PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
CRÓNICA
JUDICIAL
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
1
N° 5851
LICA DEL PER PÚ B Ú RE
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017 El doctor José Chanamé Parraguez nos explica sobre:
¿Cómo es el proceso penal durante la etapa de Investigación Preparatoria? Se dice que el juez de Investigación Preparatoria, es el magistrado que va a tener una relación directa con el fiscal en la etapa de investigación. Dicho magistrado además de cumplir un rol de filtro en el proceso penal, en el sentido que es quien evaluará la acusación fiscal, también realiza una función de vigilancia de la investigación preparatoria. Para conocer más sobre dichas funciones, así como en qué consiste la etapa de investigación preparatoria y en qué momento se inicia, dialogamos con el doctor José Luis Chanamé Parraguez, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lambayeque. “La fase de investigación preparatoria comienza con la interposición de la denuncia, conforme lo dispuesto en el artículo 326° del Código Procesal Penal, cualquier persona tiene la facultad de denunciar los hechos delictuosos ante la autoridad respectiva, además también puede denunciar los profesionales de la salud, educadores y funcionarios en ejercicio de sus atribuciones. Luego de lo cual se ini-
cian las diligencias preliminares, es decir, el fiscal tiene que averiguar que el hecho denunciado constituya delito, identificando al sujeto o los sujetos a quienes se les atribuye la comisión del delito y que este no hubiere prescrito. El fiscal tiene 60 días para determinar si existen o no indicios de la comisión de un hecho punible. Concluido este plazo, debe decidir entre formalizar y continuar la investigación preparatoria o archivar la denuncia. Ante esto, el doctor Chanamé Parraguez señala: “el plazo de 60 días, a veces se prolonga por algunas circunstancias, por ejemplo: no se logra identificar al agresor, o al supuesto responsable del hecho delictivo”. Terminado el plazo se formaliza la investigación preparatoria, el fiscal deberá hacer conocer al juez su decisión formal de continuar con la investigación preparatoria, período que durará 120 días, tiempo en que el fiscal deberá convencerse de la responsabilidad o inocencia de las personas denunciadas y desarrollar todos los actos de investigación necesarios. En este lapso interviene el
juez de la investigación preparatoria otorgando medidas cautelares (por ejemplo: prisión preventiva, embargo o una tutela de derechos) o aplicando procedimientos especiales (el principio de oportunidad, terminación anticipada, proceso inmediato, etc). Es preciso entonces, agregar lo siguiente: “El juez de investigación preparatoria está considerado como un juez de tutela, un juez que va a cuidar los intereses de la sociedad, del agraviado y también del imputado al estar éste último restringido en sus derechos, en su libertad; es así que se le asigna un defensor público en caso que no tuviera una defensa técnica. A esto, es lo que se le conoce como garantismo o igualdad de armas”, explica el experimentado magistrado. En cuanto al plazo, de 120 días naturales (incluidos los días sábados y domingos), el doc-
tor Chanamé refiere, “se pueden prorrogar a 60 días más. No obstante, hay delitos especiales, conocidos como ‘casos complejos’ que pueden ser 8 e incluso 36 meses, en los procesos relacionados al crimen organizado”. La función del juez de investigación preparatoria resulta ser fundamental en el desarrollo del proceso, pues va a garantizar que se respete la norma penal, aún más con su labor se le va a dar ciertas garantías también al proceso, entendido por el doctor Chanamé como “un juez veedor", pues está observando que se cumpla con la ley, pero a la vez también puede dictar medidas de coerción con la finalidad de asegurar la prueba y la eficacia del proceso. Por ejemplo: una prisión preventiva, que una vez formalizada la investigación preparatoria, el fiscal tiene la opción u oportunidad de solicitar”.
2
CRÓNICA
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017 1. REMATE JUDICIAL
Telf: 481030 - 239182
SEGUNDA CONVOCATORIA DE REMATE JUDICIALDE BIEN INMUEBLE EN LOS SEGUIDOS POR BANCO DE CREDITO DEL PERU CONTRA ANGELES REQUE, JOSE JULIO SOBRE EJECUCIÓN DEGARANTÍAS, EXPEDIENTE JUDICIAL N°004012015-0-1706-JR-CO-08, EL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE, A CARGO DEL SEÑOR JUEZ DR. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN Y ESPECIALISTA LEGAL DRA. CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO, HAN DISPUESTO SACAR A REMATE JUDICIAL EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE EN SEGUNDA CONVOCATORIA: DESCRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE EL BIEN INMUEBLE A REMATAR JUDICIALMENTE SE ENCUENTRA UBICADO EN EL PUEBLO TRADICIONAL CIUDAD ETEN MZ. 3 LOTE 17 (CALLE JOSE OLAYA N°156), DISTRITO DE ETEN, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE; CUYOS DOMINIOS, LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS SE ENCUENTRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N°P10050024 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° II- SEDE CHICLAYO. VALOR DE TASACIÓN: US$. 63,291.58 (SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 58/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$. 35,865.22 (TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 22/100 DÓLARES AMERICANOS), EQUIVALENTE A SUS 2/3 PARTES DE SU VALOR DE TASACIÓN MENOS EL 15% POR TRATARSE DE UN REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA. AFECTACIONES Y/O CARGAS HIPOTECA HASTA POR LA SUMA DE S/. 186,571.50 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO Y 50/100 NUEVOS SOLES) A FIN DE GARANTIZAR UN PRÉSTAMO POR LA SUMA DE S/. 133,800.00 (CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), ASÍ CONSTA EN LA ESCRITURA PÚBLICA N°4188 DE FECHA 26-122013 OTORGADO POR NOTARIO PÚBLICO DR. CARLOS ALBERTO CABALLERO BURGOS EN LA CIUDAD DE CHICLAYO, GRAVAMEN QUE QUEDO DEBIDAMENTE INSCRITO EN EL ASIENTO 00009 DE LA PARTIDA ELECTRONICA N°P10050024 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N°ll - SEDE CHICLAYO. DÍA Y HORA DEL REMATE: LUNES 03-04-2017 A HORAS 12:40PM LUGAR DEL REMATE: SALA DE REMATES, SEGUNDO PISO DE LA CALLE SAN JOSÉ N21052, SEDE ANTIGUA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE; DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE. LOS POSTORES: 1) DEBERÁN OBLAR ANTES DEL REMATE, MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE SIN SELLO DE NO NEGOCIABLE EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN, 2) PRESENTAR
EN LA DILIGENCIA, EN ORIGINAL Y COPIA DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y/O RUC, SEGÚN CORRESPONDA; Y EL ARANCEL JUDICIAL RESPECTIVO CONSIGNANDO EL JUZGADO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC. 3) PRESENTAR COPIA DEL CHEQUE DE GERENCIA SI EL OBLAJE SE REALIZA CON DICHO INSTRUMENTO. 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE REPRESENTANTE SE DEBERÁ ACREDITAR LOS PODERES RESPECTIVOS. EL ADJUDICATARIO Y/O EJECUTANTE SEGÚN CORRESPONDA EL CASO CANCELA LOS HONORARIOS PROFESIONALES DEL MARTILLERO MÁS IGV DE ACUERDO A LEY AL FINALIZAR EL REMATE JUDICIAL DE ACUERDO AL ARTICULO 18 DEL DECRETO SUPREMO Na 008-2005JUS (REGLAMENTO DE LA LEY DEL MARTILLERO PUBLICO). EL REMATE JUDICIAL SERÁ EFECTUADO POR MARTIN VENTURA GONZÁLEZ. ABOGADO - MARTILLERO PÚBLICO - REGISTRO NACIONAL N°324. CELULAR 943937075 - 963330595 949406517- 044 231163. SÍRVASE REVISAREL CONTENIDO DE ESTE EDICTO ANTES DE SU PUBLICACIÓN, BAJO RESPONSABILIDAD. (3 DÍAS DE PUBLICACIÓN). CHICLAYO, LUNES 23 DE ENERO DEL 2017. CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA MARTIN VENTURA GONZALEZ MARTILLERO PUBLICO REGISTRO NACIONAL SUNARP N° 324 P/ 5828918 F/ 3086 FP/ 14, 15, 16 mar. S/. 40.50
TERCERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. contra VICTOR MANUEL RUIZ MURO sobre Ejecución de Garantías, Expediente W 284-2013, el Octavo Juzgado Civil Sub-Especialidad Comercial de Chiclayo a cargo del Señor Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista legal Dra. Cecilia Guillermo Zambrano, han dispuesto que el suscrito saque a remate judicial en TERCERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en la Manzana C, Lote 23, Sección 501, Habilitación Urbana Los Sauces, del Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, con áreas, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la partida electrónica P10159087 del Registro de Propiedad Inmueble Registro de Predios de la Zona Registral II.- Sede Chiclayo. VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 24,253.00 (veinticuatro mil doscientos cincuenta y tres con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 11,681.85 (Once mil seiscientos ochenta y uno con 85/100 Dólares Americanos) equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos dos veces el 15%. CARGAS Y GRAVÁMENES: D00004 HIPOTECA El propietario del inmueble inscrito en la presente partida, en calidad de deudor, ha constituido hipoteca a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO
DE TRUJILLO S.A.A. hasta por la suma de US$20,133. 00 Dólares Americanos, a fin de garantizar un préstamo dinerario de S/.42, 000.00 Nuevos Soles. Así y más consta en la Escritura Publica NS2053 de fecha 10/08/2012 otorgada ante Notario Público Paul Richard pineda Gavilán, por licencia concedida al Dr. Henry Macedo Villanueva en la ciudad de Chiclayo. DIA Y HORA DE REMATE: El 05 de abril de 2017 a las 10:00 a.m. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates ubicada en la antigua Corte Superior de justicia de Chiclayo sito en la Calle San José N°1052, Provincia y Departamento de Chiclayo. LOS POSTORES: deberán presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y con la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes, en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Validar la tasa en el área de Recaudación Judicial con el sello respectivo para su utilización en el remate según Oficio Circular N2 50-2012-GAD-CSJLA-PJ. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley.- ADOLFO BENJAMÍN GAMARRA ESCALANTE - Martillero Público - Reg. N° 305. CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA ADOLFO B. GAMARRA ESCALANTE MARTILLERO PUBLICO NACIONAL REGISTRO PROFESIONAL N° 305 P/ 5828916 F/ 3082 FP/ 14, 15, 16 mar. S/. 36.90
TERCERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO (Exp. N° 961 - 2013) En los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CRÉDITO DE PIURA S.A.C. contra ROSA ISABEL LUMBRES DE RAMÓN, JOSÉ ELOY PALMA HUAMANCHUMO, FRANCISCO RAMÓN OROSCO y MANUELA URCIA DE PALMA, sobre Ejecución de Garantía, Expediente 961-2013, el Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, a cargo del Señor Juez Dr. Sandio Ornar Aguilar Gaitán, Secretaria Judicial Dra. Cecilia Guillermo Zambrano, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA, efectuado por el Martillero Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, del Inmueble ubicado en: Mz. 23, Lote 2B, Pueblo Tradicional Santa Rosa, Distrito Santa Rosa, Provincia Chiclayo, Departamento Lambayeque, con área, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la Partida Electrónica N° P10047680, siendo su antecedente registra! N° P10047081 del Registro de propiedad inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Zona Registral N° II. Sede Chiclayo. V A L O R DE TASACIÓN: US$ 27,641.08 (VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTIUNO y 08/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 13,313.78 (TRECE MIL TRESCIENTOS TRECE
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV y 78/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación, menos dos veces el 15% por tratarse de tercera convocatoria. AFECTACIONES VIGENTES: 1).HIPOTECA, As. 00008, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO DE PTURA S.A.C., hasta por la suma de US$ 27,205.27 Dólares Americanos 2).- INSCRIPCION DE EMBARGO, As. 00009, hasta por la suma de S/. 28,000.00 Nuevos Soles, en el proceso seguido por el Banco Financiero del Perú 3).- INSCRIPCION DE EMBARGO, As. 00010, hasta por la suma de S/. 18,000.00 Nuevos Soles, en los seguidos por Banco de la Microempresa — Mi Banco. DIA Y HORA DEL REMATE: 24 de Abril 2017 a las 11:00 am. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, ubicado en Calle San José N° 1070, (sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque), Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo y/o en cheque de gerencia (no, debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignara el N° de Exp., Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de; conformidad con el artículo 732 del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art. 18° D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Chiclayo, 09 de Febrero 2017. Martillero Público Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio Telf 988643628. CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA ORLANDO ROCA C. MARTILLERO PUBLICO REG. NAC. N° 205 P/ 5828869 F/ 3077 FP/ 14, 15, 16 mar. S/. 38.70
SEGUNDO REMATE JUDICIAL Exp. 00507-2015-0-1706-JR-CO-08, en Ios seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra IMPORTADORA Y CONSTRUCTORA CSC S.A.C., ROCIÓ DEL PILAR CORONADO MANAY Y YAQUELINE YOBEL DAVILA VEGA, sobre Ejecución de Garantías. El Octavo Juzgado Especializado en lo Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo que Despacha el Sr. Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela; ha dispuesto sacar a remate en SEGUNDA CONVOCATORIA los siguientes bienes Inmuebles: — 1.-) INMUEBLE: Ubicado en la Manzana F, Lote 2, Urbanización La Parada, Distrito, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque inscrito en la Partida N° 11169298, Zona Registral N°II, Sede Chiclayo, Oficina Registral de Chiclayo. 1.1) VALOR DE TASACIÓN asciende a la suma de suma de US$. 52,840.00 (CINCUENTIDOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación menos las deducciones de Ley, la misma que asciende a la suma de US$. 29,942.01 (VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTIDOS Y 01/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.3) DÍA Y HORA DE REMATE: 27 de marzo del 2017 a horas 10:00 de la mañana. 1.4) CARGAS Y GRAVÁMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00003 de la Partida N° 11169298). La propietaria constituye primera y preferencial hipoteca a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$. 70,000.00 DOLARES AMERICANOS, según Escritura Pública N° 3669, de fecha
CRÓNICA
12/11/2013, ante Notarlo Carlos Alberto Caballero Burgos.- HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00004 de la Partida N° 11169298). La propietaria constituye hipoteca a favor del REYS ROLANDO CONTRERAS PAZ, hasta por la suma de SI 35,000.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública N° 434, de fecha 17/12/2014, ante Notario Cesar Enrique Delgado Pérez. 2.- INMUEBLE: Ubicado en la Manzana F, Lote 3, Urbanización La Parada, Distrito, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque inscrito en la Partida N° 11169299, Zona Registral N°II, Sede Chiclayo, Oficina Registral de Chiclayo. 1.1) VALOR DE TASACIÓN asciende a la suma de suma de US$. 50,150.00 (CINCUENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación menos las deducciones de Ley, la-misma que asciende a la suma de US$. 28,418.34 (VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO Y 34/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.3) DÍA Y HORA DE REMATE: 27 de marzo del 2017 a horas 10:15 de la mañana. 1.4) CARGAS Y GRAVÁMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00003 de la Partida N° 11169299). La propietaria constituye primera y preferencial hipoteca a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$. 70,000.00 DOLARES AMERICANOS, según Escritura Pública N° 3669, de fecha 12/11/2013, ante Notario Carlos Alberto Caballero Burgos.- HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00004 de la Partida N° 11169299). La propietaria constituye hipoteca a favor del REYS ROLANDO CONTRERAS PAZ, hasta por la suma de S/ 35,000.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública N° 434, de fecha 17/12/2014, ante Notario Cesar Enrique Delgado Pérez 3.-) INMUEBLE: Ubicado en la Manzana F, Lote 4, Urbanización La Parada, Distrito, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque inscrito en la Partida N° 11169300, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral de Chiclayo. 1.1) VALOR DE TASACIÓN asciende a la suma de suma de US$. 77,530.00 (SETENTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación menos las; deducciones de Ley, la misma que asciende a la suma de US$. 43,933.67 (CUARENTITRES MIL NOVECIENTOS TREINTITRES Y 67/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.3) DJA Y HORA DE REMATE: 27 de marzo del 2017 a horas 10:30 de la mañana. 1.4) CARGAS Y GRAVÁMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00003 de la Partida N° 11169300). La propietaria constituye primera y preferencial hipoteca a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$. 109,000.00 DOLARES AMERICANOS, según Escritura Pública N° 3669, de fecha 12/11/2013, ante Notario Carlos Alberto Caballero Burgos.- HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00004 de la Partida N° 11169300). La propietaria constituye hipoteca a favor del REYS ROLANDO CONTRERAS PAZ, hasta por la suma de SI 35,000.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública N° 434, de fecha 17/12/2014, ante Notario Cesar Enrique Delgado Pérez. 4.- LUGAR DEL REMATE: Sala de remates, sito en la Calle San José N°1070, Ciudad de Chiclayo. 5.- LOS POSTORES: Oblaran en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente por cada inmueble a rematar a la orden del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del Martillero Público Cesar Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario según la tabla establecida
JUDICIAL en el Decreto Supremo N° 008-2005JUS más IGV. CEL. 947400080 3v. Chiclayo, 17 de enero del 2017 CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 241 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 9° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828479 F/ 3073 FP/ 13, 14, 15 mar. S/. 78.30
REMATE JUDICIAL EN TERCERA SUBASTA PÚBLICA Expediente N° 00679-2012-0-1706JR-CO-080.- Por disposición del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Lambayeque, que despacha el Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, con intervención de la Especialista Legal Dra. CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO, en los Autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO PIURA S.A.C. contra KETTY MORALES ROSARIO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 28371, que modifica los artículos 731° y 732° del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley el Martillero Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0082005-JUS, ha facultado al Martillero Público SUJEILY ENITH CAMACHO FERNANDEZ, con Registro Sunarp N° 276 para ejercer el cargo a nivel nacional; se procederá a llevar a cabo el REMATE PÚBLICO JUDICIAL en TERCERA CONVOCATORIA consistente en: DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: Ubicado en la calle Nacionalismo N° 591, Urbanización Popular de Interés Social Cruz del Perdón, antes Lote N° 6 de la Mz. N° 18, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas, cargas, gravámenes y demás características corre inscrito en la Partida RegistraIN° P10045645, del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. CARGAS Y GRAVÁMENES: GRAVÁMENES: 1) INSCRIPCIÓN DE HJPOTECA, inscrita en el asiento D00009, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO PIURA S.A.C. hasta por la suma de US$. 39,779.88 (Treinta y Nueve Mil Setecientos Setenta y Nueve con 88/100 Dólares Americanos). VALOR DE TASACIÓN: Valorización para efectos de remate Ascendente a la suma de US$. 48,292.00 (Cuarenta y Ocho Mil Doscientos Noventa y Dos con 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: Deducido conforme a Ley, monto ascendiente a US$. 23,260.64(Veintitrés Mil Doscientos Sesenta con 64/100 Dólares Americanos), que resultan de deducir el 15 por ciento del valor de la última convocatoria. DÍA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Viernes 21 de Abril del 2017, a horas 10:00 a.m, en el local de la Sala de Remates ubicada en la Calle San José N° 1052 - 2do. Piso - Cercado de Chiclayo (actualmente calle San José N° 1070, Segundo Piso-Sede Antigua o Tercer piso- Edificio Nuevo). CONDICIONES DEL REMATE: A) LOS POSTORES: 1. Al momento del acto de remate Oblarán (Garantía) el 10% del valor de la tasación del inmueble en efectivo o en cheque de gerencia negociable, girado a nombre del postor, es decir la suma de US$. 4,829.20 2. Presentarán en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153), indicando número de Expediente, Juzgado y DNI/RUC. 3. Informes al teléfono # 978436514. B) EL ADJUDICATARIO: 1. A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Público más IGV, de conformidad con el
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
3
artículo 18 de D.S. N° 008- 2005-JUS. y al Art. 732 del CPC. 2. Deberá consignar dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate en el Banco de la Nación el saldo para completar el monto ofertado, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate a lo dispuesto por el artículo 741 del Código Procesal Civil. Chiclayo, 02 de Febrero del 2017. DRA. SUJEILY ENITH CAMACHO FERNANDEZ MARTILLERO PUBLICO CON REG N° 276 ICAL N° 3113 CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5827948 F/ 3065 FP/ 13, 14, 15 mar. S/. 44.00
REMATE PUBLICO JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA. Expediente N° 704-2013.Por disposición del Sr. Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo- Corte Superior de Justicia de Lambayeque: Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN y Especialista Legal: BETTY VARIAS CESPEDES en los seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por SCOTIABANK PERU S.A.A con CLAUDIA VIVIANA ASTRID BAZAN MIMBELA y MARTHA MIMBELA TANTACHUCO, con intervención del Martillero Publico: JORGE RAUL MANTILLA SANEZ, de Registro Nacional N° 233, se procederá a llevar a cabo el REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA del Inmueble: Ubicado en la Sección A-504 [quinto piso], Edificio Miguel Grau, Centro Comercial Gran Plaza- Avenida Miguel Grau N° 350, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida N° 02003746 de la Oficina de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo-SUNARP.- Con una VALORIZACION (TASACION) de: US$ 95,398.61 (Noventa y Cinco Mil Trescientos Noventa y Ocho y 61/100 Dólares Americanos) y una BASE DE REMATE (deducida conforme a Ley) de: US$ 45,950.33 (Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Cincuenta y 33/100 Dólares Americanos).AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.- A favor de SCOTIABANK PERU S.A.A hasta por la suma de US$ 50,619.67 (Asiento D00002 en la Partida Registral N° 02003746) DIA Y HORA DEL REMATE: El 30 de Marzo del 2017 a la 1:00 p.m.LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates de la Corte, sito en la Calle San José N° 1052, con ingreso por Calle San José N° 1074, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.POSTORES: Oblaran (Garantía) el 10 % de Tasación en efectivo o cheque de gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC), el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el Área de RepejRemap (Sede antigua de la Corte).HONORARIOS: Del Martillero serán por cuenta del Adjudicatario, según arancel mas I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.).- Inf. al 997306076.- JORGE RAUL MANTILLA SANEZ- Martillero Publico- Registro Nacional N° 233 JORGE RAUL MANTILLA SANEZ Martillero Publico Registro N° 233 TELF.997306076-2216628 DRA BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL- CHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA
4
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
P/ 5827974 F/ 3066 FP/ 13, 14, 15 mar. S/. 27.90
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Exp. N° 00128-2011-0-1703-JRCI-01, proceso sobre Ejecución de Garantías Reales seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A.C. contra ALFREDO GUSTAVO BECERRA CASTRO, el señor juez del Primer Juzgado Civil de Jaén Dr. Lucien Eli Montoya Urbina, interviniendo el Especialista Legal Dr. John Vladimir Cayatopa Calderon, ha dispuesto se saque a remate público en PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes bienes: 1.predio ubicado en el Lote 01 (calle N °25, esquina Av. Pacífico - con un área de 230.00 m2, así lo indica la tasación pericial de autos), Manzana L (prima), urbanización Ciudad del Chofer, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° 11077011 de! Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo. PRECIO. BASE: US$ 6,133.33 (SOS MfL CIENTO TREINTAYTRES CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS). TASACIÓN COMERCIAL: US$ 9,200.00 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). La base es equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA constituida a favor del ejecutante hasta por la suma de US$ 7,360.00 obrando inscrito en el asiento D00001 de la indiada Partida Electrónica N° 11077011. DÍA Y HORA DEL REMATE: 28-04-2017 a horas 08:30 a.m. LUGAR DEL REMATE: En la sala de remates sito en Av. Mariscal Castilla N° 490 - 2do. piso Distrito y Provincia Jaén, Departamento de Cajamarca. 2.predio ubicado en el Lote 22 (calle N ° 24, esquina; Av. Pacífico - con un área de 230.00 m2, así lo indica la tasación pericial de autos), Manzana L (prima), Urbanización Ciudad del Chofer, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N” 11071828 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo. PRECIO BASE US$ 6.133.33 (SEIS MIL CIENTO TREINTA Y TRES CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS). TASACIÓN COMERCIAL: US$ 9,200.00 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). La base es equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA constituida a favor del ejecutante hasta por la suma de US$ 7,200.00 obrando inscrito en el asiento D00002 de la indicada Partida Electrónica N° 11071028. DÍA Y HORA DEL REMATE: 28-04-2017 a horas 09:00 a.m. LUGAR DEL REMATE: En la sala de remates sito en Av. Mariscal Castilla N° 490 - 2do. piso Distrito y Provincia Jaén, Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Deberán oblar en efectivo o con cheque de gerencia girado a su nombre (el cheque debe ser negociable) el 10% del valor de tasación según corresponda a cada inmueble y además, deberán presentar el arancel por derecho de participación en remate judicial de bien inmueble (presentar un arancel por cada inmueble al que se participa). Los postores en forma anticipada deberán VALIDAR dichos aranceles de participación ante la oficina de Administración (sito también en Av. Mariscal Castilla N ° 490 - Distrito de Jaén). Los 3 postores además deberán presentarse con su DNI. En el caso de personas jurídicas o de quienes actúen como apoderados, deberán presentarse también con los documentos que sustenten en su representación legal. El poder del representante (presentarlo
CRÓNICA en duplicado) debe autorizarlo para participar en el remate y sea el caso, otorgarle la facultad de endosar cheques. PAGO D HONORARIOS: El adjudicatario a la firma del acta de remate deberá cancelar la comisión del Martillero Público de conformidad con el artículo 18 del D.S. N° 008-2005-JUS. Consultas celular 949307024. JORGE LUIS ÑAUPA CONTRERAS ABOGADO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 251 ABOG. JOHN VLADIMIR CAYATOPA CALDERON SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO CIVIL- JAEN PODER JUDICIAL P/ 5828921 F/ 872 FP13, 14, 15, 16, 17, 20 mar. S/. 93.60
REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA. Expediente N° 847-2015-01703-JR-CI02 En los seguidos sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS por BBVA BANCO CNTINENTAL con FERNANDEZ BUSTAMANIE JOSÉ LORENZO y FERNANDEZ CONSTANTINO MARIA DINA, el Sr. Juez que Despacha el Segundo Juzgado Civil de Jaén- Corte Superior de Justicia de Lambayeque: Dr. DAMIAN SANDOVAL RUDECINDO JOSE y Secretario Judicial: SOBERON HOYOS EDINSON ENRIQUE, con intervención del Martillero Publico RAUL JOSE F. ZEVALLOS DIAZ, de Registro Nacional Profesional N° 114, han ordenado” sacar a Remate Público Judicial en PRIMERA CONVOCATORIA: El Inmueble identificado como Lote Número Once de la Manzana G Sector Pueblo Nuevo, Pueblo Tradicional, cercado de Jaén, Distrito y provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, inscrita en la Partida N°P33007896 Asientos 00004 y 00005 Oficina Registral Jaén- SUNARP.TASACION COMERCIAL : US$ 180.000.00 (Ciento Ochenta Mil y 00/100 Dólares Americanos) BASE DE REMATE, deducida conforme a Ley de: US$ 120,000.00 (Ciento veinte mil y 00/168 Dólares Americanos) GRAVAMENES Y CARGAS: INSCRIPCION E HIPOTECA: Inscripción de Hipoteca mediante escritura pública N°734 de fecha 01/04/2011 otorgada ante notario de Jaén Dr. Abelardo Fernández Rojas los propietarios señores FERNANDEZ BUSTAMANTE JOSF LORENZO y FERNANDEZ CONSTANTINO MARIA DINA, han constituido Primera y preferencial hipoteca, sobre el inmueble inscrito en esta partida, por el plazo indefinido, a favor del Banco Continental oficina Jaén, hasta por la suma de US$.100,000.00 dólares americanos a efectos de garantizar el préstamo que el banco le ha otorgado a los deudores por la suma de S/.240.000.00 nuevo soles por el plazo de 120 meses a partir del desembolso; asi mismo la hipoteca garantiza toda deuda u obligación de los prestatarios a favor del Banco. Todos los pactos y condiciones que rigen este acto jurídico consta en la escritura publica citada líneas arriba y que da merito a la presente inscripción. A00005 AMPLIACION Y MODIFICACION DE HIPOTECA: La deudora hipotecaria EMPRESA M O TO PA RT E S FERNANDEZ SRL. RUC N° 20479956121 con intervención de los garantes Hipotecariosfiadores solidarios FERNANDEZ BUSTAMANTE JOSE LORENZO identificado con DNI N° 27744919 y FERNANDEZ CONSTANTINO MARIA DINA identificada con DNI N° 27726040 han constituido en ampliar la hipoteca a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL- SUCURSAL JAEN RUC N° 20100130204 debidamente representada, de la suma de US$. 100.000.00 Dólares Americanos hasta por la suma de US$. 180.00.00 Dólares Americanos. La hipoteca constituida en la clausura primera tiene por objeto garantizar el pago de las siguientes
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
obligaciones: Límite préstamo comercial capital de trabajo hasta por un monto total de S/. 500.000.00 Nuevos Soles, con vencimiento al 30 de Enero el 2014n, reembolsable en 90-120 días cancelable asumido por el deudor frente al Banco. Asimismo el pago de las siguientes obligaciones que el deudor mantiene o pudiera mantener frente al Banco, sin reserva ni limitación alguna, por concepto de línea de crédito, descuento de letras, factoring, , leasing, lease back, créditos comerciales, avales, pagares descontados y no descontados, financiamiento de exportaciones e importaciones, y todas las demás obligaciones que se encuentran en la Escritura Pública N°195 del 26/02/2013 otorgada ante Notario Público de Jaén. A0006 DONACION: A favor de Carlos Alberto Fernández Fernández estado civil e identificado con DNI N° 45230156 quien ha adquirido la propiedad del inmueble inscrito en la presente partida, en mérito de la Donación realizada por sus donantes los señores FERNANDEZ BUSTAMANTE JOSE LORENZO Y FERNANDEZ CONSTANTINO MARIA DINA. El inmueble se valorizo en S/. 38.400.00 nuevos soles. A00007 DIA Y HORA DEL REMATE: El 31 de marzo del 2017, a las 12: 00 del mediodía. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en Av. Mariscal Castilla n° 490, Segundo piso (Oficina de Administración, del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca POSTORES: Oblarán en efectivo o en Cheque de Gerencia NEGOCIABLE a nombre del postor el 10% de la tasación y presentarán Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/RUC), el mismo que previo al inicio del remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el Area de Administración ADJUDICATARIO: Los honorarios del Martillero Público serán por cuenta del Adjudicatario, según arancel más 18% de I.G.V. (Art. 732 C.P.C) informes al 998104095. RAUL JOES F. ZEVALLOS DIAZMARTILLERO PUBLICO- Registro Nacional N° 114 RAUL ZEVALLOS DIAZ MARTILLERO PUBLICO REG. 114 EDINSON E. SOBERON HOYOS SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828922 F/ 872 FP/ 13, 14, 15, 16, 17, 20 mar. S/. 122.40
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante BANCO DE CREDITO DEL PERU, contra demandada CARMELA LUZ CHAFLOQUE VIDARTE y JOSE ISAIAS VALDIVIESO SUYON sobre la materia de EJECUCION DE GARANTIAS, bajo Expediente N°: 00098-2016-0-0107-JRCI-01 a cargo de la Señora Jueza Dra. LADY MABEL UGAZ MONTENEGRO y Especialista Judicial JUAN CARLOS MONTEZA GUEVARA, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble constituido por casa habitación de una planta ubicado en el Jr. 29 de Agosto S/N (Mz.03, Lote 03) del Asentamiento Humano La Unión, del Cercado de Bagua, del Distrito y Provincia de Bagua en el Departamento de Amazonas, inscrito en la Partida N° 05000153 de la Oficina Registral de Bagua. VALOR DE TASACION: US$ 59,929.10 Dólares Americanos (Cincuenta y Nueve Mil novecientos veintinueve y 10/100 Dólares Americanos) BASE DE REMATE: US$ 39,952.73 Dólares Americanos (Treinta y nueve mil novecientos cincuenta y dos y 73/100 dólares americanos) que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES: 1.CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA.- Corre Inscrito bajo
el asiento D00001, a favor del Banco de Crédito del Perú, constituido por los propietarios del inmueble, Carmela Luz Chafloque Vidarte y José Isaís Valdivieso Suyón, hasta por la suma de S/ 163,612.80 (ciento sesenta y tres mil seiscientos doce y 80/100 nuevos soles), con el objeto de garantizar y respaldar todas las deudas y obligaciones del cliente. Así consta de la Escritura Pública N° 424 del 30/7/13 ante Notario Público Alamiro Bustamante Lobato. FECHA Y HORA DE REMATE: 28 de Marzo del 2017, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m). LUGAR DE REMATE: En el Local del Juzgado Mixto-Sede Utcubamba ubicado en Jirón Alcides Carrión 588 Bagua Grande, Provincia de Utcubamba en el Departamento de Amazonas. POSTORES: oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18º del D.S. 008-2005JUS-. Así mismo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Lima, 19 de febrero del 2017. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE – Abogado Martillero Reg. 310. JUAN CARLOS MONTEZA GUEVARA JUZGADO CIVIL PERMANENTE DE UTCUBAMBA SECRETARIO JUDICIAL P/ 5828369 F/ 868 FP/ 10, 13, 14, 15, 16, 17 mar. S/.910.87
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO (EXP. N900758-2015-0-1706-JRCO-08) En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU con CARLOS ALEX CAYOTOPA RUBIO, ADELINDA CHAVEZ HOYOS sobre EJECUCION DE GARANTIAS, el 8° Juzgado Civil Sub Especializado Comercial de Chiclayo a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Betty Varias Céspedes, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA El bien Inmueble dado en Garantía Hipotecaria, Ubicado en el Asentamiento Humano La Victoria, Mz. K3, Lote 24 A, Sector 1, Distrito La Victoria, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, Cuya Área, Linderos, Medidas Perimétricas y Dominio se encuentran inscritos en la Partida Nro. P10153179 del registro de la propiedad inmueble de la zona registral Número II - Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: US $ 62,596.60 (SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 60/100 DÓLARES AMERICANOS) BASE DE REMATE: US $ 41,731.07 (CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO Y 07/100 DÓLARES AMERICANOS) que constituyen las 2/3 partes del valor de la tasación. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento 00003 CARGA TÉCNICA.Sujeto a esta al no cumplir con el porcentaje mínimo de área libre que debió tener la propiedad (30%) en la construcción de la fábrica, ni con el área mínima de lote (160.00 rn2).Informe técnico de verificación Ing. Amilcar Fayol Celada Padilla 24/06/2010. Asiento 00006 CONSTITUCION DE HIPOTECA.- Los propietarios han constituido hipoteca a favor de la entidad ejecutante hasta por la suma de sesenta y cinco mil y 00/100 dólares americanos [$.65,000.00], Escritura Pública N2 403 de fecha 29/01/2013 Notario Público Antonio Enrique Vera Méndez-chiclayo. DÍA Y HORA DEL REMATE: El 05 de Abril del año 2017 a las 11:30 horas.
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV LUGAR DEL REMATE: Sala de remates ubicada en la Calle San José N° 1052 - Antigua Corte Superior en la Ciudad de Chiclayo. El postor deberá presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Validar la tasa en el área de Recaudación Judicial con el sello respectivo para su utilización en el remate según Oficio Circular N° 50-2012-GAD-CSJLA-PJ Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Gladys Castro Pérez Vargas de Navarrete Martillero Público Reg. 260 GLADYS CASTRO PEREZ VARGAS MARTILLERO PUBLICO REG. 260 CALLE LOS GERANIOS 118- URB. STA VICTORIA CHICLAYO TELF. 235984- 985048585- 99833*1547 MAIL:
[email protected] DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL- CHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5825448 F/ 3037 FP/ 8, 9, 10, 13, 14, 15 mar. S/. 68.40
PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el Expediente N° 00514-2013-01703-JR-CI-02 en los seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ contra ALEJANDRINA HIDROGO SANCHEZ y SABINO BARRIOS HUAMAN, sobre Ejecución de Garantías, el Segundo Juzgado Civil de Jaén, a cargo del Juez Rudecindo Jose Damian Sandoval, asistido por el Especialista Legal Edinsón Enrique Soberón Hoyos, ha facultado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro N° 293 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble que se detalla a continuación: 1.- BIEN INMUEBLE: Ubicado en la parte posterior de la Avenida Jaén N° 448, Distrito de Pucará, Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, inscrito en la Partida Electrónica N° 11032516, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II -Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén. VALOR DE TASACIÓN: US$ 43,239.74 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 28,826.49 Dólares Americanos. AFECTACIONES: 1} HIPOTECA: Hasta por la cantidad de S/. 139,272.50 Nuevos Soles a favor del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, inscrita en el Asiento N° D00002 de la Partida Electrónica N° 11032516, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II -Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 15 de marzo del 2017, a horas 10.00 a.m. (Diez de la mañana). LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates ubicada en Calle Mariscal Castilla N° 490 - Segundo Piso, Sede del Poder Judicial CNP - Jaén. LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación del inmueble materia de remate en efectivo o Cheque de Gerencia a su nombre adjuntando DNI en original y copia, presentaran tasa judicial en original y copia por derecho a participar en el remate del inmueble, y se consignará en la tasa judicial a este Juzgado, número de expediente y el número de DNI o RUC del postor. Los honorarios del Martillero Público incluido el IGV son de cargo del Adjudicatario, de conformidad con el Articulo 732° del Código Procesal Civil y Articulo 18° del Decreto Supremo N° 008-2QQ5-JUS y se pagarán al finalizar el remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Publico Registro N° 293; Especialista
CRÓNICA
Legal Edinsón Enrique Soberón Hoyos, Segundo Juzgado Civil de Jaén. Gianni Gasttone Chávez Enciso Martillero Publico Registro N° 293 Edinsón E. Soberón Hoyos Segundo Juzgado Civil de Jaén. Poder judicial- csjla P/ 5825478 F/ 861 FP/ 7, 8, 9, 10, 13, 14 mar.
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 00001-20140-1/03-JR-CI-01 en los seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ contra SEGUNDO CABRERA BUSTAMANTE y YSABEL TIRAVANTE BAZAN sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Primer (1°) Juzgado Civil de Jaén a cargo del Juez Dra. Lucien Eli Montoya Urbina, Especialista Legal Jhon Vladimir Cayatopa Calderón ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro No. 293, para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien: INMUEBLE: Ubicado en Calle Manzana G1, Lote 20 (actualmente calle Cuzco S/N) del Pueblo Joven Miraflores, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, inscrito en la Partida Electrónica No. P33003409 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Jaén: Zona Registral No. II – Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: US$ 51,551.28 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 34,367.52 Dólares Americanos. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: a favor de Banco de Crédito del Perú, hasta por el importe de US$ 36,746.00 Dólares Americanos, inscrito en el Asiento 00003 de la Partida Electrónica No. P33003409 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Jaén, Zona Registral No. II- Sede Chiclayo. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 15 de marzo del 2017 a horas 09.00 a.m. (Nueve de la mañana). LUGAR DE REMATE: Diligencia que se llevara a cabo en la Sala de Remates, ubicada en Calle Mariscal Castilla N° 490, 2do piso - Sede Poder Judicial - Jaén. LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, además de deberá adjuntar DNI en original y copia y tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 18° del Decreto Supremo No. 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate, GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro No. 293; Juez Dra. Lucien Eli Montoya Urbina, Especialista Legal Jhon Vladimir Cayatopa Calderón, Primer (1°) Juzgado Civil de Jaén. GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO NO. 293 ABOG. JHON VLADIMIR CAYATOPA CALDERÓN, 1° JUZGADO CIVIL DE JAÉN. PODER JUDICIAL P/ 5824878 F/ 860 FP/ 7, 8, 9, 10, 13, 14 mar. S/. 72.00
REMATE JUDICIAL PRIMERA SUBASTA PUBLICA En el Expediente N 00232-2015-01703-JR-CI-02 seguido por COMERCIO & CIA SA, contra GUZMAN TELLO SARMIENTO y LUIZ TELLO
JUDICIAL SARMIENTO; sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES, con intervención del señor Juez del Segundo Juzgado Civil de la ciudad de Jaén, que despacha el Dr. Rudecindo José Damián Sandoval y de la Especialista Legal Dra. Miriam Odar Montero, ha facultado al Martillero Público Joseph Alberto Chira Moreno, con Registro N2 335, para ejercer el cargo a Nivel Nacional, para que señale fecha y hora en la que se llevara a cabo la diligencia de remate en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado registralmente en la Avenida Integración, Manzana 16, Lote 14, Urbanización La Unión, distrito de Soritor, provincia de Moyobamba y departamento de San Martin, cuyas áreas, linderos, medidas perimétricas y dominio, corren inscritos en la Partida Electrónica N° 02008840 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Moyobamba. CARGAS Y GRAVÁMENES: HIPOTECA: A favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Paita SA, hasta por la suma de US$ 8,267.45 (Ocho mil doscientos sesenta y siete y 45/100 Dólares Americanos) la misma que obra inscrita en el asiento D00002 de la Partida Electrónica N° 02008840 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Moyobamba; y su AMPLIACIÓN hasta por el monto de US$ 21,635.87 (Veintiún mil seiscientos treinta y cinco y 87/100 Dólares Americanos), la cual corre inscrita en el asiento D00003 de la Partida Electrónica N2 02008840 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Moyobamba. HIPOTECA: A favor de la entidad ejecutante, hasta por la suma de S/. 80,000.00 (Ochenta mil y 00/100 Soles) la misma que obra inscrita en el asiento D00004 de la Partida Electrónica N° 02008840 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Moyobamba. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: Inscrito a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura SAC, hasta por la suma de S/. 35,000.00 (Treinta y cinco mil y 00/100 Soles), el mismo que corre inscrito en el asiento D00005; a RECTIFICADA en el asiento D00006 de la Partida Electrónica N° 02008840 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Moyobamba. TASACIÓN DEL INMUEBLE: S/. 80,000.00 (Ochenta mil y 00/100 Soles). BASE DEL REMATE: S/. 53,333.33 (Cincuenta y tres mil trescientos treinta y tres y 33/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación, por tratarse de la primera subasta. PÍA Y HORA DEL REMATE: Jueves 30 de marzo de 2017 a horas 12:00 del mediodía. LUGAR DEL REMATE: Local de la Oficina de Administración de la Sub Sede del Poder Judicial, ubicado en la calle Mariscal Castilla N° 490 segundo piso de la ciudad de Jaén. LOS POSTORES: Depositarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre, presentarán la tasa judicial por derecho de participación de remate de bien Inmueble: Código Banco de la Nación N° 7153, indicando N° de-Expediente, documento de identidad y N° Juzgado, y adjuntarán DNI en original y copia. EL ADJUDICATARIO: deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y se cancelara al finalizar la diligencia dé remate de conformidad con la Ley del Martillero Público N” 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. El remate será efectuado por Martillero Público.-Abogado Joseph Chira Moreno con registro N° 335, celular987765901. JOSEPH ALBERTO CHIRA MORENO MARTILLERO PUBLICO REGISTRO N° 335 MIRIAM ODAR MONTERO SECRETARIA JUDICIAL 2| JUZGADO CIVIL- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5824886
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
5
F/ 860 FP/ 7, 8, 9, 10, 13, 14 mar. S/. 84.60
PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC contra TEOFILO ALDANA TUME y GENARA MONJA SANCHEZ, expediente N° 00297-2016-0-1706JR-CO-08 sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo a cargo del Juez Dr. Ary Hendrik Terrones Meléndez, Especialista Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela, ha dispuesto SACAR A REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Mz. C, Lote 6, Pueblo Joven San Pedro de Nolasco, Distrito Olmos, Provincia y Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida N° P10149437 del Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: S/. 48,232.15 (Cuarenta y Ocho Mil Doscientos Treinta y Dos con 15/100 Soles). . PRECIO BASE: S/. 32,154.77 (Treinta Y Dos Mil Ciento Cincuenta y Cuatro con 77/100 Soles), que representan las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: 1.-INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura SAC hasta por la suma de US$. 18,154.00 Dólares Americanos, inscrito en el Asiento 00003 de la Partida N° P10149437 del Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo. DÍA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: El lunes 17 de Abril de 2017, a horas 10:00 A.M., en la Sala de Remates Judiciales, ubicado en el Edificio Sito en Jr. San José N° 1070, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), adjuntando el arancel judicial consignando el número de expediente y juzgado respectivo, original y copia de DNI. LOS HONORARIOS del Martillero Público será cancelada por el adjudicatario al concluir el acto de remate en los rangos y tramos dispuestos en el D.S. N° 008-2005-JUS y están afectos al I.G.V. - ROBERTO CARLOS BAUTISTA LIZARBE Martillero Público - Registro N° 326. CELULAR: 945-683848. ROBERTO CARLOS BAUTISTA LIZARBE Martillero Público Registro N° 326 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5824060 F/ 3030 FP/ 7, 8, 9, 10, 13, 14 mar. S/. 70.20
AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL Expediente N° 00242-2016-0-1706JR-CO-08 en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A.C. con JOSÉ ANTONIO MENDOZA GIL y YOLANDA DEL CASTILLO RODRÍGUEZ sobre EJECUCION DE GARANTIAS, por orden del OCTAVO JUZGADO CIVIL - COMERCIAL DE CHICLAYO a cargo del Señor Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, Especialista Legal: Dra. Carolina Portocarrero Estela. REMATARE en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien: inmueble dado en garantía, ubicado en la Mz. 7, lote 23, del Asentamientso Humano San Juan, distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Nro. P10092660 del Registro de Propiedad Inmueble [Registro Especial
6
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
de Predios] de la Zona Registra! II.VALOR DE TASACIÓN: CIENTO SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS CON 15/1 00 SOLES (S/. 161.972.15) BASE DEL REMATE: CIENTO SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO Y 43/100 SOLES [S/. 107,981.43], que son las dos terceras partes de la Tasación. AFECTACIONES VIGENTES: HIPOTECA a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A.C. hasta por la suma de treinta y nueve mil ochocientos veintiuno con 92/100 dólares americanos [$. 39.821.92], Escritura Pública N°2249 del 14/08/2013 ante Notario Público Henry Macedo Villanueva de la ciudad de Chiclayo la misma que se encuentra inscrita en el asiento 00004 de la Partida Nro. P1 0092660 del Registro de Propiedad Inmueble [Registro Especial de Predios] de la Zona Registral II. DÍA Y HORA DEL REMATE: 05 DE ABRIL DEL 201 7 A LAS 9:00 A.M. LUCAR DEL REMATE: en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ubicada en la calle San José N° 1070, Segundo Piso (Sede Antigua) o Tercer piso (Edificio Nuevo) de la ciudad de Chiclayo, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.LOS POSTORES: oblarán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del Valor de la Tasación, ascendente a S/. 16,197.21 5 Soles y presentaran Arancel Judicial por S/. 405.00 Soles indicando, Juzgado, No. de Expediente y DNI.- Los Honorarios del Martillero Público serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo a Ley.Chiclayo, 30 de enero del 2017 JORGE ANDRES ROSAS GALOPINO MARTILLERO PUBLICO REG. 118 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5824151 F/ 3031 FP/ 7, 8, 9, 10, 13, 14 mar. S/. 68.40
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO En los seguidos por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ con SAUSA ARRASCO, JONNY JOSÉ sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 00715-2015-0-1706-JR-CO-08, el Octavo Juzgado Civil Comercial de Lambayeque a cargo del Señor Juez Sandro Ornar Aguilar Gaitán, especialista legal Cecilia Guillermo Zambrano, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente inmueble: ubicado en el Asentamiento Humano La Victoria MZ A2, Lote 7, Sector 1, distrito La Victoria, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10006142, Zona Registral II - Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: US$ 148,404.60 (ciento cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuatro y 60/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$ 98,936.40 (noventa y ocho mil novecientos treinta y seis y 40/100 Dólares Americanos), siendo los dos tercios del valor de tasación. AFECTACIONES: As. 00015, Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de US$ 135,000.00; Escritura Pública de fecha 17/04/13, Notario Antonio Vera Méndez. DÍA Y HORA DEL REMATE: El día 20 de marzo de 2017 a las doce horas del mediodía. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicado en la calle San José N° 1070, sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, provincia de Chiclayo
CRÓNICA y departamento de Lambayeque Los postores oblarán el diez por ciento del valor de tasación y presentar su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de acuerdo al arancel establecido en el artículo 18 del D.S. 008-2005 JUS y están afectos al IGV. Wilber Alegre Elera - MARTILLERO PUBLICO- Registro a nivel Nacional N° 167 Cel. 9992-11575 WILBER ALEGRE ELERA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 167 CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVILCOMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 582431 F/ 3035 FP/ 7, 8, 9, 10, 13 mar. S/. 63.00
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por el BANCO DE CREDITO DEL PERU con ROSA YANINA GIL MONTEZA y MODAS Y DISFRACES YANINA E.I.R.L, sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00915-2014-0-1706-JR-CO-08, el 8° Juzgado Civil - Comercial de Chiclayo a cargo del Señor Juez Sandro Omar Aguilar Gaitán, especialista legal Betty del Socorro Varias Céspedes, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente inmueble ubicado en SECCIÓN 202, MZ A1, LOTE 10A, URBANIZACIÓN LA TINA, V ETAPA, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORT1Z, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE, inscrito en la Partida Electrónica N° 11114602 del Registro de Predio de la Oficina Registral de Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: US$ 54,434.85 (cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y cuatro y 85/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$ 36,289.90 (treinta y seis mil doscientos ochenta y nueve y 90/100 Dólares Americanos), siendo los dos tercios del valor de tasación. AFECTACIONES: As. D0001, Carga Técnica al no cumplir con el porcentaje mínimo de área libre que debió tener la propiedad (30%), ni con el estacionamiento por cada 50.00 m2 en la construcción de la fábrica. As. D00005, Hipoteca constituida a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de US$ 35,000.00 (treinta y cinco mil y 00/100 Dólares Americanos); As. D00007, Ampliación de Hipoteca constituida a favor del Banco de crédito del Perú hasta por la suma de US$ 43,750.00 (cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y 00/100 Dólares Americanos); DÍA Y HORA DEL REMATE: El día 20 de marzo de 2017, a las diez horas de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates ubicado en la calle San José NB 1070, sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. POSTORES: Obrarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentaran arancel judicial por participación a remate consignando número de expediente y juzgado, adjuntando además D.N.I. y tasa judicial y copia de dichos documentos para participar en el remate; en caso de ser el postor una persona jurídica presentar poderes y copia del RUC. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de acuerdo al arancel establecido en el
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
artículo 18 del D.S. 008-2005 JUS y están afectos al IGV. WILBER ALEGRE ELERA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 167 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVILCOMERCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5824436 F/ 3036 FP/ 7, 8, 9, 10, 13 mar. S/. 64.80
2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Expediente N° 00814-2017 Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ferreñafé, que despacha la Juez DRA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS, y Especialista Legal William Esquén Ruíz, doña ANSELMA LLAGUENTO MENDO, solicita la RECTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO DE SUS HERMANAS: JUANA, CRISTINA Y LUZ CLARITA LLAGUENTO LLAGUENTO, ya que en dichas actas existe error de redacción, ya que se ha escrito el nombre de su señor padre como Polonio Llaguento Segundo, debiendo ser lo correcto APOLONIO LLAGUENTO SEGUNDO, debiendo adiccionarse la vocal “a” Ferreñafé, 09 de Marzo del 2017. ANDERS WILLIAM ESQUEN RUIZ ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADOFERREÑAFE PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828681 B/ 5277 FP/ 14 mar. S/. 4.50
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de La Victoria-Chiclayo, que despacha el señor Juez Doctor Wilberto Navarro Naranjo, Secretaria Doctora Kelly Edith Valladolid Rodríguez, se tramita el Expediente N° 2506-2016-0- 1706JP-CI-01 siendo que doña MARÍA ELDA ESPINOZA JULCA y OTROS, acude a este órgano jurisdiccional solicitando la rectificación de su partida de defunción de su señor padre, es en el sentido de que su pre nombre son JOSÉ DEMOSTENES y no solo “DEMOSTENES” y que el apellido materno es “ VÁSOUEZ” y no Vásques como aparece en la partida equivocada, y las rectificaciones de las partidas de Nacimiento de: AGUSTIN ESPINOZA JULCA, MARIANO ESPINOZA JULCA, JOSÉ SANTOS ESPINOZA JULCA, ISAAC ESPINOZA JULCA, GILBERTO ESPINOZA JULCA, MARÍA ELDA ESPINOZA JULCA, ANTONIO ESPINOZA JULCA, HERMEN JESÚS ESPINOZA JULCA, ANA MARÍA ESPINOZA JULCA y MARIA SALOME ESPINOZA JULCA; en los nombres de sus padres, siendo lo correcto JOSÉ DEMOSTENES ESPINOZA VÁSOUEZ del padre y MARÍA CARMEN ROSA JULCA TARRILLO de la madre, y con resolución número CUATRO se ADMITE en TRAMITE LA DEMANDA EN PROCESO NO CONTENCIOSO téngase por OFRECIDOS los medios probatorios que se indican y por señalado su domicilio procesal, en consecuencia, SEÑÁLESE fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día VEINTE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE a horas ONCE DE LA MAÑANA, en el local del juzgado Publicación por UN DÍA La Victoria(Chiclayo), 03 de Marzo de 2017 Dr. Wilberto Navarro Naranjo JUEZ 1° Juzgado de Paz Letrado La
Victoria. CSJLA KELLY E. VALLADOLID RODRÍGUEZ SECRETARIA JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO LA VICTORIA PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828128 B/ 5274 FP/ 14 mar. S/. 9.00
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO El Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Jaén, que despacha el Doctor Felicito Guerrero Sandoval, Secretario Félix E. Sánchez Jara, en el Expediente No 020-201 7-C sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO seguido por MERLY PETRONILA CRUZ RIVERA, está solicitando la rectificación de su fecha de nacimiento en el siguiente extremo: 1.- Se rectifique la fecha de nacimiento que ocurrió el 09 de Febrero del año 1985, y no el 09 de Febrero del año 1989 como erróneamente se ha consignado. Habiéndose señalado como fecha para la audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día 22 de Marzo del año 2017 a horas once y treinta de la mañana en punto. FELICITO GUERRERO SANDOVAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO DISTRITO DE HUARANGO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5831415 F/ 877 FP/ 14 mar. S/. 6.90
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, En el Exp. N° 02393-2016-0, seguido por FRANCISCO TULLUME EFFIO Y OTRO, contra ENRIQUE CASSARETTO SONO Y OTROS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el señor Juez del Segundo Juzgado Especializado Civil de Chiclayo, Dr. JUAN ALBERTO TERÁN ARRUNÁTEGUI, Secretaria Judicial Dra. FLOR DE MARÍA RIVERA SILVA, han dispuesto publicar un extracto de la demanda, resolución admisoria y de la presente resolución. DEMANDA de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO. RESOLUCIÓN TRES RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del PROCESO ABREVIADO, la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por FRANCISCO TULLUME EFFIO Y OTRO, contra ENRIQUE CASSARETTO SONO, MAX OTTO CASSARETTO SONO, OLGA CASSARETTO SONÓ, ROSA NERY CASSARETTO SONÓ y JORGE ENRIQUE CASSARETTO OLAVARRÍA, este ultimo en calidad de heredero de su causante JORGE CASSARETTO SONO; CONFIÉRASE TRASLADO a la parte demandada por el plazo de DIEZ DÍAS para que se apersone al proceso y conteste la misma, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en rebeldía; PUBLÍQUESE el extracto de la demanda, auto admisorio, por el término de TRES DÍAS HÁBILES en el Diario Oficial El Peruano y La República; CÍTESE con la presente demanda, anexos y auto admisorio, a los colindantes: CATALINO LLONTOP ATENCIO, EMILIA TULLUME EFFIO y LA GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA DE LAMBAYEQUE en sus domicilios que indica. Chiclayo, 08 de Marzo del 2017. FLOR DE MARIA RIVERA SILVA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL PODER JUDICIAL –CSJLA P/ 5828107 B/ 5268 FP/ 14, 15, 16 mar.
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV S/. 21.60
SUCESIÓN INTESTADA SUCESIÓN INTESTADA Expediente N° 00205-2017. Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ferreñafe, que despacha la Juez DRA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS, y el Secretario Judicial WLLIAM ESQUEN RUIZ, doña MARÍA OFELIA y RICARDO SATORNICIO AGRAMONTE, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su señor padre PEDRO SATORNICIO GINES fallecido el 26 de octubre del 2003 y se les declare herederos universales en condición de hijos Los que se crean con derecho a la herencia pueden apersonarse al proceso. Ferreñafe, 27 de febrero del 2017 ANDRES WILLIAM ESQUEN RUIZ ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO D EPAZ LETRADO –FERREÑAFE PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828126 B/ 5272 FP/ 14 mar. S/. 4.80
SUCESIÓN INTESTADA Expediente N° 215-2016-CI. La Sra. Juez que suscribe Dra. Dorothy Orozco Sigueñas, secretario, Dra. Leyla Terán Yengle. Que, el, solicitante TREVES ALZAMORA ALZAMORA, acude al presente órgano jurisdiccional, solicitando se Declare la sucesión intestada, respecto de su causante (esposa), REBECA TROYA DE ALZAMORA, acaecido el día diecinueve de abril del dos mil dieciséis, habiendo cumplido con precisar su último domicilio real, por lo que el conocimiento de la presente acción resulta ser de competencia de éste Juzgado, Por estas consideraciones y de conformidad a los dispositivos legales invocados y el artículo 749 del Código ya acotado, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en VÍA PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud sobre SUCESIÓN INTESTADA presentada por TREVES ALZAMORA ALZAMORA, respecto de su esposa REBECA TROYA DE ALZAMORA; fallecida el DIECINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS, en la ciudad de Chiclayo; por señalado su domicilio procesal y por ofrecidos sus medios probatorios; poniéndose en conocimiento de la presente a los presuntos herederos JEAN TREVES y EKALTERINA REBECA ALZAMORA TROYA; asimismo, NOTIFÍQUESE a la Beneficencia Pública y al Ministerio Publico, y PUBLÍQUESE los avisos correspondientes en el diario oficial La República por el plazo de Ley; ANÓTESE la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada debiendo cursarse los PARTES JUDICIALES a la Oficina de los Registros Públicos; José Leonardo Ortiz 08 de marzo del 2017 DOROTTY OROZCO SIGUEÑAS JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO ,BJ- JLO PODER JUDICIAL- CSJLA LEYLA TERAN YENGLE ESPECIALISTA LEGAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO MBJJLO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828123 B/ 5271 FP/ 14 mar. S/. 7.50
3. NOTIFICACIONES CAMBIO DE NOMBRE El Tercer Juzgado Civil de Chiclayo, en el Exp.N’.239-2Ü1 5-0-1706-JR-C1-03.
CRÓNICA
el Juez. Edwin Eduardo Siadén Díaz y Secretaria: Kamerling Suxe Villanueva. Por resolución número TRECE de fecha seis de marzo del dos mil diecisiete, se resuelve Declarar Nula y sin efecto legal la resolución número doce obrante a folios ciento treinta y nueve, por no ser el estadio procesal de sentenciar, ordenándose la publicación del edicto de conformidad con la resolución número cuatro de folios cuarenta y siete a cuarenta y ocho. Mediante resolución número cuatro de fecha veintiuno de agosto del dos mil quince, se resuelve: INTEGRAR resolución número dos entre otros, en consecuencia publíquese un edicto de la parte resolutiva en el diario oficial “La República” y “El Peruano” Por resolución número dos de fecha quince de mayo del dos mil quince, se resuelve: ADMITIR A TRÁMITE en vía proceso ABREVIADO la demanda sobre CAMBIO DE NOMBRE interpuesta por ALFONSO ALVITRES CORONADO. Mediante resolución número tres de fecha diecisiete de junio del dos mil quince, se resuelve ACLARAR la resolución número dos, en el extremo que resuelve notificar a la Municipalidad Provincial de Chepén que proceda a la rectificación de la Partida de Nacimiento N°.J02, debiendo ser CÓRRASE traslado a la Municipalidad Provincial de Chepén. Chiclayo, 09 de Marzo del 201 7. KAMERLING SUXE VILLANUEVA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL DE CHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828415 B/ 5275 FP/ 14 mar. S/. 7.50
ALIMENTOS Ante Primer Juzgado Paz Letrado Ferreñafe, Juez Dra. G. Cuiquita C., Especialista J. Quiñones B., Expediente N° 04617-2013-0-1707-JP-FC-01, seguido VERÓNICA PURIHUAMAN MANAYAY contra ASUNCIÓN LUCERO MANAYAY, sobre ALIMENTOS; mediante Resolución Once, fecha 07FEB2017, Dispone Notificar mediante Edictos, demandado: ASUNCIÓN LUCERO MANAYAY con AUDIENCIA ÚNICA SENTENCIA fecha: 04JUN2014; Fallo: Declara Fundada demanda, Ordena demandado acuda pensión alimenticia mensual Quinientos veinte soles, favor hijos Stefany Verónica, Edwin Raúl, William Armando, Katia del Milagro Lucero Purihuaman; para término QUINCE DÍAS apersone proceso para absolver traslado, bajo apercibimiento nombrarse Curador Procesal, caso incumplimiento. Se hace conocimiento público para fines pertinentes. Ferreñafe, 21 de Febrero del 2017 JOSÉ D. QUIÑONES BENDEZÚ SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO FERREÑAFE PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828127 B/ 5273 FP/ 14,15, 16 mar. S/. 15.30
IMPUGNACIÓN DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Con motivo del Exp. N° 28732015-0-1706-J-CI-4, seguido por CLODOMIRO RAMOS VASQUEZ contra RENIEC sobre IMPUGNACIÓN DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA, el Señor Juez del Cuarto Juzgado Civil de Chiclayo, Dr. Héctor Conteña Vizcarra, Especialista Legal Rossana Montenegro Arana, se ha dispuesto publicar resumen de la sentencia en el diario oficial de esta Corte de Justicia y en uno de circulación nacional. Resolución Número Seis: Chiclayo, 23-01-2017:...SE RESUELVE: 1] Declarar FUNDADA la demanda interpuesta por Clodomiro Ramos Vásquez y Rosa Chávez Chaupe contra el Registro Nacional de Identificación
JUDICIAL y Estado Civil - RENIEC. 2] Nula la Resolución Sub Gerencial N° 46102015/GRI/SGDI/RENIEC, de fecha 10-07-2015. ORDENO que RENIEC consigne el estado civil del actor como SOLTERO, conforme indica el artículo 44°. q) de la Ley 26497; con la consiguiente emisión de nuevo documento nacional de identidad- 3] CUMPLA el actor con publicar un resumen de la sentencia en el diario oficial de esta Corte de Justicia, y en uno de circulación nacional. 4] Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, remítase partes al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, para la inscripción correspondiente. Resolución Siete: Chiclayo, ocho de Febrero del 2017 SE RESUELVE: Declarar CONSENTIDA la sentencia contenida en resolución seis de fecha 23-01-2017.Chiclayo, 09 de Marzo del 2017. Chiclayo, 09 de marzo del 2017 ROSSANA MONTENEGRO ARANA CUARTO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828097 B/ 5265 FP/ 14 mar. S/. 7.80
DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNION DE HECHO El 4° Juzgado Especializado de Familia de Chiclayo que despacha el Juez Dr. Rivera, Secretario Abog. Rodrigo; con motivo del Exp.Nro.7432-2016. seguido por MARIA NAVIDAD OLIVERA GALINDO, contra la SUCESIÓN DE DON APOLINAR ROJAS VILLEGAS, sobre DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO, mediante resolución número UNO, de fecha 11 de Octubre del 2016, se resolvió admitir a trámite la demanda vía proceso Abreviado, disponiéndose NOTIFICAR por EDICTOS a la Sucesión de don APOLINAR ROJAS VILLEGAS por el término de tres días hábiles, en los Diarios El Peruano y La República, para que en el plazo de TREINTA DÍAS comparezcan al proceso, a fin de notificarle la demanda, anexos y resolución admisoria, bajo expreso apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.Chiclayo, 08 de Marzo del 2017 JOSÉ RODRIGO MARTINEZ SECRETARIO JUDICIAL 4° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 5828727 B/ 5281 FP/ 14, 15, 16 mar. S/. 15.30
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Ante el Juzgado de Paz Letrado de Monsefú, que despacha la Señorita Juez Dr. Bertha Cubas Peralta y el Secretario Judicial Dr. Félix Liza Chancafe, en el Expediente N° 1122014-0-1713-JP-FC-01, se ha dispuesto por Resolución N° doce NOTIFICAR POR EDICTOS AL DEMANDADO WALTER REQUE ALPACA. Con un extracto de la demanda y auto admisorio debiendo publicarse en el diario la República por el plazo de TRES DÍAS; RES 12 : SE RESUELVE EXCLUIR del proceso a la madre demandante doña RUTH ANDREA BENITES ESPINOZA , debiendo en lo sucesivo comparecer la alimentista Liboria Graciela Reque Benites en su condición de titular del derecho alimentario. REPROGRAMESE LA AUDIENCIA ÚNICA a llevarse a cabo el día VEINTINUEVE DE MARZO del año en curso a horas nueve de la mañana hora exacta en el local del juzgado, bajo apercibimiento de conclusión del proceso en caso de inasistencia de ambas partes procesales conforme al artículo 203° del Código Procesal Civil. PROCEDASE a notificar por edictos al demandado Walter Reque Alpaca con un extracto de la presente resolución debiendo de publicarse en el
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
7
diario la República por el plazo de tres días. Notifíquese conforme a ley..FÉLIX LIZA CHANCAFE SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO MONSEFÚ PODER JUDICIAL –CSJLA P/ 5826928 B/ 5240 FP/ 10, 13, 14 mar. S/. 19.80
4. EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL Oficio N° 2376-2016-64-1706-JR-PE-01 TERCER JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos CRISTIAN MANUEL ROSPIGLIOSI IRIARTE; para que se presente a la audiencia signado en el expediente NP 2376-2016-64-17Q6-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de CRISTIAN RITZI FARICK ROSPIGLIOSI ANICAMA, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE MARZO del año dos mil diecisiete a horas NUEVE CON QUINCE MINUTOS de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero NUEVE-09 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 2376-201664-1706-JR-PE-01, que se sigue contra CRISTIAN MANUEL ROSPIGLIOSI IRIARTE por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de CRISTIAN RITZI FARICK ROSPIGLIOSI ANICAMA. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 12 de enero del 2017 JORGE LUIS ROJAS CRUZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EN EL EXP. N°00529-2017-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO LUCIO CESAR VALLADOLID MONTENEGRO, CON DNI N° 16758660, SOLTERO, HIJO DE, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE SAN ANDRÉS N° 661 - JOSÉ L ORTIZ - CHICLAYO -LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUE; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTICUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 3.1 5 DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias
8
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortíz es un ente corporativo. José L. Ortiz, 15 de febrero del 201702-21 Especialista: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 00170-2017-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO WILDER ALEX CIEZA CARRJON, CON DNI N° 27752335, SOLTERO, HIJO DE, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE ANDRÉS RAZURI N° 254 - LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUE; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARA TORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTICUATRO DE MARZO DELAÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 1.15 DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias,
CRÓNICA con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. José L. Ortiz, 15 de febrero del 201702-21 Especialista: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 00264-2017-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO TITO ELIAS MONTALVO SALAZAR, CON DNI N° 45110753, SOLTERO, HIJO DE, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE MZ. “b” LOTE 1 PP. JJ. JAVIER CASTRO; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE 1NVET1GACIÓN PREPARATORIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTICUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 12.15 DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro_Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. José L. Ortiz, 15 de febrero del 201702-21 Especialista: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 00203-2017-0- EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO RODOLFO LEONEL POMACHARI BONILLA, CON DNI N° 41688670, SOLTERO, HIJO DE JUAN Y MARÍA ESTEHER , CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE A V. PANAMÁ N° 1451 - PP. JJ. MARÍA PARADO DE BELLIDO - JOSÉ L. ORTIZ - CHICLAYO; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTICUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MILDIECISIETE A A HORAS 12.45 DE TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código
procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. José I. Ortiz, 15 de febrero del 2017-0221 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 00278-2017-0- EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JUAN CARLOS PARRAGUEZ MONTENEGRO, CON DNI N° 48607935, SOLTERO, HIJO DE JOSÉ DEL CARMEN Y MARÍA CIRA, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE HUÁSCAR N° 1381 - URRUNAGA - I SECTOR; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETÍGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTICUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 12.00 DEL DÍA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. José I. Ortiz, 15 de febrero del 2017-0221 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 00254-2017-0- EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO WILSON CASTRO CABRERA, CON DNI N° 47880473, SOLTERO, HIJO DE SEGUNDO Y NATIVIDAD, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE RAMIRO PRIALE N° 380 - JOSÉ L. ORTIZ -CHICLAYO; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete. SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTICUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 12.30 DEL DÍA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de
CRÓNICA
Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. José I. Ortiz, 15 de febrero del 2017-0221 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL Oficio N° 5338-2016-06-1706-JR-PE-01 QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos JOSÉ FÉLIX SÁNCHEZ YARANGO; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 5338-20166-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de SÁNCHEZ VILLALOBOS MARÍA ROXANA, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE MARZO del año dos mil diecisiete a horas DOCE CON QUINCE MINUTOS de la mañana(hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero SEIS-06 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto asi en el cuaderno de debates N° 5338-20166-1706-JR-PE-01, que se sigue contra JOSÉ FÉLIX SÁNCHEZ YARANGO por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de SÁNCHEZ VILLALOBOS MARÍA ROXANA. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 23 de enero del 2017 JOSÉ LUIS HUAMÁN SILVA JUEZ QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 9864-2016-0 El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al imputado ABRAHAM AUGUSTO PERALES BRAVO, a fin de que concurra a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato que ha sido reprogramada para el día VEINTICUATRO DE AAARZO DEL DOS MIL DIECISIETE. A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado
JUDICIAL en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso -Chiclayo, en el Expediente N° 9864-2016-0, proceso seguido contra el imputado precitado, por el delito contra la Seguridad Pública, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Pedro de Jesús Escajadillo Liza. JORGE MARCELINO PEREZ TORO JUEZ 9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROS PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL 2° JUZG. UNIPERSONAL EXPEDIENTE: 07584-2015-39-1706JR-PE-03. JUEZ: JUNIO GAMARRA LUNA VICTORIA ESPECIALISTA: EDGARDO HERNÁN ASENJO TAMAY IMPUTADO: JEINER RAFAEL ROJAS. DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD. AGRAVIADO: SOCIEDAD Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado JEINER RAFAEL ROJAS, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguida en su contra como presunto autor del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de: LA SOCIEDAD; señalada para el día VEINTICUATRO DE MARZODEL DOS MIL DIECISIETE a horas UNA DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias N° CINCO. Notificar al acusadoJEINER RAFAEL ROJAS, al desconocerse su domicilio en aplicación del articulo 128 del CPP, mediante edictos en el diario La República por el plazo de tres días, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declararse REO CONTUMAZ, reservarse el proceso. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. Atentamente, EDGARDO HERNAN ASNJO TAMAY ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADOS UNIPERSONALES PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
ED/C70 PENAL Oficio N° 3411-2016-43-17Q6-JR-PE-01 TERCER JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos MARTIN HERNÁNDEZ GÓMEZ; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 34112016-43-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE MARZO del año dos mil diecisiete a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero QUINCE-15 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 3411-201643-1706-JR-PE-01, que se sigue contra MARTIN HERNÁNDEZ GÓMEZ por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 22 de febrero del 2017
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
9
SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 00196-2017-0- EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JAMES TORRES ALVARADO, CON DNI N° 45319136, SOLTERO, HIJO DE ANTENOR Y EMÉRITA, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE CAMPAMENTO C.P.M. EL CAMPAMENTO DE QUEROCOTO CHOTA - CAJAMARCA; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE ¡NVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTICUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 1.00 DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. José I. Ortiz, 15 de febrero del 2017-0221 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 14, 15, 16 mar.
10
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
EDICTO PENAL Oficio N° 5338-2016-Q6-1706-JR-PE-01 QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos JOSÉ FÉLIX SÁNCHEZ YARANGO; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N” 5338-20166-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de SÁNCHEZ VILLALOBOS MARÍA ROXANA, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE MARZO del año dos mil diecisiete a horas DOCE CON QUINCE MINUTOS de la mañanafhora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero SEIS-06 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 5338-20166-1706-JR-PE-01, que se sigue contra JOSÉ FÉLIX SÁNCHEZ YARANGO por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de SÁNCHEZ VILLALOBOS MARÍA ROXANA. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. CHICLAYO, 23 DE ENERO DL 2017 JOSÉ LUIS HUAMÁN SILVA JUEZ QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 4366-2016-JPLLY JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUE JUEZ: Dra. BARBARA I. CASTRO ESCOBEDO S E C R E TA R I O : D r a : C A R M E N D.SANTAMARÍA DE VERA Por el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA al inculpado KELLY DEL ROCIÓ VERANO GIRÓN; para comunicarles que se ha dispuesto que se presente a este despacho el día 24 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ Y MEDIA DE LA MAÑANA en el local del Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Lambayeque sito en la CALLE Doig y Lora NRO. 185 - III - PISO, a efecto de que se lleve a cabo la audiencia de enjuiciamiento con la concurrencia obligatoria bajo apercibimiento de ley.Por haberse así dispuesto en el Expediente N° 4366-2016-JPLLY, seguido contra KELLY DEL ROCIÓ VERANO GIRÓN por el delito de FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO DAÑOS, en agravio de TERESA DEL CARMEN RÍOS RAMÍREZ .ABOG. CARMEN D. SANTA MARIA DE VERA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 6094-2015 EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DEL DRA. SARA VERA ZULOETA, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO CARLOS ALBERTO SANDOVAL CHAPOÑAN CON DNI N° 46845280, CON DOMICILIO EN CALLE SAN MARTÍN 106- CPM CRUZ DEL MEDAÑO- MORROPE, Y AL REPRESENTANTE DEL LA EMPRESA AGRAVIADA SEGUNDO VALDERA VALDERA, CON DNI 16720914, CON DOMICILIO EN CALLE REAL 461- CASERÍO CRUZ DEL MEDAÑO - MORROPE- LAMBAYEQUE, PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE
CRÓNICA INVETIGACION PREPARA TORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A Dispuesto: rs. 07 REPROGRAMESE la Audiencia de control de acusación para el día VEINTICUATRO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz, del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n — Atusparias; con la presencia obligatoria del Fiscal y del abogado del sentenciado; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del abogado particular de excluirlo de la defensa y designar a un abogado de oficio; y en caso del defensor de oficio, de poner de conocimiento de la Dirección de la Defensorio Pública Penal del Ministerio de Justicia, y sustituyéndose por otro abogado de la defensorio. JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 23 DE ENERO DEL 2017. ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO SARA VERONICA VERA ZULOETA JUEZ 1ER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLO PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXP.Nto. 07287-2015-0 JULIO BENAVENTEDELGADO. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DÍAZ TARRILLO: NOTIFICA AL IMPUTADO ENRIQUE MAYANGA RAMÍREZ EXP. 07287-2015-0 JBD. POR EL DELITO ESTAFA AGRAVADA EN AGRAVIO DE ENRIQUE MAYANGA HUANCAS, SE LE NOTIFICA A LA: AUDIENCIA PUBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA VEINTICUATRO DE MARZO DEL AÑO DOS MILDIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS CITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ ATUSPARIAS. JOSÉ LEONARDO ORTIZ 9 DE ENERO DEL 2017 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO JULIO CESAR BENABENAVENTE DELGADO FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL Oficio N° 3979-2016-96-1706JR-PE-01 TERCER JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos JUAN JOSÉ CASTRO DÍAZ; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 39792016-96-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de YAMILET AINARA CASTRO ARISMENDIZ, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE MARZO del año dos mil DIECISIETE a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS de la MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero NUEVE-09 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 34152016-91-1706-JR-PE-01, que se sigue contra JUAN JOSÉ CASTRO
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
DÍAZ por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de YAMILET AINARA CASTRO ARISMENDIZ. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y, ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 10 de enero del 2017 JORGE LUIS ROJAS CRUZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL Oficio N° 4282-2016-0-1706-JR-PE-Q1 SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos ÓSCAR ALEXANDER LARREA GUZMAN; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N? 4282-2016-0-1706JR-PE-01 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE MARZO del año dos mil diecisiete a horas ONCE con TREINTA de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero QUINCE-15 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico -Chiclayo. Por haberse dispuesto asi en el cuaderno de debates N° 42822016-0-1706-JR-PE-01, que se sigue contra I ÓSCAR ALEXANDER LARREA GUZMAN por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL Oficio N° 5338-2016-06-1706-JR-PE01 QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos JOSÉ FÉLIX SÁNCHEZ YARANGO; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 5338-2016-6-1708-JR-PE-01 que se ¡e sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de SÁNCHEZ VILLALOBOS MARIA ROXANA, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE MARZO del año dos mil diecisiete a horas DOCE CON QUINCE MINUTOS de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero SEIS-06 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de ia nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo, Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 5338-20166-1706-JR-PE-01, que se sigue contra JOSÉ FÉLIX SÁNCHEZ YARANGO por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de SÁNCHEZ VILLALOBOS MARÍA ROXANA. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva
en caso de inasistencia. Chiclayo, 23 de enero del 2017 JOSÉ LUIS HUAMÁN SILVA JUEZ QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 1418-2015-0-1706-JRPE-6 IMPUTADO: FRANKLIN HEREDIA ROJAS AGRAVIADO: SANTOS BRAVO CISNEROS DELITO: ESTAFA SÉTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYO JUEZ: MARY NUÑEZ CORTIJO ESPECIALISTA: KARINA RAMÍREZ MIMBELA Por el presente edicto, la Señora Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ha dispuesto: NOTIFICAR a FRANKLIN HEREDIA ROJAS con la resolución número Once de fecha 06/01/2017, que resolvió: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, la misma que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MARZO DEL AÑO EN CURSO a horas DOCE DEL MEDIODÍA (hora exacta), en la sala de audiencias N° 11 del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIENTO al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicará lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1) modificado por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Código procesal Penal respectivamente. PRECÍSESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. KARINA BEATRIZ RAMIREZ MIMBELA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP-CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL José Leonardo Ortiz, 25 de ENERO 2017 Oficio N° 3930-2016-2JPL - JLO. Señor Doctor: COORDINADOR DE LA OFICINA DE LA DEFENSORIA DE OFICIO JOSÉ LEONARDO ORTIZ VIRREY TOLEDO 1065 ATUSPARIAS Tengo el agrado de dirigirme a usted, con mi cordial saludo y a la vez por medio del presente SOLICITARLE que a través de su despacho, se sirva designar un abogado defensor a efectos de que concurra a la audiencia de citación a juicio programada para el próximo 25 de marzo 2017 a horas 10.00 de la mañana a fin de que asista en la citada diligencia al imputado FLORES VALDERRAMA CARLOS, en el proceso que se le sigue como presunto autor de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas en agravio de HUAMAN TORRES MARÍA. Asimismo se hace de su conocimiento que ante la inconcurrencia del defensor público, deberá justificar su inasistencia en el término de tres días, ha.jo apercibimiento de informar a la Oficina Distrital. MARIA MERCEDES DOMINGUEZ
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV HUAMAN JUEZ 2° JUZGADO PENAL PAZ LETRADO MIXTO- JLO PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE:08220-2016-0-1706-JRPE-09 JUZGADO: 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. JUEZ: JORGE MARCELINO PÉREZ TORO ESPECIALISTA LEGAL: JORGE JAVIER PISFIL MONTALVAN Se NOTIFICA con el requerimiento de acusación a: GLORIA DAYSI LEÓN CERNA, así como con la Resolución N° CUATRO por haberse ordenado CORRER TRASLADO por el plazo perentorio 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que pueda por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8)proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Y a la vez se le NOTIFICA con el Acta de Registro de Audiencia de Control de Acusación de fecha 13.02.17 a través de la cual se CITA Y EMPLAZA a GLORIA DAYSI LEÓN CERNA, a ñn de que concurra a la programación de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el dia VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias N° VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 8220-2016-0-1706-JR-PE-09, que se sigue contra GLORIA DAYSI LEÓN CERNA por el presunto delito de TRÁFICO ILEGAL DE ESPECIES DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE PROTEGIDAS, en agravio del ESTADO - MINISTERIO DEL AMBIENTE. JORGE MARCELINO PEREZ TORO JUEZ 9° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DELITOS AMBIENTALES SY ADUANEROS PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° : 009512014-41-1706-JR-PE-05. JUZGADO: PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: MARÍA LUZCELINA VASQUEZ VASQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL: NICOLÁS INOÑAN VENTURA. Se NOTIFICA a: SABINO CUBAS CUBAS, con la resolución número SEIS del tres de febrero del dos mil diecisiete, en la cual se ha RESUELTO: 1-REPROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO OCHO - TERCER PISO de la Nueva Sede del Poder Judicial ubicado en Avenida José Leonardo Ortiz
CRÓNICA
155 - Centro Cívico - Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz; reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el expediente N° 00951-2014-41-1706-JR-PE-05, seguido contra el acusado, SABINO CUBAS CUBAS por el delito contra la Familia, modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en su figura de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio de ROSSY FIORELY CUBAS HUAYAMA, regulado por el artículo 149° primer párrafo del Código Penal. 2-La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. MARIA LUZCELINA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO NCPP- CSJLAMB PODER JUDICIAL FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: N000685-20U-11703-JR- PE-02 JUEZ: DR. PARÍ GONZALES ORLANDO GERMÁN ESP. DE JUZGADO: Abog. INÉS ANGÉLICA FALLA ODAR SE HACE SABER A: WILFREDO TENERIO MOLINA Y OTROS El Señor Juez Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO HA DISPUESTO NOTIFICAR, con un extracto de la acusación fiscal, resolución número 05 de fecha 22/02/2017; conforme a lo siguiente: 1.- Que Mediante Escrito de Fecha 01 de Septiembre de 2016, Mario Alberto Ignacio Effio, abogado de la procuraduría del Jurado Nacional de Elecciones, se apersona al proceso señala domicilio procesal y se constituye en actor civil; proceso seguido contra WILFREDO TENORIO MOLINA Y TEOFISTO PÉREZ CASTILLO; por la comisión del presunta Delito de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS en agravio del ESTADO -JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, RENIEC Y OTROS, 2.- MEDIANTE resolución número 05 de fecha 22/02/2017, ha resuelto REPROGRAMAR la audiencia, para el día LUNES VEITISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ HORAS DE LA MAÑANA - HORA EXACTA. Así mismo se ha resuelto notificar vía edictos a totalidad de los agraviados: FERNANDEZ FERNANDEZ ALDO NOEL FERNANDEZ FERNANDEZ JOSÉ DILMER, TORRES SEGOVIA LUZ ANABEL, MOYA ESCURRA DAVID, LLATAS DELGADO FRAN JHONSON, LLATAS AREVALO BLANCA ROSA, DELGADO RUIZ ROSA ELVIRA, DELGADO GUERRERO CEU, SILVA MORA JOSÉ CARLOS, CALVEZ SUAREZ REBECA, NAQUICHE MENA MERCEDES DEL PILAR, CUBAS CUBAS MABELYANALI, AVELLANEDA DELGADO JAIRO, MARCELO BANCES MANUEL LUIS, CAMACHO BA1QUE ANDRÉS, CHINCHAY LIZANA ALEJANDRO, PÉREZ VEGA TOMAS, NUÑEZ DELGADO RUBÉN, RODRÍGUEZ SANTA CRUZ PEPE, ESQUEN SÁNCHEZ PEDRO ANTONIO, CASTILLO SALVADOR SANTOS, GOICOCHEA DELGADO FLORMIRA, AVELLANEDAALARCON EDUIM. LLATAS CABRERA ANY ROSMERY, CHAMBILLA CHIPANA GABRIELA ELIZJVBET para que tomen conocimiento de la acusación fiscal en contra de los precitados imputados. 3.- Todo ello por haberse ordenado así en el Expediente N°00685-20160-1703-JR- PE-02, seguido conreó WILFREDO TENORIO MOLINA Y TEOFISTO PÉREZ CASTILLO, por el presunto delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio de WILFREDO TANTALEAN COTRINA Y OTROS.DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES JUEZ
JUDICIAL 2° JUZGADO DE INEVSTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- JAEN INÉS ANGÉLICA FALLA ODAR ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JAEN PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: N°00338-20U-01703-JR- PE-02 JUEZ: DR. PARÍ GONZALES ORLANDO GERMÁN ESP. DE JUZGADO: Abog. INÉS ANGÉLICA FALLA ODAR SE HACE SABER A: LUIS JAVIER SOTO HUAAAAN El Señor Juez Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO HA DISPUESTO NOTIFICAR, con un extracto de la acusación fiscal, resolución número 07 de fecha 22/02/2017; conforme a lo siguiente: 1.- QUE MEDIANTE resolución número 07 de fecha 22/02/2017, ha resuelto REPROGRAMAR la audiencia, para el día LUNES VEITISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA - HORA EXACTA. /10:30 AM. Así mismo se ha dispuesto notificar vía edictos acusado Luís Javier Soto Huaman, para que tome conocimiento del requerimiento fiscal fecha 31 de agosto de año dos mil dieciséis, a fin que pueda por escrito:]) Observar formalmente el requerimiento de acusación, 2) Deducir excepciones y oíros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo ¡os medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; en el proceso seguido contra BAGMER JAMES MILJAHUANCA RIVERA, JÚNIOR MANUEL GARCÍA GARLLIRGOS Y JAVIER SOTO HUAMAN; por la comisión del presunta Delito de HURTO AGRAVADO en agravio del ESTADO PERUANO Y OTROS, 2. Todo ello por haberse~3rdenado así en el Expediente N°00338-20160-1703-JR- PE-02, seguido contra BAGMER JAMES\MILJAHUANCA RIVERA, JÚNIOR MANUEL GARCÍA GARLLIRGOS Y JAVIER SOTO HUAMAN; por’) la comisión del presunta Delito de HURTO AGRAVADO en agravio del Estado y OTROS. DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INEVSTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- JAEN INÉS ANGÉLICA FALLA ODAR ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JAEN PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EN EL EXP. N° 00231-2017-0EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - FLAGRANCIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. DÍAZ, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JOSÉ OLAZABAL SÁNCHEZ, CON DNI N° 17542917, SOLTERO, HIJO DE JOSÉ Y CEVERINA, CON DOMICILIO UBICADO EN CALLE ANDRÉS RAZURI N° 254- LAMBAYEQUE
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
11
-LAMBAYEQUE; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE ¡NVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, treinta de enero De 1 dos mil diecisiete. -SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra José Eleuterio Rojas Nuñez por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 10.30 DE LA MANAN A, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional p casilla electrónica, INFORMÁNDOSE que si no concurre se REMITÍAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Público con otro Fiscal ya que la Fiscalía Penal de José Leonardo Ortiz es un ente corporativo. José I. Ortiz, 15 de febrero del 201702-21 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 08477-201 6-47-1 706-JR-PE-01. JUZGADO: CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: HIROKO SANDRA HIYANE RAMÍREZ. ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSUÉ MENDOZA JIMÉNEZ. Se NOTIFICA a: CARLOS ARGENIS CHACÓN CORTES, con el acta de audiencia de fecha 12 de enero del año 2017, en la cual se ha RESUELTO: SE RESUELVE: DECLARAR la IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR LA PRESENTE audiencia S REPROGRAMAR la audiencia para VEINTISIETE DE MARZO DEL
12
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA en esta misma sala de audiencias número diez ubicada en el tercer piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. QUEDA NOTIFICADO la representante del Ministerio Publico, bajo apercibimiento de ser excluida del juicio y requerir al Fiscal Superior en Grado, designe su reemplazo conforme lo establece la norma procesal, sin perjuicio de poner en conocimiento del órgano de control del Ministerio Público su inasistencia. NOTIFIQUESE al acusado presente en los domicilio señalado en autos en Fundo Las Animas Mz B Lt 06 Chiclayo - Lambayeque, en Mz B Lt 06 Pueblo Joven Pastor Boggiano - Chiclayo y por EDICTOS; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia, ordenándose su ubicación y captura. NOTIFIQUESE al abogado particular en el domicilio señalado en autos, bajo apercibimiento de ley. QUEDA NOTIFICADO el Defensor Público presente en esta audiencia, bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESE a la madre de los agraviados, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente en caso de inasistencia, asimismo queda notificado su abogado defensor. 2.- La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. Chiclayo, 12 de enero del 2017. HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXP. N° 6491-2016-90- 1706-JR-PE6°-JIP-KPCH. EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: Dra. YOLANDA GIL LUDEÑA. SE NOTIFICA por el presente al imputado JOSÉ LLONTOP IPANAQUE, con el contenido de la resolución número uno, que dispone conferir traslado del requerimiento de sobreseimiento a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, CONFIÉRASE TRASLADO A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES, quienes podrán: a) formular oposición a la solicitud de archivo centro del plazo establecido. La oposición, bajo sanción de inadmisibilidad, será fundamentada y b) solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considera procedentes; de conformidad con el Art. 345° inciso 11 del Código Procesal Penal: Y A LA VEZ SE CITA y EMPLAZA, para que tome conocimiento de la PRELIMINAR DE CONTROL DE programación de AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO, para el día VEINTISETE DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en la sala de audiencias numero TRECE del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en el segundo piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, esto es, en la calle José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico de Chiclayo Por haberse ordenado así en la Instrucción N° 6491-2016-90-1706-JR-PE-60-que se sigue por el delito de uso de usurpación en agravio de Zamirra Virginia Delgado De Arrascue. Secretaria: Kelly Juiliana Puescas Ghunga. Publicación que se hará por tres días. Chiclayo, 16 de enero de 2017. MARIA YOLANDA GIL LUDEÑA 6TO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDCIIAL- CSJLA FP/ 14, 15, 16 mar.
CRÓNICA EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 06124-2016-0-1706JR-PE-02. JUZGADO:CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: HIROKO SANDRA HIYANE RAMÍREZ. ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSÉ MERINO IBEROS. Se NOTIFICA a: PERRIGO VARGAS, CESAR AUGUSTO, con el acta de audiencia de fecha 11 de enero del año 2017, en la cual se ha RESUELTO: SE RESUELVE: DECLARAR la IMPOSIBILIDAD DE INSTALAR LA PRESENTE audiencia REPROGRAMAR la audiencia para el día VEINTISIETE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA en esta misma sala de audiencias número diez ubicada en el tercer piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. QUEDA NOTIFICADA la representante del Ministerio Publico, bajo apercibimiento de ser excluida del juicio y requerir al Fiscal Superior en Grado, designe su reemplazo conforme lo establece la norma procesal l, sin perjuicio de poner en conocimiento del órgano de control del Ministerio Público su inasistencia. OTIFIQUESE al acusado, en su domicilio señalado en autos: Calle Las Fábulas N° 75 - PPJJ 09 de Octubre - Chiclayo // en Calle Conococha N° 354 - El Pinar-Independencia - Huaraz Ancash /// Calle Manuel Seoane número 352 - La Victoria, y POR EDICTOS; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia ajuicio oral. QUEDA NOTIFICADA la Defensora Publica, bajo apercibimiento de excluirlo de la defensa y nombrar otro defensor público en caso de inasistencia, de verificarse los presupuestos previstos en el inciso 5 del artículo 359° del Código Procesal. 2.- La presente publicación se deberá realizar TRES. Chiclayo, 11 de enero del 2017 HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL- CSJLAMB FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° : 059992015-89-1706-JR-PE-02 JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA. ESPECIALISTA JUDICIAL: MARISOL RISCO FERNANDEZ. Se NOTIFICA a: EDGAR GRANDEZ ARAUJO, identificado con DNI N° 40325354, con el acta de audiencia de fecha 09 de enero del 2017, en la cual se ha RESUELTO: 1-REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el DÍA VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias N°05 del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo/Ferreñafe sito en avenida José Leonardo Ortiz N° 155 segundo piso -Chiclayo - Nueva Sede del Poder Judicial; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz; reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. 2-Por haberse dispuesto así en el EXPEDIENTE N° 05999-2015-891706-JR-PE-02, seguido contra el acusado EDGAR GRANDEZ ARAUJO como presunto autor del delito contra La Familia, en su figura de Omisión de Asistencia Familiar, modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, ilícito previsto en el Primer-Párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de MÉLANNY KETSABELL GRANDEZ DÍAZ representada por su madre Yanira Purificación Díaz Tafur. 3.-La presente publicación, se deberá realizar por TRES DÍAS.
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA JUEZ 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 14, 15, 16 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 4584-2013-0-1706-JRPE-2 IMPUTADO: ELMER SANTOS PURIHUAMAN AGRAVIADO: SEGUNDO SIXTO CARDOSO CORNEJO DELITO: HURTO AGRAVADO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYO JUEZ: MARISOL VASQUEZ RUIZ ESPECIALISTA: KARINA RAMÍREZ MIMBELA Por el presente edicto, la Señora Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ha dispuesto: NOTIFICAR a SEGUNDO SDXTO CARDOSO CORONEL ( padre del menor agraviado Segundo Sixto Cardoso Cornejo) con la resolución número DIEZ de fecha siete de noviembre del año dos mil dieciséis, que resolvió: TENER POR NO PRONUNCIADA LA CONDENA impuesta a ELMER SANTOS PURIHUAMAN, como autor del delito de Hurto Agravado en agravio del menor de iniciales S.S.C.C; Anúlense los antecedentes policiales, judiciales, y penales generados en el presente proceso. Consentida y/o Ejecutoriada quede la presente. Oficíese a las entidades correspondientes, para el cumplimiento de la presente resolución. MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ 2° JUZGADO DE INEVSTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE:08263-2016-40- 1706JR-PE-09 JUZGADO: 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. - CSJLAMB JUEZ: JORGE MARCELINO PÉREZ TORO ESPECIALISTA LEGAL:JORGE JAVIER PISFIL MONTALVAN Se NOTIFICA a: ABSALON ESTELA MEGO con la Resolución N° UNO, a través de la cual se ADMITE a trámite la solicitud de constitución en actor civil, solicitado por el Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales a través de la cual solicita como quantum indemnizatorio la suma de S/. 15,000.00 (QUINCE MIL Y OO/100 NUEVOS SOLES); y de conformidad con el artículo 102° numeral 1) del Código Procesal Penal, TRASLADO del escrito y anexos presentados a los demás sujetos procesales por el plazo de TRES DÍAS, y RESUÉLVASE dentro del tercer día de no mediar oposición. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 8263-2016-40-1706-JR-PE-09, que se sigue contra ABSALON ESTELA MEGA por el presunto delito CONTRA LOS BOSQUES O FORMACIONES BOSCOSAS, en agravio del ESTADO MINISTERIO DEL AMBIENTE. JORGE MARCELINO PÉREZ TORO JUEZ 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA DELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROS PODER JUDICIAL- CSJLAMB FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO Señor ELÍSEO SARMIENTO MONTENEGRO mediante la presente cumplo con notificar la Investigación : 296-2014 - ODECMA/L, en la que se ha resuelto lo siguiente : Resolución número diez, de fecha veintiséis de
Enero Del año dos mil diecisiete. AUTOS Y VISTOS: con el presente proceso disciplinario; AVOCASE a su conocimiento el Magistrado que suscribe en su condición de Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: A través de la resolución número uno de fecha diecisiete de septiembre del año dos mil catorce se procedió a abrir procedimiento disciplinario en contra de don Elíseo Sarmiento Montenegro en su condición de Juez de Paz de Primera Nominación de Santa Rosa, por el cargo de incumplimiento de deberes contenido en el artículo 5 inciso 7 de la ley de Justicia de Paz - Ley 29824. SEGUNDO: Posteriormente se expide la resolución número nueve de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil dieciséis, que resuelve imponer medida disciplinaria de amonestación verbal a don Elíseo Sarmiento Montenegro en su condición de Juez de Paz de Primera Nominación de Santa Rosa; y conforme lo establece el artículo 103° del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura, el plazo para interponer apelación de la resolución final es de cinco días, el cual es de verse de la cédula de notificación del servidor quejado, del quejoso y de la sociedad civil que obra en autos, a la fecha ha vencido el plazo legal para interponer recurso impugnatorio. Por lo que en atención a las consideraciones antes expuestas. Se Resuelve: DECLARAR CONSENTIDA la resolución número nueve de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil dieciséis, debiendo precederse al archivo definitivo del presente proceso. Notifíquese dentro del término de ley, bajo responsabilidad de la asistente de notificaciones, cumplido que sea dicho mandato devuélvase el expediente por la secretaría de esta Oficina de Control. Fdo. Magistrado Contralor: Dr. Cástulo Rojas Díaz Jefe de la ODECMA/L Secretaria de Jefatura de ODECMA/L : Sara Huaranga Arboleda S. CASTULO ROJAS DIAZ JEFE DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE SARA HUARANGA ARBOLEDA SECRETARIA DE JEFATURA ODECMA/ LAMBAYEQUE FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO JUDICIAL Por ante el Sexto Juzgado Especializado Laboral de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. JOSÉ LUIS FRANCISCO VENTURA CAVA, con la asistencia de la Especialista Legal Dra. Sandra Vasquez Ramos, en el Expediente N° 06386-2010-6° seguido por MARUJA FERNANDEZ VASQUEZ contra GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LAMBAYEQUE Y OTROS sobre ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. Para hacer de conocimiento, que este Juzgado, mediante RESOLUCIÓN NUMERO DIECISIETE, de fecha Once de Enero del dos mil diecisiete ha resuelto: SUSPENDER el presente proceso hasta la incorporación de los sucesores procesales de la persona de MARUJA FERNANDEZ VASQUEZ; a fin de que se incorporen al proceso, debidamente acreditados, publicaciones que se harán en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días, conforme al articulo 167a y 168° del Código Procesal Civil. Chiclayo, 15 de Febrero del 2017 SANDRA RAMOS VASQUEZ SECRETARIA SEXTO JUZGADO LABORAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO JUDICIAL Por ante el Sexto Juzgado Especializado Laboral de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. JOSÉ LUIS FRANCISCO VENTURA CAVA,
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV con la asistencia de la Especialista Legal Dra. Sandra Vasquez Ramos, en el Expediente N° 06386-2010-6° seguido por MARUJA FERNANDEZ VASQUEZ contra GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LAMBAYEQUE Y OTROS sobre ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. Para hacer de conocimiento, que este Juzgado, mediante RESOLUCIÓN NUMERO DIECISIETE, de fecha Once de Enero del dos mil diecisiete ha resuelto: SUSPENDER el presente proceso hasta la incorporación de los sucesores procesales de la persona de MARUJA FERNANDEZ VASQUEZ; a fin de que se incorporen al proceso, debidamente acreditados, publicaciones que se harán en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días, conforme al articulo 167a y 168° del Código Procesal Civil. SANDRA RAMOS VASQUEZ SECRETARIA SEXTO JUZGADO LABORAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO JUDICIAL Por ante el Sexto Juzgado Especializado Laboral de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. JOSÉ LUIS FRANCISCO VENTURA CAVA, con la asistencia de la Especialista Legal Dra. Sandra Vasquez Ramos, en el Expediente N° 01031-20156° seguido por JACINTO LLAGAS SALAZAR contra OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONALONP sobre ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. Para hacer de conocimiento, que este Juzgado, mediante RESOLUCIÓN NUMERO OCHO, de fecha Treinta de Enero del dos mil diecisiete ha resuelto: SUSPENDER el presente proceso hasta la incorporación de los sucesores procesales de la persona de JACINTO LLAGAS SALAZAR; a fin de que se incorporen al proceso, debidamente acreditados, publicaciones que se harán en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días, conforme al articulo 167a y 168° del Código Procesal Civil. Chiclayo , 15 de Febrero del 2017 SANDRA RAMOS VASQUEZ SECRETARIA SEXTO JUZGADO LABORAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO JUDICIAL Por ante el Sexto Juzgado Especializado Laboral de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. JOSÉ LUIS FRANCISCO VENTURA CAVA, con la asistencia de la Especialista Legal Dra. Sandra Vasquez Ramos, en el Expediente N° 01031-20156° seguido por JACINTO LLAGAS SALAZAR contra OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONALONP sobre ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. Para hacer de conocimiento, que este Juzgado, mediante RESOLUCIÓN NUMERO OCHO, de fecha Treinta de Enero del dos mil diecisiete ha resuelto: SUSPENDER el presente proceso hasta la incorporación de los sucesores procesales de la persona de JACINTO LLAGAS SALAZAR; a fin de que se incorporen al proceso, debidamente acreditados, publicaciones que se harán en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días, conforme al articulo 167a y 168° del Código Procesal Civil. SANDRA RAMOS VASQUEZ SECRETARIA SEXTO JUZGADO LABORAL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 13, 14, 15 mar.
CRÓNICA
EDICTO PENAL EXP. N° 02509-2016-0-1706-JR-PE08 EL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYO JUEZ: DR. SERGIO CHIMPEN ASENJO ESPECIALISTA LEGAL: Zoila Regalado Guevara. SE CITA Y EMPLAZA a la imputada EDITH CASTILLO JIMÉNEZ , con la resolución número uno de fecha seis de abril del año dos mil dieciseis, mediante la cual se 1.RECEPCIONAR la comunicación de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, contra EDITH CASTILLO JIMÉNEZ por el delito contra el Patrimonio en su modalidad de HURTO AGRAVADO en agravio de MARÍA SENAIDA VEGA VASQUEZ, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2.IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los imputados quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducidas compulsivamente por la policía, en caso de inconcurrencia injustificada. 3.DESIGNAR Abogado de oficio, para que asuma la defensa de la imputada EDITH CASTILLO JIMÉNEZ, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por Abogado de su libre elección, en cuyo caso comunicaran inmediatamente al Juzgado. Por consiguiente, deberá notificarse al Coordinador de los defensores de oficio en su sede institucional, adjuntando copia de la formalización fiscal, para que designe en el plazo de 48 horas un abogado que asuma la defensa técnica del imputado, bajo apercibimiento de tenérsele por designado a él mismo, en caso de incumplimiento, debiendo comunicarlo a este Juzgado. 4.PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 5.ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito y deben ser sustentados en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. 6.EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido. REQUERIR a los abogados defensores y al señor representante del Ministerio Público,7.se apersonen consignando sus casillas electrónicas correspondientes, conforme lo dispone el artículo 155-B de la Disposición Complementaria Modificatoria del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ley N° 30229; con la finalidad que se proceda a notificar electrónicamente, bajo apercibimiento de imponérseles una multa no mayor de DIEZ UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL - URP en caso de incumplimiento.8. NOTIFICAR la presente resolución al representante del Ministerio Público en su sede Institucional; y a los sujetos procesales en su domicilio real y procesal; con la presente resolución y copia de la disposición, en el expediente N° 02509-2016-01706-JR-PE-08, proceso seguido en su contra por el delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de MARÍA SENAIDA VEGA VASQUEZ; Chiclayo 01 de marzo del 2017. SERGIO R. CHIMPEN ASENJO JUEZ
JUDICIAL 5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO PENAL En el Expediente N° 435-2016-0- 1703JR-FC-02 seguido por GENERALDO ALARCON PÉREZ, contra ELVIA BANESSA SÁNCHEZ BOBADILLA sobre VIOLENCIA FAMILIAR.El Juez del Juzgado de Familia, Dr. JACINTO HERNÁNDEZ MENDOZA, secretario Judicial SUSAN DEY BAZAN RAMOS, mediante resolución numero dos de fecha 13 de febrero del año 2017, se ha ordenado se PUBLIQUE mediante edictos la Notificación a la demandada ELVIA BANESSA SÁNCHEZ BOSADILLA, por el termino de 03 días con consecutivos en los diarios oficiales el Peruano y la República: EXTRACTO DE LA DEMANDA _Don GENERALDO ALARCON PÉREZ, interpone demanda de Violencia familiar, contra ELVIA BANESSA SÁNCHEZ BOSADILLA sobre VIOLENCIA FAMILIAR, se admite a trámite, la demanda, traslado al emplazado para que dentro del termino de cinco días absuelva el traslado” RESOLUCIÓN DOS, SE Declara rebelde al demandado GENERALDO ALARCON PÉREZ, en el presente proceso, :Emplazar mediante edictos a la demandada ELVIA BANESSA SÁNCHEZ, Se confiere traslado de la demanda a los demandados por el termino de cinco días a efecto de que absuelvan bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes en caso de incumplimiento PUBLIQUESE un extracto de la demanda tres veces consecutivas de TRES DÍAS en los diarios oficiales La República y El Peruano. Jaén, 01 de marzo del año 2017 JACINTO HERNANDEZ MENDOZA JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE FAMILIA- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA SUSAN DEY BAZAN RAMOS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE FAMILIA JAEN- CSJLA-PJ FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO PENAL En el Expediente N° 350-20160- 1703-JR-FC-02 seguido por LUZ MARITA CASTILLO DELGADO, contra EDGAR TICLIAHUANCA DELGADO sobre VIOLENCIA FAMILIAR.El Juez del Juzgado de Familia, Dr. JACINTO HERNÁNDEZ MENDOZA, secretario Judicial SUSAN DEY BAZAN RAMOS, mediante resolución numero dos de fecha 13 de febrero del año 2017, se ha ordenado se PUBLIQUE mediante edictos la Notificación al demandado EDGAR TICLIAHUANCA DELGADO , por el termino de 03 días con consecutivos en los diarios oficiales el Peruano y la República: EXTRACTO DE LA DEMANDA _Doña LUZ MARITA CASTILLO DELGADO, interpone demanda de Violencia f a m i l i a r, contra EDGAR TICLIAHUANCA DELGADO sobre VIOLENCIA FAMILIAR, se admite a trámite, la demanda, traslado al emplazado para que dentro del termino de cinco días absuelva el traslado” RESOLUCIÓN DOS, SE RESUELVE, :Emplazar mediante edictos al demandado EDGAR TICLIAHUANCA DELGADO , Se confiere traslado al demandado por el termino de cinco días a efecto de que absuelvan bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes en caso de incumplimiento PUBLIQUESE un extracto de la demanda tres veces consecutivas por TRES DÍAS en los diarios oficiales La República y El Peruano. Jaén, 01 de marzo del año 2017 JACINTO HERNANDEZ MENDOZA JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE FAMILIA- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA JACINTO HERNANDEZ MENDOZA
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
13
JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE FAMILIA- JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA SUSAN DEY BAZAN RAMOS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE FAMILIA JAEN- CSJLA-PJ FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 010154-2016-01706-JR-PE-01 La Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al Imputado HÉCTOR YNGA SEGURA, Identificado con DNI N° 42365674, a fin de que concurra a la audiencia de Proceso Inmediato reprogramada para el día VEINTE DE MARZO del año dos mil diecisiete, a las DOCE DEL MEDIO DÍA (HORA EXACTA), a realizarse en la Sala de audiencias número UNO, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso -Chiclayo, en el Expediente N° 010154-2016-0-1706JR-PE-01, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la sociedad; lo que notifica de acuerdo a ley. MARIA CELIA PRIMO VASQUEZ JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 13, 14, 15 mar.
EDICTO PENAL Oficio N° 2376-2016-64-1706-JR-PE01 TERCER JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos CRISTIAN MANUEL ROSPIGLIOSIIRIARTE; para que se presente a la audiencia signado en el expediente NP 2376-2016-64-1706JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de CRISTIAN RITZI FARICK ROSPIGLIOSI ANICAMA, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTICUATRO DE MARZO del año dos mil diecisiete a horas NUEVE CON QUINCE MINUTOS de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero NUEVE-09 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 23762016-64-1706-JR-PE-01, que se sigue contra CRISTIAN MANUEL ROSPIGLIOSI IRIARTE por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de CRISTIAN RITZI FARICK ROSPIGLIOSI ANICAMA. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso v ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. TERCER JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ FP/ 13, 14, 15 mar.
14
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
Aunque no se haya procedido con la liquidación del patrimonio
Divorcio genera automáticamente copropiedad sobre los bienes de la sociedad conyugal En un importante pronunciamiento, la Corte Suprema ha precisado que, aunque los bienes gananciales no hayan sido liquidados luego del divorcio, el solo hecho de la disolución del vínculo matrimonial determina la conversión del estado de los bienes de ser gananciales a estar sujetos a la copropiedad. Pese a que no se había liquidado la sociedad de gananciales, no puede declararse nulo el contrato que tenía por objeto disponer el 50 % de los derechos y acciones sobre un bien inmueble que perteneció al matrimonio, toda vez que, fenecido este, los excónyuges pasan a tener la calidad de copropietarios. En efecto, aunque la sentencia de divorcio no haya establecido la liquidación de los bienes gananciales, estos automáticamente pasan a ser copropiedad de los excónyuges, en virtud de la disolución del vínculo matrimonial. Así lo ha establecido la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema al resolver la Casación N° 870-2016-Lima Norte, publicada en el diario oficial El Peruano del 28 de febrero de 2017. Veamos los hechos: La excónyuge demanda la nulidad del acto jurídico por el cual su expareja transfirió un bien inmueble a la hija de ambos. Según lo alegado por la demandante, dicho bien integraría la sociedad de gananciales, la cual no habría sido liquidada luego de expedida la sentencia de divorcio. Si bien el excónyuge dispone del 50 % de los derechos y acciones sobre el referido bien, la accionante pide la nulidad basada en los incisos 3, 4 y 5 del artículo 219 del Código Civil. Por su parte, la defensa de los demandados (excónyuge y su hija) alegaron que, en el momento de disposición del inmueble, este ya no gozaba de la calidad de bien ganancial, toda vez que la sociedad conyugal había fenecido por causal de divorcio. Asimismo, precisaron que la disposición del bien se hizo sobre la base del 50 % de los derechos y acciones que le correspondía al excónyuge sobre el inmueble, por lo que su proceder estaría arreglado a
derecho. La sentencia de primera instancia declaró infundada la nulidad negocial, pues consideró que, al tiempo de la disposición del 50 % de los derechos y acciones del predio por parte del excónyuge a favor de su hija, el inmueble no gozaba de la calidad de bien ganancial. Por su parte, el ad quem declaró fundada la demanda, toda vez que, en aplicación del artículo 315 del Código Civil, entendió que el inmueble gozaba aún de la calidad de bien ganancial y, por lo tanto, debía ser enajenado en concurso con la excónyuge. En sede casatoria, la Corte Suprema precisó que, debido a que existió un divorcio con fecha anterior a la disposición del bien, este pasaba automáticamente de ser un bien ganancial a constituirse en copropiedad de los excónyuges. Así, cada uno conservaba la libertad de disponer el 50 % de su parte alícuota sobre el inmueble, puesto que el divorcio es una causal para el fenecimiento de la sociedad conyugal. Asimismo, el colegiado recalcó que no importaba si al tiempo del divorcio los bienes gananciales no son liquidados, el solo hecho de la disolución del vínculo conyugal en sede judicial implicaría la conversión del estado de los bienes gananciales a copropiedad. Por ello, la Corte declaró fundado el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, casó la sentencia de vista y confirmó la sentencia de primera instancia. La Ley.-
CRÓNICA
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
JUDICIAL
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
15
Corte Superior de Justicia de Lambayeque
CONVOCATORIA La Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque solicita el Servicio de Lavado de Unidades móviles, para lo cual se invita a los proveedores a presentar sus propuestas, por lo que deberán estar acreditados con RUC y el Registro Nacional de Proveedores, para mayor información comunicarse al celular 966 627 454.
Corte Superior de Justicia de Lambayeque
CONVOCATORIA La Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque solicita el servicio de alquiler de local para el funcionamiento de los juzgados de San Ignacio, para lo cual se invita a los proveedores a presentar sus propuestas. Deberán estar acreditados con RUC y Registro Nacional de Proveedores, debiendo tener las siguientes características: capacidad de 230 m2 con infraestructura moderna, sin gravamen y demás requisitos solicitados por Ley, cualquier información adicional llamar al celular 941 804 738.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE
COMUNICADO N° 001
Por el presente se comunica a los ciudadanos del distrito de Chongoyape, que mediante R.A. N° 174-2017-P-CSJLA/PJ, el despacho de la Presidencia de esta sede de Corte, ha dispuesto a la renuncia de la juez de paz titular del juzgado de paz de tercera nominación y frente a la ausencia de accesitarios en dicho juzgado de paz, la convocatoria a elecciones de jueces de paz bajo la modalidad de selección, para cubrir el periodo que restaba a la juez de paz renunciante, esto es hasta el 31 de diciembre del año 2017. Cuyo cronograma es como sigue:
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ PARA EL JUZGADO DE PAZ DE TERCERA NOMINACIÓN DEL DISTRITO DE CHONGOYAPE. Nº 1 2 3 4 5 6
7
ACTIVIDADES
Del 06 al 15 de marzo Del 15 y 16 de marzo El 18 y 20 de marzo El 21 de marzo El 22 de marzo El 24 de marzo
6.1 Evaluación de Carpetas 6.2 Publicación de los resultados de la evaluación curricular
El 27 de marzo
6.3 Entrevista Personal 8 9
FECHAS
Invitación a la Población Organizada Propuesta de candidatos Publicación de la Relación de candidatos propuestos Tachas a los candidatos inscritos Absolución de tachas Publicación de la Relación Postulantes Aptos Evaluación de los Postulantes
Publicación de Cuadro de Puntajes de los Postulantes
Impugnaciones Publicación del Cuadro de Méritos y proclamación de 10 los Postulantes ganadores 11 Informe final a la Presidencia de la CSJ
El 28 de marzo El 29 de marzo (hora y lugar se comunicará oportunamente a los postulantes) El 30 de marzo El 31 de marzo El 03 de abril El 03 de abril
NOTA: Para mayor información sobre el procedimiento, requisitos, etc., se les invita visitar la página web del poder judicial, apartado de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.
16
Chiclayo, martes 14 de marzo del 2017
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
Taller fue inaugurado por Presidente de la Corte Suprema
PODER JUDICIAL CAPACITA A SUS FUNCIONARIOS SOBRE LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE OBRAS POR IMPUESTOS • Duberlí Rodríguez señala que una comisión de la Judicatura trabaja reforma constitucional para que presupuesto sea del 4% El Poder Judicial, en coordinación con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión), realizó hoy un taller para capacitar a sus funcionarios sobre la normatividad y los mecanismos de ejecución del Régimen Obras por Impuestos, el cual tuvo lugar en la Sala de Juramento del Palacio de Justicia. La inauguración del evento estuvo a cargo del presidente de la Corte Suprema, Duberlí Rodríguez Tineo, quien destacó los beneficios de esta ley que –según dijo-- permite la participación privada y acelera la ejecución de obras públicas frente a la austeridad presupuestal del Gobierno Central. Rodríguez Tineo rechazó a quienes critican la independencia del Poder Judicial por sumarse a este programa bajo el supuesto argumento de afectar su independencia. “Pensar eso es una afrenta, un absurdo”, indicó. “Qué de malo tiene que una empresa en lugar de pagar directamente a la Sunat haga una obra para
el Poder Judicial y luego proceda el descuento, con ese criterio nunca podríamos recibir nada, ni del propio Gobierno”, señaló. En el taller denominado: “Marco Normativo y Lecciones Aprendidas en la aplicación del Régimen de Obras por Impuestos”, participaron administradores y otros funcionarios de las diferentes cortes del país. La capacitación fue seguida también por transmisión vía teleconferencia para que los participantes absuelvan sus inquietudes respecto a las fases del régimen de obras por impuestos, priorización de proyectos y los procesos de selección. REFORMA PRESUPUESTO En otro momento, el titular del Poder Judicial anunció que los jueces supremos Francisco Távara Córdova y Enrique Mendoza Ramírez, integran la comisión encargada de elaborar el proyecto de reforma constitucional para asignar al Poder Judicial el 4% anual del Presupuesto General de la República. Señaló que tal como ocurre con los otros dos poderes del Estado, el judicial también debe ser autónomo en su aprobación presupuestal.
Coleccionable Nº 42
EXPRESIONES COMUNES 2 Por: Mag. Juan Francisco García Mayorga. Lic. Benito Purihuamán Manayay.
Ten presente que en quechua, los sufijos “chu” y “taq” indican interrogación. El sufijo “chu” al ser una pregunta cerrada solo requiere de una respuesta “ari” o “mana”. Mientras el sufijo “taq” al ser una pregunta abierta requiere de una respuesta con palabras, frases u oraciones. Utilizando cuadros anteriores, responde a las siguientes preguntas. A A A A A A A
¿Cómo le trata su esposo? ¿Quién cuida a sus hijos? Es obligación de su esposo ayudarle Es obligación de su hijo ayudarle Es bueno que su esposo le ayude ¿Quiere usted separarse de su esposo? ¿Su esposo le da dinero para sus alimentos?
¿Runaykiqa imanutaq tratashun? ¿wamraykikuta pitaq kuytan? Runaykipaqa ubliqakiuninqa yanapashunan Wamraykipaqa ubliqakiuninqa yanapashunan Allinmi runayki yapashushanqa ¿Qam ruanykimanta seraykayta munallanki? ¿Mikunaykikunapaq runaykiqa qillayta qushun?
A: Autoridad / C: Ciudadano -