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16 jun. 2017 - (16 -19. – 20 JUNIO). EDICTO JUDICIAL. Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado ... veinte seis de mayo del dos mil diecisiete; RESUELVE:.
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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Viernes, 16 de junio del 2017

Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO DE RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION Ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO, que despacha la Sra. Juez, Dra. Estefany Rojas Coronel y Especialista, Dr. Cesar David Huanca Maquera, en el Expediente N°00227-2017-0-2801-JPCI-02, PATRICIA MARIBEL LOPEZ OBLITAS y JOSE LUIS LOPEZ OBLITAS, solicitan la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, a fin de que se autorice rectificar el Acta de Defunción de Rosario Gloria Oblitas Acosta, en la cual figura su estado civil como CASADA, siendo lo correcto SOLTERA. Por lo que solicito su publicación en el diario La República y fijar cartel en el lugar del juzgado. Moquegua, 15 de Junio del 2017. Franklin Alfredo Salas Zeballos. ABOGADO. CAM N°0328. Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto – Moquegua. (16-19-20 junio) EDICTO PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO. JUEZ: WILLIAMS NORABUENA CARPIO. ESPECIALISTA: HUBER MARLON ROJAS HUAMANI. EXPEDIENTE: 00239-2017-0-2802-JP-FC-021. MATERIA: EXTINCIÓN DE ALIMENTOS. DEMANDANTE: NEYRA RIVEROS, LUIS FRANCISCO. DEMANDADAO: NEYRA CONTRERAS, JOSE. NOTIFICO RESOLUCIÓN N° 02, QUE RESUELVE ADMITIR DEMANDA DE EXTINCION DE ALIMENTOS INTERPUESTA POR LUIS FRANCISCO NEYRA RIVEROS, Y CORRE TRASLADO POR CINCO DIAS A LOS POSIBLES SUCESORES DE JOSE NEYRA CONTRERAS, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. PUBLIQUESE EN “EL PERUANO” Y “LA REPUBLICA” POR TRES DIAS HABILES. ILO, 06 DE JUNIO 2017. HUBER MARLON ROJAS HUAMANI. SECRETARIO JUDICIAL. PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO ILO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (14-15-16 JUN) EDICTO Ante el Primer Juzgado de Familia de Moquegua a cargo del Juez Dr. Cesar Augusto Salinas Ninares. Especialista Rosemary Chambe Vargas – Exp. N° 00502-2017-0-2801-JP-FC-01, se emite la Resolución N° 02 SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA PRESENTE DEMANDA SOBRE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, INTERPUESTA POR MIRTHA SELENE CORDOVA SORIA EN CONTRA DE LA SUCESION DE RELY CHURA CORRALES Y EL MENOR THIAGO ZURIEL CHURA CÓRDOVA, CON CITACION DEL MINISTERIO PUBLICO; 2) TRAMÍTESE EN LA VÍA DE PROCESO DE CONOCIMIENTO; 3) SE CONFIERE TRASLADO DE LA DEMANDA A LA PARTE DEMANDADA POR EL PLAZO DE TREINTA DÍAS, A FIN DE QUE CUMPLA CON CONTESTAR LA MISMA, CASO CONTRARIO SE DECLARARA SU REBELDÍA; 4) NOMBRAR CURADOR PROCESAL QUE ACTÚE EN REPRESENTACIÓN DEL MENOR THIAGO ZURIEL CHURA CÓRDOVA AL ABOGADO BELFOR MANUEL PAZ BASURCO, A QUIEN DEBERÁ NOTIFICÁRSELE CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN, A FIN DE QUE ACEPTE EL CARGO ENCOMENDADO EN EL PLAZO DE TRES DIAS DE NOTIFICADO CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER SUBROGADO. 5) DISPONER LA NOTIFICACION POR EDICTOS DE LA SUCESIÓN DE RELY CHURA CORRALES, PARA CUYO EFECTO CÚMPLASE CON LAS PUBLICACIONES DE LEY EN EL DIARIO LA REPUBLICA, POR EL PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. Moquegua, 12 de Junio de 2017. Abog. CAROLINA SHIRLEY VIZCARRA LIPA. REG. C.A.M. N°0853. DEFENSOR PUBLICO. Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia. Ministerio de Justicia y Derecho Humanos. ROSEMARY CHAMBE VARGAS. SECRETARIA. JUZGADO DE FAMILIA MARISCAL NIETO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (14-15-16 jun) EDICTO Ante el Juzgado Mixto de la Provincia General Sánchez Cerro – Omate de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Juez Dr. Ramiro Morales Alí, Expediente 201700044-0-2801-JM0-CI-1, Especialista Legal Dr. Mario Manuel Tacuri, en la vía del proceso no contencioso se solicita RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de Doña GLADYS BERROA ATENCIO, consistente en la SUPRESION de los nombres (Manuela) (Gladyz) que figuran en su partida, para que en lo sucesivo quede definitivamente como GLADYS BERROA ATENCIO. Lo que se comunica para los fines de ley conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Omate, 12 de Junio de 2017 – Nadia Yris Ayala Cárdenas – Abogada – Registro 07174. (14-15-16 JUN) EDICTO Exp. N° 00514 – 2017 – 0 – 2801-JF – 01, en los segui-

dos por DAYANA MELISSA QUISPE MANCHEGO, que se sigue con el MINISTERIO PUBLICO y otros, sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO, seguidos ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE MARISCAL NIETO, Esp. Legal Dra. ROSEMARY CHAMBE VARGAS, Juez Dr. CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES, proveído: Resolución N° 02 de fecha 28 de abril del 2017, dispone se notifiqué a los sucesores procesales de quien vida fue HERBERT ALFONSO RAMOS ZAPATA y comparezcan al presente proceso, en el término de treinta días, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo la demandante cumplir con efectuar las publicaciones de ley. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 31 de mayo del 2017. JULIO CRISTIAN RAMOS CORDOVA – ABOGADO- Reg. C.A.M. N° 040. ROSEMARY CHAMBE VARGAS –SECRETARIA JUDICIAL – PRIMER JUZGADO DE FAMILIA MARISCAL NIETO – CORTE UPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (16 -19 – 20 JUNIO) EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado – Familia Civil – Sede Nuevo Palacio, que despacha la Juez Dra. Estefany Rojas Coronel, especialista Melisa Paola Manchego Rivera, en el Expediente N°00261-20170-2801-JP-CI-02, mediante resolución N° 01 de fecha veinte seis de mayo del dos mil diecisiete; RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la sucesión intestada del que en vida fue VICENTE GUILLERMO MAMANI, interpuesto por EDWIN VICENTE MAMANI GUTIERREZ, a efectos de hacer saber a los interesados que dentro de los treinta días contados desde la publicación de aviso, el que se considere heredero pueda apersonarse al proceso acreditando su calidad, con la copia certificada de la partida correspondiente o instrumento público que contenga el reconocimiento o declaración judicial de filiación. Publíquese. 15 de junio del 2017. JOSÉ L. RAFAEL RAMOS – ABOGADO – C.A.P. 2851. ABOG. MELISA MANCHEGO RIVERA – PRIMERA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (16 -19 – 20 JUNIO) NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE N° 00463-20085-0-2801-JP-FC-01 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Juez ESTEFANY ROJAS CORONEL y Secretaria Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, ha dispuesto la notificación por edicto a: DIONISIO JUAN GUTIERREZ CHAMBILLA RESOLUCIÓN NRO. 36; Moquegua, uno de Junio del dos mil diecisiete.- SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el pedido de NULIDAD de folios doscientos treinta y ocho, formulado por parte demandante Justina Rumalda Cacallica Mamanchura por derecho propio, y en representación del menor Carlos Daniel Gutierrez Cacalla y Lisbeth Marjhorie Gutierrez Cacallica. En consecuencia NULO todo lo actuado hasta el estado de notificarse la Resolución N° 09 de fecha 21.01.2011 – Sentencia. 2. SE DISPONE NOTIFICAR al demandado con la Resolución N° 09 de fecha 21 de enero del dos once- Sentencia vía edicto bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. R. y H. S. ESTEFANY BENILDA ROJAS CORONEL – JUEZ (s) DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL – FAMILIA DE MARISCAL NIETO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA PRIMERA SECRETARIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA – CIVIL DE MARISCAL NIETO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (16 -19 – 20 JUNIO) NOTIFICACION POR EDICTO DE VIOLENCIA FAMILIAR Ante el Juzgado Especializado de Familia que despacha el Señor Juez Cesar Augusto Salinas Linares, con intervención de la secretaria judicial Rosemary Chambe Vargas; en el Expediente N° 615-2015-0-2801-JR-FC-01 sobre VIOLENCIA FAMILIAR; mediante Resolución N° 01 de fecha 31 de agosto del 2015; SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar en la modalidad Maltrato Físico interpuesta por el representante del Ministerio Público en agravio de MARLENI CRUZ MAMANI en contra de RANDALL RODRIGUEZ ESCALANTE tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO ÚNICO; en consecuencia se dispone TRASLADO de la demanda a la parte demandada por el plazo de cinco días, para que absuelva el traslado de la demanda presentada, bajo apercibimiento de declarársele rebelde; por ofrecidos los medios probatorios que se indican, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados. 2) SE LE CONCEDE AL DEMANDADO el plazo de TRES DÍAS luego de notificado con la presente resolución para que concurra al local del

juzgado a fin de tomar conocimiento de la demanda y anexos, y obtener copias simples de dichos documentos, previo pago al Banco de la Nación por concepto de copias simples 0.38 céntimos, en atención al Decreto Supremo 002-98-JUS, concordante con la Resolución Administrativa 077-2015-CE-PJ, debiendo identificarse con su Documento Nacional de Identidad con la finalidad que se le otorgue acceso al expediente. Tómese razón y hágase saber. AL PRIMER OTROSI: Siendo la naturaleza del proceso téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI: VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que conforme al artículo 11 del Reglamento de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, Decreto Supremo 002-98-JUS, el Ministerio Público se encuentra facultado para disponer medidas de protección de la víctima de violencia física o psicológica, el Juez puede confirmar dichas medidas cuando exista verosimilitud por el certificado médico o psicológico y peligro por la posibilidad de nuevos hechos de agresión, para el caso se justifica la medida de protección y debe confirmarse. SEGUNDO.- Que, la medida de protección provisional dictada atendiendo a las circunstancias se encuentra arreglada a lo dispuesto por el artículo 1 de la ley 26260; por lo que SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución número 0195-2015-P-DJM-2FPCF, por tanto VIGENTE la medida de protección inmediata a favor de la agraviada, consistente en: a) Prohibición de comunicación, acercamiento o proximidad a la víctima, de cualquier forma, con fines de agresión por parte del denunciado Randall Rodríguez Escalante así como el impedimento de acoso a favor de la agraviada Marleni Cruz Mamani entendiéndose como tal a las amenazas, ofensas y/o agresiones físicas y psicológicas, quedando terminantemente prohibido al denunciado Randall Rodríguez Escalante de incurrir en actos u omisiones que vulneren la integridad física y psicológica de la agraviada en el lugar donde se encuentre. b) Otorgamiento de garantías a la víctima aludida por parte de la Comisaría de Samegua quienes deberán resguardar la integridad física y psicológica de la misma, en caso de inminente peligro de agresión ya sea física y/o psicológica, bajo responsabilidad; para tal efecto comuníquese a la Comisaría de Samegua, a fin de que presten las garantías y seguridad del caso. Agréguese a sus antecedentes. Tómese razón y hágase saber.- Resolución 03: SE DISPONE Notificar al demandado RANDALL RODRÍGUEZ ESCALANTE mediante EDICTOS la resolución 01, por tres (03) días hábiles a través del Diario de mayor circulación “La Republica”, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- ROSEMARY CHAMBE VARGAS. SECRETARIA. JUZGADO. (16 -19 – 20 JUNIO) NOTIFICACION POR EDICTO DE VIOLENCIA FAMILIAR Ante el Juzgado Especializado de Familia que despacha el Señor Juez César Augusto Salinas Linares, secretaria judicial Rosemary Chambe Vargas; en el Expediente N° 265-2015-0-2801-JR-FC-01 sobre VIOLENCIA FAMILIAR; seguido por Margarita Veronica Gutierrez Mamani en contra de Justo Jesus Mata Montero; mediante RESOLUCIÓN N° 01: SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar en la modalidad Maltrato Físico interpuesta por el representante del Ministerio Público en contra de JUSTO JESUS MATA MONTERO en agravio de MARGARITA VERONICA GUTIERREZ MAMANI, tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO ÚNICO; en consecuencia se dispone TRASLADO de la demanda a la parte demandada por el plazo de cinco días, para que absuelva el traslado de la demanda presentada, bajo apercibimiento de declarársele rebelde; por ofrecidos los medios probatorios que se indican, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados. 2) SE LE CONCEDE AL DEMANDADO el plazo de TRES DÍAS luego de notificado con la presente resolución para que concurra al local del juzgado a fin de tomar conocimiento de la demanda y anexos, y obtener copias simples de dichos documentos, previo pago al Banco de la Nación por concepto de copias simples 0.38 céntimos, en atención al Decreto Supremo 002-98-JUS, concordante con la Resolución Administrativa 051-2014-CE-PJ, debiendo identificarse con su Documento Nacional de Identidad con la finalidad que se le otorgue acceso al expediente. Tómese razón y hágase saber. AL PRIMER OTROSI.- Téngase presente.- AL SEGUNDO OTROSI.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, de los anexos acompañados obra la resolución que dicta medida de protección provisional a favor de la agraviada, resolución que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento de la Ley de Protección frente a la violencia familiar será objeto de resolución confirmatoria por la autoridad judicial. SEGUNDO.- Que, la medida de protección provisional dictada atendiendo a las circunstancias se encuentra arreglada a lo dispuesto por

el artículo 1 de la ley 26260; por lo que SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución número 083-2015-DFM2FPCF-MN, por tanto VIGENTE la medida de protección inmediata a favor de la agraviada, consistente en: a) Prohibición de comunicación, acercamiento o proximidad a la víctima, en cualquier forma con fines de agresión por parte de Justo Jesus Mata Montero; b) El impedimento de acoso a favor de la parte agraviada Margarita Veronica Gutierrez Madani; entendiéndose como tal a las amenazas, ofensas y/o agresiones físicas o psicológicas, quedando terminantemente prohibido a la parte agresora de incurrir en actos u omisiones que vulneren la integridad física y psicológica de la agraviada en el lugar donde se encuentre, para tal efecto comuníquese a la Comisaría de San Antonio, a fin de que presten las garantías y seguridad del caso. Tómese razón y hágase saber.- RESOLUCIÓN 03: DISPONGO: NOTIFICAR POR EDICTOS al demandado JUSTO JESUS MATA MONTERO, para cuyo efecto cúmplase con las publicaciones en el Diario la Republica, por tres (03) días hábiles, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- ROSEMARY CHAMBE VARGAS. SECRETARIA. JUZGADO. (16 -19 – 20 JUNIO) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 233.-2017-0-2801-JP-PE-03, notificar a la agraviada LOURDES APAZA PUMA la RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 24.04.2017 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO EL PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas con agravante, seguido en contra de WILBER DURAN CONDORI en agravio de LOURDES APAZA PUMA por desistimiento tácito. SE DISPONE el ARCHIVO del proceso. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 07 de junio del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. ABOG. EDWIN E. VALENCIA SÁNCHEZ - SECRETARIO JUDICIAL - JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE MARISCAL NIETO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (16 -19 – 20 JUNIO) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 106-2017-0-2801-JP-PE-03, notificar a la agraviada JUAN CATACORA CATACORA la RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 05.06.2017 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO EL PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas con agravante, seguido en contra de Henry Carlos Estuco Nina agravio de Juan Carlos Catacora Catacora por desistimiento tácito. SE DISPONE el ARCHIVO del proceso. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 08 de junio del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. ABOG. EDWIN E. VALENCIA SÁNCHEZ - SECRETARIO JUDICIAL - JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE MARISCAL NIETO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (16 -19 – 20 JUNIO) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 353-2017-0-2801-JP-PE-03, notificar a la agraviada MARILU ELIZABETH FARFAN BARRERA la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 20.03.2017 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO EL PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Culposas, seguido en agravio de MARILU ELIZABETH FARFAN BARRERA por desistimiento tácito. SE DISPONE el ARCHIVO del proceso. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 08 de junio del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. ABOG. EDWIN E. VALENCIA SÁNCHEZ - SECRETARIO JUDICIAL - JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE MARISCAL NIETO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (16 -19 – 20 JUNIO) EDICTO PENAL Expediente: 2184-2015-69. Secretario: Patricia Gallegos Pinto. Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucarpata. El Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, pone en conocimiento del imputado ELADIO NORBERTO QUISPE APAZA, de los agraviados EL ESTADO (representado por el Procurador Público de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior)

EDGAR JAMES LOAYZA CARRILLO, HENRY ANGERICO VELASQUEZ VENTURO y LENIN RAMOS HUAMANI; la Resolución Nro. 01-2017 por la que se DISPONE: 1) CORRER TRASLADO del REQUERIMIENTO DE SOBRESEMIENTO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, para debatir en la audiencia preliminar los fundamentos del mismo y para que los sujetos procesales hagan valer por escrito sus derechos, conforme a lo normatividad vigente, vencido el término fíjese fecha para la audiencia correspondiente. 2) CORRER TRASLADO de la ACUSACION FISCAL a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles a efecto de que hagan valer por escrito sus derechos conforme a la normatividad vigente. REGISTRESE Y COMUNIQUESE.- Arequipa, 25 de mayo del 2017. (16 -19 – 20 JUNIO) EDICTO PENAL Expediente: 5078-2016-67. Secretario: Patricia Gallegos Pinto. Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucarpata. El Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, pone en conocimiento del imputado JAVIER JIPA PEREZ; la Resolución Nro. 01-2017 por la que se DISPONE: 1) CORRER TRASLADO de la Acusación Fiscal y del Sobreseimiento planteado por el Ministerio Público en su contra por el delito de Violación Sexual en grado de tentativa y Lesiones Leves en contra de CH. M. G. R. por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efecto de que hagan valer por escrito sus derechos.. REGISTRESE Y COMUNIQUESE.- Arequipa, 28 de mayo del 2017. (16 -19 – 20 JUNIO)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00009-2016-13-2802-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE ILO. JUEZ : Abg. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abg. LUIS ALBERTO PALOMINO BARRANZUELA. La Señora Juez, del Primer Juzgado de Unipersonal de llo, que suscribe, ha dispuesto mediante resolución 02 de fecha doce de junio del 2017, notificar a JUAN CARLOS CASTRO ROSALES, con un extracto del requerimiento de acusación de Proceso Inmediato realizado por el representante del Ministerio Público. 1) Que, el día 31 de agosto del 2013 a horas 03:10 aproximadamente por inmediaciones del kilómetro 30.800 de la carretera vía penetración a Do, encontrase conduciendo el tractor camión de placa 2120CBK en estado de ebriedad conforme el peritaje correspondiente que arrojó como resultado 1.22 gramos de alcohol por litro de sangre (conforme se acredita con el dictamen pericial N° 2013002051363 2) REPROGRAMAR AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO para el día DOCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS TRES DE LA TARDE (hora exacta) en la sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de llo, ubicada en la Calle Junín N° 301— llo. Todo ello en la causa de Proceso Inmediato planteado por el Primer Despacho de Decisión Temprana de llo, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad en agravio de La Sociedad. Tómese Razón y Hágase Saber.- Ilo, 13 de junio de 2017. (16, 19, 20 Junio).

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Viernes, 16 de junio del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDADDEQUEJASE INVESTIGACIONESYVISITASDELAODECMA EDICTO

Moquegua, 31 de mayo de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de junio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional Sala Mixta Descentralizada de

Die

Hora de Inicio

Lunes19

08:00

Ilo

Las Visitas Ordinarias programadas. se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAXIMO JESUS LOO SEGOVIA JEFE DE LA UNIDAD DESCONCENTRADA DEQUEJASEINVESTIGACIONESYVISITASDELAODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

Abog. MARIA DEL PILAR HDALGO SALAS ASISTENTE JUDICIAL ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

Viernes, 16 de junio del 2017

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EDICTO Moquegua, 17 de mayo de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de junio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional Juzgado Mixto de Mariscal Nieto

Día

Hora de Inicio

Miércoles 14

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

Abog. MARIA DEL PILAR HIDALGO SALAS ASISTENTE JUDICIAL ODECMA CORTESUPERIORDEJUSTICIADEMOQUEGUA

YOHEL WUILDER CORNEJO CHAVEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTESUPERIORDEJUSTICIADEMOQUEGUA

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Viernes, 16 de junio del 2017

PODER. JUDICIAL DEL PERU CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA "UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS E IINVESTIGACIÓN Y VISITAS"

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Moquegua, 06 de Junio del 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de junio del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria: Organo Jurisdiccional Primer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto

Fecha Jueves 15 de Junio del 2017

Hora de Inicio 08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguira con sus diligencias programadas. FREDY FERNANDEZ SANCHEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

Viernes, 16 de junio del 2017

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Audiencia Publica Extraordinaria - Segundo Trimestre 2017

Resolución N° 01 Moquegua, cinco de junio de dos mil diecisiete.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la Republica, procederán a realizar una Audiencia Publica Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad. SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta - Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa N° 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las Provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia de la Fiscalía Superior. Por estos fundamentos, SE RESUELVE: PRIMERO: Conforme al Rol de Audiencias de esta Sala PROGRAMAR para el día MIERCOLES VEINTIOCHO DE JUNIO del año dos mil diecisiete, a las NUEVE HORAS, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año judicial dos mil diecisiete, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto - Moquegua, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias número diez de la Sede Moquegua. SEGUNDO: Que por secretaria se formule la razón general de los procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. TERCERO: MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixta de Sánchez Cerro - Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto. Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación. para dar cuenta en el acto de la audiencia. CUARTO: Se a! Director del Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo: Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario "La Republica" por el término de ley.

REGISTRESE Y HAGASE SABER.S.S GONZÁLEZ AGUILAR LOOSEGOVIA COAGUILA MITA. MG. YULEMI PAULA PACHECO ZAPATA SECRETARIA SALA MIXTA DE MARISCAL NIETO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

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______________________________________________________________________________________________ PODER JUDICIAL DEL PERU

AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

Resolución N° 01 Ilo, dos de junio Del dos mil diecisiete.VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal. RESOLVIERON: 1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año Judicial dos mil diecisiete en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo; 2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias; 3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto de la audiencia. 4.- DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario

“La

República” por el término de ley.- Autorizan la presente resolución los Magistrados que suscriben en mérito a lo dispuesto por el artículo 141° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.S.S. RUIZ NAVARRO. ALEGRE VALDIVIA.