petroleros de 150 toneladas de registro grueso o más; los buques que sin ser petroleros estén equipados con espacios de carga para transportar hidrocarburos a granel y que tengan una capacidad total, igual o superior a 200 m3, cuando: • Se encuentren navegando a más de 50 millas de la costa más próxima. • El régimen instantáneo de descarga de hidrocarburos no exceda de 60 litros por milla. • La cantidad total de hidrocarburos descargados no sea superior a 1/15.000 de la capacidad total de carga en el caso de buques existentes, o a 1/30.000 en caso de buques nuevos. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetro), y disponga de un estanque de decantación. 2) Las condiciones impuestas precedentemente no serán exigibles para las descargas de lastres limpios o segregados. 3) Las naves de 400 toneladas de registro grueso o más, los artefactos navales y los buques mencionados anteriormente, solamente podrán efectuar la descarga de las aguas de sentinas de los espacios de máquinas no contaminados con hidrocarburos transportados como carga, cuando: • Se encuentren a más de 12 millas de la costa más próxima.
Cambio No 3, diciembre 2014.
C-4 (3006)
DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL
• Estén navegando en ruta. • El contenido de hidrocarburos del efluente sea inferior a 100 partes por millón. • Tengan en funcionamiento un dispositivo de vigilancia y control de descarga de hidrocarburos (oleómetros), equipo de separación de agua e hidrocarburos, o sistemas de filtración de hidrocarburos. Las condiciones anteriores no se exigirán cuando dichas aguas, sin dilución, tengan un contenido de hidrocarburos que no exceda de quince partes por millón, y se tenga en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos. b.- Las descargas no podrán contener productos químicos ni ninguna otra sustancia en cantidades o concentraciones susceptibles de contaminar las aguas, ni adición alguna de productos químicos u otras sustancias cuyo fin sea eludir el cumplimiento de las condiciones de descarga. c.- Se prohíbe la descarga de hidrocarburos o de mezclas oleosas, a toda nave o artefacto naval, en aguas interiores, puertos y canales, salvo que se trate exclusivamente de descargas de: • Aguas de las sentinas de los espacios de máquinas, no contaminadas con hidrocarburos. • Aguas no contaminadas con hidrocarburos transportados como carga. • Hidrocarburos o mezclas oleosas, cuyo contenido de hidrocarburos no exceda de 15 partes por millón. En este caso, la nave o artefacto naval deberá tener en funcionamiento un equipo filtrador de hidrocarburos, el que estará provisto de un dispositivo de detención que garantice que la descarga se detenga automáticamente cuando el contenido de hidrocarburos de aquella, exceda de 15 partes por millón. d.- Toda nave o artefacto naval que no pueda cumplir con lo anterior, deberá retener sus residuos a bordo y descargarlos en instalaciones de recepción aptas. En caso que no las hubiere, la Autoridad Marítima podrá autorizar su eliminación de forma que no ocasione daños o perjuicios en el medio ambiente marino. e.- Con el objeto de evitar la transmisión de especies perjudiciales y epidemias, dispónese que toda nave procedente del extranjero lastrada con agua de mar, deberá renovar su lastre al me-
Original, junio 2014.
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nos una vez antes de arribar a puertos chilenos y a una distancia no inferior a las 12 millas de la costa. Asimismo, toda nave procedente de zonas afectadas por cólera u otra epidemia de características contagiosas similares, deberá adoptar los procedimientos antes indicados, los que podrán ser controlados por la Autoridad Marítima. Existe un Centro Nacional de Control de la Contaminación (CENCON), ubicado en la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático (DIRINMAR), y que tiene cinco Centros Coordinadores Regionales de Control de la Contaminación, en las Gobernaciones Marítimas de Iquique, Valparaíso, Talcahuano, Puerto Montt y Punta Arenas. Dichos centros regionales tienen la denominación abreviada de CERCON y pueden ser contactadas a través de las Autoridades Marítimas mencionadas mediante las siguientes direcciones de correo electrónico: •
[email protected] (G.M. Iquique) • valparaí
[email protected] (G.M. Valparaíso) •
[email protected] (G.M. Talcahuano) •
[email protected] (G.M. Pto. Montt) •
[email protected] (G.M. Pta. Arenas) • www.directemar.cl, en el subsitio: medio ambiente acuático. • Correo electrónico CENCON: •
[email protected] • Teléfonos: 56-32-2208637; 56-32-2208639 • Fax: 56-32-2208662 f.- Respecto a las aguas sucias de los buques, en Chile se prohíbe efectuar descargas de aguas sucias a toda nave o artefacto naval en el mar, salvo que estas hayan sido previamente desmenuzadas y desinfectadas, para lo cual la Autoridad Marítima podrá autorizar expresamente que la descarga se efectúe a una distancia superior a 4 millas de la costa más próxima. En el caso, que estos residuos líquidos no cuenten con el referido tratamiento, se les puede autorizar a una distancia mayor de 12 millas de la costa más próxima. En los casos que un buque extranjero o de bandera nacional, sea autorizado a efectuar la descarga de sus aguas sucias, en aguas interiores o a una distancia inferior a 4 millas de la costa más próxima, la Autoridad Marítima chilena exigirá que este cuente con un equipo de tratamiento, autorizado conforme con las disposiciones de Convenio MARPOL 73/78 y de acuerdo a las pruebas y
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1 No de orden y No internacional
2
3
4
Nombre y lugar
Posición
Característica y color.
Latitud S. Longitud W. Carta
5 6 Altura sobre el Alcance nivel nominal medio del en mar millas (metros)
7
8
Descripción de la estructura altura y tipo de señal (metros)
Datos complementarios de las características luminosas, sectores, señales de niebla, etc.
68 G-1934-7
Caleta San Pedro
26° 21’,1 70° 38’,2 2213
D. B. 10 s
7
9
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja y aletas distintivas rectangulares. Señal costera. Altura = 3,3 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 9,0. Sector de visibilidad: del 116° al 271°. Luz eléctrica C. F.
75 G-1932
Caleta Flamenco
26° 34’,5 70° 42’,0 2213
D. B. 5s
20
8
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja y aletas distintivas rectangulares. Señal costera. Altura = 3,3 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 4,0. Sector de visibilidad: del 053° al 245°. Luz eléctrica C. F.
18
12
Torre de fierro blanca, con franjas horizontales rojas. Señal costera. Altura = 9,3 metros.
Luz 3,0 - Eclipse 5,0. Sector de visibilidad: del 033° al 290°. Racon. Luz eléctrica C. F. particular.
BAHÍA TOTORALILLO 75-A G-1930
PUNTA TOTORALILLO
26° 51’,1 70° 49’,1 2000
D. B. 8s
75-B
BOYA LÍMITE No 1
26° 50’,3 70° 49’,1 2000
Gr. Ct. B. (6) + DL 15 s
3
Boya cilíndrica con parte superior amarilla e inferior negra, con marca de tope y pantalla reflectora de radar. Señal cardinal sur.
Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 2,0 - Eclipse 7,0. Luz eléctrica C. F. particular.
75-C
BOYA LÍMITE No 2
26° 50’,4 70° 48’,9 2000
Gr. Ct. B. (6) + DL 15 s
3
Boya cilíndrica con parte superior amarilla e inferior negra, con marca de tope y pantalla reflectora de radar. Señal cardinal sur.
Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 2,0 - Eclipse 7,0. Luz eléctrica C. F. particular.
75-D
BOYA LÍMITE No 3
26° 50’,5 70° 48’,8 2000
Gr. Ct. B. (6) + DL 15 s
3
Boya cilíndrica con parte superior amarilla e inferior negra, con marca de tope y pantalla reflectora de radar. Señal cardinal sur.
Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 0,5 - Eclipse 0,5. Luz 2,0 - Eclipse 7,0. Luz eléctrica C. F. particular.
Original, septiembre 2014.
8
1 No de orden y No internacional
2
3
4
Nombre y lugar
Posición
Característica y color.
Latitud S. Longitud W. Carta
5 6 Altura sobre el Alcance nivel nominal medio del en mar millas (metros)
7
8
Descripción de la estructura altura y tipo de señal (metros)
Datos complementarios de las características luminosas, sectores, señales de niebla, etc.
75-E
Emisario Desalinizadora Totoralillo
26° 52’,1 70° 49’,2 2250
Gr. D. A. (3+1) 20 s
2
Boya especial, cónica de color amarillo.
Luz 0,5 - Eclipse 1,5. Luz 0,5 - Eclipse 1,5. Luz 0,5 - Eclipse 4,5. Luz 0,5 - Eclipse 10,5.
75-F
Emisario Desalinizadora Totoralillo
26° 52’,2 70° 49’,4 2250
Gr. D. A. (3+1) 20 s
2
Boya especial, cónica de color amarillo.
Luz 0,5 - Eclipse 1,5. Luz 0,5 - Eclipse 1,5. Luz 0,5 - Eclipse 4,5. Luz 0,5 - Eclipse 10,5.
76
ROCA CHANGO
27° 02’,0 70° 50’,0 3111
D. V. 5s
5
Boya cilíndrica de plástico verde, con pantalla reflector de radar y marca de tope cilíndrica. Señal lateral de babor.
Luz 0,5 - Eclipse 4,5. Luz eléctrica C. F.
78 G-1924
PUNTA CALDERA
27° 03’,1 70° 51’,1 3111
D. B. 10 s
38
14
Torre troncocónica de madera blanca, con franjas horizontales rojas. Señal costera. Altura = 18,5 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 9,0. Sector de visibilidad: del 020° al 278°. Luz eléctrica giratoria C. F.
80 G-1924-5
Punta Calderillo
27° 02’,9 70° 48’,7 3111
Gr. D. B. (3) 9s
9
4
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja y aletas distintivas rectangulares. Señal costera. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,3 - Eclipse 1,7. Luz 0,3 - Eclipse 1,7. Luz 0,3 - Eclipse 4,7. Sector de visibilidad: del 325° al 128°. Luz eléctrica C. F.
82 G-1926
Muelle Fiscal
27° 03’,8 70° 49’,5 3111
D. V. 3s
5
7
Torre cilíndrica de fibra de vidrio verde, con aletas distintivas rectangulares. Señal lateral de babor. Altura = 3,3 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 2,0. Sector de visibilidad: 360°. Luz eléctrica C. F.
87 G-1923
Punta Caldereta
27° 04’,8 70° 51’,6 3111
D. R. 5s
15
3
Torre de fibra de vidrio roja, con aletas distintivas triangulares. Señal lateral de estribor. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,4 - Eclipse 4,6. Sector de visibilidad: del 069° al 305°. Luz eléctrica C. F.
88 G-1990
ISLA SALAS Y GÓMEZ
26° 28’,2 105° 21’,7 2311
D. B. 12 s
36
11
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 6 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 11,0. Sector de visibilidad: 360°. Luz eléctrica C. F.
Cambio No 4, diciembre 2014.
55
1 No de orden y No internacional
2
3
4
Nombre y lugar
Posición
Característica y color.
Latitud S. Longitud W. Carta
5 6 Altura sobre el Alcance nivel nominal medio del en mar millas (metros)
7
8
Descripción de la estructura altura y tipo de señal (metros)
Datos complementarios de las características luminosas, sectores, señales de niebla, etc.
BAHÍA ANNA PINK 635 G-1563-3
Isla Centro
45° 47’,2 74° 40’,5 8720
D. B. 5s
6
5
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja, con aletas distintivas rectangulares. Señal costera. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,4 - Eclipse 4,6. Sector de visibilidad: del 258° al 119°. Luz eléctrica giratoria C. F.
635-A G-1563-2
Isla Dirección
45° 48’,9 74° 46’,3 8720
Gr. D. B. (4) 12 s
10
5
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja, con aletas distintivas rectangulares. Señal costera. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,3 - Eclipse 1,7. Luz 0,3 - Eclipse 1,7. Luz 0,3 - Eclipse 1,7. Luz 0,3 - Eclipse 5,7. Sector de visibilidad: del 060° al 283°. Luz eléctrica C. F.
635-B
BAJO WICHMANN
45° 47’,6 73° 40’,9 8720
D. R. 5s
4
Boya cilíndrica de polietileno roja, con marca de tope y pantalla reflectora de radar. Señal lateral de estribor.
Luz 0,4 - Eclipse 4,6. Luz eléctrica C. F.
636 G-1563
Isla Inchemó
45° 48’,4 74° 58’,4 8720
D. B. 10 s
32
14
Torre de concreto blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 4 metros.
Luz 0,2 - Eclipse 9,8. Sector de visibilidad: del 231° al 118°. Racon. Luz eléctrica giratoria C. F.
ESTERO ELEFANTES 638 G-1570-6
ISLA RAIMAPU
45° 48’,6 73° 34’,8 8650
D. B. 5s
9
11
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 4 metros.
Luz 0,5 - Eclipse 4,5. Sector de visibilidad: del 223° al 083°. Luz eléctrica C.F.
640 G-1570-65
Islotes Los Mogotes
45° 57’,5 73° 39’,0 8660
D. V. 5s
7
4
Torre de fibra de vidrio verde. Señal lateral de babor. Altura = 4 metros.
Luz 0,4 - Eclipse 4,6. Sector de visibilidad: del 145° al 060°. Luz eléctrica C. F.
642 G-1570-67
Islote Pelado
46° 23’,9 73° 45’,6 8670
D. R. 5s
8
6
Torre de fibra de vidrio roja. Señal lateral de estribor. Altura = 4 metros.
Luz 0,5 - Eclipse 4,5. Sector de visibilidad: del 342° al 295°. Luz eléctrica C. F.
644 G-1570-7
Bahía San Rafael
46° 32’,1 73° 50’,7 8660
Gr. D. B. (3) 9s
7
6
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 4 metros.
Luz 0,3 - Eclipse 1,7. Luz 0,3 - Eclipse 1,7. Luz 0,3 - Eclipse 4,7. Sector de visibilidad: del 015° al 314°. Luz eléctrica C. F.
Cambio No 3, diciembre 2014.
56
1 No de orden y No internacional
2
3
4
Nombre y lugar
Posición
Característica y color.
Latitud S. Longitud W. Carta
5 6 Altura sobre el Alcance nivel nominal medio del en mar millas (metros)
7
8
Descripción de la estructura altura y tipo de señal (metros)
Datos complementarios de las características luminosas, sectores, señales de niebla, etc.
Península de Taitao 664 G-1562
CABO RÁPER Con personal
46° 49’,3 75° 37’,3 8800
D. B. 5s
61
18
Torre cilíndrica de concreto blanca, con franja horizontal roja. Casa adosada al faro. Señal costera. Altura = 14 metros.
Luz 0,1 - Eclipse 4,9. Sector de visibilidad: del 331° al 175°. E.R.T. Característica=CBF-51. Estación meteorológica. Luz eléctrica giratoria C. F.
CANAL FALLOS 675 G-1558-45
Islotes Campino
47° 57’,2 75° 15’,8 9600
D. B. 10 s
15
10
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 4 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 9,0. Sector de visibilidad: 360°. Racon Luz eléctrica C. F.
675-2 G-1558-4
Cabo Weyer
48° 04’,4 75° 12’,8 9700
D. R. 5s
10
4
Torre de fibra de vidrio roja, con aletas distintivas triangulares. Señal lateral de estribor. Altura = 3,3 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 4,0. Sector de visibilidad: del 358° al 190°. Luz eléctrica C. F.
675-4 G-1558-38
Punta Vattuone
48° 07’,6 75° 12’,6 9700
D. V. 5s
10
4
Torre de fibra de vidrio verde, con aletas distintivas rectangulares. Señal lateral de babor. Altura = 3,3 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 4,0. Sector de visibilidad: del 152° al 334°. Luz eléctrica C. F.
675-6 G-1558-35
Punta Sur
48° 17’,4 75° 08’,7 9700
D. V. 3s
8
4
Torre de fibra de vidrio verde, con aletas distintivas rectangulares. Señal lateral de babor. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,3 - Eclipse 2,7. Sector de visibilidad: del 157° al 327°. Luz eléctrica C. F.
675-8 G-1558-3
Punta Sombrero
48° 20’,1 75° 03’,6 9700
D. R. 3s
6
4
Torre de fibra de vidrio roja, con aletas distintivas triangulares. Señal lateral de estribor. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,3 - Eclipse 2,7. Sector de visibilidad: del 326° al 135°. Luz eléctrica C. F.
675-10 G-1558-28
Punta Albatross
48° 28’,8 74° 58’,3 9700
D. R. 5s
8
4
Torre de fibra de vidrio roja, con aletas distintivas triangulares. Señal lateral de estribor. Altura = 3,3 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 4,0. Sector de visibilidad: del 005° al 200°. Luz eléctrica C. F.
Cambio No 1, diciembre 2014.
87
1 No de orden y No internacional
2
3
4
Nombre y lugar
Posición
Característica y color.
Latitud S. Longitud W. Carta
5 6 Altura sobre el Alcance nivel nominal medio del en mar millas (metros)
7
8
Descripción de la estructura altura y tipo de señal (metros)
Datos complementarios de las características luminosas, sectores, señales de niebla, etc.
PASO OCCIDENTAL 1005 G-1334-06
Islote Peñón
54° 48’,0 71° 31’,0 12600
D. B. 10 s
80
9
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 4 metros.
Luz 0,3 - Eclipse 9,7. Sector de visibilidad: del 090° al 290°. Racon. Luz eléctrica C. F.
1007 G-1334-15
Islotes Laberinto Occidental
54° 44’,0 71° 28’,0 12600
D. V. 10 s
5
6
Torre de fibra de vidrio verde. Señal lateral de babor. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,3 - Eclipse 9,7. Sector de visibilidad: 360°. Luz eléctrica C. F.
1009 G-1334-1
Islotes Laberinto Central
54° 45’,0 71° 25’,7 12600
D. R. 10 s
7
6
Torre de fibra de vidrio roja. Señal lateral de estribor. Altura = 4 metros.
Luz 0,5 - Eclipse 9,5. Sector de visibilidad: del 036° al 251°. Luz eléctrica C. F.
CANAL BALLENERO 1011 G-1334-4
Islote Entrada
54° 41’,7 71° 28’,0 12711
D. B. 5s
20
11
Pilar de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 4 metros.
Luz 0,5 - Eclipse 4,5. Sector de visibilidad: del 045° al 290°. Luz eléctrica C. F.
1013 G-1334-2
Islotes Dirección
54° 42’,9 71° 21’,2 12600
Gr.D.B.(2) 10 s
17
5
Torre de fibra de vidrio negra, con franja horizontal roja, con aletas distintivas rectangulares. Señal de peligro aislado. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,5 - Eclipse 2,4. Luz 0,5 - Eclipse 6,6. Sector de visibilidad: 360°. Luz eléctrica C. F.
1015 G-1334
Isla Burnt
54° 44’,0 71° 16’,4 12600
D. B. 10 s
16
8
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 8 metros.
Luz 0,5 - Eclipse 9,5. Sector de visibilidad: del 285° al 130°. Luz eléctrica C. F.
1017 G-1333-8
Isla Señal
54° 50’,5 70° 55’,9 12600
D. B. 5s
10
8
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 4 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 4,0. Sector de visibilidad: del 295° al 135°. Luz eléctrica C. F.
1018 G-1333-7
Islote Arancibia Clavel
54° 52’,2 70° 22’,8 12720
D. B. 10 s
5,5
9
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 4 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 9,0. Sector de visibilidad: del 112° al 308°. Luz eléctrica C. F.
Cambio No 1, diciembre 2014.
88
1 No de orden y No internacional
2
3
4
Nombre y lugar
Posición
Característica y color.
Latitud S. Longitud W. Carta
5 6 Altura sobre el Alcance nivel nominal medio del en mar millas (metros)
7
8
Descripción de la estructura altura y tipo de señal (metros)
Datos complementarios de las características luminosas, sectores, señales de niebla, etc.
CANAL O’BRIEN 1019 G-1333-6
Islote Redondo
54° 55’,5 70° 38’,1 12720
D. B. 10 s
16
7
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja y aletas distintivas rectangulares. Señal costera. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,5 - Eclipse 9,5. Sector de visibilidad: del 257° al 112°. Luz eléctrica C. F.
1020 G-1333-5
Punta Acevedo
54° 54’,1 70° 22’,6 12720
D. B. 5s
24
8
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja. Señal costera. Altura = 4 metros.
Luz 1,0 - Eclipse 4,0. Sector de visibilidad: del 065° al 332°. Luz eléctrica C. F.
1021
BAJO CÓNDOR
54° 53’,0 70° 20’,5 12720
Gr. D. R. (2) 6s
4
Boya metálica roja, con pantalla reflectora de radar y aletas distintivas, con marca de tope. Señal lateral de estribor.
Luz 0,5 - Eclipse 1,5. Luz 0,5 - Eclipse 3,5. Sector de visibilidad: 360°. Luz eléctrica C. F.
1022
BAJO WALTON
54° 52’,8 70° 21’,5 12720
Gr. D. V. (2) 6s
6
4
Boya pilar metálica verde, articulada con balaustrada en su parte superior verde, con marca de tope y pantalla reflectora de radar. Señal lateral de babor. Altura = 6 metros.
Luz 0,3 - Eclipse 1,7. Luz 0,3 - Eclipse 3,7. Sector de visibilidad: 360°. Luz eléctrica C. F.
1023 G-1333-4
Islote Cóndor
54° 53’,3 70° 19’,8 12720
Gr. D. V. (2+1) 14 s
26
5
Torre de fibra de vidrio verde, con franja horizontal roja. Señal lateral modificada, canal preferido a estribor. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,3 - Eclipse 1,7. Luz 0,3 - Eclipse 3,7. Luz 0,3 - Eclipse 7,7. Sector de visibilidad: del 294° al 114°. Luz eléctrica C. F.
1025 G-1333-2
Islote Término
54° 53’,2 70° 17’,6 12720
D. V. 5s
12
4
Torre de fibra de vidrio verde, con aletas distintivas rectangulares. Señal lateral de babor. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,4 - Eclipse 4,6. Sector de visibilidad: del 108° al 074°. Luz eléctrica C. F.
54° 51’,5 70° 05’,7 12700
D. B. 5s
13
7
Torre de fibra de vidrio blanca, con franja horizontal roja y aletas distintivas rectangulares. Señal costera. Altura = 3,3 metros.
Luz 0,4 - Eclipse 4,6. Sector de visibilidad: 360°. Luz eléctrica C. F.
PASO IBARRA 1027 G-1333
Islote Montenares
Cambio No 1, febrero 2014.
VALDIVIA VALDIVIA PUERTO VARAS
15
16
20 PUNTA ARENAS
CASTRO PUERTO EDÉN
19
21
ANCUD
18
109º 15' 21'' W 071º 13' 16'' W
27º 06' 20'' S 30º 04' 00'' S
POIKE CERRO GRANDE
CERRO MIRADOR
ANGOSTURA INGLESA
LLICALDAD
FARO CORONA
PUTENIO
VOLCÁN OSORNO
MIRADOR
CERRO QUEULE
CERRO ALTO
FARO PANUL
073º 10' 13'' W 072º 31' 30'' W 073º 10' 13'' W 073º 52' 33'' W 073º 48' 00'' W 074º 25' 38'' W 071º 02' 20'' W
40º 09' 54'' S 41º 08' 40'' S 41º 39' 15'' S 41º 47' 04'' S 42º 30' 00'' S 49º 00' 10'' S 53º 09' 12'' S
078º 50' 00'' W
33º 37' 00'' S
073º 13' 10'' W
071º 37' 25'' W
33º 34' 16'' S 39º 23' 02'' S
071° 42’ 00” W.
071º 36' 48'' W
33º 04' 42'' S
CERRO COLORADO 33° 23’ 47” S
071º 26' 10'' W
32º 33' 00'' S
CERRO LA HIGUERA
CERRO EL QUISCO
----
----
----
109º 25' 20'' W
27º 10' 49'' S
305
83
600
83
86
83
63,2
44,5
67,6
25,0
37,6
72,1
81,3
32,0
62,7
27,6
19,3
62,7
71,2
----
61,6
51,7
44,5
45,1
50,4
----
----
Cobertura aprox. en M. náuticas
Cambio No 3, diciembre 2014.
610
210
83
86
800
83
250
1020
83
700
150
82
85
600
85
83
110
83
33
780
85
85
----
580
350
----
83
85
250
384
83 86
----
----
Altitud m.
----
----
Canal VHF
Para comunicarse, los usuarios deben encontrarse dentro del área de cobertura de la repetidora y de ambas estaciones (la que llama y la que recibe), y seleccionar los canales 85 u 86 VHF, en el área geográfica en que se encuentren. Canal 85 : Frecuencia transmisión estación móvil 157,275 MHz, estación base 161,875 MHz. Canal 86 : Frecuencia transmisión estación móvil 157,325 MHz, estación base 161,925 kHz.
JUAN FERNÁNDEZ
13
14
AUSTRAL
SAN ANTONIO
12
PUERTO MONTT
ALGARROBO
11
17
VALPARAÍSO
10
SUR
PAPUDO
9
----
----
COQUIMBO
6
CENTRO
ISLA DE PASCUA
5
7
ISLA DE PASCUA
4 RANOKAU
27º 07' 48'' S
CALDERA 070º 55' 20'' W
070º 39' 52'' W
26º 17' 30'' S
PUNTA ACHURRA MORRO COPIAPÓ
CHAÑARAL
----
Longitud
3
----
Latitud ----
----
Localidad ----
----
Jurisdicción
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
----
----
Área
----
----
----
Orden
A N E X O “B” CUADRO DE REPETIDORAS EXISTENTES A LO LARGO DEL LITORAL Pub. 3008 Cap. V - 49
IMPRESO Y PUBLICADO POR EL SERVICIO HIDROGRÁFICO Y OCEANOGRÁFICO DE LA ARMADA DE CHILE - VALPARAÍSO. SE PROHÍBE ESTRICTAMENTE COMERCIALIZAR CUALQUIER VERSIÓN DE ESTE BOLETÍN DESCARGADA DEL SITIO WEB DEL SHOA. ES PROPIEDAD
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ISLA DE PASCUA:
PUERTO WILLIAMS:
URUGUAY:
GOBERNACIÓN MARÍTIMA HANGA ROA Calle Apina Nui s/n Fono-fax: (56) 322100222 Correo electrónico:
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DISTRITO NAVAL BEAGLE Departamento de Operaciones Calle Miramar s/n Fono: (56) 61621273 Fax: (56) 61621160 Celular: 09 - 9152171 Correo electrónico:
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CAPTAIN STEPHAN NEDELCHEV MARINE TECHNICAL SERVICES CIRC. DURANGO 344, ESC. 502 11.000 MONTEVIDEO Fono: (598) 2 - 9163386 Fax: (598) 2 - 9156802 Correo electrónico:
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TERRITORIO CHILENO ANTÁRTICO:
ARGENTINA:
VALPARAÍSO: SERVICIO HIDROGRÁFICO Y OCEANOGRÁFICO DE LA ARMADA DE CHILE Avda. Errázuriz 254 Playa Ancha Casilla 324 Fono: (56) 322266707 Fax: (56) 322266527 Correo electrónico:
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S
E AV SN
AD
LA NES S DE ACIO ADA IC RIZ
NOTA: Las cartas náuticas que entregan las agencias de venta, están
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CO
G
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corregidas hasta la fecha indicada en el timbre correspondiente, debiendo el usuario actualizarlas en base a los Boletines de Noticias a los Navegantes emitidos con posterioridad a la fecha consignada en el timbre, los cuales son entregados en forma gratuita por las agencias al momento de la compra de la carta. Además, dichos Boletines se pueden descargar en forma gratuita en el sitio web: www.shoa.mil.cl. El Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile, mantiene su cartografía permanentemente actualizada, por lo que se recomienda su empleo en naves nacionales y extranjeras cuando se navegue en aguas jurisdiccionales chilenas.