carta 1


518KB Größe 13 Downloads 110 vistas
BUENOS AIRES, 25 de marzo de 2015

Sra. Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable Ing. Dina Lina Migani. S/D De mi mayor consideración. La Fundación Vida Silvestre Argentina es una organización sin fines de lucro que trabaja hace más de 35 años en la conservación de los ecosistemas y especies silvestres, y en desarrollar y promover alternativas sostenibles para el desarrollo humano. Tenemos una larga historia de trabajo en y con la provincia de Río Negro, cuyos puntos más relevantes han sido contribuir al conocimiento y conservación del huemul (Hippocamelus bisulcus) y la promoción del desarrollo sustentable de las pesquerías del Golfo San Matías. En el año 2012, iniciamos un contacto con al Secretaría a su cargo, en ese entonces bajo la administración de la Ing. Laura del Valle Juárez, manifestándole nuestra preocupación por la vigencia de la Ley Provincial 763 del año 1972, que incluye un sistema de apoyo e incentivos para los productores ganaderos que maten pumas (Puma concolor) en sus propiedades. En esa nota incluimos también las casi 20.000 firmas colectadas apoyando la derogación de la medida, junto con una serie de propuestas de medidas no letales recomendadas para analizar su posible implementación (en atención a que el problema de la predación por grandes carnívoros puede resultar en un problema productivos en algunas situaciones), y el contacto con una serie de expertos que pueden colaborar con la provincia en la implementación de estas soluciones en el contexto particular. En los párrafos siguientes, resaltamos los puntos más relevantes de nuestra posición, anteriormente expuestos ante esa Secretaría. El conflicto entre productores agropecuarios y animales silvestres es tan antiguo como la actividad misma. Durante el mismo lapso, y con un énfasis dramático en las últimas décadas, los ecosistemas silvestres y las especies que los habitan han ido perdiendo esta disputa sin consideración a lo que se pierde con ello en términos de servicios ambientales como la calidad del agua, de los suelos, secuestro de gases de invernadero, control de especies portadoras de zoonosis, desarrollo de actividades económicas no extractivas como el turismo –tanto o más lucrativas que las otras y con mejor distribución de los beneficios-. Es decir, cuando se implementan este tipo de medidas sabemos lo que ganamos pero no tenemos dimensión de lo que perdemos con la afectación del funcionamiento natural de los ecosistemas. En el caso del puma, es necesario resaltar que éste tiende a evitar la presencia humana y la de sus animales domésticos- que no forman parte de su dieta natural- siempre que el ambiente en el que viva le ofrezca áreas suficientemente grandes y con una oferta saludable de presas naturales. El ataque a ganado doméstico no constituye en sí mismo un evento aislado, sino que es consecuencia de una serie de factores ambientales

dinámicos que resulta en un conflicto. La competición del hombre por los mismos recursos alimenticios con el felino, eliminando por medio de la caza o forzando el desplazamiento de sus presas silvestres, puede provocar la disminución en las densidades de estas últimas y el establecimiento del ganado como única oferta alimentaria. Las prácticas y manejo ganadero y finalmente la distribución y abundancia de las presas son factores que predisponen a la especie a la depredación de animales domésticos. Al mismo tiempo, es importante destacar que en el caso del puma, no todos los individuos resultan problemáticos, sino que ocasionalmente algunos de ellos predan recurrentemente sobre animales domésticos. En este marco, es que existen posibilidades de aplicar una diversidad de acciones y medidas (incluyendo el control específico sobre individuos problemáticos), de menor impacto y mayor eficiencia que la lucha indiscriminada contra la especie. Paralelamente, existen métodos no letales que son eficaces en el manejo de estas situaciones conflictivas y que sólo requieren cambios de orden práctico en la cultura de trabajo de los productores. Dar, como se viene dando, la eliminación física como única respuesta a un reclamo sectorial significa perder de vista el escenario total. Esto es un lujo que considerando el estado ambiental del mundo actual, los Estados no pueden permitirse. Esto tiene relevancia no sólo desde una perspectiva ética, biológica o práctica, sino también desde un punto de vista legal. La Ley Nacional 22.421, de Protección y Conservación de la Fauna Silvestre, declara a la misma de interés público, haciendo de su protección y uso racional una obligación del Estado. A su vez, de tomarse decisiones en ausencia de certezas científicas, se vulnerarían los principios sostenidos por la Ley Nacional 25.265 Ley General del Ambiente. En ese momento, la Ing. Juárez nos comunicó que si bien la ley estaba vigente, no se había reglamentado su implementación para dicho año, y que se estaba iniciando un proceso para el desarrollo de medidas de mitigación no letales para las interacciones negativas entre predadores silvestres y ganadería (se adjunta copia de la nota Nº 606/SMA/12). Este año, las declaraciones públicas del Sr. Gobernador provincial reavivaron la polémica medida y generaron mucho malestar en gran parte de la comunidad. Por lo expuesto, me dirijo a Ud. a fin de hacerle llegar la profunda preocupación que produce en esta Fundación la reedición de esta medida. En vista de ello, le solicitamos la amabilidad de suministrarnos la siguiente información. 1) Copia del instrumento legal que regula la implementación de la Ley Provincial 763 al que el Sr. Gobernador hizo referencia. Asimismo, de haberse conformado la Comisión Central de Lucha contra las Poblaciones Animales Silvestres prevista en el artículo 2 de dicha ley, quiénes son sus integrantes. 2) Grado de avance en el desarrollo e implementación de medidas de mitigación no letales.

3) Si existen estudios poblacionales actualizados de las especies silvestres afectadas por la norma y que permitan inferir el posible impacto de la aplicación de la medida. 4) Si existe un registro y estadísticas oficiales de las situaciones y/o eventos de predación de grandes carnívoros sobre ganado doméstico, y una estimación del daño económico derivado de dichos eventos. Por otro lado, y por parte de esta Fundación, nos ponemos a disposición del organismo a su cargo a fin de colaborar estableciendo vínculos entre éste y los diferentes expertos en la temática que pueden realizar aportes científicamente fundados sobre medidas de mitigación no letales. Sin más, y esperando una respuesta favorable a esta solicitud, lo saluda muy atentamente.

Lic. Diego Moreno Director General Fundación Vida Silvestre Argentina