,%ao/ac¡En %¡rerfora/ n' 2o-4(
-2016-MINcETUR/vMT/DGJcMr
Lima, 07J|Jl,2016 Visto, el Exped¡ente N' 967550-201GM|NCETUR, de fecha 10.05.2016, en el que ta empresa HAPPY JACK S.A'C., sol¡c¡ta la Renovación de la Autor¡zación Expresa para la explotación de máquinas en la sala de juegos "HAPPY JACK" ub¡cada en el Jr. putumayo N. 152S, D¡str¡to de lduitos, de Maynas, Departamento de Loreto; ,.i CONSIDERANDO:
Qr9, mediante Ley N" 27153, y normas mod¡f¡catorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto N' 009-2002-M¡NCETUR, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país, estableciéndose en el articulo 24" del c¡tado cuerpó legal que corrópondé a la Direcc¡ón General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas las faculiades admin¡sirat¡vas de
supremo
autor¡zación, f¡scal¡zac¡ón, supervisión, evaluac¡ón y sanción vinculadas a las explotac¡ones antes refer¡das;
Que, de acuerdo con lo establec¡do en el arlículo 10. del Decreto Supremo N. OO9-2002JR, la Renovac¡ón de la Aulorizac¡ón Expresa conced¡da a las salas de juegos de cás¡no y de tragamonedas, se real¡za s¡guiendo el proced¡m¡ento establec¡do para elde Autorizac¡ón Expresa;
Que, en el articulo 14" de la Ley antes menc¡onada así como el artículo 7' de su Reglamento, med¡ante Decreto Supremo N" 009-2002-M|NCETUR, se estabtecen los requ¡sitos que los
solicitantes deben cumplir para acceder a la menc¡onada autor¡zac¡ón;
Que, med¡ante Exped¡ente No N" 967550-2016-M|NCETUR, de fecha 10.05.2016, ta empÍesa HAPPY JACK S.A.C., solicita la Renovación de la Autor¡zac¡ón Expresa para la explotación de máqu¡nas fagamonedas en la sala de juegos "HAPPY JACK" ub¡cada en el Jr. putumayo N' 1s2s, Distr¡to de lqu¡tos, Prov¡nc¡a de Maynas, Departamento de Loreto, otorgada med¡ante Resoluc¡ón D¡rectoral No 24'lO-2O1.1MINCETUR^/MT/DGJCMT, de fecha 05.09.201 l; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley No 27153 y normas mod¡t¡catorias establec¡miento destinados a la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas no pueden encontrarse a menos c¡ento cincuenta ('150) metros, medidos de puerta a puerta sigu¡endo el mínimo tránsito peatonal posible de templos y/o centros de estud¡os donde se ¡mparte educac¡ón in¡c¡al, pr¡mar¡a y secundaria; Que, según consta en el Informe Técn¡co Nro. 431-2016-MTNCETURA/MT/DGJCMT-DCS-CMAS,
de
fecha 04.07.2016, al amparo de lo establec¡do en la Oirectiva No 001-2007-M|NCETUR /MT/DGJCMT,
aprobada mediante Resolución D¡rectoral No 038-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 29.0t.2007, se ver¡f¡có que la sala de juegos cumple con lo establecido en el articulo 50 de la Ley N" 27153 y norma modif¡catorias, toda vez que no se encuentra ub¡cada a menos de c¡ento cincuenta (150) metros contados sigu¡endo el mínimo tráns¡to peatonal de centros de estudios de educac¡ón in¡cial, pr¡maria y/o secundaria; y que as¡m¡smo cumple con los requis¡tos técnicos ex¡gibles para la ¡nstalac¡ón y funcionam¡ento de una sala de juegos de máqu¡nas tragamonedas, encontrándose las máqu¡nas lragamonedas autorizadas y reg¡stradas (homologadas) por la D¡rección General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas;
Que, as¡m¡smo, cabe señalar que mediante la Resolución Directoral N'
3473-20'15-
MINCETURA/MT/DGJCMT de fecha 11.11.20'15, se autor¡zó a la empresa HAPPY JACK S.A.C., las últ¡mas mod¡l¡cac¡ones solic¡tadas a su Autorización Expresa para la explotac¡ón de sesenúa y un (61) máquinas tragamonedas y ciento noventa y dos (192) memorias de sólo lectura, en la sala de juegos "HAPPY JACK" y que son las mismas que a la fecha viene explotando; Que, la empresa cumple con adjuntar cop¡a del Certificado de Inspecc¡ón Técnica de Seguridad en Ed¡f¡caciones de Detalle N" 001-2015, de fecha 23.01.20'15, con v¡genc¡a ¡ndeterminada y del Informe de Inspecc¡ón Técn¡ca de Segur¡dad en Ed¡ficac¡ones de Detalle N'2748, expedidos por la Munic¡pal¡dad
r:
t!
Provinc¡al de Maynas, en el que de acuerdo con lo establec¡do en el Decreto Supremo N" 058-20'14-PCM y nomas modif¡catorias, se deja crnsianc¡a que la sala de juegos de la sol¡c¡tante cumple con las cond¡c¡ones de seguridad exig¡bles a este tipo de establecim¡entos, para la explotación de sesenla y un (61) máqu¡nas
lragamonedas; Que, de la evaluación de la solvencia económ¡ca de la solicitante, de sus soc¡os y gerentes con facultades ¡nscritas, según consta del Infome Económ¡co F¡nanciero N' 11G2016 de Renovación de Autorizac¡ón Expresa y Nombramiento de Gerente Adm¡n¡strat¡vo, de fecha 07.06.2016, la solic¡tante y las personas antes indicadas cumplen con los criterios de evaluac¡ón eslablec¡dos en la Ditect¡va No 001-2007MINCETUR/VMT/DGJCMT, deb¡éndose prec¡sar de conform¡dad con lo d¡spuesto en el artículo 15' de la Ley N" 27153 y normas mod¡fcatorias que d¡cha evaluac¡ón es permanente en tanto el t¡tular de la autorización mantenga v¡gente la autorizac¡ón conced¡da; Que, en observanc¡a de lo establecido en los articulos '19" y siguientes de la Ley N' 27153 y normas modmcatorias, la sol¡c¡tante cumple con presentar la Pól¡za de Cauc¡ón N' J0246-00-2015, otorgada por Secrex Cia. de Seguros de Crédito y Garantias a favor del Min¡sterio de Comerc¡o Efer¡or y Tur¡smo MINCETUR, por la suma de Doscientos Tre¡nta y Cuatro M¡l Ochocientos C¡ncuenta con 00/100 soles (S/. 234,850.00), por las máquinas autorizadas para su explotac¡ón en la refer¡da sala de juegos, en respaldo de las obligac¡ones asum¡das con el Estado y terceros der¡vadas de la apl¡cac¡ón del menc¡onado cuerpo legal, la m¡sma que ha sido remit¡da al área de adm¡n¡stración del MINCETUR para su custodia y fines conespondientes;
-
Que, la empresa HAPPY JACK S.A.C. mediante Exped¡ente N'971943-201o-MINCETUR de fecha .05.2016, cumplió con presentar el Pran de Prcvención de la Ludopatía, al que hace referencia el l¡teral t) numeral 14.1 del artícuto 14 de la Ley N" 27153, 'Ley que regula la explotac¡ón de los iuegos de casino y máqu¡nas tragamonedas" mod¡f¡cado med¡ante el artículo 6' de la Ley N'29907, "Ley para la Prevención de la Ludopatia en las salas de casino y máqulnas lragamonedas', y el artículo 11" del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N" 007-2013-MINCETUR;
Que, en el lnforme Técn¡co Nro. 43'|-201&MINCETUR/VMT/DGJCMT-DCS-CMAS' de fecha 04.07.2016, se ha verificado que la sala de juegos ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo N' 015-20'10-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de "Normas Técn¡cas Complementaias para la SUCrR" a que se ref¡ere la Pr¡mera ¡mplementac¡ón del s¡stema unif¡cado de control en tiempo real D¡spos¡ción F¡nal de la Ley N" 27796 y la Resoluc¡ón de Superintendenc¡a N' 145-2003-SUNAT;
-
Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral6 del Anexo ll del Cuadro de Infracc¡ones Sanc¡ones, del Decreto Supremo N' 015-2010-MINCETUR, se sanc¡onará al t¡tular de una sala tragamonedas con una multa de c¡nco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuentre
y
interconectada con un Modelo SUCTR;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 17' de la Ley N' 27153 y normas modif¡catorias, ei plazo de vigenc¡a de las autor¡zaciones expresas conced¡das por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas es de cinco (05) años, pud¡endo ser renovada por plazos suces¡vos y ad¡c¡onales cuatro (4) años; De conformidad con las Leyes Nros. 27153, 277.9la y 27444 "1ey del Proced¡m¡ento Adm¡nistrativo y el Decreto Supremo Nro. 009-2002-MINCETUR, estando a lo op¡nado en el Informe Económ¡co F¡nanciero N' 11G2016 de Renovación de Autorización Expresa y Nombram¡ento de Gerente Admin¡strat¡vo, lnforme Técn¡co Nro. 431-2016-MINCETUR /MT/DGJCMT-DCS-CMAS y Legal N" 297-2016-DSG; SE RESUELVE:
Artículo l'.- Renovar la autor¡zac¡ón expresa conced¡da a la empresa HAPPY JACK S.A.C., con código de Reg¡stro N'111339001, para la explotación de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "HAPPY JACK" ub¡cada en el Jr. Putumayo N" 1525, O¡sh¡to de lqu¡tos, Prov¡nc¡a de Maynas, Departamento de Loreto, por un plazo de cuatro (04) años, en observanc¡a de lo d¡spuesto en el articulo 'l7o de la Ley No 27153, y nomas mod¡f¡cator¡as.
sesenta
Artículo 2'.- La presente aulor¡zac¡ón faculta a la empresa la explotación en la Sala de Juegos de y un (61) máquinas tngamonedas y ciento noventa y clos (192) memorias de sóto lectura,
según detalle conten¡do en los ANEXOS
ly
ll que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artlculo 3o.- De acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo 14.2 de la Ley N' 27153 y normas todos los requ¡s¡tos y cond¡c¡ones que sirv¡eron de base para la presenle autorizac¡ón deben durante el plazo de vigencia de la m¡sma, bajo aperc¡b¡m¡ento de cancelarse la autor¡zac¡ón y disponerse la clausura del establec¡m¡ento dest¡nado a la explotac¡ón de máquinas
Artículo 4o.- De acuerdo con lo d¡spuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracc¡ones y Sanciones, del Decreto Supremo N'015-2010-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de'Normas Técn¡cas Complementarias para la ¡mplementación del s¡stema unifcado de control en t¡empo real a que se retiere la
oc' ,?io +ar.ÉtJÉ^
,frwo/acifn
9**rtora/
Pr¡mera D¡spos¡c¡ón F¡nal de la Ley N" 27796 y la Resolución de Superintendenc¡a N" 145-2003-SUNAT, de 25.07 -2003, se sanc¡onará al t¡tular de una sala tragamonedas con una multa de cinco (05) UIT por máquina lragamonedas que no se encuentre ¡nterconectada con un Modelo SUCTR.
Artículo 5'.- De conformidad con lo establec¡do en el articulo 7" del c¡tado cuerpo legal, los titulares una autorización de explotac¡ón conced¡da por la Direcc¡ón General de Juegos de Casino y Máqu¡nas ragamonedas se encuentran obl¡gados a observar las normas que sobre zon¡fcac¡ón, seguridad, h¡g¡ene, parqueo, entre otros, eslablezcan las mun¡cipal¡dades en sus respeciivas jurisd¡cciones para el otorgam¡ento de la l¡cencia municipal a que hub¡ere lugar.
Artícufo 6'.- De acuerdo con lo d¡spuesto en la Sentenc¡a de lecha 02.02.2006, expedida por el Tr¡bunal Const¡tuc¡onal (Exped¡ente No 4227-2005-PNTC), la m¡sma que bajo responsab¡l¡dad const¡tuye precedente v¡ncu¡ante para todos los poderes públicos, los explotadores de juegos de cas¡no y máquinas tragamonedas deben cumpl¡r con el pago del lmpuesto a los Juegos c,omo consecuenc¡a de la actividad comerc¡al que desarrollan.
Artículo 7o.- La Direcc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas se reserva el de revocar la presente aulorizac¡ón en caso verificarse que las cond¡c¡ones económ¡co-financieras la empresa autorizada se han mod¡f¡cado negat¡vamente como consecuenc¡a de las acciones de cobranza pud¡era llevar a cabo Ia Superintendenc¡a Nacional de Adm¡n¡stración Tributaria (SUNAT) por la deuda por concepto del lmpuesto a ¡os Juegos. Artículo 8".- De conform¡dad con lo prev¡sto en elartículo 24o de la Ley No 27153 y en concordancia con el Princ¡p¡o de Pr¡v¡leg¡o de Controles Poster¡ores regulado en el numeral '1.16 del artículo lV de la Ley N' 27444,'Ley del Proced¡miento Adm¡n¡strat¡vo General", la D¡recc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas en ejerc¡cio de su facultad de fiscal¡zación se reserva el derecho de verif¡car la ¡nformac¡ón y/o documentación presentada por la sol¡citante así como establecer las sanc¡ones o ¡n¡c¡ar las acc¡ones legales que resulten apl¡cables ante cualqu¡er d¡screpanc¡a con la real¡dad de los hechos.
Artículo 9'.- De acuerdo con lo d¡spuesto en el arliculo 8'del Decreto Supremo N" 006-2013-PCM, que 'Aprueba la relac¡ón de autoñzac¡ones sec¿ona/es de las Entidades del Poder Ejecutívo, que deben ser ex¡g¡das como requ¡s¡to prev¡o para el otorgam¡ento de la licencia de func¡onam¡ento, de acuerdo a la Ley N' 28976, Ley Marco de Licenc¡a de funcionam¡ento", publíquese la presente resolución d¡rectoral en el Portal
WEB del Minister¡o de Comerc¡o Exterior y Turismo, en la s¡gu¡ente d¡recc¡ón
electrónica:
www. m¡ncetur.qob.De/newweb/.
Artículo 10'.- En observanc¡a de lo d¡spuesto en el artículo 12' de la Directiva 001-2007MINCETURA/MT/DGJCMT,
aprobada med¡ante Resoluc¡ón Directoral N"
38-2OO7-
MINCETURA/MT/DGJCMT, remítase a la Unidad de Inteligenc¡a F¡nanciera la ¡nformac¡ón y/o documentac¡ón y las personas naturales y/o juríd¡cas que han s¡do objeto económ¡ca l¡nanc¡era relac¡onada con el anles ¡nd¡cada. de evaluación, para los fines a que se contrae la
Regístrese,
¿6i}::::A MANUEL sAN RoMÁN BENAVENTE D¡rectora General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas
áK$J'i t.u:*/g Er¿íé- q6?€3?
.
E{ffi:5 Kl:ffi""9
ANEXO I RELACIÓN DE MAQUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS A LA EMPRESA HAPPY JACK S.A,C. POR LA SALA DE JUEGOS "HAPPY JACK'' RESOLUCIÓN DIRECTORAL N' ITEM 1
Í?
2 3
4 5 b 7
I I 10 11
12
13 14
f15 ; \16
Nn'-.1 \ i{-ltlsía}7
áln7 PllB 19
20 21
22 23 24 25 26 27 28
qs *29
¿{ ..J ,lp \ rV" " Bl :SJ
63 34 35 36
37 38 39 40 41
42
43 44 45 46 47
FABRICANTE A.G.l.GmbH A.G.l.GmbH A.G.l.GmbH A.G.l.GmbH A.G.l.GmbH A.G.l.GmbH A.G.l.GmbH A.G.l.GmbH A.G.l.GmbH Ar¡stocrat Ar¡stocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Aristocrat Ar¡stocrat Aristocrat G.T G.T G.T G.T G.T G.T G.T G.T G.T G-T G.T G.T G.T G.T G.T Konami Konami Konami Konami
NO
&o7-l
-2OI 6-T'I INCETUR/VMT/DGJCMT
coDtco
DE SERIE 83986 83996
FW62O FW62O
s8707 98712 244369 340224 351614 355700
FV62OCF FV62OCF FV 623 CF D FV 623 CF D FV 623 CF D FV 623 CF D
361 180
FV 623 CF D
DV04470V
Jubilee MKIV Jubilee MKIV Jubilee MKIV Jub¡lee MKIV Jubilee MKIV MKV Series I Ml(V Series I MKV Series I MKV Series I MKV Series MKV Series MKV Ser¡es MKV Series MKV Series MKV Series MKV Series MKV Ser¡es MKV Ser¡es MKV Ser¡es ll 96403500 96403500 96403500 96403500 96403500 96403500 9640010R 9640010R 9640010R 9640010R 9640010R 9640350R 9641900N 9641900N 9641900N Endeavour Series Endeavour Series Endeavour Series Endeavour Series 500
DVO8744
DV08747 DV08748 DV08749
x4W000851 xAW000861 x4W029961 x4W149631 0060229 0065822 066r 035 0662889 x4W3980067 xAW3980073 xAW3980086 x4W3980090 xAW3980108 XAW627032 241797 260859 261148 261251 261284 323246 285676 345096 345126 34513/' 350352 233200 '1064835
1065676 1073339 xKA 01 1524 xKA 0136520 xKA 198087 xKA 200411
Página
1
REGISTRO 80000337 80000337 80000097 80000097 80000266 80000266 80000266 80000266 80000266 80000149 800001¡K) B0000149 80000149 80000149 80000188 80000188 80000188 80000188 80000174 80000157 80000174 80000174 80000174 80000174 80000174 80000174 80000174 B0000174 80000014 B0000014 80000014 80000014 80000014 80000014 80000022 80000022 B0000022 80000022 80000022 80000014 80000124 80000124 80000124 80000217 80000217 80000217 80000218
ANEXO I RELACIÓN DE MAQUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS A LA EMPRESA HAPPY JACK S.A.C. POR LA SALA DE JUEGOS'HAPPY JACK" RESOLUCIÓN DIRECTORAL
s
/
i) t3
167 168 169
170 171 172
173 174 175 176 177 't78 't79 180 181
182 183
1U 185 186
FABRICANTE Konami Konami Konami Konem¡
Konemi Konami Konam¡
Konami Konami Konami Konami Konami Konami Konami Konami Konami Konami Konami Konami Konami Konami Konam¡
WMS WMS WMS WMS WMS WMS WMS WMS TOTAL
N.
éOQ8
-2OI 6-MINCETUR/VMT/DGJCMT
coDrGo
CANT.
1
GYM5ED31.01H (MCU2 01 U75) GYM5ED31.02L (MCU2 02 U66) ISDE3A13.H fol(PROG H)I tsDE3Al3.L ¡o2(PROG L)l LOW5EB32.01H (MCU2 01 U75) LOWsEB32.02L (MCU2 02 U66) MOHsE821.O1L 'PROG H (U75)I MOH5E821.02L IPROG L (U66)I MPRE3AI3 H IPROG H (U75)I MPRE3A13 L IPROG L (U66)I MXIE3A13.H IPROG H (U75)I MXIE3A13.L IPROG L (U66)I REH5EB32.O1H MCU2 01 U75 REH5EB32,02L MCU2 02 U66 stu5EA32.01H (MCU2 01 U75 stU5EA32.02L (MCU2 02 U66 rMSsEC31 .O1H MCU2 01 U75 TM55EC31.02L (MCU2 02 U66) TOlE3B13.H (Proo-H) TOlE3Bl3.L (Proo-L )
2 2
TRAE3B14.H {01(PROG H)} TRAE3B14.L {o2(PROG L)}
1 1
2 2
I I I 1
2 2
I 1 1 1 1 1
I 1
I
1
s854-000-1010
1
ssos-000-1873
1 1 1 1 1 1
sB19-000-1020 sssG-000-1480 DD45-000-1010C0 sssG-000-1673
scls-000-1010c2 sssG-000-1471
192
Página 6
REGISTRO A0006916 A0006917 A0006141 40006142 AOOO7827
A0007828 A0005786 40005785 AOOO5727
A0005728 A0005726 A0005726 A0007825 A0007826 4000782 1 40007822 40006914 A0006915 40005729 40005730 A0007829 A0007830 40007880 A0010655 40008866 40010466 40009960 40010316 A0009896 4001001 1