2016

4 sept. 2018 - cirujano Mónica Mariella Pun Chinarro, profesional del Centro Nacional de Epidemiología,. Prevención y Control de Enfermedades, para que ...
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MINISTERIO DE SALUD

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Visto, el expediente No 16-032130-001 que contiene la Nota Informativa W 0532016- CDC/MINSA, emitida por el Director General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, se llevó a cabo la "Reunión de países de America Latina y el Caribe de habla hispana sobre información estratégica del VIH", del5 al7 de abril de 2016; Que, mediante comunicación W CHA/06/0302-2016 de fecha 29 de marzo de 2016, el Representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, invita a un representante del Ministerio de Salud, a participar en el mencionado evento, señalando que dicha organización financiará los gastos de participación correspondientes; Que, el citado evento tuvo como objetivos apoyar el fortalecimiento de sistemas de información sostenibles y la mejora del análisis con miras a planificar la acción acelerada nacional hacia el fin de la epidemia: así como enfocar la respuesta y el monitoreo de las metas 90-90-90 y de prevención del VIH; Que, con el documento de Visto, se solicitó se autorice el viaje de la médico cirujano Mónica Mariella Pun Chinarro, profesional del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, para que participe, en representación del Ministerio de Salud, en el citado evento; Que, mediante Informe No 094-2016-EGC-ODRH-OGRH/MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos señala que la participación de la citada profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionó gastos al Estado y cuenta con la autorización de la Alta Dirección, acotando que resulta procedente autorizar el viaje con eficacia anticipada; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo W 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que

no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, a través de la Nota Informativa W 364-2016-0GAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, y atendiendo a que la de la profesional citada en el evento antes indicado, resultó de interés institucional, es pertinente autorizar con eficacia anticipada el viaje de la misma; participa~ión

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Secretario General (e); y; De conformidad con lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo W 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley No 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo W 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, con eficacia anticipada, el viaje de la médico cirujano Mónica Mariella Pun Chinarro, profesional del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 4 al 8 de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2- Disponer que la citada profesional remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudió. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irroga gasto al Estado ni otorga derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de f!inguna clase o denominación.

Regístrese y comuníquese.

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ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud