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MINISTERIO

DE SALUD

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Visto, ellnforme N° 1706-2014-ERP-ByP, de fecha 17 de diciembre del 2014, contenido en el Expediente W 14-121144-001, sobre Bonificaci6n Familiar, solicitado por doria LOURDES PILAR PEREZ SANCHEZ; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluci6n Directoral W 893-2010-0GGRH/SA, se nombr6, a doria LOURDES PILAR PEREZ SANCHEZ, a partir del 05 de octubre del 2010, en el cargo de Trabajadora Social - Nivel IV, de la Direcci6n de Participaci6n Comunitaria en Salud - Direcci6n General de Promoci6n de la Salud; Que, mediante escrito de fecha 19 de noviembre del 2014, doria LOURDES PILAR PEREZ SANCHEZ, identificada con D.N.I. 07707097 solicita el pago de Bonificaci6n Familiar por esta~o civil casada y por sus menores hijos, presentando para tal efecto copia certificada del Acta de Matrimorlio Nv CC~ 35G80 expeulda por Id Cfic:-,a de Registro Nacional de Iderdicac;6n y Estado Civii - RENIEC - Quilca, que obra a fojas 06, acreditando estar casada con don EDWIN SILVERIO APONTE PENADILLO, Y copia certificada de las Actas de Nacimiento N°s 63378311, 66046891 Y 67276843, expedidas por la Oficina de Registro del Estado Civil de Municipalidad de Miraflores, correspondiente a sus menores hijos Celine Camille Sabrine Aponte Perez, Avril Alanis Jade Aponte Perez y Matthew Takeshi Aponte Perez;

J. MENDOZAR

Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual N° 5949-2014-SERL-EIE-OARH-OGGRH, expedido con fecha 27 de noviembre del 2014, por el equipo de Ingreso y Escalaf6n que obra a fojas 01, la solicitante es servidora de la Direcci6n de Participaci6n Comunitaria se aprecia que la recurrente, acredita la condici6n de servidora de la Direcci6n de Participaci6n Comunitaria en Salud de la Administraci6n Central del Ministerio de Salud, en el cargo de Trabajadora Social, NivellV; Que, el literal Administrativa carrera tienen bonificaciones

"C" del articulo 24 del Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de la Carrera y Remuneraciones del Sector Publico, establece que los servidores publicos de derecho a percibir la remuneraci6n que corresponde a su nivel, incluyendo las y beneficios que procedan conforme a Ley; 0

Que, la Bonificaci6n Familiar es la compensaci6n extraordinaria que se otorga a los servidores nombrados de la carrera administrativa, por carga familiar, la cual se fija anualmente via Decreto Supremo, conforme 10 establecido en el articulo 52 del antes mencionado Decreto Legislativo; 0

Que, de acuerdo con el articulo 11° del Decreto Supremo N° 051-91-PCM, la Bonificacion Familiar se fija en TRES Y 00/100 MILLONES DE INTIS (11m. 3.00) mensuales, hasta por cuatro miembros de familia a cargo del trabajador y Cincuenta Centimos de Millones de Intis (11m. 0.50) por cada miembro adicional. EI pago corresponde a la madre, si ella y el padre reciban remuneraciones y/o pension del Estado; Que, por Ley N° 25295, de fecha 03 de enero de 1991, se establecio que a partir del 1° de julio de 1991 como unidad monetaria del Peru el Nuevo Sol, divisible en 100"centimos", cuya relacion con ellnti seria de Un Millon de Inti Millon por un Nuevo Sol; Que, las condiciones para el otorgamiento de la bonificacion familiar se sujetan a las reg las de la carrera administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por 10 que resulta de aplicacion al articulo 10° del Decreto Supremo N° 018-79-EF que reconoce unicamente tres arios de devengados por el citado beneficio, a partir de la presentacion de la solicitud; Con las visaciones del Jefe de Equipo de Remuneraciones I de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos;

y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto

De conformidad con los Decretos Leyes N°s 22404, 22867, Decreto Decretos Supremos N° 018-79-EF, 028-89, 005-90 Y 051-91-PCM;

Legislativo

N° 276,

SE RESUElVE: ARTICULO 1°._ RECONOCER a favor de doria lOURDES PilAR PEREZ SANCHEZ, la Bonificacion Familiar, por estado civil casada y por sus menores hijos, a partir del 19 de noviembre del 2011, conforme a 10expuesto en los considerandos de la presente resolucion. ARTicULO 2°._ REINTEGRAR la suma de SESENTA Y CUATRO CON 20/100 NUEVOS SOLES (S/. 64.20), a favor de doria lOURDES PilAR PEREZ SANCHEZ, por concepto de Bonificacion Familiar, correspondiente al periodo del19 de noviembre de12011, hasta el31 de agosto del 2013, estando afecto a los descuentos de Ley. ARTicULO 3°._ EI Equipo de Remuneraciones y Pensiones, cumplimiento a 10dispuesto en la presente resoluciorl.

es el encargado

de dar

ARTicULO 4°._ NOTIFICAR la presente resolucion, en el domicilio de la beneficiara sito en Av. Sucre N° 547, Dpto. 301, Distrito de Magdalena del Mar. ARTicULO 5°,_ ENCARGAR al Equipo de Ingreso y Escalafon, la incorporacion de la presente resolucion allegajo personal de doria LOURDES PILAR PEREZ SANCHEZ. Registrese y Comuniquese,

Abog. JEANETIE

T

Direclo

Oficin. Gencr.;1 de

MINI

eneral

ti6n de Recursos Humanos

RIO DE SALUD