Autorizan viaje de servidora de la OSCE a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2014-EF Lima, 11 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, del 23 al 25 de julio de 2014, se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias – República de Colombia, el Curso “Competencia y Contratación Pública”, organizado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Programa COMPAL de la Conferencia de las Naciones Unidas y el Desarrollo (UNCTAD); Que, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) es un organismo del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, encargada de impulsar el desarrollo económico y social de los países en los que trabaja, contribuir a la seguridad y la paz, potenciar la ayuda humanitaria, fortalecer los sistemas democráticos y promover los derechos humanos, así como impulsar las relaciones de los países en coherencia con la cooperación; Que, el Curso “Competencia y Contratación Pública” tiene como objetivo capacitar a los funcionarios de autoridades de Iberoamérica sobre el diseño pro-competitivo de sistemas y procedimientos de adquisición pública, así como sobre la detección, investigación y sanción de eventuales prácticas anticompetitivas entre los concurrentes a los concursos públicos, siendo de especial interés la participación del OSCE; Que, resulta de interés institucional la participación de la señorita Lilyana Pamela Hawkins Tacchino, Supervisora de Pronunciamientos de la Subdirección de Supervisión y Monitoreo de la Dirección de Supervisión del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, considerando que es de importancia estratégica para el OSCE participar activamente en los eventos organizados por organizaciones multilaterales de desarrollo, así como instituciones rectoras de sistemas de contratación pública de otros países, aprovechando los canales de comunicación e intercambio de experiencias y conocimientos sobre contratación pública que permita al OSCE consolidarse a nivel institucional, contribuyendo a su fortalecimiento y al desarrollo de mecanismos más eficientes y transparentes en las contrataciones públicas del país; Que, los gastos por concepto del curso, hospedaje y alimentación serán asumidos por el Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada de la AECID y los gastos por concepto de pasajes, será asumido por el OSCE con cargo a su presupuesto institucional; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de autorizaciones de viaje por supuestos distintos a los señalados en los literales del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM; y en la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Lilyana Pamela Hawkins Tacchino, Supervisora de Pronunciamientos de la Subdirección de Supervisión y Monitoreo de la Dirección de Supervisión del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, a la ciudad de Cartagena de Indias – República de Colombia del 22 al 26 de julio de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son con cargo al presupuesto del OSCE, de acuerdo al siguiente detalle, y en la categoría económica: Pasajes US$ 631,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la servidora autorizada según el artículo 1 de la presente resolución, debe presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la servidora cuyo viaje se autoriza. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas