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Casino y Máquinas Tragamonedas se encuentrán obt¡gados a observer las normas qujsobre zonifcación, seguridad, higiene, parqueo, entre otros, lsbbtezcan ...
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N. 3141 Llm¡.

-201¡r-MTNcETUR/vrr/DGJcrirr

2 2 Dtc 201.

Vislo, el Expediente N' g34t60-2014-[4|NCETUR, de t€chá 22.10_2014, presenlado Dor ta empresa NEVAOA ENTRETENIMIENTOS S.A.C., en 6t que soticite ta ónovacióñ ¿e b para ¡á exptotacióñ de maquinas lrágamonedas en ta sata de iuegos 9-u.J91z9gqrl erpresa "MOQUEGUA", ubicáda en Cal¡e Moquegua N" 686. Distnb d; Moquegua, proviñcia de M;riscel Nielo, Depalamenlo de Moquegua; CONSIOERANDO:

O!e, mediante Ley N' 27153, y normas modifcátorias, y su Regtamento eprobado medianle Decrelo Supremo N' 009-2002-|V|NCETUR, se regutó te explotación de tos ju;gos de cas¡no y máquinas tregamonedas 6n et pa¡s, €stabteciándosé en et art¡cub 24. det c¡taao;uerpo legal qu€ corespond€ a la Dkección General do Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades administrativas

de autorizac¡ón, fiscatización, supeñisión, evatuación

vinculadás a las explotaciones antes referidas;

y

sanción

Que, de acuerdo con lo establecido en et artícuto loo det Decreto Supremo No OO9,2OO2I\,llNCETuR, la renovación de la autorización concedida a tas satas de juegos instatadas en tos establec¡mienlos señalados en el ádículo 60 d6 ta Ley No 27153, modificada por ¡a Ley No 27796, se realiza siguiendo el procedim¡enlo estabtecido para etde Autorización Expresai

Que, el artículo 14'de la L€y antes mencionada asi como el art¡culo 7" de su Reglamenlo, aprcbado med¡anle Decreto Supremo N. 009,2002-|\4|NCETUR, eslabtecen ¡os

requisitos que los solic¡tantes deben cumplk para acceder a la menc¡onada autorizacióni

Que, medianle Exped¡ente N'000137-2007-M|NCETUR, de fecia 23.0i.2007,

ta

solicilante acogiéndose alprocedimaenio de Reordenamiento y Format¡zación estabtecido en tá Ley N' 28945 'Ley de Reordenamionto y Formalizec¡ón de ta Aciiv¡dad de Exptotacjón de Juegos d¿ Casino y Máqu¡nas Tragamonedas', p€senló su soticitud de Autorizeción Expresa p?ra b explolación de rnáquinas tragañonedas en ta sala de juegos "MOeUEGUA", ubicada e; Ca e Moquegua N' 686, Distrito de Moquegua, prov¡nc¡a dé Mariscat Nieto, Depertamento de Ivloquegua, la rnisma que le fuera olorgeda med¡ante Resolución Directorat N.637_2010_ MINCETUR^/MT/DGJCMT, de feche 24.03.2009.

Oue, mediante Exp€dienle N' 83'|6G2014-M¡NCETUR de fecha 22.10_2014, ta empresa NEVADA ENTRETENTMTENTOS S.A.C. soticita renovación de ta autorización expresá para la 6rplolación de ¡uegos de rÍáquinas lragamonedas en ta sata de juegos "lt¡OeUeGUÁ,, la mrsma que cuenla con Licencia d6 Fuñcionamiento N" 001033, de feche 20.10.2014, expedida por la lvlunacapalidad Provincial de Mariscat Nieto tvoquegúe, por et giro de ,toca¡ de juego para máquinas lragamonedas, bango y alines';

.

-

Oue, ¡á.solicilanle ha cumpl¡do con presentiar la documenlación y/o ¡nfomación requerida para acceder a la r€novación de la autorización concedida para explotar máquinaÉ lraqamonedas en la sala de juegos 'MOOUEGUA', ubicada en Ca[e Moquegua N. 686, Dislr¡to d6-Moquegua, Provncia de ManscalNieto. Departamento de Moqueguái

_ Que, de conlomidad con to dispuesto en et arÍcuto 50 de ta Ley N" 271b3 y normas modifcatorias los estabtecimienlo deslinádos a ta exptotación de máquiÁas tragamoÁedas no l¡J

pueden enconfa6e

a menos de cienlo

cincuenta (!50) mefos, medidos de puerla

a

puerla

siguiendo el ñínimo tránsilo peatonal posible de templos y/o centros de eslud¡os donde se imparte educación inicial, primaria y secundaria;

Oue, según consh en el

Informe Técnico N'

1191-2014-

MINCETURA/IVT/DGJCMT/DFCSEETY, de fecha 10.12.2014, el ampero de lo establecido en la Direct¡va No 001-2007-IVINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada mediante Resolución Directoral N0 38-2007-MINCETUR..VMT/DGJCMT, d€ l€chá 29.01.2007, se verilicó que la sala de juegos cumple con lo establec¡do en el arlículo 50 de la Ley No 27153 y nonna modiicalodas, lode vez que no se mínimo encuentra ubicada a menos de ciento cincuenta (150) metros contados siguiendo tránsito peatonal de ningún templo y/o cenfo de esludios de educación inicial, primaria y/o secundariai y que asimismo cumple con los réqu¡sitos lécnicos exig¡bles pár¿ la instalación y funcioneñiento de uñe sala de ¡uegos de máquinas lragamonedas, encontrándose las máquinas lragamonedas autoüadas y registradas (homologadas) por la Dirección General de Juegos de

el

Casino y Máquinas Tragamonedas;

N'

637-201G Que, cabe pr€cisar que, mediánte Resolución Dirccloral MINCETUR /MT/DGJCMT, de techa N" 24.03.2010, se acepló el Reordenamiento y Fomalización de la empresa NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.c. y en consecuencia se aulor¡zó la explolación de máquinas tregeñonedás en la sala de ¡rcgos "MOOUEGUA' ubicada en Cálle Moquegua N' ffi6, .Dislrito de Moquegua, Prov¡ncia de Marisc€l N¡elo, Deparlamento de Moquegua, de acuerdo a los árcumentos señaledos en la parte cons¡deaal¡va de la refedda Resoluc¡ón Directoráll

Oue, asim¡smo, csbe señalar que, mediante Resolución Directorál N" '1626-2014l\,!INCETUR/VMT/DGJCMT, de fecna m.06.2014, a la empresa NEVAoA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. se autorizó la úllima modificeción a su Aulorización Expresa por la explolación de sesenta

(60) máquinas lragamonedas y doscienlas uno (201) memoriás de sólo lectura, en la sala de juegos 'MOQUEGUA" y que son las mismas que a la fucha viene explolando; Que, la emprcse cumple con adjunlar a su sol¡citud cop¡a del Cerlilic€do de Inspección Tácnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle N" 008020-GRRNGMA/GR.|\¡oQ. de fecha 25.09.2013 y de los lñfomes de Inspección Técnica de Seguridad en Oefensa C¡vil de Detálle N" s/n, vigenles hasla el 27.07.2015. emilidos por el Gobiemo Regionál de Moquegua, en el que de acuerdo con lo establecido én el Decrelo Supremo N" m&20O7-PCM, se deja consiancia que la sela de juegos de la soiicilanle cumple con las condic¡ones de seguddad ex¡g¡bles a esle t¡po de establecim¡entos;

Que. de la €valuación de la solvenc¡a económica de la sol¡citante y de los socios, direclores, gerenles y apoderados con facullades inscritas, según consia en los Inlormes Económico - Fineñcierc N'23G2014 de RENOVACTÓN DE AUTORTZACTÓN EXPRESA. de fecha 21.11.2014 , la solicitante y las personas anles indicadas cumplen con los criterios de eveluación eslablecidos en le Diectiva N' 0O1-2m7-MINCETUR/VMT/DGJCMT, debiéndose prec¡sar de confom¡dad con lo dispueslo en elarl¡culo 15'de la Ley N'27153 y normas modifcaiorias que dicha evaluación es permanente en tanto el litular de la aulorización mantenga vigente la aulorización concedidai

y

Oue, en observancia de lo eslablecido en los arlículos 19' y siguientes de la Ley N" 27153

normas modifrcatodas, la solicfañle cumple con presentar la Póliza d€ Caución Ñ' 710141010068&000, de fecna 19.07.2014, otorgada por MAPFRE Peru Cia. de Seguros y Reaseguros a favor del M¡nisterio de Comercio Eferior y Turismo - MINCETUR, vigente hasta el 19.07,20'15, por las máquinas aulorizadas para su explolación en la referida sala de iuegos en respaldo de las obligaciones asumidas con el Estado y terceros derivadas de la aplicación del mencionado cuerpo legal, la misme qúe ha sido remitide al área de administración del MNCETUR para su custodia y lines corespondientes;

Oue, en el Inlorme Técnico N' 1191-2014-MINCETURTVMT/DGJCMT/DFCS-EETY, de lecha 10-12.2014, sé he verificedo que lá sála de juegos ha curnpl¡do con lo dispuéslo en el Decreto Supremo N'o1'2o1GM|NCETUR, que aprobó el Reglamento de'Nomas fécnicás Complementadas para la implemenlación del sistema unifcádo de control en tiempo real SUCTR' a que se refiere la Primera Disfrosición Final de la Ley N' 27796 y la Resolución de Superinleñdencia N' 145-2003-SIJNAT| Que, asimismo, de acuerdo coñ lo dispuesto en el numerá|6 delAnexo ll del Cuadro de Infracciones y Sanciones, delDecrelo Supremo N' 011201o-MINCETUR, se sancionará allitular de una sela tragafionedas con une multa de cinco (05) UIT por cádá máquina tragamonedas que no se encuentre inlerconectada con un Modelo SUCTR:

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Oue, la empresa NEVADA ENTRETENIMTENTOS S.A.C. cumptió con pres€ntar et ptan de Prevención de la Ludopalla, al que háce referencia et tileratt) del numeÉt 14.1 det articuto t4 de la Ley N' 27153, 'Ley que reguta tá exptotiacjón de tos juegos de cásino y máquinás lragamonedas' modificado mediañte el artÍcuto 6' de ta Ley N. 29907, .Ley para ta pr¿venci¡n de la Ludopatia en las salas de casino y máqu¡nas tragamonedas', y el artic¡to 11'det Regtáñento aprobado ñediante Decreto Supremo N' 007-2013-MINCETUR (Expedienle N. g¡¿tOO-ZOl¿MINCETUR, de fecha 22.10.2014);

.., Que, de acuerdo con lo dispuesto en el añ¡culo 17. de la Ley N. 27153 y normas modifcalodas, el plazo de vigencia de las autorizaciones expresas concedidas por la 'Direcc¡ón Geñeralde Juegos de Casino y Máquines Tragamonedes es de cinco (0S) añ;s, pudiendo ser renovada por plazos suc€s¡vos y adicionates de cuatro (4) años; De conformided con tes Leyes Nos. 27153, 27796 y 27444'Ley det proced¡mienlo Administrativo ceneral" y el Decreto Supremo Nro. 0Og-2002-lV¡ncetun, ésundo a to oDinado en ef fnfome Económico - Finanqero N. 23G2O14 de RENOVACTóN DE AUTORTáC|óN EXPRESA, Informe Técnico N' 1191-201+MtNCETUR/VMfiDGJCMT/OFCS-EETY, y Legat N" M27-2014-CVM:

_

SE RESUELVE:

Artículo l'.- Renovar la euto.ización expGsá conc€dida e ta empresa NEVADA ENTRETENIiIIENTOS S.A.C., para ta explolac¡ón de máquiñás lragamonedaa en b satá de juegos "MOQUEGUA", ubicada en Calle Moquegua N.686, Distrito de Moquegua, provincia de irariscál Nieto, Deparlameñto de lvoquegua, por un ptazo de cuatro (4) años, en óbservancia de to ñomado en el artlculo 17'de la Ley N" 27153 y noÍnas modificatorias. Artículo 2'.- Lá presente autor¿ación facutta a ta emp¡esa ta exptotacjón de sesenta (60) máquinás lragamonedas y dosc¡entas uno (201) memorias de sóto tectura, según d6tá e contenido eñ los ANEXOS I y ll que foman páde inlegrante de ta presente resotuc¡ón. Artículo 3'.- De acuerdo con lo dispueslo en elarticulo 14.2 de ta Ley N.27153 y normas modilicatorias, lodos los requasilos y cond¡ciones que s¡rvieron de base páÉ la presenle aulorización deben manlenerse durante el plazo de v¡gencaa de la mi6ma, bajo apercibimiento de cancelarse la aulorización concedida y disponelse la clausura del eslablecimiento destinado a la explotacaón de máquinas lragamonedas.

Artículo 4o.- De acuerdo con lo d¡spuesto en el ñumeral 6 del Anexo ll del Cuadro de y Sáñciones, del Decreto Supremo N'015-201GM|NCETUR, que aprobó el Reglamenlo de "Normas Técnicas Complementadas paÉ ta imptementación det sistema unificado de clnlrol en l¡empo reaF SUCTR'a que s€ refere la primera Disposicaón Final de la Ley N. 27796 y la Resolución de Superintendencia N" 14'2003SUNAT, de fecha 25.07.2003, se sanc¡onará allitular de una sala tragañonedas con irna mutta de cinco (05) UtT por cade máquina lnfmcciones

lragamonedas que no se encuenlre inlerconectada con un lvlodelo SUCTR.

Artículo 5'.- De confomidád con lo estábtec¡do €n et articuto 7. det citado cuerpo legat, los litulares de una eutorización de explolacaón concedrda por la Direccrón General de Jueoos de Casino y Máquinas Tragamonedas se encuentrán obt¡gados a observer las normas qujsobre zonifcación, seguridad, higiene, parqueo, entre otros, lsbbtezcan tas muñicipalidades e; sus respeclivas jurisdicciones pam elotorgámiento de la licencia municipala que hub¡ere lugar.

f,

Art¡culo 6'.- De ácuedo con lo d¡spueslo en la Sentencia de fecha 02.02.2006, epedida Constituc¡onat (Exp€dienle N.4227-2WpNTCl, ta misma que bajo

por el Tribunaf

responsabilidad @nsliluye precedente vinculante para todos los poderes públicos, los exDlotadores

de ¡uegos de casiño y máquinas tragamonedas deben cumplir con el pago del lmpuesto a tos Juegos como consecuenciá de la actividad comerc¡alque desarollan.

i-l

Artículo 70- La Dirección G6n€Él de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas se reserva el derecho de revoc¿rr le presenle aulodzación en caso verifcarse que las condiciones económ¡co-fnanc¡eras de la empresa aulodzada se han mod¡ficado negálivañenle como consecuencia de las acciones de cobEnza que pudie¡a llevar a cabo la Superintendenc¡a Nacional de Adrniñislrac¡ón Tribulária (SUNA¡ por la deuda ex¡gible por coñceplo del lmpuesto a los Juegos. Artlculo 8'.- De conform¡dad con lo previslo en el articulo 24o de la Ley N" 27153 y en coñcordancia con €l Pdncipio de Pñvilegao de Coniroles Posleriores regulado en el numeral 1.16 del artlculo lV de la Ley N' 27441, 'Ley del Procedimienlo Administrátivo GeneÉ|", la Djrecc¡ón Máquinas T€gámonedas en ejercacio de su facultad de General de Juegos de Casino fscalización se reserva el derccho de verificer le infomac¡ón y/o documenlac¡ón preseniada por la sol¡clante as¡ como establecer las sanc¡ones o iniciar las acciones legáles que resulten aplacables anle cualquier discrepancia coñ la realidad de los hechos.

y

Artlculo 9o.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 8' del Decreto Supremo N' 0062013-PCM, que'Aprueba la relación de autorizaciones secloíales de las Entidades del Poder Ejoculivo, que deben ser eÍgidas como requisito previo pဠel olorgamiento de la licencia de funcionam¡ento, de ecuedo a la Ley N' 28976, Ley Marco de Licencia de funcioñamiento", publiquese la presente Resolución Dirccto€l en el Portal\ryEB del Ministedo de Comercio Exterior y Turismo, eñ la sigui€nte direccaón electrónaca: w\rw m¡ncelur.qob.pe/newweb/. Artlculo l0'.- En obseNancia de lo disDu€sto en el adlculo 12' de la Direct¡va 001-2007|\4INCETUR¡r'I4T|DGJC|Vf, aprobada mediante Resolución Di€ctorál N" 38-2007I\4INCETUR/VMT/DGJCMT, rcm¡táse

a la ljnided de Intel¡gencaa Financrera la información y/o

iuldicás que han sido objéto de evaluac¡óñ,

la disposición anles

ind¡cáda.

BENAVENfE MAi{UEL SAN Drector General de Juegos de Casrno y Máqurnas

4)

dP tJ+/6c.

Tragámonede"

r.--_: -

'

ANEXO I RELACIÓN OE HAQUII{AS fRAGAIIOI{EOAS AUTORIZADAS

SALA DE JUEGOS 'MOOUEGUA" RESOLUCION DIRECTORAL

NO 31q

B

-20,r4{u,rcETUR/Vt TiDGJCMT

314211 Nevada Entreten¡mientos S A Nevada Nevada Nevada Nevada Neváda Nevada Nevada

c

Enlreteñimiénlos S A c Enlrelenimiéntos S A c Enlretenimiénios SA c Entretenimientos S A c Entrclenimientos S A c Enlrctenimientos S.A.C Enlrcleñimienlos S.A.C.

A.G.I.GMBH

A.G.I.GM8H FV 623 CF D FV 623 CF D FV 623 CF D

Nevada Enlretenimientos S.A.C.

,4,:

Nevada Entreleniñientos S.A.C

I\¡Ks SERIES II MKs SERIES II

Nevada Entr€tenirnientos S.A C. Nevada Entreteñimi€ntos S.A Neváda Enfeten¡mientos S.A. Entretenimientos S.A.c.

eváda Enlretenirmentos S.A C. Nevadá Entrcten¡m|enios SA C

Entclenimieñtos S.A.c.

Nevádá Enlretenimientos S.A C Nevada Nevada Névada Nevada Nevada Nevada Nevada Nevadá Nevada Nevada

Enfetenimientos S AC EntretenimienlG S.A C Enlrelen¡mientos S A C Enlreten¡mienros S A C Entretenimientos SA c Entretenimientos S A.C.

Ent€tenimienlos S A.C Eñtretenimientos S.A C. Entreteniñientos S.A Entretenimi€ntos S.A.

Nevada Enlretenimienlos S.A.C BB2 (CID 7PE 882 (CID TPER

Eniretenimientos S.A C. Nevadá Enlreten¡m¡enros SA c Nevada Entrclenim¡eñtos s

REIACIÓII

OE

*ETORIAS D€ gOLO LECTURA AUTOR¿ADAS 5AI.A OE JUEGOS "MOQUEGUA"

REsoLUcIÓN oREcToRAL

M

3¡.q f

.201'.üINCETUR'VÚT/DGJCIIT

al{Exo tl REIAC¡ÓN DE üEIIOR¡AS OE 9O|.O LECIURA AUTOR¡¡¡DAS SALA DE JUEGOS "flOQUEGUA" RESOLUC¡óI¡ OTiECTORA|-

Né!.dá EnlEl6nimiénio! S A C Né!.dá €nrrétsnimisiñ s A c Nevádá Enbd.ñ¡mídioó

s¡.c

Ne€dá Enffis¡miánide s¡ c l,¡evádá Enrét.ñimianid s Ac

ñevádá Enrar6nimbnrG s-a

c c c

Neváda EnüEiá¡imiá¡d. s a

c

l,¡evádá Fntr t.nimi€nrG s a ñevádá Enrr6r6nimi6nrG sa

N. 3J ? t

.¡)1¡f {l¡CETUR/Vi| I/DGJCttt

ANEXO II

RELACIóN DE XE¡ORIÁS DE SOLO IECTI',RA AUÍORIZADAS SAIA OE JU€GOS "TOOUEGUAI

RESOIUCIÓ¡ OTRECTOR^T

Nevdá Enrréren¡misrc s A

Nevádá Eñteie¡imidr6 s a Nevadá Enterdim¡sioó s a Nevádá Enteien¡misioé sa Nevádá E¡teie¡im¡enim sa

c c c c

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.20ia-¡jNCE¡U¡W*Í/DGJCrl

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