ügLICA DEL p 4.
N° Lima,
(.;
4 4 9 -2014-VIVIENDA
22 DIC. 2014
Visto; el Memorándum N° 065-2014NIVIENDA-SG-OSDN de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, y el Memorándum N° 2133-2014-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 122-2012-VIVIENDA, modificada por Resoluciones Ministeriales N° 259-2012/VIVIENDA y N° 213-2013-VIVIENDA, se constituyó en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres; en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM; 010-2014-VIVIENDA, - VvliEvN i eD nA d a, , se aprobó ely Decreto Supremo O 10-20 14d duee , o rpgoarn i zacióny Construcción Funciones del Ministerio r vt-,4 :e 1. eglamentoQ éé ' minguez haneamiento, el cual establece una nueva estructura orgánica del Ministerio, así como tarb ,las funciones y atribuciones de sus órganos; Que, con documentos del visto, el Director de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional y el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; debido a la nueva estructura orgánica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; proponen la adecuación y reconformación del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, en consecuencia, es necesario expedir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29964, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 0102014-VIVIENDA; y la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD aprobada por Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM;
SE RESUELVE: Artículo 1.- Adecuar y reconformar el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, constituido por la Resolución Ministerial N° 122-2012-VIVIENDA, modificada por Resoluciones Ministeriales N° 259-2012NIVIENDA y N° 213-2013-VIVIENDA, el cual estará integrado Por: El(La) Ministro(a) de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien lo presidirá.. - El(La) Viceministro(a) de Vivienda y Urbanismo. - El(La) Viceministro(a) de Construcción y Saneamiento. - El(La) Secretario(a) General. - El(La) Director(a) General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo. El(La) Director(a) General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento. - El(La) Director(a) General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. • - El(La) Director(a) General de la Oficina General de Administración. El(La) Director(a) General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos. - El(La) Director(a) General de la Oficina General de Estadística e Informática. - El(La) Director(a) General de la Oficina General de Comunicaciones. - El(La) Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Nuestras Ciudades. - El(La) Director(a) de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, quien ejercerá la Secretaría Técnica. Artículo 2.- El Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, asumirá las funciones establecidas en la Ley N° 29664, Ley de creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011PCM y la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM. Artículo 3.- Para el desarrollo de sus actividades, el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres podrá solicitar la colaboración, opinión y aportes de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que puedan coadyuvar al cumplimiento de las funciones, pudiendo realizar las convocatorias que sean necesarias para la consecución de sus fines.
01.1CA DEL p te
ep
Artículo 4.- El Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, para el desarrollo de sus actividades, contará con el apoyo de un Equipo Técnico conformado por representantes de los integrantes del citado Grupo de Trabajo. Artículo 5.- Disponer que la Secretaría General remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para las acciones de coordinación como integrantes del SINAGERD. Regístrese, comuníquese y publíquese
— ................ ............... .......... esse La Sema Milton von H Ministro de Vivienda. Construcción y Saneamiento