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Qgsotución

9f Lima,

I

lmm

V¡sto3; el lvemorando N" 692-201E-MINAM/SGiOGA de la Oficiná Geñeral de Adminisfación, que remile ei lñfome N" 147-201E-MINAI\4/OGA./OTIC de la Oficiña de Tecnologfás de la lnfomación y Comunicacionesi el Memo.ando N" 379-2018MINAM/SG/OGPP de la Ofc¡na Generalde Planeam¡ento y Presupueslo, que remite el lnforme ñ'157-2018-|\4|NAM/SG/OGPP/OPM de la Ofc¡na de Planeamiento y Modern¡zac¡ón; el lnfonñe N" 280-2018-MINAM/SG/OGAJ d€ la Oficina Generalde Asesoria Jurídica, y; CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución [4¡n¡ster¡al N" 004-2016-PCl\4, se aprueba el uso obligatorio de la Noína fécnica Peruana "NfP ISO/IEC 27001:2014 Tecnologia de la lnforñación. Técnicas de Segur¡dad. Sistemas de Gestión de Segur¡dad de la lnlomación. Requisitos. 2a. Edición', en todas las entidades integrantes delSistema Nacionalde ln[ormát¡ca; Que, con Resolución de Secretaría Genoral N'05E-2011-M|NAM, se aprueba la D¡rectiva 008-2011-SG-MINAM denom¡nada "Nonnas para lá Obtenc¡ón de Copias de Respaldo y Resguardo de la lnformac¡ón Procesada en elM¡nisterio delAmb¡ente";

Que, a través del Oecreto Supremo N" 002-2017-MINAM se aprueba el Reglameñlo de Organización y Funciones del Minislerio del Ambiente, en el cual se eslablece la nueva eshucfura orgánica y las fuñciones de los órganos y de las unidades orgán¡cas de la enlidad; Oue, mediañte el Mernorañdo N' 692-2018-MINAM/SG/OGA y el lnforme N' 147-2018l\¡INAM/OGAJOf ¡C la Oliciná General de Administració. propoñe aprobar una nueva Direcliva

denominada "Gestió¡ de Cop¡as de Respaldo de la lnformación Procesada en el Cenho de Dalos del ñ/!inisterio del Ambienle"i Que, a través del l\¡emorando N" 379-201E-MINAM/SG/OGPP y el lnforme N' 157-2018I\¡INAM/SG/OGPP/OPI\4, la Oficina General de Planeamienlo y Presupuesto emite opiñión favorable para Ia aprobación de la citada 0irectivai Que, oon lnforme N' 280-2018"MlNAi//SG/OGAJ, la Oficina Geñeral de Asesorla Jurfdica considera viable la aprobación de la Directiva en menc¡ón, Con el visado de la Oficina General de Planoamiento y Presupuesto, de la Ofc¡na General Administración y de la Oficina General de Asesorfa Juridicai

De confomidad con lo dispuesto on el Decrelo Legislativo N" 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del l\4inislerio delAmbientei el Decreio Supremo N' 002-2017-MlNAlr,

que áprueba el Reglamenlo de Organización y Funciones del lvliñislerio del Ambiente; y, lá Resolución dé Secretaría General N'062"2016-MlNAl\,1, que aprueba la Directivá N" 06-20f6-

MINAM¡SG 'Noñnas para la Fomulacitn, Actuel¡zac¡ón M¡n¡8ter¡o delAmbienté - MINAM";

y Aprobacltn d€

D¡r€cüva3

en

el

SE RESUELVE:

Artfculo l.- Aprcba,la Dhecüva N'4-201&MlttA¡r/S¡G 'Gesüón de Copia8 de Re6paldo la lnfomac¡ón Proc€sade €¡ el Ce¡tro d€ Datos del Min¡Bt€r¡o d€l Amb¡enie', lá m¡8ma que o A¡gxo for¡a pare ¡¡tegrante de la pre8ente R€§olución d€ SecrEtarla G€n€ral. Arlrculo 2.- Dejar s¡n ol€clo la Resoluc¡ón de Secrelarfa General N' 058-20'f l-Mlf¡AM. Artfculo 3.- D¡sponer la publ¡cac¡ón ds la presente ResoluciSn de Secreiada General y su Anexo en el Portal lnstitucional d€l M¡n¡gtEr¡o d€l Ambisnto (wu/w.m¡nam.9ob.pe).

R.gbtfrto

y

común¡quse.

üEEil otREcf tva N'00? -2or.t-Mlf{aM/sc GESNÓN DE COPIAS DE iESPAIOO DE I.A INFORMAOóI{ PROCESADA EI{ EL

t.

ctNfRO

DE DAÍOS OEL

MI¡IIÍERIO

DEL

AMBIENIE

OSJETO

Establecer las pautás

y

disposic¡oñes para

la pro8ramación, obtenc¡óñ, resBuardo y

restauración de copias de respaldo de la informac¡ón procesada en el centro de Datos del M¡nisterio del Ambiente (MINAM). 2.

FINALIDAD

SalvaBuardar MINAM. 3.

la intetridad, confidencial¡dad y d¡sponibilidad de la información del

ALCANCE Las dispos¡c¡ones contenidas en la presente d¡red¡va son de cumpl¡miento obl¡8ator¡o

de todos los/las seN¡dores/as del MINAM, lndepend¡entemente del vínculo laboralo contractual al que se encuentren suietos/as, asícomo para la Oficina de Tecnologías de la lnformac¡ón y comun¡cac¡ones (OTlClen lo que corresponda.

4.

8ASE 1EGAI

4.1. 4.2. 4.3. 4.4.

4.S.

4.6. 4.7.

Decreto Legislat¡vo

N' 1013, Ley de Creac¡ón,

Organ¡zac¡ón

y

Íunciones del

Min¡sterio del Amb¡ente y su mod¡ficatoria. Decreto Supremo N' OO2-2017-M|NAM, que ¡prueba el Reglamento de or8an¡zac¡ón y Funciones del lvl¡nisterio delAmb¡ente. Decreto Supremo N'O6-2O17iUS, que aprueba e¡Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedim¡ento Admlnlstrat¡vo General' Resoluc¡ón Min¡sterial N'004-2016-PCM, que aprueba el uso obligatorio de la Normá Técn¡ca Peruaña "NTP ISO/IEC 27001:2014 Tecnología de lá lnformac¡ón. Técnicas de Seguridad. S¡stemas de Gestlón de Segur¡dad de la lnformac¡óñ. Requis¡tos. 2" Edicióñ", en todas las entidades ¡ntegrantes del Sistema Nac¡onal de lnformát¡ca. Resoluc¡ón Min¡sterial N'362-2017-MINAN¡, que aprueba lá Polít¡ca de Seturidad de la lnformación delMin¡sterio delAmb¡ente. Resolución Min¡sterial N' 378-2017-M|NAM, que aprueba el Plan de Cont¡ñu¡dad operativa del Mín¡ster¡o del Ambiente. Resolución Jefatural N' 38G2002-lNEl, que aprueba la Directiva N" 01&2002-

INEyDTNP "Normas Técn¡cas para el Almacenamiento y Réspaldo lnformación procesada por las Entidades de la Admin¡strac!ón Pública".

de

la

üEM 5.

DISPOSIOONES GENERALES

5.1.

Para fines de la presente d¡rect¡va, 5e cons¡dera como "Usuarios/as" a los/las servidores/as del MINAM y cualqu¡er persona que brinde serv¡c¡os al MINAM, a quienes se haya asi8nado un equ¡po ¡nformát¡co y/o teñga acceso autor¡zado a la informac¡ón almacenada en los equ¡pos ¡nformát¡cos (servidores y equ¡pos de almacenamiento) del Ceñtro de Datos del MINAM adm¡nistr¿dos por la OflC.

5.2.

de Respaldo" constituyen copias de segur¡dad de datos or¡giñales disponibles en ún med¡o de respaldo, con el f¡n de recuperar ¡nformación contenida eñ los m¡smos, en caso de una eventualpérdida de informac¡ón. Las "Copias

5.3. Asim¡smo, los "Med¡os de Respaldo" son cualquier d¡spositivo

de

almacenamiento de ¡nformac¡ón o med¡o magnético, óptico u otro capaz de recibir ¡nformáción y permit¡r su reauperac¡ón posterior.

información procesada a respaldarse y resguardarse debe estar relacionada a las funciones del MINAM, la m¡sma que basada en su nivel de

5.4. Toda la

¡mportancia y cr¡t¡c¡dad se clas¡fica eñ:

crítica: lnformación v¡tal para la continuidad de las operaciones de ent¡dad, y que requiere ser recuperada ¡nmediatamente.

la

Necesariá: lnformac¡ón ¡mportante que puede ser recuperada dent.o de uñ per¡odo de tiempo razonable.

¡¡¡. Coriente: lnformac¡ón que no aÍecta las operac¡ones normales de

la

entidad.

5.5.

OflC evaluará, establecerá, operará y mantendrá la infraestructura tecnolót¡ca paÉ la obtenc¡ón, resguaado y restauraa¡ón de las copias de respaldo de la iñformac¡ón procesada eñ el Centro de oatos del MINAM adm¡n¡strados por la OTlc, y determinará el horar¡o para su obtenc¡ón.

5.6.

de respaldo Seneradas y resguárdadas por la OTlc deben contemplar la siguiente información:

La

Las copias

i.

La conf¡guración de los equipos informáticos que están ¡nstálados en el

ii.

Ceñtro de Datos del MlNAIvl bajo adm¡nistrac¡ón de la OTIC. Programás fuente, objetos e ¡nstaladores de los s¡steñas de informac¡ón y

sistemas operat¡vos, que están instalados servidores delcentro de Datos del MINAM.

ii¡. Bases de dato5. ¡v. Portal web lnst¡tucional

y

y/o

conf¡Surados

en

los

portales web temáticos (dominios y

subdom¡nios). Serv¡dor de Arch¡vos.

vi. Reg¡stros (¿o95) de sistemas operativos, bases de datos, aplicac¡one' accesos a s¡stemas y test¡ón de archivos Servic¡o de d¡rector¡o act¡vo de red. Otros serv¡cios informát¡cos, respecto a lo5 cuales se cons¡dere necesario la obtenc¡ón de copias de respaldo,

5.7.

La OflC debe dimensionar, planificar y testionar la loBlst¡ca para asegurar la cantidad necesar¡a de med¡os de respaldo para reálizar las copias de respaldo, y eñ caso de no coñtarcon ellos, efectuar el requerim¡ento correspond¡ente.

5.8,

El/La adm¡nlstrador/a de red de h onc, o quien haga sus vecei es el/la responsable de planificar, conf¡8urar, documentar, monitorear y registrar la real¡zación de las act¡vidades conducentes a la generación de cop¡a§ de respaldo y restauración de la ¡nformac¡ón almacenada en los equipos informáticos del Centro de Datos del MINAM bajo su adm¡nistración. As¡m¡smo debe coord¡nar con el/la administrador/a de base de datos o quien haga sus veces, el horar¡o de los respaldos de ¡nformac¡ón de las bases de datos, así como el otorgamiento de los privileg¡os de acceso respect¡vos.

5.9.

El/l,a administredor/a de bas€ de datos de la OTIC, o qu¡en hata sus veces, e5 efla responsable de plan¡f¡car, conf¡gurar, document¿r, mon¡torear y registrar la real¡zación de las act¡v¡dades conducentes a la generación de cop¡as de respaldo y restaurac¡ón de las bases de datos baio su adm¡nistrac¡ón, en coord¡nac¡óñ con el/la admin¡strador/a de red de la OTIC para acceso a los med¡os de respaldo.

5.10. €l/La Of¡cial de s€tur¡dad de la lñforñ.c¡ón del MINAM es eula responsable de superv¡sar y monitorear las act¡vidades de respaldo de informac¡ón, pruebas de restaurac¡ón y condic¡ones del resguardo de lo5 med¡os de respaldo, a fin de testionar los r¡eqos de se8uridad de la ¡nformat¡ón y reportar al Com¡té de Gest¡ón de Seguridad de la lnformac¡ón (CGSI) y a la§ instanc¡as que est¡me pen¡nentes.

5.11.

el resguardo de las cop¡as de respaldo, un en el m¡smo ed¡fic¡o del Centro de un área ub¡cada .mb¡ente interño, s¡endo Datos del MINAM, en donde se almacenarán los med¡os de respaldo de fotma trans¡toria, y un añb¡ente externo, el cual es un área ubicada fuer¿ del ed¡fic¡o en elque se encuentra elCentro de Datos del MINAM, en donde 5e almacenarán lo5 La OTIC ut¡lizará do6 amb¡entes para

medios de respaldo de forma permanente,

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

6.1.

De la progr.ñac¡ón de la§.opias de respaldo

6.1.1.

a de ¡ed y/o el/la adñ¡n¡str.dor/a de base dc dato. o quienes hagan sus vecet real¡¿an las acc¡ones correspondientes para la El/La

admlnlstrado

y

obtención de copias de respaldo con una frecueñcia diar¡a, semanal, mensualy anual, de acuerdo a los siguientes cr¡ter¡os: proSramac¡ón

Toblo x: Criterios poto lo frccuenaio y ptogtuttloción de cop¡os de Respoldo

O¡sltlc.clóñ

dG

i..paldo

llt,ormac¡óñ

de

Bases dato§, s€ryicio! de diréctolo. Seruidor

de lilorrnac¡ór¡

Di¡ria

de

archlvos, de inforñációñ y podáles web, programas fuente, configuraclones de

sirtemag

Últirño díá del

Diaria

lnstal¿dor€s

de

sistem¡s operátlvos¡ y fu€nt€s de prcgramat

6.1.2.

de respaldo mensualse real¡zarán el úitimo díá del mes. S¡este día fuera un día útil entre lunes y viernes, la cop¡a de respaldo se realizará el díá v¡ernes s¡8u¡ente, a partir de las 22:00 horat obteniendo una (01) Las copias

cop¡a en el mes.

6.1.3. Las copias de respaldo anual, const¡tuyen información h¡stór¡ca del MINAM, la cual debe conserv¿rse por un periodo mín¡mo de dos {02) años. Una vez transcurr¡do eltiempo mín¡mo, lo5 medios de respaldo que cont¡enen esta información histórica, podrán ser reut¡lizados en func¡ón a la d¡spon¡b¡l¡dad de med¡os de respaldo.

6.1.4.

E¡/La adm¡n¡strador/a de red y el/la admin¡strador de base de datos de la

oTlc, o quieñes hagan sus vecet deben elaborar

y

rem¡t¡r a e¡/la

Director/a de la oTlC y a el/la of¡cial de se8ur¡dad de la lnformac¡ón, la pro8ramac¡ón de lá Seneración u obtención de las cop¡as de respaldo, asi como la protramación de las pruebas de aestauración de acuerdo a los formatos consignados en el Anexo N'02 y Anexo N'03 de la presente D¡rectiva.

6,2.

oe la Eeñerec¡ón de cop¡as de Respaldo

6.2.1.

ffi

El/La adÍr¡n¡strador/a de base de dato§ o quien hata sus veces, ut¡lizárá

las herram¡eñtas de respaldo del testor de base dé datos para

la

programáción y ejecución automatizadá de las copias de respaldo de les bases de datos del MINAM, y es responsable de monitorear y verificar el correcto funcionam¡ento de las tareas de respaldo protramadas de forma automat¡zada bajo 5u admin¡stración, cuya informac¡óñ de respaldo será trasladada a los medios de respaldo por el/la administrador de red o qu¡en haEa sus veces.

operaciones de copias de respaldo de la información procesáda en el centro de Datos del MINAM se gest¡onarán de formá automatizada, de La5

ÜEil a.uerdo a la programación establecida en el Anexo N'02 de la presente D¡rect¡va, utilizando la{s) herramienta(s) de cop¡a de respaldo de la oTlCy los medios de respaldo, gest¡onado(s) por el/la adminl§trador/a de red o qu¡en hata sus veces.

6.2.3.

En caso la OTIC lo est¡me pert¡nente, las copias de respaldo histór¡cas podrán ser transfer¡das y consol¡dadas en med¡os de respaldo de mayor capac¡dad, con el objeto de usar la menol cant¡dad de éstos y reducir espac¡o fí5ico.

6.2.4.

una vez generadas las cop¡as de respaldo de la información procesada en el centro de Datos del MINAM dentro de los med¡os de respaldo, el/la

adm¡nlstrador d€ ied

o quien haga sus

veces, debe proceder

a

la

¡dentificac¡ón y et¡quetado de los rñedios de respaldo.

6.3.

Dc le ¡d.ntlñcación y etiquetado dG los medlor de rg§paldo

6.3.1.

Los med¡os de respaldo usados en las copias de re5paldo, contaÉn con un código de ¡dent¡ficación (10), el cual se expondrá en su respect¡va etiqueta

ubicada en un lugar v¡s¡ble, conteniendo como mln¡mo la s¡8u¡ente iñformac¡ón:

¡.

lde¡tificador del med¡o de respaldo

¡¡. Descr¡pc¡ón de la copia de respaldo. ¡¡i. Fecha de respaldo. ¡v. Frecueñcia de la cop¡a (D¡ar¡a/Semanal/MensuayAnual).

v. 6.3.2.

Número de secuenc¡a de los mediosde respaldo ut¡l¡¿ados.

EllLa adm¡nlstradot/a de ted o quien haga sus veces es respoñsable del et¡quetado y re8¡stro del control de los med¡os de respaldo, de acuerdo al formato cons¡gnado en el Anexo N'04 de la presente Direct¡va, el cual deberá ser remit¡do de foma mensuala efla D¡rector/a de la OTICy debe

ser supeN¡sado

a

inteNalos no programados por

e/la Oñcial

de

s€tu?idad de la lritotmaclón.

6.4.

oel restu¡rdo ffslco d. las cop¡a3 d€ R6paldo

6.4,1.

Los amb¡entes de resguardo ffs¡co ¡nterno

y/o externo para el almacenaje

y custodia de los medios de respaldo deberá cumpl¡r como mínimo con los

siSuientes criter¡os: t.

f.

5.4,2.

condiciones amb¡entales adecuadas, cons¡derando temperatura, humedad y s¡stemas de alarñas contra incend¡os. Medidas de setur¡dad complementaria, d¡spositivos de control de acceso y vigilanc¡a, para perm¡t¡r el ingreso sólo al personal autorizado.

La OflC debe mantener en el ambiente de resSuardo externo, corito mfn¡mo los s¡tu¡entes elementos:

WEil Una (01)copia de respaldo d¡aria

¡.

una {01)copia de respaldo semanaldelmesen curso. Una 101) copia de respaldo mensual de los dos (02) últ¡mos meses. Una (01) copia de respaldo anual de los dos (02) últimos años.

¡¡.

i¡¡.

iv.

OTIC, o qu¡en haga sus veces es y custod¡a de los medios de respaldo geñerados responsable del traslado

6.4.3. Elll.a .dm¡n¡stredor/a de red de la

de forma automatizada y/o manual en el centro de Datos de¡ MINAM (cop¡as de respaldo diar¡as,semanales, mensuales y anuales) y en el ambiente de resguardo interno. Asim¡smo es responsáble de la Sest¡ón de Ios medios de respaldo en el ambiente externo.

6.5,

Dé la restaurac¡ón de las Copias de Respaldo

6.5.1.

En caso que

un/una usuario/a requ¡era la réstauración de la información almacenada en los equ¡pos ¡nformáticos del Centro de Datos del MINAM administrados por la OTIC, deberá sol¡citarlo a la cuenta de correo Eest¡ont¡(aminam.Eob.pe. adjuntando él formato "Sol¡c¡tud de Restauración de la lnformac¡ón" deb¡damente llenado y suscr¡to por el D¡rector Geñeral/Director/efe se8ún corresponda, el cual se cons¡gna en elAnexo N" 05 de la presente o¡rectúa.

6.5.2. El/La admin¡strador/a de rcd o qu¡en haga sus veces, efeduará

la

restaurac¡ón de la informac¡ón contenida en los med¡os de respaldo, y comun¡cará a el/la usuar¡o/a sol¡c¡tante el resultado de la operac¡ón a5í como la ubicac¡ón de la ¡nformación restaurada, segÚñ corresponda la solicitud.

6.5.3.

El/La administrador/a de red y eÚla adm¡ni§tr.dor/a de ba§e de dato§ de la oTlc, o qu¡enes hagan sus veces, deben reál¡zar el re8¡stro de las ¡nformac¡ón correspond¡ente en solicitudes restauración

de

de

coord¡nac¡ón con el/la Ofic¡al de Setur¡dad de la lnformación, hac¡endo uso de los forrñatos cons¡Snados en el Anexo N' 06 y Anexo N" 07 de la presente Directiva.

6.5.4.

adminirtrado¡la de.edy el/la admin¡strador/a de base de datos de oTlc, o qu¡enes hagan sus veces, deben realizar pruebas de

El/La

la

restauracióñ de las copias de respaldo de acuerdo a lo programado en el formato consignádo en el Anexo N'02 de la presente Directiva/ lo cual será supervisado por el/la Oficial de Seguridád dé la lnformacióñ OISPOSICIONES COMPLEMENf ARIAS

7.1.

La

oflc

realiza un simutacro anual de restauración de cop¡as de respáldo de los

servidores crít¡cos del Centro de Datos del MINAM, el cual permite evaluar la

respuesta

de los/as

servidores/as involucrados

en la

recuperación

de

la

cont¡ngencia, el mismo que deberá ser programado dentro del setundo semestre de cada año.

7.2.

8.

9.

Los/Las usuarios/as son responsables de real¡zar el respaldo de la información de sus equ¡pos asiSnados, y en caso cuenten con ¡nformación instituaional crít¡ca, ésta deberá ser cop¡ada en las carpetas compartidas de red d¡spuestas al óryano o un¡dad oGánica a la que pertenecen.

D|SPOS|C|ONESFTNAIES

8.1.

El cumplim¡ento, difusión, ¡mpleñeñtac¡ón y control de la presente Directiva, es responsabilidad de la Oficina de Tecnologías de la lnformación y Comunicaciones

8.2.

El incumplim¡ento de la presente o¡rect¡va podrá dar lugar a responsabil¡dad adm¡n¡strat¡va, c¡v¡l y/o penal,seSún corresponda.

ANEXOS

9-1. 9.2. 9-3.

9.4. 9.5. 9.6. 9.7.

Añexo N' 01.- Glosar¡o de Términos. Anexo N' 02.- tormato de Programac¡ón de Cop¡as de Respaldo de lnformac¡ón Anexo N' 03.- Formato de Programac¡ón y Segu¡m¡ento de Pruebas de Restaurac¡óñ de Cop¡as de Respaldo. a¡exo N' 04.- Formato de Control de Med¡os de Respaldo. Ancxo l{'05.- Solic¡tud de Restauración de Cop¡a de Respaldo. Anerc N'06.- Acta de Restaurac¡ón de Cop¡a de Respaldo. Anexo l{'07.- Formato de Reg¡stro H¡stór¡co de Restauración de Cop¡as de Respaldo.

@

ÜEil Anexo N' 01 closario de Térm¡nos

1.

Archivo¡ Es un trupo de datos estructurados que son almacenados en algún med¡o de almacenam¡ento y pueden ser usados por programas de ordenador.

2.

Ease de datos¡ Es una colección de datos, donde los datos están lóg¡camente relac¡onados

entre st t¡enen una definición y descripcióñ comunes y están estructuradas de una forma particular.

3.

Clntas ITO (Linear fape.Opeñ): Es una tecnologla de cinta matnét¡.a de almacenam¡ento de datos más res¡stentes y confiables en el mer.ado para el manejo constante de

informac¡ón. 4.

C¡nta magnéüaa: Es un tipo de med¡o de almacenam¡e¡to de datos, que se 8ñba en p¡stas sobre uña barda plástica con un material matnet¡zado,

5.

Gcstor dc basé d€ datos¡ Es un tipo de software muy especff¡co, ded¡cado a serv¡r de ¡nterfaz entre la base de datos, el usuar¡o y las aplicac¡ones que la ut¡l¡zan.

6.

Log: Es una gGbac¡ón secuenc¡al en un arch¡vo o en una base de datos de todos los eve¡tos o acc¡ones que afectan a un procesamiento en particular.

7.

P.otrama fuents: Tamb¡én llamado cód¡to fuente de uñ software. Es el software escr¡to en alguno de los leñSuajes de proStamac¡ón y que no ha s¡do traduc¡do al lentuaie de la máqu¡na.

8.

Pfograma ob¡eto o c¡ec¡¡table: Es el programa fuente ya compilado y que es pos¡ble ser entend¡do úñicamente por el ordenador.

9.

S¡stema op€ret¡vo: Es un softwarc que man¡pula lógicamente las funciones de la computadora, permit¡endo la interacc¡ón con el usuar¡o para la solución de tareas específicas.

10. Sewidor crftlco! Es un equ¡po ¡nformático que procesa y almacena ¡nfo.mac¡ón clas¡f¡cada como critica (valiosa, ¡ecesar¡a y sens¡ble) para la ent¡dad. 11. Servidor de ár.hlvos: Es ún t¡po de seN¡dor que almacena y d¡str¡buye diferentes t¡pos de archivos ¡ñformát¡cos entre los cllentes de una red de computadoras. Su función es perm¡t¡r el acceso remoto de otros nodos a los arch¡vo§ que almacena o sobre los que t¡eñe acceso.

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