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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA CVI — MES XII

Caracas: martes 11 de setiembre de 1979 N' 2.502 Extraordinario

elaborado por Olivo Hnos. & Nobile Sucr., C. A., en Calle D, Zona Industrial San Martín, Caracas y en Carrera 4 entre Calle 26 y 28 de la Zona Industrial I. Barquisimeto, Estado Ministerio de Sanidad y Asistencia Social ¡ Lara, y por cuanto han "sido cumplidos los requisitas que Resoluciones mediante los cuales se autoriza la modificación do los establece el vigente Reglamento General de Alimentos, este Registros Sanitarios do las firmas comerciales que on ollas si* . indican. ; Ministerio le concede la autorización del caso bajo el Resoluciones ñor las cualos so autoriza el oxpondio de las Especia. N ' A-22.684. lidados Farmacéuticas IIUO en ellas se indican. Resolución por la cual so procede a revocar la autorización do > En vista de lo anterior, se deroga la autorizaciónN' A-22.684, expendio de los Productos Farmacéuticos quo on ella so ospi-cifica. contenida en la Resolución N ' 12.721 de fecha 18 de setiembre Resolución por la cual se autoriza el oxpondio do los Productos Farmacológicos que en ella so mencionan. I de 1968.

SUMARIO

Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables ResolucióVi mediante la cual so dicta el Reglamento del Parque • Nacional Morrocoy. j

MINISTERIO DE SANIDAD Y ASISTENCIA SOCIAL República de Venezuela. —" Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. — Dirección de Salud Pública. — Número 15.403.— Caracas, 5 de enero de 1979. — 169" y 120" Resuelto: Por cuanto la firma H. L. Boulton ti Co., S. A., ha manifestado su propósito de modificar el registro sanitario por cambios de presentación y denominación que distingue al producto Galletas con Mani y Coco, marca "Cadbury", elaborado por Cadbury Overseas Limited en Inglaterra y arimismo, solicita la autorización legal de este Despacho para el producto con los cambios solicitados denominado Galletas con Maní y Cacao, marca "Cadbury", elaborado por Cadbury Overseas Limited en inpiaterra, y por cuanto han sido cumplidos los requisitos que establece el vigente Reglamento General de Alimentos, este Ministerio le concede la autorización del caso bajo el N ' A-28.643. En vista de lo anterior, se deroga la autorización N ' A-28.643, contenida en la Resolución N ' 15.145 de fecha 4 de julio de 1978. Comuniqúese y publíquese. ANTONIO PARRA LEÓN. Ministro de Sanidad y Asistencia Social República de Venezuela. — Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. — Dirección de Salud Pública. — Número 15.404.— Caracas, 5 de enero de 1979. — 169' y 120' Resuelto: Por cuanto la firma Olivo Hnos. & Nobile Sucr., C. A., ha manifestado su propósito de modificar el registro sanitario por cambio de Denominación e Inclusión de una Nueva Planta denominada: Olivo Hnos. & Nobile Sucr.. C. A., ubicada en la Carrera 4 entre Calle 26 y 28 de la Zona Industrial I, Barquisimeto, Estado Lara, que distingue al producto denominado: Pasta Alimenticia "Extra Especial", marca "Capri", elaborado por Olivo Hnos, te Nobile Sucr. C. A., en Calle D, Urbanización Industrial San Martín, Caracas, y asimismo, solicita la autorización legal de este Despacho para el producto con el cambio solicitado denominado: Pasta Alimenticia de Sémola Durum Extra Especial, marca "Capri",

Comuniqúese y publíquese. ANTONIO PARRA LEÓN. Ministro de Sanidad y Asistencia Social República de Venezuela. — Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. — Dirección de Salud Pública. — Número 15.405.— Caracas, 5 de enero de 1979. — 169' y 120' Resuelto: Por cuanto la firma El Rosal Liquor, C. A., ha manifestado su propósito de modificar el registro sanitario por cambios de presentación, representación, denominación e inclusión de marca que distinguen al producto denominado: Gran Vin Rose Champagne Extra Dry 1.947, elaborado por Troillard & Co., en Epernay, Francia y asimismo, solícita la autorización leg.il de este Despacho para el producto con los cambios solicitados denominado: Champagne Rosé Extra-Dry, marca "Trouillard", elaborado por Troillard & Cía., en Epernay, FrancíS y por cuanto han sido cumplidos los requisitos que establece el vigente Reglamento General de Alimentos, este Ministerio le concede la autorización del caso bajo el N ' 7.054. En vista de lo anterior se deroga la autorización N ' 7.054, contenida en la Resolución N* 5.055, de fecha 19 de diciembre de 1951. Comuniqúese y publíquese. ANTONIO PARRA LEÓN. Ministro de Sanidad y Asistencia Social • República de Venezuela. — Ministerio de Sanidad y Asisten* cia Social. — Dirección de Salud Pública. — Número 14. — Caracas, 12 de marzo de 1979. — 169' y 121' Resuelto: Vista las solicitudes dirigidas a este Despacho por los Farmacéuticos autorizados y por cuanto han sido cumplidas las formalidades establecidas en los artículos 49, 51. 52 y 53 del Reglamento de la Ley de Ejerciuo de la Farmacia, este Ministerio autoriza el expendio de las siguientes Especialidades Farmacéuticas: E.F. 20.600, Spefaderm Ungüento, en su presentación en tubos colapsibles conteniendo 5 y 15 g-. elaborado por Laboratorios Spefar Venezolanos S. A., de Venezuela, con pres. cripción facultativa, patrocinada por el Dr, Antonio José Yibirín Marún. E.F, 20.601, Tildopán Suspensión, envase conteniendo 60 mi., elaborada Venezolanos S. A. de Venezuela, con patrocinada por el Dr. Antonio José

en su presentación en por Laboratorios Spefar prescripción facultativa, Yibirín Marún.

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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA

E.F. 20.602, Indradyne Jabón Líquido, en su presentación en envase plástico conteniendo 120 mi. y un galón para uso hospitalario, elaborado por Laboratorios Intra S. A., de Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por la Dra. Nelly T. Salas Galindo. E.F. 20.603, Pamoato de Pirantel Suspensión Oral, en su presentación en frascos de vidrio color ámbar conteniendo 15 y 30 c e , elaborado por Laboratorios Sova C. A., de Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael A. Viani S. E.F. 20.604, Dimenhidrinato Jarabe, en su presentación en envases conteniendo 60 y 120 mi., elaborado por Bequim C. A., Industria Farmacéutica de Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rolando Bez. E.F. 20.605, Norivan Codeína Jarabe, en su presentación en envases o-nteniendo 120 ml„ elaborada por Laboratorios Palenzona C. A. I., de Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinado por la Dra. María E. de Fuentes. E.F. 20.606. Foravil Solución, en su presentación en envase conteniendo 60 mi., elaborado por Laboratorios Palenzona C. A. I.. de Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada p*r la Dra. Carmen Judtth Prieto." E.F. 20.60'', Penicilina G 500.000 L\l. Inyectable (Hoechst), en su presentación en estuche de cartón conteniendo 100 frascos, elaborada por Laboratorios Hoechst Remedia S. A.. de Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por la Dra. Judith de Rojas. E.F. 20.608. Drinofén Tabletas Asociadas, en su presentanción en envases de vidrio conteniendo 24, 60 y 120 tabletas, elaborada por Laboratorios Intra S. A., Maracaibo Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. E.F. 20.609, Fluace Cápsulas de 200 mp.. en su presentación en frascos de vidrio conteniendo 50 y 100 cápsulas, elaborada por Laboratorios Intra S. A., Maracaibo Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. E.F. 20.610, Montagín Comprimidos de 0,150 mp- en su presentación en frascos de vidrio conteniendo 20, 30. 50 y 100 comprimidos elaborada por Laboratorios Intra S. A., Maracaibo Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca 1.

E.F. 20.708, Complejo de Vitamina B. Cápsulas, en su presentación en envases conteniendo 30, 60 y 90 cápsulas, elaborada por Laboratorios Intra S. A„ Maracaibo, Venezuela, con prescripción facultativa patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. Esta Resolución anula el registro E.F. 9.054 del producto Colbintol Cápsulas. Resolución N* E.F. 20.709, Selectrén Solución Tópico, en su presentación en envases conteniendo 10 y 30 mi. (envase tanto de vidrio como plástico, elaborado por Laboratorios Intra, S. A., Maracaibo, Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. Esta Resolución anula él registro E.F. 20.310 del producto Fluosin Solución Tópica. Resolución N ' 716 ds fecha 28 de agosto de 1978. E.F. 20.710, Torvatón Loción, en su presentación en envase conteniendo 10 mi. (envase tanto de vidrio como de plástico), elaborada por Laboratorios Intra S. A., Maracaibo, Venezuela con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. Esta Resolución anula el registro E.F. 20.352 del producto Vertamel Loción. Resolución N* 716 de fecha 20 de agosto de 1978. E.F. 20.711. Torvatón . Ungüento, en su presentación en tubos colapsibles conteniendo 5 y 15 gramos, elaborada por Laboratorios Intra S. A., Maracaibo, Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. Esta Resolución anula el registro E.F. 20.354 del producto Vertamel Ungüento. Resolución N* 716 de fecha 28 de agosto de 1978. F.F. 20.712, Clobatán 150 mg. Tabletas, en su presentación en frasco de vidrio conteniendo 20 tabletas y envases hospitalarios conteniendo 500 y 1.000 tabletas, elaborada por Laboratorios Intra S. A., Maracaibo, Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. Esta Resolución anula el registro E.F. 20.213 del producto Minacol 150 mg. Tabletas. Resolución N" 690 de fecha 27 de julio de 1978. E.F. 20.713, Clobatán Solución Gotas, en s i presentación en frasco conteniendo "20 mi. (envase tanto de vidrio como plástico), elaborada por Laboratorios Intra S. A., Maracaibo, Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. Esta Resolución anula el registro E. F. 20.214 del producto Mínacol Solución (Gotas). Resolución N» 690 de fecha 27 de julio de 1978.

E.F. 20.611, Cefadrón al 1TJ- Suspensión, en su presentación en frascos de vidrio color ámbar conteniendo 45 y 60 mi., elaborada por Laboratorios Palenzona C. A. I. de Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por la Dra. í E.F. 20.714, Venclamín 400 mg. Comprimidos, en su preMaría Luisa Vásquez A. sentación en envases conteniendo 20 comprimidos (envase tanto E.F. 20.612. Cefalortx 500 mg,. Frasco Ampolla, en su . de vidrio como plástico), elaborada por Laboratorios Intra presentación en frasco de vidrio incoloro en estuche de carS. A., Maracaibo, Venezuela, con prescripción facultativa, patón conteniendo 500 mg., elaborado por Laboratorios Palentrocinada por el Dr. Rafael Llo'rca I. Esta Resolución anula zona C. A. I., de Venezuela, con prescripción facultativa, pael registro F. F. 20.309 del producto Hipromid 400 mg. Comtrocinada por la Dra. María Luisa Vásquez Arias. primidos. Resolución N ' 716 de fecha 28 de agosto de 1978. Comuniqúese y publíquese. ANTONIO PARRA LEÓN. Ministro de Sanidad y Asistencia Social

E.F. 20.715, Molsidón 250 mg. Comprimidos, en su presentación en frasco de vidrio y frasco plástico conteniendo 20 comprimidos, elaborada por Laboratorios

Intra S. A., Mara-

caibo, Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por República de Venezuela. — Ministerio de Sanidad v Asistencia Sorial. — Dirección de Salud Pública. — Número 15. — Caracas, 12 de marzo de 1979. — 169° y 121' Resuelto: Vista las solicitudes dirigidas a este Despacho por los Farmacéuticos autorizados y por cuanto han sido cumplidas las formalidades establecidas en los artículos 49, 51, 52 y 5} del Reglamento de la Ley de Ejercicio de la Farmacia, este Ministerio autoriza el expendio de las siguientes Especialidades Farmacéuticas: E.F. 20.707, Colbintol Grageas, en su presentación en envases conteniendo 30, 60 y 90 grageas, elaborada por Laboratorios Intra S. A., Maracaibo, Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. Esta Resolución anula el registro E.F. 19.411 del producto Intracol Grageas Resolución N* 502 de fecha 3 de febrero de 1977.

el Dr. Rafael E.F. 20.442

Llorca I. Esta

Resolución anula el registro

del producto Trinacón

250

mg. Comprimidos,

Resolución N* E.F.

20.716, Torvatón con Geritamicina Crema, en su pre-

sentación en tubos colapsibles conteniendo 5, 10, 15 y 30 g., elaborada por Laboratorios Intra S. A., Maracaibo, Venezuela, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Rafael Llorca I. Esta Resolución

anula el registro E.F. 20.353

producto

Gentamicina

Vertamel

con

Crema.

del

Resolución

N» 716 de fecha 28 de agosto de 1978. Comuniqúese y publíquese. ANTONIO PARRA LEÓN. Ministro de Sanidad y Asistencia Social.

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA República de Venezuela. — Ministerio de Sanidad y Asís* tencia Social. — Dirección de Salud Pública. — Número 73. — Caracas, 20 de julio de 1979. — 170» y 121* Resuelto: Por cuanto procede a revocar la autorización de expendio de los siguientes Productos Farmacéuticos, de acuerdo con la tazón que para el caso se especifica: E.F. 549, Medomin 200 mg. Comprimidos, elaborada por Laboratorios Covigal S. A. Venezuela, prohibido por renuncia. E.F. 2.752, MY-B-DEN Inyectable, elaborada por Industrias Miles Venezolana C. A., prohibido porque no están suficientemente comprobadas las indicaciones asignadas al producto. E.F. 2.887, Bronchalen Tabletas, elaborada por Laboratorios^ Leti S.A.V., prohibido por renuncia. E.F, 4.746, Foliculina 10.000 U.I., elaborada por Laboratorios Leti S.A.V., prohibido por renuncia. E.F. 4.975, Neo-Vogan Cápsulas, elaborada por Meyer Productos Terapéuticos S.A. Venezuela, prohibido por haberlo descontinuado sin participarlo legalmente, como consta en Acta de Inspección de octubre de 1978. E.F. 14.022, Cibalcina Gotas, elaborada por Sandoz de Venezuela, -S. A., prohibido por renuncia. E.F. 15.881, Pamoxan Suspensión, elaborada por Laboratorios Leti S.A.V., prohibido por renuncia. E.F. 16.128, Glyvenol 400 mg. Cápsulas, elaborada por Ciba S. A. Basilea, Suiza, prohibido por renuncia. E.F. 16.620, Tacitin 10 mg. Grageas, elaborada por Laboratorios Covigal S.A., Venezuela, prohibido por renuncia. Comuniqúese y publíquese.

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P.F. 1.666, Alcofar (Alcohol Isopropílico 95') Solución, en su presentación en envases plásticos conteniendo 500 y 1.000 c e , elaborada por Industrias Aleo S.A. Venezuela, sin prescripción facultativa, patrocinada por la Dra. Yamile Castillo Bueno. P.F. 1.667, Insulina Protamina Zinc U x cm» "Lilly", en su presentación en frasco conteniendo 10 cms, elaborada pOT Eli Lilly Argentina, Buenos Aires, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr¡ Joel López Boscán. P.F. 1.668, Insulina Lenta 100 U x cm* Inyectable "Lilly", en su presentación en frasco conteniendo . 10 cm3, elaborada por Eli Lilly Argentina, Buenos Aires, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Joel López Boscán. P.F. 1.669, Alorbat Vacuna Antigripal Polivalente Absorbida, en su presentación en cajas conteniendo 1 y 5 ampollas y frasco-ampolla de 10 y 50 mi., elaborada oor Asta Werke A.G., Alemania, con prescripción facultativa, patrocinada por la Dra. Nelly Campo Maduro. P.F. 1.670, Insulina N.P.H. IOOL'xcm-1 Inyectable "Lilly", en su presentación en frasco conteniendo 10 cm', elaborada pot Eli Lilly Argentina, Buenos Aires, con prescripción facultativa, patrocinada por el Dr. Joel López Boscán. P.F. 1.671, Alcohol Isopropílico de 99', en su presentación en frascos plásticos conteniendo 1 litro, i/2 l'tro, V4 litro y Vil litro, elaborada por Trepi C. A. Venezuela, sin prescripción facultativa, patrocinada por la Dra. Morehelia de Vega. Comuniqúese y publíquese. El Ministro de Sanidad y Asistencia Social, ALFONSO BENZECRY.

El Ministro de Sanidad y Asistencia Social, ALFONSO BENZECRY. República de Venezuela. — Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. — Dirección de Salud Pública. — Número 74. _ Caracas, 20 de julio de 1979. — 170» y 121'

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES

Resuelto: Por cuanto se procede a revocar la autorización de expendio de los siguientes Productos Farmacéuticos, de acuerdo con la razón que para el caso se especifica:

República de Venezuela. — Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables. — Despacho del Ministro.— Número 69. — Caracas, 29 de agosto de 1979. — 170» y 121'

E.F. 9.880, Talibel Suspensión, elaborada por Laboratorios Profar C. A., Maracaibo, Venezuela, prohibido por renuncia. E.F. 11.283, Adelfa-Esidrex-K Grageas, elaborada por Laboratorios Covigal S.A. de Venezuela, prohibido por renuncia. E.F. 11.779, MAP Ampollas de 20 mg. x 1 ce, elaborada por Laboratorios del Pulmobronk C.A. de Venezuela, prohibido, porque no están suficientemente comprobadas las indicaciones asignadas al producto. E.F. 12.485, Iliadin Solución 1:2.000, elaborada por Laboratorios Cofasa S.A. de Venezuela, prohibido por renuncia. E.F. 17.731, Broxodine Grageas, elaborada por Bequim C.A. Industria Farmacéutica de Venezuela, prohibido por renuncia. E.F. 18.700, Macüor Polvo, elaborado por Laboratorios Protón C. A., prohibido por ser un producto ventajosamente sustituido por otros más activos e inocuos. Comuniqúese y publiquese. El Ministro de Sanidad y Asistencia Social, ALFONSO BENZECRY. República de Venezuela. — Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. — Dirección de Salud Pública. — Número 75. — Caracas, 20 de julio de 1979. — 170' y 121* Resuelto: Vistas las solicitudes dirigidas a este Despacho por los Farmacéuticos autorizados y por cuanto han sido cumplidas las formalidades establecidas en los artículos 49, 51, 52 y 53 del Reglamento de la Ley de Ejercicio de la Farmacia, este Ministerio autoriza el expendio de los siguientes Productos Farmacológicos:

Por disposición del ciudadano Presidente de la República, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, 39, 42 y 44 del Reglamento de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas, Resuelve:

REGLAMENTO DEL PARQUE NACIONAL MORROCOY CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1'—El presente Reglamento tiene por objeto regular la conservación, defensa y mejoramiento del Parque Nacional Morrocoy, ubicado en jurisdicción del Distrito Silva del Estado Falcón, cuyos linderos están descritos en el Decreto N» 944 de fecha 25-5-75. Artículo 2'—Los usuarios del Parque Nacional Morrocoy están en la obligación de utilizar los ambientes naturales y las instalaciones del Parque, de cpnformidad con las disposiciones del presente Reglamento, y con las instrucciones que en ejecución del mismo dicten sus autoridades. Artículo 3'—El Instituto Nacional de Parques de acuerdo con las disposiciones del Reglamento de la Ley Forestal de SueloS y de Aguas, y de este Reglamento, elaborará y aplicará las normas técnicas para regular las actividades de investigación, educación y recreación dentro del Parque, a objeto de proteger la integridad de las especies biológicas y evitar la destrucción, deterioro y contaminación de los ambientes naturales.

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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA CAPITULO II De la Zonificación del Parque

Artículo 4"—A los fines de su conservación, defensa y mejoramiento el Parque Nacional Morrocoy se divide en las siguientes zonas: 1: Zona de Protección Integral: Conformada por ecosistemas frágiles de reconocida relevancia que ameritan protección integral y en la cual el ambiente natural no debe tener interferencia humana, a fin de que las condiciones originales se conserven a perpetuidad. En esta zona no se permitirá ningún ti'-'o de actividad, salvo aquellas de investigación previamente autorizadas por el Instituto Nacional de Parques. 2:

Zona de Ambiente Natural:

Artículo 8°—Se consideran actividades educativas aquellas tendentes a enseñar a los visitantes la conveniencia y necesidad de conservar, defender y mejorar los recursos naturales contenidos en el Parque y la información suministrada a través de cualquier medio de interpretación aplicada. Artículo 9'—Se consideran actividades recreacionales aquellas que abarcan desde las puramente contemplativas, hasta las que involucran el esfuerzo físico individual y el uso de medios y equipos para deportes y esparcimiento, tales como caminatas, uso de áreas para merendar y acampar, uso de playas, juegos al aire libre, deportes náuticos y otros que determine el Instituto Nacional de Parques. Parágrafo Único: El Instituto Nacional de Parques podrá autorizar competencias deportivas, siempre que sean compatibles con tos fines del Parque. El permiso contendrá las normas a que habrán de someterse dichas competencias.

Conformada por el paisaje general y aquellas ireas que contienen muestras de los rasgos significativos del Parque, que permitan actividades educativas y recreativas. En esta zona el objetivo es mantener un ambiente natural, facilitando el acceso

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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA

Caracas: martes 11 de setiembre de 1979 AÑOCV1 — MESXH N» 2.502 Extraordinario Suscripciones: Bs. 6,00 mensual. — Valor de cada ejemplar, Bs. 0,25 Cada ejemplar atrasado, Bs. 0,50 Números Extraordinarios: Precio según volumen de páginas Esta Gaceta contiene 8 páginas. — Precio: Bs. 1,50 IMPRENTA NACIONAL T GACETA OFICIAL San Lázaro a Puente Victoria N- 89 Central Telefónica: 572.0357 (Nocturno: 572-0346)

LEY DE ZZ DE JULIO DE 1M1 Art. 11,—1* "GACETA OFICIAL", creada sor Decreto Ejecutivo de U de octubre de 1872, continuará editándose en la Imprenta Nacional con la denominación "GACETA DE VENEZUELA".

OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS

Art. 12.—"La GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE VENEZUELA", se publicará todo* loa d(aa

hábito*, sin perjuicio de que se editen número* extraordinarios siempre que fuera necesario; y deberán insertarse en ella sin retardo los actos oficiales que hayan de publicarse. Parágrafo

único.—Las ediciones

extraordinarias

de la "GACETA OFICIAL" tendrán una numeración

especial. Art. 13.—En la "GACETA OFICIAL DE LOB ESTADOS

UNIDOS DE VENEZUELA", se publicarán los actos de

ios Poderes Públicos que deberán insertarse aquéllos cuya inclusión sea considerada conveniente por el Ejecutivo Nacional. Art. 14.—.Las Leyes, Decretos y demás actos oficiales tendrán carácter de públicos por es hecho de aparecer en la "GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE VENEZUELA", cuyos ejemplares tendrán fuersa de documentos públicos.