25º período de sesiones del consejo de la autoridad

Asimismo, convendría aclarar qué otras normas y directrices internacionales resultan aplicables a las actividades en la Zona, como se indica en el párrafo 5 del ...
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25º PERÍODO DE SESIONES DEL CONSEJO DE LA AUTORIDAD INTERNACIONAL DE LOS FONDOS MARINOS

DECLARACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL REINO DE ESPAÑA. PUNTO 11. NORMAS Y DIRECTRICES Representante Permanente Josep María Bosch Bessa

España desea felicitar a la Secretaría por el trabajo realizado y los documentos de debate presentados a la consideración del Consejo. España quisiera llamar la atención del Consejo sobre las tres cuestiones siguientes: 

Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, se observa la necesidad de precisar la naturaleza jurídica de los diferentes actos normativos aprobados por la Autoridad;



Asimismo, convendría aclarar qué otras normas y directrices internacionales resultan aplicables a las actividades en la Zona, como se indica en el párrafo 5 del documento de la Secretaría, ISBA/25/C/3



Por último, consideramos apropiado evitar en lo posible un exceso de normativa que puede resultar en detrimento de la claridad del régimen jurídico. La práctica indica que la inflación normativa dificulta su aplicación efectiva.

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