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AOAVENOl ¿.t¿-.tsr. 40005346. 153. DE ORO S A.C. ALFIL DE ORO. STAR GAMFS. DESVENOl IJ4.J5). A0005347. '154 ALFIL DE ORO S A C. ALFIL DE ORO.
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n 3O

L¡ma,

-2015-t INcETuR/vMT/DG.JCMT

08

El¡E.2015

V¡slo, el Expedienle N. 838460, de fecha 11.11.2014, presentado por ta empresa ALFTL DE ORO S.A.C. en el que soriota aúonzacrón e4resa pafa ra exprolación de juegos de máquinas tragamonedas en rá

juegos'aLFrL DE

der Holer rres Esrrelas T Provincia de Camaná, Departamento de Areqlipai

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sara de

N" 130 Dastrito y

CONSIDERANDO:

qy:a]l{iglt9..fgl_!: ,7153, y ñormas moditcato as, y su Regtamento aprcbado med¡ante Decreto j,l":?_l:!9r__,rTr-!r!91IyT. s¡. fgrjó.F erprotación de ros ju;sos de Lsino y m?quinas trasamonedas e;el

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esiabtecié¡dose en er articuto 24.

dt-er

ciraoo cuerpo

regai!u';ó;d;ñ;;

ras facuttades admrnislrárvas . . ' F,.r rev+uacaón T_::::T.I"1"-!:y.,"--l.l1g:1g1l:g:s y sanc¡ón v¡nculadas a las explotaciones antes reteridas; il

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de aurofización, fiscar|zación, supervisión.

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dl:ryeslo en

an¡cuto .r3' de ta Ley N" 27153 y nonnas mod¡r¡calorias. para ta

9-,1_d: etÉgración ^ry:rg! de tuesos de :l-lg máquinas trasamonedJs sá

e9leralde Juegos de

et.

Lq,i"ü c"

Casrno y Máqurnás Tragamonedas,

"Jt"ii.*io"-"fi;!ffiilü

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Que, el artrculo 14'de lá Lev áñta mencionada así como el arlfculo 7. de su Roglámento, apfobado -s-oriciiantes rnedianre Decrero supremo N' 009-20ó2-MrNCETUn, ."qJ¡iitir"!u" io-s oeoen cumprir para acceder a la mencionada autorizacióni ""ii¡r""""-ro" Que, mediante Expedienle N.938460, de fecha 11.11.20i4, ta empresa ALFTL DE ORO S.A.C. soticita JJ"errrr oe ono" ¿"r Horer rres Esrreras "-runrsr¡s c¡¡¡n¡rÁ', i,o¡ca¿a e'i p,ov¡nc¡a de camaná, Lrñá ñJ-r¡¡ "n aurorizacrón expresa para ra erprorac¡ón de juegos de máquinas tragámonedá" Depanarnento de Arequipa,

¡".

ülJ ói"ñüv

Oue, la solicilanle ha cumplido con presentar la documenlación y/o nlormactón requerida para acceder a la

ión/de la autorización concedida pára exptolar máquinas ragamonedas en ta saia Ce ¡riegos

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Of

Oue, el g¡ro principat á que se refere et articuto 6. de ta Ley No 27153 y normas modinc¿doÉs, el ñlo donde se encuentra inslátada ta sata de juegos de óáqurnas rr"gi.on.o"" ¿. i" ioli"ir""é inedo TURTSTAS cAMANA" ha sido ca¡iticado comó túa rres esirettas, ¿;ñ" ;"- ;i r1Tl19e-RegFro N. 20s31s07363-001, de fecha to.os 2011, vagenre hasú .l"lo.o!.)ólO, po, l" ncia Regioñal de Comercio Exteior y Tu smo det Gobiemo negionat ae Arequipa, ;ril;:;;;;tá;;; "rp.o¡¿o a_de-Func¡onamrenlo^N" 002320, de fecha 19.01.j999, po¡ eigiro comerciár le norei, ol;;gada por ta d: misma que sesln to prárto eñ er articur" itrá" i"'iiiir-;"zlui¡á;L"i ::11 lr-1ll:"li"gl 9amanái"ta de Licencia de Func¡onamienlo', lieñe vjgeicia in¡eterminadai

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iJrtil;;

oue

confomidad con ro dispuesto en er aíicuro 50 de ra Ley No 27i53 y normas rnodif¡calor¡as ros _de mienlo destinados a ra exploración de máqu¡nas lragamonedas no pueden enc'ontrarse a mJnos oe c¡ento rcuenla (150).metros, medidos de puerta a puerta siguien¡o et mtnimo t¿nsito peatonat póiibte de temptos y/o nlros de esludros doñde se tmparte educacon nrcral, pÍmana y secundanaj Que de conformidad con erartícuro i5o de ra Dircctiva No 001-2007-MTNCETTJR^/|Vr/DGJCMT,

medianre Resoruc¡ón Directorar No 38-2007-MrNcEfuR^/MT/ooJcur, ¿u t""¡" ib.or.zooz aprobada ,Nor."" comprementarias ár procedimiento de reofdenamrento y fofmarizacion prevrsio in r" l"y r.r" ias+s, cispone: "óe acuerdo con lo estabtec¡do en et añtcuto So de ta L;y. entnOase pLr céniros d, dL"uió, ¡nic¡at. pimaia o que mpaíe; e.ducación bá;sica res"¡", ái i"Láí'1ái iá'i"íu"'íüctr "f::":::.",,10:Z:::^:in::?s-d:lstudios 'Ley Lev benerat General oe de EaucactonEducac¡ón" que cu'nten con er car¡Í¡cat¡vo exped¡do pot er Min¡sterio de Educac¡ón í la ic;;;ia mun¡c¡par de funcionamiento coÍespond¡ente. (...)''"rifrczda co i: á" ; Di;ect¡va N. 002-2008_ "i "n¡"u6

MINCETUR/VMT/DGJCMT, áprobada mediañte Resolución Directoral No 349-2008-M|NCETUR^/MT/DGJC|\¡I. Disposic¡ones Adicionales, relacionadas coñ la dislancia minima;

Que, según consta en los Informes Técn¡cos Nos. 1164-201+MINCETUR¡/MT/DGJCMT/DFCS-JCHF y 1206'2014-MINCETUR¡r'MT/DGJCMT/DFCS-RCR de fechas 01.12.2014 y 15.12.2014, respectivamenlet al amparo de lo establecido en la D¡rectivá No 0O1-2007-MINCEIUR/VMT/DGJCMT, aprobada medianle Resolucióñ DirecloÉl No 038-2007-MINCETURTVMT/DGJCMT, de lecha 25.01.2007, se verifcó que la sala de iuegos clmple con lo establecido en el allculo 50 de la L€y No 27153 y norma modilicatorias, toda vez que no se encuentra ubicada a menos de cienlo cancuenia {'l5O) metros conlados siguiendo el minimo tránsiio pealonal de templos y/o centros de estudios de educación in¡cial, primaria y/o secundaria; y que as¡masmo cumple con los requ¡silos lécnicos exigibles para la instalación y funcionamiento de una sala dejuegos de máquinas tragamonedas, enconlrándose las máquinás tragamonedas aulorizadas y regastradas (homologadas) por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedasi Que, la empresa cumple con adjunlar copia del Certilicado de lñspección Técnicá de Seguridad en Oefensa

Civil de Detalle N" 1602-2014, de fecha 2808.2014, v¡gente hasta el 26.08.2016, y del Informe de Inspecc¡ón Técnica de Seguridad en Defensá Civilde Detalle N'GRAQP-1m2, expedidos por la oficina Regionalde Defensa Nacional y Defensa Cavil del Gobaerno Regional de Arequ¡pa; en el que de acuerdo con lo eslablec¡do en el Decreto Supremo N" 06&2007-PCM y ñormás modificatorias, se de¡a constancia que la sale de juegos de la solicilante cumple con les condic¡ones de segundad exig¡bles a este tipo de eslablecimientosi

Oue, de la evaluación de la solvencia económica de la solicilante y de los socios, directores, gerenles y apoderados con facultades jnscrilas, según consta en el Informe Económico Finañciero N" 251-2014 de Aulorización Expresa, de fecha 29.'12,2014,la sol¡cilanle y las personas antes indicadas cumpleñ con los crilenos de evaluación establec¡dos en le Direct¡va N" 001-2007-MINCETUR^/MT/DGJCI\¡T, debiéndose precisar de confom¡dad con lo dispueslo en el art¡culo 15' de la Ley N' 27153 y normas modmcatorias que dicha evaluación es permanente en lanto eltilularde la aulorización manlenga vigenle la aulorización concedidal

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Oue, en observancia de lo establecido en los articulos 19'y siguientes de la Ley N" 27153 y normas '$odrfc¿torias, la soliotañte ha cumplido con olorgar garanlla por las obl¡gaciones y sanciones derivadas de su

-bphcacrón y en resguardo de los derechos de los usuários y elEstado,la misma que se encuenlÍa constiluida porla 'Póhza de Caución N'J0214-01-2014, otorgada por SECREX Compañia de Seguros de Crédito y Garant¡as v¡gente desde el 31.12 2014 hasta el 31.12.2015, por las máquinas eutodzadas pa€ su explolac¡ón en la referidá sela de ,uegos, la misma que ha sldo €mitida el área de admanislracaón del MINCETUR para su custodia y lnes

corespoñdienles,

Oue, la empresa ALFIL DE ORO S.A.C. cumplió con presentar el P/an d€ Prevenc¡ón de la Ludopatla, al que hace referencja el literall) del numeral 14.1 del artlculo 14 de la Ley N" 27153, "Ley que regula la explotación de losjuegos de casino y máqu¡nas tragamonedas' modifrcado mediante elarticulo 6' de la Ley N'29907,'Ley para la Prevenc¡ón de la Ludopalla en las salas de casino y máquinas lragamonedes", y el artículo 11' del Reglamenlo aprobado med¡ante Decrelo Supremo N" 007-201}M|NCETUR. Oue, en el Infome fécn¡co N' 1164-2014-MINCETUR^/MT/DGJCMT/DFCS-JCHF se ha veriticado que la juegos ha con lo dispueslo en el Decrelo Supremo N' 015 201o.M|NCETUR. qLre aprobó el Técnicas Cornplementarias para ]a ¡nplenentac¡ón del sislema un¡ñcado de contrcl en á que se refiere la Primera oisfosición Final de la Ley N' 27796 y la Resolución de nc¡á

N' 145-2003-SIJNAT|

Que, as¡mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadrc de InÍiacciones y , del Decreto Supremo N' 015-2o1GM|NCETUR, se sancionará al titular de una sala lragamonedas con de cinco (05) UIT por cada máquiná tragamonedas que no se encuentre interc¡nectada con un Modeto Que, de ecuerdo con lo dispueslo en el art¡culo 17" de la Ley N' 27153 y noínas modificatorias, el plazo de de las autorizacaones expresas concedadas por lá Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas es de c¡nco (05) años, pudiendo ser renovada por plazos sucesivos y adicaonates de cuatro (4)

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Oue. eñ apl'cacion de los Principios de Presunc¡ón de Vemcidad y de Privitegio de Controtes poster¡ores en los numerales 1 7 y | 16 del articuto tV de ta Ley No 27444 1ey det procedimiento Admanistrativo ,\pgulados '4eneral', se presume la veracidad de ta documentación y/o inlormacón presenúda,

Lre De conrormrdad conformidad con les las Leyes Nos. 27153, 27153, 27796, 277 ,28945 28915 y 27444 27444 "Ley "Ley óel óet procedimiento Procedimiento Admin¡strat¡vo | - .' :.,! / |+==? ,.-,r,General" y el Decreto Supremo N' 00920O2-M|NCETUR, estando a to opinado en et Inlorme Económico Finencierc N' 251-2014 de Aulorizac¡ón Expresa, Infonnes Técnicos Nros. 1164-2014MINCETUR¡r'MT/DGJCMTiDFCS-JCHF y 1206-2014-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DFCS-RCR; y tegal N. 001_

2015.vcr;

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SE RESUELVE:

Artículo 1'- Aulonzar a la empresa

. sala de juegos "ALFTL oE oRo" der Hoter rres Estrelas "TURrsrAs CAMANA",

ALFTL DE ORO S.A.C. ta exptotacion de máquinas fagamonedas en ta

ubi;da en Av. L¡ma N" 13g Distrito.y Provincia de Camaná, Departamento de Arequipa; por un ptazo de cinco {ó5) años, en observanc¡á de to normado en ela¡t¡culo 17" de ta Ley N. 27153 y normas modificatoiás.

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Articuto 2..- La p€sente aulorización facuna a ta empresa ta exptotación de c¡ncuent, y cinco (SS) (274 mqnof¡as lFLqu¡nas ttagamono