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... hayan reportado movim¡ento en el transcurso de doce (12) meses,. Que, mediante el lnforme No 003-2017-MtNCETUR/SG/OGA-OASA-SDpCp-ALIVIACEN,.
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@a"l*¡rd"M No49¡r 2017-MtNCETUR/SG/OGA San lsidro,

25 de octubre de

2017

Visto el Memorándum N"l]66 20'17-MINCETUR/SG/OGA-OASA, de la Dirección de Abastecimiento y Serv¡cios Aux¡l¡ares, que adjunta el lnforme N" 003-2017-MINCETUR/SG/OGAOASA-SDPCP-ALMACEN, emitido por la Coordinac¡ón de Atmacén de la Subdirecc¡ón de Programación y Control Patrimonial, del M¡nister¡o de Comercio Exterior y Turismo; GONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Jefatural No 335-90-INAP/DNl, de fecha det 2S de Julio de 1990, se aprueba el Manual de Administración de Almacenes para el Sector públ¡co Nacional; que establece normas, criter¡os, procedimientos y responsabilidades para la adm¡nistración de almacenes en organ¡smos del Sector Público Nacional;

Que, med¡ante Resoluc¡ón Jefatural N" 118-80-INAP/DNA se aprueba las .Normas Generales del Sistema de Abestecim¡ento - Verificación del estado y utilización de bienes y servicios';

Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral ll Procedim¡entos, acápite D. Baja de bienes

de "El manual de adm¡nistración de almacenes pare el sector público nacional,, aprobado

mediante Resolución Jefatural N" 335-90-INAP/DNA detatta tos siguientes (...) "Bienes que por vencimiento o su estado de descomposición no son recomendables para consumo'",

Oue, de acuerdo a lo establecido en el ertículo 4, inciso b), del Decreto Ley N.22867, la baja será aprobada med¡ante resolución por el Director General de Administración o funcionario equivalente en la entidad.

Que, med¡ante Carta JKS-004-2017-MCT, de fecha 17 .OB.ZO1T , la Empresa JKS CoNSULToRIA Y sERvlclos sAC, remite el lnforme Final de ta Toma de lnventario Fis¡co de los bienes de Existencias del Almacén del MINCETUR AL 30.06.2017, como resuttado de dicho lnventario, concluye y recom¡enda proceder a la baja de los materiales que no han tenido mov¡miento más de un año,

Que, según lo establec¡do en el literal a), del numeral 6, de la D¡rectiva N. OO2-2013IVIINCETUR/SGioGA; De los Bienes de consumo en desuso del Almacén central: Bienes que permanecen inactivos en el Almacén central, por un prolongado tiempo, y no pueden ut¡lizarse en el IvIICNETUR, por lo que recomienda derlos de baja del stock del Almacén, a fin de transferidos a otras ent¡dades o instituc¡ones para una efect¡va util¡zación. Están considerados en tal situación: Los bienes de consumo que no hayan reportado movim¡ento en el transcurso de doce (12) meses, .'.-t

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Que, mediante el lnforme

No

003-2017-MtNCETUR/SG/OGA-OASA-SDpCp-ALIVIACEN,

del coordinador de Almacén de la sub D¡rección de programación y control patrimonial,

considera procedente la baja de dichos bienes del Almacén Centrali

y Servicios Auxil¡ares y la Sub Dirección de y Programación Control Patrimon¡al, mediante el informe delvisto, han dado su conformidad a la ba.ia de los bienes de consumo en desuso usados en mención y; Que, la Oficina de Abastecim¡ento

Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 24 e inciso j) del artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Tur¡smo, aprobado con Decreto Supremo N" 005-2002-MINCETUR; Con la visación de la Directora del Of¡cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, y del Sub Director de Programación y Control Pátrimonaal del MINCETUR;

SE RESUELVE:

ART|CULO l.- Aprobar la baja de los b¡enes de existencias de Almacén, descritos en el Anexo No 001-2017, que forma parte de la presente Resolución, conforme a lo d¡spuesto en "El manual de administración de almacenes para el sector público nacional" aprobado mediante Resoluc¡ón Jefatural No 335-90-INAP/DNA y otros dispositivosi por un valor contable de S/. 56,059.56 (Cincuenta y seis mil sesenta y nueve con 56/100 soles), para su poster¡or disposiciÓn f¡nal.

ARTíCULO 2- Autorizar a la Oficina de Abastec¡miento y Servicios Auxiliares y a la Oficina de Administración Financiera, para que, a través de la CoordinaciÓn de Almacén, excluyan del reg¡stro de ex¡stencias de almacén y del registro contable del l\¡linisterio de Comercio Exter¡or y Turismo.

ARTfcULo 3.- Rem¡t¡r cop¡a de la presente Resoluc¡ón Directoral a la ofic¡na de Abastecim¡ento y Servic¡os Aux¡l¡ares, Ofic¡na de Administrac¡Ón F¡nanciera y al Órgano de Control lnstitucional del Ministerio de Comercio Exterior y Tur¡smo. Regístrese y comuniquese,

MINCETUR