Recurso de Apelación Definición Es la petición de revisión de la decisión por el órgano inmediato superior a que emitió el acto materia de impugnación, no pudiendo presentarse dos recursos simultáneos sobre los mismos hechos.
Competencia para resolver apelaciones Titular de la Entidad: Cuando se presenten en ADS y AMC. En los procesos por ítems, el tipo de proceso principal define la competencia
Competencia para resolver apelaciones Tribunal: Cuando se presenten en LP, CP, ADP y AMC derivadas. Con independencia del tipo de proceso, la nulidad de oficio y cancelación del proceso al Tribunal. Procesos de convenio marco. Los procesos que se encuentren dentro de los alcances de acuerdos o tratados internacionales.
Trámite del Recurso de Apelación ante la Entidad DENEGATORIA FICTA
IMPROCEDENTE ABSOLUCION: CON O SIN ELLA EMPIEZA A CORRER PLAZO PARA QUE ENTIDAD RESUELVA
APELACION
8 o 5 DIAS
ACTO IMPUGNA DO
DENTRO DE LOS 8 o 5 DIAS DE BUENA PRO O CONOCIDO EL ACTO
2 DIAS
3 DIAS
ENTIDAD CORRE TRASLADO AL TERCERO AFECTADO
PLAZO PARA QUE EL TERCERO ABSUELVA EL TRASLADO
7 DIAS*
PLAZO PARA QUE ENTIDAD RESUELVA Y NOTIFIQUE * 3 días para pedir uso de la palabra
SE PRONUNCIA EN CONTRA
SE PRONUNCIA A FAVOR
NULIDAD DEL PROCESO
Trámite del Recurso ante Tribunal ABSOLUCION DEL TRASLADO Y REMISION DEL EXPEDIENTE
SUBSANACION DEL RECURSO ACTOS ANTERIORES A BUENA PRO
8 o 5 DIAS DE BUENA PRO
2 DIAS
2 DIAS
3 DIAS TRASLADO A LA ENTIDAD
BUENA PRO
ACTOS POSTERIORES A BUENA PRO
8 o 5 DIAS DE BUENA PRO
8 DIAS DE CONOCIDO PLAZO PARA INTERPONER APELACIÓN
ADMI SION DEL RECURSO
INFORMACIÓN ADICIONAL
5 DIAS AMPLIABLE A 15
AUDIENCIA PÚBLICA
EXPEDIENTE LISTO PARA RESOLVER 5 DIAS
RESOLUCION Y NOTIFICACION
Ejecución Contractual
Formalidad del Contrato – Por Escrito (mediante la suscripción del documento contractual) y según proforma de Bases más las modificaciones – Mediante orden de compra o de servicios (Menor Cuantía)
– Seguir el Procedimiento Establecido
Casos Especiales de Vigencia Contractual • Bases: Hasta 3 años o Leyes especiales establezcan mayor plazo Adoptar Previsión Presupuestaria
• Asesoría Legal: Patrocinio legal, arbitral, etc. Puede vincularse al plazo
• Arrendamiento de Bienes Inmuebles Hasta 3 años, prorrogables Resolución Unilateral
Ejecución contractual Suscripción
Liquidación /pago
Garantías
Recepción y conformidad
Adelantos Penalidades
Adicionales y Deductivos
Ampliación de Plazo
Resolución
Subcontratación
Intervención económica / obra
¡Algunos Procedimientos! (1) • • • • • •
Plazo para firma de Contrato: Contratista debe presentar documentos para firma de contrato Documentos que tengo que presentar: Estar en las Bases Puedo Reclamar si Entidad no quiere firmar contrato: SI (A veces) Solicitar Adelantos si están en las Bases: Hasta 30% Modificaciones al Contrato Si Existen pero tener cuidado, tratar de firmar adenda. Si Existen defectos o errores en las EE.TT Solicitarlo inmediatamente a la Entidad y esperar respuesta
¡Algunos Procedimientos! (2) •
• • • •
Ampliaciones de Plazo al Contrato: Hay supuestos; 7 días para solicitarla de finalizado el hecho; La Entidad tiene que responder dentro de 10 días. Penalidades: “ Si no solicitas AP te van a cobrar” Monto Máximo: 10% del monto del Contrato Subsanación en la Entrega: De 2 a 10 días calendario Procedimiento de Resolución de Contrato Entidad requiere: 5 a 15 días calendario Conformidad y Pago
Adelantos en Bienes y Servicios (Siempre que estén establecidos en Bases o en el contrato)
las • Clases: – Directos (No mas de 30% - Bs y Ss)
• Requisito y Oportunidad de entrega: – Presentar Carta Fianza de acuerdo a las Bases
• Amortización: – Mediante Descuentos Proporcionales en Cada Pago Parcial
Ampliaciones del plazo contractual (Art. 175 Reg) Procede: Por aprobación de adicional que afecte el plazo Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista o por culpa de la Entidad Por caso fortuito o fuerza mayor
Trámite: Solicitud fundamentada dentro de los 7 días hábiles de finalizado el hecho Resolver dentro de 10 días hábiles desde presentada solicitud, sino aprobada Reconocimiento de los gastos generales que correspondan
Resolución del Contrato • Carta Notarial requiriendo cumplimiento de obligación, bajo apercibimiento. • Plazo: – Ordinariamente : No mayor a 5 días – Casos complejos: 15 días.
• Carta Notarial de resolución. No necesaria en penalidades o cuando la situación no pueda ser revertida
• Controversias pueden ser sometidas a conciliación y/o arbitraje dentro de los 15 días hábiles.
Contratación Complementaria • • • • • • •
Condiciones para su procedencia: Que se celebre dentro de los 3 meses de culminado el contrato original Que se esté llevando el proceso de selección . Con el mismo contratista. Por los mismos bienes y/o servicios. Por única vez. Hasta por un máximo del 30% del contrato original. la Que se preserven las condiciones que dieron lugar a adquisición o contratación
Nulidad del Contrato • Se declara de oficio por la Entidad, en caso que el contratista esté incurso dentro de los supuestos del Art. 56 de la Ley. - Suscribirse cuando hay impedimentos - Transgresión al Principio de Presunción de Veracidad - Suscribirse el contrato cuando existe apelación - No se haya utilizado el PS correspondiente
Solución de Controversias
Ejecución Contractual
¿Cómo solucionar las controversias? Las Controversias que surjan desde la suscripción contrato se resolverán mediante:
No los Vicios Ocultos (Arbitraje o Poder Judicial)
del
Convenios Arbitrales Ad hoc.- Las partes deciden someterse a la administración por parte de los propios árbitros. En caso de omisión se incorpora la cláusula del artículo 216 del Reglamento, incorporándose bajo la competencia del SNA de OSCE. Institucional.- Centro de Arbitraje al que se someten las partes de modo voluntario.
Laudo Arbitral Es definitivo e inapelable Para cuestionarlo vía anulación, se puede establecer en el convenio la constitución de garantía. El impugnante debe comunicar al Tribunal Arbitral que interpuso anulación; caso contrario se considerará como consentido en sede arbitral Las sentencias que resuelven las anulaciones deben remitirse al OSCE para su publicación.
Normativa Vigente del Arbitraje - Se extiende la inarbitrabilidad a las decisiones de la Entidad sobre adicionales de obra. - Para proceder a la acumulación se requiere acuerdo de ambas partes - Se establece prelación: 1º Ley de Contrataciones y su Reglamento; 2º Normas de derecho público y 3º Normas de derecho privado - Se estable la posibilidad de aplicación de sanción, según el Reglamento y Código de Etica - Sí se establece la posibilidad de presentación de carta fianza para recurso de anulación
Potestad Sancionadora
Conductas Previstas como Infracciones (1) •
No mantengan su oferta; no suscriban el contrato; o injustificadamente la O/C u O/S.
•
Por resolución del contrato, O/C u O/S.
•
Por la existencia de vicios ocultos, previa sentencia judicial firme o laudo arbitral.
•
Contratar con el Estado estando impedido.
•
Participar en un proceso o contratar sin contar con inscripción vigente en RNP.
•
Suscriban un contrato por montos mayores a su capacidad libre de contratación o en especialidades distintas.
no reciban
Conductas previstas como Infracciones (2) •
Subcontratar sin autorización o por un porcentaje mayor al permitido.
•
Prácticas restrictivas de libre competencia; y, ante el supuesto de socios comunes.
•
Presentación de documentos falsos o inexactos a las Entidades, al Tribunal o al OSCE
•
Interpongan Recursos impugnativos establecidos en el Reglamento
•
Se constate después de otorgada la conformidad que incumplieron injustificadamente las obligaciones del contrato diferente al vicio oculto
•
Sanción a Arbitros: Cuando incumplan injustificadamente con remitir el Laudo Arbitral a OSCE
contra
actos
inimpugnables
Tipos de Sanciones Inhabilitación Temporal De 6 meses a 3 años (Según la Causal) De 1 a 4 UIT
Inhabilitación Definitiva Cuando en un periodo de 4 años el infractor acumule un número de sanciones cuyo tiempo de inhabilitación sea mayor a 36 meses. Económicas Ejecución de Garantías cuando recurso es infundado o improcedente
Trámite de un Procedimiento Administrativo Sancionador SOLICITUD
cártel, consorcio, joint venture, pool, asociación en participación, o agrupación de interés económico. Estos unen a empresas interesadas en la misma ó en distintas fases o ciclos de la producción, con el fin de limitar y regular la concurrencia recí
ANTEO.J.OS. Se incrementa de $1,000.00 a $1,500.00 y es extensivo para un familiar directo. CLAUSULA 44 DEFUNCONFAMILAR. Se incrementa de 25 Salarios Mínimos, a un monto de $5,000.00. CLAUSULA 46. APOYOATITULACION. El Instituto otorgará un apoyo econ
3. ähnliche geschäftliche Kontakte. (3) Ein Schuldverhältnis mit Pflichten nach § 241 Abs. 2 kann auch zu Personen entstehen, die nicht selbst Vertragspartei.