auxiliar administrativo - Ayuntamiento de Montijo

8 may. 2015 - construcciones, instalaciones y obras. 13. El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto sobre el incremento de valor de los ...
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PROVINCIA DE BADAJOZ

AYUNTAMIENTO DE MONTIJO SECRETARIA

BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISIÓN TEMPORAL DE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ESTE AYUNTAMIENTO MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION LIBRE. Primera.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal mediante el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Auxiliar Administrativo, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala auxiliar, grupo C2. Dotada con las retribuciones básicas correspondiente al grupo indicado y demás retribuciones complementarias asignadas al puesto, y derechos que correspondan con arreglo a la legislación vigente. Segunda.- Requisitos de los aspirantes. Para tomar parte en el presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos: 1.- Tener cumplido 16 de años de edad. 2.- Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Podrán también participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Asimismo, podrán participar los extranjeros residentes legalmente en territorio español, con independencia de la nacionalidad que ostenten. 3.- Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, FPI, Graduado Escolar o equivalente. 4.- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones a desempeñar. 5.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, no hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Estos requisitos, deberán acreditarse a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Tercera.- Presentación de solicitudes. Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, en las que los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base segunda referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montijo y se presentarán en el Registro General del mismo, en horario de nueve a

catorce horas, de lunes a viernes; o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de instancias será de 5 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Tablón de edictos. Junto con la instancia (Anexo I), se presentará la siguiente documentación: -

Fotocopia compulsada de D.N.I. Fotocopia compulsada de la titulación exigida o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

-

Declaración jurada (anexo II).

-

Documentación acreditativa de los méritos alegados.

Cuarta.- Admisión de aspirantes y fecha de realización de las pruebas. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobando la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, especificando respecto de estos últimos la causa de inadmisión a fin de que puedan subsanarla. Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. La lista definitiva se publicará en la forma indicada anteriormente. Junto con la lista definitiva se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio, composición nominal del tribunal calificador y orden actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será por orden alfabético de los apellidos. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, invocados previamente y debidamente justificados, que serán apreciados libremente por el tribunal calificador. La no presentación del aspirante en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el proceso de selección. Quinta.-Tribunal calificador. El Tribunal calificador, estará constituido de la siguiente forma: - Presidente. Un funcionario con titulación igual o superior a la exigida en la convocatoria. - Vocales: Tres funcionarios pertenecientes al Ayuntamiento de Montijo, con titulación igual o superior a la exigida en la convocatoria. -Secretario: El Secretario del Ayuntamiento, o persona en quien delegue. El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas que estimen pertinentes para todas o algunas de las pruebas, limitándose éstos a prestar asesoramiento.

El Tribunal no podrá constituirse, ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria siempre la presencia del Presidente y del Secretario. Asimismo, actuarán como observadores, con voz pero sin voto, un Concejal de cada Grupo Político, representado en la Corporación o persona que ellos deleguen y un representante del Comité de Empresa por cada Sindicato. El Tribunal decidirá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan en aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como aquellas que no se encuentren fijadas en las presentes bases. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en el articulo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Por las mismas causas podrá promoverse recusación por los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992. Sexta.- Procedimiento de selección. El proceso de selección, constará de las siguientes fases: 1.- Fase de oposición. De carácter obligatorio para todos los aspirantes, y consistirá en contestar en el plazo máximo de una hora un cuestionario de 50 preguntas tipo test elaborado por el Tribunal en relación con el temario ANEXO III. El criterio de corrección será el siguiente: la puntuación que se otorgará a cada respuesta correcta será de 0,20 puntos, restándose de la puntuación total así obtenida, 0,05 puntos por cada respuesta incorrecta; así mismo se restarán 0,20 puntos por cada 5 preguntas sin contestar. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar esta fase. 2.-Fase de concurso: Los méritos alegados deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y sólo se aplicarán a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. La valoración de los méritos se realizará atendiendo a los criterios y baremos siguientes: 1) Titulación superior a la exigida: se valorará sólo la máxima titulación que se posea, hasta un máximo de 3 puntos, del siguiente modo: - Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 1 punto - Diplomado Universitario: 2 puntos - Licenciado Universitario ó Grado: 3 puntos 2) Por empadronamiento en Montijo con una antigüedad mínima ininterrumpida de seis meses anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes…… 3 puntos. Séptima.- Calificación definitiva. La calificación definitiva de cada aspirante será determinada por la suma de las puntuaciones de ambas fases. En caso de empate, éste se dirimirá mediante la valoración de las preguntas reservas que a tal fin deberán incluirse en el test de la fase de oposición. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Montijo el acta con el resultado de las pruebas y el nombre del

candidato seleccionado, elevándola al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montijo para que formalice el correspondiente contrato de trabajo. El resto de los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas, serán incluidos en una bolsa de trabajo para sustituir al titular del contrato de trabajo en caso de bajas temporales ó definitivas que se puedan producir durante la duración del mismo. Octava.-IncidenciasEl Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan plantearse y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo del proceso en todo aquello no contemplado expresamente en las presentes bases. Novena.- Recursos.Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el TABLON DE EDICTOS. En Montijo a 8 de Mayo de 2015 EL ALCALDE

FDO: ALFONSO PANTOJA GÓMEZ

DILIGENCIA: Las presentes bases han sido aprobadas por Decreto de la Alcaldía de la misma fecha.

EL SECRETARIO

FDO: RAMÓN INFANTE CARRETERO

ANEXOI MODELO DE INSTANCIA

“D/Dª. _____________________________________, provisto/a de D.N.I. n.º _______________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en ____________________, C/ ___________________________________,n.º ________, ante el Se. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montijo, comparezco y manifiesto que deseo ser admitido a las pruebas convocadas por el Ayuntamiento de Montijo para la contratación de un AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Que reúno todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases, referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, que conozco y acepto íntegramente., Por lo que solicito ser admitido al mencionado proceso de selección

En ___________ a ______ de ____________, de 2015. Fdo.:

______________________________________________

SR. ALCALDE-PRESIDENTE MONTIJO”

DEL

AYUNTAMIENTO

DE

ANEXOII MODELO DE DECLARACIÓN JURADA

“D/Dª.__________________________________________ , provisto/a de D.N.I. n.º ___________________________, con domicilio en ____________________________, C/ ____________________________, n. º __________. DECLARO 1.- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones a desempeñar. 2.No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, no hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En ______________ a _______ de __________ de 2015.

Fdo.:

______________________________________________”

ANEXO III.

TEMARIO

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. La constitucionalización del principio de estabilidad presupuestaria. La reforma constitucional. 2. La Administración Pública en la Constitución. El derecho administrativo básico dictado en virtud del artículo 149.1.18 de la Constitución. El desarrollo legal llevado a cabo por las Comunidades Autónomas.

3. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local. 4. Los contratos del sector público: objeto y ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de de contratos del Sector Público. Contratos sujetos a regulación armonizada. Régimen jurídico de los contratos administrativos y los de derecho privado; los actos separables. Los principios generales de la contratación del sector público: racionalidad, libertad de pactos y contenido mínimo, perfección y forma, el régimen de invalidez de los contratos y el recurso especial en materia de contratación.

5. Las partes en los contratos del sector público. Los órganos de contratación. La capacidad y solvencia de los contratistas. Prohibiciones. Clasificación. La sucesión del contratista. 6. Preparación de los contratos por las Administraciones Públicas. El precio, el valor estimado. La revisión de precios. Garantías en la contratación del sector público. Clases de expedientes de contratación. Procedimientos y formas de adjudicación de los contratos. Criterios de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización de los contratos administrativos.

7. El municipio: concepto y elementos. El término municipal: el problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y autonómica. La población municipal. El padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros. 8. La organización municipal. Órganos necesarios: Alcalde, Tenientes de Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: Comisiones Informativas y otros órganos. Los grupos políticos y los concejales no adscritos. La participación vecinal en la gestión municipal. El concejo abierto. Otros regímenes especiales. Especialidades del régimen orgánico-funcional en los municipios de gran población.

9. Los recursos de las Haciendas Locales. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios. 10. La gestión, inspección y recaudación de los recursos de las Haciendas Locales. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las Entidades Locales, en municipios de régimen común y de gran población. La gestión y recaudación de recursos por cuenta de otros entes públicos. 11. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral. Gestión tributaria. Inspección catastral. 12. El Impuesto sobre actividades económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal y gestión tributaria. El recargo provincial. El Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. 13. El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. 14. Tasas y precios públicos. Principales deferencias. Las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboración ciudadana. 15. Los derechos constitucionales de los empleados públicos. Políticas de igualdad y contra la violencia de género en las Administraciones Públicas. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y/o dependientes. 16. El personal al servicio de las Entidades Locales: Clases y régimen jurídico. Los instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización. El acceso a los empleos locales: sistemas de selección y provisión. 17. Los derechos de los funcionarios locales. Derechos individuales. Especial referencia a la carrera administrativa y a las retribuciones. El régimen de Seguridad Social. Los deberes de los funcionarios locales. El régimen disciplinario. El régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades. 18. Régimen Jurídico de los funcionarios de habilitación con carácter nacional. Los puestos de trabajo de secretaría, intervención y tesorería. Clasificación de los puestos y funciones de los mismos. 19. La recaudación de los tributos. Órganos de recaudación. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El procedimiento de recaudación en vía de apremio: iniciación, títulos para la ejecución y providencia de apremio. Aplazamiento y fraccionamiento del pago. 20. Desarrollo del procedimiento de apremio. El embargo de bienes. Enajenación. Aplicación e imputación de la suma obtenida. Adjudicación de bienes al Estado. Terminación del procedimiento. Impugnación del procedimiento. 21. Las infracciones tributarias: concepto y clases. Las sanciones tributarias: clases y criterios de graduación. Procedimiento sancionador. Extinción de la responsabilidad por infracciones.