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Lima'

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JtJll, 2016

V¡sto, el Expediente N' 964762-2016-MINCETUR, de techa 27.04.2016, en et que la empresa NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C., solicita la Renovac¡ón de ta Autorización Expresa para ta de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "CHORRILLOS" ubicada en Avenida del Morro N" 914, Distrito de Chorrillos, Provinc¡a y Departamento de Lima; CONSIDERANDO:

Que, med¡ante Ley N' 27153, y normas modif¡catorias, y su Reglamento aprobado med¡ante Decreto Supremo N" 009-2002-MINCETUR, se regula ta explotación de tos juegos de casino y máqu¡nas tragamonedas en el país, establec¡éndose en el artículo 24'del c¡tado cuerpo legal que corresponde a la Direcc¡ón General de Juegos de casino y Máqu¡nas Tragamonedas las facultades adm¡n¡strativas de autor¡zación, f¡scalizac¡ón, superv¡s¡ón, evaluación y sanción vinculadas a las explotaciones antes refer¡das;

Que, de acuerdo con lo establec¡do en el artículo '10' del Decreto Supremo N. OO9-2002ETUR, la Renovac¡ón de la Autor¡zación Expresa conced¡da a las salas de juegos de cas¡no y de tragamonedas, se realiza siguiendo el procedimiento establec¡do para el de Autor¡zac¡ón Que, en el artículo 14'de la Ley antes menc¡onada así como el artículo 7'de su Reglamento, aprobado med¡ante Decreto Supremo N" 009-2002-MINCETUR, se establecen los requ¡s¡tos que los sol¡c¡tantes deben cumpl¡r para acceder a la mencionada autorizac¡ón;

Que, med¡ante Expediente N" 964762-2016-MINCETUR, de fecha 27.04.2016, ta empresa NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. sol¡cita la renovac¡ón de la autorizac¡ón expresa para la explotac¡ón de juegos de máquinas tragamonedas en la sala de juegos 'CHORRILLOS" ub¡cada en Aven¡da Defensores del Morro N'9'14, Distrito de Chorril¡os, Prov¡nc¡a y Departamento de Lima, .. la misma que fue autorizada al amparo de lo d¡spuesto en el artículo 2' de la Ley N" 28945, tey de 'Reordenam¡ento y Formalización de la actividad de Explotación de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Trpgamonedas", med¡ante Resolución D¡rectoral N" 1031-2oo7-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 25.09.2007 y renovada mediante Resoluc¡ón D¡rectoral N" 2957-2012-MINCETURA/MT/DGJCMT de f

echa 27 .O9.2012:

Que, de conformidad con lo d¡spuesto en el artículo 5o de la Ley No 27153 y normas modif¡catorias los establec¡m¡ento dest¡nados a la explotac¡ón de máquinas tragamonedas no pueden encontrarse a menos de c¡ento c¡ncuenta (150) metros, med¡dos de pueda a puerla sigu¡endo el mín¡mo tránsito peatonal pos¡ble de templos y/o centros de estud¡os donde se ¡mparte educación inic¡al, primaria y secundar¡a;

Que, según consla en los Informes Técn¡cos Nros. 657 y 0395-2016MINCETUR/VMT/DGJCMT-DCS-NSRT, de fechas 13.05.2016 y 13.06.2016, respectivamente, al amparo de lo establec¡do en la D¡rect¡va No 001-2oo7-MINCETUR /MT/DGJCMT, aprobada mediante Resolución Directoral No 038-2007-MINCETURA/MTiDGJCMT, de fecha 29.01.2007, se verif¡có que la sala de juegos cumple con lo establecido en el artículo 50 de la LeJ No 27153 y norma modificatorias, toda vez que no se encuentra ubicada a menos de c¡ento cincuenta (150) metros contados s¡gu¡endo el mínimo tránsito peatonal de centros de estudios de educac¡ón ¡n¡c¡al, primar¡a.y/o secundaria: y que as¡m¡smo cumple con los requis¡tos técnicos exig¡bles para la ¡nstalac¡ón y funiíbnamiento de una sala juegos de máqu¡nas tragamonedas, encontrándose las máqu¡nas tragamonedas autorizadas y (homologadas) por la D¡recc¡ón General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas;

Que, asim¡smo, cabe señalar que mediante la Resoluc¡ón Directoral N" 1845-2015empresa NEVADA MINCETURA/MT/DGJCMT de fecha 23.06.2015, se autor¡zó ra L^P¡E-o por ra últ¡ma rlluulllcirulull sol¡c¡tadas sullllrcuas a su Autor¡zac¡ón Expresa S.A.C. la Ullllll¡t modif¡cac¡ón EN | ¡(E I ENI]llIE|l I lr,¡ O.rt.9. ENTRETENIMIENTOS Pvr la ,/:,::¡a_:-\ (409) y de sÓlo (92) memorias tresc¡entas dos noventa dos máquinas tragamonedas de /.-,-n'r\xplotación

a la

t ^ [": F )?,:) /

\"Aptura, en la sala de juegos "CHORRILLOS" y que son las m¡smas que a la fecha v¡ene explotando; /'..) I -. / AECÓADo I ril Que, ta empresa cumple con adjuntar copia del cert¡fcado de Inspecc¡ón Técnica de Seguridad /.idh Edificaciones de Detalle N" 0225710 - 2015, con v¡genc¡a indeterminada y del Informe de Inspección , '.:7écn¡ca de Seguridad en Ed¡ficac¡ones de Detalle N" 0063, em¡tidos a favor de.la la ^solic¡tante.por Mun¡cipal¡dad de Chon¡llos, en el que de acuerdo con lo establec¡do en el Decreto Supremo N' 0582014-PCM y normas modif¡catorias, se deja constanc¡a que la sala de.¡uegos de la sol¡c¡tante cumple con las condiciones de seguridad ex¡gibles a este t¡po de establecimientos, para la explotaciÓn de noventa dos (92) máquinas tragamonedas;

J---

Que, en observanc¡a de lo establecido en los artículos 19' y s¡guientes de la Ley N" 27153 y

solicitante cumple con presentar las Pólizas de Caución y de fechas 18.09.2015 y 22.01.2016, otorgada por 710161010017-000, Nros. 7101510101171-000

normas mod¡fcator¡as,

la

MAFRE Penl Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. a favor del Ministerio de Comerc¡o Exter¡or y Turismo MINCETUR, por la suma de dosc¡entas ve¡nt¡trés mil y tresc¡entas 00/100 (223,300.00)

-

nuevos soles

y

c¡ento treinta

y

cuatro m¡l

y

tresc¡entas 00/100 (134,300.00) nuevos soles,

respectivamente, por las máquinas autor¡zadas para su explotac¡ón en la refer¡da sala de juegos, en respaldo de las obligaciones asum¡das con el Estado y lerceros derivadas de la aplicac¡Ón del mencionado cuerpo legal, la m¡sma que ha s¡do rem¡tida al área de adm¡n¡strac¡ón del MINCETUR para su custodia y f¡nes conespond¡entes; Que, la empresa NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. mediante Exped¡ente N' 964762-2016de fecha 27.04.2016, cumpl¡ó con presentar el Plan de Prevención de la Ludopatla, al hace referencia el literal t) del numeral 14.'l del artículo 14 de la Ley N" 27153,'Ley que regula la de los iuegos de casino y máquinas tragamonedas' modif¡cado med¡ante el artículo 6" de la

Prevenc¡ón de la Ludopat¡a en /as sa/as de casino y máquinas y tragamonedas", el artfculo 11" del Reglamento aprobado med¡ante Decreto Supremo N'007-2013-

i{-ey N' 29907, "Ley para la MINCETUR:

Que, en los Infomes Técnicos Nros. 657 y 0395-2016- MINCETUR r'MT/DGJCMT-OCS-NSR] de fechas 13.05.2016 y 13.06.2016, respectivamente, se ha verif¡cado que la sala de juegos ha ,

cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo N" 015-201o-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de "Normas Técnicas Complementañas pan la ¡mplementación del s¡stema unificado de control en tiempo real - SUCIR"a que se ref¡ere la Primera D¡sposic¡ón Final de la Ley N" 27796 y la Resoluc¡Ón de Superintendenc¡a N" 145-2003-SUNAT;

Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de lnfracciones y Sanc¡ones, del Decreto Supremo N' 015-2010-MINCETUR, se sancionará al titular de una sala tragamonedas con una multa de cinco (05) UIT por cada máquina tragamonedas que no se encuentre interconectada con un Modelo SUCTR; Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artículo 17'de la Ley N" 27153 y normas modif¡catorias, el plazo de v¡genc¡a de las autorizac¡ones expresas concedidas por la D¡rección General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas es de c¡nco (05) años, pudiendo ser renovada por plazos sucesivos y ad¡c¡onales de cuatro (4) años;

De conform¡dad con las Leyes Nros. 27153, 27796

y

27444 "Ley del Proced¡miento

Administrativo General" y el Decreto Supremo Nro. 009-2002-MINCETUR, estando a lo op¡nado en el Informe Económico Financiero N" '100-2016 de Renovac¡ón de Autor¡zación Expresa y Nombramiento de Apoderada; Informes Técnicos Nros. 657 y 0395-20'16- MINCETUR ,/MT/DGJCMT-DCS-NSRT, y Legal N' 229-2016-RAV;

fr*¿o/acián

9*utooo/ .../

SE RESUELVE:

Art¡culo 1'.- Renovar la autor¡zación expresa conced¡da a la empresa NEVAOA ENTRETENIMIENTOS S.A.C., con código de Registr.o N" 120511057, para la explotac¡ón de máquinas ll\Atragamonedas en la sala de juegos "CHORRILLOS" ubicada en Aven¡da Defensores del Morro neo"fl. \t¡\il'914, Distr¡to de chorrillos, Prov¡nc¡a y Departamento de L¡ma, por un plazo de cuafo (04) años, j 'i]én observancia de lo dispuesto en el artículo 17o de la Ley No 27153, y normas modif¡catorias.

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?i\ v"[{" Ué, Articulo 2'.- La presente autor¡zac¡ón faculta a la empresa la explotac¡ón en la Sala de Juegos -:1_,Y :-l .-/ de noventa dos (92) máquinas tragamonedas y trescientas dos (302) memorias cte sólo lectura, según detalle conten¡do en los ANEXOS I y ll que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3o.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo '14.2 de la Ley N' 27'153 y normas modificatorias, todos los requ¡s¡tos y condic¡ones que s¡rv¡eron de base para la presente autor¡zación deben mantenerse durante el plazo de v¡genc¡a de la misma, bajo apercib¡miento de cancelarse la -'tj'i,>_.-autorización conced¡da y disponerse la clausura del establecim¡ento dest¡nado a la explotac¡ón de . j2---\"{.,lfRaqulnas :{(.i;\áqu¡nas tragamonedas. lragamoneoas *1,,\,

/'..'.' , "4^.- 'e \ Artículo 4o.- De acuerdo con lo dispuesto en e¡ numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de {ll.\ "ffi)'"¿i¡,,,'r=-'\ ÍF*1íRo lt¡ri¡."^¡^^." w q.ñ^¡^ña. dal na^rar^ c"^ram^ t\lo I Á-rll I ñ-itlt\tatrTl lQ á^.^hÁ at ea^tañañl^

y Sanciones, del Decreto Supremo N" 015-201o-MINCETUR, que ^"a aprobó el Reglamento ^ "Normas Técn¡cas Complementar¡as para la implementación del s¡stema unificado de control en real a que se refiere la Pr¡mera D¡spos¡c¡ón F¡nal de la Ley N" 27796 y la Resolución de Superintendencia N" 145-2003-SUNAT, de fecha 25.07.2003, se sanc¡onará al t¡tular de una sala tragamonedas con una multa de c¡nco (05) UIT por cada máqu¡na tragamonedas que no se encuentre acc¡ones

(t.--

¡nterconectada con un Modelo SUCTR.

Artículo 5".- De conformidad con lo establecido en el artículo 7" del c¡tado cuerpo legal, los t¡tulares de una autor¡zación de explotac¡ón concedida por la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas se encuentran obl¡gados a observar las normas que sobre zonif¡cac¡ón, h¡giene, parqueo, entre otros, establezcan las municipal¡dades en sus respect¡vas para el otorgamiento de la licenc¡a municipal a que hubiere lugar. Artícufo 6'.- De acuerdo con lo dispuesto en la Sentenc¡a de fecha 02.02.2006, expedida por el ',Tribunal Const¡tuc¡onal (Exped¡ente No 4227-2005-PAnC), la m¡sma que bajo responsab¡l¡dad j const¡tuye precedente vinculante para lodos los poderes públ¡cos, los explotadores de juegos de cas¡no y máquinas tragamonedas deben cumpl¡r con el pago del lmpuesto a los Juegos como consecuencia de la actividad comercial que desarollan.

Art¡culo 7o.- La Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presente autor¡zac¡ón en caso verif¡carse que las cond¡c¡ones económ¡cof¡nancieras de la empresa autorizada se han modificado negativamente como consecuenc¡a de las acciones de cobtanza que pudiera llevar a cabo la Superintendencia Nacional de Adm¡n¡stración Tr¡butaria (SUNAT) por la deuda exig¡ble por concepto del lmpuesto a los Juegos.

8'.- De conformidad con lo prev¡sto en el artfculo 24o de la Ley No 27153 y en concordanc¡a con el Princ¡p¡o de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.'16 del artículo lV de la Ley N" 27444, "Ley del Procedim¡ento Adm¡n¡strativo General", la D¡rección General de Juegos de Cas¡no y Máqu¡nas Tragamonedas en ejerc¡cio de su facultad de f¡scal¡zac¡ón se Artículo

reserva el derecho de verificar la informac¡ón y/o documentac¡ón presentada por la so¡ic¡tante así como

establecer

las sanc¡ones o ¡n¡ciar las acc¡ones legales que resulten apl¡cables ante

discrepancia con la realidad de los hechos.

cualquier

Articulo 9'.. La presente autorización se expide prev¡a verifcación de la Base de Datos Ofic¡al de los Pueblos Indígenas u Originarios publ¡cada en el Portal WEB del Min¡sterio de Cultura, en cumpl¡m¡ento de lo d¡spuesto en la Ley No 29785 'Ley del Derecho a la Consulta Prev¡á a los Pueblos u Originarios, reconoc¡dos en el Convenio 169 de la Organ¡zación Internacional del Traba.lo , no encontrándose la sala de juegos del solicitante dentro del ámb¡to ter¡tor¡al de los pueblos u originar¡os, razón por'la que los efectos administrativos de la autorizac¡ón conced¡da, no de forma alguna los derechos reconoc¡dos en la Ley antes ¡ndicada.

Artfculo 10'.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8" del Decreto Supremo N'006-2013ÉCM, que 'Aprueba la relac¡ón de autoizac¡ones sectoñales de las Ent¡dades del Poder Ejecut¡vo, que deben ser ex¡g¡das como requis¡to previo para el otoryam¡ento de la licenc¡a de func¡onamiento, de acuerdo a la Ley N" 28976, Ley Marco de L¡cencia de funcionam¡ento", publíquese la presente resolución directoral en el Portal WEB del Min¡ster¡o de Comercio Exter¡or y Tur¡smo, en la sigu¡ente d¡recc¡ón electrónica:

!44!J0i0!e!U!9.9!pdne!4ryeq.

Art¡culo 11",- En observancia de lo dispuesto en el artículo 12" de la Directiva 001-2007MfNCETUR /MT/DGJCMT, aprobada mediante Resoluc¡ón Directoral N" 38-2007MINCETURruMT/DGJCMT, remítase a la Unidad de Intel¡gencia F¡nanc¡era la informac¡ón y/o documentación económ¡ca f¡nanc¡era relac¡onada con el sol¡citante y las personas naturales y/o los f¡nes a que se contrae la d¡sposic¡ón antes

VENTE Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas

EñPT€'

?¿{?62-

ANEXO I RELACIóN DE MÁQU INAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS'CHORRILLOS" DE LA EMPRESA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C.

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E'AS AUroRrzADAs RELA. róN o= "¡ou,norT^ffoloN "CHORRILLOS" DE LA EMPRESA SALA DE JUEGOS NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C.

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FABRICANTE

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REGISTRO

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ANEXO I RELACóN DE MÁQUINAS TRAGAMONEDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "CHORRILLOS" DE LA EMPRESA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. RESOLUGTÓN

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BBU (CID 7 PERU) BBU (CID 7 PERU) BBU (CID 7 PERU) BBU (CID 7 PERU) BB2 (C D TPERU) BB2 (C D TPERU) BB2 (C D TPERU) BB2 (C D TPERU) HELIX SLANT HELIX SLANT

80000214 80000214 80000214 80000214 80000343 80000343 80000343 80000343 80000487 80000487

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ti,Ba

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87 88 89 90 91

92

Pógim 3

ANEXO II RELACTóN DE MEMORIAS DE SOLO LECTURA AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "CHORRILLOS" DE LA EMPRESA NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N' FABRICANTE c4,t

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