CONVOCATORIA PARA CUBRIR LOS PUESTOS DE ASISTENTES PARLAMENTARIOS TÉCNICOS DE LA DELEGACIÓN SOCIALISTA ESPAÑOLA EN EL PARLAMENTO EUROPEO I.- PERFIL DEL PUESTO DE ASISTENTE TÉCNICO
Puesto:
Asistente Parlamentario Técnico y de Apoyo (Delegación Socialista Española en el Parlamento Europeo)
Nº Plazas:
Sin definir
Lugar de Trabajo:
Bruselas, con desplazamientos a Estrasburgo durante las semanas en que se celebren los Plenos del Parlamento Europeo, sin perjuicio de otros de carácter extraordinario.
Funciones:
Ejecución y seguimiento de los trabajos y trámites parlamentarios Tareas de asesoramiento técnico e investigación Elaboración de dictámenes e iniciativas parlamentarias Realización de argumentarios, memorandos y discursos Seguimientos de la agenda política del área específica de trabajo y del diputado/a asignado. Tareas administrativas, traducciones, archivo y documentación.
Conocimientos requeridos:
Imprescindible: Licenciado/a Universitario/a. Profundo conocimiento del idioma español y dos lenguas oficiales de la Unión Europea, preferentemente inglés y francés. Todo ello con capacidad de lectura, traducción y redacción. Ofimática a nivel de usuario (Windows, Office e Internet). Valorable: Experiencia previa de trabajos realizados en el seno del PSOE y/o en otros Parlamentos (Cortes, Asambleas Autonómicas) o en alguna de las Instituciones de la Unión Europea. Especialización en alguna política sectorial comunitaria: presupuestos, pesca, regional, fiscal, transportes, medio ambiente, etc. Estudios de postgrado en cuestiones relativas a la Unión 1
Europea. Publicaciones y cursos realizados sobre la Unión Europea y sus políticas. Conocimiento de otras lenguas comunitarias.
II.- PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS Y TRIBUNAL DE SELECCIÓN Las personas interesadas deben enviar su solicitud a partir del 8 de junio del 2009 y hasta el 3 de julio de 2009, indicando la Ref. : Bruselas 2009, a: PSOE - CEF (Departamento Recursos Humanos), C/ Ferraz, 70, 28008 Madrid Por correo electrónico a:
[email protected]
En la solicitud se debe incluir curriculum vitae detallado, fotografía tamaño carné y carta de presentación que especifique área de especialización y la motivación e interés por el puesto. De ser el/ la solicitante ex-asistente técnico de esta última legislatura en el Parlamento Europeo, así como asistente o técnico en el Grupo Parlamentario Socialista de Cortes Generales (Congreso y Senado), deberá presentar también toda la documentación solicitada debidamente actualizada. Las candidaturas serán recepcionadas y evaluadas por el Tribunal de Selección que se establecerá en el Grupo Parlamentario Socialista de Cortes Generales y que estará compuesto por: -
El Secretario General del Grupo Parlamentario Socialista de Cortes Generales, que lo presidirá
-
El Secretario General de la Delegación Socialista Española en el Parlamento Europeo
-
El Director Gerente del PSOE
-
Técnico del Departamento de Recursos Humanos El tribunal podrá acordar la sustitución de cualquiera de sus miembros por persona de responsabilidad equivalente hasta 24 horas antes de su primera sesión. 2
III.- PROCESO DE SELECCIÓN
Será responsabilidad del Tribunal de selección, llevar a cabo las siguientes fases del proceso de selección:
-
Primera Fase:Preselección de candidaturas (2 días) En base al análisis de currícula, se determinará que candidatos se ajustan objetivamente al perfil profesional de requisitos exigidos y valorables (formación, idiomas y experiencia). Se solicitará la documentación necesaria que acredite los datos incluidos en el curriculum vitae de los preseleccionados. En esta fase, y en paralelo a este proceso, también se evaluarán las solicitudes presentadas por los/as ex-asistentes técnicos de esta última legislatura en el Parlamento Europeo, así como los/las asistentes o técnicos/as en el Grupo Parlamentario Socialista de Cortes Generales (Congreso y Senado).
-
Segunda Fase:
Pruebas específicas (4/5 días)
Evaluación mediante la realización de pruebas específicas de estilo de pensamiento y razonamiento, intereses profesionales y rasgos de comportamiento. Se garantiza que las pruebas cumplen los requisitos de seguridad establecidos a nivel internacional y que está diseñada y desarrollada específicamente para el entorno laboral. Tiene una validación multicultural, multilingual, multirracial y no es discriminatoria ni por edad, sexo o raza. Esta herramienta mide solamente aquellos factores relevantes para seleccionar a las personas que mejor se ajusten a los requerimientos específicos.
-
Tercera Fase:Entrevista personal (5/6 días) Adquisición de información sobre aspectos laborales, complementar datos y contrastar resultados de pruebas específicas. Aportar información al candidato/a relativas a las condiciones del puesto.
-
Cuarta Fase: Decisión Tribunal (1/2 días)
3
Análisis de los datos obtenidos en las diferentes fases del proceso, determinación del ajuste de los candidatos finalistas al puesto y elaboración de las listas de candidatos/as seleccionados/as.
Al final de esta cuarta fase, el Tribunal podrá decidir que, por falta de idoneidad de las personas presentadas, no se pueden cubrir todas o algunas de las plazas convocadas. De ser así, se volvería a iniciar un segundo proceso de solicitudes y selección de candidatos-as, del que se informará, en su momento, sobre sus fechas y plazos. Se entiende que, de existir este supuesto, y que se diera sólo en un número de puestos a cubrir y no en la totalidad de los mismos, las distintas personas que ya hubieran sido seleccionadas se incorporarían y contratarían siguiendo lo dispuesto en el punto IV de este documento.
IV.- INCORPORACIÓN Y CONTRATACIÓN La disponibilidad de los/las seleccionados/as para incorporarse a su actividad debe ser total. La incorporación se efectuará a partir del 14 de julio de 2009 y con la mayor brevedad a partir de la notificación de admisión. Se establece un período de prueba de tres meses a partir de su incorporación al trabajo ó lo establecido en la legislación del contratante. Se realizará un contrato por obra o servicio determinado o un nombramiento, entendiéndose por tal la Legislatura del Parlamento Europeo. El contrato laboral será firmado entre el trabajador y el Parlamento Europeo ó un representante de la entidad gestora.
Madrid, 3 de junio de 2009
4