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Promoción de Radio Televisión de Guanajuato. . su sistema democrático. ...... (1963) han denotado su esencia dentro del. “Principio Federal”, esto es, “La ...
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Apuntes Legislativos PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE GUANAJUATO Sexagésima Segunda Legislatura 2012-2015 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS

77 Instituto Nacional Electoral Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

1

Instituto Nacional Electoral

Supervisión de edición: Lic. Alfredo Sainez Araiza. Diseño y edición de interiores: Lic. David Arturo Gutiérrez Márquez

“Instituto Nacional Electoral” LXII LEGISLATURA H. CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO © Por esta edición: Instituto de Investigaciones Legislativas Callejón de la Condesa Núm. 7 Centro. C.P. 36000. Guanajuato. Gto., México Tel. 01 (473) 102–00–00 extensiones 6074, 6075 y 6080 www.congresogto.gob.mx Primera edición, 2013–09–30 Año 9, Número 77 ISBN: 970-9784-00-5 Impreso en México / Printed in México Esta publicación no puede ser reproducida, incluyendo el diseño de la cubierta y de páginas interiores, ni todo ni en parte, ni registrada en o transmitida por un sistema de recuperación de información, en ninguna forma, ni por ningún medio, sea mecánico, foto químico, electrónico, magnético, electroóptico, por fotocopia o cualquier otro, sin el permiso previo solicitado por escrito y autorizado por el Instituto de Investigaciones Legislativas del H. Congreso del Estado de Guanajuato. Los artículos firmados son responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente las directrices del Instituto.

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MESA DIRECTIVA Segundo Año de Ejercicio Legal Primer Período Ordinario Diputado Pedro Chávez Arredondo PRESIDENTE Diputado Juan José García López VICEPRESIDENTE Diputada Karla Alejandrina Lanuza Hernández PRIMERA SECRETARIA Diputado Luis Manuel Mejía Barreñada SEGUNDO SECRETARIO Diputado Felipe de Jesús Orozco García PROSECRETARIO

JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA

Dip. Francisco Javier Contreras Ramírez

Dip. José Juventino López Ayala

Dip. Sergio Alejandro Contreras Guerrero

Dip. Ma. Guadalupe Torres Rea

Presidente

Vicepresidente

Dip. J. Marco Antonio Miranda Mazcorro

SECRETARÍA GENERAL

Lic. Jorge Arturo Espadas Galván

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INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS Dr. Carlos Torres Ramírez DIRECTOR GENERAL

Lic. Alfredo Sainez Araiza

COORDINADOR DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO LEGISLATIVO

Pluma libre Nos interesa tu opinión, Participa y comparte tus conocimientos!!! Esperamos tu valiosa colaboración con

Apuntes Legislativos,

solo realiza la

redacción de un tema que te interese sobre la vida legislativa del estado Guanajuato, o preséntala en la Coordinación de Investigación y Desarrollo Legislativo del Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado de Guanajuato. Callejón de la Condesa No. 7, Zona Centro, C.P. 36000, Guanajuato, Gto., teléfono: 01(473)1020000 extensiones 6074,6075 y 6080, o puedes enviarla a las siguientes direcciones de correo electrónico: [email protected] [email protected]

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Índice Págs. Presentación .............................................................................................................7 1 FEDERALIZACIÓN O CENTRALIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL ......................................................................................................12 ALFREDO SAINEZ ARAIZA ....................................................................................12 1.1 Antecedentes del federalismo mexicano .......................................................14 1.2 Transición de la organización electoral de estados al gobierno federal .........15 1.3 Autoridad electoral de carácter nacional .......................................................17 1.4 Nueva configuración del sistema político mexicano ......................................18 1.5

A manera de conclusiones ........................................................................21

2 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y CÓDIGO ELECTORAL ÚNICO ..........22 SAMUEL VALTIERRA VARGAS .............................................................................22 Propuestas..........................................................................................................42 3 CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN TORNO A LA REFORMA ELECTORAL Y EL PACTO POR MÉXICO.......................................44 SAMANTHA TAMARA REYES HERRERA..............................................................44 3.1 Introducción ..................................................................................................44 3.2 Federalismo y objeto de acción .....................................................................44 3.2.1 ¿Por qué México tiene un sistema federal?................................................46 3.2.2 Relación del federalismo con el sistema electoral del país .........................47 3.3 Creación del Instituto Federal Electoral en aplicación al principio federal.................................................................................................................47 3.4 Reforma electoral “Pacto por México” ...........................................................53 3.4.1 Ventajas y desventajas de la reforma electoral .........................................53 3.4.2 Instituto Nacional Electoral ¿Atentación contra el Federalismo? ..............56 3.4.3 Implicaciones de la nacionalización en el sistema electoral .......................58

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3.4.4 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y Tribunales locales ¿Qué sucede con la propuesta de nacionalización en el Tribunal Electoral? ............................................................................................................59 3.4

Consideraciones finales ............................................................................61

Referencias.........................................................................................................65 4 LOS MOTIVOS DE LA REFORMA .....................................................................68 ARMANDO TRUEBA UZETA ..................................................................................68 5 ORGANIZACIÓN ELECTORAL EN TEXTOS .......................................................75 GLORIA DEL CARMEN HERNÁNDEZ MORALES .............................................75

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Presentación Uno de los tópicos que ha despertado debate y polémica en los últimos meses entre los distintos actores políticos ha sido la creación del Instituto Nacional de Elecciones, que en el marco de la reforma político electoral se ha discutido en una de las mesas del Pacto por México y avanza como iniciativa de Ley en las cámaras del Congreso de la Unión. En este tenor, en Apuntes Legislativos se analizan las perspectivas del compromiso número 90 del “Pacto Por México”, que establece la creación de “una autoridad electoral de carácter nacional y una legislación única, que se encargue tanto de las elecciones federales, como de las estatales y municipales”, a través de cuatro ensayos con visiones distintas y ¡Pluma Libre!, pero con rigor metodológico: en el primero, FEDERALIZACIÓN O CENTRALIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL, se distingue la forma de gobierno federal como punto intermedio entre la confederación y el centralismo, realiza un esbozo histórico sobre el federalismo mexicano, fundamentalmente, de la evolución del sistema electoral y la transición de la organización electoral de estados al Gobierno Federal, examinan los argumentos a favor de la centralización de la organización electoral en un contexto de gobiernos unificados, divididos, compartidos y yuxtapuestos que configuran la nueva fisonomía del sistema político mexicano; en el segundo estudio, denominado, INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y CÓDIGO ELECTORAL ÚNICO, se plantea ajustar los cambios jurídicos a las exigencias de la sociedad mexicana, un régimen democrático del derecho electoral orientado por los postulados constitucionales y la creación de un Código Electoral Único, tanto sustantivo como adjetivo y una ley orgánica, entre otras propuestas; en el penúltimo ensayo, CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN TORNO A LA REFORMA ELECTORAL Y EL PACTO POR MÉXICO, se formulan una serie de cuestiones entre las que destacan las siguientes: ¿Es demasiado el precio por el mantenimiento del Instituto Federal Electoral? ¿Existen algunas otras maneras que puedan eficientar los procesos electorales sin necesidad de recurrir a su centralización? Finalmente, en el artículo de fondo, intitulado, LOS MOTIVOS DE LA REFORMA, se analiza “la iniciativa de reforma electoral y política presentada por legisladores y legisladoras de los

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Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, que prevé la modificación de al menos veintiocho artículos constitucionales (…)”, los argumentos de los iniciantes para “eliminar de raíz la permanencia de los organismos locales estatales” en materia electoral. Finalmente, en la Sección de la Biblioteca “José Aguilar Y Maya” se recomiendan cinco textos afines a la organización electoral. Atentamente Coordinación de Investigación y Desarrollo Legislativo

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3 PROPUESTAS DE WOLDENBERG PARA REFORZAR LA AUTONOMÍA DE INSTITUTOS LOCALES El ex consejero presidente del IFE propone fortalecer a los organismos de los estados, a partir de la autonomía de las entidades de la Federación; plantea reformar la Constitución y rechaza la propuesta del Pacto por México hoy incluida en la reforma político-electoral del PAN.

(Foto: Archivo/Cuartoscuro) José Woldenberg, el primer consejero presidente del Instituto Federal Electoral, propuso el pasado mes de junio reforzar la autonomía de los institutos electorales locales en lugar de dar pie a la creación del Instituto Nacional Electoral. “Si el motivo político es su falta de autonomía, ¿no sería pertinente legislar para apuntalar su independencia? ¿para qué acabar con el esquema federalista de la constitución y que ha permitido alternancia y procesos competidos”, aseguró durante su intervención en junio pasado en un semniaro para el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Así respondió Woldenberg a la propuesta del Pacto por México que hace unos días refuerza en materia reforma político-electoral y que promueve hoy el Partido Acción Nacional. El experto propuso descargar al IFE de sus funciones como jueces y reforzar la vía jurisdiccional de las salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

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(TEPJF). Además, aseguró que no debe pensarse “avasallar a las autoridades electorales locales”. “No creo que la receta sea la de avasallar a los institutos electorales con un diagnóstico que en sí mismo tiene problemas. Si una persona llega al doctor con una dolencia en un brazo ¿debe amputárselo? Digo esto porque hasta donde entiendo seguimos siendo una República federal y teóricamente los estados que componen la República deben tener las responsabilidades de dotarse de las instituciones encargadas de los procesos de los que deben emerger sus gobernantes y legisladores”, dijo. Las propuestas para reforzar la autonomía de los institutos locales, para hacerlos “menos dependientes de los caprichos o designios de los gobernadores o de los partidos políticos” son: 1.-Aumentar el periodo de su función, en algunos estados es apenas de 3 años lo que su pone operar una sola elección. Esa corta estadía los vuelve, por eso establecer quizá desde la constitución un periodo de tiempo similar a la que ahora cumplen los consejeros del IFE. 2.-Incrementar el porcentaje de votos necesario que se requiere para su nombramiento en los congresos locales, de tal suerte que ningún partido político en singular, pudiera nombrarlos. 3.-Se podría reforzar la independencia de su presupuesto para que no se vieran sujetos a los vaivenes de la política local, porque ya se sabe que la llave del dinero puede ser un instrumento de presión sobre órganos que constitucionalmente deben ser autónomos. Fuente: Aristegui Noticias en: http://aristeguinoticias.com/3009/mexico/3-propuestas-de-woldenberg-para-reforzar-laautonomia-de-institutos-locales/ (Consulta realizada el 7 de Octubre de 2013)

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1 FEDERALIZACIÓN O CENTRALIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL ALFREDO SAINEZ ARAIZA

*

presentarse en el segundo semestre de este año e implementarse a mediados del próximo, para que entre en vigor a partir de 2015, de acuerdo con el calendario de reformas para el segundo

El “Pacto Por México” signado por el

semestre 20132 de este Pacto. Pero,

titular del Poder Ejecutivo Federal, la y

¿cuáles son las implicaciones de este

los presidentes de las tres principales

cambio? Esta medida de centralización

fuerzas políticas nacionales ha impacto

de la organización electoral, ¿no atenta

en los distintos órdenes de gobierno,

contra el federalismo?

tanto federal como estatal y municipal.

Desde la perspectiva teórica, la

Muestra de ello, es el compromiso

forma de gobierno federal es un punto

número 90, que establece la creación de

intermedio entre la confederación y el

“una autoridad electoral de carácter nacional

centralismo.

y una legislación única, que se encargue tanto

Cabrero Mendoza, nos distingue: “En la

de las elecciones federales, como de las

confederación los estados miembros no

estatales

y

contempla institutos parte

de

1

municipales” ; la

desaparición

electorales una

es

reforma

respecto,

Enrique

decir,

pierden ni ceden su soberanía sino que pactan

los

coordinar ciertas acciones y para esto dotan

como

de funciones a un órgano superior (la

de

estatales

Al

electoral

a

confederación). El centralismo se construye con una administración que aglutina todas las

*

Politólogo egresado de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Catedrático de la Universidad de Guanajuato. Coordinador de Investigaciones y Desarrollo Legislativo del IIL del Congreso del Estado de Guanajuato. 1 Véase compromiso número 90 del “Pacto Por México”, documento firmado por Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; Jesús Zambrano Grijalva, Presidente Nacional del Partido de la Revolución Democrática; María Cristina Díaz Salazar, Presidenta del Comité Ejecutivo del Partido Revolucionario Institucional; y, Gustavo Madero Muñoz, Presidente Nacional del Partido Acción Nacional, el 2 de diciembre de 2012 en el Castillo de Chapultepec en la Ciudad de México.

funciones y facultades, y que gobierna directa o indirectamente un territorio entero (…). En cambio, el sistema federal hace que los estados miembros formen una unión estable en la que se comprometen a acatar ciertas decisiones

emitidas

por

la

federación,

2

Consulta en línea (20 de marzo de 2013) en: http://pactopormexico.org/calendario-de-reformaspara-el-segundo-semestre-2013/

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siempre

y

cuando

conserven

determinadas áreas de autonomía.”

para



3

gubernamentales,

que

los

medios

de

comunicación tengan plenos espacios de

Más allá de un debate conceptual,

libertad de expresión y que se tenga acceso a

resulta conveniente reflexionar sobre las

la información pública así como a políticas de

implicaciones

políticas

el

transparencia”4 entre otros aspectos, como

federalismo,

particularmente,

el

lo refiere Enrique Cabrero.

para para

sistema electoral mexicano, que traería

Por lo anterior, resulta oportuno

esta propuesta derivada del “Pacto Por

explorar

México”, en virtud de que “las partes que

antecedentes del federalismo mexicano,

componen un estado federal pueden tener un

fundamentalmente,

sistema electoral con variantes en relación a

sistema electoral mexicano.

a

grandes

la

rasgos

evolución

los

del

sus elecciones regionales o locales (y) las reglas para la integración de los distintos cargos públicos suelen ser diferentes, pero también difieren las dinámicas electorales, los calendarios y, en algunos casos, los partidos políticos presentes en las diversas regiones. Al tener reglas y quizá culturas políticas distintas, el federalismo posee el reto –no obstante la pluralidad que suele existir– de buscar un estándar democrático en todas las partes que componen el pacto federal, esto es, que en el conjunto del territorio federal se cumpla con procesos electorales transparentes y competitivos, que la ciudadanía tenga canales

permanentes

comunicación

con

de las

expresión

y

instancias

3

CABRERO MENDOZA, Enrique, Para entender el federalismo en los Estados Unidos Mexicanos , Nostra, México, 2007, p.11

4

Ibídem, p. 24

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los Tejas; el interno del Norte, compuesto 1.1 Antecedentes del federalismo mexicano

de las provincias Chihuahua, Durango, y Nuevo México; el de México; el de

Una

vez

la

Michoacán; el de Oajaca; el de Puebla

independencia de la Nueva España en

de los Ángeles (el de Tlaxcala); el de

1821, se inició la construcción del Estado

Querétaro; el de San Luis Potosí; el

mexicano;

Nuevo Santander que se llamará de las

el

Constituyente noviembre

consumada

–instalado

el

7

expidió

de

Tamaulipas;

el

de

Tabasco;

el

de

Veracruz; el de Xalisco; el de Yucatán; el

decretos que generaron la transición de

de los Zacatecas. Las Californias y el

las provincias a estados como parte de la

partido de Colima (sin el pueblo de

federación, la división tripartita del poder

Tonila, que seguirá unido a Xalisco)

público

serán

la

1823–,

Congreso

dos

y

de

Soberano

composición

de

las

legislaturas estatales.

por

ahora

territorios

de

la

federación, sujetos inmediatamente a los

El primer decreto, emitido el 8 de

supremos poderes de ella. Los partidos y

enero de 1824, dictó la Ley para

pueblos que componían la provincia del

establecer las legislaturas constituyentes

istmo de Huazacoalco, volverán a las

particulares en las Provincias que habían

que antes han pertenecido. La Laguna

sido

de Términos corresponderá al Estado de

declaradas

Estados

de

la

5

Federación Mexicana. En este tenor, el

Yucatán.

Acta Constitutiva de la Federación, del

El segundo decreto, emitido el 4 de

31 de enero de 1824, reconocía en su

octubre de 1824, estableció el gobierno

artículo 7, a los siguientes estados: el de

particular de los Estados, dividiendo su

Guanajuato; el interno de Occidente,

ejercicio en tres poderes (ejecutivo,

compuesto de las provincias Sonora y

legislativo

Sinaloa; el interno de Oriente, compuesto

composición de cada legislatura estatal

de las provincias Coahuila, Nuevo-León y

de conformidad con sus constituciones.6

y

judicial),

dejando

la

5

Decreto número 380 publicado el 8 de enero de 1824. Colecciones Especiales. Sección “Colección Dublán y Lozano” Colocación 200.8-1/1 V3E1. 1293

6

Decreto número 427 publicado el 4 de octubre de 1824. Colecciones Especiales. Sección

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A

partir

de

la

instauración

del

comités

distritales

electorales

y

el

federalismo, el sistema electoral ha

Consejo del Padrón Electoral. El cambio

tenido

que se opera es un cambio estructural.

múltiples

transiciones.

Para

muestra basta un botón.

El artículo 1º de la Ley Electoral Federal de 1946, establecía: “La presente

1.2 Transición de la organización electoral de estados al gobierno federal

ley regirá la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral en todas las elecciones ordinarias correspondientes a los

Con la Constitución de 1824 no hay

Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión.

legislación electoral en el ámbito federal,

Las elecciones extraordinarias se sujetarán

en razón de que el marco constitucional

igualmente a la presente ley en cuanto sea

facultaba a los estados a legislar en esa

aplicable y según los términos de las

materia; de tal forma, que la organización

convocatorias respectivas.”7

de las elecciones federales estuvo en

Con este marco jurídico apareció la

manos de las autoridades locales, sin

autoridad

que hubiese una autoridad electoral

centralmente de organizar las elecciones.

central que tuviese a su cargo las

Posteriormente, la reforma electoral de

funciones de organización y supervisión.

1989-1990 condujo a la creación de una

Sin embargo, con la Ley Electoral

autoridad

Federal del 7 de enero de 1946, por

independiente

primera vez en la historia, la preparación,

pública federal. En este tenor, en 1996,

vigilancia

proceso

con la reforma al artículo 41 de la

electoral quedó bajo la responsabilidad

Constitución se signó que “la organización

del

la

de las elecciones es una función estatal que se

Comisión Federal de Vigilancia Electoral,

realiza a través de un organismo público

las comisiones locales electorales, los

autónomo

y

Gobierno

desarrollo

Federal.

del

Se

creó

federal

electoral de

encargada

autónoma la

denominado

e

administración

Instituto

Federal

Electoral, dotado de personalidad jurídica y “Colección Dublán y Lozano” Colocación 200.8-1/1 V3E1. 1293

7

GARCIA OROZCO, Antonio, Legislación Electoral Mexicana 1812 1988, Diario Oficial, Secretaria de Gobernación, México, 1989, p.242

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patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley”.

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1.3 Autoridad electoral de carácter nacional

vigilancia de los procesos electorales de los niveles federal, estatal y municipal. “Reformar la Constitución General de la

Actualmente, el compromiso número 90 del “Pacto Por México” plantea: “Crear una autoridad electoral de carácter nacional y una legislación única, que se encargue tanto

República para constituir al órgano autónomo federal como la única instancia competente en materia electoral. “Adecuar

de las elecciones federales, como de las

en

consecuencia

los

estatales y municipales” bajo los argumentos

ordenamientos constitucionales y electorales

de que “los partidos políticos requieren de un

de

marco

jurídico

que

genere

mayor

forma, los procesos electorales tienen que ser

No obstante, estas propuestas no nuevas,

se

han

formulado

en

distintos foros y escenarios académicos, e incluso, han formado parte de las conclusiones

y

propuestas

de

la

Comisión de Estudios para la Reforma del

Estado,8

que

encabezó

y expedir

una

nueva

Ante este escenario, cabe preguntar: ¿cuáles son las perspectivas de crear una

autoridad

electoral

de

carácter

nacional y una legislación única, que se

más baratos y más transparentes.”

son

estados

normatividad electoral nacional.”

certidumbre, transparencia y estabilidad al sistema político en su conjunto. De igual

los

encargue

tanto

de

las

elecciones

federales como de las estatales y municipales en un contexto de gobiernos divididos, compartidos y yuxtapuestos que configuran la nueva fisonomía del sistema político mexicano?

Porfirio

Muñoz Ledo durante la Administración del otrora presidente de la República, Vicente Fox Quesada. En esta Comisión se trazaba: “Constituir al IFE en una autoridad nacional encargada de la organización y 8

MUÑOZ LEDO, Porfirio, Comisión de Estudios para la Reforma del Estado. Conclusiones y propuestas, UNAM, México, 2001, pp.137-138

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federativas9,

1.4 Nueva configuración del sistema político mexicano

en la presidencia de la República en el sistema político mexicano se observan,

1º El retorno del PRI a la presidencia de la República después de doce años

2º La ratificación del multipartidismo en el Poder Legislativo Federal, en donde ningún grupo parlamentario tiene la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados desde 1997 y en la Cámara de desde

el

año

2000.

Consecuentemente, se vaticina que la fuerza política del PRI tiene que dialogar, cabildear, consensuar y coaligarse con otros partidos para formular y aprobar la legislativa

modificaciones a

a

la

leyes

e Carta

impulsar Magna,

secundarias

y

reglamentarias; y,

, el PAN

con cuatro estados11 y, tres gubernaturas de coalición electoral entre el PRDPAN12. Cabe destacar, que ninguna

las legislaturas locales; que en diez entidades federativas existe un gobierno

estatales, a partir de los resultados de las elecciones locales de 2012, el PRI ahora

del gobernador tiene la mayoría absoluta en

las

asambleas

legislativas

y,

consecuentemente, existe un sistema de partido predominante; que en veinte de los congresos estatales, ningún grupo parlamentario

tiene

una

mayoría

absoluta, o sea, no hay gobiernos unificados; y que los congresos de los estado de Baja California y San Luis Potosí son los únicos en la República Mexicana

que

tienen

un

gobierno

dividido; es decir, donde el partido del gobernador, respectivamente, del PAN y 9

3º En el orden de los gobiernos

gobierna

con

unificado, es decir, en donde el partido

de ausencia;

reformas

PRD 10

fuerza política tiene mayoría calificada en

por lo menos, tres aspectos:

agenda

del

cuatro entidades federativas

Después de la segunda alternancia

Senadores

seguido

veintiún

entidades

Estados gobernados por el PRI: Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. 10 Entidades federativas gobernados por el PRD: Distrito Federal, Guerrero, Morelos y Tabasco. 11 Estados gobernados por el PAN: Baja California, Baja California Sur, Guanajuato, y Sonora. 12 Gubernaturas de coalición electoral entre el PAN y PRD: Oaxaca, Puebla y Sinaloa.

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Apuntes Legislativos 77 18

Instituto Nacional Electoral

PRI, no tienen la mayoría absoluta en el

soberanos en todo lo concerniente a su

Congreso del Estado sino otro partido

régimen interior; pero unidos en una

(PRI y PAN), lo que significa que el

Federación

acuerdo, el cabildeo, el consenso y la

principios de esta ley fundamental.”

coalición legislativa entre los distintos

Este precepto constitucional faculta a

grupos

representaciones

cada una de las entidades federativas

parlamentarias serán determinantes para

a contar con su propia Constitución y

formular

agendas

tener su propia legislación electoral

legislativas correspondientes, e impulsar,

para elegir a sus respectivos poderes

las modificaciones constitucionales, las

Ejecutivo y Legislativo.

y

reformas

y

aprobar

a

leyes

las

secundarias

y

reglamentarias.

establecida

según

los

Ahora bien, desde la perspectiva política y jurídica, ¿es conveniente la

Aunado a esta realidad política,

centralización

de

la

organización

hay que considerar, que el artículo 40

electoral?, ¿cuáles son los argumentos

de nuestra Carta Magna señala que “es

que

voluntad

del

constituirse representativa,

se

esgrimen

pueblo

mexicano

centralización

una

República

electoral?

en

democrática,

de

a favor la

de

la

organización

laica,

federal, compuesta de estados libres y

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Apuntes Legislativos 77 19

Instituto Nacional Electoral

Argumentos a favor de la centralización de la organización electoral Argumentos

Observaciones

Hay una diversidad normativa y de

La diversidad normativa es propia de

criterios que prevalece en materia electoral nuestra forma de gobierno contemplada en en los niveles federal, estatal y municipal.

el

artículo

40

de

la

Carta

Magna,

fundamentalmente, porque los estados son “libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior” El cumplimiento de la legislación

El cumplimiento de la legislación

electoral local depende en mucho de los electoral local depende del fortalecimiento intereses políticos de los gobernadores y de los órganos electorales (autonomía, que,

comparativamente,

eficiente

el

instituciones

resulta

funcionamiento federales

más personalidad jurídica y patrimonio propio)

de

y

de

las y,

por

ende,

la

eficacia

en

su

sus funcionamiento.

disposiciones encaminadas a guardar el orden

y

a

supervisar

las

jornadas

electorales Incumplimiento celebrados

entre

de el

los

convenios

Instituto

El cumplimiento de los convenios se

Federal logra con una adecuada coordinación en

Electoral (IFE) y los gobiernos estatales los tres órdenes de gobierno. tanto como el poder de caciques locales. Duplicidad de estructuras electorales

Los estados cuentan con su propia

(federal y locales) es otra dificultad, ya que normatividad electoral para elegir a sus con

frecuencia

intervienen

ambas respectivos

poderes

Ejecutivo

y

estructuras en una misma jornada electoral Legislativo.

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Apuntes Legislativos 77 20

Instituto Nacional Electoral

1.5 A manera de conclusiones El reto que tienen los actores políticos Sin duda, tenemos que fortalecer

es fortalecer la libertad y soberanía de los

nuestro sistema de partidos, los cuales

estados para fomentar la Federación, sin

“requieren de un marco jurídico que genere

restarles

mayor certidumbre, transparencia y estabilidad

necesitamos aprender las lecciones de la

al sistema político en su conjunto”; además,

historia, imaginar y diseñar una ingeniería

“los procesos electorales tienen que ser más

electoral que nos permita vigorizar la

baratos y más transparentes.” El primer

autonomía

objetivo se logra con una Ley de Partidos;

organismos electorales y economizar la

y, el segundo, empatando las elecciones

organización de las elecciones.

locales

con

los

comicios

Estos

federales;

reduciendo el costo y periodo de las

poder.

e

Pero

independencia

son

los

también,

de

desafíos,

corresponsabilidad es de todos.

precampañas y campañas electorales; así como teniendo órganos de fiscalización efectivos y eficientes. El fondo del asunto es que “una autoridad electoral de carácter nacional y una legislación única, que se encargue tanto de las elecciones federales, como de las estatales y municipales” no constituye una garantía para lograr los anteriores objetivos; al contrario, organización

la

centralización electoral

sería

de un

la gran

retroceso y vulneraría el federalismo y, por ende, la libertad y soberanía de los estados. Más aún, en un contexto de gobiernos

divididos,

compartidos

y

yuxtapuestos en los estados y municipios de nuestra República.

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Apuntes Legislativos 77

21

los

la

Instituto Nacional Electoral

2 INSTITUTO ELECTORAL Y ELECTORAL ÚNICO

NACIONAL CÓDIGO

su sistema democrático.” Adquirieron el compromiso número 90, para impulsar una Reforma Electoral que atienda el tema de: “Crear una autoridad electoral de carácter

SAMUEL VALTIERRA VARGAS

*

nacional y una legislación única, que se encargue tanto de las elecciones federales,

El Pacto por México fue firmado por el

como de las estatales y municipales”.

Presidente de la República y los dirigentes de

los

Partidos:

Revolucionario

Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática, el domingo 2 de diciembre de 2012, donde se estableció el Acuerdo

para

Democrática,

la

Gobernabilidad

en el que destaca: “La

pluralidad del país es una realidad innegable derivada de un proceso largo e inacabado de transición democrática. Esta pluralidad muestra

Lo

alcanzar acuerdos mediante el diálogo y la negociación institucional para que todas las fuerzas políticas se responsabilicen de la conducción del país y de sus problemas. Es necesario impulsar reformas que hagan más funcional el régimen político para darle gobernabilidad al país, ampliando y mejorando *

Abogado postulante. Asesor en la Comisión de Justicia de la LIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Vocal de Organización Electoral del IV Distrito Electoral Federal. Articulista. Productor y Coordinador de Programación y Promoción de Radio Televisión de Guanajuato.

no

es

un

simple

enunciado, ya que en la realidad avanzan los acuerdos del Pacto por México. El día 13 de agosto de 2013 quedaron instaladas siete mesas de trabajo para la constitución de una Reforma Político-Electoral. Al tema que analizará la conveniencia de la autoridad nacional electoral y la legislación electoral única le corresponde la cuarta mesa de trabajo.

que ninguna fuerza política puede gobernar en solitario, por lo que resulta indispensable

anterior

A

pesar

de

la

existencia

dificultades y discrepancias en temas torales entre las diversas fuerzas políticas, económicas,

sociales

y culturales,

el

ambiente actual se caracteriza por la responsabilidad de los actores políticos del Pacto

por

México,

que,

sin

duda,

culminará en acuerdos benéficos para el país

sin

condiciones

ni

obstáculos.

Mención especial de las mesas de trabajo radica en el impulso decidido a la formación de una cultura política, de

.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

de

22

Instituto Nacional Electoral

legalidad

y

legitimidad

del

sistema

electoral mexicano.

relacionadas con la democracia moderna y, por tanto, relacionando la orientación de

Por encima de los problemas y de las

doctrinas con la exigencia de cambios,

dificultades, y al margen de la polémica

cambios que desconciertan por su rapidez

política

y sus inesperados resultados.

consustancial

existe

suficiente

grandeza histórica para poder suscitar el

Democracia y derecho electoral son

más amplio consenso posible de las

conceptos que en nuestro tiempo corren

fuerzas

parejos y se implican recíprocamente. Si

políticas

y

de

la

sociedad

mexicana.

en un principio la regla de la mayoría,

En cada una de las mesas de trabajo

postulado esencial de la democracia, se

nombró

del

pudo implantar sin mayores dificultades,

gobierno federal y a seis legisladores, dos

cuando el universo político se ensancha y

de cada partido político.

se fortalecen las instituciones, el asunto se

se

Después

a

un

del

representante

estudio,

análisis

y

torna más complejo. Era posible antaño la

propuestas, en las mesas de trabajo, a los

democracia directa con relativa facilidad,

integrantes del Congreso del Congreso de

ahora sólo por excepción y en situaciones

la Unión

muy particulares. La democracia es ahora

corresponderá asumir

las

decisiones definitivas.

representativa, misma que requiere de la

Una empresa de esta envergadura merece obtener desde luego, un apoyo

indispensable

presencia

del

derecho

electoral para su cabal cumplimiento.

generalizado, que es, como nos muestra la

El derecho electoral tiene como misión

experiencia de otros países, la vía más

básica organizar y garantizar la elección

segura para que logre un éxito duradero.

de los gobernantes, esto es, instalar las

Inmediatamente

aparecen

los

que,

en términos técnicos,

sondeos, dirigidos a quienes integran la

instituciones

cuarta mesa de trabajo: ¿La democracia

efecto, esta disciplina ha ido estructurando

necesita perfeccionarse?

un conjunto de mecanismos y de reglas

Para

ubicar

mejor

el

tema

del

presente trabajo, queremos reflexionar con ustedes

sobre

algunas

representativas.

llamamos Para

procesales, cuya legitimidad y eficacia depende del consenso general.

cuestiones

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

tal

23

Instituto Nacional Electoral

Significa todo ello que el derecho electoral no es, ni puede ser, entelequia,

eso la democracia es dinámica y las dictaduras son regímenes sin alternancia.

utopía; precisa verificarse en los hechos,

Es la Constitución en México, símbolo

en elecciones libres y competidas, donde

de

los ciudadanos y los partidos políticos

nacional.

constituyen actores imprescindibles. Es así

instituciones merced, en buena medida, a

comprensible porqué la democracia y el

la poderosa influencia que el texto de 1917

derecho

electoral

han

ha ejercido desde su origen, cuando

manera

gradual,

pero

avanzado con

de

efectos

generosos para los pueblos del orbe.

estabilidad

rompió

política

Somos

moldes

y

un

de

unidad

pueblo

ortodoxos

de

para

el

constitucionalismo de la época. El reto de

Como ha sucedido en otras latitudes,

mantenerla como norma programática, es

en México el derecho electoral ha sido

principio de acción y punto de confluencia

objeto de vivo y apasionado interés en los

de la ciudadanía en general.1

últimos

años,

provocado

Es menester subrayar lo conveniente

importantes reformas constitucionales y

que debe ser para el país operar la

legislativas

Reforma Político-Electoral, a través del

que

habiéndose

han

enriquecido

de

manera notable nuestro sistema político. Así, los partidos políticos se han

Pacto

por

México,

desde

la

propia

Constitución.

institucionalizado jurídicamente; durante

El derecho electoral es un instrumento

tanto tiempo relegados, han dejado ser

de garantía de la democracia, esto es, una

parte de la Constitución viviente y se han

técnica jurídica mediante la cual se

incorporado a la Constitución escrita;

pretende

gozan ahora de un conjunto de derechos y

otorgamiento de la representación popular.

garantías que luchan por hacer respetar.

En

asegurar

nuestro

la

país,

certeza

en

lograda

el

la

El derrotero hacia la modernización

independencia política, se han sucedido

del derecho electoral mexicano aún no

las disposiciones legales, alternando con

concluye, porque para un régimen que

los movimientos armados, para llegar al

aspira a ser cada vez más democrático, la

poder político.

transformación debe ser constante. Por

1

Varios autores. Apuntes de Derecho Electoral. Una contribución institucional para el conocimiento de la Ley como Valor de la Democracia. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. México, 2000.

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Apuntes Legislativos 77

24

Instituto Nacional Electoral

Surge otra interrogante: ¿A qué clase o tipo de Código Electoral se aspira?

marco general, dentro del cual cada norma ha tenido el significado impreso por el

Es en las últimas décadas en que por

sistema legal al que ha pertenecido.2

ventura han cesado las asonadas y los

El Código Federal de Instituciones y

levantamientos militares, que han sido

Procedimientos Electorales fue publicado

narrados

por

originalmente en el Diario Oficial de la

historiadores y politólogos que nos releva

Federación el 15 de agosto de 1990; no

de tratarlos aquí.

había pasado la primera prueba y fue

de

manera

exhaustiva

El enfoque central de este trabajo es analizar

cuales

deberán

ser

reformado por primera vez el 21 de

las

diciembre de 1990; pasa la primera prueba

disposiciones legales que coadyuven a

en las elecciones federales del 18 de

suplir al Código Federal de Instituciones y

agosto de 1991.

Procedimientos Electorales y al Tribunal Electoral

del

Poder

Judicial

de

la

Federación, vigentes actualmente.

Después

vino

una

sucesión

impresionante de reformas, hasta la última actualización, publicada el 17 de abril de

La expedición del Código Electoral de

2009. Llama la atención que en la

Instituciones y Procedimientos Electorales

publicación del 15 de agosto de 1990, del

fue un paso trascendente en la marcha

ordenamiento

evolutiva de la legislación electoral en

aparece una exposición de motivos, o,

nuestro país.

como ha dado en titularse una explicación

Cada

ley

electoral

mexicana

electoral,

en

cita,

no

ha

de motivos. Únicamente se encuentra una

respondido a las exigencias democráticas

Presentación, suscrita por el titular de la

de su tiempo y de una sociedad en

Secretaría de Gobernación, como un

proceso de desarrollo. Las disposiciones

prefacio

que las han compuesto no tienen vida

constitucionales y al texto del Código

aislada. Han formado parte de un todo.

Federal de Instituciones y Procedimientos

Cada ordenamiento político electoral, de

Electorales.

al

Decreto

de

reformas

rango constitucional o derivado de los principios constitucionales que le han dado base y sustento, ha creado su propio

2

Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales comentado. IFE, México 1991.

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Apuntes Legislativos 77

25

Instituto Nacional Electoral

Sin

embargo,

la

mencionada

sustanciales, por una parte; y las normas

exposición de motivos no se encuentra en

instrumentales, adjetivas o procesales, por

ese texto, lo que puede orillar a que en

otra.

determinadas hipótesis no pueda acudirse

Sabido es que el derecho objetivo es

a la interpretación auténtica, entendida

un sistema que pertenece al mundo del

como el jus-filósofo de mayor alcurnia

deber ser, y que las reglas materiales

intelectual

García

ventilan la lid de intereses jurídicos en

Máynez, quien declara que es la que

forma inmediata y directa mediante una

realiza el mismo legislador, con el sentido

fórmula abstracta.

de

habla

hispana,

de fijar el sentido de las leyes que ha

Así, el Código Civil o Penal, que

dictado. Se la da también el nombre de

contienen preceptos que imponen deberes

interpretación legislativa. En el caso de

y

una normativa que abroga a otra en un

ejemplo, el comprador debe pagar, en un

lapso de menos de cinco años, es

contrato de compraventa, un precio cierto

indudable que surjan dudas sobre el

y en dinero, creando una relación en la

animó

al

legislador

derechos,

previene,

por

al

que se otorga un crédito a favor del

modificar algún precepto, al introducir

vendedor, y una condición de sujeción al

“espíritu”

que

confieren

alguno nuevo, o al suprimir el anterior.

3

comprador consiste en el pago. En esta

En el caso del Código Electoral de

forma se previene y está resuelta la

Instituciones y Procedimientos Electorales,

hipotética confrontación de intereses de

del 15 de agosto de 1990, un auxiliar de

manera que se configura el supuesto

gran ayuda para seguir una buena técnica

jurídico

jurídica hubiera consistido en la exposición

Circunstancia que nos lleva a pensar que

de motivos.

en la vida real esta solución ha de darse

Con

un

espíritu

carácter

sustancial.

atrevimiento,

por millones, en la mayoría generalizada

hemos intentado comprender, a través de

de las compraventas. Si ocurriese lo

una

contrario,

comparación,

la

de

de

diversa

función

componedora de las reglas materiales o

no

se

darían

abasto

los

tribunales de este abrumado orbe. Hay, sin duda alguna, también un

3

García Máynez, Eduardo, Introducción al estudio del derecho. Porrúa, México, 1966.

número importante de casos en que no se

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

26

Instituto Nacional Electoral

cumple, en que se viola, en que no se

derecho mismo en su plenitud y su

acata la disposición legal, sustantiva,

cabalidad. 4

material

o

primaria

(primaria

en

su

También les preguntamos: ¿Crearán

aplicación) al aparecer la vinculación

una nueva legislación electoral o se

jurídica. Representaría la primera defensa

reformará simplemente al actual Código

jurídica para mantener el orden y la paz

Electoral?

sociales.

Entendida en estos términos, es de

Ante

estas

circunstancias

de

aplicarse al tronco común del derecho

incumplimiento fáctico, el régimen legal no

electoral,

puede permitir

que el quebrantamiento

electoral material, sustancial o primario, y

persista y lleve a la inestabilidad y al caos

derecho electoral instrumental, adjetivo,

de las personas entre quienes rige. Por

procesal o secundario, a pesar de que no

eso, decimos nosotros, ha estructurado

haya entre ese binomio una separación

una norma procesal adjetiva, instrumental

legislativa mas o menos marcada, tal

o

como opera en otras áreas jurídicas, a

secundaria

cronológico

(en de

cuanto su

al

orden

división

entre

derecho

la

semejanza de cómo ocurre, por ejemplo,

impostergable

e

en

aparato

al

administrativa, sino que la mayor parte,

reglamentar de manera concreta, justa y

por no hablar de la totalidad de los

pacífica,

manera

numerosos catálogos legales electorales

inmediata e indirecta, pero, eso sí, los

nuestros, han contenido una composición

conflictos que no pudo componer en

mixta,

primer término la regla material.

sustantivas y adjetivas, cuando no, con el

característica irrenunciable

para

del

aplicación)

la

solucionar

jurídico,

de

No en balde es valedera aquella

las

materias

un

civil,

entrecruce

penal

de

o

normas

agregado de preceptos orgánicos, creando

afirmación equilibrada, a la vez que

cuerpos

administrativos

rotunda, de Piero Calamandrei, uno de los

jurisdiccionales electorales.

y

órganos

gigantes del procesalismo italiano, de que el eficaz cumplimiento de la sentencia judicial supone el acatamiento y la base última del respeto a la tarea social del

4

Arellano García, Carlos, Las grandes divisiones del derecho. Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM, México, 2004.

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Apuntes Legislativos 77

27

Instituto Nacional Electoral

En el Código Federal de Instituciones

La competencia del Instituto Federal

y Procedimientos Electorales –que ya

Electoral es el desarrollo de la función

desde el nombre mezcla lo orgánico con lo

estatal de organizar las elecciones y de

procesal-,

El

manera adicional a este ámbito realiza

artículo 2 señala: “Para el desempeño de sus

otras tareas. La intervención del Tribunal

funciones

Electoral

tenemos

las

dicha

mixtura.

autoridades

electorales

del

Poder

Judicial

de

la

establecidas por la Constitución y este Código,

Federación lo constituye como máxima

contarán con el apoyo y colaboración de las

autoridad jurisdiccional en la materia.

autoridades federales, estatales y municipales.”

La función de la Cámara de Diputados

La colaboración y apoyo de las

se reduce a la expedición del Bando

instancias gubernamentales de nuestro

Solemne

país, en los niveles federal, estatal y

Constitucional,

municipal,

convocatoria

tiene

como

base

la

que

declara al

al

Presidente

lanzamiento

para

de

elecciones

obligatoriedad de las funciones electorales

extraordinarias y a la integración del

establecida

Instituto

en

Constitución

el

artículo

Política

de



los

de

la

Estados

las

participación

integran.

relacionarse

directamente con las mismas. Estimamos

fracciones

parlamentarias

que

lo

El ejercicio de la ley electoral no es exclusivo de las autoridades electorales

Código Electoral debería estar en una ley

representadas por el Instituto Federal

orgánica,

de

Electoral y el Tribunal Electoral del Poder

Tribunales del fuero común o en la del

Judicial de la Federación, como tampoco

Poder Judicial de la Federación.

lo es de las autoridades distintas de las

En

su

esta

mediante

del

como

que

Electoral

propuestas para puestos de cada una de

Unidos Mexicanos, por lo que dicha debe

Federal

sucede

artículo

3,

norma

en

las

dispone:

“La

aplicación de las normas de este Código

electorales que pueden actuar en auxilio de éstas. La

corresponde al Instituto Federal Electoral, al

aplicación

de

las

normas

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la

electorales en la jornada de la elección

Federación y a la Cámara de Diputados, en sus

está en manos de ciudadanos que por

respectivos ámbitos de competencia.”

virtud el proceso de insaculación son

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

28

Instituto Nacional Electoral

escogidos para actuar como funcionarios

ciudadano que se ejerce para integrar los

en las casillas representando a toda la

órganos del Estado de elección popular.”

ciudadanía. Esta circunstancia le otorga a

Se trata, indudablemente, de una

la ley electoral una naturaleza que la

regla

distingue del resto de la legislación.

apuntamos

La

Constitución

establece

sustantiva

o

sus

material,

según

características

líneas

anteriores.

excepciones para que otros órganos del

Adelantándonos un tanto al avance

Estado conozcan la materia electoral. En

progresivo que a la larga tenga la

virtud del mandato de los artículos 99 y

Legislación Electoral Única en nuestra

105 de la Constitución Política de los

Nación, que se analiza en la cuarta mesa

Estados Unidos Mexicanos, la Suprema

de

Corte de Justicia de la Nación, en su

Político-Electoral, de los actores del Pacto

carácter

la

por México, es conveniente separar las

República, conoce de las acciones de

tres categorías de normas en la regulación

inconstitucionalidad en este ramo del

futura para acceder a los cargos de

derecho. La Suprema Corte de Justicia, en

elección popular, según lo asentado en el

términos del citado artículo 99, resuelve

presente trabajo, uno, en un catálogo de

las

normas

de

máximo

contradicciones

Tribunal

de

de

tesis

de

trabajo

que

impulsa

materiales;

la

otro

Reforma

de

reglas

jurisprudencia que se presenten con el

procesales, y, por último una ley orgánica

Tribunal Electoral.

donde se establezca la estructura y la

Al señalar al Tribunal Electoral de la Federación, materia

órgano

electoral,

el

jurisdiccional artículo

3,

competencia

de

los

órganos

en

jurisdiccionales o no, que conozcan y den

en

arreglo a los conflictos de leyes en el área

referencia, nos obliga a considerarlo de

electoral. 5

carácter adjetivo o procesal. En el capítulo primero del título

La

sociedad

inquiere:

¿También

escucharán la voz del pueblo?

segundo, del Código Electoral, en el artículo 4.1 vemos: “Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación del

5

Flores García, Fernando, El derecho electoral mexicano. Memoria del II Congreso Internacional de Derecho Electoral, H. Cámara de Diputados, LV Legislatura. Instituto Federal Electoral-Tribunal Federal ElectoralInstituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1993.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

29

Instituto Nacional Electoral

Antes de referirnos a los códigos y

Durante la prolongada lucha por la

tribunales electorales que rigen la vida

independencia iniciada por Miguel Hidalgo

política del país, es conveniente repasar

y Costilla el 16 de septiembre de 1810, las

nuestros antecedentes históricos.

actitudes y filiaciones de esos grupos

Las líneas maestras de la estructura

sociales

experimentaron

cambios

social de México a principios del siglo XIX

importantes. Hidalgo inició un movimiento

son bastantes claras. Un grupo poco

que pronto se convirtió en guerra de

numeroso de españoles o gachupines se

clases

encontraban en

la pirámide social,

depauperados dieron rienda suelta al odio

disfrutando de todas las ventajas de la

y a la envidia que sentían hacia las clases

riqueza y la posición social que el régimen

privilegiadas y que durante mucho tiempo

colonial les había proporcionado. Seguían

habían reprimido en un desesperado

los criollos, cuya exclusión de los altos

intento de mejorar sus condiciones.

cargos, los colocaba en condición de ciudadanos

de

segunda

la

que

los

campesinos

Los criollos favorecieron la idea de

con

independencia, pero sólo en tanto que

respecto de los españoles, los más

ésta implicaba la liberación política del

ocupaban puestos inferiores de tenderos,

dominio de la Madre Patria. Ellos velaban

artesanos,

por los intereses de su propia clase, no por

pequeños

clase

en

propietarios

y

comerciantes de poca monta. Los destacaban

los de las masas, y su aspiración común

criollos

más

importantes

era sustituir a los gachupines como élite

en

las

profesiones

gobernante.

No estaban dispuestos a

eclesiástica, militar, jurídica y docente.

acoger ningún cambio revolucionario en la

Después

estructura existente en el país con el que

resentidos

figuraban por

la

los

mestizos,

pobreza

y

la

discriminación social. Al final, la población

pudiese disputárseles desde abajo su posición.

indígena que formaba la masa del pueblo,

En

consecuencia,

el

movimiento

arrastrando una existencia despreciable y

esencialmente popular de Hidalgo se vio

pasiva en la que el cambio era raro y quizá

frustrado ante el obstáculo que suponía la

en cierto modo no se deseaba.

fuerza

combinada

gachupines.

Las

de

criollos

ambiciones

políticas

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

y

30

Instituto Nacional Electoral

abandonadas

temporalmente

por

los

criollos ante la revolución de Hidalgo se

españoles. Los criollos eran reconocidos como iturbidistas.

habían despertado y no podían aquietarse.

A ellos se oponían los partidarios de

Agustín de Iturbide, y las opulentas

los Borbones, que se adhirieron al Plan de

clases

privilegiadas

que

Iguala, en que se prometía una monarquía

haberse

encabezada por un príncipe de la Casa de

opuesto vigorosamente a los insurgentes,

Borbón. Luego estaban los republicanos,

veían ahora la oportunidad, que los

con

acontecimientos de la península creaban,

sociales,

de alcanzar la emancipación política.

representando a los criollos. La libertad de

representaba,

La

después

independencia

a

las de

que

miembros

de

todas

pero

las

que

clases

acabaron

ellos

prensa y del individuo, la igualdad ante la

elaboraban hábilmente era un compromiso

ley, el Gobierno representativo, la división

basado en el presupuesto de que la

de los poderes ejecutivo, legislativo y

estructura social y económica del país

judicial eran principios compartidos por

permanecería inalterada. En lo futuro,

todos ellos.

criollos y gachupines serían iguales, y en

Los republicanos tenían diferencias de

cuanto a los insurgentes de Hidalgo, el

opinión, relativas principalmente al papel a

“status quo” prevalecería.

desempeñar por el Gobierno Nacional.

Así el Plan de Iguala de Iturbide,

Algunos eran partidarios de un sistema

publicado el 24 de febrero de 1821, y sus

similar al de los Estados Unidos, en el que

tres garantías de Independencia, Unión y

los estados soberanos y libres pudiesen

Religión, estaban ideados para satisfacer

desenvolverse

los objetivos inmediatos y apaciguar los

necesidades

temores de gachupines y criollos.

regionales.

Varios grupos surgieron entre los años

Otros

de y

acuerdo

recursos

preferían

un

a

sus

locales

y

sistema

1821 y 1824. Iturbide, que contaba con el

centralizado en el que el poder del

apoyo popular como héroe victorioso, se

Gobierno de la capital fuese supremo y

granjeó también la lealtad de la antigua

actuase no como fuerza reguladora, sino

nobleza, el clero y el ejército, incluidos los

como impulso que emanase del centro a la periferia del país.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

31

Instituto Nacional Electoral

El Congreso constitucional previsto en

Constituyente (2 de noviembre de 1822 al

el Plan de Iguala y en el Tratado de

6 de marzo de 1823), compuesta de uno a

Córdoba se instaló el 24 de febrero de

dos de los antiguos diputados por cada

1822, los diputados que lo formaron eran

una de las provincias. El mismo designó a

en su mayoría republicanos y partidarios

los representantes que había de formar

de los Borbones. Los conflictos entre los

parte

poderes legislativo y ejecutivo se pusieron

asegurándose de este modo una mayoría

de manifiesto inmediatamente, y en las

de sus propios partidarios.

semanas siguientes fueron introducidas

de

la

nueva

corporación,

El Plan de Casa Mata, publicado el 1

medidas secundarias, pero significativas,

de

en un intento de reducir el papel de

fundamentalmente el fin del imperio, la

Iturbide. El Gobierno español rechazó el

convocatoria de un nuevo Congreso que

Plan de Iguala y el Tratado de Córdoba y

decidiese la forma de gobierno, y la

se negó la posibilidad de una monarquía

elección para el mismo de diputados

borbónica. Los iturbidistas quedaban así

conocidos por sus ideales liberales. La

libres para promover la candidatura de su

abdicación de Iturbide se produjo el 20 de

jefe.

marzo de 1823.

A las diez de la noche del 16 de

febrero

de

1823,

contemplaba

mayo de 1822 tuvo lugar el episodio de la

Después de la abdicación de Iturbide,

ascensión de Iturbide a la realeza. Las

el cuidado de los asuntos de Gobierno

guarniciones

proclamaron

recayó en un poder ejecutivo temporal,

emperador Agustín I. Ante el clamor de la

elegido el 31 de marzo de 1823 y formado

plebe, y los evidentes deseos del ejército,

por Guadalupe Victoria, Nicolás Bravo y

los diputados que asistieron a la sesión

Pedro Celestino Negrete.

militares

le

extraordinaria no tenían otra alternativa

La elección de estos tres hombres

que aprobar el nombramiento. Aunque

reflejaba la estructura social y política.

ahora estaba en condiciones de atribuirse

Victoria, famoso jefe rebelde,, mestizo que

una autoridad más dominante, Iturbide,

representaba la postura de los criollos. En

optó por mantener la división teórica de los

lo

poderes ejecutivo y legislativo. Clausuró el

primero hacia el centralismo, pero en

Congreso, y estableció una Junta Nacional

trance

político,

de

era

republicano,

cambiar

sus

inclinado

ideas

y de

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

32

Instituto Nacional Electoral

convertirse pronto en jefe titular de los

Continúa la indagación: ¿Fue un

federalistas. Bravo era criollo, centralista.

acierto o un fracaso la ciudadanización de

Negrete era español y partidario del

los órganos electorales?

sistema centralista.

Durante largo tiempo la sociedad y los

El nuevo Congreso constituyente fue

ciudadanos estuvieron excluidos de las

elegido y se reunió en la capital el 21 de

decisiones en cuanto al poder público. Sin

octubre de 1823, comenzando sus tareas

ser una dictadura, salvo el periodo del

el 7 de noviembre de aquel año. Tras

porfiriato, México se caracterizó por rasgos

varios meses de debate y argumentación,

que hacían cada vez más autoritario su

finalmente, el 4 de octubre de 1824, los

sistema político. La ley y la realidad

legisladores

difícilmente

presentaron

la

primera

coincidían;

el

artículo

39

Constitución de la Nación. Su verdadera

constitucional, casi textual al espíritu de

importancia

Apatzingán,

reside

en

haber

abierto

camino al cambio. Es

dice:

“La soberanía reside

esencial y originariamente en el pueblo. Todo la

poder público dimana del pueblo y se instituye

inmensa mayoría de los seis o siete

para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo

millones de esa época eran analfabetos.

tiempo el inalienable derecho de alterar o

Es probable que menos de un cinco por

modificar la forma de su gobierno.”

ciento

importante

de

la

recordarse

población

que

estuviese

Pese

a

la

orientación

de

este

interesado en temas como federalismo,

precepto, en México el ciudadano ha

centralismo, monarquía o república, o

influido poco en las tareas políticas. En

fuese capaz de comprenderlos. Su vida

fechas recientes ha tomado el papel más

diaria era igual que en la Colonia. La

activo debido, entre otras razones, a la

característica más sobresaliente de los

crisis de legitimidad que cubrió con una

años que van del 1821 a 1824, es la falta

sombra el sistema de manera contundente

de participación de la mayoría de la

a partir de las elecciones de 1988. Para

población en los acontecimientos políticos

entonces comenzó a vislumbrarse

que sucedían en torno.6

necesidad de que los órganos electorales

la

debían ciudadanizarse; es decir, actuar 6

Costeloe, Michael P. La primera república federal de México. (1824-1835). Fondo de Cultura Económica, México, 1996.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

33

Instituto Nacional Electoral

con autonomía de las autoridades y con

incluso introducir la idea de una voluntad

independencia de los partidos políticos.

democratizadora.

El Partido Revolucionario Institucional

El movimiento urbano popular fue el

se configuró en partido hegemónico desde

que primero se articuló para resolver los

1946, procedente del Partido Nacional

enormes problemas de vivienda que los

Revolucionario en 1929, y del Partido de la

desastres dejaron, para posteriormente

Revolución Mexicana en 1938.

ampliarse

Hubo

escasos

contendientes

que

y

mostrar

su

capacidad

organizativa a otras formas de asociación.

tuvieran la capacidad de competir por la

Surgen

las

Organizaciones

hegemonía, lo cual se convirtió en algo

Gubernamentales

impensable en los años dorados del

precisamente

priísmo, entre 1946 y 1968. La madurez

Gobierno.

que

restarle

No buscan

espacios

al

del sistema de partidos llegó después de

Otorgan prioridad a la defensa de los

la irrupción del ciudadano que salía del

derechos de los ciudadanos en la medida

letargo de muchos años, de un sueño

que el autoritarismo se expresó muchas

apenas

veces en el sistema de la impartición de

interrumpido

importantes

por

manifestaciones

principalmente obreristas

serias

e

sociales,

justicia.

en diferentes

En

momentos del siglo pasado.

México

diferentes

se

formas

han de

configurado participación

El parto aconteció después de los

ciudadana, gestión de obras y servicios

sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985,

públicos, y a la protesta social, en los

y es que los ciudadanos arrebataron al

últimos

poder

cuestión electoral una de sus expresiones

público

su

capacidad

de

discernimiento, perdido por la tardanza

capacidad

de

los

ciudadanos

encontrado

en

la

La ciudadanización de los órganos electorales

Lo que entonces se demostró fue la

han

más interesantes.

para tomar las medidas más adecuadas frente a la tragedia.

años

generación

no

fue

producto

espontánea,

el

de

una

problema

para

quedó abierto desde la reforma política de

organizarse de manera espontánea e

1977 cuando la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LOPPE)

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

34

Instituto Nacional Electoral

creó la Comisión Electoral Federal (CFE)

de los legisladores y del gobierno, que

con una secretaría propia y permitió la

desde

presencia de todos los partidos políticos

absoluto de ese partido.

luego

afianzaban

el

control

en igualdad de condiciones. Integraban

Las dificultades que surgieron con las

esa Comisión un representante de la

elecciones presidenciales de 1988, debido

Cámara de Diputados, uno de la de

en gran parte a esa composición en que

Senadores y uno por cada partido político

era imposible limitar mínimamente el

con

notario

dominio del partido oficial, dieron la pauta

público. Como parte fundamental de esa

para avanzar en la reforma política. Se

estructura, se encontraba el Secretario de

asomaron al mismo tiempo tres rostros: el

Gobernación, garante del poder y del PRI

de la continuidad, el de la regresión del

como el partido del Estado.

“México bronco” y el de los cambios y los

registro,

además

de

un

Un paso importante, pero aun habrían

tránsitos de un futuro incierto.

de surgir otras reformas para limitar la

En realidad se trataba del problema

presencia del gobierno involucrado en una

de la legitimidad cuestionada debido a la

tarea que se concebía como imparcial y

incredulidad social sobre los resultados de

destinada a la equidad en la competencia

ese año, factor de discordia entre el PRI,

electoral. El problema no era fácilmente

el PAN y el Frente Democrático Nacional.

corregible porque dicha reforma surgió

El problema tuvo su origen, porque los

precisamente después de la elección de

votos en México no se cuentan: se

1976, cuando no hubo la competencia que

discuten, se negocian, se trasmutan, se

en otras elecciones se adelantó para dar

proclaman, se inventan y se destruyen.

oportunidad al sistema político de mostrar

Esto quedaba claramente expresado en el

su apariencia democrática. La reforma

hecho que correspondía al Congreso

electoral de 1986, significó un retroceso

calificar

respecto de la de 1977 porque debido a la

ocasiones significaba suplir los resultados

representación partidaria proporcional al

arrojados por las urnas.

las

elecciones,

lo

que

en

voto de los partidos, otorgó al PRI 16

Las tensiones que entonces surgieron

puestos en el órgano electoral, además de

para calificar las elecciones se debieron,

los lugares que adquirió con la presencia

en parte, al peso de la representación del

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

35

Instituto Nacional Electoral

PRI y, por tanto, del gobierno en la

pero compuesta por representantes del

Comisión Federal Electoral (CFE), por lo

PRI, PAN y PRD, y por seis consejeros

que cada vez se hacía imperioso un

ciudadanos como la nueva figura de la

cambio que estuviera de acuerdo con la

imparcialidad en las elecciones, aparecen

nueva cultura política que se gestaba.

como un factor determinante para la

En el marco de la intermitente reforma

garantía

e

imparcialidad

del

órgano

política, expediente todavía abierto, se

electoral, que se venía buscando desde

creó dos años después, el 15 de agosto

hacía tiempo.

de

1990,

el

Código

Federal

de

En la reforma de agosto de 1996, el

Instituciones y Procedimientos Electorales

Secretario

(COFIPE), fundamentado en una diferente

definitivamente

concepción del organismo destinado a

ciudadanización se instituye.

realizar los procesos electorales.

de

Gobernación y

Prevaleció,

No sería más una instancia subsidiaria

el

no

sale

proceso

de

obstante,

la

participación de los partidos políticos para

de la Secretaría de Gobernación, según la

la

Constitución,

electorales y las candidaturas fueron y han

sino

un

organismo

postulación

de

los

autónomo, con personalidad y patrimonio

sido

propios,

la

establecieron cuotas de acuerdo con la

imparcialidad. De esa forma nació el

fortaleza electoral que cada partido se

Instituto Federal Electoral (IFE) para, de

instituyó. Los partidos políticos tienen el

acuerdo con el precepto del nuevo artículo

derecho y la obligación de participar en los

41 constitucional, “organizar las elecciones es

procesos electorales, pero, pese a las

una función estatal a cargo de los poderes

nuevas disposiciones, los ciudadanos que

Legislativo y Ejecutivo de la Unión con la

asumieron

participación y responsabilidad de los partidos

electorales fueron el producto de la

políticos y los ciudadanos.”

negociación

dispuesto

a

garantizar

Es hasta la reforma de julio de 1994 cuando

se

establece

la

primera

el

e

cargo

entre

incluso

de

los

se

consejeros

partidos

y

pública. Lo

mismo

ha

ocurrido

con

el

nombramiento por el Consejo General del

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

el

gobierno, esto ha trascendido a la opinión

ciudadanización aun con el Secretario de Gobernación, encabezando la Dirección,

consensuadas,

consejeros

36

Instituto Nacional Electoral

IFE de los Consejos Locales. El Consejo

consecuencia de la legitimidad que se

General norma su criterio con base en las

construye.

opiniones de los partidos políticos y

El Consejo General del IFE pone así

organizaciones con presencia local. Los

en

nombramientos de los Consejos Distritales

ciudadanización

han seguido la misma estrategia.

demostrado en las últimas elecciones,

La ciudadanización es un hecho que ha comenzado a tener una relevancia que

entredicho

puede

fracasar

la

idea

que,

ante

de

como

el

se

riesgo

la ha

de

involucrarse en la vida partidaria.

se expresa en diferentes manifestaciones

El escenario en los Estados de la

de la política y hay al menos dos

República se reproduce con los Institutos

versiones:

Electorales

suficiente

aquella la

que

considera

ciudadanización

Tribunales

Electorales

los

Estatales, los gobernantes influyen en su

órganos electorales, y la que apuesta por

conformación, por afinidad ideológica o

una

pago de cuotas. 8

ciudadanización

mayores

que

de

y

con

permita

alcances

incidir

en

las

acciones de gobierno.

Brota otra interrogación: ¿Es posible crear una legislación electoral única y una

El IFE ha sido tocado por el descrédito

autoridad nacional electoral?

creciente del sistema político mexicano

Por lo anterior, crear una legislación

que ha implantado la cultura de la

electoral única no sería imposible, ya que

desconfianza.

en la práctica cuando hay elecciones

Está vinculado con la difícil situación por

la

cual

del

través de los convenios de participación

la

entre el IFE y los Institutos Electorales

individualidad donde cada persona es una

Estatales se aplican las disposiciones

intención diferente, actitud de la cual no

electorales federales. En relación a crear

escapan los partidos políticos, como se ha

una

neoliberalismo

atraviesa

el

que

reforzado

ha

país,

concurrentes federales y estatales, a

autoridad

electoral

de

carácter

demostrado en su insistencia de influir en las decisiones del órgano electoral por la vía de consejeros afines, que se traduce en la pérdida de neutralidad y, en

8

Martínez Assad, Carlos. El IFE y la ciudadanización de la política. Revista El País, México, 1997.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

37

Instituto Nacional Electoral

nacional, estimamos que merece ser analizado en diversas facetas.

2006 nos mostraron la parte negativa de la

Las elecciones de 1988 fueron el detonante

para

desconfiar

Sin embargo, las elecciones de 2000 y

de

la

legitimidad de los colegios electorales y, a

justicia electoral, de la insensibilidad de los encargados de organizar y dar certeza al voto popular.

su vez, en la prepotente fórmula de la

En el año 2000, los partidos PRI y

“decisión por mayoría”, Se había agotado el

PAN comprobaron que violar la ley era

modelo político de la autocalificación.

peccata minuta. Ni el “pemexgate” ni las

Sin duda, las elecciones de 1988

trasgresiones de “Los amigos de Fox”,

sirven para hacer evidente la necesidad de

impactaron

judicializar la solución de los conflictos

representación política. Ambos partidos

político-electorales.

sólo pagaron multas, pero no perdieron ni

Consecuencia de ello es el COFIPE

en

el

espacio

de

la

poder ni el registro partidario.

de 15 de agosto de 1990. Se dispone que

En el 2006, al PAN le resultó barato

el Código establezca un sistema de

quebrantar la ley, ni siquiera un regaño al

medios

los que

presidente de la República, que con su

conozca el IFE y un tribunal autónomo, en

intervención afectó el proceso de ese año.

cuanto órgano jurisdiccional en materia

Pero “no de manera determinante”, como lo

electoral, el llamado Tribunal

dijo el Tribunal Electoral del Poder Judicial

de

impugnación

de

Federal

de la Federación.9

Electoral (TRIFE). Con la reforma político-electoral de

En alusión directa al tema de crear

1996 se incorporó el Tribunal Federal

una

Electoral

la

nacional, nos permitimos destacar que el

Federación como órgano especializado del

IFE con sus 32 Consejos Locales y 300

mismo.

Consejos Distritales sí puede organizar las

al

Poder

Judicial

de

Las elecciones federales de 1997 y

autoridad

elecciones

electoral

federales,

de

carácter

estatales

y

las elecciones locales en la República

municipales. Si se pretende establecer un

hasta el año 2000, son ejemplos de que la

auténtico

judicialización de los comicios fue una decisión acertada.

federalismo,

lo

lógico

9

Arreola Ayala, Álvaro. La justicia electoral en México. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, México, 2007.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

es

38

Instituto Nacional Electoral

desaparecer al IFE. Esto nadie lo ha

esto, sólo puede obtenerse dentro de una

propuesto. Un Instituto Electoral Nacional

formación ética, que es tanto como decir

sería un dique a los controles de los

una vocación de servicio con sentido

gobernantes estatales, de cualquier color.

humanista.

Únicamente habría que implementar una

Abordar el tema de la responsabilidad

fórmula para designar a los consejeros

ética de los impartidores de justicia en el

electorales,

derecho

para

evitar

partidizar

al

mexicano,

es

acercarnos

al

Instituto. Los integrantes de los órganos

universo existente en la Constitución

jurisdiccionales electorales podrían ser

Política de los Estados Unidos Mexicanos.

propuestos por la Suprema Corte de

En nuestra Carta Magna resaltan las

Justicia de la Nación; por los Tribunales de

responsabilidades de los impartidores de

Justicia de cada Estado de la República;

justicia:

por las Facultades de Derecho de todas

administrativa y la civil.

la

política;

la

penal;

la

las Universidades; por los Colegios y

La primera se establece en los

Barras de Abogados; por Organizaciones

artículos 109, fracción I, 110 y 114

No Gubernamentales.

constitucionales. Son sujeto los altos

A manera de consulta: ¿Cuál debe ser el perfil del nuevo juzgador electoral? En los últimos años del siglo pasado,

titulares el servicio público federal, entre los que se encuentran los Ministros de la Suprema

Corte,

los

magistrados

de

el tema de la ética judicial ha merecido la

Circuito y Jueces de Distrito….y los

atención de los estudiosos del Derecho,

Magistrados del Tribunal Electoral. Esta

como consecuencia de la más notoria

responsabilidad se aplica por violaciones

significación que el oficio de juez ha

graves a la Constitución federal, a las

alcanzado en las sociedades modernas,

leyes federales y por el manejo indebido

en especial dentro de aquellas que viven

de fondos federales, el procedimiento se

en democracias constitucionales, como la

ejerce por el Congreso de la Unión.

nuestra, que hacen indispensable que la

Para la segunda responsabilidad, la

voz rectora de quien dice el derecho sea,

penal, la regla general derivada de la

no sólo certera desde el punto de vista

Constitución federal y de las leyes es que

jurídico, sino clara, noble y confiable y

todos los servidores públicos, entre los

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

39

Instituto Nacional Electoral

que se encuentran los impartidores de

público se halla en las mismas condiciones

justicia, son responsables por los delitos

que un ciudadano común y corriente.

que cometan en el ejercicio de sus

La Constitución recoge en varias de

funciones, como cualquier otra persona

sus

que cometa algún delito.

caracteres y exigencias que vinculan a los

La

excepción

ciertos

principios,

esta

segunda

impartidores de justicia o a la actividad que

a

sujetos

desempeñan y que pueden catalogarse

mencionados en el primer párrafo del

como normas éticas, porque tienen que

artículo 111 constitucional, al establecer

ver de manera directa o indirecta con los

que

y

hábitos virtuosos de los juzgadores. Las

persecución penal, es necesario seguir un

normas constitucionales más importantes

juicio previo y especial que se llama juicio

son las siguientes: Artículo 17, párrafo

de procedencia, más conocido como

antepenúltimo.

desafuero.

locales

responsabilidad

para

En

de

disposiciones

incluye

iniciar

la

relación

responsabilidad,

a

la

tercera

administrativa,

Las leyes federales y

establecerán

los

medios

necesarios para que se garantice la

los

independencia de los tribunales y la plena

servidores públicos tienen dos tipos de

ejecución de sus resoluciones, Artículo 20,

responsabilidad: Cuando una infracción a

fracción IV. Artículo 94, párrafo 11º.

la norma jurídica afecta directamente a la

Artículo 95, fracción IV, último párrafo.

administración pública; y cuando por

Artículo 87, último párrafo. Artículo 99,

actividad

párrafo 12º.

o

la

consignación

inactividad

administrativa

irregular, el servidor público causa daño a un particular.

Tribunal

Electoral

será,

con

excepción de dispuesto en la fracción II

El octavo párrafo del artículo 111 constitucional

El

las

máxima autoridad jurisdiccional en la

demandas del orden civil que se entablen

materia y órgano especializado del Poder

contra cualquier servidor público, no se

Judicial de la Federación.

requerirá

establece

declaración

de

que:

En

del artículo 105 de esta Constitución, la

procedencia.

Las virtudes cardinales: prudencia,

Lógicamente se deduce que el servidor

justicia, fortaleza y templanza, que fueron útiles para las personas en general, lo

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

40

Instituto Nacional Electoral

fueron también para los jueces y parecen

Código de Ética Judicial que recoge los

haber sido configuradas destacadamente

valores morales que deben distinguir el

para ellos; de ahí que en Roma se

desempeño eminente del juez.

definiera al Juez como “hombre bueno, perito en derecho”.

Para involucrarnos en el principio de la

imparcialidad,

debemos

recurrir

al

Esta última exigencia, ser conocedor

Código de Ética del Poder Judicial de la

del Derecho, no es una virtud, sino un

Federación que define la imparcialidad

requerimiento específico del quehacer

“consiste en juzgar con ausencia absoluta de

judicial que puede catalogarse como

designios anticipado o de prevención a favor o

principio,

en contra de alguno de los justiciables.”10

entendido

éste

como

un

paradigma o norma fundamental “que contiene en sí la razón de alguna otra cosa” en este caso el quehacer del juez, pero tal vez el principio más antiguo del quehacer judicial sea la imparcialidad de la que se tiene noticia en la Biblia desde los tiempos de Moisés. Las virtudes que identifican al hombre bondadoso y los principios como la independencia, objetividad,

la la

imparcialidad, argumentación,

la la

honestidad, el conocimiento del derecho, etc., sedimentados por el tiempo y que distinguen al Juez excelente, constituyen los índices normativos que pueden regir el quehacer judicial desde el punto de vista ético. Al proponer a alguien como juzgador 10

electoral, debe examinársele acerca del conocimiento y práctica respetuosa del

Ministro en retiro Díaz Romero, Juan, Apuntes sobre Ética Judicial. Instituto de Investigaciones Jurisprudenciales de Promoción y Difusión de la Ética Judicial, México, 2011.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

41

Instituto Nacional Electoral

Propuestas:

es que la nueva legislación garantice a los jueces estar alejados también de la

La cuarta mesa de trabajo de la

influencia del Gobierno y de los partidos

Reforma Electoral, mediante el diálogo y la

políticos y de los poderes fácticos. El

negociación institucional, debe ajustarse a

progreso

los cambios que exige sociedad mexicana

mexicana debe ser sensible y positivo a

caracterizada por una constante y rápida

los ideales del pueblo. La autoridad

transformación.

electoral debe estar estructurada sobre

La democracia necesita una toral

de

la

legislación

electoral

bases de ética, de rectitud y de justicia.

modernización del derecho electoral. Los

En los Proyectos de la cuarta mesa de

integrantes de la mesa de trabajo, para

trabajo,

lograrlo,

los

ciudadana no debe reducirse o limitarse al

postulados de nuestra Carta Magna, para

papel de un simple testigo u observador;

garantizar la certeza en el otorgamiento de

las consultas populares deben realizarse

la representación popular.

con el fin de plasmar la voluntad nacional.

deben

orientarse

por

El Proyecto del Código Electoral Único

mencionada,

la

participación

No existe Gobierno sin sociedad.

debe contener un código sustantivo, un

Es

evidente

que

la

democracia

código adjetivo y una ley orgánica, de

requiere de normas, procedimientos e

forma separada, debido que en el actual

instituciones que la hagan posible. La

Código Electoral no existe esa distinción.

modernidad parece llegar a todos los

La ciudadanización de los órganos

sectores del país con excepción de su

electorales es producto de una lenta

sistema

presencia ciudadana, la cual se diluye por

reflexiones formulándonos una pregunta

la influencia y negociación de los partidos

pertinente:

políticos, el Gobierno y los poderes

Nacional Electoral y Código Electoral

fácticos, en los nombramientos de los

Único tendrá un gran poder de persuasión,

consejeros electorales y funcionarios de

inspirar confianza en sus excelencias

casilla.

democráticas y atraer así a todos los

Un

requisito

esencial

para

una

efectiva administración de justicia electoral

enemigos

político.

¿La

de

Terminamos

creación

la

del

estas

Instituto

institucionalidad?

Confiemos que también forme parte del

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

42

Instituto Nacional Electoral

Proyecto promover una nueva conciencia ciudadana,

mas

participante

y

comprometida con la democracia, con su generación y su época, y crear así, por vía de un nuevo consenso civil, condiciones más

favorables

que

trasciendan

al

establecimiento de un México con paz social.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

43

Instituto Nacional Electoral

3 CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN TORNO A LA REFORMA ELECTORAL Y EL PACTO POR MÉXICO

las tareas que en materia de participación ciudadana

le

confiere

al

IFE

la

Constitución General de la República (verificación de firmas para la presentación de iniciativas ciudadanas y la celebración

SAMANTHA TAMARA REYES HERRERA*

de consultas populares, así como la organización de dichas consultas). La transformación orgánica de la autoridad

3.1 Introducción

electoral

estaría

acompañada

de

la

expedición de una Ley Federal de Partidos En el acuerdo político denominado “Pacto por México” se ha propuesto: “Crear una autoridad electoral de carácter nacional y una legislación única, que se encargue tanto de las elecciones federales, como de las estatales y municipales” (Punto 5. 4 Pacto por México). A partir de esta base diversos actores

Políticos y –presumimos- de un Código Electoral General con aplicación en las elecciones

federales,

estatales

y

del

Distrito Federal (Cámara de Diputados, 2013). La siguiente publicación, tiene como objeto de estudio el análisis de los factores

políticos han sugerido crear el Instituto

en la implementación

Nacional Electoral (INE), la propuesta

electoral, a través del cocimiento del

sería

el

contexto de su desarrollo, así como de las

segundo periodo ordinario de sesiones de

ventajas y desventajas que influyen en la

2013 y se aplicaría por primera vez en las

modificación dentro del marco jurídico-

elecciones estatales que se celebren a

electoral en el país.

presentada

formalmente

en

de la reforma

partir de 2014. Esta reforma crearía un 3.2 Federalismo y objeto de acción

organismo electoral dotado de autonomía constitucional y facultado para organizar los comicios federales y locales, así como *

Actualmente cursa la Carrera de Ciencia Política y Administración Pública en la UNIVA.

Numerosos

autores

han

intentado

establecer una tendencia general acerca de la definición del Federalismo, siendo que con frecuencia, es difícil discernir las

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

44

Instituto Nacional Electoral

instituciones y los procesos políticos que

de gobierno tiene algunas actividades en las

son propiamente federales. En general,

que se toman las decisiones finales."

podemos hablar de las nociones más

Las

interpretaciones

importantes de su estudio, que han

pueden

sistematizarse

marcado la pauta en establecimiento

conceptualización del objeto de estudio

etimológico de su concepción. Para Robert Dahl

(1986)

se

entiende

como

federalismos “al sistema en el cual algunos asuntos están exclusivamente dentro de la competencia de ciertas unidades --cantones, estados y provincias— que no se encuentran

del

sistema.

El

anteriores en

la

federalismo,

nos

permite organizar el poder político y de estructurar al Estado donde cada una de las partes conserva una capacidad propia

de

reproducción

política

constitucionalmente al alcance de la autoridad

(independencia) y atribuciones que

del gobierno nacional, y donde otros asuntos

tienen

están constitucionalmente fuera del alcance de

determinado número de gobiernos de

la autoridad de las unidades más pequeñas”

unidades subnacionales (usualmente

(Reynoso

estados

,2002.

P.7).

Algunos

otros

una

delimitación

o

territorial,

repúblicas,

con

autores especialistas, como K.C. Wheare

determinadas

(1963) han denotado su esencia dentro del

que en todo momento evitan vínculos

“Principio Federal”, esto es, “La división de poderes entre el gobierno central y los gobiernos regionales, de tal forma que ambos se coordinen y sean independientes a la vez en

capacidades

políticas

de subordinación o de dominación recíprocos. Su esencia es la estructura institucional

dual

y

la

autonomía

acción”

política que conservan las partes, esto

(Hernández, 1998). Por su parte, William

es, la capacidad para decidirse a sí

Riker (citado en Teshome 2008:2)

mismas:

sus

esferas

respectivas

a

la

el

"autogobierno

más

gobierno

Es así pues, que para

federalismo es "Una organización política en

compartido".

la que las actividades del gobierno están

efectos de tratar el tema preciso en

divididos entre los gobiernos regionales y el

esta publicación es necesario denotar

gobierno central, de tal manera que cada tipo

la

significación

específicamente

del dentro

federalismo del

marco

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

45

Instituto Nacional Electoral

nacional,

que

nos

panorama

más

permitirá

incluyente

de

un

distingue por la división de poderes entre

su

un gobierno federal y los gobiernos de los estados miembros. Un Estado federal se

interpretación contextual en el país.

caracteriza 3.2.1 ¿Por qué México tiene un sistema federal?

por

la

competencia

constituyente que en él tienen los estados miembros. Al respecto, el artículo 124 de

El antecedente histórico que afirma el

misma Constitución, señala que en el

y

Estado mexicano los estados miembros

soberanos se encuentra situado desde el

tienen cierta área de atribuciones sobre la

acta Constitutiva de la Federación de

que pueden legislar en forma autónoma

1824, donde el artículo sexto del acta

(Cámara de Diputados, 2006).

establecimiento

de

estados

libres

constitucional sostenía que la federación

En palabras del autor Jorge Caprizo

está integrada por “Estados independientes,

(1972) el sistema federal en México “Es

libres y soberanos, en lo que exclusivamente

uno de los pilares de todo orden el jurídico, es

toque a su administración y gobierno interior”

parte esencial de nuestro sistema y sigue siendo

(Acta Constitutiva de la Federación, 1824).

una idea fuera que identificamos con el

Es de la Constitución de 1857 de donde

principio de libertad” es necesario destacar

nace el actual artículo 40, pasando de

la relevancia constitucional a su vez en el

forma íntegra a la de 1971. La constitución

artículo 41 de la Constitución Política

mexicana actual señala que “Es voluntad

vigente, quien establece

del pueblo mexicano constituirse en una

ejerce su soberanía por medio de los

república representativa, democrática, federal,

Poderes de la Unión, en los casos de la

compuesta de estados libres y soberanos en

competencia de éstos, y por los de los

todo lo concerniente a su régimen interior; pero

Estados, en lo que toca a sus regímenes

unidos en una federación establecida según los

interiores, en los términos respectivamente

principios de esta ley fundamental” (CPEUM,

establecidos por la presente Constitución

1917). Lo anterior, nos permite conocer el

Federal y las particulares de los Estados,

carácter federal de la organización política

las que en ningún caso podrán contravenir

mexicana, que reconoce al federalismo

las

como un arreglo institucional que se

(CPEUM, 1917).

estipulaciones

del

que el pueblo

Pacto

Federal

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

46

Instituto Nacional Electoral

De

acuerdo

a

los

estatutos

comenzado a “re-federalizarse”

constitucionales citados anteriormente, el

del

Estado Mexicano se encuentra compuesto

elecciones (Schedler, forthcoming citado

por la Federación y los Estados Miembros,

por Reynoso). A su vez, en el nivel federal

siendo cada uno de los mismos soberanos

este proceso refuerza el funcionamiento

dentro de su competencia. Los Estados

del régimen democrático. En este sentido,

miembros son instancia decisoria suprema

la

en lo referente a su régimen interior,

redescubrimiento del sistema federal, y

misma

la

este ha permitido una profundización del

federación. (Caprizo, 1972). Es así, que la

proceso de democratización política y

naturaleza jurídica del Estado Federal

división del poder en el ámbito federal.

característica

Mexicano

que

constituye

posee

una

decisión

fundamental de nuestro orden jurídico. La

autonomía

de

los

proceso

de

a partir

democratización

democratización

ha

por

propiciado

el

En la medida en que se consolidan las elecciones competitivas se observa

una

poderes

mayor autonomía electoral de los estados

federales y de las instituciones políticas de

y con ello un desarrollo sostenido del

cada estado se ha reforzado a partir de los

federalismo, lo cual dará por resultado una

procesos electorales. De este modo el

mayor difusión y distribución del poder.

federalismo vino de la mano de la

(Reynoso, 2002 p. 16). El Instituto Federal

democracia electoral.

Electoral, siendo el organismo público encargado de las elecciones federales en

3.2.2 Relación del federalismo con el sistema electoral del país Tanto

el

sistema

Federal

autonomía

municipales, desempeña actualmente

como

electoral se encuentran en un momento de transición donde las elecciones libres y competitivas

y

la

autonomía

de

de los entes estatales y

los

mecanismo de distribución de poder a los subnacionales.

Esto

consecuencia

la

teniendo

como

independencia

adjudicación en materia electoral.

procesos electorales de cada subunidad son

condición

necesarias

para

el

desarrollo de un sano federalismo político.

3.3 Creación del Instituto Federal Electoral en aplicación al principio federal

Actualmente el sistema mexicano ha

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

el

47

y

Instituto Nacional Electoral

El Instituto Federal Electoral es un organismo

mayoría

para

los

ganadores de estos cargos así como

permanente encargado de organizar las

establecer topes a los gastos de campaña.

elecciones

las

En 1994, La reforma electoral aprobada

referentes a la elección del Presidente de

ese año instituyó la figura de "Consejeros

la República y de los Diputados y

Ciudadanos",

Senadores que integran el Congreso de la

por las fracciones partidarias en la Cámara

Unión (IFE, 20013).

de Diputados y electos por el voto de las

federales,

creación

del

autónomo

de

y

La

público,

constancias

es

decir,

Instituto

Federal

personalidades

propuestas

dos terceras partes de sus miembros sin

Electoral como organismo autónomo nace

considerar

apenas hace veintitrés años, cuando ante

poseyeran.

la

profesión

o

título

que

la necesidad de transparencia en el tema

Sin embargo, es hasta 1996 cuando el

electoral surge en 1990 como el Órgano

IFE es transitado como órgano electoral

electoral del Gobierno Federal (1990-

autónomo.

1993). Como resultado de las Reformas

realizó una nueva reforma electoral al

realizadas a la Constitución en materia

aprobar la modificación del artículo 41

electoral, el Congreso de la Unión expidió

constitucional, así como un nuevo Código

el Código Federal de Instituciones y

Federal de Instituciones y Procedimientos

Procedimientos Electorales (COFIPE) y

Electorales.

ordena la creación del Instituto Federal

importantes de esta reforma destaca e

Electoral (IFE), a fin de contar con una

reforzamiento

institución

independencia del IFE al desligar por

imparcial

que



certeza,

El Congreso de la Unión

Entre

los

a

la

aspectos

más

autonomía

e

transparencia y legalidad a las elecciones

completo

federales. Es en 1993, cuando mediante

integración y se reservó el voto dentro de

la

los

reforma

al

Código

Federal

de

Instituciones y Procedimientos Electorales

al

órganos

Poder

de

Ejecutivo

dirección

de

para

su

los

consejeros ciudadanos.

aprobada ese año, el Poder Legislativo de

Actualmente, la Constitución Política

la Unión otorgó al IFE atribuciones tales

de

como declarar la validez de las elecciones

establece que en la conformación del IFE

de

participen

diputados

y

senadores,

expedir

los

Estados

Unidos

únicamente

Mexicanos

ciudadanos

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

48

y

Instituto Nacional Electoral

representantes del Poder Legislativo de la Unión

y

de

Nacionales,

los

por

Partidos lo

que

de

decisiones,

le

así

En

otorga

como

personalidad jurídica y patrimonio propios (IFE, 2013). De acuerdo con el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Federal Electoral está encargado de organizar las

Unión (Poder Legislativo y Ejecutivo). Así, mediante el Mediante el COFIPE (Código Federal de Instituciones y Procedimientos se

puede

consultar

la

normatividad que regula la operación y el funcionamiento

del

Instituto

Federal

actualidad,

mucho

se

ha

proyecta el organismo electoral. Tanto medios de comunicación como la misma ciudadanía, continuamente se encuentran en crítica respecto a la funcionalidad y transparencia en del proceso electoral de nuestro país. Sin embargo, no es de asombrarse la inquietud

de

los

mexicanos

desconfianza electoral. Para

en

la

el autor

Carlos Ugalde, la desconfianza en tema de elecciones ha tenido desde la historia mexicana como fundamento “La falta de construcción de autoridades autónomas y profesionales” (Ugalde,2004 P. 54). La

Electoral. El artículo 41 de la constitución, en su apartado III A, señalado que: “El Instituto Federal Electoral será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento

y

profesional

en

su

desempeño” (CPEUM, Vigente 2013). Así mismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos remarca su autonomía

la

cuestionado acerca de la eficiencia que

elecciones para renovar los poderes de la

Electorales)

IFE, ¿Sinónimo de Ineficiencia?

Políticos

independencia para su funcionamiento y toma

3.3.1

en

aplicación

al

principio

Federal en mismo apartado, al establecer la independencia de organismo electoral.

creación del IFE, proponía al sistema electoral su legitimación a través de la constitución

de

un

órgano

judicial

autónomo e imparcial que permitiera resolver los conflictos electorales a partir de principios estrictamente legales. Es así, que en 1987 se crea el Tribunal de lo Contencioso

Electoral

facultades

(Tricoel).

Sus

básicamente

eran

trayendo

como

administrativas,

consecuencia la necesidad de un tribunal con más atribuciones.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

49

Instituto Nacional Electoral

En 1990 (mismo año del nacimiento

la legislación electoral en 1993, cuando se

del IFE) es creado el Tribunal Federal

establecieron reglas que definían las

Electoral (Trife), convirtiéndose en el

fuentes ilícitas de financiamiento a partidos

revisor de la última instancia de la

y límites a las aportaciones individuales.

legalidad de los actos de la autoridad

La reforma electoral de 1996 extendió y

electoral, así como el órgano responsable

profundizó

de

fiscalizadoras; la comisión de fiscalización

calificar

cada

Posteriormente,

la

proceso reforma

electoral. de

estas

capacidades

1996

del Instituto se convirtió en una estructura

incorporó este tribunal al Poder Judicial de

especializada y permanente. Se otorgó al

la Federación; el nuevo Tribunal Electoral

IFE

del Poder Judicial de la Federación

modalidades

(TEPJF) atendiera los de índole estatal y

partidos al presentar sus informes, la

municipal. A partir de esta reforma, todas

posibilidad de vigilar los partidos cumplan

las leyes electorales quedaron sujetas a

las

un control de constitucionalidad (Ugalde,

posibilidad

2004 P. 55).

procedimientos administrativos cuando se

El contexto histórico del desarrollo institucional-electoral,

proporciona

los

elementos necesarios para dejar ver la

la

capacidad que

normas

de

para deben

emitir

las

cumplir

los

financiamiento

de

iniciar

de

y

la

oficio

presuma o se sepa la violación de alguna norma

en

materia

de

financiamiento

(Ugalde, 2004 P. 63)

continua búsqueda de mecanismos que propicien

el

establecimiento

de

un

3.3.2

organismo electoral útil, capaz de otorgar seguridad en el proceso de elección popular. No obstante, más allá de la falta de confianza en el Instituto Federal, se encuentra una de la de las cuestiones más emblemáticas en la agenda electoral; hacemos

referencia

a

las

facultades

fiscalizadoras del organismo federal. La fiscalización de partidos fue introducida a

El Instituto Federal Electoral en Perspectiva

Entre las incesables críticas hacia el ordenamiento electoral, se encuentra el incentivo

económico

que

produce

sostener al organismo federal, con el gasto que

produce

en

subnacionales.

El

todos

los

Instituto

entes Federal

Electoral, mediante el Diario oficial de la Federación dio a conocer como el tope de

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

el

50

Instituto Nacional Electoral

gastos de campaña y precampaña que el

proporcionados por el ente electoral (IFE,

IFE aprobó para los comicios de las

2012).

pasadas elecciones (2012). El Consejo

El autor Marco Mena, nos denota el

General del Instituto Federal Electoral

ejemplo de gasto electoral durante las

(IFE) aprobó en sesión ordinaria, por

elecciones en 2009. El gasto electoral fue

unanimidad, el acuerdo por el que se fija

de 20 mil 887 millones de pesos, lo que

en 328 millones 608 mil 267.50 pesos el

equivale al 10 por ciento del gasto en

tope de gastos de campaña para la

educación pública1 o al 85 por ciento del

elección de Presidente de los Estados

gasto en el Programa de Desarrollo

Unidos

Proceso

Humano Oportunidades de ese año. Esto

Electoral Federal del pasado 2012. El tope

incluyó 3 mil 632 millones de pesos por

de gastos para cada precandidato a la

concepto de prerrogativas federales a

Presidencia de la República aprobado fue

partidos políticos; 8 mil 350 millones de

equivalente

gastos de operación del Instituto Federal

Mexicanos

a

167

para

el

millones

260

mil

766.68 pesos, mientras que en el caso de

Electoral (IFE),

2 mil 551 millones por

los precandidatos a diputados federales,

financiamiento público de las entidades

fue posible erogar a un máximo de 179 mil

federativas a los partidos políticos, 4 mil

033.54

pesos.

322 millones en gastos de operación de

En tanto que para cada fórmula de

los institutos electorales de las entidades

aspirantes al Senado, el límite de gastos

federativas; 1 mil 933 millones destinados

de precampaña aprobado dependió del

a la Sala Superior y salas regionales del

número de distritos que comprendió la

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la

entidad de que se trate, siendo el más

Federación (TEPJF), y; 98 millones de la

bajo para los estados de Baja California

Fiscalía

Sur, Campeche y Colima, que cuentan con

Electorales (FEPADE). Esto representó un

dos distritos, por lo que el tope ascenderá

gasto promedio por elector de 268 pesos

a 973 mil 338.30 pesos; y, el más alto para

por ciudadano inscrito en el Padrón

el Distrito Federal, estado de México y

Electoral del IFE.

Especializada

para

Delitos

Veracruz, con un límite de 9 millones 733 mil

383

pesos,

según

los

datos

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

51

Instituto Nacional Electoral

Generalidades en el costo del

importantes son resueltos, en última

Sistema vigente

instancia, por el Tribunal Electoral del Poder

Judicial

de

la

Federación

Los costos del sistema electoral, (como

(Cámara de Diputados, 2013 P.3).

vimos en su ejemplificación anteriormente)

Es de saberse (como hemos marcado

son

sumamente

necesarios

a

la

con anterioridad) que en artículo 41 de la

consideración. La cámara de Diputados,

Constitución

mediante el documento oficial expedido en

Unidos Mexicanos, el Instituto Federal

el año presente, muestra algunas de las

Electoral toma la función estatal de

desventajas en el sistema vigente, que

organizar las elecciones para renovar los

propician costos elevados y consecuentes

poderes de la Unión. Como una forma de

a la ineficiencia del sistema:

reglamentar esta función genérica, el

1.

El desmedido crecimiento de las burocracias

electorales,

con

el

consecuente incremento de los costos de

operación

de

los

organismos

electorales; 2. La fragmentación del sistema electoral

Código

Política

Federal

de

de

los

Estados

Instituciones

y

Procedimientos Electorales (COFIPE) que es la ley en materia electoral en México, establece en el artículo 69 las siguientes funciones y fines específicos para el Instituto Federal Electoral:

en 32 subsistemas electorales, que coexisten con el subsistema federal y repiten, de manera costosa, procesos que podrían ser desarrollados por un solo cuerpo de funcionarios; 3. La diversidad de soluciones, plazos y formalidades para un mismo tema en

1. Contribuir al desarrollo de la vida democrática; 2. Preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos; 3. Integrar el Registro Federal de Electores; 4. Asegurar a los ciudadanos el

el sistema electoral, cuya expresión se

ejercicio de sus derechos político-

encuentra más en sus prácticas que en

electorales y vigilar el cumplimiento

su normatividad.

de sus obligaciones;

4. La judicialización de los procesos electorales locales cuyos casos más

5. Garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

52

Instituto Nacional Electoral

renovar a los integrantes de los

entre las personas y entre las regiones de

Poderes Legislativo y ejecutivo de

nuestro país. La elaboración del Pacto por

la Unión;

México tiene como finalidad que a través

6. Velar por la autenticidad y

de acuerdo con los

efectividad del sufragio; y

signatarios, que el

gobierno realice un conjunto de acciones

7. Llevar a cabo la promoción del voto

administrativas y que las fuerza políticas

y coadyuvar a la difusión de la

pactantes impulsen reformas legislativas,

cultura democrática.

así como acciones políticas que amplíen la libertad y la gama de derechos exigibles y

¿Es

demasiado

mantenimiento

el

del

precio

Instituto

por

el

Federal

efectivos para todos los mexicanos (Pacto por México, 2013).

Electoral? ¿Existen algunas otras maneras que

puedan

eficientar

los

procesos

electorales sin necesidad de recurrir a su centralización? Estas, sin duda siguen siendo

preguntas

respuesta,

frente

en a

la

búsqueda propuesta

3.4.1 Ventajas y desventajas de la reforma electoral

de La

la

ventaja

fundamental

de

la

creación del Instituto Nacional electoral de

nacionalización en el ente electoral.

acuerdo a los miembros de la legislación, es que la misma conllevaría economías 3.4 Reforma electoral “Pacto por México”

de escala en la administración de las elecciones

pues

desaparecerían

las

¿Qué es el Pacto por México? el

autoridades administrativas locales (es

Presidente actual de los Estados Unidos

decir, estatales y del Distrito Federal), y

Mexicanos,

permitiría concentrar las adquisiciones y la

Enrique

Peña

Nieto

(en

representación del pacto), lo define como

contratación

de

servicios

“El siguiente paso de la democracia mexicana”,

electoral;

siendo la creación de una sociedad de

importante- la autoridad nacional electoral

derechos que logre la inclusión de todos

brindaría a los partidos y candidatos

los sectores sociales y reduzca los altos

garantías de imparcialidad y objetividad en

niveles de desigualdad que hoy existen

su desempeño que, a juicio de los autores

también

-y

en

materia

quizá

más

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

53

Instituto Nacional Electoral

de

la

propuesta,

organismos

ciudadanía podrá adaptarse a las reformas

electorales locales no otorgan en la

electorales preestablecidas o nacerá un

actualidad. Es por su parte, la desventaja

nuevo déficit en la participación electoral?

esencial el que representa una distorsión

Analizar la participación electoral es cada

del principio federalista que rige el Estado

vez

mexicano

las

representa el derecho elemental de cada

tendrían

ciudadano a participar en política y, al

participación en la organización de las

mismo tiempo, abriga los dos principios

elecciones locales. Lo anterior contradice

básicos de la Democracia: universalidad e

el

General

igualdad (Abreu, P.1). Resulta evidente,

(Artículo 40), en la que se define a México

para el funcionamiento adecuado de la

como una República federal integrada por

democracia

Estados libres y soberanos en todo lo

imprescindiblemente de la participación de

concerniente a su régimen interior.

los

entidades

texto

pues

los

federativas

de

la

los

órganos no

Constitución

de

De

más

importante

ya

que

se

ciudadanos

en

votar

requiere

los

procesos

acuerdo a la Dra. Martha Morales en su

electorales, los cuales tienen por objeto

publicación

y

renovar los poderes federales o locales.

abstencionismo electoral en México” (2009

Es preciso denotar la falta de participación

p.11-12) “En México se presentan fenómenos

ciudadana, aún el sistema autónomo

que origina el incumplimiento de la norma,

electoral vigente. Pero ¿cuál es la causa

debido a que los procedimientos resultan muy

principal,

costosos, pues origina un desgaste económico y

prefieren su abstención en la vida político-

de tiempo en el actor, dan lugar a los

electoral

intermediarios que constituyen una vía alterna

Bobbio, define el problema

al cumplimiento de la norma, los actores que se

sensu como la “falta de participación en el

identifican con este fenómeno son los pre

actor de votar”

modernos, que fincan el éxito en el privilegio”.

amplio como “La no participación en el

“Participación

por

de

la

que

nuestro

los

país?

mexicanos

Norberto en stricto

y en un sentido más

conjunto de actividades políticas” (Oñate, ¿Cómo será percibida la claridad y

2010 p. 2). Autores más contemporáneos

rendición de cuentas en materia electoral a

como la Dra. Martha Morales (2009 p. 2),

través de un ente centralizado? ¿La

señalan que México ha tenido un gran

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

54

Instituto Nacional Electoral

avance en estudios electorales, pero ese

electorales estatales y sólo quedarían las

avance se ausenta en los estudios en

figuras del Instituto Nacional Electoral y

torno a la abstención al voto en la

Tribunal de Justicia Electoral. Incluye el tema

población mexicana.

de la reelección. La propuesta es que los senadores puedan reelegirse en una ocasión; los

Adicionalmente el acuerdo político del

diputados federales y locales hasta tres

“Pacto por México” no está acompañado

ocasiones, es decir, por un periodo máximo de

de

la

12 años consecutivos. La iniciativa del PAN

organización y competencia de la justicia

destaca que la aparición de la figura de

electoral respecto de los comicios locales

gobierno de coalición aplicará cuando el

pues se propone suprimir los organismos

Ejecutivo federal no obtenga una mayoría en el

electorales administrativos pero no los

Congreso de la Unión (El Economista, 2013).

una

propuesta

jurisdiccionales;

de

de

no

reformar

preverse

una

reforma al respecto, la autoridad “nacional” (o federal, en rigor), estaría sujeta al control jurisdiccional de los tribunales electorales de las entidades federativas cuando actúe en los comicios locales. (Cámara de Diputados, 2013).

A su vez, el Partido de la Revolución Democrática, mediante la representación de Jesús Zambrano, ha aprobado la propuesta en justificación de que la creación electoral será el medio de “sacar adelante la reforma políticoelectoral, cuya pieza clave es la creación del Instituto Nacional Electoral (INE) (Crónica, 2013).

Hemos

visto

la

opinión

de

los Actores

miembros del consejo en la legislación en torno

políticos como Luis Carlos

a la centralización del organismo electoral. Sin

Ugalde (ex Presidente del Instituto Federal

embargo, ¿qué piensan al respecto las fuerzas

Electoral, aseguran que la creación de INE

partidistas? Más allá de la opinión partidista

(Instituto Nacional de Elecciones) no resolverá

¿Qué opinan los Estados acerca de la ausencia

los problemas electorales y financieros que

federal en materia electoral? El Partido Acción

pretenden resolverse desde el pacto por

Nacional presentó su iniciativa de reforma

México, asegurando que lo único que se hace,

político-electoral, en la cual propone la

es “suplir las deficiencias estatales en un

desaparición de los institutos y tribunales

sistema de centralización, habiendo soluciones

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

55

Instituto Nacional Electoral

más creativas, como estandarizar el sistema de

Federal Electoral que, conforme a lo dispuesto

nombramiento de

electorales”

en los artículos 41 y 116 de la Constitución

Córdoba

General, está facultado para celebrar convenios

(Consejero electoral), en sustento de negación

con las autoridades electorales de las entidades

en la creación del órgano central, advirtió que

de la Federación a fin de asumir la realización

“transformar el Instituto Federal Electoral

de actividades y tareas en los procesos

(IFE) en un ente nacional encargado de

electorales locales. (Cámara de Diputados,

organizar incluso comicios locales, sin que

2013).

(Universal,

autoridades

2013).

Lorenzo

antes sean resuelto los aspectos técnicos y operativos de una reforma de tal envergadura, provocarán

incertidumbre

y

discrecionalidad”.(Rumbo de México, 2013).

3.4.2 Instituto Nacional Electoral ¿Atentación contra el Federalismo?

¿Cómo se puede hacer del Instituto ¿En realidad la reforma electoral

Nacional electoral una institución viable para el desarrollo en el sistema electoral, que no contravenga el marco normativo? Su propuesta de implementación deja ver dos objetivos que hacen posible su legalidad: el primero, es con

rompe

con

el

pacto

constitucionalmente

federal,

establecido

en

materia electoral? De ser nacionalizada la institución electoral autónoma

respecto al orden normativo y consiste en la culminación del proceso de homologación de normas

instrumentos,

procedimientos

y

prácticas electorales. Para tal efecto sería deseable la expedición de una Ley o Código general en la materia que unificaría las normas y los procedimientos tanto a nivel federal como en las entidades federativas.

Como

ya

hemos

denotado,

el

federalismo tiene como fundamento “partir entre un estado central y sus diferentes partes federadas; intenta evitar un poder central absoluto que absorba todas las funciones”

(Larousse,

2007).

El

federalismo es ejecutado a través del compartimiento de

la soberanía de tal

El segundo objetivo tiene un carácter

suerte que los diversos Estados que

institucional y consiste en la aplicación efectiva

forman la Unión continúan gobernados por

del marco constitucional y legal del Instituto

sí mismos en todo lo que no concierne

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

56

Instituto Nacional Electoral

sino a su prosperidad interior, sin que la

de los senadores destaca el tema de la

nación entera, representada por la Unión,

creación del Instituto Nacional Electoral.

deje formar un cuerpo y de proveer a sus

En el primer caso el planteamiento es

necesidades

radical desaparecer los institutos estatales

generales

(Tocqueville,

P.229)

electorales y asignar las funciones al INE; la iniciativa de los senadores Ernesto El investigador

Víctor Alejandro

Cordero y Luis Miguel Barbosa es más

Espinoza, en su postura ¿El INE atenta

flexible se propone que a petición de un

contra

Congreso local el INE organice una

el

Federalismo?

Destaca

que

quienes defienden el sistema federalista aducen

que

los

Estados

elección en particular.

perderán

autonomía con la creación del INE Lo

Para

mismo

investigador,

el

considero un argumento erróneo La forma

problema no radica en la funcionalidad del

en la que vienen funcionando los órganos

organismo Federal Electoral, más aun, en

electorales con sus excepciones atenta

el

contra la legitimidad de los procesos

Presidencialista en el país “Si bien ha

electorales Son todo menos árbitros en las

habido

con tiendas Se requiere un cambio radical

acotamiento al poder presidencial sobre

que pase por la profesionalización nuevos

todo a partir de 1994 quienes han

mecanismos de designación de consejeros

reconstituido y ganado ese poder han sido

y por qué no su integración en un órgano

los gobernadores y han extendido su

nacional

control

El

federalismo electorales

dilema es

centralismo

falso

no

vs

los

institutos

pueden

seguir

poder

una

otorgado

especie

incluso

hacia

al

de

los

Sistema

limitación

o

congresos

locales” (Espinoza, 2013 P. 189).

conformándose y funcionando como lo

En un sentido estricto, el pacto

vienen haciendo y restando legitimidad a

delega responsabilidades y competencias

la democracia local

a los órdenes subnacionales en función de sus capacidades. No obstante, si los

Tanto en las propuestas de reforma

estados han demostrado incapacidad en el

política del Pacto por México como en la

manejo electoral, el pacto federal permite

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

57

Instituto Nacional Electoral

que dicha actividad pase a manos de otro

imprimir, toda la papelería oficial

orden nacional “más capacitado“, esto es,

del IFE, incluyendo padrones y

un ente central.

listados nominales de electores, las placas o elementos identificadores en todas las oficinas del IFE en el

3.4.3 Implicaciones de la nacionalización en el sistema electoral

territorio

nacional

(300

locales

distritales, 32 juntas locales y oficinas centrales), el balizado de

Es importante dar a conocer los

vehículos, entre otros. En suma, se

asuntos relevantes a considerar en la

requeriría una cuantiosa inversión

materia de modificación electoral. Para

de dudosa utilidad.

ello, los Consejeros de la Cámara de Diputados han denotado de manera sintetizada los siguientes aspectos



No parece factible, en el corto plazo,

esenciales:

crear

por

decreto

una

autoridad electoral administrativa 

El

cambio

de

organismo

nombre

electoral

no

nacional con facultades en todos

del

los procesos electorales (federales

es

y locales) debido a la complejidad

necesario ni adecuado. El nombre

implícita de una reforma de tal

y siglas (IFE) constituyen una “marca”

de

mexicana

la

y

identificador

un de

magnitud

democracia

la

electoral frente a los ciudadanos.

sus

repercusiones

prácticas.

elemento autoridad

y



La alternativa de avanzar hacia un

Además debe pensarse en los

sistema nacional de elecciones a

gastos que supondría tal esfuerzo:

través de convenios específicos

habría que sumar la sustitución, en el mediano plazo de los casi 80 millones de credenciales para votar que han sido expedidas; sería necesario

también

volver

a

entre el IFE y las autoridades locales electorales, para que por ese medio el segundo asuma la realización de procesos electorales locales

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

58

Instituto Nacional Electoral

locales. (Cámara de Diputados, 

2013 P. 8-10)

En virtud de lo dispuesto en los artículos 41 y 116 constitucionales, el IFE podrá celebrar convenios con las autoridades locales para asumir de manera integral las facultades y tareas de naturaleza ejecutiva

que

corresponden

a

3.4.4 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y Tribunales locales ¿Qué sucede con la propuesta de nacionalización en el Tribunal Electoral? La

aquellas, sin sustituir en forma



función

primordial

del

Tribunal

alguna a la autoridad local ni a sus

Electoral es resolver las impugnaciones de los

órganos de naturaleza política,

procesos electorales que se desarrollen en

tales como los consejos generales,

nuestro país. El Tribunal Electoral es un órgano

distritales locales y municipales

especializado

del

Federación,

encargado

Poder

Judicial de

de

la

resolver

En lo que hace a la justicia

controversias en materia electoral y proteger

electoral,

los

quedan

abiertas

dos

derechos

político-electorales

de

los

posibilidades: la primera es que

ciudadanos, es decir, de impartir justicia en el

subsista el sistema actual, dejando

ámbito electoral.

en

manos

electorales

de

locales,

instancia,

la

controversias autoridad pueden

los en

primera

solución

por

local, ser

tribunales

actos cuyos

revisados

de de

la

fallos por

el

TEPJF. La segunda opción es avanzar hacia un sistema nacional

El Tribunal Electoral resuelve impugnaciones

a

las

elecciones

las de:

Presidente de la República, gobernadores, jefe de Gobierno del Distrito Federal, diputados federales y senadores electos por el principio de mayoría relativa y representación proporcional.

de justicia electoral, enviando al

El Tribunal también es responsable, de

ámbito del TEPJF la totalidad de

efectuar el cómputo final de la elección de

facultades

Presidente

sobre

los

procesos

electorales, tanto federales como

de

los

Estados

Unidos

Mexicanos, calificar la legalidad de la

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

59

Instituto Nacional Electoral

elección

presidencial

y

declarar

al

presidente electo.

En cada entidad federativa debe haber un Poder Judicial de la Federación que conoce de las materias civil y penal, y en

También conoce, y en su caso recibe, las

controversias

a

los

actos

o

resoluciones de los órganos centrales del Instituto Federal Electoral. Su labor es diferente a la que realiza dicho Instituto, el cual planea y desarrolla las elecciones, tanto federales como locales, y cumple

ocasiones

también

la

materia

administrativa; debe tener una junta local de conciliación y arbitraje para lo laboral. En todos los Estados de nuestro país se cuenta con un tribunal local electoral, algunos de ellos incorporados al Poder Judicial del Estado (UNAM, P.43).

una función administrativa. La reforma electoral no solamente plantea En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Presidente del TEPJF rinde un informe anual ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. A su vez, los Presidentes de las Salas Regionales rinden al Presidente del Tribunal Electoral y a la Comisión de Administración de esta Sala Superior, un informe anual de actividades (Tribunal Electoral

del

Poder

Judicial

de

la

Federación , 2013).

la creación del Instituto Nacional Electoral. Más aún, la transformación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en un Tribunal de Justicia Electoral, en el que también se contempla la desaparición de los tribunales en las entidades de la República (Zavala, 2013). la iniciativa incluye

transformación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el Tribunal de Justicia Electoral, con nuevas facultades; con el nuevo Tribunal se busca la desaparición de los tribunales locales (TEPJF,

En torno a los Tribunales locales, al

2013).

ser México una federación, cada entidad federativa tiene su propia y diferente organización jurisdiccional, que aunque en términos

generales

sigue

el

nacional no siempre sucede así.

modelo

En este sentido, la eliminación del Tribunal electoral vigente, tiene como fundamento (al igual que el propuesto Instituto

Nacional

de

Electores)

la

centralización del ente. En la opinión de

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

la

60

Instituto Nacional Electoral

Carlos Matute (2013), La función de un tribunal constitucional es hacer que se 3.4 Consideraciones finales

cumpla con la norma máxima de una organización protección

política de

los

mediante

derechos

de

la las

personas y la garantía de que los poderes

En palabras de William Riker, se entiende por Federalismo “organización política en la que las actividades del gobierno están divididos

constituidos se ejercerán dentro de las

entre los gobiernos regionales y el gobierno

competencias establecidas. Con esto este

central, de tal manera que cada tipo de

órgano jurisdiccional equilibra la división

gobierno tiene algunas actividades en las que

de poderes y preserva los principios básicos del Estado de derecho. A su vez, “La autonomía judicial es uno de los pilares del Estado de derecho y una de las conquistas más importantes del hombre moderno frente a la tiranía y la sinrazón. La independencia judicial es un principio fundamental de la vida republicana y del Estado constitucional de derecho (Matute, 2013). La importancia de los tribunales electorales,

radica

administrativa” acuerdo

a

en la

en sus

autora

“la

autonomía

funciones.

De

Carmen Girón,

autonomía administrativa es definida como la “Potestad que dentro del Estado pueden gozar municipios, provincias, regiones u otras entidades de él, para regir intereses peculiares de su vida interior, mediante normas y órganos de gobiernos propios”

se toman las decisiones finales." (2008). En México, el sistema Federal fue establecido en la Constitución de 1824, refrendado en 1857 y perfeccionado en la Carta Magna de

1917.

El

federalismo

permite

existencia de dos órdenes coextensos creados y regulados en su organización y funcionamiento por el orden normativo superior (Artículo

de

la

41).

constitucional,

Constitución En

se

la

encuentra

Política

perspectiva la

plena

justificación de la vigencia y competencia de dos fuentes de autoridad; una federal, proveniente de los poderes exclusivos de la federación y otra, de carácter estatal, que deriva de las constituciones de cada Estado cuales crean y ordenan en la vida de las entidades federadas (Camposeco, 1997).

(Girón, 1105).

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

la

61

Instituto Nacional Electoral

La reciente reforma propuesta por diversos actores políticos, ha sugerido la

“la

fundamento

atentación

contra

el

ordenamiento federal”.

creación de un ente central electoral, encargado

en

su

nivel

nacional

centralizar la materia; ha sido expuesta la idea del Instituto Nacional Electoral, a la par de la nacionalización en el Tribunal Electoral

del

Poder

Judicial

de

la

Federación, teniendo como consecuencia la desaparición de los tribunales locales. la importancia de los mismos, tiene como fundamento la “autonomía de acción” en torno al conocimiento de las materias civil y penal, e inclusive administrativa en la cuestión electoral (UNAM). Es pues la propuesta a la reforma, la centralización de los entes electorales, creando uno más eficiente para el electorado.

El tema,

indiscutiblemente, ha generado diferencias entre los partidos políticos sobre los alcances

de

una

autoridad

nacional. Por un lado,

¿Es la creación del INE, el medio

de

electoral

las posturas y

declaraciones del PRD y la iniciativa del PAN han denotado su posición a favor de la creación del Instituto Nacional Electoral, en justificación de un sistema “más eficaz”. A contraposición de la reforma, actores como Luis Carlos Ugalde y Lorenzo Córdoba, han mostrado su negación a la centralización electoral, teniendo como

propicio

para

eficientar

la

cuestión

electoral? Es conveniente mencionar entre las

posibles

desventajas

del

instauración, jornadas electorales más grandes, problemas tales la contabilización de los votos, dilemas como la definición el régimen del financiamiento del Instituto Nacional Electoral, el atribución de quién a financiará las actividades del INE en los procesos electorales locales, así como la organización de la cartografía electoral, la redistritación y manejo de los calendarios de los procesos electorales locales para hacerlos

coincidir

electorales

con

federales;

anteriores,

los las

son

procesos cuestiones

indudablemente

argumentos generadores de incertidumbre en

la

eficiencia

contraste, escala

de

la

reforma.

En

ventajas como economías de

en

la

administración

de

las

elecciones al desaparecer las autoridades administrativas locales, o el brindar a los partidos

y

imparcialidad

candidatos y

garantías

objetividad

en

de su

desempeño son factores, que denotan la diferenciación en el proceso de desarrollo

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

su

62

Instituto Nacional Electoral

continuo en búsqueda de la efectividad

convenios con las autoridades electorales

electoral.

de las entidades de la Federación a fin de asumir la realización de actividades y

La

creación

del

INE,

en

la

tareas en los procesos electorales locales.

implicación de nacionalización electoral y la

desaparición

de

los

estatales ¿Atenta contra el federalismo y el pacto federal? Su implementación, ha sido considerada representación de una distorsión del principio federalista que rige el Estado mexicano, pues los órganos de las entidades federativas no tendrían participación en la organización de las elecciones locales. Lo anterior contradice el

texto

de

la

Constitución

General

(Artículo 40), en la que se define a México como una República federal integrada por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente

a

su

(Diputados, 2013).

régimen

interior

Por su parte, en

propuesta de una factible solución, el Pacto

por

México

busca

¿Es

organismos

el

orden

normativo culminación del proceso de homologación de normas instrumentos, procedimientos y prácticas electorales, así como la aplicación efectiva del marco constitucional y legal del Instituto Federal Electoral que, conforme a lo dispuesto en los artículos 41 y 116 de la Constitución General, está facultado para celebrar

la

instauración

de

centralización en la materia electoral, la solución más viable en torno a búsqueda de reducción de costos de la elección en el

país,

así

como

la

reducción

financiamiento a los partidos?

de

Vimos a

través del enfoque investigativo planteado por Espinoza, la necesidad de buscar fuentes alternativas que den respuestas a problemas

electorales, tales como el

desmedido presidencialismo en el país. El pacto por México preside de la fuente de centralización electoral como solución al problema, sin embargo ¿Por qué no diseñar o pensar en otros elementos que permitan

eficientar

los

procesos

electorales, tales como una reformación en el gasto de las instituciones electorales? ¿Por qué no buscar y avanzar hacia la despartidización de la actividad electoral? El proceso en la transición institucional electoral, ha dejado ver la búsqueda de transparencia en el proceso. No obstante, sigue siendo el gran problema el poder partidista en materia electoral.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

la

63

Instituto Nacional Electoral

¿Qué sucede con los tribunales electorales?

¿Estos

funcionan

o

la ciudadanía como del eje partidista e institucional.

El camino a la transición

simplemente robustecen el tamaño del

democrática en el país sigue siendo una

Estado? Recordemos la ventaja primordial

búsqueda continua, en el que las reformas

de los Tribunales locales (en paráfrasis de

en materia electoral toman un papel

“La autonomía administrativa”,

desempeñante en estima de ser para el

dando paso a la consecución federal. En

electorado, el medio oficial de participación

refutación

ciudadana en torno a la elección popular

Girón)

es

a

la

importancia

de

los

tribunales locales, es preciso recordar

de sus representantes.

que

concebir cada una de las propuestas,

la

última

instancia

en

materia

un

Es significativo

electoral es el TEPJF y no los tribunales

estableciendo

balance

entre

las

situados en las localidades.

ventajas y desventajas que proporciona la reforma electoral en torno “Al pacto por

Estas,

son

algunas

de

las

México”.

cuestiones que su inclinación y argumento quedan a consideración personal, tanto de

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

64

Instituto Nacional Electoral

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Apuntes Legislativos 77

65

Instituto Nacional Electoral

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Apuntes Legislativos 77

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Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

67

Instituto Nacional Electoral

4

desequilibrio

LOS MOTIVOS DE LA REFORMA

entre

los

avances

democráticos visibles en el nivel federal, que no necesariamente se han repetido en

ARMANDO TRUEBA UZETA

*

las entidades. De esa guisa, tenemos un sistema

electoral

disímbolo,

que

encontraría sus facetas más indeseadas La iniciativa de reforma electoral y

en los estados de la república. Se afirma

política presentada por legisladores y

que “muchos gobernadores han colonizado las

legisladoras

Acción

instituciones electorales”, de suerte tal que

Nacional y de la Revolución Democrática,

en diversos estados existe la manipulación

prevé

del voto y de su conteo. Supongo se

la

de

los

Partidos

modificación

de

al

menos

veintiocho artículos constitucionales; esto

asume

que

dicha

es, alterar en un poco más del veinte por

ejecutada

ciento el texto de nuestra Carta Magna. Se

electorales de los estados.

por

los

operación mismos

sería

consejos

El categorismo de la afirmación es

trata pues de una reforma trascendente, términos,

contundente y no disimula la intención de

propuestos, modificaría sensiblemente el

eliminar de raíz la permanencia de los

modelo jurídico y la vida institucional del

organismos locales estatales, pues a la

país.

vera

que

de

aprobarse

en

los

de estos,

resulta que no hay

motivos

garantías para la democracia. En este

expresadas por los iniciantes, redundan

punto, cabría cuestionar la utilidad del

sobre diversos puntos de la vida política y

argumento

electoral del país, pero ambas iniciativas

orientación centralista de ver el ejercicio

dan por sentada, a priori, una perniciosa

del

integración y un débil funcionamiento de

considerada como un nivel de gobierno

los consejos electorales de las entidades

superior a los estados, los cuales quedan

federativas.

reducidos

Las

exposiciones

de

tendiente

poder,

donde

a

meros

a

la

justificar

federación

entes

la

es

inferiores

De acuerdo con los textos de las

sometidos a una voluntad jerárquica,

iniciativas, priva en el territorio nacional un

ejercida por la propia federación. Esta

*

última afirmación se sostiene según los

Consejero Ciudadano Propietario del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

68

Instituto Nacional Electoral

documentos publicados por el propio

doctrinaria, parece ser la manera más

Instituto Federal Electoral, donde Tonatiuh

eficaz de resolver la organización del

Guillen López interpreta al federalismo

mundo; de un mundo globalizado, donde

“Desde una estricta lectura formalista del

no

federalismo, los gobiernos locales ocupan una

centralización omnímoda, en el que es

posición subordinada en relación con el eje

necesario

el

central dualista del Estado federal”.1

identidad

ciudadana,

La especie resulta relevante, pues parte de la hipótesis de que es así como

estamos

en

presencia

reconocimiento con

de

una

de

una

unidades

políticas pequeñas y autónomas, más cercanas a sus intereses y necesidades3.

se dan las relaciones en un estado

Actualmente corresponde al Instituto

federado; sin embargo, las entidades que

Federal Electoral (IFE) sostener el proceso

voluntariamente

electoral federal en México, pero parece

soberanía

ceden

local

a

parte

favor

de

del

su

poder

que

este

órgano

tampoco

resulta

centralizado, lo hacen, como lo dice Miguel

suficiente para recoger las tareas que

Carbonell, desde el “reconocimiento de la

primariamente

existencia de fuerzas distintas del poder central

órganos electorales locales, ya que se

2

corresponderían

a

los

que tienen su propia sustantividad” , por lo

propone sustituirle por un ente que sería

que hay cierta gratuidad en el argumento

denominado Instituto Nacional Electoral

de que los estados son incapaces de

(INE). La modificación no solo se reduce a

garantizar la democracia y que, por ende,

mera nomenclatura, sino que trasciende

es necesario reservar a la federación tales

los fundamentos, estructura y esencia del

facultades.

órgano

electoral

federal

actual,

para

concepciones,

mutarlo en una suerte de superestructura

sostiene Javier Santiago Carrillo que el

electoral que igual conocerá de la elección

federalismo,

de los poderes federales, que de la

Apartado

de

en

tales

la

actual

tendencia

1

Guillen López Tonatiuh, Federalismo, Gobiernos Locales y Democracia, Instituto Federal Electoral. 2 Carbonell, Miguel, El Federalismo En México, Principios Generales y Distribución de Competencias, Acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, visible en www.jurídicas.unam.mx. Consulta realizada el 14 de octubre de 2013.

3

Santiago Castillo, Javier, El Federalismo Electoral en el Siglo XXI. Una Propuesta de Rediseño, Acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, consultable en http://biblio.juridicas.unam.mx. Consulta realizada el 14 de octubre de 2013.

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

69

Instituto Nacional Electoral

organización de un plebiscito en algún

resultar paradójico que el ejemplo utilizado

municipio de la serranía duranguense.

corresponde

Este nuevo organismo de alcances

a

precisamente

un

estado

ganó

un

donde

candidato

nacionales tomaría las estructuras del IFE

perteneciente a uno de los partidos

para el ejercicio de sus nuevas facultades,

iniciantes.

ya que -se insiste- los estados no cuentan

En tal sentido, no sirve como asidero

con análogas capacidades para organizar

motivacional la cita de casos aislados de

correctamente una elección. Para ello, se

errores en las elecciones locales para

citan

muestra

asumir que se trata de una práctica

registrados en las últimas elecciones de

generalizada y que, en consecuencia, los

este año: llama particularmente la atención

consejeros electorales son meros alfiles en

la crítica que se hace al organismo

los rejuegos políticos locales, útiles nada

electoral de Baja California, donde la

más para instrumentar las voluntades de

supuesta ineficiencia del Programa de

los gobernadores en turno. Ello significa

Resultados

reducir al simplismo argumentativo un

algunos

(PREP)

botones

de

Electorales

pareciera

ser

Preliminares un

claro

y

cambio tan radical en el paradigma

contundente hecho que motiva y justifica

federalista,

que

la necesaria modificación del entramado

fundamentar

en

institucional electoral nacional.

contundentes.

Baja

California

ciertamente

tuvo

No

se

sería otros

puede

deseable

aspectos

tener

la

más

certeza

problemas en el diseño y aplicación de su

irrefutable de que los titulares del Poder

PREP, pero no puede afirmarse que esa

Ejecutivo influyan de manera tal los

circunstancia haya provocado un trastorno

órganos electorales locales, al grado que

de la voluntad popular en esa entidad. O

por ello sea urgente una cirugía mayor a la

dicho de otro modo, el que hubiere fallado

Constitución para erradicar esos males. El

el PREP bajacaliforniano, no significa que

proceso de elección y control de los

haya existido un fraude electoral, y mucho

consejeros

menos que este se hubiere orquestado

organismos estatales electorales, involucra

desde el seno del consejo del instituto

la confluencia de facultades tanto del

electoral de esa entidad. No deja de

Ejecutivo como del Legislativo, lo cual ya

y

presidentes

de

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

70

los

Instituto Nacional Electoral

implica una distancia entre estos órganos

cabría el mismo control que eventualmente

con la influencia del gobernador en turno.

se ejercería sobre los entes electorales.

A

pocos

Este argumento se antoja francamente

gobernadores estatales cuentan con la

descabellado y excesivo, pero resulta que

mayoría

congresos

no lo parece tanto cuando se habla

locales, lo que contribuye a diluir las

exclusivamente de los órganos estatales.

influencias del ejecutivo en las decisiones

Nada

parlamentarias; por lo tanto, sostener que

funcionamiento

los

locales.

la

fecha,

relativamente

absoluta

de

sus

gobernadores

rigen

justifica

la

distinción

frente

a

otros

en

el

entes

indiscriminadamente la vida institucional

Por otra parte, las iniciativas de

en las entidades, resulta, hasta cierto

reformas recogen otro argumento que se

punto,

ha venido esgrimiendo con anterioridad: la

una

conclusión

aventurada

y

temeraria.

duplicidad de funciones entre el IFE y los

Ahora, si la especie resulta cierta y los gobernadores gozan de tales facultades

órganos

electorales,

lo

cual

genera

también duplicidad en los costos.

metaconstitucionales, y en efecto las

La división competencial en materia

ejercen, entonces es verdad que debemos

electoral, no vino a descubrir el principio

replantear

diseño

de competencia normativa que sustenta al

federalista, de modo que es imperativo

Estado Federal. Bajo este parámetro, la

crear constitucionalmente los medios para

Constitución

controlar esas actitudes y

alejar de la

diferenciados de potestades sobre una

esfera de influencia de los ejecutivos

misma materia que supone la existencia

locales, no sólo a los órganos electorales,

de deberes recíprocos entre dos órdenes

sino

judiciales

de gobierno, los cuales se ordenan bajo

locales, los organismos de transparencia,

un sistema de facultades explícitas e

las instancias estatales garantes de la

implícitas y coincidentes y concurrentes.

observancia de los derechos humanos y,

En palabras de Fix-Zamudio y Valencia

en general, todo organismo autónomo que

Carmona, “la distribución de competencias

con

también

seriedad

los

el

poderes

establece

niveles

tienda a regular la vida interna en las entidades, pues en todos ellos seguro

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

71

Instituto Nacional Electoral

entre la federación y los estados representan la 4

piedra de toque del sistema” .

ahorro de esos recursos. Parece que no necesariamente es así.

Privar a las entidades de la facultad

La creación del INE no supone por sí

de intervenir en la selección de sus

misma la desaparición de las funciones

autoridades

significa

electorales en los estados. Suponiendo

duplicidad de funciones, la potestad de

que ahora mismo fuera creado este nuevo

darse sus propios procesos electorales, no

órgano

es una simple tarea administrativa, sino

recursos

que constituye un signo vital de la

integrasen a su patrimonio, ¿qué pasaría

expresión de la soberanía de los estados;

con esos siete mil millones asignados a los

privarles de tal función implica ceder una

órganos

de

aplicarse?,

las

internas,

causas

no

que

explican

los

nacional

electoral

presupuestales

estatales?,

y que del

IFE

¿dejarían

¿significaría

un

los se

de

ahorro

fundamentos del federalismo mexicano.

instantáneo? Desde luego la respuesta no

Equivale tanto como negar a las entidades

parece tan simple ni contundente. La

la facultad tributaria y reservarla solo al

función electoral seguirá prestándose en

centro.

los lugares donde antes llegaban las

Los costos de la democracia son

facultades

estatales,

el

INE

deberá

elevados, qué duda cabe. El propio texto

proseguir con esas tareas y no le bastarán

de una de las iniciativas nos recuerda que

solo las estructuras y recursos con las que

el IFE actualmente cuesta más de once mil

hoy cuenta el IFE en los estados. El

millones de pesos, a los que hay que

asunto del ahorro no puede reducirse a un

sumar otros siete mil correspondientes a

cálculo tan elemental como restar nada

los entes estatales. Es decir, sólo la

más los presupuestos estatales dirigidos a

instancia federal cuesta casi el cuarenta

sostener

por ciento más que los órganos estatales.

locales. El gasto seguirá siendo necesario,

La

con independencia de quien tenga que

pregunta

es

si

efectivamente

la

eliminación de treinta y dos institutos

Fix-Zamudio, Héctor y Valencia Carmona, Salvador, Derecho Constitucional Mexicano y Comparado, Editorial Porrúa, segunda edición, México, 2008.

estructuras

electorales

hacerlo.

locales significará, nada más ese hecho, el 4

las

Por otra parte, el argumento del ahorro vis a vis la eliminación de los entes locales,

al

parecer,

no

ha

sido

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

72

Instituto Nacional Electoral

técnicamente sustentado por nadie. Como 5

La intención de centralizar la función

el mismo Woldenberg lo ha señalado, no

electoral

se conoce a la fecha un estudio actuarial o

mencionados parece más la respuesta a

presupuestal que acredite los eventuales

una coyuntura política que a un diseño

costos que implicará la operación del

constitucional. Se confirma la tesis de

nuevo órgano nacional, considerando que

Enrique Cabrero6 en el sentido de que en

tendrá a su carga todos los procesos

México no ha existido una estrategia

electorales, en todo el territorio nacional.

global y articulada de mediano y largo

Ante la falta de tales datos, no es

plazo para la descentralización. Cada una

aventurado asumir que difícilmente el INE

de las propuestas en este sentido son de

podría ejercitar sus funciones con el

naturaleza errática y coyuntural.

presupuesto que ahora tiene asignado el IFE.

basada

Resultan

en

pues

los

principios

endebles

los

argumentos bajo los cuales se pretende Las cifras del gasto electoral se

sustentar la supresión de la función

integran con recursos propios de la

electoral a cargo de los estados. En

operación

órganos

realidad deberíamos preguntarnos si este

estatales y con recursos que corresponden

cambio de cosas vendrá a redituar en una

a los partidos políticos. De tal modo,

mejor y más acabada democracia. Es

debemos suponer que los partidos no

necesario inquirir si es esta la gran

podrán renunciar a las proporciones que

reforma que de una vez por todas vendrá

les corresponden en cada estado, pues

a resolver los conflictos postelectorales

ello significaría una sensible reducción en

que

el ejercicio de sus prerrogativas. En tal

oportuno es preguntarnos, como lo hace

sentido, debemos asumir que el gasto que

Jaqueline Peschard, si realmente los

los estados hacen para cubrir este rubro,

estados en México se han democratizado

no podrá verse disminuido nada más por

o si persisten aún esos autoritarismos

electoral

de

los

definen

nuestro

devenir

político;

su eliminación y la creación del INE.

6 5

Woldenberg, José, ¿INE?, Reforma, 17 octubre 2013. Consulta por internet.

Cabrero Mendoza, Enrique, Gobierno y política local en México: luces y sombras de las reformas descentralizadoras, Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

73

Instituto Nacional Electoral

locales en nuestro régimen democrático*7 las respuestas habrá que encontrarlas sometiendo las instituciones al rigor de las pruebas

del

ácido

necesarias,

y no

basados en criterios empíricos derivados de coyunturas temporales.

7

Peschard, Jaqueline (coordinadora), El federalismo electoral en México, coedición Porrúa, UNAM y Cámara de Diputados, LX Legislatura, 2008 .

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Apuntes Legislativos 77

74

Instituto Nacional Electoral

5 ORGANIZACIÓN ELECTORAL EN TEXTOS

que sean analizados y consultados. Los ejemplares que mencionamos pueden ser

GLORIA DEL CARMEN HERNÁNDEZ MORALES*

consultados en las instalaciones de la

En este número 77 de Apuntes Legislativos

la Plaza de la Paz 77, zona centro de

les presentamos a nuestros lectores 5 libros que versan sobre el tema electoral.

Biblioteca “José Aguilar y Maya” ubicada en

Guanajuato, Gto., en un horario de 9 a 5 P.M de Lunes a viernes.

La constitución, en el artículo 41, prevé la existencia

de un órgano

de naturaleza

pública, que goza de personalidad y patrimonio

propios

que

se

denomina

Instituto Federal Electoral. Es un órgano público colegiado que es el responsable de la organización de las elecciones federales con la participación de los partidos políticos nacionales y de los ciudadanos. Este órgano levanta el padrón electoral prepara las elecciones, hace los cómputos de votos, emite constancias de

Cámara de Diputados, Suprema Corte de la Nación, Senado de la República, Instituto Federal Electoral, Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación y Miguel Ángel Porrúa (editores).

mayoría, brinda capacitación electoral y educación cívica, así como es responsable de la impresión del material electoral. En

por México en relación al tema electoral,

Derechos del Pueblo Mexicano. México a través de sus constituciones. Tomo III / Cámara de Diputados, SCN, Senado de la República, IFE, TEPJF y Miguel Ángel Porrúa: México, D.F: 2012

específicamente a la creación de un

1040 pág. (Constituciones, México) [No. Eje]

Instituto Nacional Electoral, presentamos

1

esta tónica y respondiendo a los temas coyunturales que se presenta en el Pacto

los siguientes materiales con el objetivo de El primer ejemplar se titula Derechos *

Jefe de Departamento de Biblioteca “José Aguilar y Maya”

del Pueblo Mexicano. México a través de

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Instituto Nacional Electoral

sus constituciones. Tomo III. Los editores de la obra son Cámara de Diputados, Suprema Corte de la Nación, Senado de la República,

Instituto

Federal

Electoral,

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y Miguel Ángel Porrúa. Es la octava edición 2012 En esta obra en la página 189 podemos encontrar vigente del artículo 41

el texto

constitucional,

articulo que regula entre otras figuras lo relativo a las Características del Instituto Federal

Electoral,

su

integración,

la

Cámara de Diputados, Suprema Corte de la Nación, Senado de la República, Instituto Federal Electoral, Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación y Miguel Ángel Porrúa (editores).

elección de los consejeros electorales, las funciones

del

IFE,

los

medios

de

impugnación en materia electoral. Así mismo encontramos un

Derechos del Pueblo Mexicano. México a través de sus constituciones. Tomo XXIV / Cámara de Diputados, SCN, Senado de la República, IFE, TEPJF y Miguel Ángel Porrúa: México, D.F: 2006

comentario de

Pedro Salazar Ugarte especialista en la materia,

al

igual

que

algunas

consideraciones preliminares del tema, un

1198 pág. (Constituciones , México)

artículo sobre los partidos políticos en México, las prerrogativas de los partidos políticos

nacionales: financiamiento y

medios

de

comunicación,

las

precampañas así como lo relativo al Instituto Federal Electoral y los medios de impugnación

en

materia

electoral,

incluye también la obra un apartado de los antecedentes del artículo y su trayectoria.

El segundo de los libros, forma parte de la Colección antes mencionada de Derechos del Pueblo Mexicano, México a través de sus Constituciones, Tomo XXIV. Séptima Edición de 2006. De esta obra extraemos a partir de la página 491 la sección La Constitución Mexicana en Derecho comparado, en esta sección se hace

un

estudio

en

perspectiva

de

derecho comparado partiendo de México

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Apuntes Legislativos 77

76

Instituto Nacional Electoral

con Argentina, Chile, Colombia, Cuba,

que

regula

Estados Unidos, Venezuela, Alemania,

funcionamiento

España, Francia e Italia, cabe destacar

Electoral.

la del

operación Instituto

y

el

Federal

que como parte de la comparación se trascribe el ordenamiento jurídico que sustenta dicha comparación. Dicho estudio se puede consultar a partir de la página 757 a 795.

Universidad de Guanajuato. Constitución Política del Estado de Guanajuato. Edición comentada / UG: Guanajuato, Gto UG: 2006 707 pág. (Constitución del Estado, Guanajuato) [No. Eje] 1

Instituto Federal electoral. Código Federal de instituciones y Procedimientos Electorales / IFE: México, D.F IFE:

El cuarto de los libros lleva por

326 pág. (Código, electoral, instituciones electorales) [No. Eje] 1

nombre Constitución Política del Estado de Guanajuato. Edición Comentada. Editada por la Universidad de Guanajuato, primera

El tercer ejemplar que presentamos ahora

se

titula

Código

Federal

de

Instituciones y Procedimientos Electorales. Es una edición del Instituto Federal Electoral. Es el ordenamiento jurídico

edición 2006.

En

nuestro máximo

ordenamiento jurídico local, la Constitución del Estado de Guanajuato

encontramos

en el artículo 31 la normativa que regula el órgano electoral local así

como un

donde se puede consultar la normatividad

Instituto de Investigaciones Legislativas

Apuntes Legislativos 77

77

Instituto Nacional Electoral

extenso y completo comentario a dicho

se estaba escenificando la guerra de

artículo por Leonardo Valdés Zurita.

Independencia de la Nación hasta 1991. Parte la obra de que la historia del derecho

electoral

y

la

comparación

analítica de sistemas jurídicos tienen un elevado

valor

mejoramiento

instrumental de

las

para

instituciones

electorales.

H. Congreso del Estado de Guanajuato. Compilación de Leyes Electorales de Guanajuato 1812 - 1991 / LV Legislatura: Guanajuato, Gto. LV Legislatura:1993 3472 pág. (leyes electorales, compilación, Guanajuato) [No. Eje] 1

El quinto y último de los libros se titula Compilación de Leyes Electorales de Guanajuato 1812- 1991. En una edición del

H.

Congreso

del

Estado

de

Guanajuato. LV Legislatura. Este trabajo es un esfuerzo de compilación que pone en manos de los guanajuatenses, las disposiciones que han regido los procesos electorales desde la etapa misma en que

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Apuntes Legislativos 77

el

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